Orden FOM/2086/2011, de 8 de julio, por la que se actualizan las normas técnicas contenidas en el Anexo al Real Decreto 862/2009, de 14 de mayo, por el que se aprueban las normas técnicas de diseño y operación de aeródromos de uso público y se regula la certificación de los aeropuertos de competencia del Estado

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Publicación 2011-07-26
Estado Vigente
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Departamento Ministerio de Fomento
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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b)

las condiciones de visibilidad en que se prevé efectuar las operaciones;

c)

la necesidad de orientación del piloto;

d)

la complejidad del trazado del aeródromo; y

e)

la circulación de vehículos.

9.8.3 Recomendación. La parte correspondiente a ayudas visuales del sistema de guía y control del movimiento en la superficie, es decir, señales, luces y letreros, debería diseñarse de conformidad con las disposiciones pertinentes de 5.2, 5.3 y 5.4, respectivamente.

9.8.4 Recomendación. El sistema de guía y control del movimiento en la superficie debería diseñarse de forma que ayude a evitar la entrada inadvertida de aeronaves y vehículos en una pista en servicio.

9.8.5 Recomendación. El sistema debería diseñarse de forma que ayude a evitar las colisiones de aeronaves entre sí, y de aeronaves con vehículos u objetos fijos, en cualquier parte del área de movimiento.

Nota. En el Manual de diseño de aeródromos (Doc 9157), Parte 4, figura orientación sobre el control de las barras de parada mediante bucles de inducción y sobre sistemas visuales de guía y control del rodaje.

9.8.6 Cuando el sistema de guía y control del movimiento en la superficie conste de barras de parada y luces de eje de calle de rodaje de conmutación selectiva, se cumplirán los requisitos siguientes:

a)

cuando la trayectoria a seguir en la calle de rodaje se indique encendiendo las luces de eje de calle de rodaje, éstas se apagarán o podrán apagarse al encenderse la barra de parada;

b)

los circuitos de control estarán dispuestos de manera tal que, cuando se ilumine una barra de parada ubicada delante de una aeronave, se apague la sección correspondiente de las luces de eje de calle de rodaje situadas después de la barra de parada; y

c)

las luces de eje de calle de rodaje se enciendan delante de la aeronave cuando se apague la barra de parada.

Nota 1. Véanse en las Secciones 5.3.16 y 5.3.19 las especificaciones sobre luces de eje de calle de rodaje y barras de parada, respectivamente.

Nota 2. En el Manual de diseño de aeródromos (Doc 9157), Parte 4, figuran orientaciones sobre la instalación de las barras de parada y de las luces de eje de calle de rodaje para sistemas de guía y control del movimiento en la superficie.

9.8.7 Recomendación. Debería proporcionarse radar de movimiento en la superficie en el área de maniobras de los aeródromos destinados a ser utilizados en condiciones de alcance visual en la pista inferior a un valor de 350 m.

9.8.8 Recomendación. Debería proporcionarse radar de movimiento en la superficie en el área de maniobras de los aeródromos que no sean los indicados en 9.8.7, cuando el volumen de tránsito y las condiciones de las operaciones sean tales que no pueda mantenerse la regularidad de la circulación del tránsito por otros procedimientos e instalaciones.

Nota. En el Manual de sistemas de guía y control del movimiento en la superficie (SMGCS) (Doc 9476) y en el Manual de planificación de los servicios de tránsito aéreo (Doc 9426) se proporciona orientación sobre el uso del radar de movimiento en la superficie.

9.9 Emplazamiento de equipo e instalaciones en las zonas de operaciones

Nota 1. En 4.2 se especifican los requisitos relativos a las superficies limitadoras de obstáculos.

Nota 2. El diseño de los dispositivos luminosos y sus estructuras de soporte, de los elementos luminosos de los indicadores visuales de pendiente de aproximación, de los letreros y de las balizas, se especifica en 5.3.1, 5.3.5, 5.4.1 y 5.5.1, respectivamente. En el Manual de diseño de aeródromos (Doc 9157), Parte 6, se ofrece orientación sobre el diseño frangible de las ayudas visuales y no visuales para la navegación.

9.9.1 Con excepción de los que por sus funciones requieran estar situados en ese lugar para fines de navegación aérea, no deberán emplazarse equipos o instalaciones:

a)

en una franja de pista, un área de seguridad de extremo de pista, una franja de calle de rodaje o dentro de las distancias especificadas en la Tabla 3-1, columna 11, si constituyera un peligro para las aeronaves; o

b)

en una zona libre de obstáculos si constituyera un peligro para las aeronaves en vuelo.

9.9.2 Todo equipo o instalación requerido para fines de navegación aérea que deba estar emplazado:

a)

en la parte de la franja de pista a:

1) 75 m o menos del eje de pista donde el número de clave es 3 ó 4; o

2) 45 m o menos del eje de pista donde el número de clave es 1 ó 2; o

b)

en el área de seguridad de extremo de pista, la franja de calle de rodaje o dentro de las distancias indicadas en la Tabla 3-1; o c) en una zona libre de obstáculos y que constituya un peligro para las aeronaves en vuelo; será frangible y se montará lo más bajo posible.

9.9.3 Hasta los dos meses siguientes a la entrada en vigor de la orden que incorpora este anexo no es necesario que las ayudas no visuales satisfagan el requisito de 9.9.2.

9.9.4 Recomendación. Cualquier equipo o instalación requerido para fines de navegación aérea que deba estar emplazado en la parte nivelada de una franja de pista debería considerarse como un obstáculo, ser frangible y montarse lo más bajo posible.

Nota. En el Manual de diseño de aeródromos (Doc 9157), Parte 6, figura orientación sobre el emplazamiento de las ayudas para la navegación.

9.9.5 Con excepción de los que por sus funciones requieran estar situados en ese lugar para fines de navegación aérea, no deberán emplazarse equipos o instalaciones a 240 m o menos del extremo de la franja ni a:

a)

60 m o menos de la prolongación del eje cuando el número de clave sea 3 ó 4; o

b)

45 m o menos de la prolongación del eje cuando el número de clave sea 1 ó 2; de una pista de aproximaciones de precisión de Categoría I, II o III.

9.9.6 Cualquier equipo o instalación requerido para fines de navegación aérea que deba estar emplazado en una franja, o cerca de ella, de una pista de aproximaciones de precisión de Categoría I, II o III y que:

a)

esté colocado en un punto de la franja a 77,5 m o menos del eje de pista cuando el número de clave sea 4 y la letra de clave sea F; o

b)

esté colocado a 240 m o menos del extremo de la franja y a: 1) 60 m o menos de la prolongación del eje cuando el número de clave sea 3 ó 4; o 2) 45 m o menos de la prolongación del eje cuando el número de clave sea 1 ó 2; o

c)

penetre la superficie de aproximación interna, la superficie de transición interna o la superficie de aterrizaje interrumpido; será frangible y se montará lo más bajo posible.

9.9.7 Hasta los dos meses siguientes a la entrada en vigor de la orden que incorpora este anexo no es necesario que las ayudas no visuales satisfagan el requisito de 9.9.6 b).

Nota. Véase 5.3.1.5 con respecto a la fecha de protección de las actuales luces de aproximación elevadas.

9.9.8 Recomendación. Cualquier equipo o instalación requerido para fines de navegación aérea que constituya un obstáculo de importancia para las operaciones de acuerdo con 4.2.4, 4.2.11, 4.2.20 ó 4.2.27, debería ser frangible y montarse lo más bajo posible.

9.10 Vallas

Aplicación

9.10.1 Se proveerá una valla u otra barrera adecuada en un aeródromo para evitar la entrada en el área de movimiento de animales que por su tamaño lleguen a constituir un peligro para las aeronaves.

9.10.2 Se proveerá una valla u otra barrera adecuada en un aeródromo para evitar el acceso inadvertido o premeditado de personas no autorizadas en una zona del aeródromo vedada al público.

Nota 1. Esto incluye la instalación de dispositivos adecuados en las cloacas, conductos, túneles, etc., cuando sea necesario para evitar el acceso.

Nota 2. Puede que sean necesarias medidas especiales para restringir el acceso de personas sin autorización a las pistas o calles de rodaje que pasen por encima de caminos públicos.

