Real Decreto 1075/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas
– La aplicación de técnicas de primeros auxilios.
– La valoración diagnóstica a partir de la determinación de las constantes vitales de un paciente.
– El control de la funcionalidad de los aparatos, sistemas y órganos del cuerpo humano en situaciones de atención sanitaria.
– El tratamiento paliativo de los principales tipos de traumatismos, a partir de las manifestaciones más comunes de sus signos y síntomas.
– La aplicación de procedimientos de reanimación cardio-pulmonar, administración de inyectables y realización de suturas, entre otros, haciendo uso de material didáctico específico (muñecos y sensores, entre otros).
– La evaluación de la casuística de usos del material de los botiquines reglamentarios y procedimientos de aplicación habituales a bordo.
Módulo Profesional: Proyecto de organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones.
Equivalencia en créditos ECTS: 5
Código: 1315
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Identifica necesidades del sector productivo, relacionándolas con proyectos tipo que las puedan satisfacer.
Criterios de evaluación:
Se han clasificado las empresas del sector por sus características organizativas y el tipo de producto o servicio que ofrecen.
Se han caracterizado las empresas tipo, indicando la estructura organizativa y las funciones de cada departamento.
Se han identificado las necesidades más demandadas a las empresas.
Se han valorado las oportunidades de negocio previsibles en el sector.
Se ha identificado el tipo de proyecto requerido para dar respuesta a las demandas previstas.
Se han determinado las características específicas requeridas el proyecto.
Se han determinado las obligaciones fiscales, laborales y de prevención de riesgos, y sus condiciones de aplicación.
Se han identificado posibles ayudas o subvenciones para la incorporación de nuevas tecnologías de producción o de servicio que se proponen.
Se ha elaborado el guion de trabajo que se va a seguir para la elaboración del proyecto.
2. Diseña proyectos relacionados con las competencias expresadas en el título, incluyendo y desarrollando las fases que lo componen.
Criterios de evaluación:
Se ha recopilado información relativa a los aspectos que van a ser tratados en el proyecto.
Se ha realizado el estudio de viabilidad técnica del mismo.
Se han identificado las fases o partes que componen el proyecto y su contenido.
Se han establecido los objetivos que se pretenden conseguir, identificando su alcance.
Se han previsto los recursos materiales y personales necesarios para realizarlo.
Se ha realizado el presupuesto económico correspondiente.
Se han identificado las necesidades de financiación para la puesta en marcha del mismo.
Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para su diseño.
Se han identificado los aspectos que se deben controlar para garantizar la calidad del proyecto.
3. Planifica la implementación o ejecución del proyecto, determinando el plan de intervención y la documentación asociada.
Criterios de evaluación:
Se han secuenciado las actividades ordenándolas en función de las necesidades de su desarrollo.
Se han determinado los recursos y la logística necesaria para cada actividad.
Se han identificado las necesidades de permisos y autorizaciones para llevar a cabo las actividades.
Se han determinado los procedimientos de actuación o ejecución de las actividades.
Se han identificado los riesgos inherentes a la implementación, definiendo el plan de prevención de riesgos y los medios y equipos necesarios.
Se han planificado la asignación de recursos materiales y humanos y los tiempos de ejecución.
Se ha hecho la valoración económica que da respuesta a las condiciones de su puesta en práctica.
Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para la ejecución.
4. Define los procedimientos para el seguimiento y control en la ejecución del proyecto, justificando la selección de variables e instrumentos empleados.
Criterios de evaluación:
Se ha definido el procedimiento de evaluación de las actividades o intervenciones.
Se han definido los indicadores de calidad para realizar la evaluación.
Se ha definido el procedimiento para la evaluación de las incidencias que puedan presentarse durante la realización de las actividades, su posible solución y registro.
Se ha definido el procedimiento para gestionar los posibles cambios en los recursos y en las actividades, incluyendo el sistema de registro de los mismos.
Se ha definido y elaborado la documentación necesaria para la evaluación de las actividades y del proyecto.
Se ha establecido el procedimiento para la participación en la evaluación de los usuarios o clientes y se han elaborado los documentos específicos.
Se ha establecido un sistema para garantizar el cumplimiento del pliego de condiciones del proyecto cuando este existe.
Duración: 25 horas.
Orientaciones pedagógicas.
Este módulo profesional complementa la formación establecida para el resto de los módulos profesionales que integran el título en las funciones de análisis del contexto, diseño del proyecto y organización de la ejecución.
La función de análisis del contexto incluye las subfunciones de obtención de la información de la travesía o de la empresa de embarcaciones, la identificación de las necesidades de los planes de mantenimiento y los estudios de recursos y viabilidad.
La función de diseño del proyecto tiene como objetivo establecer las líneas generales para dar respuesta a las necesidades planteadas, concretando los aspectos relevantes para su realización. Incluye las subfunciones de definición de las condiciones del mantenimiento de buques y embarcaciones, la determinación de los programas de mantenimiento de las distintas máquinas, equipos e instalaciones de buques y embarcaciones y la definición de los medios de recogida y tratamiento de la información.
