Historial de reformas
Ley 6/2003, de 3 de abril, reguladora de la asistencia jurídica a la Comunidad de Castilla y León
3 versiones
· 2003-05-06
2021-02-25
Ley 6/2003, de 3 de abril, reguladora de la asistencia jurídica a la Co
Cambios del 2021-02-25
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h) Cualquier otro asunto en que normativamente se exija informe jurídico con carácter preceptivo.
3. La Junta de Castilla y León, su Presidente, los titulares de los órganos superiores y directivos de la Administración General de la Comunidad y los titulares de los órganos de gobierno de las Entidades Institucionales, podrán consultar a los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Castilla y León sobre cualquier cuestión jurídica relacionada con los asuntos de su competencia, precisando los puntos que deban ser objeto de asesoramiento.
4. Corresponde asimismo a los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Castilla y León el asesoramiento jurídico preventivo mediante la adopción de medidas de cumplimiento normativo y de control en el sector público de la Comunidad de Castilla y León, de forma especial en sus empresas públicas.
> <small>Se añade el apartado 4 por el art. 5 de la Ley 1/2021, de 22 de febrero. [Ref. BOE-A-2021-4321](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-4321)</small>
###### Artículo 5.
2014-09-19
Ley 6/2003, de 3 de abril, reguladora de la asistencia jurídica a la Co
2003-04-08
Ley 6/2003, de 3 de abril, reguladora de la asistencia jurídica a la
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