Real Decreto 933/2010, de 23 de julio, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo y Técnico Deportivo en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre, y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso

Rango Real Decreto
Publicación 2010-08-31
Última actualización 2026-07-22
Estado Vigente
Departamento Ministerio de Educación
Fuente BOE
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Módulos de enseñanza deportiva Experiencia docente acreditable Actividad en el ámbito deportivo y laboral
MED-HIHI102: Transporte y mantenimiento físico del caballo pie a tierra. MED-HIHI103: Hipología. MED-HIHI104: Metodología de la enseñanza de la hípica. MED-HIHI105: Acompañamiento por itinerarios a caballo. MED-HIHI106: Eventos hípicos. MED-HIHI107: Formación práctica. Al menos 100 horas de docencia acreditada en formación relacionada con el módulo, de entrenadores en el nivel 1, 2 o 3 en hípica en las formaciones a las que se refiere la disposición adicional quinta y la disposición transitoria primera de los Reales Decretos 1363/2007, de 24 de octubre y la transitoria primera de los Reales Decretos 1913/1997, de 19 de diciembre, y 1363/2007, de 24 de octubre. Al menos 2 años de ejercicio deportivo-laboral relacionado con las competencias profesionales del ciclo inicial, realizado en los 4 años inmediatamente anteriores al nombramiento.
MED-HIHI202: Enseñanza y tecnificación hípica. MED-HIHI203: Bases del entrenamiento deportivo del caballo. MED-HIHI204: Preparación física del jinete. MED-HIHI205: Para-ecuestre. MED-HIHI206: Organización de eventos hípicos. MED-HISD207: Perfeccionamiento técnico en salto. MED-HISD208: Perfeccionamiento técnico en doma. MED-HISD209: Perfeccionamiento técnico en concurso completo. MED-HITE211: Perfeccionamiento técnico en raid. MED-HITE212: Perfeccionamiento técnico en trec. MED-HITE213: Organización de itinerarios ecuestres. MED-HITE214: Medio natural. Al menos 100 horas de docencia acreditada en formación relacionada con el módulo, de entrenadores en el nivel 2 o 3 en hípica en las formaciones a las que se refiere la disposición adicional quinta y la disposición transitoria primera de los Real.Decreto: 1363/2007, de 24 de octubre y la transitoria primera de los Reales Decretos 1913/1997, de 19 de diciembre, y 1363/2007, de 24 de octubre. Al menos 2 años de ejercicio deportivo-laboral relacionado con las competencias profesionales de los ciclos finales realizado en los 4 años inmediatamente anteriores al nombramiento.

En el caso de las formación a las que se refiere la adicional quinta del Real Decreto 1363/2007, la Real Federación Hípica Española emitirá la correspondiente certificación de la experiencia docente en la que conste: las materias impartidas, el número de horas impartidas, la fecha del curso en el que se impartió la materia o materias y la fecha de la resolución de reconocimiento de la formación por parte del Consejo Superior de Deportes junto con la fecha de publicación en el BOE.

En el caso de las formaciones a las que se refiere la disposición transitoria primera de los Reales Decretos 1913/1997 y 1363/2007, el órgano competente de la Comunidad Autónoma que autorizó las formaciones emitirá la correspondiente certificación de la experiencia docente en la que consten las materias y el número de horas impartidas.

La experiencia laboral se acreditará mediante la certificación de la empresa donde haya adquirido dicha experiencia en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, se exigirá la certificación de alta en el censo de obligados tributarios, con una antigüedad mínima de un año, así como una declaración del interesado de las actividades más representativas.

La Real Federación Hípica Española emitirá la correspondiente certificación de la experiencia deportiva en la que conste la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la actividad.

ANEXO XII. Requisitos de titulación del profesorado de los módulos de enseñanza deportiva de los ciclos inicial y final de grado medio, en centros privados y de titularidad pública de Administraciones distintas a la educativa.

Serán impartidos por quienes acrediten los títulos que a continuación se detallan o los que hayan sido declarados equivalentes u homologados a efectos de docencia.