La función de organización de la ejecución incluye las subfunciones de organización y ejecución de las guardias, la organización de los espacios de trabajo, según se trate de buques o instalaciones en tierra, la gestión de los recursos humanos y la supervisión de los trabajos de mantenimiento y montaje de maquinaria e instalaciones de buques y embarcaciones.
Las actividades profesionales asociadas a estas funciones se desarrollan en los sectores del transporte marítimo, la pesca y la construcción y el mantenimiento de embarcaciones.
La formación del módulo se relaciona con la totalidad de los objetivos generales del ciclo y de las competencias profesionales, personales y sociales del título.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo están relacionadas con:
– La ejecución de trabajos en equipo.
– La responsabilidad y la autoevaluación del trabajo realizado.
– La autonomía y la iniciativa personal.
– El uso de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación.
Módulo Profesional: Inglés Profesional (GS)
Código: 0179
Módulo Profesional: Itinerario personal para la empleabilidad I
Código: 1709
Módulo Profesional: Itinerario personal para la empleabilidad II
Código: 1710
Módulo Profesional: Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS)
Código: 1665
Módulo Profesional: Sostenibilidad aplicada al sistema productivo
Código: 1708
Téngase en cuenta que el código, duración del currículo básico, equivalencia en créditos ECTS, resultados de aprendizaje y criterios de evaluación del módulo profesional 0179 figura como anexo X del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, el de los módulos 1709 y 1710 figuran como anexo V, el del módulo 1665 figura como anexo VII y el del módulo 1708 figura como anexo VIII del mismo Real Decreto, según establece el art. 7.2.b) del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10685
Se modifica por el art. 7.2 del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10685
Téngase en cuenta la disposición adicional 1, respecto a las horas del currículo básico para las comunidades autónomas con lengua cooficial, y la disposición adicional 2, que adapta el número de créditos ECTS de acuerdo con la tabla que figura como anexo XCI del citado Real Decreto.
ANEXO II. Espacios
| Espacio formativo |
|---|
| Aula polivalente. |
| Espacio de mantenimiento de máquinas. |
| Espacio de electricidad y electrónica. |
| Espacio de fluidos. |
| Sala de simulación. (1) |
| Aula de Seguridad Marítima. (2) |
| Aula de primeros auxilios. (3) |
| Área de lucha contraincendios y supervivencia. (4) |
| (1) Puede ser sustituido por una embarcación específica para el desarrollo del módulo 1177 Procedimientos de guardia de máquinas. (2) y (3) Pueden compartir mismo espacio. (4) Espacios singulares no necesariamente ubicados en el centro de formación ni pertenecientes al mismo. |
ANEXO III. Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones
| Módulo profesional | Especialidad del profesorado | Cuerpo |
|---|---|---|
| 1308. Organización del mantenimiento de planta propulsora y maquinaria auxiliar de buques. | – Máquinas, Servicios y Producción. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1309. Organización del mantenimiento en seco de buques y embarcaciones y montaje de motores térmicos. | – Máquinas, Servicios y Producción. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1310. Programación y mantenimiento de automatismos hidráulicos y neumáticos en buques y embarcaciones. | – Navegación e Instalaciones Marinas. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1311. Organización delmantenimiento y montaje de instalaciones y sistemas eléctricos de buques y embarcaciones. | – Máquinas, Servicios y Producción. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1312. Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones frigoríficas y sistemas de climatización de buques y embarcaciones. | – Máquinas, Servicios y Producción. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1313. Planificación delmantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones. | – Navegación e Instalaciones Marinas. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1314. Organización de la guardia de máquinas. | – Navegación e Instalaciones Marinas. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 0179. Inglés Profesional (GS). | – Inglés. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 0800. Control de las emergencias. | – Navegación e Instalaciones Marinas. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 0802. Organización de la asistencia sanitaria a bordo. | – Procesos Sanitarios. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1315. Proyecto intermodular de organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones. | – Máquinas, Servicios y Producción. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1315. Proyecto intermodular de organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones. | – Navegación e Instalaciones Marinas. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1709. Itinerario personal para la empleabilidad I. | – Formación y Orientación Laboral. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1710. Itinerario personal para la empleabilidad II. | – Formación y Orientación Laboral. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. | – Máquinas, Servicios y Producción. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. | – Navegación e Instalaciones Marinas. – Formación y Orientación Laboral. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
| 1665. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS). | – Máquinas, Servicios y Producción. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. |
| 1665. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS). | – Navegación e Instalaciones Marinas. – Formación y Orientación Laboral. | – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. |
Se suprimen los anexos III A), III B) y III C) y se añade el anexo III, con el contenido que figura como anexo LXXVIII del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, según establece su art. 8.77. Ref. BOE-A-2024-10685
ANEXO IV. Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones al amparo de la Ley Orgánica 2/2006
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.2 del Real Decreto 1085/2020, de 9 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-17274#dd
ANEXO V A). Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación
| Unidades de competencia acreditadas | Módulos profesionales convalidables |
|---|---|
