Historial de reformas
por la cual se crea la pensión familiar
2 versiones
· 2012-10-01
2014-07-15
LEY 1580 DE 2012 — arts. 2, 3
Cambios del 2014-07-15
@@ -40,7 +40,7 @@
Adicionalmente solo se podrá reconocer una sola vez la pensión familiar por cada cónyuge o compañero".
**Parágrafo.** Entiéndase para los efectos de esta ley como cónyuge o compañero permanente titular, al cónyuge o compañero permanente que cuente con el mayor saldo en cuenta de ahorro individual.
**Parágrafo.** Entiéndase para los efectos de esta ley como cónyuge o compañero permanente titular, al cónyuge o compañero permanente que cuente con el mayor saldo en cuenta de ahorro individual
##### **Artículo 3°.** Adiciónese un nuevo artículo al Capítulo V al Título IV al Libro I de la Ley 100 de 1993, el cual quedará así:
2012-10-01
LEY 1580 DE 2012
versión original
Texto en esta fecha