Por la cual se concede pensión a Pedro P. Martínez Rojas
Texto vigente a fecha 1970-01-02
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia,
decreta:
Artículo único. Concédese una pensión mensual vitalicia de veinticinco pesos ($ 25) al soldado de la Independencia Pedro P. Martínez Rójas, la cual se pagará en dinero efectivo.
Dada en Bogotá, a diez i siete de agosto de mil ochocientos ochenta
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
Pedro A Lara.
El Presidente de la Cámara de .Representantes,
Demetrio Rei Rodríguez
El secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Julio E. Pérez
El Secretario de la cámara de Representantes,
Cárlos Cótes.
Poder Ejecutivo nacional.-Bogotá, 18 de agostode 1880
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S). RAFAEL NUÑEZ.
El Secretario del Tesoro,
Simon de Herrera.