Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos
| N.º CUENTAS | ACTIVO | NOTAS DE LA MEMORIA | 200X | 200X-1 |
|---|---|---|---|---|
| A) ACTIVO NO CORRIENTE | ||||
| I. Inmovilizado intangible | ||||
| 201, (2801), (2901) | 1. Desarrollo | |||
| 202, (2802), 2902) | 2. Concesiones | |||
| 203, (2803), (2903) | 3. Patentes, licencias, marcas y similares | |||
| 204 | 4. Fondo de comercio | |||
| 206, (2806), 2906) | 5. Aplicaciones informáticas | |||
| 207, (2807), (2907) | 6. Derechos sobre activos cedidos en uso | |||
| 205, 209, (2805), (2830), 2905) | 7. Otro inmovilizado intangible | |||
| II. Bienes del Patrimonio Histórico | ||||
| 240, (2990) | 1. Bienes inmuebles | |||
| 241, (2991) | 2. Archivos | |||
| 242, (2992) | 3. Bibliotecas | |||
| 243, (2993) | 4. Museos | |||
| 244, (2994) | 5. Bienes muebles | |||
| 249 | 6. Anticipos sobre bienes del Patrimonio Histórico | |||
| III. Inmovilizado material | ||||
| 210, 211, (2811), 2831), 2910), (2911) | 1. Terrenos y construcciones | |||
| 212, 213, 214, 215, 216, 217, 218, 219, (2812), (2813), (2814), (2815), (2816), (2817), (2818), (2819), (2912), (2913), (2914), (2915), (2916), (2917), (2918), (2919) | 2. Instalaciones técnicas y otro inmovilizado material | |||
| 23 | 3. Inmovilizado en curso y anticipos | |||
| IV. Inversiones inmobiliarias | ||||
| 220 (2920) | 1. Terrenos | |||
| 221, (282), (2921), (2832) | 2. Construcciones | |||
| V. Inversiones en entidades del grupo y asociadas a largo plazo | ||||
| 2503, 2504, (2593), (2594), (293) | 1. Instrumentos de patrimonio | |||
| 2523, 2524, (2953), (2954) | 2. Créditos a entidades | |||
| 2513, 2514, (2943), (2944) | 3. Valores representativos de deuda | |||
| 4. Derivados | ||||
| 5. Otros activos financieros | ||||
| VI. Inversiones financieras a largo plazo | ||||
| 2505, (2595), 260, (269) | 1. Instrumentos de patrimonio | |||
| 2525, 262, 263, 264, (2955), (298) | 2. Créditos a terceros | |||
| 2515, 261, (2945), (297) | 3. Valores representativos de deuda | |||
| 265 | 4. Derivados | |||
| 268, 27 | 5. Otros activos financieros | |||
| 474 | VII. Activos por impuesto diferido | |||
| B) ACTIVO CORRIENTE | ||||
| 580, 581, 582, 583, 584, (599) | I. Activos no corrientes mantenidos para la venta | |||
| II. Existencias | ||||
| 30, (390) | 1. Bienes destinados a la actividad | |||
| 31, 32, (391), (392) | 2. Materias primas y otros aprovisionamientos | |||
| 33, 34, (393), (394) | 3. Productos en curso | |||
| 35, (395) | 4. Productos terminados | |||
| 36, (396) | 5. Subproductos, residuos y materiales recuperados | |||
| 407 | 6. Anticipos a proveedores | |||
| 447, 448, (495) | III. Usuarios y otros deudores de la actividad propia | |||
| IV. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar | ||||
| 430, 431, 432, 435, 436, (437), (490), (4935) | 1. Clientes por ventas y prestaciones de servicios | |||
| 433, 434, (4933), (4934) | 2. Clientes, entidades del grupo y asociadas | |||
| 440, 441, 446, 449 | 3. Deudores varios | |||
| 460, 464, 544 | 4. Personal | |||
| 4709 | 5. Activos por impuesto corriente | |||
| 4700, 4707, 4708, 471, 472 | 6. Otros créditos con las Administraciones Públicas | |||
| 558 | 7. Fundadores por desembolsos exigidos | |||
| V. Inversiones en entidades del grupo y asociadas a corto plazo | ||||
| 5303, 5304, (5393), (5394), (593) | 1. Instrumentos de patrimonio | |||
| 5323, 5324, 5343, 5344, (5953), (5954) | 2. Créditos a entidades | |||
| 5313, 5314, 5333, 5334, (5943), (5944) | 3. Valores representativos de deuda | |||
| 4. Derivados | ||||
| 5353, 5354, 5523, 5524 | 5. Otros activos financieros | |||
| VI. Inversiones financieras a corto plazo | ||||
| 5305, 540, (5395), (549) | 1. Instrumentos de patrimonio | |||
| 5325, 5345, 542, 543, 547, (5955), (598) | 2. Créditos a entidades | |||
| 5315, 5335, 541, 546, (5945), (597) | 3. Valores representativos de deuda | |||
| 5590, 5593 | 4. Derivados | |||
| 5355, 545, 548, 551, 5525, 565, 566 | 5. Otros activos financieros | |||