9.10.3 Se proveerán medios de protección adecuados para impedir el acceso inadvertido o premeditado de personas no autorizadas a las instalaciones y servicios terrestres indispensables para la seguridad de la aviación civil ubicados fuera del aeródromo.

Emplazamiento

9.10.4 La valla o barrera se colocará de forma que separe las zonas abiertas al público del área de movimiento y otras instalaciones o zonas del aeródromo vitales para la operación segura de las aeronaves.

9.10.5 Recomendación. Cuando se considere necesario aumentar la seguridad, deberían despejarse las zonas a ambos lados de las vallas o barreras, para facilitar la labor de las patrullas y hacer que sea más difícil el acceso no autorizado. Debería estudiarse si convendría establecer un camino circundante dentro del cercado de vallas del aeródromo, para uso del personal de mantenimiento y de las patrullas de seguridad.

9.11 Iluminación para fines de seguridad

Recomendación. Cuando se considere conveniente por razones de seguridad, deberían iluminarse en los aeródromos a un nivel mínimo indispensable las vallas u otras barreras erigidas para la protección de la aviación civil internacional y sus instalaciones. Debería estudiarse si convendría instalar luces, de modo que quede iluminado el terreno a ambos lados de las vallas o barreras, especialmente en los puntos de acceso.

Nota. Estos requisitos están cubiertos dentro del Programa de Seguridad del Aeropuerto que se desarrolla de acuerdo al Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil.

CAPÍTULO 10. Mantenimiento de aeródromos

10.1 Generalidades

10.1.1 Recomendación. En cada aeródromo debería establecerse un programa de mantenimiento, incluyendo cuando sea apropiado un programa de mantenimiento preventivo, para asegurar que las instalaciones se conserven en condiciones tales que no afecten desfavorablemente a la seguridad, regularidad o eficiencia de la navegación aérea.

Nota 1. Por mantenimiento preventivo se entiende la labor programada de mantenimiento llevada a cabo para evitar fallas de las instalaciones o una reducción de la eficiencia de los mismos.

Nota 2. Se entiende por «instalaciones» los pavimentos, ayudas visuales, vallas, sistemas de drenaje y edificios.

10.1.2 Recomendación. La concepción y aplicación del programa de mantenimiento deberían ajustarse a los principios relativos a factores humanos.

Nota. Los textos de orientación sobre los principios relativos a factores humanos se encuentran en el Manual de instrucción sobre factores humanos (Doc 9683).

10.2 Pavimentos

10.2.1 Las superficies de todas las áreas de movimiento, incluidos los pavimentos (pistas, calles de rodaje, y plataformas) y áreas adyacentes se inspeccionarán y su condición se vigilará regularmente como parte del programa de mantenimiento preventivo y correctivo del aeródromo, a fin de evitar y eliminar cualquier objeto/desecho suelto que pudiera causar daños a las aeronaves o perjudicar el funcionamiento de los sistemas de a bordo.

Nota 1. Véase 2.9.3 acerca de inspecciones del área de movimiento.

Nota 2. En el Manual de servicios de aeropuertos (Doc 9137), Parte 8, en el Manual de sistemas de guía y control del movimiento en la superficie (SMGCS) (Doc 9476) y en el Manual de sistemas avanzados de guía y control del movimiento en la superficie (A-SMGCS) (Doc 9830) se da orientación para hacer las inspecciones diarias del área de movimiento.

Nota 3. En el Manual de servicios de aeropuertos (Doc 9137), Parte 9, se da más información sobre barrido y limpieza de las superficies.

Nota 4. En el Adjunto A, Sección 8, y en el Manual de diseño de aeródromos (Doc 9157), Parte 2, se da orientación sobre las precauciones que deben tomarse respecto a la superficie de los márgenes.

10.2.2 La superficie de una pista se mantendrá de forma que se evite la formación de irregularidades perjudiciales.

Nota. Véase el Adjunto A, Sección 5.

10.2.3 Se medirán periódicamente las características de rozamiento de la superficie de la pista con un dispositivo de medición continua del rozamiento, dotado de un humectador automático.

Nota. En el Adjunto A, Sección 7, se proporciona orientación para evaluar las características de rozamiento de las pistas. También se presenta orientación en el Manual de servicios de aeropuertos (Doc 9137), Parte 2.

10.2.4 Se adoptarán medidas correctivas de mantenimiento cuando las características de rozamiento de toda la pista, o de parte de ella, sean inferiores al nivel mínimo de rozamiento especificado.

Nota. Debe considerarse importante para fines de mantenimiento o de notificación cualquier parte de la pista cuya longitud sea del orden de 100 m.

10.2.5 Recomendación. Debería estudiarse si convendría adoptar medidas correctivas de mantenimiento cuando las características de rozamiento de toda la pista, o de parte de ella, sean inferiores a determinado nivel de mantenimiento previsto.

10.2.6 Recomendación. Cuando existan motivos para suponer que las características de drenaje de una pista o partes de ella son insuficientes, debido a las pendientes o depresiones, las características de rozamiento de la pista deberían evaluarse en condiciones naturales o simuladas que resulten representativas de la lluvia en la localidad y deberían adoptarse las medidas correctivas de mantenimiento necesarias.

10.2.7 Recomendación. Cuando se destine una calle de rodaje para el uso de aviones de turbina, la superficie de los márgenes debería mantenerse exenta de piedras sueltas u otros objetos que puedan ser absorbidos por los motores.

Nota. Los textos de orientación sobre este tema figuran en el Manual de diseño de aeródromos (Doc 9157), Parte 2.

10.2.8 La superficie de las pistas pavimentadas se mantendrá en condiciones tales que proporcione buenas características de rozamiento y baja resistencia de rodadura. Se eliminarán tan rápida y completamente como sea posible, a fin de minimizar su acumulación, la nieve, nieve fundente, hielo, agua estancada, barro, polvo, arena, aceite, depósito de caucho y otras materias extrañas.

Nota. En el Adjunto A, Sección 6, se ofrece orientación sobre la manera de determinar y expresar las características de rozamiento cuando no pueden evitarse las condiciones de nieve o hielo. El Manual de servicios de aeropuertos (Doc 9137), Parte 2, contiene más información acerca de este asunto, así como sobre la mejora de las características de rozamiento y la limpieza de las pistas.

10.2.9 Recomendación. Las calles de rodaje deberían mantenerse limpias de nieve, nieve fundente, hielo, etc., en la medida necesaria para permitir que las aeronaves puedan circular por ellas para dirigirse a una pista en servicio o salir de la misma.

10.2.10 Recomendación. Las plataformas deberían mantenerse limpias de nieve, nieve fundente, hielo, etc., en la medida en que sea necesario para permitir que las aeronaves maniobren con seguridad o, cuando sea apropiado, sean remolcadas o empujadas.

10.2.11 Recomendación. Cuando no pueda llevarse a cabo simultáneamente la limpieza de nieve, nieve fundente, hielo, etc., de las diversas partes del área de movimiento, el orden de prioridad debería ser como sigue, pero puede modificarse previa consulta con los usuarios del aeródromo cuando sea necesario:

1.° las pistas en servicio;

2.° las calles de rodaje que conduzcan a las pistas en servicio;

3.° las plataformas;

4.° los apartaderos de espera; y

5.° otras áreas.

10.2.12 Recomendación. Deberían utilizarse los productos químicos destinados a eliminar o a evitar la formación de hielo y de escarcha en los pavimentos de los aeródromos cuando las condiciones indiquen que su uso podría ser eficaz. Estos productos químicos deberían aplicarse cautelosamente, a fin de no crear una situación más peligrosa resbaladiza.

Nota. En el Manual de servicios de aeropuertos (Doc 9137), Parte 2, se ofrece orientación sobre la utilización de productos químicos en los pavimentos de los aeródromos.

