Ley 7/1998, de 16 de julio, por la que se aprueban las Directrices Generales de Ordenación Territorial para Aragón
216. El equipamiento deportivo contará con las instalaciones mínimas siguientes:
Capital de Aragón:
Gran pabellón de más de 9.000 espectadores.
Pabellón (45 × 27) uno por barrio. Pista de atletismo (una × 400).
Piscina cubierta (una de 50 × 25).
Piscina al aire libre: (una por barrio).
Capitales provinciales:
Gran pabellón de más de 3.500 espectadores.
Pabellón (uno por barrio).
Pista de atletismo (una de 400).
Piscina cubierta (una de 25 × 12,5).
Piscina al aire libre (una de 50 × 25).
Cabecera supracomarcal:
Pabellón (dos de 45 × 27).
Pista de atletismo (una de 400).
Piscina cubierta (una de 25 × 12,5).
Piscina al aire libre (una de 50 × 25).
Campo de fútbol (uno de hierba, uno-dos de tierra).
Pista polideportiva o frontón (ocho-diez pistas).
Comarcas:
Pabellón (45 × 27).
Piscina al aire libre (25 × 12,5).
Campo de fútbol (uno de hierba, uno de tierra).
Pista polideportiva o frontón (tres-cuatro pistas).
II. Novena. Equipamientos para la juventud.
217. Los equipamientos para la juventud se llevarán a cabo de conformidad con el Plan Aragón Joven, que respetará los criterios para las actuaciones en este sector.
II. Décima. Proteccióncivil.
218. Los análisis de riesgos y la zonificación territorial que queden especificados en los Planes Especiales de Protección Civil de Emergencia ante diferentes riesgos, serán tenidos en cuenta por los órganos competentes en el proceso de planificación del territorio y de los usos del suelo. En cualquier caso, deberán ser previamente informados por la Comisión de Protección Civil de Aragón cuando afecte a una zona calificada de riesgo máximo.
219. Los equipamientos destinados a las actividades propias de la Protección Civil se distribuirán con las siguientes prioridades: Tipos de equipamiento:
Parque de extinción de incendios y salvamento. Rango de la ciudad: I, II, III y IV.
Base de ambulancias. Rango de la ciudad: I, II, III y IV.
Policía Local. Rango de la ciudad: I, II, III y IV.
II. Undécima. Coordinación con otras Comunidades Autónomas para las prestación de servicios públicos.
220. Deberá tenerse en cuenta la influencia recíproca de municipios aragoneses situados en las zonas fronterizas con otras Comunidades Autónomas, estudiar las peculiaridades de cada situación y establecer los mecanismos de cooperación y ayuda mutua para la prestación de los servicios públicos.
II. Duodécima. Suelo.
221. La disponibilidad de suelo económicamente adecuado es uno de los instrumentos que facilita la realización de la política de ordenación del territorio: Localización de servicios públicos, instalación de equipamientos, ejecución de la política de vivienda, etc. Para facilitar el cumplimiento de esta finalidad, se clasificará la cantidad suficiente de suelo susceptible de urbanización y edificación de manera que incida en el mercado evitando y corrigiendo situaciones de monopolio. También se propiciará la creación de suelo público para la urbanización directa o para su cesión mediante concurso, con objeto de que el coste para el municipio sea el menos posible.
222. (Anulado).
II. Decimotercera. Normativa sobre la vivienda.
223. Se promoverá la promulgación de un texto unificado sobre la normas aplicables al sector de la vivienda, que recoja:
Las líneas y directrices políticas sobre la vivienda.
Las orientaciones sobre rehabilitación.
Alquileres y otras formas de uso.
Calidad de la vivienda.
Ayudas.
Mecanismos de control.
Incorporación de criterios de ahorro energético.
III. Infraestructuras territoriales
III. Primera. Sistema viario.
224. Las actuaciones sobre los ejes que estructuran el territorio aragonés, bien sean de nueva construcción, modificación o mejora del trazado, así como las de mera conservación, tendrán carácter prioritario.
225. El Plan General de Carreteras de la Comunidad Autónoma de Aragón se adaptará, tanto en la planificación como en la gestión del mismo, a los criterios sobre los ejes estructurantes de la Comunidad Autónoma de Aragón.
226. Se instará a la Administración Central para que las propuestas sobre los ejes estructurantes de Aragón, que afecten a la red viaria de su competencia, se acomoden a esta directriz.
III. Segunda. Infraestructuras y servicios ferroviarios.
227. Se gestionará con eficacia y celeridad el Plan de Actuación Ferroviaria de Aragón en los términos aprobados por las Cortes de Aragón.
III. Tercera. Sistema de transportes e instalaciones complementarias.
228. La concentración de la población y de las actividades productivas, la localización de infraestructuras de transportes de marcada especialización en el entorno de Zaragoza, su dispersión en el resto de la región, la existencia de ciudades estructurantes según rangos y la correspondiente asignación de funciones demandan que para la ordenación del sistema de transportes y actividades complementarias se elaboren las siguientes directrices parciales:
Directriz parcial sectorial para regular el sistema de transportes de Aragón, teniendo en cuenta:
1) El sistema de ciudades de Aragón.
2) La localización de los servicios públicos y la mejora de la accesibilidad a los mismos, para hacer realidad el principio de la igualdad de oportunidades, con independencia del lugar en el que habite la población.
3) La localización de las actividades productivas, así como las perspectivas de las diferentes zonas de Aragón.
4. Los criterios de intermodalidad de los diferentes transportes como método más eficaz para optimizar las inversiones realizadas y favorecer el servicio de los usuarios.
Directriz parcial sectorial para regulación del sistema de transportes en el entorno metropolitano de Zaragoza, partiendo, entre otras, de las siguientes referencias:
1) Localización de las actividades productivas en los ejes viarios que confluyen en la capital.
2) Flujos generados por motivos laborales, estudios, compras, ocio, etc.
3) Funciones de la ciudad central del entorno metropolitano y descentralización previsible en las emergentes centralidades periféricas de dicho entorno.
Directriz parcial sobre el tratamiento de la pieza aeroportuaria de Zaragoza, en razón de:
1) Considerar el aeropuerto de Zaragoza como centro logístico de distribución de mercancías, explotando la renta de situación de las zonas colindantes al mismo, de forma que se propicie en ellas el desarrollo de actividades auxiliares y complementarias del transporte de mercancías.
2) Integrar esta implantación con otras relacionadas con actividades auxiliares y complementarias del transporte de mercancías y servicios para las aeronaves.
3) Estudiar y proponer medidas que propicien el establecimiento de vuelos regionales con las poblaciones incluidas en la RED C-6.
