Real Decreto 452/2010, de 16 de abril, por el que se establece el título de Técnico en Elaboración de Productos Alimenticios y se fijan sus enseñanzas mínimas

Rango Real Decreto
Publicación 2010-05-20
Última actualización 2024-05-28
Estado Vigente
Departamento Ministerio de Educación
Fuente BOE
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j)

Se han identificado los aspectos relacionados con la calidad del proyecto.

k)

Se han presentado en público las ideas más relevantes de los proyectos propuestos.

3.

Planifica la ejecución de las actividades propuestas a la solución planteada, determinando el plan de intervención y elaborando la documentación correspondiente.

Criterios de evaluación:

a)

Se han temporizado las secuencias de las actividades.

b)

Se han determinado los recursos y la logística de cada actividad.

c)

Se han identificado permisos y autorizaciones en caso de ser necesarios.

d)

Se han identificado las actividades que implican riesgos en su ejecución.

e)

Se ha tenido en cuenta el plan de prevención de riesgos y los medios y equipos necesarios.

f)

Se han asignado recursos materiales y humanos a cada actividad.

g)

Se han tenido en cuenta posibles imprevistos.

h)

Se han propuesto soluciones a los posibles imprevistos.

i)

Se ha elaborado la documentación necesaria.

4.

Realiza el seguimiento de la ejecución de las actividades planteadas, verificando que se cumple con la planificación.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha definido el procedimiento de seguimiento de las actividades.

b)

Se ha verificado la calidad de los resultados de las actividades.

c)

Se han identificado posibles desviaciones de la planificación y/o los resultados esperados.

d)

Se ha informado de las desviaciones en caso de ser necesario.

e)

Se han solucionado las desviaciones y se han documentado las intervenciones.

f)

Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para la evaluación de las actividades y del proyecto en su conjunto.

5.

Transmite información con claridad, de manera ordenada y estructurada.

Criterios de evaluación:

a)

Se ha mantenido una actitud ordenada y metódica en la transmisión de la información.

a)

Se ha transmitido información verbal tanto horizontal como verticalmente.

b)

Se ha transmitido información entre los miembros del grupo utilizando medios informáticos.

c)

Se han conocido los términos técnicos en otras lenguas que sean estándares del sector.

Se modifica por el art. 7 del Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10684

ANEXO II. Espacios

Espacio formativo
Aula polivalente.
Planta de elaboración de productos alimenticios.
Almacén.
Laboratorio de análisis de alimentos.

ANEXO III. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de Técnico en Elaboración de Productos Alimenticios

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
0141. Materias primas en la industria alimentaria. – Procesos en la industria alimentaria. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
0142. Operaciones de acondicionado de materias primas. – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
0143. Tratamientos de transformación y conservación. – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
0144. Procesado de productos alimenticios. – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
0116. Principios de Mantenimiento electromecánico. – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
0116. Principios de Mantenimiento electromecánico. – Mecanizado y mantenimiento de máquinas. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
0145. Procesos tecnológicos en la industria alimentaria. – Procesos en la industria alimentaria. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
0146. Venta y comercialización de productos alimentarios. – Procesos en la industria alimentaria. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
0030. Operaciones y control de almacén en la industria alimentaria. – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
0031. Seguridad e higiene en la manipulación de alimentos. – Procesos en la industria alimentaria. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
0156. Inglés profesional (GM). – Inglés. – Catedráticos de enseñanza secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
1713. Proyecto intermodular. – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
1713. Proyecto intermodular. – Mecanizado y mantenimiento de máquinas. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
1713. Proyecto intermodular. – Procesos en la industria alimentaria. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
1709. Itinerario personal para la empleabilidad I. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
1710. Itinerario personal para la empleabilidad II. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. – Mecanizado y mantenimiento de máquinas. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. – Procesos en la industria alimentaria. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
1664. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GM). – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
1664. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GM). – Mecanizado y mantenimiento de máquinas. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
1664. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GM). – Procesos en la industria alimentaria. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.

