Real Decreto 1274/2011, de 16 de septiembre, por el que se aprueba el Plan estratégico del patrimonio natural y de la biodiversidad 2011-2017, en aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

Rango Real Decreto
Publicación 2011-09-30
Última actualización 2022-12-31
Estado Derogada · 2022-12-31
Departamento Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Fuente BOE
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España, a través de la Universidad Rey Juan Carlos, participa en un proyecto del 7.º Programa Marco de Investigación de la Comisión Europea96 que contempla entre sus objetivos la creación de un inventario nacional de especies silvestres emparentadas con las cultivadas (en inglés, crop wild relatives).

96 PGR Secure: Novel characterization of crop wild relative and landrace resources as a basis for improved crop breeding.

La Ley de de Semillas y Plantas de Vivero y de Recursos Fitogenéticos recoge y complementa los contenidos del Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación97, del que España es Parte Contratante desde el año 2004. Sin embargo, ni la Ley ni el Tratado contemplan el acceso a los recursos fitogenéticos silvestres de la lista del Tratado que se encuentran in situ.

97 Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación. www.planttreaty.org.

La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) es el organismo internacional de referencia en esta materia98.

98 Plan de Acción Mundial para la Conservación y la Utilización Sostenible de los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). www.fao.org

GEODIVERSIDAD Y PATRIMONIO GEOLÓGICO.

La geodiversidad y el patrimonio geológico99 constituyen una parte importante del patrimonio natural. Su naturaleza abiótica y su carácter mayoritariamente no renovable les confieren características particulares a la hora de afrontar su conservación. El patrimonio geológico posee un valor intrínseco que justifica su protección, y la geodiversidad juega un papel importante en la evolución del paisaje y en la configuración de los ecosistemas y hábitats. La gestión del patrimonio geológico se basa en la realización de inventarios que identifiquen los lugares de interés geológico, en analizar sus problemas de conservación y actuar en consecuencia y en aprovechar su potencial didáctico y divulgativo.

99 Instituto Geológico y Minero de España. Ministerio de Ciencia e Innovación. http://www.igme.es/internet/patrimonio

La geodiversidad y el patrimonio geológico no han sido tenidos en cuenta adecuadamente por la normativa de conservación de la naturaleza en España hasta la aprobación de la Ley 42/2007, que por vez primera hace referencia explícita a estos temas. En el contexto europeo, el Comité de Ministros del Consejo de Europa emitió una Recomendación100 con disposiciones para la conservación del patrimonio geológico y las áreas de especial interés geológico en el conjunto de los países miembros de esta organización europea.

100 Recommendation Rec (2004)3 on Conservation of geological heritage and areas of special geological interest. Council of Europe. Committee of Ministers.

La geodiversidad, como parte integrante y sustentadora de los ecosistemas, está íntimamente ligada a la conservación de la biodiversidad y el paisaje. Es un recurso natural, no renovable, cuyos elementos de valor constituyen el patrimonio geológico y forman parte de una herencia científica, cultural, estética, paisajística y económica que debe ser preservada para las futuras generaciones. El mantenimiento de muchos paisajes característicos de España así como el de los sistemas de uso y aprovechamiento tradicional que los han configurado, requiere la protección de los elementos geológicos. En el conjunto de la Unión Europea existen diversas iniciativas y organizaciones dedicadas a este objetivo.

En España la puesta en valor de los recursos geológicos no mineros es todavía incipiente. La contribución de España a la geodiversidad europea y global no se corresponde con una participación activa de instituciones españolas en organizaciones internacionales de estos ámbitos, como la UNESCO, la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza o la Unión Internacional de Ciencias Geológicas. En este sentido, supone un gran avance el reconocimiento de los Geoparques como figura de protección dentro de la Ley 42/2007, que se hará efectiva cuando la UNESCO asuma un programa específico para ellos. En la actualidad se plantea para los Geoparques un marco de gestión sostenible del patrimonio geológico para el desarrollo socioeconómico local. La declaración de Geoparques no va acompañada de ningún instrumento legal ni de planes específicos orientados a la conservación del patrimonio geológico y la geodiversidad.

Las interferencias de las actividades humanas con los elementos y procesos geológicos son muy variadas, desde la explotación directa de los recursos minerales hasta la modificación de paisajes en su componente geomorfológica como por ejemplo por acción de la agricultura o por la construcción de vías de comunicación.

La conservación y gestión de estos recursos no se tienen adecuadamente en consideración en el diseño de políticas sectoriales, especialmente, en el planeamiento territorial, las evaluaciones de impacto ambiental y en los programas y proyectos de desarrollo.

La identificación de las áreas más valiosas desde el punto de vista de la geodiversidad, el patrimonio geológico, es esencial para poder avanzar en su preservación. En España, los inventarios del patrimonio geológico presentan un grado de avance muy dispar en los distintos dominios geológicos y territorios autonómicos, y adolecen de falta de uniformidad en los planteamientos metodológicos utilizados. Tampoco existen cartografías o atlas de la geodiversidad española por lo que su conocimiento ha de inferirse directamente de las cartografías geológicas que sí cubren la totalidad del territorio a escala 1:50.000.

El inventario sobre lugares de interés geológico de importancia internacional en España, encuadrado dentro del proyecto Global Geosites, se encuentra más avanzado: hasta el momento en España se han identificado dentro de esta categoría 214 lugares de interés geológico (geosites), que representan a los 20 contextos geológicos definidos.

La Ley 42/2007 incluye dentro del Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad el Inventario de Lugares de Interés Geológico que debe ser, al menos, representativo de las unidades y de los contextos geológicos de España de relevancia mundial recogidos en el Anexo VIII de la Ley. El trabajo de categorización de estos elementos no está hecho todavía, y está pendiente la realización de una clasificación jerárquica de los elementos que componen la geodiversidad en el territorio español que valore sus componentes y evalúe el grado de representatividad de los mismos. Esto debería ser un paso previo a la elaboración de un inventario coherente. El Sistema de Indicadores de la Ley 42/2007 permitiría la evaluación periódica de los elementos de este inventario si se incluyen geoindicadores adecuados.

La Ley 42/2007, además, establece el requisito de integrar la geodiversidad en la elaboración de los planes de ordenación de los recursos naturales, incluyendo este concepto dentro de sus objetivos y contenidos mínimos. Así, estos planes deberán contener la definición del estado de conservación de los componentes de la geodiversidad, en especial del patrimonio geológico y de los procesos geológicos del ámbito de trabajo, para poder identificar la capacidad e intensidad de uso de los mismos y determinar las alternativas de gestión y las posibles limitaciones en función de su estado de conservación. También deben prever y determinar las medidas de conservación necesarias para conservar y restaurar sus componentes.

La mayoría de los instrumentos de planificación de la gestión de los espacios naturales protegidos deben avanzar en el desarrollo de medidas activas concretas para la conservación del patrimonio geológico. El nivel de detalle necesario para incluir los elementos del patrimonio geológico y la geodiversidad en los planes de ordenación de los recursos naturales no puede ser inferido exclusivamente a partir de inventarios generales referidos a escala de región biogeográfica. Para una escala geográfica de detalle sería preciso completar las entidades geológicas objeto de inventario y cartografía de acuerdo a la escala requerida. También a esta escala, sería útil que se relacionen con la clasificación de los ecosistemas presentes, especialmente cuando se trate de aquéllos cuya funcionalidad y descripción esté más ligada a estructuras geológicas y procesos morfodinámicos.

