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Real Decreto 1691/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura y se fijan sus enseñanzas mínimas
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· 2011-12-16
2024-05-28
Real Decreto 1691/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el
2020-12-30
Real Decreto 1691/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el
Cambios del 2020-12-30
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(2) Pueden compartir el mismo espacio.
(3) Espacio singular no necesariamente ubicado en el Centro de Formación ni perteneciente al mismo.
## ANEXO III. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura
| Módulo profesional | Especialidad del profesorado | Cuerpo |
| --- | --- | --- |
| 0798. Maniobra y estiba. | – Máquinas, Servicios y Producción. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 0799. Navegación, gobierno y comunicaciones del buque. | – Navegación e Instalaciones Marinas. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 0800. Control de las emergencias. | – Navegación e Instalaciones Marinas. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 0179. Inglés Profesional (GS). | – Inglés. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 0802. Organización de la asistencia sanitaria a bordo. | – Procesos Sanitarios. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 0803. Administración y gestión del buque y de la actividad pesquera. | – Navegación e Instalaciones Marinas. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 0804. Guardia de puente. | – Navegación e Instalaciones Marinas. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 0805. Pesca de altura y gran altura. | – Según lo establecido en el capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio | |
| 0808. Proyecto intermodular de implementación de una ruta de transporte marítimo. | – Máquinas, Servicios y Producción. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 0808. Proyecto intermodular de implementación de una ruta de transporte marítimo. | – Navegación e Instalaciones Marinas. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1709. Itinerario personal para la empleabilidad I. | – Formación y Orientación Laboral. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1710. Itinerario personal para la empleabilidad II. | – Formación y Orientación Laboral. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. | – Máquinas, Servicios y Producción. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. | – Navegación e Instalaciones Marinas. – Formación y Orientación Laboral. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1665. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS). | – Máquinas, Servicios y Producción. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1665. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS). | – Navegación e Instalaciones Marinas. – Formación y Orientación Laboral. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
> <small>Se suprimen los anexos III A), III B) y III C) y se añade el anexo III, con el contenido que figura como anexo LXXVII del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, según establece su art. 8.73. [Ref. BOE-A-2024-10685](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2024-10685)</small>
## ANEXO III A). Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura
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## ANEXO IV. Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura al amparo de la Ley Orgánica 2/2006.
| Módulos profesionales incluidos en Ciclos Formativos establecidos en LOGSE 1/1990 | Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOE 2/2006): Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. |
| --- | --- |
| Derecho marítimo, legislación pesquera y administración. | 0803. Administración y gestión del buque y de la actividad pesquera. |
| Maniobra y carga del buque. | 0798. Maniobra y estiba. |
| Gobierno del buque. | 0799. Navegación, gobierno y comunicaciones del buque. |
| Pesca marítima y biología de las especies de interés comercial. | 0805. Pesca de altura y gran altura. |
| Seguridad, prevención y supervivencia en la mar. | 0800. Control de las emergencias. |
| Atención sanitaria de urgencia a bordo. | 0802. Organización de la asistencia sanitaria a bordo. |
| Lengua extranjera (Inglés). | 0179. Inglés. |
| Relaciones en el entorno de trabajo. | 0807. Empresa e iniciativa emprendedora. |
| Formación en centro de trabajo del título de Técnico Superior en Navegación, Pesca y Transporte Marítimo. | 0809. Formación en centros de trabajo. |
**(Derogado)**
> <small>Se deroga por la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre. [Ref. BOE-A-2020-17274#dd](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-17274)</small>
> <small>Téngase en cuenta, en relación con la convalidación de módulos de Formación y orientación laboral de títulos amparados en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, la disposición transitoria 2 del citado real decreto.</small>
## ANEXO V.A). Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas de acuerdo con lo establecido en el Artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, con los módulos profesionales para su convalidación
2011-12-16
Real Decreto 1691/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece
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