por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar "Cecilia de la Fuente de Lleras" y se determinan las funciones de sus dependencias
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la necesidad de una reforma organizacional del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar se basa en la modernización y fortalecimiento del gobierno, la gerencia y la calidad de los servicios que presta el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar "Cecilia de la Fuente de Lleras" - ICBF.
Que en las sesiones del 30 de noviembre de 2011 y 29 de marzo de 2012, mediante Actas número 079 y 084 respectivamente, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de la estructura del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar "Cecilia de la Fuente de Lleras",
DECRETA:
CAPÍTULO I
Estructura
ARTÍCULO 1. Para el desarrollo de sus funciones, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar "Cecilia de la Fuente de Lleras" tendrá la siguiente estructura organizacional: 1. Consejo Directivo 2. Dirección General 2.1. Oficina de Control Interno 2.2. Oficina de Cooperación y Convenios 2.3, Oficina de Aseguramiento a la Calidad 2.4. Oficina Asesora Jurídica 2,5, Oficina Asesora de Comunicaciones Oficina de Gestión Regional 3. Subdirección General 4. Secretaría General 4.1. Dirección de Gestión Humana 4.2. Dirección Administrativa 4.3. Dirección Financiera 4.4. Dirección de Contratación 4.5. Dirección de Servicios y Atención 4.6. Dirección de Logística y Abastecimiento 4.7. Oficina de Control Interno Disciplinario 5. Dirección de Planeación y Control de Gestión 5.1. Subdirección de Programación 5.2. Subdirección de Mejoramiento Organizacional 5.3. Subdirección de Monitoreo y Evaluación 6. Dirección de Información y Tecnología 6.1. Subdirección de Sistemas Integrados de Información 6.2. Subdirección de Recursos Tecnológicos 7. Dirección Sistema Nacional de Bienestar Familiar 7.1. Subdirección de Articulación Nacional del SNBF 7.2. Subdirección de Articulación Territorial del SNBF 8. Dirección de Primera Infancia 8.1. Subdirección de Gestión Técnica para la Atención a la Primera Infancia 8.2. Subdirección de Operación de la Atención a la Primera Infancia 9. Dirección de Infancia 9.1. Subdirección de Promoción y Fortalecimiento a la Infancia 10. Dirección de Adolescencia y Juventud 10.1. Subdirección de Gestión Técnica para la Adolescencia y la Juventud 10.2. Subdirección de Operación de Programas para la Adolescencia y Juventud 11. Dirección de Familias y Comunidades 11.1 Subdirección de Gestión Técnica para la Atención a la Familia y Comunidades 11.2 Subdirección de Operación de la Atención a la Familia y Comunidades. 12. Dirección de Nutrición 13. Dirección de Protección 13.1. Subdirección de Restablecimiento de Derechos 13.2. Subdirección de Responsabilidad Penal 13.3. Subdirección de Adopciones 14. Direcciones Regionales 15. Órganos Internos de Asesoría y Coordinación 15.1. Comisión de Personal 15.2. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno 15.3. Comité de Defensa Judicial y Conciliación 14.4. Comité de Gestión Integral."
CAPÍTULO II
Funciones de las dependencias
Artículo 2°. Consejo Directivo y Dirección General. Las funciones del Consejo Directivo son las contempladas en la Ley 7ª de 1979, el Decreto 2388 de 1979, el Acuerdo 102 de 1979 aprobado por el Decreto 334 de 1980, artículo 76 de la Ley 489 de 1998 y demás normas que las adicionen o modifiquen.
Las funciones de la Dirección General son las señaladas en la Ley 7ª de 1979, el Acuerdo 102 de 1979 aprobado por el Decreto 334 de 1980, artículo 78 de la Ley 489 de 1998 y demás normas que las adicionen o modifiquen.
Artículo 3°. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno las siguientes:
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- Asesorar y apoyar el proceso de control interno en todos los niveles y dependencias del Instituto y recomendar las modificaciones que sean necesarias, de manera que permita a la Dirección General y demás Dependencias de nivel directivo, conocer la marcha de la administración, detectar las fallas y establecer las medidas correctivas pertinentes.
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- Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y en particular de aquellos que tengan responsabilidad de mando.
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- Fomentar en conjunto con la Oficina de Aseguramiento a la Calidad y con la Subdirección de Mejoramiento Organizacional, en todos los niveles y Dependencias del Instituto, la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo de los procesos y productos en el cumplimiento de la misión institucional.
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- Verificar el cumplimiento de las políticas, normas, procedimientos, planes y programas en las diferentes dependencias.
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- Evaluar la eficiencia y eficacia del sistema de control interno y verificar el cumplimiento de los controles definidos.
