por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación
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- Hacer seguimiento y apoyar la definición y ejecución de las políticas, planes y programas de las Comisiones de Regulación de los sectores de su competencia y participar en los Comités que para el cumplimiento de las mismas que se establezcan.
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- Acompañar y asesorar técnicamente a las entidades territoriales en la formulación, solicitud y desarrollo de proyectos con endeudamiento externo e interno y/o aval de la Nación, en los ámbitos de su competencia.
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- Proponer, evaluar y promover la adopción de mecanismos financieros, garantías, contingencias y facilidades de financiamiento para los proyectos en los sectores de agua y saneamiento.
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- Realizar la evaluación y el seguimiento a los proyectos que requieran garantía de la Nación para la contratación de créditos externos en los sectores de su competencia.
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- Dirigir y coordinar la preparación, programación, seguimiento, evaluación y control del presupuesto de inversión de la Nación en los sectores de agua y saneamiento.
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- Las demás que le sean asignadas.
Artículo 50.Funciones de la Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General, las siguientes:
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- Dirigir y coordinar la actividad de planeación institucional, administrativa, financiera, presupuestal y de recursos humanos del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Diseñar y coordinar el proceso global de planificación del Departamento Nacional de Planeación en los aspectos técnico, financiero y administrativo.
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- Dirigir y coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de las normas y las disposiciones que regulen los procedimientos y trámites de carácter administrativo y presupuestal del Departamento Nacional de Planeación.
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- Dirigir y coordinar la contabilidad y la tesorería y supervisar los registros contables y presupuestales, de acuerdo con las normas y directrices que impartan la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación y la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, respecto del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Dirigir y coordinar las actividades relacionadas con la gestión de órdenes de comisión y pago de viáticos nacionales e internacionales.
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- Coordinar la formulación del anteproyecto de presupuesto del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías, someterlo a consideración del Director General y coordinar su ejecución.
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- Coordinar la preparación, para la firma del Director General, de los informes que solicite la Contraloría General de la República y demás organismos de control.
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- Garantizar la prestación de los servicios administrativos y la disposición de los recursos humanos, físicos y financieros necesarios para el funcionamiento del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías y la ejecución de los respectivos programas.
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- Garantizar la atención al ciudadano. Atender las quejas o reclamos que presenten los funcionarios o ciudadanos sobre el desempeño de las dependencias o personas que laboran en el departamento, evaluar la magnitud de las fallas y dar traslado, en caso que lo amerite, a la autoridad competente.
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- Planificar, dirigir y coordinar los procesos de contratación, la elaboración de los términos de referencia o pliegos de condiciones para las licitaciones, concursos y contrataciones abiertas que se requieran en el Departamento Nacional de Planeación y el Fondo Nacional de Regalías.
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- Elaborar los contratos que requieran el Departamento Nacional de Planeación y el Fondo Nacional de Regalías y propender por su perfeccionamiento y legalización; elaborar los proyectos de actos administrativos relacionados con los respectivos procesos contractuales, incluyendo las minutas de liquidación de los contratos y certificar la suscripción, legalización y vigencia de los mismos.
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- Celebrar los contratos del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías y autorizar pagos, de conformidad con las respectivas delegaciones.
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- Autorizar el trámite de órdenes de pago por concepto de bienes o servicios suministrados al Departamento Nacional de Planeación y al Fondo Nacional de Regalías, previo el cumplimiento de los requisitos exigidos.
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- Trazar las políticas y programas de administración, bienestar social, salud ocupacional, selección, registro y control, capacitación, incentivos y desarrollo del talento humano y dirigir su gestión.
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- Presentar al Director General las iniciativas de proyectos de inversión que considere convenientes para el cumplimiento de los objetivos misionales, en los temas de su competencia.
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- Presentar ante la Dirección General del Presupuesto Público Nacional y la Dirección de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los informes que estas dependencias requieran.
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- Presentar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público el Programa Anual Mensualizado de Caja, PAC, y sus modificaciones, de conformidad con las obligaciones financieras adquiridas.
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- Someter a consideración del Director General los nombramientos, promociones y demás actos administrativos del personal de la Entidad.
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- Ordenar la inversión de los recursos del Fondo Nacional de Regalías y de sus recursos administrados en la Dirección de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con la respectiva delegación.