III. Cuarta. Infraestructuras hidráulicas y sugestión.
229. La planificación de los recursos hidráulicos en la Comunidad Autónoma de Aragón, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, debe realizarse básicamente a través de los planes hidrológicos de las cuencas del Ebro, Júcar y Tajo y del Plan Hidrológico Nacional, así como la planificación de los regadíos.
Asimismo, se tendrán en cuenta la Ley de 24 de mayo de 1984 y los Reales Decretos-leyes de 22 de mayo de 1992 y 12 de marzo de 1995 en cuanto declaran de interés general infraestructuras hidráulicas ubicadas en Aragón y las normas que los desarrollan.
230. Los planes hidrológicos en su referencia al territorio de Aragón se apoyarán en lo establecido en el Pacto del Agua adoptado por las Cortes de Aragón el 30 de junio de 1992 y en las directrices de ordenación territorial relativas al modelo de asentamientos de la población, de la actividad económica y de la protección del medio natural en esta Comunidad Autónoma y de la planificación de los regadíos.
231. En consecuencia, se procederá a llevar a cabo las siguientes actuaciones:
Redacción de un plan de infraestructuras hidráulicas de Aragón con carácter de directriz parcial sectorial, colaboración las Administraciones competentes y sea resultado de la integración de los Planes de la Administración Central con los de la Comunidad Autónoma, sobre la base de las siguientes referencias:
Aunará y coordinará los criterios y estudios realizados por los distintos organismos e instituciones en correspondencia con los planes hidrológicos de las cuencas del Ebro, Júcar y Tajo, Plan Hidrológico Nacional y el Pacto del Agua.
Su estructura se determinará reglamentariamente y contendrá las actuaciones a realizar en todo el territorio de Aragón:
1) Por la Administración autonómica, por sí misma o en régimen de cooperación con otras Administraciones públicas.
2) Por las Administraciones locales y financiadas total o parcialmente por el Gobierno de Aragón.
3) Por la Administración Central del Estado, con o sin participación del Gobierno de Aragón en su financiación.
El Plan incluirá las obras que reduzcan los riesgos potenciales de inundación, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
1) Ordenación urbanística coherente con la evaluación de riesgos detectada en estudios de prevención de inundaciones realizados por las Confederaciones Hidrográficas y ampliados, si ha lugar, por la Administración autonómica.
2) Deslinde de los terrenos de dominio público hidráulico y control en la forma prevista en Reglamento aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, de las actividades que en los mismos se desarrollen.
3) Conservación de suelos y reforestación.
4) Conexión de la Administración autonómica con los sistemas de previsión y alerta de situaciones extremas establecidos por las Confederaciones Hidrográficas.
5) Implantación de un sistema de seguros que garantice la estabilidad económica de las personas, empresas y organismos sujetos a daños potenciales por inundaciones.
Se favorecerán las actuaciones integrales en pequeñas cuencas, impulsando las iniciativas locales de recuperación de ríos.
232. 2.ª Se elaborará un Plan aragonés de abastecimiento, donde se establecerán las prioridades y actuaciones de interés de la Comunidad Autónoma, así como los cauces de coordinación con las Administraciones locales.
233. 3.ª Se aprobará un Plan aragonés de saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas en el marco de las Directrices de la Unión Europea, donde se definirán los objetivos de calidad y la programación temporal en que se debe acometer.
III. Quinta. Energía: Plan energético de Aragón.
234. La disponibilidad de energía y su racional y óptima utilización son condiciones que propician el desarrollo económico y social. Para conseguir estas condiciones de partida, el Plan energético de Aragón es el instrumento que asume las Directrices Generales de Ordenación Territorial.
235. Las características más significativas del Plan son:
Disminuir la vulnerabilidad exterior mediante la diversificación energética.
Minimizar el impacto medioambiental.
Dar un servicio eficiente y de calidad a los usuarios.
Aumentar la competitividad de los sectores productivos.
Modernizar los procesos productivos con la introducción de tecnologías energéticas avanzadas.
Racionalizar y optimizar la producción, el transporte y el consumo de la energía.
Buscar de compensaciones por las servidumbres aragonesas en materia de energía y minería.
Racionalizar la instalación de minicentrales.
Identificar, analizar y fomentar la contribución a la infraestructura eléctrica de las energías renovables: Solar, eólica –en el valle medio del Ebro, especialmente– y biomasa.
Regular de las instalaciones de producción de energía eólica y su transporte.
Ampliar y optimizar la red gasística.
Reivindicar el paso por el territorio aragonés del gasoducto Magreb-Lacq.
236. El aprovechamiento hidroeléctrico en la modalidad de minicentrales se regulará en una directriz parcial sectorial.
III. Sexta. Suelo industrial.
237. Se redactará una directriz parcial sectorial que facilite el asentamiento de industrias así como optimizar la localización de los polígonos industriales y sus dotaciones, según categorías y tipologías posibles, sobre la base de las siguientes consideraciones:
La disponibilidad de suelo industrial.
La política de difusión de las actividades económicas para propiciar una industrialización dispersa.
Los principios de economicidad y de equidad, consiguiendo que la asignación de los recursos favorezca la mejor distribución territorial de la riqueza.
El tamaño del polígono y características técnicas de las instalaciones.
La gestión de los polígonos.
238. Se creará un sistema centralizado de información sobre el parque regional de polígonos industriales, para su promoción.
239. Se diseñará un procedimiento administrativo que permita la creación rápida de suelo apto para facilitar instalaciones industriales y servicios complementarios de los proyectos que, por sus características, tengan un elevado poder estructurante sobre el territorio, propicien la puesta en valor de los recursos y generen puestos de trabajo.
III. Séptima. Telecomunicaciones.
240. Se desarrollará un programa especial sobre el acceso de Aragón a las redes de telecomunicación, teniendo en cuenta:
El poder descentralizador que propician las redes de telecomunicaciones.
La favorable situación de Zaragoza respecto a la RDSI-BE (Red Digital de Servicios Integrados-Banda Estrecha).
La homogeneidad de los equipos a instalar.
Digitalización de la información interna en los usuarios (empresas, hospitales, Administraciones públicas).
Escenarios:
Urbanos.
Rurales.
Empresariales. Transeuropeo.
Tecnología de servicios:
Teletrabajo.
Educación a distancia.
Universidad y centros de investigación.
Servicios telemáticos para la PYME.
Asistencia sanitaria.
Red Transeuropea de Administraciones Públicas.
241. Se promoverá la gestión que facilite el acceso de todo el territorio de Aragón a las diferentes redes de telecomunicación, así como la mayor cobertura posible del espacio radioeléctrico. Para facilitar el acceso de las poblaciones más desfavorecidas a las redes de cable, se constata la necesidad de que Aragón sea una demarcación territorial única.