| 480, 567 | VII. Periodificaciones a corto plazo | |||
| VIII. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes | ||||
| 570, 571, 572, 573, 574, 575 | 1. Tesorería | |||
| 576 | 2. Otros activos líquidos equivalentes | |||
| TOTAL ACTIVO (A + B) | ||||
| N.º CUENTAS | PATRIMONIO NETO Y PASIVO | NOTAS DE LA MEMORIA | 200X | 200X-1 |
| --- | --- | --- | --- | --- |
| A) PATRIMONIO NETO | ||||
| A-1) Fondos propios | ||||
| I. Dotación fundacional/Fondo social | ||||
| 100, 101 | 1. Dotación fundacional/Fondo social | |||
| (103), (104) | 2. (Dotación fundacional no exigida/Fondo social no exigido) | |||
| II. Reservas | ||||
| 111 | 1. Estatutarias | |||
| 113, 114, 115 | 2. Otras reservas | |||
| III. Excedentes de ejercicios anteriores | ||||
| 120 | 1. Remanente | |||
| (121) | 2. (Excedentes negativos de ejercicios anteriores) | |||
| 129 | IV. Excedente del ejercicio | |||
| A-2) Ajustes por cambios de valor | ||||
| 133 | I. Activos financieros disponibles para la venta | |||
| 1340 | II. Operaciones de cobertura | |||
| 137 | III. Otros | |||
| A-3) Subvenciones, donaciones y legados recibidos | ||||
| 130, 1320 | I. Subvenciones | |||
| 131, 1321 | II. Donaciones y legados | |||
| B) PASIVO NO CORRIENTE | ||||
| I. Provisiones a largo plazo | ||||
| 140 | 1. Obligaciones por prestaciones a largo plazo al personal | |||
| 145 | 2. Actuaciones medioambientales | |||
| 146 | 3. Provisiones por reestructuración | |||
| 141, 142, 143 | 4. Otras provisiones | |||
| II. Deudas a largo plazo | ||||
| 177, 179 | 1. Obligaciones y otros valores negociables | |||
| 1605, 170 | 2. Deudas con entidades de crédito | |||
| 1625, 174 | 3. Acreedores por arrendamiento financiero | |||
| 176 | 4. Derivados | |||
| 1615, 1635, 171, 172, 173, 175, 180, 185, 189 | 5. Otros pasivos financieros | |||
| 1603, 1604, 1613, 1614, 1623, 1624, 1633, 1634 | III. Deudas con entidades del grupo y asociadas a largo plazo | |||
| 479 | IV. Pasivos por impuesto diferido | |||
| 181 | V. Periodificaciones a largo plazo | |||
| C) PASIVO CORRIENTE | ||||
| 585, 586, 587, 588, 589 | I. Pasivos vinculados con activos no corrientes mantenidos para la venta | |||
| 499, 529 | II. Provisiones a corto plazo | |||
| III. Deudas a corto plazo | ||||
| 500, 505, 506 | 1. Obligaciones y otros valores negociables | |||
| 5105, 520, 527 | 2. Deudas con entidades de crédito | |||
| 5125, 524 | 3. Acreedores por arrendamiento financiero | |||
| 5595, 5598 | 4. Derivados | |||
| 509, 5115, 5135, 5145, 521, 522, 523, 525, 528, 5525, 551, 555, 5565, 5566, 560, 561, 569 | 5. Otros pasivos financieros | |||
| 5103, 5104, 5113, 5114, 5123, 5124, 5133, 5134, 5143, 5144, 5523, 5524, 5563, 5564 | IV. Deudas con entidades del grupo y asociadas a corto plazo | |||
| 412 | V. Beneficiarios – Acreedores | |||
| VI. Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar | ||||
| 400, 401, 405, (406) | 1. Proveedores | |||
| 403, 404 | 2. Proveedores, entidades del grupo y asociadas | |||
| 410, 411, 419 | 3. Acreedores varios | |||
| 465, 466 | 4. Personal (remuneraciones pendientes de pago) | |||
| 4752 | 5. Pasivos por impuesto corriente | |||
| 4750, 4751, 4758, 476, 477 | 6. Otras deudas con las Administraciones Públicas | |||
| 438 | 7. Anticipos recibidos por pedidos | |||
| 485, 568 | VII. Periodificaciones a corto plazo | |||
| TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO (A + B + C) |
Cuenta de Resultados
Cuenta de Resultados correspondiente al ejercicio terminado el ..... de 200X
| N.º CUENTAS | NOTA | (Debe) Haber | (Debe) Haber | |
|---|---|---|---|---|
| N.º CUENTAS | NOTA | 200X | 200X-1 | |
| A) Operaciones continuadas | ||||
| 1. Ingresos de la actividad propia | ||||
| 720 | a) Cuotas de asociados y afiliados | |||
| 721 | b) Aportaciones de usuarios | |||
| 722, 723 | c) Ingresos de promociones, patrocinadores y colaboraciones | |||
| 740, 748 | d) Subvenciones imputadas al excedente del ejercicio | |||
| 747 | e) Donaciones y legados imputados al excedente del ejercicio | |||