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- Realizar auditorías integrales y de gestión, selectivas; adoptar medidas de control y proponer correctivos inmediatos cuando sean necesarios y coordinar con la Subdirección de Monitoreo y Evaluación, la definición de indicadores y seguimiento a los mismos que permitan identificar el cumplimiento y su efectividad.
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- Verificar la implantación de las medidas respectivas recomendadas.
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- Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades del Instituto, se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o servidores públicos encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función.
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- Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la Organización, estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evolución de la Entidad.
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- Servir de apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los resultados esperados.
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- Mantener informados a los directivos acerca del resultado del control interno dentro del Instituto, mediante el uso de indicadores de gestión, comunicando oportunamente las debilidades y fallas detectadas.
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- Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la entidad correspondiente.
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- Definir y hacer seguimiento a sus metas, planes de acción e Indicadores, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y, el plan de compras y plan de contratación, en coordinación con la Dirección de Logística y Abastecimiento.
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- Coordinar con las Direcciones Regionales las actividades que sean de su competencia, en trabajo conjunto con la Oficina de Gestión Regional.
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- Asegurar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión.
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- Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.
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- Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.
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- Adelantar las funciones de la Dependencia dentro del marco de las normas vigentes y de los lineamientos del Sector de la Inclusión Social y la Reconciliación.
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- Asegurar el ejercicio de la supervisión de los contratos a cargo de la Dependencia.
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- Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dependencia.
Artículo 4°. Oficina de Cooperación y Convenios. Son funciones de la Oficina de Cooperación y Convenios las siguientes:
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- Asesorar a la Dirección General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en todos los aspectos relativos a la cooperación nacional e internacional.
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- Participar en las comisiones del Gobierno que se creen con el fin de preparar y coordinar la participación del Estado colombiano en cumbres o reuniones internacionales y/o la presentación de informes.
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- Informar a la comunidad nacional e internacional sobre las políticas, programas y actividades que adelanta el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
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- Promover y construir alianzas entre el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y entidades u organismos nacionales o internacionales, de carácter público o privado, para el adecuado desarrollo de sus objetivos.
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- Gestionar la obtención de recursos de cooperación técnica y financiera ante organismos, organizaciones y agencias nacionales e internacionales y/o gobiernos extranjeros para el apoyo y fortalecimiento a los programas y proyectos que adelante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
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- Coordinar con la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia y con el Ministerio de Relaciones Exteriores, las acciones de gestión de cooperación internacional para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
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- Gestionar la suscripción y formalización de convenios entre el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y los cooperantes.
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- Gestionar los recursos de contrapartida nacional necesarios para la suscripción de acuerdos de cooperación.
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- Gestionar y coordinar, junto con la instancia correspondiente del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, la ejecución y seguimiento de los convenios de cooperación.
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- Elaborar los informes y evaluaciones sobre los acuerdos de cooperación con el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar con base en la información suministrada por la Dirección de Planeación y Control de Gestión, y las Direcciones Misionales.
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- Difundir los acuerdos de cooperación que se logren y los mecanismos de financiación de proyectos al interior del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
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- Definir y hacer seguimiento a sus metas, planes de acción e Indicadores, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y, el plan de compras y plan de contratación, en coordinación con la Dirección de Logística y Abastecimiento.
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- Coordinar con las Direcciones Regionales las actividades que sean de su competencia, en trabajo conjunto con la Oficina de Gestión Regional.
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- Asegurar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión.
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- Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.
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- Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.
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- Adelantar las funciones de la Dependencias dentro del marco de las normas vigentes y de los lineamientos del Sector de la Inclusión Social y la Reconciliación.
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- Asegurar el ejercicio de la supervisión de los contratos a cargo de la Dependencia.
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- Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la Dependencia.
Artículo 5°. Oficina de Aseguramiento de la Calidad. Son funciones de la Oficina de Aseguramiento de la Calidad las siguientes:
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- Coordinar la implementación de los procesos de aseguramiento de la calidad.
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- Elaborar periódicamente informes sobre las condiciones de la prestación de los servicios del Instituto a partir de los resultados de verificación de estándares.
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- Realizar, en coordinación con la Subdirección de Mejoramiento Organizacional, y de conformidad con los resultados obtenidos, las propuestas tendientes a mejorar la calidad de los servicios.
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- Promover la implementación de normas de calidad a las organizaciones prestadoras de servicio al Instituto.
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- Realizar auditorías selectivas de Gestión de Calidad a los prestadores de servicios del Instituto; adoptar medidas de control y proponer correctivos inmediatos cuando sean necesarios.
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- Diseñar, validar, implementar y actualizar los instrumentos que sean pertinentes, para verificar el cumplimiento de los estándares definidos para las diferentes modalidades de servicios.