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- Elaborar, con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo y en coordinación con las entidades adscritas y vinculadas, el plan de desarrollo sectorial, el plan indicativo anual y el plan operativo y presentarlo al Director General para su adopción y controlar y evaluar su ejecución.
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- Elaborar los estudios y presentar propuestas sobre la organización y desarrollo administrativo, simplificación, agilización y modernización de trámites y procedimientos, desconcentración de funciones y demás asuntos relacionados con la gestión y métodos de trabajo del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Coordinar el Grupo de Control Disciplinario que se cree para el cumplimiento de lo señalado en la Ley 734 de 2002 o las normas que la modifiquen o adicionen.
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- Revisar los proyectos de actos administrativos que deba suscribir el Director General en ejercicio de sus funciones.
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- Expedir las copias de los documentos que reposen en los archivos del Departamento Nacional de Planeación, en aquellos casos en que tal función no haya sido asignada a otro funcionario.
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- Las demás que le sean asignadas.
Artículo 51. Funciones de la Subdirección Financiera.** Son funciones de la Subdirección Financiera, las siguientes:
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- Planear, organizar, dirigir, supervisar y controlar las operaciones financieras, contables, de tesorería y presupuesto del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Elaborar, en coordinación con las demás dependencias, el anteproyecto de presupuesto y la programación presupuestal del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Planear, organizar, ejecutar y realizar el seguimiento y control de la administración y manejo de los recursos financieros del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías y de los recursos administrados por dicho Fondo.
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- Prever y suministrar los recursos necesarios para la ejecución de los planes y programas del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías, de conformidad con los estudios de necesidades y las justificaciones que sobre el particular presenten las diferentes dependencias.
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- Asesorar y orientar a las diferentes dependencias en los asuntos de su competencia y diseñar con las dependencias competentes los procedimientos para la ejecución y control del presupuesto del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Preparar la distribución del presupuesto del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Solicitar ante la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público la situación de fondos para atender los compromisos suscritos con cargo al presupuesto del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Apoyar la gestión ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público de las modificaciones presupuestales y del Plan Anual Mensualizado de Caja, PAC, que se requieran.
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- Velar por la cumplida ejecución del presupuesto del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Expedir las certificaciones relacionadas con el presupuesto del Departamento Nacional de Planeación, del Fondo Nacional de Regalías y de los recursos administrados por este, de acuerdo con sus competencias.
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- Administrar, custodiar y girar los recursos del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Coordinar la elaboración de los registros de tesorería, elaborar los informes correspondientes y rendir las cuentas a que haya lugar.
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- Controlar y orientar el proceso de preparación y manejo contable de todas las operaciones realizadas por el Departamento Nacional de Planeación y el Fondo Nacional de Regalías que incidan en su información financiera.
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- Efectuar el seguimiento de la ejecución financiera de los proyectos de inversión del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Elaborar y presentar los estados financieros, declaraciones e informes requeridos por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional y la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la Contaduría General de la Nación, Contraloría General de la República y demás entidades, dependencias o autoridades que lo requieran.
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- Vigilar el cumplimiento de las normas presupuestales, tributarias, contables y de tesorería, en el desarrollo de las actividades propias de la Subdirección y efectuar conciliaciones y verificaciones presupuestales, contables y de pago que garanticen la consistencia y razonabilidad de la información financiera y contable.
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- Atender oportunamente los pagos de las obligaciones a cargo del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Recibir, administrar, registrar y controlar los fondos destinados para las cajas menores aprobadas para el Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Coordinar el registro contable de las operaciones financieras generadas en el Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías.
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- Llevar la contabilidad del Departamento Nacional de Planeación y del Fondo Nacional de Regalías y supervisar los registros contables y presupuestales, de acuerdo con las normas y directrices que imparta la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación.
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- Fijar objetivos y desarrollar planes y programas tendientes al constante mejoramiento del manejo de las actividades propias de la Subdirección.
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- Las demás que le sean asignadas.
Artículo 52.Funciones de la Subdirección de Recursos Humanos. Son funciones de la Subdirección de Recursos Humanos, las siguientes:
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- Adelantar las acciones necesarias para el cumplimiento de normas y procedimientos relacionados con la administración salarial y prestacional del recurso humano.
