Ley 17/2003, de 10 de abril, de Pesca de Canarias

Rango Ley
Publicación 2003-07-08
Última actualización 2025-07-01
Estado Vigente
Comunidad Autónoma Canarias
Departamento Comunidad Autónoma de Canarias
Fuente BOE
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Disposición final tercera. Entrada en vigor.

La presente Ley entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias».

Por tanto, mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Las Palmas de Gran Canaria, 10 de abril de 2003.

ROMÁN RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ,

Presidente

ANEXO

(Artículo 58-octies)

a)

Medidas:

Ancho total: 300 mm.

Altura total: 300 mm.

El logotipo lo constituye un cuadrado de 300 mm de altura dividido horizontalmente por una línea. La parte inferior del rectángulo, contada hasta la línea divisoria, tiene una altura de 250 mm. La parte superior del rectángulo, contada también desde la línea divisoria, tiene una altura de 50 mm.

b)

Colores:

1) Azul: C: 35, M: 14, Y: 1, K: 0.

2) Negro: C: 0, M: 0, Y: 0, K: 100.

3) Blanco: C: 0, M: 0, Y: 0, K: 0.

c)

Tipo y color de letra:

El tipo de letra utilizado es la Comic Sans MS en color azul y blanco.

d)

Inscripciones:

– En la parte superior. Inscripción “Pesca-turismo”. Comic Sans MS, cuerpo 40/40 y color blanco.

– En la parte intermedia. Inscripción “Turismo Marinero y Acuícola”, con el tamaño de la letra al mismo cuerpo que la fila superior. Comic Sans MS, cuerpo 40/40 y color negro.

– En la parte inferior. Alineado a la derecha: el logo identificativo del Gobierno de Canarias. Altura de la señal: 8,93 mm.

Se añade por el art. único.10 de la Ley 15/2019, de 2 de mayo. Ref. BOE-A-2019-8793

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