Real Decreto 1585/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el Título de Técnico Superior en Acuicultura y se fijan sus enseñanzas mínimas
– Diseño y montaje de acuarios y espacios de exhibición.
– Mantenimiento de las instalaciones y equipos.
– Organización y control de la alimentación.
– Organización y control de las medidas sanitarias.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:
– Exhibición de especies acuarofílicas.
– Organización y supervisión de laboratorios acuarofílicos.
– Producción de especies acuarofílicas.
La formación del módulo contribuye a alcanzar los objetivos generales a), d), e), f), g), h), k), l), o) y q) del ciclo formativo, y las competencias a), c), d), e), f), g), h), k), ñ) y o) del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
– Valoración de especies de interés comercial y de exhibición.
– Diseño de espacios acuarofílicos.
– Montaje y mantenimiento de instalaciones.
– Establecimiento del plan de producción de especies de acuarofilia.
– Establecimiento del plan de acondicionamiento y estabulación de cultivos.
– Determinación de protocolos de alimentación y tratamiento higiénico-sanitario.
Módulo Profesional: Proyecto intermodular
de implantación de un centro de producción acuícola.
Equivalencia en créditos ECTS: 5
Código: 1025
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Identifica necesidades del sector productivo, relacionándolas con proyectos tipo que las puedan satisfacer.
Criterios de evaluación:
Se han clasificado las empresas del sector por sus características organizativas y el tipo de producto o servicio que ofrecen.
Se han caracterizado las empresas tipo indicando la estructura organizativa y las funciones de cada departamento.
Se han identificado las necesidades más demandadas a las empresas.
Se han valorado las oportunidades de negocio previsibles en el sector.
Se ha identificado el tipo de proyecto requerido para dar respuesta a las demandas previstas.
Se han determinado las características específicas requeridas por el proyecto.
Se han determinado las obligaciones fiscales, laborales y de prevención de riesgos, y sus condiciones de aplicación.
Se han identificado posibles ayudas o subvenciones para la incorporación de las nuevas tecnologías de producción o de servicio que se proponen.
Se ha elaborado el guion de trabajo que se va a seguir para la elaboración del proyecto.
2. Diseña proyectos relacionados con las competencias expresadas en el título, incluyendo y desarrollando las fases que lo componen.
Criterios de evaluación:
Se ha recopilado información relativa a los aspectos que van a ser tratados en el proyecto.
Se ha realizado el estudio de viabilidad técnica del mismo.
Se han identificado las fases o partes que componen el proyecto y su contenido.
Se han establecido los objetivos que se pretenden conseguir, identificando su alcance.
Se han previsto los recursos materiales y personales necesarios para realizarlo.
Se ha realizado el presupuesto económico correspondiente.
Se han identificado las necesidades de financiación para la puesta en marcha del mismo.
Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para su diseño.
Se han identificado los aspectos que se deben controlar para garantizar la calidad del proyecto.
3. Planifica la ejecución del proyecto, determinando el plan de intervención y la documentación asociada.
Criterios de evaluación:
Se han secuenciado las actividades, ordenándolas en función de las necesidades de desarrollo.
Se han determinado los recursos y la logística necesaria para cada actividad.
Se han identificado las necesidades de permisos y autorizaciones para llevar a cabo las actividades.
Se han determinado los procedimientos de actuación o ejecución de las actividades.
Se han identificado los riesgos inherentes a la ejecución, definiendo el plan de prevención de riesgos y los medios y equipos necesarios.
Se ha planificado la asignación de recursos materiales y humanos y los tiempos de ejecución.
Se ha hecho la valoración económica que da respuesta a las condiciones de la puesta en práctica.
Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para la ejecución.
4. Define los procedimientos para el seguimiento y control en la ejecución del proyecto, justificando la selección de variables e instrumentos empleados.
Criterios de evaluación:
Se ha definido el procedimiento de evaluación de las actividades o intervenciones.
Se han definido los indicadores de calidad para realizar la evaluación.
Se ha definido el procedimiento para la evaluación de las incidencias que puedan presentarse durante la realización de las actividades, su posible solución y registro.
Se ha definido el procedimiento para gestionar los posibles cambios en los recursos y en las actividades, incluyendo el sistema de registro de los mismos.
Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para la evaluación de las actividades y del proyecto.
Se ha establecido el procedimiento para la participación en la evaluación de los usuarios o clientes y se han elaborado los documentos específicos.
Se ha establecido un sistema para garantizar el cumplimiento del pliego de condiciones del proyecto cuando este existe.
Duración: 25 horas.