El escaso reconocimiento del patrimonio geológico tiene su reflejo en la falta de legislación propia para su protección. En la actualidad, la protección legal general del patrimonio paleontológico, que es parte indivisible del patrimonio geológico, deriva de la Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español que incluye entre sus componentes los inmuebles y objetos muebles de interés paleontológico o arqueológico, los yacimientos y las zonas arqueológicas, entre otros, pero no le presta la atención debida como elemento natural característico. La protección legal de la geodiversidad y del patrimonio geológico se podría reforzar usando el marco de la legislación sobre Patrimonio Natural y Biodiversidad. La definición de la naturaleza del recurso geológico a proteger, el establecimiento de sanciones en caso de daños así como la asignación de la responsabilidad de su cumplimiento a un departamento administrativo determinado son elementos claves para asegurar la eficacia de un sistema de protección.

La recolección y el comercio de fósiles, minerales y de patrimonio geológico mueble en general es una causa importante de daños al patrimonio geológico en España, siendo muchas veces el destino de dicho comercio los mercados internacionales. Existe una escasa regulación sobre este tema que resulta, en general, insuficiente para asegurar su correcta protección, salvo que se trate de material recolectado dentro de un espacio protegido o que haya sido inventariado como patrimonio –por ejemplo, con la categoría de bien cultural—  Para mejorar esta situación serían precisas acciones coordinadas entre las Administraciones de patrimonio histórico, patrimonio natural y comercio internacional. La regulación legal de la recolección en España de estos elementos sería muy conveniente, al igual que el fomento de códigos de conducta voluntarios que prevengan daños, pérdidas innecesarias y que faciliten la actividad investigadora.

Se detecta una carencia de programas educativos e informativos que favorezcan el interés por la conservación y estudio del patrimonio geológico como recurso natural en línea con otros programas más implantados relacionados con la biodiversidad. Asimismo, la cooperación entre instituciones públicas, nacionales e internacionales, organismos científicos y asociaciones civiles involucradas en este ámbito es escasa.

La adecuada consideración del patrimonio geológico como parte del patrimonio natural requiere su identificación mediante inventarios de los que puedan derivarse catálogos. A partir de ellos es posible orientar medidas adecuadas que garanticen la conservación del patrimonio geológico, así como establecer medidas para aprovechar su potencial didáctico, divulgativo y turístico. El estudio de la geodiversidad, y el conocimiento del papel de la geología en los sistemas naturales españoles pueden ayudar a entender mejor el funcionamiento de determinados ecosistemas y la vinculación entre biodiversidad y geodiversidad.

SISTEMAS AGRÍCOLAS Y GANADEROS.

Se entiende por sistemas agrarios (agrosistemas) de alto valor natural aquellos sistemas seminaturales, originados o fuertemente influidos por determinados patrones de usos agrarios extensivos, tradicionales y sostenibles, mantenidos a lo largo de siglos, que han configurado unas comunidades biológicas propias y unos modelos de paisaje rural exclusivos, que a su vez caracterizan los territorios donde dichos patrones de usos agrarios han estado asentados.

En la práctica, una apreciable parte del territorio rural nacional responde a esta caracterización, por lo que una adecuada coordinación entre las políticas territoriales de uso y las políticas de conservación de la biodiversidad resulta absolutamente necesaria.

En la actualidad, se aprecia la existencia de un buen número de sistemas agrarios cuya diversidad biológica manifiesta tendencias desfavorables. Esto es, en parte, consecuencia de alteraciones en el patrón tradicional de usos agrarios que ha venido manteniendo secularmente sus características. Estas presiones se deben en cierto modo a dos fenómenos: de una parte al abandono de la actividad agraria ecológicamente sostenible y, de otra, a la intensificación de las prácticas agrarias. El abandono de la actividad agraria en los hábitats agrarios de alto valor natural está causado, según el informe IRENA, por la falta de rentabilidad de las explotaciones de agricultura extensiva, que junto con las condiciones socioeconómicas desfavorables de estas zonas rurales no favorecen el relevo generacional. La intensificación responde a la necesidad de una mayor productividad y rentabilidad de la actividad agraria. Estas presiones tienen efectos sobre el medio rural y los agrosistemas de alto valor natural difíciles de corregir, si no es mediante una política de desarrollo rural sostenible de largo alcance que tienda a neutralizar sus efectos desfavorables, incidiendo precisamente en el mantenimiento de estos usos sostenibles y de la población rural.

La sustitución de los mosaicos naturales de usos del suelo característicos del medio rural español tradicional por monocultivos empobrece enormemente la biodiversidad asociada a los primeros.

Algunas explotaciones poco rentables en términos económicos, por ejemplo por ubicarse en zonas marginales, generan importantes externalidades ambientales positivas, lo que de por sí justificaría un apoyo específico por parte de la sociedad en su conjunto, y en particular de los poderes públicos. De lo contrario correrían grave riesgo de abandono, lo que conllevaría repercusiones muy negativas tanto para el entorno social, para la cohesión y vertebración territorial, como para la biodiversidad asociada.

Los paisajes agrícolas representan alrededor de la mitad de la superficie total de la Unión Europea, al igual que sucede en España. En términos sociales y económicos, las actividades agrarias generan más del 2,5% del Producto Interior Bruto del Estado y ocupan a más del 3,5% de la población española.

Según el Informe del Artículo 17 de la Directiva Hábitats101, en la Unión Europea sólo el 7% de los hábitats relacionados con la agricultura están en un estado favorable de conservación mientras que para los hábitats no agrícolas este dato asciende al 21%. En consecuencia parece justificado, de cara al futuro, un esfuerzo adicional para mejorar la conservación de la biodiversidad en los sistemas agrarios. En esta misma orientación se mueven, además, las recomendaciones de la Unión Europea respecto a la próxima Política Agraria Común102.

101 Informe de la Comisión de 13 de julio de 2009 sobre el estado de conservación de los tipos de hábitats y especies de conformidad con el artículo 17 de la Directiva de Hábitats COM (2009) 358. Comisión Europea. http://ec.europa.eu/environment/nature/knowledge/rep_habitats/index_en.htm

102 Agricultura y Desarrollo Rural. Comisión Europea. http://ec.europa.eu/agriculture/index_es.htm

— En la siguiente gráfica, traducida del informe de la Agencia Europea de Medio Ambiente EU 2010 biodiversity baseline103, se recoge el estado de conservación de los tipos de hábitats de interés comunitario asociados a agroecosistemas.

103 EU 2010 biodiversity baseline. EEA Report No 12/2010.

Teniendo en cuenta que las regiones biogeográficas presentes en España son la Alpina, la Atlántica, la Mediterránea y la Macaronésica, se podrían destacar los siguientes aspectos:

— En la región Atlántica no ha habido ningún informe favorable

— El alto grado de desconocimiento del estado de conservación de este tipo de hábitats en la región Mediterránea –que no implica necesariamente un estado de conservación desfavorable-

— El máximo porcentaje de hábitats (más del 20%) en estado de conservación favorable en la región Macaronésica.

Los datos del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino indican que, de las 31 especies de aves comunes que presentan un declive moderado, 17 están ligadas a medios agrícolas. Este declive en los medios agrícolas se detecta desde hace años pero se está agravando. En Europa, para el periodo, 1980-2006 también se observa esta tendencia, por lo que resulta necesario propiciar actuaciones concretas que permitan revertirla. Es preciso recordar que determinados entornos agrícolas favorecen el mantenimiento de ecosistemas fundamentales para muchas especies de interés comunitario por lo que es preciso mantenerlos y reforzar su contribución a la conservación de estas especies.