10.2.13 No deberán utilizarse productos químicos que puedan tener efectos perjudiciales sobre la estructura de las aeronaves o los pavimentos, o efectos tóxicos sobre el medio ambiente del aeródromo. 10.3 Recubrimiento del pavimento de las pistas

Nota. Las especificaciones que se indican a continuación están previstas para proyectos de recubrimiento del pavimento de las pistas, cuando éstas hayan de entrar en servicio antes de haberse terminado por completo el recubrimiento, con la consiguiente necesidad de construir normalmente una rampa provisional para pasar de la nueva superficie a la antigua. En el Manual de diseño de aeródromos (Doc 9157), Parte 3, figura un texto de orientación sobre el recubrimiento de pavimentos y sobre la evaluación de sus condiciones de servicio.

10.3.1 La pendiente longitudinal de la rampa provisional, medida por referencia a la actual superficie de la pista o al recubrimiento anterior, será de:

a)

0,5% a 1% para los recubrimientos de hasta 5 cm de espesor inclusive; y

b)

no más de 0,5% para los recubrimientos de más de 5 cm de espesor.

10.3.2 Recomendación. El recubrimiento debería efectuarse empezando en un extremo de la pista y continuando hacia el otro extremo, de forma que, según la utilización normal de la pista, en la mayoría de las operaciones las aeronaves se encuentren con una rampa descendente.

10.3.3 Recomendación. En cada jornada de trabajo debería recubrirse toda la anchura de la pista.

10.3.4 Antes de poner nuevamente en servicio temporal la pista cuyo pavimento se recubre, el eje se marcará con arreglo a las especificaciones de la Sección 5.2.3. Por otra parte, el emplazamiento de todo umbral temporal se marcará con una franja transversal de 3,6 m de anchura.

10.4 Ayudas visuales

Nota. Estas especificaciones están dirigidas a definir los objetivos para los niveles de mantenimiento. Las mismas no están dirigidas a determinar si el sistema de iluminación está operacionalmente fuera de servicio.

10.4.1 Se considerará que una luz está fuera de servicio cuando la intensidad media de su haz principal sea inferior al 50% del valor especificado en la figura correspondiente del Apéndice 2. Para las luces en que la intensidad media de diseño del haz principal sea superior al valor indicado en el Apéndice 2, ese 50% se referirá a dicho valor de diseño.

10.4.2 Se empleará un sistema de mantenimiento preventivo de las ayudas visuales a fin de asegurar la fiabilidad de la iluminación y de la señalización.

Nota. En el Manual de servicios de aeropuertos (Doc 9137), Parte 9, se da orientación sobre el mantenimiento preventivo de las ayudas visuales.

10.4.3 Recomendación. El sistema de mantenimiento preventivo empleado para las pistas de aproximación de precisión de Categoría II o III debería comprender, como mínimo, las siguientes verificaciones:

a)

inspección visual y medición de la intensidad, apertura de haz y orientación de las luces comprendidas en los sistemas de luces de aproximación y de pista;

b)

control y medición de las características eléctricas de cada circuito incluido en los sistemas de luces de aproximación y de pista; y

c)

control del funcionamiento correcto de los reglajes de intensidad luminosa empleados por el control de tránsito aéreo.

10.4.4 Recomendación. La medición sobre el terreno de la intensidad, apertura de haz y orientación de las luces comprendidas en los sistemas de luces de aproximación y de pista para las pistas de aproximación de precisión de Categoría II o III debería efectuarse midiendo todas las luces, de ser posible, a fin de asegurar el cumplimiento de las especificaciones correspondientes del Apéndice 2.

10.4.5 Recomendación. La medición de la intensidad, apertura de haz y orientación de las luces comprendidas en los sistemas de luces de aproximación y de pista para las pistas de aproximación de precisión de Categoría II o III debería efectuarse con una unidad móvil de medición de suficiente exactitud como para analizar las características de cada luz en particular.

10.4.6 Recomendación. La frecuencia de medición de las luces para pistas de aproximación de precisión de Categoría II o III debería basarse en la densidad del tránsito, el nivel de contaminación local y la fiabilidad del equipo de luces instalado, y en la continua evaluación de los resultados de la medición sobre el terreno pero, de todos modos, no debería ser inferior a dos veces por año para las luces empotradas en el pavimento y no menos de una vez por año en el caso de otras luces.

10.4.7 El sistema de mantenimiento preventivo empleado en una pista para aproximaciones de precisión de Categoría II o III tendrá como objetivo que, durante cualquier período de operaciones de estas categorías, estén en servicio todas las luces de aproximación y de pista y que, en todo caso, funcione como mínimo:

a)

el 95% de las luces en cada uno de los elementos importantes que siguen:

1) sistema de iluminación de aproximación de precisión de Categoría II o III, los 450 m internos;

2) luces de eje de pista;

3) luces de umbral de pista; y

4) luces de borde de pista;

b)

el 90% de las luces en la zona de toma de contacto;

c)

el 85% de las luces del sistema de iluminación de aproximación situadas más allá de 450 m del umbral; y

d)

el 75% de las luces de extremo de pista.

Con el fin de asegurar la continuidad de la guía, el porcentaje permitido de luces fuera de servicio no será tal que altere el diagrama básico del sistema de iluminación. Adicionalmente, no se permitirá que haya una luz fuera de servicio adyacente a otra luz fuera de servicio, excepto en una barra transversal donde puede permitirse que haya dos luces adyacentes fuera de servicio.

Nota. Con respecto a las luces de barretas, barras transversales y de extremo de pista, se considerarán adyacentes si están emplazadas consecutivamente y:

– lateralmente: en la misma barreta o barra transversal; o

– longitudinalmente: en la misma fila de luces de borde o barretas.

10.4.8 El sistema de mantenimiento preventivo, empleado para barras de parada en puntos de espera de la pista, utilizados en relación con una pista destinada a operaciones en condiciones de alcance visual en la pista inferior a 350 m, tendrá el objetivo siguiente:

a)

que nunca estén fuera de servicio más de dos luces; y

b)

que no queden fuera de servicio dos luces adyacentes a no ser que el espaciado entre luces sea mucho menor que el especificado.

10.4.9 El sistema de mantenimiento preventivo utilizado para las calles de rodaje, destinadas a ser empleadas en condiciones en las que el alcance visual en la pista sea inferior a unos 350 m, tendrá como objetivo que no se encuentren fuera de servicio dos luces adyacentes de eje de calle de rodaje.

10.4.10 El sistema de mantenimiento preventivo utilizado para una pista para aproximaciones de precisión de Categoría I, tendrá como objetivo que durante cualquier período de operaciones de Categoría I, todas las luces de aproximación y de pista estén en servicio y que, en todo caso, estén servibles por lo menos el 85% de las luces en cada uno de los siguientes elementos:

a)

sistema de iluminación de aproximación de precisión de Categoría I;

b)

luces de umbral de pista;

c)

luces de borde de pista; y

d)

luces de extremo de pista.

Con el fin de asegurar la continuidad de la guía, no se permitirá que haya una luz fuera de servicio adyacente a otra luz fuera de servicio, salvo si el espaciado entre las luces es mucho menor que el especificado.

Nota. En las barretas y en las barras transversales la guía no se pierde por haber luces adyacentes fuera de servicio.

10.4.11 El sistema de mantenimiento preventivo empleado en una pista destinada a despegue en condiciones de alcance visual en la pista inferior a un valor de 550 m tendrá como objetivo que, durante cualquier período de operaciones, estén en buenas condiciones de funcionamiento todas las luces de pista y que, en todo caso:

a)

por lo menos el 95% de las luces de eje de pista (de haberlas) y de las luces de borde de pista estén en buenas condiciones de funcionamiento; y

b)

por lo menos el 75% de las luces de extremo de pista estén en buenas condiciones de funcionamiento.

Con el fin de asegurar la continuidad de la guía, no se permitirá que haya una luz fuera de servicio adyacente a otra luz fuera de servicio.

10.4.12 El sistema de mantenimiento preventivo empleado en una pista destinada a despegue en condiciones de alcance visual en la pista de 550 m o más tendrá como objetivo que, durante cualquier período de operaciones, estén en buenas condiciones de funcionamiento todas las luces de pista y que, en todo caso, esté en buenas condiciones de funcionamiento por lo menos el 85% de las luces de borde de pista y de las luces de extremo de pista. Con el fin de asegurar la continuidad de la guía, no se permitirá que haya una luz fuera de servicio adyacente a otra luz fuera de servicio.