Orientaciones pedagógicas.
Este módulo profesional complementa la formación establecida para el resto de los módulos profesionales que integran el título en las funciones de análisis del contexto, diseño del proyecto y organización de la ejecución.
La función de análisis del contexto incluye las subfunciones de recopilación de información, identificación de necesidades y estudio de viabilidad.
La función de diseño del proyecto tiene como objetivo establecer las líneas generales para dar respuesta a las necesidades planteadas, concretando los aspectos relevantes para su realización. Incluye las subfunciones de definición del proyecto, planificación de la intervención y elaboración de la documentación.
La función de organización de la ejecución incluye las subfunciones de programación de actividades, gestión de recursos y supervisión de la intervención.
Las actividades profesionales asociadas a estas funciones se desarrollan en el sector de la acuicultura
La formación del módulo se relaciona con la totalidad de los objetivos generales del ciclo y de las competencias profesionales, personales y sociales del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo están relacionadas con:
– La ejecución de trabajos en equipo.
– La responsabilidad y la autoevaluación del trabajo realizado.
– La autonomía y la iniciativa personal.
– El uso de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación.
Módulo Profesional: Inglés Profesional (GS)
Código: 0179
Módulo Profesional: Itinerario personal para la empleabilidad I
Código: 1709
Módulo Profesional: Itinerario personal para la empleabilidad II
Código: 1710
Módulo Profesional: Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS)
Código: 1665
Módulo Profesional: Sostenibilidad aplicada al sistema productivo
Código: 1708
Téngase en cuenta que el código, duración del currículo básico, equivalencia en créditos ECTS, resultados de aprendizaje y criterios de evaluación del módulo profesional 0179 figura como anexo X del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, el de los módulos 1709 y 1710 figuran como anexo V, el del módulo 1665 figura como anexo VII y el del módulo 1708 figura como anexo VIII del mismo Real Decreto, según establece el art. 7.1.b) del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10685
Se modifica por el art. 7.1 del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10685
Téngase en cuenta la disposición adicional 1, respecto a las horas del currículo básico para las comunidades autónomas con lengua cooficial, y la disposición adicional 2, que adapta el número de créditos ECTS de acuerdo con la tabla que figura como anexo XCI del citado Real Decreto.
ANEXO II. Espacios
| Espacio Formativo |
|---|
| Aula polivalente. |
| Aula de mantenimiento. |
| Laboratorio de análisis. |
| Instalación para zona húmeda de acuicultura. |
ANEXO III. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de Técnico Superior en Acuicultura
| Módulo profesional | Especialidad del profesorado | Cuerpo |
|---|---|---|
| 1015. Técnicas y gestión de la producción de cultivos auxiliares. | – Instalaciones y Equipos de Cría y Cultivo. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1016. Técnicas y gestión de la producción de peces. | – Procesos de Cultivo Acuícola. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1017. Técnicas y gestión de la producción de moluscos. | – Procesos de Cultivo Acuícola. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1018. Técnicas y gestión de la producción de crustáceos. | – Procesos de Cultivo Acuícola. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1019. Instalaciones, innovación y sistemas de automatización en acuicultura. | – Instalaciones y Equipos de Cría y Cultivo. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1020. Técnicas analíticas y métodos de control sanitario en acuicultura. | – Procesos de Cultivo Acuícola. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1021. Gestión medioambiental de los procesos acuícolas. | – Procesos de Cultivo Acuícola. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1022. Acuarofilia. | – Procesos de Cultivo Acuícola. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1025. Proyecto intermodular de implantación de un centro de producción acuícola. | – Instalaciones y Equipos de Cría y Cultivo. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1025. Proyecto intermodular de implantación de un centro de producción acuícola. | – Procesos de Cultivo Acuícola. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1709. Itinerario personal para la empleabilidad I. | – Formación y Orientación Laboral. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1710. Itinerario personal para la empleabilidad II. | – Formación y Orientación Laboral. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. | – Instalaciones y Equipos de Cría y Cultivo. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. | – Procesos de Cultivo Acuícola. – Formación y Orientación Laboral. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1665. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS). | – Instalaciones y Equipos de Cría y Cultivo. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1665. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS). | – Procesos de Cultivo Acuícola. – Formación y Orientación Laboral. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 0179. Inglés Profesional (GS). | – Inglés. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.» |