III. Octava. Impacto ambiental y territorial de las obras públicas.
242. Las obras públicas constituyen en muchos casos fuertes agresiones al medio ambiente, esta circunstancia particularmente grave en las zonas en las que el paisaje es uno de los recursos más significativos de la región. Por ello, se elaborará una directriz parcial sectorial para la ordenación de las obras públicas con objeto de reducir los impactos medioambientales, cuyo contenido será del nivel de exigencia que con carácter general está previsto en el Real Decreto 1302/1986 y en el Real Decreto 1131/1988, que incorpora las directrices comunitarias relativas a la evaluación de las repercusiones de las obras públicas sobre el medio ambiente. Asimismo, se llevará a cabo el Estudio de Impacto Territorial previsto en la LOTA. El Plan General de Carreteras, instrumento que facilitará la ejecución de la directriz primera, regula la evaluación ambiental estratégica, por lo que serán de aplicación sus prescripciones.
243. IV. Actividades económicas. El Gobierno de la Comunidad Autónoma iniciará la realización de las gestiones ante las Administraciones competentes con el fin de modificar los criterios estadísticos que determinan la actual exclusión de Aragón del objetivo 1. Al mismo tiempo, establecerá contactos y planteará la creación de otros foros con territorios de la Unión Europea afectados por problemas similares de desvertebración territorial y dualización en cuanto a su situación económico-social.
III. Novena. Recuperación de infraestructuras en desuso.
244. Se elaborará una directriz parcial sectorial para la regulación de la recuperación de infraestructuras que, en la actualidad, o bien no cumplen con su función tradicional o bien presentan alternativas para otros usos, fundamentalmente para actividades recreativas, ocio y esparcimiento. Esta directriz parcial tendrá en cuenta los siguientes principios:
Realización de un inventario de infraestructuras susceptibles de incorporarse a esta nueva faceta.
Clasificación en razón de las características de cada una de estas infraestructuras y las posibilidades de cada una de ellas.
Señalamiento de los distintos usos y servicios.
Normas sobre acondicionamientos técnicos y obras de adaptación que serían necesarias realizar.
Normas sobre la utilización de las mismas.
Señalización del trazado e información.
Creación de un servicio de vigilancia.
Elaboración de guías informativas.
IV. Actividades económicas
IV. Primera. Promoción comercial.
245. Se potenciará la difusión y comercialización de las producciones de bienes y servicios de la Comunidad Autónoma de Aragón, creando, en su caso, las estructuras institucionales y comerciales necesarias.
IV. Segunda. Plan selectivo de producciones agrarias.
246. Se procederá a la elaboración de un plan selectivo de producciones agrarias, que tendrá en cuenta las siguientes consideraciones:
Se culminarán los planes de regadío con viabilidad socioeconómica, con viabilidad social, económica y ambiental, y se consolidarán y modernizaran de los regadíos tradicionales.
Se arbitrarán medidas de fomento e incentivación para conseguir la transformación del sector agrario que elija el Plan selectivo de producciones agrarias.
Se fomentarán las producciones agrarias diferenciadas y cualificadas.
Se fomentarán las producciones cuya transformación demande un esfuerzo en I + D.
Se fomentarán las producciones orientadas hacia la generación de energía.
Se promocionarán las actividades agrarias con especial valoración medioambiental, fomentando la ganadería extensiva.
Se diversificarán las producciones ligadas al desarrollo del complejo agroalimentario.
Se consolidará el complejo agroganadero de carácter intensivo.
IV. Tercera. Potenciación de la minería.
247. La explotación de los lignitos representa en el sector minero de Aragón un elevado porcentaje de participación, sin embargo, las decisiones sobre esta actividad se adoptan en instancias situadas fuera del territorio aragonés. Esta circunstancia demanda la siguiente línea de actuación tanto para las instituciones públicas como para el sector privado:
Reforzar la participación de las instituciones aragonesas en los foros desde los que se ordena y planifica la política energética.
Propiciar el desarrollo de tecnologías que permitan alcanzar mayores niveles de competitividad y subsiguiente incremento de la rentabilidad de las explotaciones mineras.
Promover sistemas de extracción y utilización del lignito, cuya incidencia sobre el medio ambiente y paisajístico sea mínima.
248. Teniendo en cuenta que existen recursos mineros (arcillas, caolín, alabastro, sepiolita, entre otros) cuya explotación no alcanza los niveles de transformación que permitiría una generación de valor añadido en la propia región, se procederá a elaborar un programa de promoción, mejora y modernización de las explotaciones mineras, en el que se recojan medidas de planificación pública que tiendan a un claro aprovechamiento de los recursos autóctonos aludidos y que primen las actuaciones que desarrollen procesos de segunda transformación y comercialización de los productos mineros.
249. Se pondrá en marcha un plan estratégico para las comarcas mineras que palie la disminución de la actividad minera.
IV. Cuarta. Innovación y modernización del sistema productivo.
250. Teniendo en cuenta que la competitividad es el principal reto que el sistema productivo deberá abordar y que la modernización e innovación son los principales instrumentos para responder a la misma, se impulsará un Plan de innovación y modernización del sistema productivo que, con carácter de directriz parcial sectorial, tendrá en cuenta los siguientes criterios:
Favorecer la transferencia de tecnología desde la Universidad y los centros de investigación hacia y desde las empresas.
Las tecnologías innovadoras no sólo se refieren a la producción, sino que afectan a la gestión, organización y comercialización.
Se potenciará la investigación e implantación de sistemas encaminados a lograr unas actividades industriales respetuosas con el medio ambiente.
Contendrá un programa de medio ambiente industrial que contemple:
1) Inventario exhaustivo de la generación de residuos, su posible reciclaje y tratamiento.
2) Equipamientos específicos de pretratamientos, recogida, recuperación y manejo de residuos en el suelo industrial disponible, conforme a la vocación y/o especialización de cada área.
Se impulsará a través del Instituto Tecnológico de Aragón (ITA) y del Centro Europeo de Empresas e Innovación (CEEI), una política de innovación y desarrollo tecnológico, apoyando y financiando, en su caso, los proyectos que se sitúen en la vanguardia del proceso de producción de bienes y servicios.
IV. Quinta. Relocalización industrial.
251. La ordenación territorial, la mejorable localización de las empresas y la modernización de las instalaciones, demanda la elaboración de un Plan de relocalización y mejora de las actividades industriales, cuya elaboración y gestión deberá coordinarse con las representaciones empresariales.
