Historial de reformas
Decreto 2055/1969, de 25 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de actividades subacuáticas
4 versiones
· 1970-01-01 — 2020-06-25
2020-07-01
Derogación
2020-06-25
Decreto 2055/1969, de 25 de septiembre, por el que se regula el ejercic
2010-08-30
Decreto 2055/1969, de 25 de septiembre, por el que se regula el ejercic
1992-05-07
Decreto 2055/1969, de 25 de septiembre, por el que se regula el ejercic
1970-01-01
Decreto 2055/1969, de 25 de septiembre, por el que se regula el ejer
versión original
Texto en esta fecha
Cambios del 2020-06-25
@@ -1,5 +1,7 @@
# Decreto 2055/1969, de 25 de septiembre, por el que se regula el ejercicio de actividades subacuáticas
Norma derogada, con efectos de 1 de julio de 2020, por la disposición derogatoria única.1.a) del Real Decreto 550/2020, de 2 de junio. Ref. BOE-A-2020-6745#dd. No obstante, hasta que se actualice la normativa reguladora de los títulos deportivos y profesionales de buceo, se aplicarán las normas previstas en los artículos 13 y 15 del presente Decreto, según establece la disposición transitoria 1 del citado Real Decreto. Ref. BOE-A-2020-6745#dt
Queda derogada la reglamentación contenida en este Decreto en lo referido a los títulos de buceo deportivo de: Buceador Monitor y Buceador Instructor desde el 1 de septiembre de 2011, según se establece en la disposición derogatoria 1 del Real Decreto 932/2010, de 23 de julio. Ref. BOE-A-2010-13561.
El auge experimentado en nuestro país por el ejercicio de las actividades subacuáticas –tanto en su aspecto deportivo como en el laboral, utilizando modernas técnicas y equipos que permiten al buceador una gran autonomía y libertad de movimientos, y además en un medio naturalmente hostil al hombre, que supone un indudable riesgo para quien lo practica– hace necesario definir concretamente los conceptos generales que han de regular este tipo de actividades a nivel nacional y su respectivo encuadramiento en los organismos deportivos y laborales correspondientes, estableciendo así las bases para un posterior desarrollo mediante disposiciones de menor rango que determinen las particulares normas de aplicación en cada caso concreto.