La Política Agraria Común ha ido aumentando con el paso de los años su consideración por el medio ambiente y la biodiversidad. En el marco del primer pilar de la PAC se exige el cumplimiento de requisitos medioambientales en el ámbito de la condicionalidad para el cobro íntegro de las ayudas, y en el marco del segundo pilar se ofrecen oportunidades para favorecer una agricultura más sostenible, que participe en la lucha contra el cambio climático y que contribuya a evitar la pérdida de biodiversidad, tal y como se reconoce en la Comunicación de la Comisión Europea «Detener la Pérdida de la Biodiversidad en 2010 y más adelante104». En esta Comunicación, la Comisión Europea considera que los programas de desarrollo rural deben constituir, junto con otras actuaciones, una herramienta esencial para la conservación de los agrosistemas de alto valor natural, y contribuir de una forma efectiva a la consolidación de la Red Natura 2000 en sus vertientes forestal y agraria.

104 Comunicación de la Comisión «Detener la pérdida de biodiversidad para 2010 y más adelante. Respaldar los servicios de los ecosistemas para el bienestar humano». COM/2006/0216 final.

Existen distintos instrumentos que permiten niveles progresivamente mayores de integración ambiental del sector agrario, desde las evaluaciones ambientales que evitan que puedan autorizarse actuaciones perjudiciales para el medio ambiente, pasando por la condicionalidad agraria, hasta las medidas de aplicación voluntaria a favor del medio ambiente que van más allá de lo exigido por la normativa. Gracias a la condicionalidad, los pagos de las ayudas directas de la Política Agraria Común están condicionados al cumplimiento de ciertas normas ambientales y al mantenimiento de las tierras en buenas condiciones agrarias y medioambientales. El Tribunal de Cuentas Europeo concluye en varios informes105 que este mecanismo constituye un elemento fundamental de la Política Agraria Común, cuya gestión y aplicación es susceptible de mejora en el futuro para que llegue a ser verdaderamente eficaz.

105 Tribunal de Cuentas Europeo: «Informe especial 9/2004 sobre las medidas forestales en el marco de la política de desarrollo rural» Tribunal de Cuentas Europeo: «Informe especial 3/2005 sobre el desarrollo rural: control del gasto ambiental». Tribunal de Cuentas Europeo: Informe especial 7/2006 sobre inversiones en el desarrollo rural Tribunal de Cuentas Europeo: Informe especial 8/2008. «¿Constituye la condicionalidad una política eficaz?»

La reducida implantación de planes de gestión Natura 2000 dificulta que la agricultura y la ganadería territorial se orienten eficazmente a mejorar el estado de conservación de los lugares de la Red Natura 2000, entre otras causas porque la ausencia de planificación impide identificar e incentivar adecuadamente las prácticas agrarias beneficiosas, con pérdida de oportunidades de aplicación de medidas y financiación comunitaria.

Avanzar en los citados aspectos permitiría, por un lado, superar la desconfianza de los propietarios de explotaciones incluidas en la Red Natura y, por otro, asegurar una adecuada y meditada definición de las medidas agroambientales.

En cualquier caso, en la actual programación de desarrollo rural 2007-2013, las medidas agroambientales están obligatoriamente incluidas en los programas de desarrollo rural, y constituyen el mayor capítulo presupuestario dentro del eje 2 sobre mejora del medio ambiente y del entorno rural. En la actual programación de desarrollo rural suponen un total de 2.494,7 millones de euros, lo cual representa el 43,43% del total del gasto público cofinanciado del eje 2.

Parece razonable profundizar en el conocimiento y en la reflexión de cómo se están aplicando los diversos instrumentos de apoyo a la biodiversidad que proponen los programas de desarrollo rural, así como de los efectos cuantificados de las medidas que específicamente se hayan adoptado para favorecer a la biodiversidad. Esta reflexión, además, si se quiere que tenga un mínimo éxito, debe ser compartida y solidaria entre los agricultores, los conservacionistas, y las Administraciones respectivamente responsables de agricultura y del patrimonio natural, en la línea de lo que ya se ha iniciado con el Observatorio de la Diversidad Biológica y los Procesos Ecológicos en el Medio Rural puesto en marcha por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino, en el marco de la Red Rural Nacional106.

106 Desarrollo Rural. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/desarrollo-rural/temas/default.aspx

Las medidas destinadas a apoyar a los actores locales que contribuyen a la mejora de las condiciones ambientales y a la preservación de la biodiversidad en el medio rural se inscriben mayoritariamente dentro de la Política de Desarrollo Rural. En la última revisión de la programación se ha dado carácter horizontal y obligatorio a la presencia en los programas de medidas específicas relacionadas con la conservación de la biodiversidad. No obstante, cada Comunidad Autónoma elabora su propio Programa de Desarrollo Rural, por lo que su ejecución es variable a lo largo del territorio, variación que también permite ajustar las singularidades a los requerimientos específicos del territorio. En cualquier caso, la Dirección General para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural coordina la ejecución de los programas, labor que debe ser mantenida y reforzada, recalcando el análisis sobre los aspectos referidos. Así, la actual programación, determina tres medidas horizontales de obligada inclusión definidas en el Marco Nacional de Desarrollo Rural 2007-2013: Mitigación de la desertificación: prevención de incendios forestales; Ayudas a favor del medio forestal e inversiones no productivas en Red Natura 2000 en el medio forestal; y Apoyo a la biodiversidad en el medio rural, ayudas agroambientales.

En cualquier caso, y de cara a futuras programaciones, las medidas de desarrollo rural dirigidas a la biodiversidad deben intensificar su diseño particularizado y adecuado a la consecución de objetivos y de indicadores para medir sus efectos. Se debe hacer un esfuerzo para que resulte sencillo evaluar los resultados materiales sobre la biodiversidad del presupuesto invertido realmente en estas medidas. Actualmente se dispone de los conocimientos necesarios para diseñar medidas eficaces aplicables en superficies amplias que no supondrían grandes cambios en los modelos de gestión y responderían a prácticas tradicionales por lo que serían fácilmente aplicables y bien aceptadas por el productor. Es necesario intensificar la concertación, nuevamente basada en la colaboración y en la voluntariedad, entre sectores agrarios y conservacionistas, para alcanzar este objetivo.

Por ejemplo, un posible sistema de incentivos sobre la base de las externalidades ambientales positivas que genera la actividad agraria podría ayudar al mantenimiento de explotaciones marginales de alto valor para la biodiversidad con problemas de rentabilidad que comprometen su mantenimiento. Si ese sistema fuera asumido por el sector agrario, y entendido como un argumento para el futuro del mundo rural y de su actividad económica, sin duda será favorable a su incorporación, de ahí la necesidad de actuar conjuntamente con la población local que gestiona el medio rural.

Ejemplo de todo lo anterior es el proceso puesto en marcha para la aplicación de la Ley 45/2007 para el Desarrollo Sostenible del Medio Rural. En particular destaca, por su utilidad, su apuesta por regular y fomentar la suscripción voluntaria de contratos territoriales de zona rural, como instrumento para establecer el conjunto de compromisos a realizar entre las Administraciones Públicas y los titulares de las explotaciones que orienten e incentiven su actividad en beneficio de un desarrollo sostenible del medio rural.

La figura del contrato territorial, trascendiendo de enfoques exclusivamente orientados al mantenimiento de las rentas, ha de perfilarse para mejorar la integración de las actividades en el territorio (agricultura, ganadería, actividad forestal, caza, etc.) y fomentar la generación de externalidades positivas apreciables en los ámbitos ambiental, social y económico, siempre con un enfoque territorial y de sostenibilidad, y una atención personalizada a las características y potencialidades de cada explotación agraria individual.

En el contexto de la conservación de la biodiversidad se considera que este modelo es una buena oportunidad para reforzar el enfoque multifuncional de las explotaciones, especialmente en áreas de alto valor natural, mejorando el asesoramiento ambiental, capacitando a los agricultores y ganaderos para decidir alternativas propias de gestión y aumentando la propia rentabilidad de las explotaciones sobre la base de incentivos a sus externalidades ambientales. A tal fin, resulta evidente e imprescindible que en la definición de los objetivos y los compromisos de los contratos territoriales colaboren estrechamente las Administraciones respectivamente responsables de los ámbitos agrario y ambiental, al menos, pues el concepto de externalidad trasciende por definición de la propia explotación, para incidir de forma directa sobre bienes y fines de carácter público de muy diferente naturaleza (ambientales, sociales, etc.).