IV. Sexta. Ordenación del comercio.
252. La ordenación de la actividad comercial se llevará a cabo a través del Plan General de Equipamiento Comercial de Aragón, que, tras su modificación y adecuación a las necesidades del sector, se tramitará como directriz parcial sectorial.
IV. Séptima. Difusión del desarrollo.
253. El diagnóstico de la localización de las actividades productivas ha puesto de manifiesto la necesidad, conveniencia y posibilidades de que se consoliden ejes alternativos de desarrollo al eje central de la región. Estos ejes son, en un primer estadio, Somontano pirenaico y Somontano ibérico, con su respectiva interrelación con el eje de los Pirineos, en el primer caso; y con las serranías turolenses, en el segundo.
254. La red de ciudades intermedias (capitales de provincia, cabeceras supracomarcales y cabeceras de comarca, fundamentalmente) son las que, en principio, están en mejores condiciones de servir de puntos de apoyo para alcanzar la consolidación deseada. En esta red de ciudades debería promocionarse la creación de instrumentos que faciliten la implantación de empresas.
255. La política de localización industrial deberá tener presente:
La disponibilidad de suelo para la ubicación de las empresas y, en su caso, la dotación de esta infraestructura.
La preparación de mano de obra cualificada.
La vocación productiva de las diferentes zonas/ejes/ciudades.
El desarrollo de centros directivos y de especialización tecnológica.
El apoyo, en principio, de toda iniciativa de localización industrial que no comporte efectos para el medio ambiente.
IV. Octava. Desarrollo y promoción del turismo.
256. Teniendo en cuenta que una de las posibilidades de desarrollo de la región es la explotación de los recursos relacionados con el turismo, el ocio y las actividades recreativas, se considera oportuno y conveniente la elaboración de un Plan de desarrollo del turismo sobre las siguientes bases:
Un nuevo impulso al desarrollo del turismo en el Pirineo y en el Sistema Ibérico, mediante la ampliación y mejora de la oferta tanto de la de esquí alpino como de la de esquí de fondo, y de cualquier otro tipo de actividad.
Las posibilidades de la región en la oferta turística: Congresos, reuniones empresariales, actividades culturales, peregrinaciones, balneoterapia, agroturismo, deportes de aventura y riesgo.
La tendencia de los mercados turísticos, los operadores y la agresividad de la competencia.
Los cambios en el perfil de la demanda.
El impacto ambiental y el desarrollo comarcal.
El diseño de los instrumentos para alcanzar los objetivos del modelo de desarrollo turístico de Aragón:
1) Definición de una política de producto para el turismo aragonés.
2) Promoción y comercialización de Aragón como destino turístico
La potenciación del turismo verde/rural.
La potenciación de las iniciativas comarcales y locales de planificación turística que incidan en un mayor protagonismo de los habitantes de las comarcas, en el diseño, promoción y comercialización del producto turístico.
El fomento y ayudas a la creación de infraestructura turística.
IV. Novena. Formación profesional y empresarial.
257. Dado el fuerte desequilibrio que existe entre la oferta del sistema educativo y la demanda del sector productivo, se considera que la formación profesional y empresarial es una de las cuestiones todavía no resueltas, y teniendo en cuenta que la formación es una de las referencias básicas para que los procesos innovadores sean acogidos, auspiciados y promovidos en las actividades productivas, se procederá a la elaboración de un Plan de formación profesional ocupacional que exponga los criterios básicos para adecuar la formación a la demanda de las empresas y a la actividad de cada comarca, que tendrá en cuenta las siguientes determinaciones:
Recopilación y sistematización de las actuaciones que en este dominio se están realizando por las diferentes instituciones, entidades y organizaciones empresariales y sindicales, examinando y supliendo las carencias y diseñando un mapa de centros de formación profesional.
Selección de las materias cuyo conocimiento y dominio será necesario para el desenvolvimiento de la actividad empresarial en el futuro competitivo que se aproxima.
Diseño de las actividades, coordinación e integración para evitar duplicidades y solapamientos.
Intensificación de las relaciones empresa-Universidad.
Gestión y financiación coordinada del programa.
Publicidad y explicitación de los objetivos del programa para conocimiento y valoración por la sociedad.
V. Patrimonio cultural
V. Primera. Bienes de interés cultural.
258. Se procederá a la revisión de las declaraciones de bienes de interés cultural del patrimonio arquitectónico monumental desde criterios científicos, debiendo resolverse los expedientes incoados hasta la fecha en un plazo determinado de tiempo.
V. Segunda. Patrimonio arquitectónico monumental.
259. Elaboración de un proyecto de ley de patrimonio cultural aragonés, como marco normativo general para proteger, mantener, recuperar, promover y difundir nuestro patrimonio cultural material e inmaterial: Paleontológico, arqueológico, monumental, histórico, artístico, museístico, documental, bibliográfico, lingüístico, antropológico, etnológico, etnográfico, etc. Igualmente se elaborará un Plan de actuación en patrimonio cultural aragonés que establezca un calendario y unas previsiones presupuestarias plurianuales y que incluya:
La creación de un instituto de la cultura y del patrimonio de Aragón que tenga como funciones primordiales tanto la coordinación con las instituciones culturales (en especial, con las tres Diputaciones provinciales), como la supervisión y control interdisciplinar de las actuaciones en patrimonio.
La conclusión de los trabajos iniciados de inventariado de patrimonio, así como el inicio de aquellos otros pendientes todavía de abordar, tanto en lo relativo a bienes muebles como inmuebles.
La firma de convenios para prospecciones y excavaciones arqueológicas con los Ayuntamientos de las localidades aragonesas declaradas conjunto histórico-artístico y/o que asienten sus cascos sobre núcleos urbanos antiguos.
V. Tercera. Archivos, bibliotecas y otras fuentes documentales.
260. Se elaborará una directriz parcial sectorial sobre el patrimonio documental, sobre la base de las siguientes referencias:
A) Archivos.
1) Actualizar y ejecutar los criterios de actuación aportados por el Censo Guía de Archivos.
2) Informatizar los instrumentos de descripción referidos a los fondos de los archivos.
3) Apoyar a la investigación y estudio de los archivos civiles y eclesiásticos de nuestras localidades.
B) Bibliotecas.
1) Impulsar y concluir el Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico en las bibliotecas más importantes de la Comunidad Autónoma y especialmente en aquellas en las que el riesgo de pérdida o deterioro es mayor.
2) Potenciar los trabajos de cooperación bibliotecaria en orden a la elaboración de catálogos colectivos de fondos de interés para las bibliotecas del sistema aragonés.
3) Estudiar la posiblidad de ampliación de la red de bibliotecas.
C) Documentación y colecciones.
