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Por el cual se convoca una Convención constituyente para que reorganice el Estado de Antioquia

Texto vigente a fecha 1970-01-02

El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

considerando :

Que el Estado de Antioquia se halla en completa paz, i que debe reconstituirse en los términos del artículo 8.° de la Constitucion nacional,

decreta :

Artículo 1.° El Jefe civil i militar del Estado soberano de Antioquia convocará inmediatamente una Convencion constituyente para que reorganice el Estado en los términos del artículo 8.° de la Constitucion nacional.
Artículo 2.° El número de Diputados de que se compondrá la Convencion constituyente será el mismo que correspondia a la Lejislatura del Estado, observándose en las elecciones la lejislacion que se ha declarado vijente.
Artículo 3.° El Jefe civil i militar del Estado de Antioquia señalará para la reunion de la Convencion constituyente, uno de los quince últimos dias del mes de agosto próximo.

Dado en.Bogotá, a 14 de julio de 1877.

SERJIO CAMARGO.

El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,

Eustorjio Salgar.