Las zonas de alto valor natural mencionadas en el Reglamento (CE) n.º 1974/2006 que establece reglas detalladas para la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1698/2005 del Consejo relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), pueden ser igualmente un instrumento útil para la mejora de la conectividad biológica del territorio y la integración de los requerimientos de conservación ambiental en el sector agrario. Es importante para ello mantener o incluso mejorar la simplicidad y facilidad en su aplicación, evitando las demoras o dificultades que puedan provocar una respuesta crítica en la sociedad rural respecto de su aplicación, que bloquearía toda su eficacia. Caracterizar estos sistemas e identificar de manera concreta y medible los elementos que les dan valor, ayudará a conocer los requerimientos para su conservación y permitir, a los actores territoriales y a las Administraciones, una mayor capacidad para diseñar medidas adecuadas para este fin.

Para lograr la integración agricultura-biodiversidad es precisa una estrecha coordinación entre las diferentes Administraciones y departamentos competentes, pero en particular es básico hacer protagonistas y responsables a los agentes locales que gestionan el territorio. No será posible articular una política de conservación de biodiversidad en el medio rural sin la complicidad de los gestores del territorio y, entre ellos, los agricultores y ganaderos. Su apoyo es esencial, y el principal esfuerzo que debe realizar la administración es lograr su implicación activa.

En el contexto de la Administración General del Estado, es imprescindible que este Plan Estratégico y el Primer Programa de Desarrollo Rural Sostenible para el período 2010-2014 aprobado por el Real Decreto 752/2010, de 4 de junio resulten plenamente coherentes y complementarios. En este sentido, el citado Programa ya contempla expresamente como uno de sus objetivos operativos y una de sus actuaciones elegibles la elaboración de planes de gestión de los lugares Natura 2000 en zonas rurales. También incluye entre sus actuaciones elegibles varias a ejecutar por la propia Administración General del Estado, como son acciones de interés general para conservación de la diversidad biológica, la red de información y asesoramiento con nuevas tecnologías en la Red Natura 2000 y otras áreas con alto valor natural, y acciones de interés general para restauración de los ecosistemas en áreas afectadas por catástrofes o sujetas a graves riesgos. En el ámbito de las actuaciones autonómicas elegibles y cofinanciadas al 50% por la Administración General del Estado, incluye actuaciones concretas de conservación de los espacios naturales protegidos, los hábitat y la diversidad biológica y geológica; gestión sostenible de los recursos forestales, cinegéticos o piscícolas; proyectos de protección, gestión y ordenación del paisaje rural; educación, interpretación y sensibilización ambiental; y apoyo a iniciativas de protección del medio ambiente promovidas por corporaciones locales y organizaciones no gubernamentales.

Una iniciativa singular desarrollada por el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino para fomentar el desarrollo rural sostenible es el Programa de Itinerarios Naturales No Motorizados, antes denominado Caminos Naturales, que busca la promoción, valorización y el conocimiento por parte de la población de estas vías.

Por medio de la reutilización de infraestructuras de transporte, vías pecuarias, plataformas de ferrocarril, caminos de sirga, caminos tradicionales en desuso, etc. se permite el acercamiento de la población a la naturaleza y al medio rural, satisfaciendo una demanda creciente del uso recreativo de estos entornos. Se considera que este programa tiene un interesante potencial para contribuir al desarrollo sostenible del medio rural y que debería fomentarse su sinergia con las líneas de trabajo citadas en los párrafos anteriores.

PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN FORESTAL.

Según los datos del Inventario Forestal Nacional y del Mapa Forestal del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino107, la superficie forestal nacional supera los 27,5 millones de hectáreas, correspondiendo más de 18 millones de hectáreas a superficie forestal arbolada. La mayor parte de los terrenos forestales son de propiedad privada aunque los terrenos de titularidad pública representan también una importante fracción del territorio.

107 Montes y Política Forestal. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/montes-y-politica-forestal/

Los sucesivos inventarios nacionales forestales muestran un incremento notable de superficie arbolada, que se podría justificar, entre otros factores, por el progresivo abandono de actividades agrícolas y por las repoblaciones realizadas por la Administración.

A pesar de estos datos, es preciso destacar que la superficie de bosques maduros o de elevada naturalidad se ha reducido mucho en los últimos siglos. Se trata de un recurso con largos periodos de recuperación. En este sentido sería necesario restablecer una superficie mínima de cada tipo de bosque con un alto grado de naturalidad.

Como primer paso en esta dirección es conveniente crear una red de bosques de alto valor natural que tenga como objetivo la selección de los bosques mejor conservados que sean representativos de todos los tipos de bosques existentes en España. En una primera fase se identificarían estos bosques para, posteriormente, catalogarlos identificando sus principales características geográficas y ecológicas así como las posibles amenazas que pongan en riesgo su conservación con el objetivo de impulsar medidas de conservación así como de comunicación de los valores que representan.

Algunos aspectos que inciden negativamente sobre la biodiversidad forestal son la monoespecificidad de algunas masas, determinadas técnicas de gestión poco adecuadas y la creciente fragmentación provocada por el desarrollo de infraestructuras. Los incendios y los eventos climáticos extremos son un factor añadido que aumentan de manera importante las amenazas sobre los ecosistemas forestales. El cambio climático tendrá importantes efectos sobre los bosques (afecciones sobre la fisiología de las especies forestales, estrés hídrico, aumento de la inflamabilidad, incremento de la incidencia de plagas, etc.).

La respuesta de las especies forestales a los cambios climáticos es impredecible pero, en cualquier caso, el mantenimiento de la variabilidad genética de las especies forestales es fundamental para que las especies puedan adaptarse108 a estos cambios ambientales.

A lo largo de la historia de España, los bosques de las zonas más aptas para la agricultura y la ganadería fueron los primeros en ser eliminados, quedando en la actualidad en estos entornos manchas de reducido tamaño y muy fragmentadas. Los bosques de montaña, por su difícil accesibilidad y poca aptitud agrícola están en mejor estado general de conservación y, aunque ninguno permanece inalterado, hay ejemplos que aún recuerdan en su composición y estructura a las masas originales. Las mayores pérdidas históricas de bosques se han producido en las dos mesetas y en los valles de los principales ríos. Los bosques litorales originales han desaparecido en gran parte de su superficie debido la expansión de los cultivos forestales en las áreas atlántica y cantábrica y a las actividades urbanísticas en el área mediterránea.

108 Libro verde sobre protección de los bosques e información forestal en la UE: Preparación de los bosques al cambio climático. COM(2010)66 final.

Desde mediados del siglo pasado, en España se ha desarrollado una política de repoblación intensa, implantándose extensas superficies forestales constituidas en su mayor parte por coníferas. Los objetivos de estas reforestaciones eran principalmente productores y protectores. Estas plantaciones supusieron, y aún suponen, una importante contribución a la economía de determinadas zonas rurales. En la línea de lo establecido tanto en la Ley de Montes109 como en la Estrategia Forestal Española y el Plan Forestal Español110 es preciso avanzar hacia modelos forestales multifuncionales y sostenibles que permitan la compatibilización de los aspectos productivos con otros aspectos igualmente relevantes como los sociales o ambientales, teniendo en cuenta los nuevos compromisos y demandas actuales. Así, la planificación y gestión forestal sostenible se configura como el principal medio para el logro de estos objetivos.