| 728 | Reintegro de ayudas y asignaciones | |||
| 700, 701, 702, 703, 704, 705, (706), (708), (709) | 2. Ventas y otros ingresos de la actividad mercantil | |||
| 3. Gastos por ayudas y otros | ||||
| (650) | a) Ayudas monetarias | |||
| (651) | b) Ayudas no monetarias | |||
| (653), (654) | c) Gastos por colaboraciones y del órgano de gobierno | |||
| (658) | d) Reintegro de subvenciones, donaciones y legados | |||
| (6930), 71*, 7930 | 4. Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación | |||
| 73 | 5. Trabajos realizados por la entidad para su activo | |||
| (600), (601), (602), 6060, 6061, 6062, 6080, 6081, 6082, 6090, 6091, 6092, 610, 611, 612*, (607), (6931), (6932), (6933), 7931, 7932, 7933 | 6. Aprovisionamientos | |||
| 75 | 7. Otros ingresos de la actividad | |||
| 8. Gastos de personal | ||||
| (640), (641) | a) Sueldos, salarios y asimilados | |||
| (642), (643), (649) | b) Cargas sociales | |||
| (644), 7950 | c) Provisiones | |||
| 9. Otros gastos de la actividad | ||||
| (62) | a) Servicios exteriores | |||
| (631), (634), 636, 639 | b) Tributos | |||
| (655), (694), (695), 794, 7954 | c) Pérdidas, deterioro y variación de provisiones por operaciones comerciales | |||
| (656), (659) | d) Otros gastos de gestión corriente | |||
| (68) | 10. Amortización del inmovilizado | |||
| 11. Subvenciones, donaciones y legados de capital traspasados al excedente del ejercicio | ||||
| 745 | a) Subvenciones de capital traspasadas al excedente del ejercicio | |||
| 746 | b) Donaciones y legados de capital traspasados al excedente del ejercicio | |||
| 7951, 7952, 7955, 7956 | 12. Exceso de provisiones | |||
| 13. Deterioro y resultado por enajenaciones del inmovilizado | ||||
| (690), (691), (692), 790, 791, 792 | a) Deterioro y pérdidas | |||
| (670), (671), (672), 770, 771, 772 | b) Resultados por enajenaciones y otras | |||
| A.1) EXCEDENTE DE LA ACTIVIDAD (1+2+3+4+5+6+7+8+9+10+11+12+13) | ||||
| 14. Ingresos financieros | ||||
| a) De participaciones en instrumentos de patrimonio | ||||
| 7600, 7601 | a1) En entidades del grupo y asociadas | |||
| 7602, 7603 | a2) En terceros | |||
| b) De valores negociables y otros instrumentos financieros | ||||
| 7610, 7611, 76200, 76201, 76210, 76211 | b1) De entidades del grupo y asociadas | |||
| 7612, 7613, 76202, 76203, 76212, 76213, 767, 769 | b2) De terceros | |||
| 15. Gastos financieros | ||||
| (6610), (6611), (6615), 6616), (6620), (6621), (6650), (6651), (6654), (6655) | a) Por deudas con entidades del grupo y asociadas | |||
| (6612), (6613), (6617), (6618), (6622), (6623), (6624), (6652), (6653), (6656), (6657), (669) | b) Por deudas con terceros | |||
| (660) | c) Por actualización de provisiones | |||
| 16. Variación de valor razonable en instrumentos financieros | ||||
| (6630), (6631), (6633), 7630, 7631, 7633 | a) Cartera de negociación y otros | |||
| (6632), 7632 | b) Imputación al excedente del ejercicio por activos financieros disponibles para la venta | |||
| (668), 768 | 17. Diferencias de cambio | |||
| 18. Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros | ||||
| (696), (697), (698), (699), 796, 797, 798, 799 | a) Deterioros y pérdidas | |||
| (666), (667), (673), (675), 766, 773, 775 | b) Resultados por enajenaciones y otras | |||
| A.2) EXCEDENTE DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS (14+15+16+17+18) | ||||
| A.3) EXCEDENTE ANTES DE IMPUESTOS (A.1+A.2) | ||||
| (6300), 6301, (633), 638 | 19. Impuestos sobre beneficios | |||
| A.4) EXCEDENTE DEL EJERCICIO PROCEDENTE DE OPERACIONES CONTINUADAS (A.3+19) | ||||
| B) Operaciones Interrumpidas | ||||
| 20. Excedente del ejercicio procedente de operaciones interrumpidas neto de impuestos | ||||
| A.5) Variación de patrimonio neto reconocida en el excedente del ejercicio (A.4+20) | ||||
| C) Ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto. | ||||
| (800), (89), 900, 991, 992 | 1. Activos financieros disponibles para la venta. | |||
| (810), 910 | 2. Operaciones de cobertura de flujos de efectivo. | |||