10.4.13 Recomendación. Cuando se efectúen procedimientos en condiciones de mala visibilidad deberían restringirse las actividades de construcción o mantenimiento llevadas a cabo en lugares próximos a los sistemas eléctricos del aeródromo.

APÉNDICE 1

Colores de las luces aeronáuticas de superficie, y de las señales, letreros y tableros

1. Generalidades

Nota de introducción. Las especificaciones siguientes definen los límites de cromaticidad de los colores de las luces aeronáuticas de superficie y de las señales, letreros y tableros. Estas especificaciones están de acuerdo con las disposiciones de 1983 de la Comisión Internacional de Alumbrado (CIE).

No es posible fijar especificaciones referentes a colores que excluyan toda posibilidad de confusión. Para obtener cierto grado de identificación del color, es importante que la intensidad luminosa recibida por el ojo sea bastante superior al umbral de percepción, de manera que el color no se modifique demasiado por las atenuaciones atmosféricas de carácter selectivo y para que la visión del color por el observador sea adecuada. Existe también el riesgo de confundir los colores cuando el nivel de intensidad luminosa recibida por el ojo sea bastante alto, como el que puede producir una fuente luminosa de gran intensidad observada de muy cerca. La experiencia indica que se pueden distinguir satisfactoriamente los colores si se presta debida atención a estos factores.

Las cromaticidades se expresan de acuerdo con un observador colorimétrico patrón y con el sistema de coordenadas adoptado por la Comisión Internacional de Alumbrado (CIE), en su octava sesión celebrada en 1931 en Cambridge, Inglaterra. (Véase la publicación Núm. 15, de la CIE, titulada Colorimetry (1971)).

2. Colores de las luces aeronáuticas de superficie

2.1 Cromaticidades.

2.1.1 Las cromaticidades de las luces aeronáuticas de superficie estarán comprendidas dentro de los límites siguientes:

Ecuaciones de la CIE (véase la Figura A1-1):

a) Rojo a) Rojo
Límite púrpura y = 0,980 – x
Límite amarillo y = 0,335
b) Amarillo b) Amarillo
Límite rojo y = 0,382
Límite blanco y = 0,790 – 0,667x
Límite verde y = x – 0,120
c) Verde c) Verde
Límite amarillo x = 0,360 – 0,080y
Límite blanco x = 0,650y
Límite azul y = 0,390 – 0,171x
d) Azul d) Azul
Límite verde y = 0,805x + 0,065
Límite blanco y = 0,400 – x
Límite púrpura x = 0,600y + 0,133
e) Blanco e) Blanco
Límite amarillo x = 0,500
Límite azul x = 0,285
Límite verde y = 0,440
y y = 0,150 +0,640x
Límite púrpura y = 0,050 + 0,750x
y y = 0,382
f) Blanco variable f) Blanco variable
Límite amarillo x = 0,255 + 0,750y
y x = 1,185 –1,500y
Límite azul x = 0,285
Límite verde y = 0,440
y y = 0,150 + 0,640x
Límite púrpura y = 0,050 + 0,750x
y y = 0,382

Nota. En el Manual de diseño de aeródromos (Doc 9157), Parte 4, se da orientación en cuanto a los cambios de cromaticidad debidos al efecto de la temperatura sobre los elementos filtrantes.

2.1.2 Recomendación. En el caso de que no se exija amortiguar la intensidad luminosa, o cuando los observadores cuya visión de los colores sea defectuosa deban poder determinar el color de la luz, las señales verdes deberían estar dentro de los límites siguientes:

Límite amarillo y = 0,726 – 0,726x
Límite blanco x = 0,650y
Límite azul y = 0,390 – 0,171x

2.1.3 Recomendación. Cuando un mayor grado de certidumbre de reconocimiento sea más importante que el máximo alcance visual, las señales verdes deberían estar dentro de los límites siguientes:

Límite amarillo y = 0,726 – 0,726x
Límite blanco x = 0,625y – 0,041
Límite azul y = 0,390 – 0,171x

2.2 Distinción entre luces.

2.2.1 Recomendación. Si es necesario que el color amarillo se distinga del blanco, estos colores deberían disponerse de forma que se vean muy de cerca uno de otro, en el tiempo o en el espacio, p. ej., por destellos sucesivos del mismo faro.

2.2.2 Recomendación. Si es necesario distinguir el amarillo del verde o del blanco, como p. ej., en las luces de eje de calle de salida, las coordenadas «y» de la luz amarilla no deberían exceder de un valor de 0,40.

Nota. Los límites del blanco se han basado en la suposición de que dichos colores se utilizan en condiciones tales que las características (temperatura de color) de la fuente luminosa son prácticamente constantes.

2.2.3 Recomendación. El color blanco variable solamente se destina al uso en luces cuya intensidad debe variarse, p. ej., para evitar el deslumbramiento. Si debe distinguirse entre este color y el amarillo, las luces deberían concebirse y utilizarse de forma que:

a)

la coordenada x del amarillo sea por lo menos 0,050 mayor que la coordenada x del blanco; y

b)

la disposición de las luces sea tal que las amarillas se vean simultáneamente con las blancas y muy cerca de éstas.

2.2.4 El color de las luces aeronáuticas de superficie se verificará considerándolo dentro de los límites de la Figura A1-1 mediante la medición en cinco puntos dentro del área delimitada por la curva de isocandela más al interior (véanse los diagramas de isocandela del Apéndice 2), en funcionamiento a la corriente o tensión nominal. En el caso de curvas de isocandela elípticas o circulares, la medición de color se efectuará en el centro y en los límites horizontal y vertical. En el caso de curvas de isocandela rectangulares, la medición de color se efectuará en el centro y los límites de las diagonales (esquinas). Además se verificará el color de la luz en la curva de isocandela más al exterior para asegurar que no haya un desplazamiento cromático que pueda hacer que el piloto confunda la señal.

Nota 1. Para la curva de isocandela más al exterior, debería efectuarse y registrarse una medición de las coordenadas de color para someterla al examen y criterios de aceptabilidad de las autoridades pertinentes.

Nota 2. Es posible que algunos elementos luminosos se utilicen de modo que puedan ser percibidos y utilizados por los pilotos desde direcciones más allá de aquella de la curva de isocandela más al exterior (p. ej., luces de barra de parada en puntos de espera en la pista significativamente anchos). En tales casos deberían evaluar la aplicación real y, si es necesario, exigir una verificación del desplazamiento cromático en ángulos más allá de la curva más exterior.

2.2.5 En el caso de los indicadores visuales de pendiente de aproximación y otros elementos luminosos con un sector de transición de color, el color se medirá en puntos de conformidad con 2.2.4, excepto en cuanto a que las áreas de color se considerarán separadamente y ningún punto estará dentro de 0,5° del sector de transición.

3. Colores de las señales, letreros y tableros

Nota 1. Las especificaciones de los colores de superficie que figuran a continuación se aplican únicamente a las superficies pintadas recientemente. Generalmente, los colores empleados para las señales, letreros y tableros varían con el tiempo y, en consecuencia, es necesario renovarlos.

Nota 2. El documento de la CIE que lleva por título «Recommendations for Surface Colours for Visual Signalling» (Recomendaciones para colores de superficie para la señalización visual) - Publicación Núm. 39-2 (TC-106) 1983, contiene orientación sobre los colores de superficie.

Nota 3. Las especificaciones recomendadas en 3.4 respecto a paneles transiluminados son de carácter provisional y se basan en las especificaciones CIE para letreros transiluminados. Se tiene la intención de examinar y actualizar estas especificaciones en la forma y en el momento en que la CIE prepare las correspondientes a los paneles transiluminados.

3.1 Los factores de cromaticidad y luminancia de los colores ordinarios, colores de los materiales retrorreflectantes y colores de los letreros y tableros transiluminados (iluminación interna) se determinarán en las condiciones tipo siguientes:

a)

ángulo de iluminación: 45°;

b)

direcciones de la visual: perpendicular a la superficie; y

c)

iluminante: patrón D65 de la CIE.