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- Adelantar, en coordinación con las Dependencias pertinentes, el seguimiento a la ejecución de los compromisos contractuales asumidos por los prestadores, para suministrar a los diferentes programas de la Entidad alimentos de alto valor nutricional.
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- Coordinar, con la Dirección de Nutrición, la práctica de pruebas de verificación de calidad, a los productos alimentarios que sean entregados al Instituto, en el desarrollo de los servicios misionales, identificando las condiciones de calidad y, cuando sea necesario aplicar los correctivos correspondientes.
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- Proponer, en coordinación con la Subdirección de Mejoramiento Organizacional, los formatos o herramientas que establezcan las condiciones para emitir la conformidad en las entregas de los bienes o servicios misionales adquiridos, de acuerdo con las especificaciones del contrato, especificando las condiciones de calidad de los mismos, con el fin de controlar su cumplimiento.
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- Informar a los supervisores de los contratos sobre los resultados de las verificaciones de los estándares, para la toma de decisiones y seguimientos pertinentes.
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- Establecer los lineamientos, directrices y conceptos para otorgar, reconocer, suspender y cancelar personerías jurídicas y otorgar, renovar, suspender y cancelar licencias de funcionamiento de las instituciones prestadoras del Servicio Público de Bienestar Familiar, que adelantan programas para la niñez y la familia.
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- Adelantar el trámite para la revisión, expedición y revocatoria de los actos de otorgamiento, reconocimiento, suspensión y cancelación de personerías jurídicas y otorgamiento, renovación, suspensión, cancelación y revocatoria de licencias de funcionamiento de las instituciones prestadoras del Servicio Público de Bienestar Familiar, que adelantan programas para la niñez y la familia que no hayan sido delegados a las Direcciones Regionales del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
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- Coordinar la ejecución y seguimiento a las acciones de inspección, vigilancia y control y, realizar las visitas pertinentes que le competan al Instituto de acuerdo con la normatividad vigente.
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- Definir y hacer seguimiento a sus metas, planes de acción e Indicadores, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión y, el plan de compras y plan de contratación, en coordinación con la Dirección de Logística y Abastecimiento.
-
- Coordinar con las Direcciones Regionales las actividades que sean de su competencia, en trabajo conjunto con la Oficina de Gestión Regional.
-
- Asegurar la implementación, mantenimiento y mejora del Sistema Integrado de Gestión, en coordinación con la Dirección de Planeación y Control de Gestión.
-
- Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.
-
- Preparar y presentar informes de seguimiento y gestión de los procesos a su cargo.
-
- Adelantar las funciones de la Dependencia dentro del marco de las normas vigentes y de los lineamientos del Sector de la Inclusión Social y la Reconciliación.
-
- Asegurar el ejercicio de la supervisión de los contratos a cargo de la Dependencia.
-
- Las demás inherentes a la naturaleza y funciones de la Dependencia.
Artículo 6°. Oficina Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica las siguientes:
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- Asesorar al Director General en la organización de los asuntos jurídicos relativos a la representación judicial y en la unificación y coordinación de criterios jurídicos sobre materias en que se vea comprometida la posición, derechos o intereses del Instituto.
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- Proyectar para la firma del Director General los actos administrativos de contenido jurídico que deba suscribir y cuya preparación le corresponda, y analizar y efectuar el control de legalidad de los que con el mismo destino preparen otras Dependencias.
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- Elaborar, en coordinación con el Departamento para la Prosperidad Social, los proyectos de ley y, decretos que se vayan a presentar y estudiar y conceptuar, los que se encuentren en trámite, así como los decretos acuerdos, y resoluciones que deba suscribir o proponer el ICBF.
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- Conceptuar sobre los asuntos de contenido jurídico que de oficio considere pertinente o que sometan a su consideración las dependencias de la Entidad.
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- Verificar el cumplimiento de las normas orgánicas de la entidad y demás disposiciones que regulen procedimientos y trámites administrativos internos y externos, de los asuntos que conozca en ejercicio de sus funciones.
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- Asistir a las demás Dependencias del Instituto en el trámite y solución de los asuntos de carácter legal que se presenten en su gestión.
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- Formular las recomendaciones jurídicas dirigidas al fortalecimiento de los Programas del Instituto y unificar los criterios jurídicos cuando existan divergencias de interpretación entre diversas Dependencias.
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- Compilar y difundir la normativa y la jurisprudencia, y mantener la unidad doctrinaria en su interpretación, en todos los asuntos de competencia e interés del Instituto.
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- Asesorar a la Dirección General en la preparación de propuestas normativas y de reglamentación legal, propiciando la participación de las demás dependencias del Instituto.
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