Recopilar, sistematizar y ordenar la documentación sobre los diferentes hechos culturales de Aragón: Cine, teatro, música, vídeo, etc.
D) Difusión.
Difundir el patrimonio documental utilizando los medios más adecuados para cada supuesto.
V. Cuarta. Patrimonio del Archivo de la Corona de Aragón.
261. Se instará a la Administración General del Estado para que se lleve a cabo lo dispuesto en la disposición adicional primera del Estatuto de Autonomía de Aragón sobre la creación, composición y funciones del Patronato del Archivo de la Corona de Aragón, en consonancia, además. con los plazos marcados por los acuerdos del Congreso de los Diputados.
Para ello, se coordinarán acciones conjuntas con las otras Comunidades Autónomas afectadas.
262. Se iniciarán las gestiones por parte del Gobierno de Aragón con la Generalidad de Cataluña para la creación de una delegación permanente aragonesa de técnicos documentalistas y archiveros en el Archivo de la Corona de Aragón.
263. Se procederá a la creación del Archivo del Reino de Aragón, con los materiales documentales apropiados.
V. Quinta. Parques culturales.
264. Se potenciará la creación, desarrollo y mantenimiento de los parques culturales en Aragón, de acuerdo con los siguientes principios:
Los parques culturales son elementos de cohesión y vertebración del territorio aragonés a partir de la combinación de valores culturales, monumentales y naturales.
Los parques culturales, como forma integral de gestión del patrimonio, deberán regirse por los principios de profesionalidad y capacidad tanto en sus objetivos como en la planificación y técnicas para conseguirlos.
La creación y gestión de parques culturales contará con el apoyo e impulso de los ciudadanos e instituciones directamente vinculados a ellos por su territorio.
SÍNTESIS
MEMORIA
| MARCO SUPRARREGIONAL | PATRIMONIO NATURAL | POBL. SIST. CIUD. Y EQUIPAMIENTOS |
|---|---|---|
| (1) Ejes Atlántico y Mediterráneo (1) Hexágono Areas Metropolitanas (1) Zaragoza y el Valle del Ebro (2) Aragón y Las CC.AA. vecinas (3) Pirineo: Puente, no frontera (3) Espacios naturales compartidos con otras CC.AA. y Francia (4) Aragón y la «Diagonal continental» | (5) Soporte de actividades humanas (5) Suministrador de recursos (5) Patrimonio transmisible (6) Desarrollo sostenible (7) Diversidad de sistemas ecológicos (8) Bandas territoriales de diferenciación socioeconómica (9) Erosión (9) Patologías del medio natural (10) Calidad de las aguas (11) Espacios naturales (12) Agresiones antrópicas (13) Procesos de degradación actuales y potenciales. (14) Áreas para el estudio de la distribución espacial de los recursos naturales y ecológicos (15) Insuficiencia de la Información Cartográfica | (16) Escasa población (16) Distribución irregular en el territorio (16) Baja densidad (17) Envejecimiento (17) Reducidas tasas de fecundidad y natalidad (17) Procesos migratorios (17) Muestras de signos de regresión (18) Tamaño de los municipios (18) Desvertebración territorial (19) Carencia de sistema de ciudades vertebrador, estructurante y equilibrador (20) Sistemas de asentamientos (21) Corola de ciudades intermedias (21) Diseño de delimitación comarcal y sistema de ciudades (22) Localización de equipamientos comunitarios a nivel comarcal (23) Potenciación de poblaciones inadecuadas como núcleos rectores de Ordenación Territorial en determinadas zonas de la Comunidad Autónoma. |
| INFRAESTRUCTURAS | ACTIVIDADES ECONÓMICAS | PATRIMONIO CULTURAL |
| --- | --- | --- |
| (24) Las infraestructuras y la transformación del territorio (25) La accesibilidad (26) Condicionantes de la red viaria interna de Aragón (27) El aeropuerto de Zaragoza (27) La intermodalidad (27) Centro logístico para la distribución de mercancías (28) Importancia de los recursos hídricos en nuestra Comunidad (29) Distribución de Recursos hídricos (29) Obras de regulación para corregir déficit y atender nuevas necesidades (30) Abastecimiento y distribución de agua (30) Carencias y calidad del agua (31) Insuficiencia de infraestructuras para la depuración de los vertidos (32) Posibilidad de disponer agua de las cabeceras ríos pirenaicos (33) Ventajas e inconvenientes de las infraestructuras energéticas (34) Ramificación de la red gasística (35) Suelo industrial (36) Telecomunicaciones y su disponibilidad en toda la C.A. | (37) Aragón: Economía dualizada (38) Inadecuado tratamiento de los fondos de la U.E. (38) Incidencia negativa en la reestructuración del territorio (39) Elevado porcentaje en la renta disponible procedente de transferencias (40) Caracterización de los sectores económicos (41) El sector agrario (42) La política agraria de la U.E. es distorsionante para el campo aragonés (43) El sector industrial (44) Formación profesional y empre- sarial en el sector industrial (45) Las pequeñas y medianas empresas (46) El comercio (47) Turismo (48) Origen y destino de los recursos financieros (49) Áreas económicas, según LOTA y según realidad socioeconómica (50) Variables para definir las áreas (51) Distribución de las áreas económicas y bandas socioeconómicogeográficas de Aragón (52) Realidad de algunos municipios | (53) Definición del Patrimonio Cultural (54) Tipología del Patrimonio Cultural (55) Características diferenciales del Patrimonio Cultural aragonés (56) Problemas sobre catalogación e interrelación del Patrimonio Cultural y su localización en el territorio (56) Lenguas autóctonas |
1. La MEMORIA descriptiva refleja la situación socio-económico-territorial de Aragón con sus problemas, inadecuaciones y limitaciones, y explicitando, también, sus posibilidades y oportunidades. La finalidad de la política territorial es la de mejorar de manera continua y permanente las relaciones de los elementos que integran el sistema: Patrimonio Natural, Población, Sistema de Ciudades, Equipamientos, Infraestructuras, Actividades Económicas y Patrimonio Cultural, con objeto de alcanzar «Modelos Territoriales» en los que al haber conseguido una mejor cualificación de las relaciones hayan disminuido o eliminado los componentes negativos de las mismas y se traduzca en mejores condiciones de vida para la población.