Módulos del bloque común: Ciclo inicial y ciclos finales

Módulos comunes de enseñanza deportiva Titulaciones
Ciclo inicial Ciclo inicial
MED-C101. Bases del comportamiento deportivo. Licenciado o Graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte. Licenciado o Graduado en Psicología. Maestro especialista en Educación Física. Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión de Maestro en Educación Primaria que incluya una mención en Educación Física.
MED-C102 Primeros auxilios. Licenciado o Graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte. Licenciado o Graduado en Medicina. Diplomado o Graduado en Enfermería. Diplomado o Graduado en Fisioterapia.
MED-C105: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. Licenciado o Graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte. Maestro especialista en Educación Física. Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión de Maestro en Educación Primaria que incluya una mención en Educación Física.
MED-C104: Organización deportiva. Licenciado o Graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.
Ciclo final Ciclo final
MED-C201 Bases del aprendizaje deportivo. Licenciado o Graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte. Licenciado o Graduado en Psicología. Maestro especialista en Educación Física. Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión de Maestro en Educación Primaria que incluya una mención en Educación Física.
MED-C202: Bases del entrenamiento deportivo. Licenciado o Graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.
MED-C206: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. Licenciado o Graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.
MED-C204: Organización y legislación deportiva. Licenciado o Graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte. Licenciado o Graduado en Derecho.
MED-C205. Deporte y género. Licenciado o Graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte. Maestro especialista en Educación Física. Título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión de Maestro en Educación Primaria que incluya una mención en Educación Física.

Módulos del bloque específico: Ciclo inicial y ciclos finales

Módulo específico de enseñanza deportiva Titulaciones
Ciclo inicial Ciclo inicial
MED-HIHI102: Transporte y mantenimiento físico del caballo pie a tierra. Técnico Deportivo Superior en Hípica. Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre.
MED-HIHI103: Hipología. Técnico Deportivo Superior en Hípica. Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre. Licenciado o Graduado en Veterinaria.
MED-HIHI104: Metodología de la enseñanza de la hípica. Técnico Deportivo Superior en Hípica. Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre.
MED-HIHI105: Acompañamiento por itinerarios a caballo. Técnico Deportivo Superior en Hípica. Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre.
MED-HIHI106: Eventos hípicos. Técnico Deportivo Superior en Hípica. Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre.
MED-HIHI107: Formación práctica. Técnico Deportivo Superior en Hípica. Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre.
Ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo Ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de salto, doma y concurso completo
MED-HIHI202: Enseñanza y tecnificación hípica. Técnico Deportivo Superior en Hípica.
MED-HIHI203: Bases del entrenamiento deportivo del caballo. Técnico Deportivo Superior en Hípica.
MED-HIHI204: Preparación física del jinete. Licenciado o Graduado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte. Técnico Deportivo Superior en Hípica.
MED-HIHI205: Para-ecuestre. Técnico Deportivo Superior en Hípica.
MED-HIHI206: Organización de eventos hípicos. Técnico Deportivo Superior en Hípica.
MED-HISD207: Perfeccionamiento técnico en salto. Técnico Deportivo Superior en Hípica.
MED-HISD208: Perfeccionamiento técnico en doma. Técnico Deportivo Superior en Hípica.
MED-HISD209: Perfeccionamiento técnico en concurso completo. Técnico Deportivo Superior en Hípica.
MED-HISD210: Formación práctica. Técnico Deportivo Superior en Hípica.
Ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre Ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre
MED-HITE211: Perfeccionamiento técnico en raid. Técnico Deportivo Superior en Hípica. Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre.
MED-HITE212: Perfeccionamiento técnico en trec. Técnico Deportivo Superior en Hípica. Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre.
MED-HITE213: Organización de itinerarios ecuestres. Técnico Deportivo Superior en Hípica. Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre.
MED-HITE214: Medio natural. Técnico Deportivo Superior en Hípica. Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre.
MED-HITE215: Formación práctica. Técnico Deportivo Superior en Hípica. Técnico Deportivo en las Disciplinas Hípicas de Resistencia, Orientación y Turismo Ecuestre.

Se modifica por el art. 3.5 a 7 del Real Decreto 534/2026, de 30 de junio. Ref. BOE-A-2026-14332

Se modifica por el art. 1.1 y 2 del Real Decreto 737/2015, de 31 de julio. Ref. BOE-A-2015-8645

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 244, de 8 de octubre de 2010. Ref. BOE-A-2010-15359

ANEXO XIII A. Correspondencia de los módulos de enseñanza deportiva con las unidades de competencia para su acreditación