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- Diseñar y aplicar el proceso de selección del personal requerido por el Departamento, de conformidad con las políticas trazadas por las directivas y la reglamentación vigente.
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- Elaborar y tramitar resoluciones de novedades de personal y demás actos administrativos relacionados con situaciones administrativas del personal.
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- Estructurar y desarrollar el sistema de capacitación y el sistema de estímulos del Departamento Nacional de Planeación, acorde con las normas legales vigentes.
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- Elaborar estudios de estructuración de planta de personal y llevar el control de nombramientos y vacantes.
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- Elaborar y actualizar el manual de funciones y requisitos del departamento.
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- Responder por la ejecución del proceso de nómina y del pago de la misma de acuerdo a la ley, tanto de los funcionarios como de los pensionados del Departamento y efectuar las liquidaciones de las prestaciones sociales.
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- Tramitar las comisiones al exterior de los funcionarios del Departamento y de las entidades adscritas al mismo.
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- Elaborar el anteproyecto de presupuesto de servicios personales, en coordinación con la Secretaría General del Departamento.
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- Realizar la carnetización de los servidores públicos del Departamento.
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- Hacer el seguimiento del presupuesto asignado y certificar que los movimientos de personal no excedan el límite por concepto de servicios personales, según lo exigido por la ley, en conjunto con la Secretaría General del Departamento.
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- Vigilar el cumplimiento y aplicación de las normas y disposiciones vigentes de carrera administrativa y evaluación del desempeño.
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- Llevar el registro y control de novedades de personal y las estadísticas de recurso humano que se requieran, mediante un adecuado sistema de información.
Continuación del Decreto por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeación.
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- Vigilar el cumplimiento de las normas vigentes, relacionadas con la declaración de bienes y rentas de los funcionarios.
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- Custodiar y mantener actualizadas las hojas de vida de los funcionarios y ex funcionarios de la entidad y expedir las certificaciones laborales requeridas por los servidores públicos del Departamento Nacional de Planeación y por sus ex funcionarios.
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- Las demás que le sean asignadas.
Artículo 53.Funciones de la Subdirección Administrativa. Son funciones de la Subdirección Administrativa, las siguientes:
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- Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las actividades relacionadas con los proveedores, la adquisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventarios de los elementos, equipos y demás bienes necesarios para el funcionamiento normal del Departamento, vigilar el cumplimiento de las normas vigentes sobre estas materias y asegurar y proteger los bienes patrimoniales de la entidad.
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- Dirigir y coordinar los procedimientos para la recepción, conservación, clasificación y análisis de la documentación y demás actividades relacionadas con la gestión documental.
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- Prestar los servicios de apoyo logístico a las dependencias del Departamento Nacional de Planeación, mediante el suministro de bienes y servicios.
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- Elaborar y hacer seguimiento a la ejecución del Plan Anual de Compras de bienes y servicios, en cumplimiento de las normas administrativas y fiscales que lo regulan.
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- Programar y hacer el seguimiento de la ejecución del presupuesto a su cargo, previa aprobación de la Secretaría General del Departamento.
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- Vigilar el ingreso y egreso, suministro y registro en inventario de los bienes del departamento.
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- Coordinar y ejecutar los procesos de aseguramiento y protección de los bienes patrimoniales.
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- Llevar a cabo los procesos de adquisición de bienes y servicios de apoyo logístico de mínima cuantía.
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- Prestar apoyo al Grupo de Contratación, o quien haga sus veces, en la programación y en la etapa precontractual de la adquisición de bienes y servicios de apoyo logístico requeridos por el Departamento.
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- Las demás que le sean asignadas.
Artículo 54.Organos de Asesoría y Coordinación.** La composición y las funciones del Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, del Comité sectorial de Desarrollo Administrativo y de la Comisión de Personal, se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias sobre la materia.
El Director podrá crear grupos internos de trabajo, permanentes o transitorios, para el estudio, análisis y asesoría en temas alusivos a la institución.
CAPITULO III
Fondo Nacional de Regalías.
Artículo 55.El Fondo Nacional de Regalías, creado por la Ley 141 de 1994, es un fondo cuenta con personería jurídica, adscrito al Departamento Nacional de Planeación y sus recursos serán destinados, de conformidad con el artículo 361 de la Constitución Nacional, a la promoción de la minería, la preservación del medio ambiente y la financiación de proyectos regionales de inversión definidos como prioritarios en los planes de desarrollo de las respectivas entidades territoriales.