| 940, 9420 | 3. Subvenciones recibidas. | |||
| 941, 9421 | 4. Donaciones y legados recibidos. | |||
| (85), 95 | 5. Ganancias y pérdidas actuariales y otros ajustes. | |||
| (8300)*, 8301, (833), 834, 835, 838 | 6. Efecto impositivo. | |||
| C.1 Variación de patrimonio neto por ingresos y gastos reconocidos directamente en el patrimonio neto (1+2+3+4+5+6) | ||||
| D) Reclasificaciones al excedente del ejercicio | ||||
| (802), 902, 993, 994 | 1. Activos financieros disponibles para la venta | |||
| (812), 912 | 2. Operaciones de cobertura de flujos de efectivo | |||
| (840), (8420) | 3. Subvenciones recibidas | |||
| (841), (8421) | 4. Donaciones y legados recibidos | |||
| 8301*, (836), (837) | 5. Efecto impositivo | |||
| D.1 Variación de patrimonio neto por reclasificaciones al excedente del ejercicio (1+2+3+4+5) | ||||
| E) Variaciones de patrimonio neto por ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto (C.1+D.1) | ||||
| F) Ajustes por cambios de criterio | ||||
| G) Ajustes por errores | ||||
| H) Variaciones en la dotación fundacional o fondo social | ||||
| I) Otras variaciones | ||||
| J) RESULTADO TOTAL, VARIACIÓN DEL PATRIMONIO NETO EN EL EJERCICIO (A.5+E+F+G+H+I) |
- Su signo puede ser positivo o negativo.
Memoria
Contenido de la memoria
1. Actividad de la entidad
Sin perjuicio de la información que debe incluirse en la nota 24, se describirá de forma sucinta los fines de la entidad recogidos en sus estatutos y la actividad o actividades realizadas en el ejercicio, así como el domicilio y forma legal de la entidad, y el lugar donde desarrolle las actividades si fuese diferente a la sede social.
Cuando la entidad sea la de mayor activo del conjunto de entidades del grupo, en los términos previstos en la norma de elaboración de las cuentas anuales 11.ª. Entidades del grupo, multigrupo y asociadas de esta tercera parte, se informará de las entidades más significativas que lo integran, describiendo sus actividades e indicando el volumen agregado de activos, pasivos, ingresos y gastos de las mismas.
Se entiende por entidad de mayor activo aquella que en el momento de su incorporación al grupo, presente una cifra mayor en el total activo del modelo del balance.
Cuando la entidad no sea la de mayor activo del conjunto de entidades del grupo en los términos señalados en el punto anterior, indicará el Registro donde estén depositadas las cuentas anuales de la entidad que contiene la información exigida en el punto anterior.
En el caso de ser la entidad dominante de un grupo, en los términos previstos en el artículo 42 del Código de Comercio, se informará sobre la formulación de cuentas anuales consolidadas o, en su caso, sobre el tipo de dispensa que justifica la falta de formulación de las mismas, de entre los contemplados en el artículo 43 del susodicho Código.
Cuando exista una moneda funcional distinta del euro, se pondrá claramente de manifiesto esta circunstancia, indicando los criterios tenidos en cuenta para su determinación.
2. Bases de presentación de las cuentas anuales
Imagen fiel:
La entidad deberá hacer una declaración explícita de que las cuentas anuales reflejan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad, y del grado de cumplimiento de sus actividades, así como de la veracidad de los flujos incorporados en el estado de flujos de efectivo.
Razones excepcionales por las que, para mostrar la imagen fiel, no se han aplicado disposiciones legales en materia contable, con indicación de la disposición legal no aplicada, e influencia cualitativa y cuantitativa para cada ejercicio para el que se presenta información, de tal proceder sobre el patrimonio, la situación financiera y los resultados de la entidad.
Informaciones complementarias, indicando su ubicación en la memoria, que resulte necesario incluir cuando la aplicación de las disposiciones legales no sea suficiente para mostrar la imagen fiel.
Principios contables no obligatorios aplicados.
Aspectos críticos de la valoración y estimación de la incertidumbre.
