Ley 5/2010, de 27 de diciembre, de medidas extraordinarias para la sostenibilidad de las finanzas públicas

Rango Ley
Publicación 2011-06-17
Última actualización 2023-12-30
Estado Vigente
Comunidad Autónoma Murcia
Departamento Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Fuente BOE
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artículos 46
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De lunes a viernes Sábados, domingos y festivos
MIR Primer año (Valor hora): 9,95 euros 10,84 euros
MIR Segundo año (Valor hora): 11,76 euros. 13,55 euros
MIR Tercer año (Valor hora): 13,31 euros 15,08 euros
MIR Cuarto año y quinto año (Valor hora): 15,09 euros 17,74 euros
Las guardias localizadas se abonarán al 50% del valor señalado para las guardias de presencia física. Las guardias localizadas se abonarán al 50% del valor señalado para las guardias de presencia física. Las guardias localizadas se abonarán al 50% del valor señalado para las guardias de presencia física.
C) VALOR DE LAS GUARDIAS QUE SE REALICEN LOS DÍAS 24, 25 Y 31 DE DICIEMBRE Y 1, 5 Y 6 DE ENERO. C) VALOR DE LAS GUARDIAS QUE SE REALICEN LOS DÍAS 24, 25 Y 31 DE DICIEMBRE Y 1, 5 Y 6 DE ENERO. C) VALOR DE LAS GUARDIAS QUE SE REALICEN LOS DÍAS 24, 25 Y 31 DE DICIEMBRE Y 1, 5 Y 6 DE ENERO.
El valor de la hora de guardia que se realice durante tales días se incrementará en un 40% sobre el valor aplicable al resto de días de acuerdo a lo dispuesto en los apartados anteriores. El valor de la hora de guardia que se realice durante tales días se incrementará en un 40% sobre el valor aplicable al resto de días de acuerdo a lo dispuesto en los apartados anteriores. El valor de la hora de guardia que se realice durante tales días se incrementará en un 40% sobre el valor aplicable al resto de días de acuerdo a lo dispuesto en los apartados anteriores.
IV) SUPERVISORES DE ÁREA Y DE UNIDAD. IV) SUPERVISORES DE ÁREA Y DE UNIDAD. IV) SUPERVISORES DE ÁREA Y DE UNIDAD.
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Importe
Módulo de 7 horas (de lunes a viernes). 105,59 euros
Módulo de 10 horas (de lunes a viernes). 150,84 euros
Módulo de 24 horas (de lunes a viernes). 362,02 euros
Módulo de 7 horas (Sábados, domingos y festivos). 118,00 euros
Módulo de 10 horas (Sábados, domingos y festivos). 168,57 euros
Módulo de 24 horas (Sábados, domingos y festivos). 404,57 euros
Las guardias localizadas se abonarán al 50% del valor señalado para las guardias de presencia física.
VALOR DE LAS GUARDIAS QUE SE REALICEN LOS DÍAS 24, 25 Y 31 DE DICIEMBRE y 1, 5 y 6 DE ENERO. VALOR DE LAS GUARDIAS QUE SE REALICEN LOS DÍAS 24, 25 Y 31 DE DICIEMBRE y 1, 5 y 6 DE ENERO.
El valor de la hora de guardia que se realice durante tales días se incrementará en un 40% sobre el valor aplicable al resto de días de acuerdo a lo dispuesto en los apartados anteriores.
V) DIPLOMADOS DE ENFERMERÍA EN ATENCIÓN PRIMARIA.
Enfermería/DUE de EAP, CCU, UME y SUAP. (Modalidad B Presencia física).
A) Valor hora de guardia de presencia física de lunes a viernes. 15,08 euros
Valor hora de guardia de presencia física los sábados, domingos y festivos. 16,86 euros
Valor de los módulos más habituales.
Guardia de presencia física de 17 horas, de lunes a viernes. 256,43 euros
Guardia de presencia física de 17 horas, los sábados. 286,57 euros
Guardia de presencia física de 24 horas, los domingos y festivos. 404,57 euros
B) PERSONAL DE ENFERMERÍA NOMBRADO PARA LA REALIZACIÓN DE GUARDIAS.
Valor hora de guardia de presencia física de lunes a viernes. 15,08 euros
Valor hora de guardia de presencia física los sábados, domingos y festivos. 16,86 euros
C) VALOR DE LAS GUARDIAS QUE SE REALICEN LOS DÍAS 24, 25 Y 31 DE DICIEMBRE Y 1, 5 Y 6 DE ENERO.
El valor de la hora de guardia que se realice durante tales días se incrementará en un 40% sobre el valor aplicable al resto de días de acuerdo a lo dispuesto en los apartados anteriores.
D) VALOR DE LAS GUARDIAS LOCALIZADAS.
Las guardias localizadas se abonarán al 50% del valor señalado para las guardias de presencia física.
VI) ENFERMEROS INTERNOS RESIDENTES.
Enfermero en formación de 1.º año (Valor/hora): 7,38 euros
Enfermero en formación de 2.º año (Valor/hora): 7,38 euros
COMPLEMENTO DE TURNICIDAD.
I) MÉDICOS DE FAMILIA, PEDIATRAS Y ENFERMEROS QUE REALIZAN TURNO FIJO DE TARDE EN LOS EQUIPOS DE ATENCIÓN PRIMARIA. I) MÉDICOS DE FAMILIA, PEDIATRAS Y ENFERMEROS QUE REALIZAN TURNO FIJO DE TARDE EN LOS EQUIPOS DE ATENCIÓN PRIMARIA.
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Importe mensual
Médicos de Familia y Pediatras. 124,20 euros
Personal perteneciente al subgrupo A2. 78,07 euros
Personal perteneciente al subgrupo C1. 62,10 euros
Personal perteneciente a los subgrupos C2 y E. 57,66 euros
Cuando se realice un turno deslizante, el importe a abonar será el resultado de dividir el importe fijado por la prestación de servicios en turno fijo de tarde por el número de días comprendidos entre lunes y viernes del mes y de multiplicar el cociente por el número de tardes en los que el interesado preste servicios de manera efectiva. Cuando se realice un turno deslizante, el importe a abonar será el resultado de dividir el importe fijado por la prestación de servicios en turno fijo de tarde por el número de días comprendidos entre lunes y viernes del mes y de multiplicar el cociente por el número de tardes en los que el interesado preste servicios de manera efectiva.
II) COMPLEMENTO DE TURNICIDAD PARA EL RESTO DEL PERSONAL.
Personal perteneciente a las categorías del subgrupo A1. 124,20 euros
Personal perteneciente a las categorías del subgrupo A2. 78,07 euros
Personal perteneciente a las categorías del subgrupo C1. 62,10 euros
Personal perteneciente a las categorías del subgrupo C2 y E. 57,66 euros

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