Módulos de enseñanza deportiva superados Unidades de competencia del CNCP acreditables
El módulo de: • Prueba RAE-HIHI101, de carácter específico para el acceso a las enseñanzas de ciclo inicial de grado medio en hípica. Acreditan la unidad de competencia de: • UC1080_2: Dominar las técnicas básicas de monta a caballo.
Los módulos de: • Prueba RAE-HIHI101, de carácter específico para el acceso a las enseñanzas de ciclo inicial de grado medio en hípica. • MED-HIHI102: Transporte y mantenimiento físico del caballo pie a tierra. • MED-HIHI103: Hipología. • MED-HIHI107: Formación práctica. Acreditan las unidades de competencia de: • UC0719_2: Alimentar y realizar el manejo general y los primeros auxilios al ganado equino. • UC0720_2: Efectuar la higiene, cuidados y mantenimiento físico del ganado equino.
Los módulos de: • MED-C101: Bases del comportamiento deportivo. • MED-HIHI104: Metodología de la enseñanza de la hípica. • MED-HIHI107: Formación práctica. Acreditan la unidad de competencia de: • UC1646_2: Concretar, dirigir y dinamizar sesiones secuenciadas de iniciación deportiva hípica y ecuestre.
Los módulos de: • MED-HIHI104: Metodología de la enseñanza de la hípica. • MED-HIHI106: Eventos hípicos. • MED-HIHI107: Formación práctica. Acreditan la unidad de competencia de: • UC1647_2: Dinamizar acciones de promoción y acompañamiento a jinetes/amazonas en eventos y competiciones de hípica y ecuestres.
Los módulos de: • MED-HIHI104: Metodología de la enseñanza de la hípica. • MED-HIHI105: Acompañamiento por itinerarios a caballo. • MED-HIHI106: Eventos hípicos. • MED-HIHI107: Formación práctica. • MED-HITE213: Organización de itinerarios ecuestres. Acreditan la unidad de competencia de: • UC1081_2: Guiar y dinamizar a personas por itinerarios a caballo.
Los módulos de: • MED-C101: Bases del comportamiento deportivo. • MED-HIHI104: Metodología de la enseñanza de la hípica. • MED-HIHI205: Para-ecuestre. • MED-HITE213: Organización de itinerarios ecuestres. • MED-HITE214: Medio natural. • MED-HITE215: Formación práctica. Acreditan la unidad de competencia de: • UC1079_2: Determinar y organizar itinerarios a caballo por terrenos variados.
Los módulos de: • MED-C102: Primeros auxilios. • MED-HIHI107: Formación práctica. Acreditan la unidad de competencia de: • UC0272_2: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia.

Se modifica por la disposición final 3.2 del Real Decreto 567/2020, de 16 de junio. Ref. BOE-A-2020-7314

ANEXO XIII B. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos de enseñanza deportiva para su convalidación

Unidades de competencia del CNCP acreditadas Módulos de enseñanza deportiva convalidables
Las unidades de competencia: • UC1080_2: Dominar las técnicas básicas de monta a caballo. • UC0719_2: Alimentar y realizar el manejo general y los primeros auxilios al ganado equino. • UC0720_2: Efectuar la higiene, cuidados y mantenimiento físico del ganado equino. Permiten la convalidación de: • Prueba RAE-HIHI101, de carácter específico para el acceso a las enseñanzas de ciclo inicial de grado medio en hípica.
Las unidades de competencia: • UC0719_2: Alimentar y realizar el manejo general y los primeros auxilios al ganado equino. • UC0720_2: Efectuar la higiene, cuidados y mantenimiento físico del ganado equino. Permiten la convalidación de: • MED-HIHI102: Transporte y mantenimiento físico del caballo pie a tierra. • MED-HIHI103: Hipología.
Las unidades de competencia: • UC1646_2: Concretar, dirigir y dinamizar sesiones secuenciadas de iniciación deportiva hípica y ecuestre. • UC1647_2: Dinamizar acciones de promoción y acompañamiento a jinetes/amazonas en eventos y competiciones de hípica y ecuestres. • UC1081_2: Guiar y dinamizar a personas por itinerarios a caballo. Permiten la convalidación de: • MED-HIHI104: Metodología de la enseñanza de la hípica.
La unidad de competencia: • UC1081_2: Guiar y dinamizar a personas por itinerarios a caballo. Permiten la convalidación de: • MED-HIHI105: Acompañamiento por itinerarios a caballo.
Las unidades de competencia: • UC1647_2: Dinamizar acciones de promoción y acompañamiento a jinetes/amazonas en eventos y competiciones de hípica y ecuestres. • UC1081_2: Guiar y dinamizar a personas por itinerarios a caballo. Permiten la convalidación de: • MED-HIHI106: Eventos hípicos.
La unidad de competencia: • UC1079_2: Determinar y organizar itinerarios a caballo por terrenos variados. Permiten la convalidación de: • MED-HITE213: Organización de itinerarios ecuestres. • MED-HITE214: Medio natural.