Sin perjuicio de lo indicado en cada nota específica, en este apartado se informará sobre los supuestos clave acerca del futuro, así como de otros datos relevantes sobre la estimación de la incertidumbre en la fecha de cierre del ejercicio, siempre que lleven asociado un riesgo importante que pueda suponer cambios significativos en el valor de los activos o pasivos en el ejercicio siguiente. Respecto de tales activos y pasivos, se incluirá información sobre su naturaleza y su valor contable en la fecha de cierre.
Se indicará la naturaleza y el importe de cualquier cambio en una estimación contable que sea significativo y que afecte al ejercicio actual o que se espera que pueda afectar a los ejercicios futuros. Cuando sea impracticable realizar una estimación del efecto en ejercicios futuros, se revelará este hecho.
Cuando la dirección sea consciente de la existencia de incertidumbres importantes, relativas a eventos o condiciones que puedan aportar dudas significativas sobre la posibilidad de que la entidad siga funcionando normalmente, procederá a revelarlas en este apartado. En el caso de que las cuentas anuales no se elaboren bajo el principio de entidad en funcionamiento, tal hecho será objeto de revelación explícita, junto con las hipótesis alternativas sobre las que hayan sido elaboradas, así como las razones por las que la entidad no pueda ser considerada como una entidad en funcionamiento.
Comparación de la información.
Sin perjuicio de lo indicado en los apartados siguientes respecto a los cambios en criterios contables y corrección de errores, en este apartado se incorporará la siguiente información:
Razones excepcionales que justifican la modificación de la estructura del balance y de la cuenta de resultados del ejercicio anterior.
Explicación de las causas que impiden la comparación de las cuentas anuales del ejercicio con las del precedente.
Explicación de la adaptación de los importes del ejercicio precedente para facilitar la comparación y, en caso contrario, las razones excepcionales que han hecho impracticable la reexpresión de las cifras comparativas.
Agrupación de partidas.
Se informará del desglose de las partidas que han sido objeto de agrupación en el balance y en la cuenta de resultados.
No será necesario presentar la información anterior si dicha desagregación figura en otros apartados de la memoria.
Elementos recogidos en varias partidas.
Identificación de los elementos patrimoniales, con su importe, que estén registrados en dos o más partidas del balance, con indicación de éstas y del importe incluido en cada una de ellas.
Cambios en criterios contables.
Explicación detallada de los ajustes por cambios en criterios contables realizados en el ejercicio. En particular, deberá suministrarse información sobre:
Naturaleza y descripción del cambio producido y las razones por las cuales el cambio permite una información más fiable y relevante.
Importe de la corrección para cada una de las partidas que correspondan de los documentos que integran las cuentas anuales, afectadas en cada uno de los ejercicios presentados a efectos comparativos, y
Si la aplicación retroactiva fuera impracticable, se informará sobre tal hecho, las circunstancias que lo explican y desde cuándo se ha aplicado el cambio en el criterio contable.
Cuando el cambio de criterio se deba a la aplicación de una nueva norma, se indicará y se estará a lo dispuesto en la misma, informando de su efecto sobre ejercicios futuros.
No será necesario incluir información comparativa en este apartado.
Corrección de errores.
Explicación detallada de los ajustes por corrección de errores realizados en el ejercicio. En particular, deberá suministrarse información sobre:
Naturaleza del error y el ejercicio o ejercicios en que se produjo.
Importe de la corrección para cada una de las partidas que correspondan de los documentos que integran las cuentas anuales afectadas en cada uno de los ejercicios presentados a efectos comparativos, y
Si la aplicación retroactiva fuera impracticable, se informará sobre tal hecho, las circunstancias que lo explican y desde cuándo se ha corregido el error.
No será necesario incluir información comparativa en este apartado.
3. Excedente del ejercicio
Análisis de las principales partidas que forman el excedente del ejercicio informando de los aspectos significativos de las mismas.
Información sobre la propuesta de aplicación contable del excedente, de acuerdo con el siguiente esquema:
| Base de reparto | Importe |
|---|---|
| Excedente del ejercicio. | |
| Remanente. | |
| Reservas voluntarias. | |
| Otras reservas de libre disposición. | |
| Total | ---------------- |
| Aplicación | Importe |
| --- | --- |
| A dotación fundacional/fondo social. | |
| A reservas especiales. | |
| A reservas voluntarias. | |
| A .............................. | |
| A compensación de excedentes negativos de ejercicios anteriores. | |
| Total | ----------------- |
Información sobre las limitaciones para la aplicación de los excedentes de acuerdo con las disposiciones legales.
4. Normas de registro y valoración
Se indicarán los criterios contables aplicados en relación con las siguientes partidas:
Inmovilizado intangible; indicando los criterios utilizados de capitalización o activación, amortización y correcciones valorativas por deterioro.