3.2 Recomendación. Los factores de cromaticidad y luminancia de los colores ordinarios para las señales y los letreros y tableros iluminados exteriormente deberían estar dentro de los límites siguientes cuando se determinen en las condiciones tipo.

Ecuaciones de la CIE (véase la Figura A1-2):

a) Rojo a) Rojo
Límite púrpura y = 0,345 – 0,051x
Límite blanco y = 0,910 – x
Límite anaranjado y = 0,314 + 0,047x
Factor de luminancia ß = 0,07 (mín.)
b) Anaranjado b) Anaranjado
Límite rojo y = 0,285 + 0,100x
Límite blanco y = 0,940 – x
Límite amarillo y = 0,250 + 0,220x
Factor de luminancia ß = 0,20 (mín.)
c) Amarillo c) Amarillo
Límite anaranjado y = 0,108 + 0,707x
Límite blanco y = 0,910 – x
Límite verde y = 1,35x – 0,093
Factor de luminancia ß = 0,45 (mín.)
d) Blanco d) Blanco
Límite púrpura y = 0,010 + x
Límite azul y = 0,610 – x
Límite verde y = 0,030 + x
Límite amarillo y = 0,710 – x
Factor de luminancia ß = 0,75 (mín.)
e) Negro e) Negro
Límite púrpura y = x – 0,030
Límite azul y = 0,570 – x
Límite verde y = 0,050 + x
Límite amarillo y = 0,740 – x
Factor de luminancia ß = 0,03 (máx.)
f) Verde amarillento f) Verde amarillento
Límite verde y = 1,317x + 0,4
Límite blanco y = 0,910 – x
Límite amarillo y = 0,867x + 0,4
g) Verde
Límite amarillo x = 0,313
Límite blanco y = 0,243 + 0,670x
Límite azul y = 0,493 – 0,524x
Factor de luminancia ß = 0,10 (mín.)

Nota. La pequeña separación que existe entre el rojo de superficie y el anaranjado de superficie no es suficiente para asegurar la distinción de estos colores cuando se ven separadamente.

3.3 Recomendación. Los factores de cromaticidad y luminancia de los colores de los materiales retrorreflectantes para las señales de superficie, deberían estar dentro de los límites enumerados a continuación, cuando se determinen en las condiciones tipo.

Ecuaciones de la CIE (véase la Figura A1-3):

a) Rojo a) Rojo
Límite púrpura y = 0,345 – 0,051x
Límite blanco y = 0,910 – x
Límite anaranjado y = 0,314 + 0,047x
Factor de luminancia ß = 0,03 (mín.)
b) Anaranjado b) Anaranjado
Límite rojo y = 0,265 + 0,205x
Límite blanco y = 0,910 – x
Límite amarillo y = 0,207 + 0,390x
Factor de luminancia ß = 0,14 (mín.)
c) Amarillo c) Amarillo
Límite anaranjado y = 0,160 + 0,540x
Límite blanco y = 0,910 – x
Límite verde y = 1,35x – 0,093
Factor de luminancia ß = 0,16 (mín.)
d) Blanco d) Blanco
Límite púrpura y = x
Límite azul y = 0,610 – x
Límite verde y = 0,040 + x
Límite amarillo y = 0,710 – x
Factor de luminancia ß = 0,27 (mín.)
e) Azul e) Azul
Límite verde y = 0,118 + 0,675x
Límite blanco y = 0,370 – x
Límite púrpura y = 1,65x – 0,187
Factor de luminancia ß = 0,01 (mín.)
f) Verde f) Verde
Límite amarillo y = 0,711 – 1,22x
Límite blanco y = 0,243 + 0,670x
Límite azul y = 0,405 – 0,243x
Factor de luminancia ß = 0,03 (mín.)

3.4 Recomendación. Los factores de cromaticidad y luminancia de los colores de los letreros y tableros transiluminados (iluminación interna) o luminiscentes deberían estar dentro de los límites enumerados a continuación, cuando se determinen en las condiciones tipo.

Ecuaciones de la CIE (véase la Figura A1-4):

a) Rojo
Límite púrpura y = 0,345 – 0,051x
Límite blanco y = 0,910 – x
Límite anaranjado y = 0,314 + 0,047x
Factor de luminancia (condiciones diurnas) ß = 0,07 (mín.)
Luminancia relativa al blanco (condiciones nocturnas) 5 % (mín.) 20 % (máx.)
b) Amarillo
Límite anaranjado y = 0,108 + 0,707x
Límite blanco y = 0,910 – x
Límite verde y = 1,35x – 0,093
Factor de luminancia (condiciones diurnas) ß = 0,45 (mín.)
Luminancia relativa al blanco (condiciones nocturnas) 30 % (mín.) 80 % (máx.)
c) Blanco
Límite púrpura y = 0,010 + x
Límite azul y = 0,610 – x
Límite verde y = 0,030 + x
Límite amarillo y = 0,710 – x
Factor de luminancia (condiciones diurnas) ß = 0,75 (mín.)
Luminancia relativa al blanco (condiciones nocturnas) 100 %
d) Negro
Límite púrpura y = x – 0,030
Límite azul y = 0,570 – x
Límite verde y = 0,050 + x
Límite amarillo y = 0,740 – x
Factor de luminancia (condiciones diurnas) ß = 0,03 (máx.)
Luminancia relativa al blanco (condiciones nocturnas) 0 % (mín.) 2 % (máx.)
e) Verde
Límite amarillo x = 0,313
Límite blanco x = 0,243 + 0,670x
Límite azul x = 0,493 – 0,524x
Factor de luminancia ß = 0,10 mínimo (de día)
Luminancia relativa al blanco (condiciones nocturnas) 5 % (mín.) 30 % (máx.)

Figura A1-1 Colores de luces aeronáuticas de superficie

Figura A1-2 Colores ordinarios para las señales y los letreros y tableros con iluminación externa

Figura A1-3 Colores de los materiales retrorreflectantes para las señales, letreros y tableros

Figura A1-4 Colores de los letreros y paneles transiluminados (iluminación interna) o luminiscentes

APÉNDICE 2

Características de las luces aeronáuticas de superficie

Figura A2-1 Diagrama de isocandelas para las luces de eje y barras transversales de aproximación (luz blanca)

Figura A2-3 Diagrama de isocandelas para las luces de umbral (luz verde)

Figura A2-4 Diagrama de isocandelas para las luces de barra de ala de umbral (luz verde)

Figura A2-5 Diagrama de isocandelas para las luces de toma de contacto (luz blanca)

Figura A2-6 Diagrama de isocandelas para las luces de eje de pista con espaciado longitudinal de 30 m (luz blanca) y luces indicadoras de calle de salida rápida (luz amarilla)

Figura A2-7 Diagrama de isocandelas para las luces de eje de pista con espaciado longitudinal de 15 m (luz blanca) y luces indicadoras de calle de salida rápida (luz amarilla)

Figura A2-8 Diagrama de isocandelas para las luces de extremo de pista (luz roja)

Figura A2-9 Diagrama de isocandelas para las luces de borde de pista cuando la anchura de la pista es de 45 m (luz blanca)

Figura A2-10 Diagrama de isocandelas para las luces de borde de pista cuando la anchura de la pista es de 60 m (luz blanca)

Figura A2-11 Puntos de cuadrícula para el cálculo de la intensidad media de luces de aproximación y de pista

Notas comunes a las Figuras A2-1 a A2-11

1. Las elipses de cada figura son simétricas con respecto a los ejes comunes vertical y horizontal.

2. En las Figuras A2-1 a A2-10 se indican las intensidades mínimas admisibles de las luces. La intensidad media del haz principal se calcula estableciendo puntos de cuadrícula según lo indicado en la Figura A2-11 y utilizando los valores de la intensidad medidos en todos los puntos de cuadrícula del interior y del perímetro de la elipse que representa el haz principal. El valor medio es la media aritmética de las intensidades luminosas medidas en todos los puntos de cuadrícula considerados.

3. En el diagrama de haz principal no se aceptan desviaciones cuando el soporte de las luces esté adecuadamente orientado.