Se suprimen los anexos III A, III B y III C y se añade el anexo III, con el contenido que figura como anexo XVIII del Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo, según establece su art. 8.16. Ref. BOE-A-2024-10684

ANEXO III A). Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de Técnico en Elaboración de Productos Alimenticios

Módulo Profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
0141. Materias primas en la industria alimentaria. • Procesos en la industria alimentaria. • Catedrático de Enseñanza Secundaria. • Profesor de Enseñanza Secundaria.
0142. Operaciones de acondicionado de materias primas. • Operaciones y equipos de elaboración de productos Alimentarios. • Profesor Técnico de Formación Profesional.
0143. Tratamientos de transformación y conservación. • Operaciones y equipos de elaboración de productos Alimentarios. • Profesor Técnico de Formación Profesional.
0144. Procesado de productos alimenticios. • Operaciones y equipos de elaboración de productos Alimentarios. • Profesor Técnico de Formación Profesional.
0116. Principios de mantenimiento electromecánico. • Operaciones y equipos de elaboración de productos Alimentarios. • Profesor Técnico de Formación Profesional.
0145. Procesos tecnológicos en la industria alimentaria. • Procesos en la industria alimentaria. • Catedrático de Enseñanza Secundaria. • Profesor de Enseñanza Secundaria.
0146. Venta y comercialización de productos alimentarios. • Procesos en la industria alimentaria. • Catedrático de Enseñanza Secundaria. • Profesor de Enseñanza Secundaria.
0030. Operaciones y control de almacén en la industria alimentaria. • Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. • Profesor Técnico de Formación Profesional.
0031. Seguridad e higiene en la manipulación de alimentos. • Procesos en la industria alimentaria. • Catedrático de Enseñanza Secundaria. • Profesor de Enseñanza Secundaria.
0147. Formación y orientación laboral. • Formación y orientación laboral. • Catedrático de Enseñanza Secundaria. • Profesor de Enseñanza Secundaria.
0148. Empresa e iniciativa emprendedora. • Formación y orientación laboral. • Catedrático de Enseñanza Secundaria. • Profesor de Enseñanza Secundaria.

ANEXO III B). Titulaciones equivalentes a efectos de docencia

Cuerpo Especialidad Titulaciones
Profesores de Enseñanza Secundaria. Formación y orientación laboral. – Diplomado en Ciencias Empresariales. – Diplomado en Relaciones Laborales. – Diplomado en Trabajo Social. – Diplomado en Educación Social. – Diplomado en Gestión y Administración Pública.
Profesores de Enseñanza Secundaria. Procesos en la industria alimentaria. – Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarias.
Profesores Técnicos de Formación Profesional. Mecanizado y mantenimiento de máquinas. – Técnico Superior en Producción por Mecanizado u otros títulos equivalentes.

ANEXO III C). Titulaciones requeridas para la impartir los módulos profesionales que conforman el título en los centros de titularidad privada, de otras Administraciones distintas de la educativa y orientaciones para la Administración educativa

Módulos profesionales Titulaciones
0142. Operaciones de acondicionado de materias primas. 0143. Tratamientos de transformación y conservación. 0144. Procesado de productos alimenticios. 0030. Operaciones y control de almacén en la industria alimentaria. – Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. – Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes.
0116. Principios de mantenimiento electromecánico. – Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. – Diplomado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. – Técnico Superior en Producción por Mecanizado u otros títulos equivalentes.
0141. Materias primas en la industria alimentaria. 0031. Seguridad e higiene en la manipulación de alimentos. 0145. Procesos tecnológicos en la industria alimentaria. 0146. Venta y comercialización de productos alimentarios. 0147. Formación y orientación laboral. 0148. Empresa e iniciativa emprendedora. – Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o el título de grado correspondiente u otros títulos equivalentes a efectos de docencia.

ANEXO IV. Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico en Elaboración de Productos Alimenticios al amparo de la Ley Orgánica 2/2006

(Derogado).

