Por la cual se asocia la Nación se asocia a una obra de difusión de la cultura
Texto vigente a fecha 2021-03-02
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1º. Derogado.
ARTICULO 2º.Derogado.
ARTICULO 3º. Derogado.
El Presidente del Senado, ANTONIO J. LEMOS GUZMAN, El Presidente de la Cámara de Representantes, JORGE URIBE MARQUEZ---El Secretario del Senado Carlos V. Rey. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Ignacio Amaris Gonzalez.
República de Colombia Gobierno Nacional--Bogotá, diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho.
Publíquese y Ejecútese.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO, El Ministro de Obras Públicas, Luis IGNACIO ANDRADE.