4. Razón media de intensidades. La razón entre la intensidad media dentro de la elipse que define el haz principal de una nueva luz característica y la intensidad media del haz principal de una nueva luz de borde de pista será la siguiente:

Figura A2-1 Eje de aproximación y barras transversales de 1,5 a 2,0 (luz blanca)
Figura A2-2 Fila lateral de aproximación de 0,5 a 1,0 (luz roja)
Figura A2-3 Umbral de 1,0 a 1,5 (luz verde)
Figura A2-4 Barra de ala de umbral de 1,0 a 1,5 (luz verde)
Figura A2-5 Zona de toma de contacto de 0,5 a 1,0 (luz blanca)
Figura A2-6 Eje de pista (espaciado longitudinal de 30 m) de 0,5 a 1,0 (luz blanca)
Figura A2-7 Eje de pista (espaciado longitudinal de 15 m) de 0,5 a 1,0 para CAT III (luz blanca) de 0,25 a 0,5 para CAT I, II (luz blanca)
Figura A2-8 Extremo de pista de 0,25 a 0,5 (luz roja)
Figura A2-9 Borde de pista (pista de 45 m de anchura) 1,0 (luz blanca)
Figura A2-10 Borde de pista (pista de 60 m de anchura) 1,0 (luz blanca)

5. Las coberturas de haz en las figuras proporcionan la guía necesaria para aproximaciones cuando el alcance visual en la pista RVR disminuye a valores del orden de 150 m y para despegues cuando el RVR disminuye hasta valores del orden de 100 m.

6. Los ángulos horizontales se miden respecto al plano vertical que contiene el eje de pista. Para luces distintas a las luces de eje, el sentido hacia el eje de pista se considera positivo. Los ángulos verticales se miden respecto al plano horizontal.

7. Cuando las luces de ejes de aproximación, barras transversales y luces de fila lateral de aproximación sean empotradas en lugar de elevadas, p. ej., en una pista con umbral desplazado, los requisitos de intensidad pueden satisfacerse instalando dos o tres armaduras (de menor intensidad) en cada posición.

8 El mantenimiento adecuado es importantísimo. La intensidad media nunca debería disminuir a valores por debajo del 50% de los indicados en las figuras, y el gestor aeroportuario debería establecer como objetivo mantener un nivel de emisión de luz que se acerque al promedio de intensidad mínima especificada.

9. El elemento luminoso se instalará de forma que el haz principal esté alineado dentro de un margen de medio grado respecto al requisito especificado.

Figura A2-12 Diagrama de isocandelas para luces de eje de calle de rodaje (espaciado de 15 m) y para luces de barra de parada en tramos rectos previstas para ser utilizadas en condiciones de alcance visual en la pista inferior a un valor de 350 m cuando pueda haber grandes desplazamientos y para luces de protección de pista de baja intensidad, configuración B

Figura A2-13 Diagrama de isocandelas para luces de eje de calle de rodaje (espaciado de 15 m) y para luces de barra de parada en tramos rectos previstas para ser utilizadas en condiciones de alcance visual en la pista inferior a un valor de 350 m

Figura A2-14 Diagrama de isocandelas para luces de eje de calle de rodaje (espaciado de 7,5 m) y para luces de barra de parada en tramos curvos para ser utilizado en condiciones de alcance visual en la pista inferior a un valor de 350 m

Figura A2-15 Diagrama de isocandelas para luces de eje de calle de rodaje (espaciado de 30 m, 60 m) y para luces de barra de parada en tramos rectos previstas para ser utilizadas en condiciones de alcance visual en la pista de 350 m o superior

Figura A2-16 Diagrama de isocandelas para luces de eje de calle de rodaje (espaciado de 7,5 m, 15 m, 30 m) y luces de barra de parada en tramos curvos previstas para ser utilizadas en condiciones de alcance visual en la pista de 350 m o superior

Figura A2-17 Diagrama de isocandelas para las luces de eje de calle de rodaje (con espaciado de 15 m) y luces de barra de parada de alta intensidad en tramos rectos, previstas para ser utilizadas en un sistema avanzado de guía y control del movimiento en la superficie, en el que se requieran intensidades luminosas más elevadas y cuando puedan producirse grandes desplazamientos

Figura A2-18 Diagrama de isocandelas para las luces de eje de calle de rodaje (con espaciado de 15 m) y luces de barra de parada de alta intensidad en tramos rectos, previstas para ser utilizadas en un sistema avanzado de guía y control del movimiento en la superficie, en el que se requieran intensidades luminosas más elevadas

Figura A2-19 Diagrama de isocandelas para las luces de eje de calle de rodaje (con espaciado de 7,5 m) y luces de barra de parada de alta intensidad en tramos curvos, previstas para ser utilizadas en un sistema avanzado de guía y control del movimiento en la superficie, en el que se requieran intensidades luminosas más elevadas

Figura A2-20 Diagrama de isocandelas para las luces de protección de pista de alta intensidad, configuración B

Figura A2-21 Puntos de cuadrícula para el cálculo de la intensidad media de luces de eje de calle de rodaje y de luces de barra de parada

Notas comunes a las Figuras A2-12 a A2-21

1. Las intensidades especificadas en las Figuras A2-12 a A2-20 corresponden a las luces de colores verde y amarillo para luces de eje de calle de rodaje, las de color amarillo para las luces de protección de pista y las de color rojo para luces de barra de parada.

2. En las Figuras A2-12 a A2-20 se indican las intensidades mínimas admisibles de las luces. La intensidad media del haz principal se calcula estableciendo puntos de cuadrícula según lo indicado en la Figura A2-21 y utilizando los valores de la intensidad medidos en todos los puntos de cuadrícula del interior y del perímetro del rectángulo que representa el haz principal. El valor medio es la medida aritmética de las intensidades luminosas medidas en todos los puntos de cuadrícula considerados.

3. En el haz principal o en el haz más interior, según sea aplicable, no se aceptan desviaciones cuando el soporte de las luces esté adecuadamente orientado.

4. Los ángulos horizontales se miden respecto al plano vertical que contiene el eje de la calle de rodaje, excepto en las curvas en las que se miden respecto a la tangente a la curva.

5. Los ángulos verticales se miden respecto a la pendiente longitudinal de la superficie de la calle de rodaje.

6. El mantenimiento adecuado es importantísimo. La intensidad, ya sea la media donde sea aplicable o la especificada en las correspondientes curvas isocandelas, nunca debería disminuir a valores por debajo del 50% de los indicados en las figuras, y el gestor aeroportuario debería establecer como objetivo mantener un nivel de emisión de luz que se acerque al promedio de intensidad mínima especificada.

7. El elemento luminoso se instalará de forma que el haz principal o el más interior, según sea aplicable, esté alineado dentro de un margen de medio grado respecto al requisito especificado.

Figura A2-22 Distribución de la intensidad luminosa del T-VASIS y del AT-VASIS

Figura A2-23 Distribución de la intensidad luminosa del PAPI y del APAPI

Figura A2-24 Diagrama de isocandelas para cada lámpara en las luces de protección de pista de baja intensidad, configuración A

Figura A2-25 Diagrama de isocandelas para cada lámpara en las luces de protección de pista de alta intensidad, configuración A

APÉNDICE 3

Señales con instrucciones obligatorias y señales de información

Nota 1. Véase el Capítulo 5, Secciones 5.2.16 y 5.2.17, en relación con las especificaciones acerca de la aplicación, el emplazamiento y las características de las señales con instrucciones obligatorias y las señales de información.

Nota 2. En el apéndice se ilustran detalladamente la forma y proporciones de las letras, números y símbolos de las señales con instrucciones obligatorias y las señales de información en una retícula de 20 cm.

APÉNDICE 4

Requisitos relativos al diseño de los letreros de guía para el rodaje

Nota. Véase el Capítulo 5, Sección 5.4, en relación con las especificaciones acerca de la aplicación, el emplazamiento y las características de los letreros.