109 Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y la Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre

110 Estrategia Forestal Española y Plan Forestal Español. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/montes-y-politica-forestal/estrategia-forestal-y-plan-forestal-espanol/default.aspx

La planificación forestal es imprescindible para el logro de una gestión forestal sostenible tanto desde el punto de vista ambiental como económico y social. En este sentido, el principal problema identificado es que, salvo el caso de los montes catalogados de utilidad pública, la mayoría de los montes españoles carecen de gestión.

El Plan Forestal Español establece objetivos cualitativos y cuantitativos entre los que se encuentran objetivos relacionados con la conservación de la diversidad biológica, tanto en los espacios protegidos como en el resto de las áreas forestales, haciendo de la conservación de la diversidad biológica uno de los principios rectores de la gestión forestal. Este Plan se aprobó en 2002 y está sujeto a revisiones intermedias en las que se evalúe su aplicación de modo que se revisen los objetivos a medio plazo y las prioridades teniendo en cuenta nuevos diagnósticos elaborados con los datos disponibles en cada momento. En el contexto de este Plan Estratégico, se considera preciso revisar específicamente el avance hacia los objetivos relacionados con la diversidad biológica del Plan Forestal para, en su caso, proponer las modificaciones pertinentes en el momento en que se proceda a revisar el Plan Forestal en su conjunto.

Respecto a la planificación forestal, el Convenio sobre la Diversidad Biológica recomienda reforzar el enfoque ecosistémico de modo que los planes y proyectos de ordenación forestal se configuren como una herramienta que incluya directrices de conservación de la biodiversidad forestal y buenas prácticas forestales, adecuadas para las distintas actividades y tipos de montes. Así, el sector forestal se podría dotar de una herramienta propia de integración ambiental que le permitiría asumir objetivos e incorporar consideraciones sobre la biodiversidad en origen.

La Ley de Montes establece la figura de los Planes de Ordenación de los Recursos Forestales como figuras de planificación territorial a escala comarcal que se imbrican en la planificación del territorio. Según esta Ley, los montes deben ser gestionados de forma sostenible, integrando los aspectos ambientales con las actividades económicas, sociales y culturales, con la finalidad de conservar el medio natural al tiempo que generar empleo y colaborar al aumento de la calidad de vida y de expectativas de desarrollo de la población rural. Esta Ley habilita al Gobierno para aprobar las directrices básicas comunes de ordenación y aprovechamiento de montes. Estas directrices están pendientes de elaboración y pueden ser un marco adecuado donde considerar aspectos relevantes para la conservación de la biodiversidad forestal tales como los niveles óptimos de madera muerta, los efectos de incendios y plagas, la conservación de áreas sin intervención o la adecuación a los requerimientos de la Red Natura 2000.

En la definición de las políticas forestales a escala nacional es preciso tener en cuenta las decisiones y compromisos derivados de las negociaciones y foros internacionales en la materia, como el Foro Forestal de Naciones Unidas111 o la Conferencia Ministerial sobre Protección de Bosques en Europa112 (Forest Europe), entre otros.

111 Foro Forestal de Naciones Unidas. http://www.un.org/esa/forests/

112 Conferencias Ministeriales de Protección de Bosques en Europa. http://www.foresteurope.org

La certificación forestal es un medio que permite verificar el cumplimiento de determinados estándares de gestión forestal sostenible de manera que el consumidor final de los productos procedentes de un monte certificado tenga la certidumbre de que proceden de un monte gestionado de forma sostenible. Además, la certificación puede servir en España para la promoción del uso de productos forestales y evitar su sustitución por otros cuyo consumo de materias primas o energía no renovable son más altos o cuyo ciclo de vida es más costoso. La Ley de Montes establece que las Administraciones públicas promoverán el desarrollo de los sistemas de certificación, garantizando que el proceso de certificación forestal sea voluntario, transparente y no discriminatorio, así como que velarán por que los sistemas de certificación forestal establezcan requisitos en relación con los criterios ambientales, económicos y sociales que permitan su homologación internacional.

Para poder integrar adecuadamente la consideración de la conservación de la biodiversidad en las actividades forestales, es imprescindible que se apliquen los principios de la gestión forestal sostenible a todos los montes. Con ello se conseguirán beneficios notables sobre el patrimonio natural y la biodiversidad en forma de bienes y servicios sociales, ambientales y económicos. Para ello es importante disponer de conocimientos adecuados y contrastados sobre las técnicas menos impactantes para el uso sostenible de los recursos forestales en cada tipo de monte y dotarse de los adecuados instrumentos de planificación forestal a diversas escalas para lograr la multifuncionalidad.

El potencial de las repoblaciones forestales para contribuir a la restauración ambiental de ecosistemas degradados es muy grande si se realiza siguiendo criterios ecológicos, especialmente en relación con la diversidad estructural y la composición florística de las masas. La mejora de la calidad de las masas y el aumento de su resiliencia, la disminución de la fragmentación y la conectividad entre ellas suponen un importante reto para la gestión forestal.

En este sentido se plantea el problema de la utilización de semillas y plantas forestales en repoblaciones de la misma especie pero de orígenes con condiciones ecológicas diferentes. A medio plazo se generaran poblaciones híbridas que acarrearán pérdida de ecotipos autóctonos e incertidumbre respecto a su adaptación. Así, es fundamental que los materiales forestales de reproducción con los que se realizan las repoblaciones sean de orígenes y calidades genéticas adecuados de modo que se garantice su adaptación y eviten problemas de contaminación genética con masas naturales o poblaciones que hayan sido declaradas como amenazadas.

El Inventario Forestal Nacional es un proyecto encaminado a obtener el máximo de información posible sobre la situación, régimen de propiedad y protección, naturaleza, estado legal, probable evolución y capacidad productora de todo tipo de bienes de los montes españoles. Se trata de un inventario continuo, con una frecuencia de repetición decenal, cuya base es el mapa Forestal de España. A lo largo de sus más de cuatro décadas de historia, el Inventario se ha ido adaptando a los requerimientos de información forestal demandados por la sociedad, incluyéndose, por ejemplo, indicadores para medir las tendencias de la biodiversidad que albergan estos ecosistemas. En el marco de este Plan Estratégico, se considera necesario trabajar para avanzar en el desarrollo de nuevos indicadores sobre biodiversidad, calidad ecológica, diversidad, o de respuesta a diferentes técnicas de gestión forestal.

Los montes gestionados de modo sostenible generan externalidades ambientales positivas de las que se beneficia la sociedad en su conjunto. El pago por servicios ambientales generados por la biodiversidad, en general y por los montes en particular es un principio de este Plan Estratégico y se debería avanzar en su estudio y establecimiento como medio para la financiación de la biodiversidad y su integración en políticas sectoriales. En este contexto, el apoyo explícito de la Ley 42/2007 a la custodia del territorio representa una oportunidad para forjar nuevas alianzas entre el sector forestal privado y la conservación de la biodiversidad.

La superficie forestal de España113 e distribuye entre las diferentes categorías de montes:

Montes Públicos Superficie estimada (ha)
Del Estado 300.000
De las Comunidades Autónomas 1.500.000
De las Entidades Locales 8.000.000
De otras entidades de derecho público 200.000
TOTAL MONTES PÚBLICOS 10.000.000

113 Montes y Política Forestal. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/montes-y-politica-forestal/

Montes Privados Superficie estimada (ha)
De particulares y sociedades en régimen ordinario 15.900.000
De propiedad colectiva
Germánica (Montes Vecinales en Mano Común) 700.000
Romana (Montes de Socios) 1.300.000
De otras entidades de derecho privado 100.000
TOTAL MONTES PRIVADOS 18.000.000

La relevancia cualitativa de los diversos patrimonios forestales viene dada por su adscripción/afección a figuras jurídicas de carácter proteccionista y, en particular, al Catálogo de Montes de Utilidad Pública y al Registro de Montes Protectores.

