Real Decreto 1532/2011, de 31 de octubre, por el que se establecen siete certificados de profesionalidad de la familia profesional Madera, mueble y corcho que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad

Rango Real Decreto
Publicación 2011-12-09
Última actualización 2013-03-21
Estado Vigente texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Trabajo e Inmigración
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

1 acto modificador · 2013-03-21, Real Decreto 189/2013, de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de…

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8. Planificación y desarrollo en la industria de producción de tableros.

– Utilización de adhesivos y aditivos especiales para la fabricación de tableros de partículas.

– Encolado de partículas o fibras.

– Formación de la manta.

– Preprensado y prensado.

– Enfriado y mecanización de tableros.

– Recubrimiento de materiales y componentes para el rechapado de tableros de partículas y de fibras.

– Encolado de chapas y de recubrimiento.

– Prensado de chapas decorativas y de recubrimientos sobre tableros base.

– Realización de los controles de calidad en base a las características y tolerancias establecidas.

9. Planificación y desarrollo en la producción de MLE.

– Aserrado de madera.

– Clasificación de piezas por calidades

– Optimización y saneamiento de piezas

– Encolado por testa

– Fraguado del encolado en testas

– Reposo de piezas

– Encolado de caras en piezas empalmadas

– Encofrados de piezas empalmadas sobre los bastidores de formación

– Fraguado de las grandes escuadrías por presión y radiofrencuencia

– Desencofrado de escuadrias

– Realización de recortes según planificación

Lijado y tratamiento

– Aplicación de la fase acabado.

10. Ensayos e Inspecciones de Calidad.

– Evaluación de las materias primas.

– Realización de ensayos en la industria de la madera, mueble y corcho.

– Inspección de productos de madera, mueble y corcho.

– Identificación de sistemas de control en procesos.

– Cumplimentación de la documentación de control del proceso.

11. Cumplimiento de las normas de seguridad e higiene en las industrias de la madera, mueble y corcho y protección del medio ambiente.

– Aplicación las normas de seguridad y salud laboral

– Evaluación de los riesgos inherentes en la industria de la madera, mueble y corcho.

– Establecimiento de medidas preventivas.

– Utilización de elementos de protección.

– Aplicación de los sistemas de prevención.

– Interpretación de la simbología normalizada de seguridad y prevención de riesgos.

– Utilización de los elementos de seguridad de instalaciones y maquinaria.

– Realización de simulacro de emergencias.

– Aplicación de las normas de protección medioambiental y tratamiento de residuos.

12. Integración y comunicación en el centro de trabajo.

– Comportamiento responsable en el centro de trabajo.

– Respeto a los procedimientos y normas del centro de trabajo.

– Interpretación y ejecución con diligencia las instrucciones recibidas.

– Reconocimiento del proceso productivo de la organización.

– Utilización de los canales de comunicación establecidos en el centro de trabajo.

– Adecuación al ritmo de trabajo de la empresa.

IV. PRESCRIPCIONES DE LOS FORMADORES

Módulos Formativos Acreditación requerida Experiencia profesional requerida en el ámbito de la unidad de competencia
MF1365_3: Gestión del parque de madera y corcho • Licenciado, ingeniero, arquitecto o el titulo de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. • Diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico o el titulo de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. 3 años
MF1366_3: Control de la producción en las industrias de transformación de la madera aserrada • Licenciado, ingeniero, arquitecto o el titulo de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. • Diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico o el titulo de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. 3 años
MF1367_3: Control de la producción en la industria de transformación del corcho • Licenciado, ingeniero, arquitecto o el titulo de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. • Diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico o el titulo de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. 3 años
MF1368_3: Control de la producción en las industrias de producción de tableros y madera laminada encolada • Licenciado, ingeniero, arquitecto o el titulo de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. • Diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico o el titulo de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. 3 años
MF1364_3: Calidad, seguridad y medio ambiente en industrias de la madera, corcho y mueble • Licenciado, ingeniero, arquitecto o el titulo de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. • Diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico o el titulo de grado correspondiente u otros títulos equivalentes. 3 años

V. REQUISITOS MÍNIMOS DE ESPACIOS, INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO

Espacio Formativo Superficie m2 15 alumnos Superficie m2 25 alumnos
Aula técnica de Planificación y Gestión de Fabricación en Industrias de la Madera y Corcho 45 60
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Espacio Formativo M1 M2
Aula técnica de Planificación y Gestión de Fabricación en Industrias de la Madera y Corcho X X
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Espacio Formativo Equipamiento
Aula técnica de Planificación y Gestión de Fabricación en Industrias de la Madera y Corcho – Equipos audiovisuales – PCs instalados en red y cañón de proyección e internet – Software específico de gestión de parque de maderas – Pizarras para escribir con rotulador – Rotafolios – Material de aula – Mesa y silla para formador – Mesas y sillas para alumnos – Simulador para el control y gestión de tableros y MLE – Simulador para el control y gestión de productos del corcho – Simulador para el control y gestión de aserraderos

No debe interpretarse que los diversos espacios formativos identificados deban diferenciarse necesariamente mediante cerramientos.

Las instalaciones y equipamientos deberán cumplir con la normativa industrial e higiénico sanitaria correspondiente y responderán a medidas de accesibilidad universal y seguridad de los participantes.

El número de unidades que se deben disponer de los utensilios, máquinas y herramientas que se especifican en el equipamiento de los espacios formativos, será el suficiente para un mínimo de 15 alumnos y deberá incrementarse, en su caso, para atender a número superior.

En el caso de que la formación se dirija a personas con discapacidad se realizarán las adaptaciones y los ajustes razonables para asegurar su participación en condiciones de igualdad.

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