que concede una recompensa al General de Brigada Sr. Dr. José Antonio Pinto
Texto vigente a fecha 1970-01-02
El Consejo Nacional Legislativo,
CONSIDERANDO:
Que el General de la República, Sr. Dr. José Antonio Pinto, fué herido en el combate de Pereira el 27 de Enero de 1885, y que á consecuencia de la herida ha quedado inválido de por vida,
DECRETA:
Artículo único. Concédese, por una sola vez, al inválido General Dr. José Antonio Pinto, la recompensa de mil doscientos pesos ($1.200) pagadera íntegramente y en moneda legal.
Dada en Bogotá, á dos de Agosto de mil ochocientos ochenta y siete.
El Presidente, Julio E. Pérez-El Vicepresidente, Vicente Restrepo-El Secretario, Manuel Brigard-El Secretario, Roberto de Narváez.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Agosto 2 de 1887.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) RAFAEL NUÑEZ.
El Ministro del Tesoro,
Carlos Martínez Silva.