Historial de reformas
Orden CUL/3520/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el Código de buenas prácticas del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música
6 versiones
· 2008-12-04
2018-06-30
Orden CUL/3520/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el Código
2018-04-21
Orden CUL/3520/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el Código
2011-07-20
Orden CUL/3520/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el Código
2011-01-24
Orden CUL/3520/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el Código
Cambios del 2011-01-24
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###### Decimosexto. Auditorio Nacional de Música.
El Auditorio Nacional de Música (ANM) tiene como misión poner a disposición de la sociedad un espacio cultural para la programación y celebración de conciertos y otras actividades musicales complementarias en condiciones idóneas para su disfrute por el mayor número de ciudadanos, con especial atención a la difusión del patrimonio español histórico y contemporáneo, a sus intérpretes, compositores y directores musicales. Es la sede la Orquesta y Coro Nacionales de España y la Joven Orquesta Nacional de España.
Para ello se comprometerá, de acuerdo con este código de buenas prácticas, al cumplimiento de una serie de objetivos generales conforme a los siguientes criterios, que serán tenidos en cuenta en la redacción del contrato-programa:
1. Mantener una programación propia, basada en los principios de promoción y difusión de autores, directores e intérpretes españoles, clásicos y contemporáneos.
2. Cumplir los siguientes objetivos generales de la programación integral del Auditorio Nacional de Música:
a) Música contemporánea española.
b) Repertorio musical iberoamericano.
c) Polifonía y escuela organística.
d) Músicas populares, con especial atención al flamenco.
e) Música antigua.
f) Tradiciones musicales cultas no europeas.
g) Música del Mediterráneo.
h) Conciertos pedagógicos y nuevos públicos.
i) Propuesta de actividades del Auditorio fuera de sus instalaciones.
j) Exposiciones y seminarios relacionados con la música.
k) Colaboración con comunidades autónomas y universidades.
3. Incluir en su programación otras músicas que reflejen la realidad plural y multicultural de la sociedad española actual.
4. Consolidarse como espacio abierto de encuentro cultural y cívico, a través de conciertos y representaciones, programas pedagógicos y sociales, exposiciones, conferencias, foros, cursos, seminarios, actividades recreativas y cualesquiera otras actividades que ayuden a convertirlo en un centro de referencia nacional e internacional en el mundo de la música y su cultura.
5. Incorporar a su proyecto las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones.
6. Implantar políticas de creación de nuevos públicos, con especial hincapié en el público infantil y juvenil.
7. Fomentar la cooperación internacional, con otros auditorios nacionales, especialmente europeos e iberoamericanos.
8. Impulsar la cooperación con los auditorios españoles.
**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única de la Orden CUL/57/2011, de 20 de enero. [Ref. BOE-A-2011-1230](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-1230).</small>
###### Decimoséptimo. Centro para la Difusión de la Música Contemporánea.
El Centro para la Difusión de la Música Contemporánea (CDMC) tiene como misión fomentar y proyectar la creación musical, con especial referencia al patrimonio español, histórico y contemporáneo, con apoyo a los diferentes actores del sector, e impulsar su difusión, tanto en el ámbito nacional como internacional.
Para ello se comprometerá, de acuerdo con este código de buenas prácticas, al cumplimiento de una serie de objetivos generales conforme a los siguientes criterios, que serán tenidos en cuenta en la redacción del contrato-programa:
1. Programar las temporadas de música contemporánea de conciertos en el Auditorio 400 del Museo Centro de Arte Reina Sofía, manteniendo una línea de equilibrio programador que proporcione un conocimiento cabal de las principales tendencias y corrientes nacionales e internacionales, con especial referencia al repertorio iberoamericano, así como la mayor exigencia respecto a la calidad y notoriedad de los intérpretes y colectivos comprometidos en sus programas.
2. Realizar el número de encargos anuales a compositores que se determine, que se estrenarán en sus conciertos.
3. Organizar y dirigir el Festival de Música de Alicante, canalizando su progresiva apertura a las corrientes internacionales, a la coproducción, puesta en gira, implicación y cooperación con formaciones musicales, compositores, festivales y centros musicales europeos, iberoamericanos e internacionales, así como de los diferentes ámbitos locales y autonómicos españoles.
4. Gestionar el Laboratorio de Informática y Electrónica Musical (LIEM), desarrollando el número de programas anuales de cursos, conferencias y demostraciones que se determine, con presencia de destacadas personalidades del ámbito de la tecnología musical y de la creación electroacústica.
5. Acoger, a través del LIEM, a compositores y estudiantes de composición avanzados para que desarrollen proyectos musicales en sus instalaciones.
6. Proporcionar la mayor difusión y prestigio posible en sus programas a todos aquellos grupos y solistas españoles o residentes en nuestro país comprometidos con el repertorio contemporáneo.
7. Colaborar con otras entidades públicas o privadas de su ámbito.
8. Promover la colaboración con los cursos de composición que se desarrollan en todo el territorio español, incrementando progresivamente la presencia del CDMC.
9. Establecer una red de convenios de colaboración con los principales centros de investigación, producción y programación nacionales e internacionales.
10. Establecer y promocionar en el ámbito nacional e internacional una red de grupos y de intérpretes especializados en música contemporánea, por medio de un sistema de ayudas y de programas concertados establecidos de acuerdo con el sector en el marco del consejo sectorial correspondiente, dentro del Consejo Estatal de las Artes Escénicas y de la Música.
**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única de la Orden CUL/57/2011, de 20 de enero. [Ref. BOE-A-2011-1230](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-1230).</small>
### CAPÍTULO V. Nuevas demandas sociales
2010-07-24
Orden CUL/3520/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el Código
2008-12-04
Orden CUL/3520/2008, de 1 de diciembre, por la que se aprueba el Cód
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