Por el cual se aprueba el Acuerdo número 40 del 12 de noviembre de 1981, de la Junta Directiva del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente que determina la estructura interna del Instituto y señala las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 1982-02-11
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y ejercicio de las que le confieren los Decretos extraordinarios 1050, 2420 y 3130 de 1968,

DECRETA:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 40 del 12 de, noviembre de 1981, de la Junta Directiva del Instituto Nacional de las Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, cuyo texto es el siguiente:

«ACUERDO NUMERO 40 DE 1981

(noviembre 12)

"por el cual se determina la estructura interna del Instituto Nacional de las Recursos Naturales Renovables y del Ambiente y se señalan las funciones de sus dependencias".

La Junta Directiva del Instituto Nacional de les Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA en uso de sus facultades legales y estatutarias, previo concepto favorable de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República, según Oficio número 00749 de noviembre de 1981,

ACUERDA:

Artículo primero. La estructura del Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente, INDERENA, será la siguiente:

IGerencia General.

1.1 Oficina de Planeación.

1.2 Oficina de Organización y Sistemas.

1.3 Oficina Jurídica.

1.3.1 División de Asuntos Administrativos.

1.3.2 División Legal de Recursos Naturales.

1.4 Oficina de Control y Vigilancia.

1.5 Oficina de Asuntos Internacionales.

IISecretaría General.

2.0.1 Sección de Inspección Administrativa.

2.0.2 Sección de Archivo y Correspondencia.

IIISubgerencia Administrativa y Financiera.

3.1 División de Relaciones Industriales.

3.1.1 Sección de Administración de Personal.

3.1.2 Sección de Prestaciones v Bienestar Social.

3.2 División Financiera.

3.2.1 Sección de Presupuesto.

3.2.2 Sección de Contabilidad.

3.2.3 Sección de Tesorería.

3.3 División de Servicios Generales.

3.3.1 Sección Adquisiciones.

3.3.2 Sección de Almacén.

3.3.3 Sección -de Servicios Auxiliares.

IVSubgerencia de Bosques y Aguas.

4.1 División de Administración de Bosques.

4.1.1 Sección de Bosques Naturales.

4.1.2 Sección de Plantaciones Forestales.

4.2 División de Fomento Forestal.

4.2.1 Sección de Investigaciones Forestales.

4.2.2 Sección de Reforestación.

4.2.3 Sección de Servicios Técnicos Forestales.

4.3 División de Aguas.

4.3.1 Sección de Manejo de Aguas.

4.4 División de Parques Nacionales.

4.4.1 Sección de Administración del Sistema.

VSubgerencia de Pesca y Fauna.

5.1 División de Administración y Fomento Pesquero.

5.1.1 Sección de Pesca Industrial.

5.1.2 Sección de Pesca Artesanal.

5.2 División de Investigaciones Pesqueras.

5.3 División de Agricultura.

5.3.1 Sección Servicio Nacional de Ictiopatología.

5.4 División de Fauna Terrestre.

5.4.1 Sección de Manejo de la Fauna.

5.4.2 Sección Laboratorio Central de Investigaciones.

6.1 División de Ordenamiento y Manejo de Cuencas Hidrográficas.

6.1.1 Sección de Investigación y Evaluación.

6.1.2 Sección de Conservación de Suelos.

6.2 División de Desarrollo Rural Integrado.

6.3 División de Desarrollo Comunitario de los Recursos Naturales Renovables.

7.1 División de Ordenamiento Ambiental.

7.1.1 Sección: de Evaluaciones Ambientales.

7.1.2 Sección de Registros.

7.2 División de Educación y Divulgación Ambiental.

7.2.1 Sección de Educación.

7.2.2 Sección de Información y Documentación.

VIII Órganos de Asesoría y Coordinación.

8.1 Comité de Coordinación General.

8.2 Junta de Licitaciones o Adquisiciones.

8.3 Comisión de Personal.

IXDirecciones Regionales.

DE LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS

Artículo secundo. La Junta Directiva y la Gerencia Ge­neral desarrollarán las funciones previstas en los Estatutos y demás disposiciones que los modifiquen o adicionen.

1.1 De la Oficina de Planeación.

Artículo tercero. La Oficina de Planeación tendrá las siguientes funciones:

1.2 De la Oficina de Organización y Sistemas.

Artículo cuarto. La Oficina de Organización y Sistemas tendrá las siguientes funciones:

1.3 De la Oficina Jurídica.

Articulo quinto. La Oficina Jurídica tendrá las siguientes f unciones:

í) Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la Oficina.

1.3.1 De la División de Asuntos Administrativas.

Artículo sexto. La División de Asuntos Administrativos tendrá las siguientes funciones:

1.3.2 De la División Legal de Recursos Naturales.

Artículo séptimo. La División Legal de Recursos Naturales tendrá las siguientes funciones:

1.4 De la Oficina de Control y Vigilancia.

Articulo octavo. La Oficina de Control y Vigilancia tendrá las siguientes funciones:

ñ) Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la Oficina;

1.5 De la Oficina de Asuntos Internacionales.

Artículo noveno. La Oficina de Asuntos Internacionales tendrá las siguientes funciones:

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