| UC1958_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento del motor propulsor del buque y sus servicios auxiliares. | 1308. Organización del mantenimiento de planta propulsora y maquinaria auxiliar de buques. |
| UC1996_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas de propulsión y gobierno, y de los elementos inherentes a la situación de la embarcación en seco. UC1959_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las máquinas y sistemas auxiliares de la planta propulsora, y de los elementos inherentes a la situación del buque en seco. | 1309. Organización del mantenimiento en seco de buques y embarcaciones y montaje de motores térmicos. |
| UC1960_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de los sistemas automáticos de control en el buque. | 1310. Programación y mantenimiento de automatismos hidráulicos y neumáticos en buques y embarcaciones. |
| UC1961_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las instalaciones eléctricas y electrónicas del buque. UC1997_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas y equipos de generación, acumulación y consumo de energía eléctrica de embarcaciones deportivas y de recreo. | 1311. Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones y sistemas eléctricos de buques y embarcaciones. |
| UC1997_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas y equipos de generación, acumulación y consumo de energía eléctrica de embarcaciones deportivas y de recreo. UC1998_3: Organizar y supervisar el mantenimiento e instalación de los sistemas electrónicos de embarcaciones deportivas y de recreo. | 1311. Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones y sistemas eléctricos de buques y embarcaciones. |
| UC1962_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las instalaciones y equipos frigoríficos y de climatización del buque. UC1999_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas de frío y climatización y de servicio de fluidos de embarcaciones deportivas y de recreo. | 1312. Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones frigoríficas y sistemas de climatización de buques y embarcaciones. |
| UC1963_3: Gestionar el mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares del buque. UC1993_3: Gestionar el mantenimiento de embarcaciones deportivas y de recreo. | 1313. Planificación del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones. |
| UC1954_2: Desarrollar actividades relacionadas con la seguridad, supervivencia y asistencia sanitaria a bordo. | 0800. Control de las emergencias. 0802. Organización de la asistencia sanitaria a bordo. |
| UC9999_3: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional. | 0179. Inglés profesional (GS). |
| Nota: las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidado el módulo profesional “1314. Organización de la guardia de máquinas”. | Nota: las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidado el módulo profesional “1314. Organización de la guardia de máquinas”. |
Se modifica por el art. 3.21 del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10685
ANEXO V B). Correspondencia de los módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación
| Módulos profesionales superados | Unidades de competencia acreditables |
|---|---|
| 1308. Organización del mantenimiento de planta propulsora y maquinaria auxiliar de buques. | UC1958_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento del motor propulsor del buque y sus servicios auxiliares. |
| 1309. Organización del mantenimiento en seco de buques y embarcaciones y montaje de motores térmicos. | UC1996_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas de propulsión y gobierno, y de los elementos inherentes a la situación de la embarcación en seco. UC1959_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las máquinas y sistemas auxiliares de la planta propulsora, y de los elementos inherentes a la situación del buque en seco. |
| 1310. Programación y mantenimiento de automatismos hidráulicos y neumáticos en buques y embarcaciones. | UC1960_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de los sistemas automáticos de control en el buque. |
| 1311. Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones y sistemas eléctricos de buques y embarcaciones. | UC1961_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las instalaciones eléctricas y electrónicas del buque. UC1997_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas y equipos de generación, acumulación y consumo de energía eléctrica de embarcaciones deportivas y de recreo. UC1998_3: Organizar y supervisar el mantenimiento e instalación de los sistemas electrónicos de embarcaciones deportivas y de recreo. |
| 1312. Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones frigoríficas y sistemas de climatización de buques y embarcaciones. | UC1962_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las instalaciones y equipos frigoríficos y de climatización del buque. UC1999_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas de frío y climatización y de servicio de fluidos de embarcaciones deportivas y de recreo. |
| 1313. Planificación del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones. | UC1963_3: Gestionar el mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares del buque. UC1993_3: Gestionar el mantenimiento de embarcaciones deportivas y de recreo. |
| 0800. Control de las emergencias. 0802. Organización de la asistencia sanitaria a bordo. | UC1954_2: Desarrollar actividades relacionadas con la seguridad, supervivencia y asistencia sanitaria a bordo. |
| 0179. Inglés profesional (GS) | UC9999_3: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional. |
Se modifica por el art. 3.21 del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10685
Téngase en cuenta que quedan sin efectos cualquier referencia a titulaciones habilitantes a efectos de docencia que remita al derogado anexo III B) y cualquier referencia a las preferencias para el acceso a ciclos formativos de grado superior en relación con las modalidades y materias de Bachillerato cursadas contenidas en este Real Decreto, y las referencias contenidas en el articulado a las «competencias profesionales, personales y sociales» deben entenderse hechas a «competencias profesionales y para la empleabilidad», así como las referencias contenidas en el articulado al módulo de «Proyecto» pasa a denominarse «Proyecto intermodular», según establecen las disposiciones adicionales 4 a 7 del Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo. Ref. BOE-A-2024-10685
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