2. La Comunidad Autónoma de Aragón prevé alcanzar esta finalidad con las presentes Directrices Generales de Ordenación Territorial con la siguiente secuencia:
Propuesta del MODELO TERRITORIAL
— Principios
— Estrategias
Propuesta de actuación
— Criterios orientadores
— Directrices
+ Instrumentales
— Directrices Generales de Ordenación Territorial
MODELO TERRITORIAL
| PRINCIPIOS | CORRESPONDENCIAS |
|---|---|
| (58) Población aragonesa muy escasa. Conseguir aumento de la población y su ordenado asentamiento. | (16)-(17)-(18)-(20)-(21)-(23) |
| (59) El Medio Natural como fuente de recursos y patrimonio a conservar. | (5)-(6)-(7) |
| (60) Regulación de recursos hídricos. | (10)-(28)-(29)-(30)-(31)-(32) |
| (61) Sistema de comarcalización y Equipamientos Comunitarios. | (20)-(21)-(22)-(23) |
| (62) Las infraestructuras transformadoras del territorio: Premisas. | (24)-(25)-(26)-(35)-(36) |
| (63) Aeropuerto de Zaragoza: Centro logístico. | (27) |
| (64) Compatibilidad entre desarrollo comarcal y dotaciones comunitarias básicas. | (21)- (22) |
| (65) Innovación y desarrollo tecnológico del sector empresarial. | (43)-(44)-(45) |
| (66) Universidad, protagonista en la mejora del capital humano, cultura y tecnología. | |
| (67) Difusión del desarrollo desde el eje central hacia los ejes alternativos: Intervención de los órganos comarcales. | (8)-(19)-(21)-(49)-(50)-(51) |
| (68) Patrimonio Cultural. Protección y coordinación con el urbanismo y parques culturales. | (53)-(54)-(55)-(56) |
| ESTRATEGIAS | CORRESPONDENCIAS |
| --- | --- |
| (69) Políticas demográficas: propiciar el asentamiento de la población. | (16)-(17)-(18)-(20)-(21)-(23)-(58) |
| (69) Política demográfica y revitalización económica de Aragón. | (16)-(17)-(18)-(20)-(21)-(23)-(58) |
| (69) Política demográfica e integración real de la mujer, en el mercado de trabajo. | (16)-(17)-(18)-(20)-(21)-(23)-(58) |
| (69) Política demográfica e integración de inmigrantes. | (16)-(17)-(18)-(20)-(21)-(23)-(58) |
| (69) Política demográfica y retorno de aragoneses desplazados. | (16)-(17)-(18)-(20)-(21)-(23)-(58) |
| (70)-(71) Proyección estatal e internacional de la C.A. de Aragón: Premisas. | (1)-(2)-(3)-(4)-(19) |
| (72)-(73) Zaragoza: Centro de gravedad del istmo pirenaico. (73) Plan Estratégico de la ciudad de Zaragoza y su entorno. | (2)-(3)-(4)-(19) |
| (74) Entorno metropolitano de Zaragoza. | (1)-(20) |
| (75)-(76) Interrelaciones funcionales. Potenciación. | (1)-(4)-(7)-(8)-(21)-(23)-(37)-(67) |
| (77) Difusión del desarrollo. | (8)-(49)-(50)-(51)-(52)-(65)-(67) |
| (78)-(79)-(80) Sistema de ciudades. | (18)-(19)-(20)-(21)-(23) |
| (81) Equipamientos comunitarios y criterios para su ubicación comarcal. | (22)-(61)-(64) |
| (82)-(83) Adecuación de las infraestructuras viarias, principios justificadores y proyectos. | (24)-(26)-(62)-(67) |
| (84) Recursos hidráulicos. | (10)-(28)-(29)-(30)-(31)-(32)-(60) |
| (85) Actividades productivas. | (37)-(38)-(40)-(41)-(43)-(45)-(46)- (47)-(48)-(49)-(50)-(51)-(65)-(66)(67) |
| (86) Medio natural. | (5)-(9)-(10)-(11)-(12)-(13)-(14)- (15)-(47)-(59)-(60)-(68) |
| (87) Procesos de cambio. | (1)-(7)-(8)-(19)-(20)-(21)-(25)-(27)- (62)-(63)-(65)-(67) |
| (88) Patrimonio cultural. | (53)-(54)-(55)-(56)-(68) |
| (89) Información telemática y cultura. | (36) |
| (90) Educación, formación y Universidad. | (66) |
| (91)/(92) Política del suelo: Objetivos y prohibiciones. | (35)-(64) |
CRITERIOS
| I. EL MARCO SUPRARREGIONAL DE ARAGÓN | CORRESPONDENCIAS |
|---|---|
| (94) Para potenciar la situación de Aragón en su contexto suprarregional. | (1)-(2)-(3)-(4)-(63)-(70)-(71)- (83)-(84) |
| (95)-(96)-(97)-(98) Para promocionar la ciudad de Zaragoza como capital regional y suprarregional y regulación de sus relaciones intermunicipales de su entorno. | (72)-(73)-(74) |
| (99) Coordinación con los territorios limítrofes en la prestación de servicios comunitarios. | (2) |
| (100)-(101) Gestión de los espacios naturales compartidos. | (3)-(86) |
| II. EL MEDIO FÍSICO: PATRIMONIO NATURAL | CORRESPONDENCIAS |
| --- | --- |
| (102)-(103) Desarrollo sostenible. | (6)-(11)-(14)-(59)-(86) |
| (104)-(105)-(106) Conocimiento y protección del Medio Natural. | (5)-(6)-(7)-(8)-(9)-(10)-(11)-(12) (13)-(14)-(59)-(86) |
| (107)-(108)-(109)-(110) Mantenimiento de la biodiversidad. | (6)-(7)-(11)-(59)-(86) |
| (111)-(112)-(113) Preservar la calidad de las aguas. | (18)-(28)-(29)-(30)-(31)-(60)-(84) |
| (114)-(115)-(116)-(117) Conservación del paisaje. | (9)-(12)-(13)-(14)-(59)-(86) |
| (118)-(119)-(120)-(121) Adecuación de las actividades productivas al Medio Natural. | (6)-(8)-(9)-(12)-(14)-(37)-(59)- (67)-(75)-(76)-(85)-(86) |
| (122)-(123) Fomento de la educación, formación y empleo medioambientales. | (47)-(59)-(68)-(75)-(76)-(86) |
| III. POBLACIÓN, SISTEMA DE CIUDADES Y EQUIPAMIENTOS COMUNITARIOS | CORRESPONDENCIAS |
| --- | --- |
| Distribución territorial de los equipamientos. | |
| (128) Criterios de carácter general. | (20)-(22)-(61)-(64)-(81) |
| (129) Criterios para los equipamientos educativos. | (20)-(22)-(61)-(64)-(66)-(81)-(90) |
| (130) Criterios para los equipamientos de salud. | (20)-(22)-(61)-(64)-(81) |
| (131) Criterios para los equipamiento de bienestar social. | (20)-(22)-(61)-(64)-(81) |
| (132) Criterios para los equipamientos culturales. | (20)-(22)-(61)-(64)-(81)-(88) |
| (133) Criterios para los equipamientos deportivos. | (20)-(22)-(61)-(64)-(81) |
| (134) Criterios para los equipamientos de la juventud. | (20)-(22)-(61)-(64)-(81) |
| IV. INFRAESTRUCTURAS TERRITORIALES | CORRESPONDENCIAS |