Justificación de las circunstancias que han llevado a calificar como indefinida la vida útil de un inmovilizado intangible.
En particular, deberá indicarse de forma detallada el criterio de valoración seguido para calcular el valor recuperable del fondo de comercio, así como del resto de inmovilizados intangibles con vida útil indefinida.
Asimismo, se indicarán los criterios para determinar la naturaleza de los activos no generadores de flujos de efectivo, criterios utilizados de capitalización o activación, amortización, correcciones valorativas por deterioro y cesión de estos activos.
Inmovilizado material; indicando los criterios sobre amortización, correcciones valorativas por deterioro y reversión de las mismas, capitalización de gastos financieros, costes de ampliación, modernización y mejoras, costes de desmantelamiento o retiro, así como los costes de rehabilitación del lugar donde se asiente un activo y los criterios sobre la determinación del coste de los trabajos efectuados por la entidad para su inmovilizado.
Además se precisarán los criterios de contabilización de contratos de arrendamiento financiero y otras operaciones de naturaleza similar.
Asimismo, se indicarán los criterios para determinar la naturaleza de bienes de inmovilizado no generadores de flujos de efectivo, criterios sobre amortización, correcciones valorativas por deterioro y reversión de las mismas, los costes de rehabilitación del lugar donde se asiente un activo y la cesión de estos bienes.
Se señalará el criterio para calificar los terrenos y construcciones como inversiones inmobiliarias, especificando para éstas los criterios señalados en el apartado anterior.
Bienes integrantes del Patrimonio Histórico; indicando los criterios sobre valoración, correcciones valorativas por deterioro y reversión de las mismas, capitalización de gastos financieros, costes de ampliación, modernización y mejoras, costes de desmantelamiento o retiro, así como los costes de rehabilitación del lugar donde se asiente un activo y los criterios sobre la determinación del coste de los trabajos efectuados por la entidad para estos bienes, y los seguidos en relación con las grandes reparaciones que les afecten.
Arrendamientos; indicando los criterios de contabilización de contratos de arrendamiento financiero y otras operaciones de naturaleza similar.
Permutas; indicando el criterio seguido y la justificación de su aplicación, en particular, las circunstancias que han llevado a calificar a una permuta de carácter comercial.
Asimismo, se indicará la justificación del criterio aplicado en relación con los activos no generadores de flujos de efectivo.
Instrumentos financieros; se indicará:
Criterios empleados para la calificación y valoración de las diferentes categorías de activos financieros y pasivos financieros, así como para el reconocimiento de cambios de valor razonable.
La naturaleza de los activos financieros y pasivos financieros designados inicialmente como a valor razonable con cambios en el excedente del ejercicio, así como los criterios aplicados en dicha designación y una explicación de cómo la entidad ha cumplido con los requerimientos señalados en la norma de registro y valoración relativa a instrumentos financieros.
Los criterios aplicados para determinar la existencia de evidencia objetiva de deterioro, así como el registro de la corrección de valor y su reversión y la baja definitiva de activos financieros deteriorados. En particular, se destacarán los criterios utilizados para calcular las correcciones valorativas relativas a los deudores comerciales y otras cuentas a cobrar. Asimismo, se indicarán los criterios contables aplicados a los activos financieros cuyas condiciones hayan sido renegociadas y que, de otro modo, estarían vencidos o deteriorados.
Criterios empleados para el registro de la baja de activos financieros y pasivos financieros.
Instrumentos financieros híbridos; indicando los criterios que se hayan seguido para valorar de forma separada los instrumentos que los integren, sobre la base de sus características y riesgos económicos o, en su caso, la imposibilidad de efectuar dicha separación. Asimismo, se detallarán los criterios de valoración seguidos con especial referencia a las correcciones valorativas por deterioro.
Contratos de garantías financieras; indicando el criterio seguido tanto en la valoración inicial como posterior.
Inversiones en entidades del grupo, multigrupo y asociadas; se informará sobre el criterio seguido en la valoración de estas inversiones, así como el aplicado para registrar las correcciones valorativas por deterioro.
Los criterios empleados en la determinación de los ingresos o gastos procedentes de las distintas categorías de instrumentos financieros: intereses, primas o descuentos, dividendos, etc.
Coberturas contables; indicando los criterios de valoración aplicados por la entidad en sus operaciones de cobertura, distinguiendo entre coberturas de valor razonable, de flujos de efectivo y de inversiones netas en negocios en el extranjero, así como los criterios de valoración aplicados para el registro de los efectos contables de su interrupción y los motivos que la han originado.
Créditos y débitos por la actividad propia; indicando los criterios de valoración aplicados. En particular, los seguidos para calcular las correcciones valorativas.
Existencias; indicando los criterios de valoración y, en particular, precisando los seguidos sobre correcciones valorativas por deterioro y capitalización de gastos financieros.