Parágrafo. Los recursos del Fondo Nacional de Regalías son propiedad exclusiva de las entidades territoriales y seguirán siendo recaudados y administrados por la Dirección General del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 56. El Representante Legal del Fondo Nacional de Regalías será el Director del Departamento Nacional de Planeación y funcionará con la estructura y la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación.
Artículo 57. El Fondo Nacional de Regalías tendrá un Consejo Asesor de Regalías, conformado de la siguiente manera:
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- El Director del Departamento Nacional de Planeación o el Subdirector General, quien lo presidirá.
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- El Ministro de Minas y Energía, o el Viceministro.
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- El Ministro de Educación Nacional o un Viceministro.
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- El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o un Viceministro.
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- El Ministro de Transporte, o el Viceministro.
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- Dos gobernadores elegidos del seno de la Federación Nacional de Gobernadores.
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- Dos alcaldes, elegidos del seno de la Federación Nacional de Municipios.
Parágrafo 1°. El Consejo Asesor de Regalías deliberará con un mínimo de seis (6) de sus miembros y las decisiones se adoptarán por la mayoría de los votos de los asistentes.
Parágrafo 2°. La Secretaría Técnica del Consejo Asesor de Regalías será ejercida por el Director de Regalías del Departamento Nacional de Planeación.
Parágrafo 3°. Las referencias que se hagan en disposiciones legales vigentes al Consejo Asesor del Fondo Nacional de Regalías, se entenderán referidas, en lo pertinente, al Consejo Asesor de Regalías.
Artículo 58.Funciones del Consejo Asesor de Regalías. Son funciones del Consejo Asesor de Regalías, las siguientes:
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- Asesorar y apoyar al Departamento Nacional de Planeación en la determinación de las pautas y requisitos que deben ser cumplidos por las entidades territoriales y entes beneficiarios, tendientes a la adecuada utilización de los recursos del Fondo Nacional de Regalías, de las regalías y compensaciones y su adecuación, tanto a los planes territoriales, como al Plan Nacional de Desarrollo.
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- Asesorar al Departamento Nacional de Planeación en la fijación de la política de mejoramiento continuo del Fondo Nacional de Regalías, de regalías y compensaciones.
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- Señalar los criterios de elegibilidad de los proyectos que sean susceptibles de ser financiados o cofinanciados con recursos del Fondo Nacional de Regalías y de regalías y compensaciones pactadas a favor de los departamentos y municipios-escalonamiento, cuando ello sea procedente.
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- Designar al ejecutor del proyecto, para los casos de proyectos regionales de inversión.
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- Aprobar los proyectos priorizados por el Departamento Nacional de Planeación que van a ser financiados o cofinanciados con recursos del Fondo Nacional de Regalías, en desarrollo de la normatividad vigente.
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- Aprobar los proyectos a ser financiados o cofinanciados con recursos de reasignación de regalías y compensaciones pactadas a favor de los departamentos y municipios-escalonamiento.
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- Adoptar su propio reglamento.
Artículo 59.Referencias normativas.** Todas las referencias que hagan las disposiciones legales vigentes a la Comisión Nacional de Regalías, se entenderán referidas, en lo pertinente, al Departamento Nacional de Planeación.
CAPITULO IV
Disposiciones Generales
Artículo 60. Adopción de la Planta de Personal del Departamento Nacional de Planeación.** De conformidad con la estructura prevista en el presente decreto, el Gobierno Nacional procederá a adoptar la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación.
Artículo 61.Atribuciones de los funcionarios de la planta actual del Departamento Nacional de Planeación. Los funcionarios de la planta de personal actual del Departamento Nacional de Planeación continuarán ejerciendo las funciones y atribuciones a ellos asignadas, hasta tanto sea aprobada la nueva planta de personal.
Artículo 62. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 195 de 2004 y 4355 de 2005 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 14 de septiembre 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga.
El Director del Departamento Nacional de Planeación,
Esteban Piedrahíta Uribe,
La Directora el Departamento Administrativo de la Función Pública,
Elizabeth Rodríguez Taylor,
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