| --- | --- |
| (135)-(136)-(137)-(138)-(139) Para propiciar la organización y vertebración del territorio a través de las infraestructuras de transportes. | (1)-(2)-(25)-(26)-(27)-(62)-(70)- (75)-(76)-(82)-(83)-(87) |
| (140)-(141)-(142)-(143)-(144)-(145)-(146)-(147)-(148) Para alcanzar el adecuado aprovechamiento de los recursos hídricos por considerarlos básicos para lograr el desarrollo, equilibrios y vertebración del territorio aragonés. | (10)-(28)-(29)-(30)-(31)-(32)- (60)-(84) |
| (149)-(150)-(151) Para facilitar la implantación y desenvolvimiento de las actividades productivas. | (33)-(34)-(35)-(36)-(37)-(40)- (41)-(43)-(67)-(85) |
| V. ACTIVIDADES ECONÓMICAS | CORRESPONDENCIAS |
| --- | --- |
| (152) Para conseguir que la implantación de actividades económicas coadyuven a la transformación del territorio propiciando su vertebración. (153)-(154)-(155)-(156)-(157) Criterios de carácter general. (158)-(159)-(160)-(161)-(162)-(163)-(164)-(165) Criterios de carácter sectorial. | (33)-(34)-(35)-(36)-(37)-(40)- (41)-(43)-(67)-(85) |
| VI. PATRIMONIO CULTURAL | CORRESPONDENCIAS |
| --- | --- |
| Criterios para salvaguardar y preservar el Patrimonio Cultural. | (53)-(54)-(55)-(56)-(68)-(88) |
| (166) Patrimonio monumental. (167) Conjuntos monumentales. (168) Patrimonio arqueológico y paleontológico. (169) Patrimonio mueble. (170) Lenguas autóctonas. | (56) |
DIRECTRICES
| DIRECTRICES INSTRUMENTALES | CORRESPONDENCIAS |
|---|---|
| (171)-(172)-(173)-(174)-(175) Primera: Creación de un Centro de Documentación e Información Territorial de Aragón. | |
| (176)-(177)-(178)-(179) Segunda: Utilización racional del Patrimonio Inmobiliario existente. | |
| (180)-(181)-(182) Tercera: Creación de una Comisión Delegada del Gobierno para la política territorial. | |
| (183)-(184) Cuarta: Elaboración Programa de Gestión Territorial de Aragón. | |
| DIRECTRICES GENERALES DE ORDENACIÓN TERRITORIAL | CORRESPONDENCIAS |
| --- | --- |
| I. Patrimonio Natural | |
| Primera: Programa de Cartografía e inventarios. | (15) |
| (185) Programa Cartográfico. | (15)-(110) |
| (186) Inventario de las especies de flora y fauna. | (15)-(110) |
| (187) Catálogo de árboles monumentales. | (15)-(110) |
| (188) Catálogo-inventario de valores lúdico-paisajísticos. | (15) |
| Segunda: Dominio Público Hidráulico | |
| (189) Instar al organismo competente para que realice los trabajos de deslinde. | (28)-(29)-(30)-(31)-(32)-(60)(84)-(111)-(112)-(113)-(140)(141)-(142)-(143)-(144)-(145)(146)-(147)-(148) |
| (190) Clasificación de las aguas. | (28)-(29)-(30)-(31)-(32)-(60)(84)-(111)-(112)-(113)-(140)(141) |
| Tercera: Control de actividades | |
| (191) Corrección de los efectos negativos de la actividad humana sobre el medio natural. | (12)-(13)-(14)-(59)-(86) |
| (192) Directrices Parciales Sectoriales sobre: | (67) |
| (193) Control actividades agroganaderas. | (41)-(85)-(118)-(119)-(120)(149)-(159)-(160)-(161) |
| (194) Control actividades extractivas. | (43)-(85)-(150)-(158) |
| (195) Control actividades industriales. | (35)-(43)-(151) |
| (196) Control actividades turísticas. | (47) |
| (197) Control en implantación de infraestructuras. | (24)-(25)-(36)-(62)-(82)-(83)- (94)-(165) |
| Cuarta: Planeamiento Urbanístico | |
| (198) Unificación de criterios, suelo no urbanizable protegido. | (91)-(92) |
| Quinta: Tratamiento de los espacios degradados | |
| (199) Definición y delimitación de espacios degradados. | (9)-(11)-(12)-(13)-(15)-(59)-(86) |
| Sexta: Protección del Medio Natural | |
| (200) Protección de determinados espacios naturales y flora y fauna silvestres. | (11)-(59)-(86) |
| II. Población, Sistema de Ciudades y Equipamientos Comunitarios | |
| Primera: Organización administrativa del Territorio: Sistema de Ciudades | |
| (201) Rangos. | (16)-(20)-(78) |
| (202) Criterios para aplicar esta directriz. | (78)-(128)-(129)-(130)-(131)(132)-(133)-(134) |
| Segunda: Entorno de las capitales de provincia | |
| (203) Entorno metropolitano de Zaragoza. | (1)-(16)-(19)-(72)-(73)-(74)-(95)- (96)-(97)-(98) |
| (204) Entorno de las ciudades de Huesca y Teruel. | (1)-(18)-(20)-(21)-(78) |
| Tercera: Comarcalización, servicios esenciales y mejora del equilibrio territorial | |
| (205) Estructura comarcal. | |
| (206) Definición de equipamientos para cada comarca: Criterios y órganos competentes. | (21)-(22)-(61)-(64)-(81)-(128) |
| Cuarta: Equipamientos de salud | |
| (207) Prioridades de localización de este equipamiento. | (128)-(130) |
| Quinta: Equipamiento de bienestar social | |
| (208) Equipamientos de estos servicios para los diferentes ámbitos territoriales. | (128)-(131) |
| Sexta: Equipamientos culturales | |
| (209) Prioridad de localización de estos equipamientos. | (128)-(132) |
| Séptima: Equipamientos educativos | |
| (210) Localización de estos equipamientos. | (128)-(129) |
| (211)-(212)-(213)-(214)-(215) Peculiaridades sobre los equipamientos educativos. | |
| Octava: Equipamientos deportivos, ocio y esparcimiento | |
| (216) Instalaciones mínimas para tipología de ciudad. | (128)-(133) |
| Novena: Equipamientos para la juventud | |
| (217) Equipamientos según Plan Aragón Joven. | (128)-(134) |
| Décima: Protección Civil | |
| (218) Sobre los planes de protección civil y su relación con los planes urbanísticos. | (61)-(64)-(128) |
| (219)-1 Localización de los equipamientos de protección civil. | (128) |
| Decimoprimera: Coordinación con otras Comunidades Autónomas para la prestación de servicios públicos | |
| (220) Estudiar las peculiaridades de cada situación de los municipios limítrofes con otras CC.AA. | (2) |