Se deroga por la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17274#dd

ANEXO V A). Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0027_2: Realizar y conducir las operaciones de recepción, almacenamiento y tratamientos previos de la leche, y de otras materias primas lácteas. 0030. Operaciones y control de almacén en la industria alimentaria.
UC2568_2: Efectuar la recepción y el control de calidad de productos hortofrutícolas (frutas hortalizas, setas y legumbres) y materias auxiliares. UC2569_2: Efectuar el almacenamiento de productos hortofrutícolas frescos (frutas, hortalizas, setas y legumbres), y expedición de otros productos vegetales. 0030. Operaciones y control de almacén en la industria alimentaria. 0141. Materias primas en la industria alimentaria.
UC0295_2: Efectuar la recepción, el control de calidad, el almacenamiento y expedición de las materias cárnicas, primas y auxiliares. 0030. Operaciones y control de almacén en la industria alimentaria. 0141. Materias primas en la industria alimentaria.
UC0302_2: Conducir y controlar las operaciones de elaboración de leches de consumo, evaporadas, en polvo, condensadas y de nata, mantequilla, helados y similares. UC0304_2: Conducir y controlar las operaciones de envasado y acondicionamiento de productos lácteos. 0142. Operaciones de acondicionado de materias primas. 0144. Procesado de productos alimenticios. 0031. Seguridad e higiene en la manipulación de alimentos.
UC2584_2: Conducir la aplicación de los tratamientos finales de conservas vegetales, zumos y platos cocinados. 0143. Tratamientos de transformación y conservación. 0144. Procesado de productos alimenticios. 0031. Seguridad e higiene en la manipulación de alimentos.
UC0298_2: Elaborar derivados cárnicos a nivel industrial. UC0318_2: Obtener productos de la pesca y de la acuicultura en conserva, semiconservas y salazones. UC0319_2: Obtener productos de la pesca y de la acuicultura: masas, pastas, congelados y platos cocinados o precocinados. 0143. Tratamientos de transformación y conservación. 0144. Procesado de productos alimenticios. 0031. Seguridad e higiene en la manipulación de alimentos.
UC0303_2: Conducir y controlar las operaciones de elaboración de postres lácteos, yogures y leches fermentadas. UC0304_2: Conducir y controlar las operaciones de envasado y acondicionamiento de productos lácteos. 0143. Tratamientos de transformación y conservación. 0144. Procesado de productos alimenticios. 0031. Seguridad e higiene en la manipulación de alimentos.
UC0302_2: Conducir y controlar las operaciones de elaboración de leches de consumo, evaporadas, en polvo, condensadas y de nata, mantequilla, helados y similares. UC0303_2: Conducir y controlar las operaciones de elaboración de postres lácteos, yogures y leches fermentadas. UC0318_2: Obtener productos de la pesca y de la acuicultura en conserva, semiconservas y salazones. 0031. Seguridad e higiene en la manipulación de alimentos.

Nota: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencias incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías formales o informales recogido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación, tendrán convalidados los módulos profesionales "0116 Principios de mantenimiento electromecánico" y "0145 Procesos tecnológicos en la industria alimentaria".

Se modifica por el art. 3.8 del Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10684

ANEXO V B). Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables
0030. Operaciones y control de almacén en la industria alimentaria. 0141. Materias primas en la industria alimentaria. UC0027_2: Realizar y conducir las operaciones de recepción, almacenamiento y tratamientos previos de la leche, y de otras materias primas lácteas. UC2568_2: Efectuar la recepción y el control de calidad de productos hortofrutícolas (frutas hortalizas, setas y legumbres) y materias auxiliares. UC2569_2: Efectuar el almacenamiento de productos hortofrutícolas frescos (frutas, hortalizas, setas y legumbres), y expedición de otros productos vegetales. UC0295_2: Efectuar la recepción, el control de calidad, el almacenamiento y expedición de las materias cárnicas, primas y auxiliares.
0142. Operaciones de acondicionado de materias primas. 0144. Procesado de productos alimenticios. 0031. Seguridad e higiene en la manipulación de alimentos. UC0302_2: Conducir y controlar las operaciones de elaboración de leches de consumo, evaporadas, en polvo, condensadas y de nata, mantequilla, helados y similares. UC0304_2: Conducir y controlar las operaciones de envasado y acondicionamiento de productos lácteos.
0143. Tratamientos de transformación y conservación. 0144. Procesado de productos alimenticios. 0031. Seguridad e higiene en la manipulación de alimentos. UC2584_2: Conducir la aplicación de los tratamientos finales de conservas vegetales, zumos y platos cocinados. UC0298_2: Elaborar derivados cárnicos a nivel industrial. UC0318_2: Obtener productos de la pesca y de la acuicultura en conserva, semiconservas y salazones. UC0319_2: Obtener derivados de productos de la pesca y de la acuicultura: masas, pastas, congelados y platos cocinados o precocinados. UC0303_2: Conducir y controlar las operaciones de elaboración de postres lácteos, yogures y leches fermentadas. UC0304_2: Conducir y controlar las operaciones de envasado y acondicionamiento de productos lácteos.

Se modifica por el art. 3.8 del Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10684

Información relacionada

Téngase en cuenta que las referencias contenidas en el articulado a las «competencias profesionales, personales y sociales» deben entenderse hechas a «competencias profesionales y para la empleabilidad», y que se deja sin efecto cualquier referencia a titulaciones habilitantes a efectos de docencia que remita al extinto anexo III B), según establecen las disposiciones adicionales 3 y 4 del Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10684

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