Por el cual se reglamenta la Retención en la Fuente por el concepto de salarios y dividendos y se dictan otras disposiciones en materia de Retención en la Fuente

Rango Decreto
Publicación 1984-02-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones legales y en particular de las que le otorga la Ley 38 de 1969,

DECRETA:

Artículo 1º Para el año gravable de 1984 las tablas de retención en la fuente sobre ingresos recibidos por concepto de salarios serán las siguientes:

TABLA NUMERO 1

Aplicable a trabajadores que reciben rentas de trabajo cedidas por su cónyuge.

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