La Ley de Montes114 define el Catálogo de Montes de Utilidad Pública como un «registro público de carácter administrativo en el que se inscriben todos los montes declarados de Utilidad Pública». Los montes protectores son una figura recogida en la Ley de Montes que hace extensible la utilidad pública forestal a los montes de particulares.

114 Ley 43/2003, de 21 de Noviembre, de Montes

El catálogo es un instrumento técnico-jurídico para la defensa del más cualificado patrimonio forestal de titularidad pública. En su origen (1862) estaba integrado por los montes exceptuados de la desamortización civil y desde entonces se ha venido incrementando la superficie inscrita hasta la actual.

Es una figura de larga tradición y reconocida eficacia para la protección del medio natural. Un ejemplo de ello es que más de la mitad de la superficie forestal catalogada ha sido incluida en la Red Natura 2000.

Los ecosistemas forestales están amenazados por diferentes factores de origen biótico (plagas, enfermedades…), abiótico (incendios forestales, eventos climáticos extremos…) o antropogénico (contaminación atmosférica…).

La sanidad forestal115 tiene como objetivo el mantenimiento del equilibrio de los bosques, entendiendo éste como un proceso dinámico en las relaciones entre los componentes de estos ecosistemas. Las herramientas que utiliza son los medios de corrección de los diferentes sucesos que ponen en peligro la supervivencia de los bosques.

115 Sanidad Forestal. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Sanidad Forestal: http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/montes-y-politica-forestal/sanidad-forestal/

Junto a los fenómenos de plagas, enfermedades forestales y eventos climáticos extremos han surgido nuevos problemas que requieren de una especial atención y estudio por parte de esta área de actividad: Organismos de cuarentena, contaminación atmosférica y los efectos del cambio climático son elementos cuya importancia debe ser evaluada. Son precisas nuevas estrategias centradas en el desarrollo de técnicas de control y mitigación, la selvicultura y el seguimiento y estudio continuados de la salud de nuestros bosques.

La actividad de la Administración General del Estado en el ámbito de la sanidad forestal «clásica» –centrada en plagas, enfermedades y eventos climáticos– tiene su marco regulador establecido en la Ley 43/2002 de Sanidad Vegetal116 y en la Ley de Montes. Las líneas de trabajo son:

116 Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal

— El Fomento y aplicación de técnicas de control no agresivas con medio (lucha biológica, biotecnológica –feromonas– y selvícola).

— Los Seguimientos y estudios sobre el impacto de plagas y enfermedades de ámbito supra-autonómico, organismos exóticos nocivos de cuarentena y otros estudios puntuales.

— La Recopilación de información y asesoría en áreas gestionadas por el Estado o como respuesta a peticiones específicas.

— La Representación en organismos supranacionales e internacionales sobre lucha biológica y sanidad forestal.

En el ámbito de las redes europeas de seguimiento de los daños en bosques117 (evolución de la salud y vitalidad de los bosques españoles) y del seguimiento de los daños por la contaminación atmosférica en los bosques el marco de referencia es, además de la Ley de Montes, el Convenio Marco de Naciones Unidas sobre Contaminación Transfronteriza a Larga Distancia118. Las líneas de trabajo principales son:

117 Redes europeas de seguimiento de daños en bosques. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/montes-y-politica-forestal/sanidad-forestal/

118 Convenio Marco de Naciones Unidas sobre Contaminación Transfronteriza a Larga Distancia. http://www.unece.org/env/lrtap/lrtap_h1.htm

— La Representación española en el ámbito internacional.

— Aplicación en España de las redes Europeas (instalación, mantenimiento y recogida de información, bases de datos, informes periódicos) y coordinación con las Comunidades Autónomas en este ámbito.

El cambio climático es una amenaza grave sobre los ecosistemas forestales y por ello el sector forestal participa activamente en la aplicación y desarrollo del Convenio Marco de Cambio Climático. En este contexto el trabajo más relevante desarrollado es:

— El relativo al proceso de transposición y cumplimiento nacional de los Inventarios Anuales de Gases de Efecto Invernadero, de acuerdo con la Convención de Cambio Climático.

— Los procesos de contabilización y cálculo, en el ámbito de uso del terreno forestal y sus cambios, de acuerdo con lo estipulado por los Acuerdos Internacionales subscritos por España.

La Ley de Economía Sostenible119 dedica su artículo 89 a la capacidad de absorción de los sumideros españoles. Se establece, con el fin de conocer y determinar el carbono absorbido por las actividades de uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y selvicultura en España, que se desarrollará un sistema de información ágil, exhaustivo, preciso y eficaz con actualización periódica y carácter público y accesible.

119 Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

Además, las Administraciones Públicas promoverán el aumento y mejora de sumideros vinculados al uso forestal sostenible. El Inventario Forestal Nacional será una de las fuentes de evaluación de este objetivo.

También se establece el fomento de una serie de acciones vinculadas a la gestión forestal sostenible, a la conservación y mejora de la variabilidad genética de los recursos forestales, a la prevención de los incendios forestales y otros daños así como a la promoción de las energías renovables. Para reducir las emisiones procedentes de los sistemas agrícolas, las Administraciones Públicas promoverán medidas específicas, entre otras, el fomento de prácticas agrícolas, ecológicas y sostenibles.

Los incendios forestales constituyen una grave amenaza sobre la biodiversidad en España120. Las características del clima mediterráneo, con un marcado periodo de sequía estival acompañado de elevadas temperaturas, fenómenos tormentosos con actividad eléctrica y, en ocasiones, fuertes vientos terrales, provocan un alto riesgo de incendio. Determinados aspectos socioeconómicos como el abandono del medio rural, el uso incorrecto del fuego para quemas agrícolas o de pastos, los nuevos usos de las áreas forestales por parte de la población urbana y el aumento de áreas de interfaz urbana-forestal agravan la situación.

120 Defensa contra Incendios Forestales. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/defensa-contra-incendios-forestales/

En el periodo 1970-2008 la tendencia en el número de incendios es creciente, apuntando a la estabilización en los últimos 15 años. La media para el último decenio es de 18626 incendios, suponiendo los conatos (incendios menores de 1 ha) más del 63% de los casos. En cuanto a la superficie afectada, ésta fluctúa de unos años a otros en función fundamentalmente de las condiciones meteorológicas, si bien en los últimos diez años se ha reducido a en torno a una media de 123.441 ha (el 0,47% de la superficie forestal nacional), gracias en parte a las grandes mejoras en los operativos de extinción,

Cabe destacar la especial amenaza que suponen los grandes incendios (de más de 500 ha) que, pese a presentar una tendencia decreciente en número y suponiendo en la actualidad menos de un 0,2% de los siniestros, son responsables de una media anual del 37,5% de la superficie afectada en el último decenio.

La gestión de los incendios forestales a escala nacional está regulada en la Ley 43/2003 de Montes y en la Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes así como en la Estrategia Forestal Español y el Plan Forestal Español.

EROSIÓN Y DESERTIFICACIÓN.

El suelo es un recurso escasamente renovable que presta servicios ecológicos, económicos y sociales y está sometido a crecientes presiones como recurso natural de interés común. La pérdida o degradación de este recurso se asocia a riesgos ambientales como la modificación de los ciclos hídricos, la pérdida de fertilidad, el aumento de inundaciones, la disminución del intercambio de gases entre el suelo y la atmósfera, etc.

Una de las principales amenazas sobre los suelos proviene de los cambio de uso a los que se ve sometido: intensificación agraria, expansión urbanística y de infraestructuras, etc. El incremento de la demanda de agua y el uso insostenible de los recursos hídricos agrava la situación, especialmente en zonas áridas. Todos estos efectos se verán magnificados por el cambio climático.

