Real Decreto 136/1997, de 31 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Técnico y de Prestación de Servicio de Telecomunicaciones por Satélite
Los fabricantes deberán proporcionar un manual de información técnica con cada equipo, que contendrá al menos las especificaciones mecánicas del apartado 2.1.2, y las exigidas en el 2.2.2 y la información esencial de instalación, mantenimiento y seguridad. También se incluirá una tabla de características del equipo que el fabricante asegure se satisfacen, entre las cuales deberán mencionarse las terminaciones y los conectores que deben usarse en la interfaz de la unidad exterior, así como las características de la señal en ella. En este último caso se hará referencia, como mínimo, a las bandas de frecuencias en las salidas y a los niveles, expresados en Dbm, de potencia de salida.
4. REFERENCIAS
La principales referencias aplicables a estas especificaciones técnicas son las publicaciones del ETSI (European Telecommunications Standards Institute) señaladas al final de este apartado. Otras referencias pueden consultarse en ellas.
– ETS 300 249 «Estaciones Terrenas de Satélite para Recepción de Televisión.» («Satellite Earth Stations [SES]; Television Receive-Only [TVRO-BSS]», edición de diciembre de 1993).
– ETS 300 158 «Estaciones Terrenas de Satélite para Recepción de Televisión que Operan en las Bandas de 11 GHz y 12 GHz del Servicio Fijo por Satélite.» («Satellite Earth Stations [SES]; Television Receive-Only [TVRO] Satellite Earth Stations Operating in the 11/12 Ghz FSS bands», edición de noviembre de 1992).
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