Asimismo, se indicarán los criterios de valoración y en particular los seguidos sobre correcciones valorativas por deterioro de existencias no generadoras de flujos de efectivo.
Transacciones en moneda extranjera; indicando:
Criterios de valoración de las transacciones en moneda extranjera y criterios de imputación de las diferencias de cambio.
Cuando se haya producido un cambio en la moneda funcional, se pondrá de manifiesto, así como la razón de dicho cambio.
Para los elementos contenidos en las cuentas anuales que en la actualidad o en su origen hubieran sido expresados en moneda extranjera, se indicará el procedimiento empleado para calcular el tipo de cambio a euros.
Criterio empleado para la conversión a la moneda de presentación.
Impuestos sobre beneficios; indicando los criterios utilizados para el registro y valoración de activos y pasivos por impuesto diferido.
Ingresos y gastos; indicando los criterios generales aplicados. En particular, en relación con las prestaciones de servicios realizadas por la entidad se indicarán los criterios utilizados para la determinación de los ingresos; en concreto, se señalarán los métodos empleados para determinar el porcentaje de realización en la prestación de servicios y se informará en caso de que su aplicación hubiera sido impracticable.
Asimismo, se indicarán los criterios generales aplicados a los ingresos y gastos propios de la entidad. En particular, los gastos de carácter plurianual y criterios de imputación temporal.
Provisiones y contingencias; indicando el criterio de valoración, así como, en su caso, el tratamiento de las compensaciones a recibir de un tercero en el momento de liquidar la obligación. En particular, en relación con las provisiones deberá realizarse una descripción general del método de estimación y cálculo de cada uno de los riesgos.
Elementos patrimoniales de naturaleza medioambiental, indicando:
Criterios de valoración, así como de imputación a resultados de los importes destinados a los fines medioambientales. En particular, se indicará el criterio seguido para considerar estos importes como gastos del ejercicio o como mayor valor del activo correspondiente.
Descripción del método de estimación y cálculo de las provisiones derivadas del impacto medioambiental.
Criterios empleados para el registro y valoración de los gastos de personal; en particular, el referido a compromisos por pensiones.
Subvenciones, donaciones y legados; indicando el criterio empleado para su clasificación y, en su caso, su imputación a resultados.
Fusiones entre entidades no lucrativas; indicando los criterios de registro y valoración empleados.
Negocios conjuntos; indicando los criterios seguidos por la entidad para integrar en sus cuentas anuales los saldos correspondientes al negocio conjunto en que participe.
Criterios empleados en transacciones entre partes vinculadas.
Activos no corrientes mantenidos para la venta; se indicarán los criterios seguidos para calificar y valorar dichos activos o grupos de elementos como mantenidos para la venta, incluyendo los pasivos asociados.
Operaciones interrumpidas; criterios para identificar y calificar una actividad como interrumpida, así como los ingresos y gastos que originan.
5. Inmovilizado material
Análisis del movimiento durante el ejercicio de cada partida del balance incluida en este epígrafe y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y correcciones valorativas por deterioro acumuladas; indicando lo siguiente:
Saldo inicial.
Entradas o dotaciones, especificando las adquisiciones realizadas mediante combinaciones de negocios y las aportaciones no dinerarias, así como las que se deban a ampliaciones o mejoras.
Reversión de correcciones valorativas por deterioro.
Aumentos/disminuciones por transferencias o traspasos de otras partidas; en particular a activos no corrientes mantenidos para la venta u operaciones interrumpidas.
Salidas, bajas o reducciones.
Correcciones valorativas por deterioro, diferenciando las reconocidas en el ejercicio, de las acumuladas.
Amortizaciones, diferenciando las reconocidas en el ejercicio, de las acumuladas.
Saldo final.
Información sobre:
Costes estimados de desmantelamiento, retiro o rehabilitación, incluidos como mayor valor de los activos, especificando las circunstancias que se han tenido en cuenta para su valoración.
Vidas útiles o coeficientes de amortización utilizados por clases de elementos, así como los métodos de amortización empleados, informando de la amortización del ejercicio y la acumulada que corresponda a cada elemento significativo de este epígrafe.
Siempre que tenga incidencia significativa en el ejercicio presente o en ejercicios futuros, se informará de los cambios de estimación que afecten a valores residuales, a los costes estimados de desmantelamiento, retiro o rehabilitación, vidas útiles y métodos de amortización.
Características de las inversiones en inmovilizado material adquiridas a empresas del grupo y asociadas, con indicación de su valor contable, amortización y correcciones valorativas por deterioro acumuladas.
Características de las inversiones en inmovilizado material situadas fuera del territorio español, con indicación de su valor contable, amortización y correcciones valorativas por deterioro acumuladas.