La cobertura vegetal es un elemento protector de los suelos. En este sentido, las actuaciones de reforestación protectora constituyen un medio para la recuperación de suelos donde falte una cubierta vegetal adaptada a las condiciones del ecosistema. Los tratamientos selvícolas de conservación y mejora de las masas forestales destinados a mantener y potenciar sus cualidades protectoras son también de interés. En el desarrollo de estas actividades no siempre se han tenido adecuadamente en cuenta criterios de conservación de la biodiversidad por lo que en ocasiones han tenido repercusiones negativas sobre la misma. Actualmente sí se consideran con mayor detalle estos aspectos lo que está logrando compatibilizar la protección del suelo con la conservación de la biodiversidad. Se considera preciso continuar avanzando en la integración de la biodiversidad en el desarrollo de las actuaciones de protección de suelos y restauración hidrológico-forestal. En este ámbito debería prestarse especial atención a la restauración forestal y medioambiental por el procedimiento de emergencia de las superficies que hayan sufrido grandes incendios forestales.

Las actuaciones de restauración hidrológico-forestal121 adecuadamente enfocadas, además de proteger el recurso suelo, tienen potencial para el logro de otros efectos ambientales positivos, como la fijación de carbono atmosférico, la conservación de la biodiversidad, la protección de los recursos hídricos, el aumento del empleo rural o la diversificación del paisaje.

121 Plan Nacional de Acciones Prioritarias en materia de restauración hidrológico forestal, Control de la Erosión y Defensa contra la Desertificación. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/lucha-contra-la-desertificacion

Ya existen relaciones entre el Convenio sobre Diversidad Biológica, el de Lucha contra la Desertificación y el de Cambio Climático y se hace necesario fomentar las sinergias entre estas líneas de trabajo para aumentar los conocimientos básicos e impulsar buenas prácticas de gestión que respondan a las necesidades detectadas.

La desertificación es uno de los principales problemas ambientales que sufre España. Este proceso es definido por la Convención de las Naciones Unidas de Lucha Contra la Desertificación122 como la «degradación de las tierras de zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas resultante de diversos factores, tales como las variaciones climáticas y las actividades humanas».

122 Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación. http://www.unccd.int/

La desertificación disminuye la productividad biológica y económica de los suelos y lleva a la pérdida duradera de la cubierta vegetal, además, tiene repercusiones negativas por ejemplo en la regulación del ciclo hidrológico, en la salinización de los suelos, o en el deterioro de la calidad del agua.

En España un 18 % del territorio sufre un riesgo de desertificación alto o muy alto y un 19% un riesgo medio, centrada principalmente en el sureste peninsular y Canarias. Este índice se ha calculado dentro del Programa de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación, elaborado como parte de los compromisos adquiridos por España en el marco de la Convención de las Naciones Unidas de Lucha contra la Desertificación. Esta Convención fue ratificada por España en 1996 y es de obligado cumplimiento desde 1997. De acuerdo con este Programa de Acción, el riesgo de desertificación se calcula en base a varios parámetros: aridez, erosión, frecuencia de incendios y uso insostenible de recursos hídricos. La erosión es la causa más importante de desertificación, y afecta de manera notable a la conservación de los hábitats. Para el estudio de este fenómeno en España se desarrolla el Inventario Nacional de Erosión de Suelos123 que permite graduar con detalle no solo las zonas sometidas a riesgos erosivos sino su evolución en el tiempo.

123 Inventario Nacional de Erosión de Suelos. http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/inventarios-nacionales/inventario-nacional-de-erosion-de-suelos/default.aspx

El Programa de Acción Nacional de Lucha contra la Desertificación desarrolla, además, diversas líneas de acción para la prevención o la reducción de la degradación de las tierras, así como la rehabilitación de tierras parcialmente degradadas y la recuperación de tierras desertificadas, de manera que alcancen un nivel de funcionalidad compatible con su uso actual y futuro. En este contexto se engloba el Proyecto de Lucha Contra la Desertificación en el Mediterráneo (LUCDEME124), una iniciativa del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino que constituye un punto de encuentro de expertos y que promueve, entre otras acciones, estudios y actuaciones encaminadas a conocer la situación real de las áreas afectadas por la desertificación y orientar el diseño de medidas para combatirla.

124 Proyecto de Lucha Contra la Desertificación en el Mediterráneo LUCDEME. Ministerio de Medio Ambiente y Medio http://www.marm.es/es/biodiversidad/temas/lucha-contra-la-desertificacion/

En relación con esta materia, la Ley 42/2007 establece mecanismos específicos: El artículo 73, sobre incentivos a las externalidades positivas teniendo en cuenta los servicios prestados por los ecosistemas en el ámbito de los espacios protegidos y de los acuerdos de custodia del territorio, establece entre los servicios que deberían ser incentivados se encuentra «la conservación de los suelos y del régimen hidrológico como medida de lucha contra la desertificación, en función del grado en que la cubierta vegetal y las prácticas productivas contribuyan a reducir la pérdida o degradación del suelo y de los recursos hídricos superficiales y subterráneos».

La ocupación de suelo debida a proyectos de desarrollo urbanístico es otro grave problema que repercute negativamente sobre la biodiversidad en España, principalmente por la pérdida de hábitats y de conectividad del territorio. La alteración de los sistemas hidrológicos por cambios en los drenajes naturales, impermeabilización de suelos etc., conlleva múltiples impactos asociados como erosión, avenidas etc. La pérdida de suelo natural provoca la disminución de la capacidad de los sistemas ecológicos para proveer bienes y servicios ambientales.

AGUAS CONTINENTALES.

España cuenta con una gran diversidad de ecosistemas asociados a las aguas continentales, con más de 75.000 kilómetros de ríos y al menos 1.500 humedales. Estos ecosistemas tienen importantes valores ambientales y proporcionan múltiples servicios: son refugios y corredores para la biodiversidad, depuran el agua, regulan el clima y los ciclos hidrológicos, atesoran valores estéticos, culturales y paisajísticos, etc.

La Directiva Marco del Agua125 y la legislación de aguas estatal, cuyas principales normas son el Texto Refundido de la Ley de Aguas126; el Reglamento de la Planificación Hidrológica127 y el Reglamento del Dominio Público Hidráulico128 junto con la Directiva Relativa a la Evaluación y Gestión de los Riesgos de Inundación129 y el Real Decreto de Evaluación y Gestión de Riesgos de Inundación130 se valoran como un cuerpo jurídico muy adecuado para la correcta conservación de la biodiversidad asociada a las aguas continentales. La plena aplicación de esta normativa es el principal reto a encarar en la materia.

125 Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas.

126 Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, del Texto Refundido de la Ley de Aguas.

127 Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, del Reglamento de la Planificación Hidrológica.

128 Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, del Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

129 Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación.

130 Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación.