Se suprimen los anexos III A), III B) y III C) y se añade el anexo III, con el contenido que figura como anexo XXXIX del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, según establece su art. 8.38. Ref. BOE-A-2024-10685
ANEXO IV. Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico Superior en Acuicultura al amparo de la Ley Orgánica 2/2006
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17274#dd
ANEXO V A). Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, con los módulos profesionales para su convalidación
| Unidades de competencia acreditadas | Módulos profesionales convalidables |
|---|---|
| UC0741_3: Coordinar y gestionar la producción de las áreas del criadero en acuicultura. | 1015. Técnicas y gestión de la producción de cultivos auxiliares. |
| UC0741_3: Coordinar y gestionar la producción de las áreas del criadero en acuicultura. | 1016. Técnicas y gestión de la producción de peces. |
| UC0744_3: Coordinar y gestionar la producción en las fases del engorde en acuicultura. | 1017. Técnicas y gestión de la producción de moluscos. |
| 1018. Técnicas y gestión de la producción de crustáceos. | |
| UC0742_3: Prevenir y controlar las medidas de protección sanitaria y patologías en el criadero de acuicultura. | 1020. Técnicas analíticas y métodos de control sanitario en acuicultura. |
| UC0745_3: Planificar la prevención y el control de las patologías durante el engorde de especies acuícolas. | 1020. Técnicas analíticas y métodos de control sanitario en acuicultura. |
| UC0743_3: Supervisar controles físico-químicos y ambientales relacionados con el criadero de acuicultura. | 1020. Técnicas analíticas y métodos de control sanitario en acuicultura. |
| UC0746_3: Supervisar los controles medioambientales en el proceso del engorde acuícola. | 1020. Técnicas analíticas y métodos de control sanitario en acuicultura. |
| UC0743_3: Supervisar controles físico-químicos y ambientales relacionados con el criadero de acuicultura. | 1021. Gestión medioambiental de los procesos acuícolas. |
| UC0746_3: Supervisar los controles medioambientales en el proceso del engorde acuícola. | 1021. Gestión medioambiental de los procesos acuícolas. |
| UC0558_3: Cooperar en la implantación y desarrollo del plan de calidad y gestión ambiental en la industria alimentaria. | 1021. Gestión medioambiental de los procesos acuícolas. |
Nota: las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidado el módulo profesional «1022. Acuarofilia».
ANEXO V B). Correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de competencia para su acreditación
| Módulos profesionales superados | Unidades de competencia acreditables |
|---|---|
| 1015. Técnicas y gestión de la producción de cultivos auxiliares. | UC0741_3: Coordinar y gestionar la producción de las áreas del criadero en acuicultura. |
| 1016. Técnicas y gestión de la producción de peces. | UC0744_3: Coordinar y gestionar la producción en las fases del engorde en acuicultura. |
| 1017. Técnicas y gestión de la producción de moluscos. | |
| 1018. Técnicas y gestión de la producción de crustáceos. | |
| 1016. Técnicas y gestión de la producción de peces. | UC0744_3: Coordinar y gestionar la producción en las fases del engorde en acuicultura. |
| 1017. Técnicas y gestión de la producción de moluscos. | |
| 1018. Técnicas y gestión de la producción de crustáceos. | |
| 1020. Técnicas analíticas y métodos de control sanitario en acuicultura. | UC0742_3: Prevenir y controlar las medidas de protección sanitaria y patologías en el criadero de acuicultura. |
| UC0745_3: Planificar la prevención y el control de las patologías durante el engorde de especies acuícolas. | |
| UC0743_3: Supervisar controles físico-químicos y ambientales relacionados con el criadero de acuicultura. | |
| UC0746_3: Supervisar los controles medioambientales en el proceso del engorde acuícola. | |
| 1021. Gestión medioambiental de los procesos acuícolas. | UC0743_3: Supervisar controles físico-químicos y ambientales relacionados con el criadero de acuicultura. |
| UC0746_3: Supervisar los controles medioambientales en el proceso del engorde acuícola. | |
| UC0558_3: Cooperar en la implantación y desarrollo del plan de calidad y gestión ambiental en la industria alimentaria. |
Téngase en cuenta que quedan sin efectos cualquier referencia a titulaciones habilitantes a efectos de docencia que remita al derogado anexo III B) y cualquier referencia a las preferencias para el acceso a ciclos formativos de grado superior en relación con las modalidades y materias de Bachillerato cursadas contenidas en este Real Decreto, y las referencias contenidas en el articulado a las «competencias profesionales, personales y sociales» deben entenderse hechas a «competencias profesionales y para la empleabilidad», así como las referencias contenidas en el articulado al módulo de «Proyecto» pasa a denominarse «Proyecto intermodular», según establecen las disposiciones adicionales 4 a 7 del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10685
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