Real Decreto 243/2009, de 27 de febrero, por el que se regula la vigilancia y control de traslados de residuos radioactivos y combustible nuclear gastado entre Estados miembros o procedentes o con destino al exterior de la Comunidad

Rango Real Decreto
Publicación 2009-04-02
Última actualización 2014-03-09
Estado Vigente
Departamento Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Fuente BOE
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El destinatario deberá remitir la sección 6 (acuse de recibo) junto con la sección 5 dependiendo del tipo de traslado a la autoridad competente del Estado miembro de destino en el caso de los traslados de tipo MM o IM, o al solicitante mencionado en el punto 5 de la sección 1 en el caso de los traslados de tipo ME o TT. Como recapitulación, se adjuntarán al acuse de recibo final las secciones 6 correspondientes a cada uno de los traslados cubiertos por la autorización.

36. El destinatario deberá marcar «no aplicable» o cumplimentar el punto 36 para los traslados de tipo ME o TT o adjuntar una declaración como anexo, indicando la referencia a la misma. El solicitante deberá trasmitir las secciones 5 y 6 a la autoridad que concedió la autorización. Como recapitulación, se adjuntarán al acuse de recibo final las secciones 6 correspondientes a cada uno de los traslados cubiertos por la autorización.

Se modifica la letra c) del apartado 33 de las Notas explicativas por la disposición final 2.5 del Real Decreto 102/2014, de 21 de febrero. Ref. BOE-A-2014-2489#dfsegunda.

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