Las presiones que sufren las aguas continentales son múltiples. En la siguiente tabla se resumen algunas de las principales, además, se citan algunos instrumentos para su gestión así como los planes o programas relacionados

Principales presiones Principales presiones Principales presiones Instrumentos para su gestión Principales Planes o programas131 Principales Planes o programas131
CONTAMINACIÓN Fuentes puntuales. Urbanas. – Autorización vertido. – Plan Nacional de Calidad de las Aguas.
CONTAMINACIÓN Fuentes puntuales. Urbanas. – Autorización vertido. – Plan de tolerancia cero de vertidos. Planes hidrológicos de cuenca.
CONTAMINACIÓN Fuentes puntuales. Industriales. ‒ Autorización vertido. – Plan de tolerancia cero de vertidos. Planes hidrológicos de cuenca.
CONTAMINACIÓN Fuentes difusas. Nutrientes. ‒ Programas de acción en zonas vulnerables. – Códigos de buenas prácticas agrarias. ‒ Programas de acción en zonas vulnerables. – Códigos de buenas prácticas agrarias. Planes hidrológicos de cuenca.
CONTAMINACIÓN Fuentes difusas. Plaguicidas. ‒ Autorización previa (Reglamento REACH) – Redes de control Planes hidrológicos de cuenca.
PRESIONES HIDROMORFOLÓGICA Extracciones de agua. Extracciones de agua. – Autorizaciones y concesiones – Programa Alberca. Planes hidrológicos de cuenca.
PRESIONES HIDROMORFOLÓGICA Regulación de caudales (embalses, trasvases, etc.). Regulación de caudales (embalses, trasvases, etc.). ‒ Curvas de desembalse. ‒ Régimen ambiental de caudales. – Autorizaciones y concesiones. – Planificación hidrológica. Planes hidrológicos de cuenca.
PRESIONES HIDROMORFOLÓGICA Alteraciones morfológicas (presas, azudes, canalizaciones, diques, dragados, etc.). Alteraciones morfológicas (presas, azudes, canalizaciones, diques, dragados, etc.). – Autorizaciones y concesiones. Estrategia Nacional de Restauración de Ríos. Planes hidrológicos de cuenca.
OTRAS Especies exóticas, sedimentos contaminados, extracción de áridos, ocupación de márgenes, etc. Especies exóticas, sedimentos contaminados, extracción de áridos, ocupación de márgenes, etc. – Autorizaciones en DPH. Planes hidrológicos de cuenca.

131 Planes y estrategias. Dirección General del Agua. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/agua/planes-y-estrategias/

La mejora de la calidad de las aguas por medio de la lucha contra la contaminación es básica para asegurar un buen estado ecológico de las mismas. En este sentido, se considera especialmente relevante continuar la aplicación del Plan Nacional de Calidad de las Aguas132, que está repercutiendo muy positivamente en la mejora de la biodiversidad asociada a estos ambientes.

132 Plan Nacional de Calidad de las Aguas. http://www.marm.es/es/agua/planes-y-estrategias/PlanNacionalCalidadAguas_tcm7-29339.pdf

El deterioro del estado ambiental de las cuencas vertientes es un problema que repercute muy negativamente en la conservación de los ecosistemas fluviales. Del mismo modo, la ocupación de las llanuras de inundación por diferentes tipos de infraestructuras y actividades provoca rigidez e inmovilidad en los cauces. Una adecuada planificación del espacio fluvial –adaptando los usos a las características de los regímenes fluviales– permitiría una mejor conservación de los ecosistemas fluviales y su biodiversidad asociada. La delimitación y protección de dominio público hidráulico133 se considera el principal instrumento para conseguir este objetivo.

133 Dominio Público Hidráulico. Dirección General del Agua. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/agua/temas/delimitacion-y-restauracion-del-dominio-publico-hidraulico/

En España hay un gran número de infraestructuras ubicadas en los cauces (presas, azudes, diques, motas, etc.) que provocan importantes alteraciones sobre los ecosistemas acuáticos (cambios en los regímenes naturales, en la morfología del cauce, en la dinámica sedimentaria, en los parámetros físico-químicos del agua etc.). Las infraestructuras obsoletas o fuera de servicio ubicadas en los cauces permanecen por tiempo indefinido en ellos y causan un importante efecto barrera sobre las comunidades biológicas. La recuperación de la continuidad longitudinal y transversal de los sistemas fluviales debe ser una línea prioritaria de trabajo para mejorar su estado ecológico.

La pérdida de espacio de movilidad fluvial y la reducción de los caudales sólidos del sistema por extracciones de áridos o captura en barreras provoca desequilibrios geomorfológicos que repercuten muy negativamente en los ecosistemas fluviales y costeros –muy especialmente en las playas‒. Un adecuado mantenimiento de la dinámica natural de los sistemas fluviales asegura su potencial de regeneración natural una vez eliminadas las presiones a que se ven sometidos.

Un efecto adicional especialmente importante provocado por la retención y extracción de áridos en cauces y embalses es el deterioro y erosión de las playas próximas a las desembocaduras de los ríos. La dinámica natural de estos sistemas provoca que los sedimentos procedentes de las cuencas sean transportados hasta el mar, donde pasan a formar parte de las playas. La captura de caudales sólidos en los embalses de la cuenca o la extracción de áridos del cauce provoca la desaparición del sistema del material básico que conforma y mantiene la integridad de las costas arenosas. La alteración de esta dinámica es el principal factor que provoca la erosión de playas y con ella retroceso costero. Los embalses también funcionan en determinadas ocasiones como trampas de nutrientes, lo que puede provocar alteraciones en los sistemas tróficos de los ecosistemas asociados.

La degradación de los entornos riparios por las causas citadas anteriormente es especialmente preocupante por su carácter conector entre ecosistemas y, por tanto, vertebrador del territorio natural.

Los cambios de condiciones ambientales en los ecosistemas acuáticos provocan modificaciones profundas en sus comunidades biológicas originales, que llegan a ser sustituidas por otras frecuentemente dominadas por especies exóticas: Al menos un tercio de la ictiofauna presente en aguas continentales españolas es exótica134, los ecosistemas fluviales se ven afectados por algunas de las especies exóticas invasoras identificadas como más dañinas135 (Helecho de agua Azolla filiculoides, jacinto de agua Eichhornia crassipes, mejillón cebra Dreissena polimorpha, cangrejo rojo Procambarus clarkii, galápago de Florida Trachemys scripta, malvasía canela Oxyura jamaicensis, visón americano Mustela vison, etc.). El Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, actualmente en elaboración, será un marco adecuado para la acción conjunta y planificada contra las especies exóticas invasoras.

134 Atlas y libro rojo de los peces continentales de España. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. http://www.marm.es/es/cartografia-y-sig/temas/banco-de-datos-de-la-biodiversidad-bdb-/informacion-disponible/index2010-11-11_20.53.23.8893.aspx

135 Especies exóticas invasoras: Diagnóstico y bases para la prevención y el manejo. Naturaleza y Parques Nacionales Serie Técnica. Ministerio de Medio Ambiente 2006.

El Plan Hidrológico Nacional136 establece en su artículo 26 que «a los efectos de la evaluación de disponibilidades hídricas, los caudales ambientales que se fijen en los Planes Hidrológicos de cuenca, de acuerdo con la Ley de Aguas, tendrán la consideración de una limitación previa a los flujos del sistema de explotación, que operará con carácter preferente a los usos contemplados en el sistema». Para su establecimiento, los Organismos de Cuenca realizarán estudios específicos para cada tramo de río, teniendo en cuenta la dinámica de los ecosistemas y las condiciones mínimas de su biocenosis. Las disponibilidades obtenidas en estas condiciones son las que pueden, en su caso, ser objeto de asignación y reserva para los usos existentes y previsibles.

136 Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional, modificada por la Ley 11/2005, de 22 de junio.

Por su parte, el Reglamento de la Planificación Hidrológica define el caudal ecológico como aquel que contribuye a alcanzar el buen estado o buen potencial ecológico en los ríos o en las aguas de transición y mantiene, como mínimo, la vida piscícola que de manera natural habitaría o pudiera habitar en el río, así como su vegetación de ribera.

La Instrucción de Planificación Hidrológica137, que incluye indicaciones y recomendaciones técnicas para orientar una elaboración homogénea y sistemática de los nuevos planes hidrológicos, dedica un capítulo a los regímenes de caudales ecológicos.

137 Orden ARM/2656/2008, de 10 de septiembre, por la que se aprueba la instrucción de planificación hidrológica.

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