Se modifica por la disposición final 3.3 del Real Decreto 567/2020, de 16 de junio. Ref. BOE-A-2020-7314

ANEXO XIV. Exención total o parcial del módulo de formación práctica de los ciclos inicial y final

MED-HIHI107: Formación práctica Experiencia ámbito laboral o deportivo
Exención total. Exención parcial. Duración: superior a 300 horas. Actividad desarrollada: experiencia relacionada con la competencia general del ciclo inicial de grado medio en hípica y los resultados de aprendizaje del módulo de formación práctica. Periodo de tiempo que ha desarrollado la actividad: dos años anteriores a la finalización del curso.

La exención parcial del módulo de formación práctica, se concederá para aquellos resultados de aprendizaje del módulo, que sean concordantes con la experiencia laboral o deportiva acreditada.

La exención total del módulo de formación práctica, se podrá conceder cuando exista una completa concordancia de la experiencia laboral o deportiva acreditada con la totalidad de los resultados de aprendizaje del correspondiente módulo.

La Real Federación Hípica Española o Autonómica, o aquellas entidades establecidas por las Administraciones educativas competentes emitirán la correspondiente certificación de la experiencia deportiva en la que conste la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la actividad.

La experiencia laboral se acreditará mediante la certificación de la empresa donde haya adquirido dicha experiencia en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, se exigirá la certificación de alta en el censo de obligados tributarios, con una antigüedad mínima de un año, así como una declaración del interesado de las actividades más representativas.

MED-HISD210: Formación práctica Experiencia ámbito laboral o deportivo
Exención total. Exención parcial. Duración: superior a 400 horas. Actividad desarrollada: experiencia relacionada con la competencia general del ciclo final de grado medio en salto, doma y concurso completo. Y los resultados de aprendizaje del módulo de formación práctica. Periodo de tiempo que ha desarrollado la actividad: dos años anteriores a la finalización del curso.

La exención parcial del módulo de formación práctica, se concederá para aquellos resultados de aprendizaje del módulo, que sean concordantes con la experiencia laboral o deportiva acreditada.

La exención total del módulo de formación práctica, se podrá conceder cuando exista una completa concordancia de la experiencia laboral o deportiva acreditada con la totalidad de los resultados de aprendizaje del correspondiente módulo.

La Real Federación Hípica Española o Autonómica, emitirá la correspondiente certificación de la experiencia deportiva en la que conste la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la actividad.

La experiencia laboral se acreditará mediante la certificación de la empresa donde haya adquirido dicha experiencia en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, se exigirá la certificación de alta en el censo de obligados tributarios, con una antigüedad mínima de un año, así como una declaración del interesado de las actividades más representativas.

MED-HITE215: Formación práctica Experiencia ámbito laboral o deportivo
Exención total. Exención parcial. Duración: Superior a 400 horas. Actividad desarrollada: experiencia relacionada con la competencia general del ciclo final grado medio en raíd, trec y turismo ecuestre. Y los resultados de aprendizaje del módulo de formación práctica. Periodo de tiempo que ha desarrollado la actividad: dos años anteriores a la finalización del curso.

La exención parcial del módulo de formación práctica, se concederá para aquellos resultados de aprendizaje del módulo, que sean concordantes con la experiencia laboral o deportiva acreditada.

La exención total del módulo de formación práctica, se podrá conceder cuando exista una completa concordancia de la experiencia laboral o deportiva acreditada con la totalidad de los resultados de aprendizaje del correspondiente módulo.

La Real Federación Hípica Española o Autonómica emitirá la correspondiente certificación de la experiencia deportiva en la que conste la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la actividad.

La experiencia laboral se acreditará mediante la certificación de la empresa donde haya adquirido dicha experiencia en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, se exigirá la certificación de alta en el censo de obligados tributarios, con una antigüedad mínima de un año, así como una declaración del interesado de las actividades más representativas.