1. La altura de la inscripción será de conformidad con la siguiente tabla.

Números de clave de la pista Letreros con instrucciones obligatorias Letreros de salida de pista y de pista libre Otros letreros
Números de clave de la pista Altura mínima de los caracteres Altura mínima de los caracteres Altura mínima de los caracteres
Números de clave de la pista Letreros con instrucciones obligatorias Letreros de información Letreros de información
1 ó 2 300 mm 300 mm 200 mm
3 ó 4 400 mm 400 mm 300 mm

Nota. Cuando se instale un letrero de emplazamiento de calle de rodaje junto a uno de designación de pista (véase 5.4.3.22), el tamaño de los caracteres será el especificado para los letreros de instrucciones obligatorias.

2. Las dimensiones de las flechas serán las siguientes:

Altura de la indicación Trazo
200 mm 32 mm
300 mm 48 mm
400 mm 64 mm

3. La anchura de los trazos de una sola letra será la siguiente:

Altura de la indicación Trazo
200 mm 32 mm
300 mm 48 mm
400 mm 64 mm

4. La luminancia de los letreros será la siguiente:

a)

Cuando se realicen operaciones en condiciones de alcance visual en la pista inferior a un valor de 800 m, el promedio de luminancia de los letreros será como mínimo:

Rojo 30 cd/m2
Amarillo 150 cd/m2
Blanco 300 cd/m2
b)

Cuando se realicen operaciones de conformidad con 5.4.1.7 b) y c) y 5.4.1.8, el promedio de luminancia de los letreros será como mínimo:

Rojo 10 cd/m2
Amarillo 50 cd/m2
Blanco 100 cd/m2

Nota. En condiciones de alcance visual en la pista inferior a un valor de 400 m, se deteriorará en cierta medida la eficacia de los letreros.

5. La relación de luminancia entre los elementos rojo y blanco de un letrero con instrucciones obligatorias será de entre 1:5 y 1:10.

6. El promedio de luminancia de un letrero se calcula estableciendo puntos de retícula según lo indicado en la Figura A4-1 y utilizando los valores de luminancia medidos en todos los puntos de retícula situados dentro del rectángulo que representa el letrero.

7. El valor promedio es el promedio aritmético de los valores de luminancia medidos en todos los puntos de retícula considerados.

Nota. En el Manual de diseño de aeródromos (Doc 9157), Parte 4, se proporciona información sobre el promedio de luminancia de los letreros.

8. La relación entre los valores de luminancia de puntos de retícula adyacentes no excederá de 1,5:1. En las áreas de la placa frontal del letrero en que la retícula sea de 7,5 cm, la relación entre los valores de luminancia de puntos de retícula adyacentes no excederá de 1,25:1. La relación entre los valores máximo y mínimo de luminancia en toda la placa frontal del letrero no excederá de 5:1.

9. La forma de los caracteres, es decir, letras, números, flechas y símbolos, será de conformidad con lo indicado en la Figura A4-2. La anchura de los caracteres y el espacio entre cada uno se determinarán como se indica en la Tabla A4-1.

10. La altura de la placa frontal de los letreros será la siguiente:

Altura de la indicación Altura de la placa frontal (mín.)
200 mm 400 mm
300 mm 600 mm
400 mm 800 mm

11. La anchura de la placa frontal de los letreros se determinará utilizando la Figura A4-3 salvo que, cuando se proporcione un letrero con instrucciones obligatorias en un solo lado de la calle de rodaje, la anchura de la placa frontal no será inferior a:

a)

1,94 m cuando el número de clave es 3 ó 4; y

b)

1,46 m cuando el número de clave es 1 ó 2.

Nota. En el Manual de diseño de aeródromos (Doc 9157), Parte 4, figura más orientación sobre el modo de determinar la anchura de la placa frontal de los letreros.

12. Bordes:

a)

El trazo vertical delimitador colocado entre letreros de dirección adyacentes debería tener aproximadamente una anchura de 0,7 veces la anchura de los trazos.

b)

El borde amarillo de un letrero de emplazamiento sólo debería tener aproximadamente una anchura de 0,5 veces la anchura de los trazos.

13. Los colores de los letreros serán conformes a las especificaciones de los colores de las señales de superficie del Apéndice 1.

Figura A4-1 Puntos de retícula para calcular el promedio de luminancia de un letrero

Figura A4-2 Forma de los caracteres

Figura A4-2 (Cont.)

Figura A4-2 (Cont.)

Figura A4-2 (Cont.)

Figura A4-2 (Cont.)

Figura A4-2 (Cont.)

Figura A4-2 (Cont.)

Figura A4-3 Dimensiones de los letreros

Tabla A4-1 Anchura de las letras y los números y espacio entre ellos

Letra anterior Número de código Número de código Número de código
a) Número de código de letra a letra a) Número de código de letra a letra a) Número de código de letra a letra a) Número de código de letra a letra
Letra anterior Letra siguiente Letra siguiente Letra siguiente
Letra anterior B, D, E, F, H, I, K, L, M, N, P, R, U C, G, O, Q, S, X, Z A, J, T, V, W, Y
A 2 2 4
B 1 2 2
C 2 2 3
D 1 2 2
E 2 2 3
F 2 2 3
G 1 2 2
H 1 1 2
I 1 1 2
J 1 1 2
K 2 2 3
L 2 2 4
M 1 1 2
N 1 1 2
O 1 2 2
P 1 2 2
Q 1 2 2
R 1 2 2
S 1 2 2
T 2 2 4
U 1 1 2
V 2 2 4
W 2 2 4
X 2 2 3
Y 2 2 4
Z 2 2 3
Número anterior Número de código Número de código Número de código
--- --- --- ---
b) Número de código de número a número b) Número de código de número a número b) Número de código de número a número b) Número de código de número a número
Número anterior Número siguiente Número siguiente Número siguiente
Número anterior 1, 5 2, 3, 6, 8, 9, 0 4, 7
1 1 1 2
2 1 2 2
3 1 2 2
4 2 2 4
5 1 2 2
6 1 2 2
7 2 2 4
8 1 2 2
9 1 2 2
0 1 2 2
Núm. de código Espacio (mm) Espacio (mm) Espacio (mm)
--- --- --- ---
c) Espacio entre caracteres c) Espacio entre caracteres c) Espacio entre caracteres c) Espacio entre caracteres
Núm. de código Altura de la letra (mm) Altura de la letra (mm) Altura de la letra (mm)
Núm. de código 200 300 400
1 48 71 96
2 38 57 76
3 25 38 50
4 13 19 26
Letra Anchura (mm) Anchura (mm) Anchura (mm)
--- --- --- ---
d) Anchura de la letra d) Anchura de la letra d) Anchura de la letra d) Anchura de la letra
Letra Altura de la letra (mm) Altura de la letra (mm) Altura de la letra (mm)
Letra 200 300 400
A 170 255 340
B 137 205 274
C 137 205 274
D 137 205 274
E 124 186 248
F 124 186 248
G 137 205 274
H 137 205 274
I 32 48 64
J 127 190 254
K 140 210 280
L 124 186 248
M 157 236 314
N 137 205 274
O 143 214 286
P 137 205 274
Q 143 214 286
R 137 205 274
S 137 205 274
T 124 186 248
U 137 205 274
V 152 229 304
W 178 267 356
X 137 205 274
Y 171 257 342
Z 137 205 274
Número Anchura (mm) Anchura (mm) Anchura (mm)
--- --- --- ---
e) Anchura del número e) Anchura del número e) Anchura del número e) Anchura del número
Número Altura del número (mm) Altura del número (mm) Altura del número (mm)
Número 200 300 400
1 50 74 98
2 137 205 274
3 137 205 274
4 149 224 298
5 137 205 274
6 137 205 274
7 137 205 274
8 137 205 274
9 137 205 274
0 143 214 286

INSTRUCCIONES

1. Determinar el espacio apropiado entre las letras y números, obtener el número de código en la tabla a o b y consultar en la tabla c la altura de la tarea o número correspondiente a ese código.

2. El espacio entre palabras o grupos de caracteres que formen una abreviatura o símbolo debería ser igual a la mitad de la altura de los caracteres usados, salvo que cuando se trate de una flecha con un sólo carácter como «A» el espacio puede reducirse a no menos de una cuarta parte de la altura del carácter para lograr un buen equilibrio visual.