| Decimosegunda: Suelo | (91)-(92) |
| (221) Política para propiciar la disponibilidad de suelo. (222) Prohibiciones de uso del suelo en la Comunidad autónoma. | |
| Decimotercera: Normativa sobre la vivienda | |
| (223) Unificación textos sobre normas aplicables a este sector. | |
| III. Infraestructuras territoriales | |
| Primera: Sistema Viario | (26)-(62)-(82)-(83)-(94)-(135)(136) |
| (224) Prioridad de actuaciones en los ejes estructurantes. | |
| (225) Plan de carreteras. | |
| (226) Coordinación con la Administración Central. | |
| Segunda: Infraestructura y servicios ferroviarios | (83)-(94)-(137) |
| (227) Plan de actuación sobre el transporte por vía férrea. | |
| Tercera: Sistema de transportes e instalaciones complementarias | (27)-(63)-(94)-(138)-(139) |
| (228) Ordenación del sector mediante elaboración de varias directrices parciales. | |
| Cuarta: Infraestructuras hidráulicas | (28)-(29)-(60)-(84)-(111)-(112)(113)-(140)-(141)-(142)-(143)- (144)-(145)-(146)-(147)-(148) |
| (229) Planificación de los recursos hidráulicos. | |
| (230) Pacto del agua y planes hidrológicos. | |
| (231) Plan de Infraestructuras de Aragón. | |
| (232) Plan aragonés de abastecimientos. | |
| (233) Plan aragonés de saneamiento y depuración de aguas residuales urbanas. | |
| Quinta: Energía: Plan Energético de Aragón | (33)-(34)-(165) |
| (234) Disponibilidad de energía y potenciación del desarrollo. | |
| (235) Características más significativas del Plan Energético de Aragón. | |
| (236) Regulación de minicentrales. | |
| Sexta: Suelo industrial | (35)-(43)-(65)-(91)-(151) |
| (237) Directriz parcial para facilitar el asentamiento de industrias. | |
| (238) Creación de un Sistema centralizado de información sobre Polígonos Industriales. | |
| (239) Procedimiento administrativo para crear con rapidez suelo industrial. | |
| Séptima: Telecomunicaciones | (36) |
| (240)-(241) Programa especial de acceso de Aragón a las redes de telecomunicación. | |
| Octava: Impacto ambiental y territorial de las obras públicas | (60)-(114)-(120) |
| (242) Incidencia de las obras públicas sobre el medio ambiente. (243) Aragón y los fondos de la Unión Europea. | |
| Novena: Recuperación de infraestructuras en desuso | |
| (244) Elaboración de directriz parcial para regular las infraestructuras en desuso. | |
| IV. Actividades económicas | |
| Primera: Promoción comercial | (46)-(164) |
| (245) Difusión y comercialización productos y servicios aragoneses. | |
| Segunda: Plan Selectivo producciones agrarias | (118)-(119)-(120)-(149)-(159)(160)-(161)-(163) |
| (246) Elaboración de un Plan Selectivo de Producciones agrarias. | |
| Tercera: Potenciación de la minería | (150)-(158) |
| (247) Explotación de lignitos. | |
| (248) Otros recursos mineros. (249) Plan estratégico para las comarcas mineras. | |
| Cuarta: Innovación y modernización del sistema productivo | (49)-(50)-(65)-(149)-(153) |
| (250) Plan de Innovación y modernización del sistema productivo. | |
| Quinta: Relocalización industrial | (85)-(149)-(151) |
| (251) Plan de relocalización industrial y mejora de actividades industriales. | |
| Sexta: Ordenación del comercio | (46)-(164) |
| (252) Plan General de equipamiento comercial de Aragón. | |
| Séptima: Difusión del desarrollo | (75)-(76)-(77)-(154)-(155)-(156)(157) |
| (253) Ejes alternativos al desarrollo. | |
| (254) Red de ciudades intermedias para recibir la difusión económica. | |
| (255) Política de localización industrial: Criterios. | |
| Octava: Desarrollo y promoción del turismo | (47) |
| (256) Plan de desarrollo del turismo. | |
| Novena: Formación Profesional y Empresarial | (66)-(85)-(90) |
| (257) Plan de Formación Profesional y Ocupacional. | |
| V. Patrimonio cultural | (53)-(54)-(55)-(56)-(68)-(88)- (166)-(167)-(168)-(169)-(170) |
| Primera: Bienes de Interés Cultural | |
| (258) Revisión de las declaración de los B.I.C. y resolución de expedientes incoados. | |
| Segunda: Patrimonio arquitectónico monumental | |
| (259) Ley de Patrimonio cultural aragonés. | |
| (259) Creación del Instituto de Cultura y del Patrimonio de Aragón. | |
| (259) Inventariado de patrimonio. | |
| (259) Prospecciones y excavaciones arqueológicas. | |
| Tercera: Archivos, Bibliotecas y otras fuentes documentales | |
| (260) Elaboración Directriz parcial sobre el patrimonio documental. | |
| Cuarta: Patrimonio del Archivo de la Corona de Aragón | |
| (261) Solicitar de la Administración General del Estado la creación del Patronato del Archivo de la Corona de Aragón. | |
| (262) Creación de Delegación permanente aragonesa en Archivo de la Corona de Aragón. | |
| (263) Creación del Archivo del Reino de Aragón. | |
| (264) Parques Culturales Potenciación de acuerdo con determinados criterios. | (68) |
Se declara la inconstitucionalidad y nulidad del núm. 222 de la directriz duodécima, apartado II, letra D) por Sentencia del TC 14/2004, de 12 de febrero. Ref. BOE-T-2004-4344
Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación del núm. 222 de la directriz duodécima, apartado II, letra D) por Auto del TC de 23 de marzo de 1999. Ref. BOE-A-1999-7660
Se suspende la vigencia y aplicación del núm. 222 de la directriz duodécima, apartado II, letra D) desde el 28 de octubre de 1998 para las partes en el proceso y desde el 20 de noviembre de 1998 para los terceros, por providencia del TC de 10 de noviembre de 1998 que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 4488/1998. Ref. BOE-A-1998-26730
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