ANEXO XV. Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia docente

Módulos de Enseñanza Deportiva Experiencia docente
Ciclo inicial de grado medio en hípica Ciclo inicial de grado medio en hípica
MED-HIHI102: Transporte y mantenimiento físico del caballo pie a tierra. MED-HIHI103: Hipología. MED-HIHI104: Metodología de la enseñanza de la hípica. MED-HIHI105: Acompañamiento por itinerarios a caballo. MED-HIHI106: Eventos hípicos. Experiencia como profesor en materias relacionadas con el correspondiente módulo de enseñanza deportiva acreditable, realizadas de acuerdo a lo establecido en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, y en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre. La experiencia deberá ser de, al menos, el triple de la horas establecidas en este real decreto para el módulo de enseñanza deportiva objeto de la correspondencia formativa.
Ciclo final de grado medio en saltos, doma y concurso completo Ciclo final de grado medio en saltos, doma y concurso completo
MED-HIHI202: Enseñanza y tecnificación hípica. MED-HIHI203: Bases del entrenamiento deportivo del caballo. MED-HIHI204: Preparación física del jinete. MED-HIHI205: Para-ecuestre. MED-HIHI206: Organización de eventos hípicos. MED-HISD207: Perfeccionamiento técnico en salto. MED-HISD208: Perfeccionamiento técnico en doma. MED-HISD209: Perfeccionamiento técnico en concurso completo. Experiencia como profesor en materias relacionadas con el correspondiente módulo de enseñanza deportiva acreditable, realizadas de acuerdo a lo establecido en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, y en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre. La experiencia deberá ser de, al menos, el triple de la horas establecidas en este real decreto para el módulo de enseñanza deportiva objeto de la correspondencia formativa.
Ciclo final de grado medio en resistencia, orientación y turismo ecuestre Ciclo final de grado medio en resistencia, orientación y turismo ecuestre
MED-HIHI202: Enseñanza y tecnificación hípica. MED-HIHI203: Bases del entrenamiento deportivo del caballo. MED-HIHI204: Preparación física del jinete. MED-HIHI205: Para-ecuestre. MED-HIHI206: Organización de eventos hípicos. MED-HITE211: Perfeccionamiento técnico en raid. MED-HITE212: Perfeccionamiento técnico en trec. MED-HITE213: Organización de itinerarios ecuestres. MED-HITE214: Medio natural. Experiencia como profesor en materias relacionadas con el correspondiente módulo de enseñanza deportiva acreditable, realizadas de acuerdo a lo establecido en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, y en la disposición transitoria primera del Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre. La experiencia deberá ser de, al menos, el triple de la horas establecidas en este real decreto para el módulo de enseñanza deportiva objeto de la correspondencia formativa.

La experiencia docente se acreditará mediante certificado expedido por la Comunidad Autónoma que autorizó dichas formaciones en el que conste la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

ANEXO XVI. Correspondencia formativa de los módulos de enseñanza deportiva con la experiencia deportiva

Módulos de Enseñanza Deportiva Experiencia deportiva
Ciclo inicial de grado medio en hípica Ciclo inicial de grado medio en hípica
MED-HIHI102: Transporte y mantenimiento físico del caballo pie a tierra. Deportista de alto nivel en hípica. Deportista de alto rendimiento en hípica. Componentes de selecciones hípicas españolas en las categorías absoluta y jóvenes jinetes.
Ciclo final de grado medio en salto, doma y concurso completo, y ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre Ciclo final de grado medio en salto, doma y concurso completo, y ciclo final de grado medio en las disciplinas hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre
MED-HISD207: Perfeccionamiento técnico en salto. MED-HISD208: Perfeccionamiento técnico en doma. MED-HISD209: Perfeccionamiento técnico en concurso completo. MED-HITE211: Perfeccionamiento técnico en raid. MED-HITE212: Perfeccionamiento técnico en trec. Jinete o amazona con la condición de deportistas de alto nivel, por resultados obtenidos en la disciplina hípica correspondiente al módulo de enseñanza deportiva.

La condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento se acreditará de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre los deportistas de alto nivel y alto rendimiento.

La experiencia deportiva en hípica, se acreditará mediante certificado expedido por la Real Federación Hípica Española, en la que consten los rendimientos obtenidos, la competición o eventos en los que se obtuvieron, y el periodo de tiempo durante el que se mantuvieron.

ANEXO XVII. Formación a distancia

Ciclo inicial Ciclo final
Grado medio Grado medio
Módulos bloque común. MED-C101: Bases del comportamiento deportivo. MED-C102: Primeros auxilios. MED-C105: Actividad físico-deportiva para personas con discapacidad. MED-C104: Organización deportiva. MED-C201: Bases del aprendizaje deportivo. MED-C202: Bases del entrenamiento deportivo. MED-C206: Iniciación deportiva para personas con discapacidad. MED-C204: Organización y legislación deportiva. MED-C205. Deporte y género.
Módulos bloque específico. MED-HIHI102: Transporte y mantenimiento físico del caballo pie a tierra. MED-HIHI103: Hipología. MED-HIHI106: Eventos hípicos. MED-HIHI202: Enseñanza y tecnificación hípica. MED-HIHI203: Bases del entrenamiento deportivo del caballo. MED-HIHI204: Preparación física del jinete. MED-HIHI205: Para-ecuestre. MED-HIHI206: Organización de eventos hípicos. MED-HITE214: Medio natural.

Se modifica por el art. 3.5 a 7 del Real Decreto 534/2026, de 30 de junio. Ref. BOE-A-2026-14332

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