3. Cuando un número siga a una letra o viceversa, úsese el Código 1.

4. Cuando haya un guión, punto o barra diagonal después de un carácter o viceversa, úsese el Código 1.

APÉNDICE 5

Requisitos de calidad de los datos aeronáuticos

Tabla A5-1 Latitud y longitud

Latitud y longitud Exactitud y tipo de datos Integridad y clasificación
Punto de referencia del aeródromo 30 m levantamiento topográfico/calculada 1 x 10-3 ordinaria
Ayudas para la navegación situadas en el aeródromo 3 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Obstáculos en el Área 3 0,5 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Obstáculos en el Área 2 (la parte que está dentro de los límites del aeródromo) 5 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Umbral de la pista 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-8 crítica
Extremo de pista (punto de alineación de la trayectoria de vuelo) 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-8 crítica
Puntos de eje de pista 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-8 crítica
Punto de espera de la pista 0,5 m levantamiento topográfico 1 x 10-8 crítica
Puntos de eje de calle de rodaje/línea de guía de estacionamiento 0,5 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Línea de señal de intersección de calle de rodaje 0,5 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Línea de guía de salida 0,5 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Límites de la plataforma (polígono) 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-3 ordinaria
Instalación deshielo/antihielo (polígono) 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-3 ordinaria
Puntos de los puestos de estacionamiento de aeronave/puntos de verificación del INS 0,5 m levantamiento topográfico 1 x 10-3 ordinaria

Nota 1. Véanse en el Anexo 15, Apéndice 8, las ilustraciones gráficas de las superficies de recolección de datos de obstáculos y los criterios utilizados para identificar obstáculos en las zonas definidas.

Nota 2. La aplicación de la disposición 10.6.1.2 del Anexo 15, relativa a la disponibilidad, al 18 de noviembre de 2010, de datos sobre obstáculos conforme a las especificaciones del Área 2 y del Área 3 se facilitaría mediante la planificación avanzada y apropiada de la recolección y el procesamiento de esos datos.

Tabla A5-2 Elevación/altitud/altura

Elevación/altitud/altura Exactitud y tipo de datos Integridad y clasificación
Elevación del aeródromo 0,5 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Ondulación geoidal del WGS-84 en la posición de la elevación del aeródromo 0,5 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Umbral de la pista, para aproximaciones que no sean de precisión 0,5 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Ondulación geoidal del WGS-84 en el umbral de la pista para aproximaciones que no sean de precisión 0,5 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Umbral de la pista, aproximaciones de precisión 0,25 m levantamiento topográfico 1 x 10-8 crítica
Ondulación geoidal del WGS-84 en el umbral de la pista, para aproximaciones de precisión 0,25 m levantamiento topográfico 1 x 10-8 crítica
Puntos de eje de pista 0,25 m levantamiento topográfico 1 x 10-8 crítica
Puntos de eje de calle de rodaje/línea de guía de estacionamiento 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Obstáculos en el Área 2 (la parte que está dentro de los límites del aeródromo) 3 m Levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Obstáculos en el Área 3 0,5 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Equipo radiotelemétrico/precisión (DME/P) 3 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial

Nota 1. Véanse en el Anexo 15, Apéndice 8, las ilustraciones gráficas de las superficies de recolección de datos de obstáculos y los criterios utilizados para identificar obstáculos en las zonas definidas.

Nota 2. La aplicación de la disposición 10.6.1.2 del Anexo 15, relativa a la disponibilidad, al 18 de noviembre de 2010, de datos sobre obstáculos conforme a las especificaciones del Área 2 y del Área 3 se facilitaría mediante la planificación avanzada y apropiada de la recolección y el procesamiento de esos datos.

Tabla A5-3 Declinación y variación magnética

Declinación/variación Exactitud y tipo de datos Integridad y clasificación
Variación magnética del aeródromo 1 grado levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Variación magnética de la antena del localizador ILS 1 grado levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Variación magnética de la antena de azimut MLS 1 grado levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial

Tabla A5-4 Marcación

Marcación Exactitud y tipo de datos Integridad y clasificación
Alineación del localizador ILS 1/100 grados levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Alineación del azimut de cero grados del MLS 1/100 grados levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Marcación de la pista (verdadera) 1/100 grados levantamiento topográfico 1 x 10-3 ordinaria

Tabla A5-5  Longitud/distancia/dimensión

Longitud/distancia/dimensión Exactitud y tipo de datos Integridad y clasificación
Longitud de la pista 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-8 crítica
Anchura de la pista 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Distancia de umbral desplazado 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-3 ordinaria
Longitud y anchura de la zona de parada 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-8 crítica
Longitud y anchura de la zona libre de obstáculos 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Distancia de aterrizaje disponible 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-8 crítica
Recorrido de despegue disponible 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-8 crítica
Distancia de despegue disponible 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-8 crítica
Distancia de aceleración-parada disponible 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-8 crítica
Anchura del margen de la pista 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Anchura de la calle de rodaje 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Anchura del margen de la calle de rodaje 1 m levantamiento topográfico 1 x 10-5 esencial
Distancia entre antenas del localizador ILS-extremo de pista 3 m calculada 1 x 10-3 ordinaria
Distancia entre antenas de pendiente de planeo ILS-umbral, a lo largo del eje 3 m calculada 1 x 10-3 ordinaria
Distancia entre las radiobalizas ILS-umbral 3 m calculada 1 x 10-5 esencial
Distancia entre antenas DME del ILS-umbral, a lo largo del eje 3 m calculada 1 x 10-5 esencial
Distancia entre antenas de azimut MLS-extremo de pista 3 m calculada 1 x 10-3 ordinaria
Distancia entre antenas de elevación MLS-umbral, a lo largo del eje 3 m calculada 1 x 10-3 ordinaria
Distancia entre antenas DME/P del MLS-umbral, a lo largo del eje 3 m calculada 1 x 10-5 esencial

APÉNDICE 6

Emplazamiento de las luces de obstáculos

Figura A6-1 Sistema de iluminación de obstáculos con luces blancas de destellos de mediana intensidad de Tipo A

Figura A6-2 Sistema de iluminación de obstáculos con luces rojas de destellos de mediana intensidad de Tipo B

Figura A6-3 Sistema de iluminación de obstáculos con luces rojas fijas de mediana intensidad de Tipo C

Figura A6-4 Sistema doble de iluminación de obstáculos de mediana intensidad de Tipo A/Tipo B

Figura A6-5 Sistema doble de iluminación de obstáculos de mediana intensidad de Tipo A/Tipo C

Figura A6-6 Sistema de iluminación de obstáculos con luces blancas de destellos de alta intensidad de Tipo A

Figura A6-7 Sistema doble de iluminación de obstáculos de mediana/alta intensidad de Tipo A/Tipo B

Figura A6-8 Sistema doble de iluminación de obstáculos de mediana/alta intensidad de Tipo A/Tipo C

APÉNDICE 7

Marco para los sistemas de gestión de la seguridad operacional (SMS)

(Véase el capítulo 1, apartado 1.5.4)

En este apéndice, se especifica el marco para la implantación y el mantenimiento de un sistema de gestión de la seguridad operacional (SMS) por parte de un aeródromo certificado. Un SMS es un sistema que una organización utiliza en la gestión de la seguridad operacional. El marco incluye cuatro componentes y 12 elementos que representan los requisitos mínimos para la implantación de un SMS. La aplicación del marco será directamente proporcional al tamaño de la organización y a la complejidad de sus servicios. En este apéndice se incluye, además, una breve descripción de cada elemento del marco.

1. Política y objetivos de seguridad operacional.

1.1 Responsabilidad y compromiso de la administración.

1.2 Responsabilidades respecto a la seguridad operacional.

1.3 Designación del personal clave de seguridad operacional.

1.4 Coordinación del plan de respuesta ante emergencias.

1.5 Documentación SMS.

2. Gestión de riesgos de seguridad operacional.

Identificación de peligros.

Evaluación y mitigación de riesgos de seguridad operacional.

3. Garantía de la seguridad operacional.

Supervisión y medición de la eficacia de la seguridad operacional.

Gestión del cambio.

Mejora continua del SMS.

4. Promoción de seguridad operacional.

Instrucción y educación.

Comunicación de la seguridad operacional.

1. Política y objetivos de seguridad operacional

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