Importe de los gastos financieros capitalizados en el ejercicio, así como los criterios seguidos para su determinación.
Para cada corrección valorativa por deterioro de cuantía significativa, reconocida o revertida durante el ejercicio para un inmovilizado material individual, se indicará:
– Naturaleza del inmovilizado material.
– Importe, sucesos y circunstancias que han llevado al reconocimiento y reversión de la pérdida por deterioro.
– Criterio empleado para determinar el valor razonable menos los costes de venta, en su caso, o para determinar el coste de reposición depreciado y
– Si el método empleado fuera el valor en uso, se señalará el tipo o tipos de actualización utilizados en las estimaciones actuales y en las anteriores, una descripción de las hipótesis clave sobre las que se han basado las proyecciones de flujos de efectivo y de cómo se han determinado sus valores, el periodo que abarca la proyección de los flujos de efectivo y la tasa de crecimiento de éstos a partir del quinto año.
Respecto a las pérdidas y reversiones por deterioro agregadas para las que no se revela la información señalada en la letra anterior, las principales clases de inmovilizados afectados por las pérdidas y reversiones por deterioro y los principales sucesos y circunstancias que han llevado al reconocimiento y la reversión de tales correcciones valorativas por deterioro.
Se informará del importe de las compensaciones de terceros que se incluyan en el resultado del ejercicio por elementos de inmovilizado material cuyo valor se hubiera deteriorado, se hubieran perdido o se hubieran retirado.
Si el inmovilizado material está incluido en una unidad generadora de efectivo, la información de la pérdida por deterioro se dará de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de la nota 8.
Características del inmovilizado material no afecto directamente a la actividad propia o mercantil, indicando su valor contable, amortización y correcciones valorativas por deterioro acumuladas.
Importe y características de los bienes totalmente amortizados en uso, distinguiendo entre construcciones y resto de elementos.
Bienes afectos a garantías y reversión, así como la existencia y los importes de restricciones a la titularidad.
Subvenciones, donaciones y legados recibidos relacionados con el inmovilizado material, indicando también el importe de dichos activos.
Compromisos firmes de compra y fuentes previsibles de financiación, así como los compromisos firmes de venta.
Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo que afecte a bienes del inmovilizado material tal como: arrendamientos, seguros, litigios, embargos y situaciones análogas.
Arrendamientos financieros y otras operaciones de naturaleza similar sobre bienes del inmovilizado material. Sin perjuicio de la información requerida en otras partes de la memoria.
En el caso de inmuebles, se indicará de forma separada el valor de la construcción y del terreno.
El resultado del ejercicio derivado de la enajenación o disposición por otros medios de elementos del inmovilizado material.
Además de la información anterior solicitada, se informará:
Para cada corrección valorativa por deterioro de cuantía significativa, reconocida o revertida durante el ejercicio de un inmovilizado material no generador de flujos de efectivo, se indicará:
– Naturaleza del inmovilizado material.
– Importe, sucesos y circunstancias que han llevado al reconocimiento y reversión de la pérdida por deterioro.
– Criterio empleado para determinar el valor razonable menos los costes de venta, en su caso, o para determinar el coste de reposición depreciado.
Respecto a las pérdidas y reversiones por deterioro agregadas para las que no se revela la información señalada en la letra anterior, las principales clases de inmovilizados afectados por las pérdidas y reversiones por deterioro y los principales sucesos y circunstancias que han llevado al reconocimiento y la reversión de tales correcciones valorativas por deterioro.
Información sobre los inmuebles cedidos a la entidad y sobre los cedidos por ésta, especificando los términos de las respectivas cesiones. Adicionalmente, se informará sobre el valor razonable del derecho cedido cuando la diferencia con su valor en libros fuese significativa.
Se informará de las restricciones a la disposición que existan en retención con estos bienes y derechos.
6. Bienes del Patrimonio Histórico
Análisis del movimiento durante el ejercicio de cada partida del balance incluida en este epígrafe y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y correcciones valorativas por deterioro acumuladas; indicando lo siguiente:
Saldo inicial.
Entradas
Salidas
Saldo final.
Además, se describirán:
El importe de las revalorizaciones netas acumuladas al cierre del ejercicio, realizadas al amparo de una ley que lo autorice.
Las características de las inversiones en bienes del Patrimonio Histórico adquiridas a entidades del grupo y asociadas, con indicación de su valor contable.
Las características de las inversiones en bienes del Patrimonio Histórico situadas fuera del territorio español con indicación de su valor contable.
Las características de los bienes del Patrimonio Histórico no afectos directamente a la actividad propia indicando su valor contable.
Bienes del Patrimonio Histórico afectos a garantías.
Subvenciones, donaciones y legados recibidos relacionados con los bienes del Patrimonio Histórico.
Compromisos firmes de compra y fuentes previsibles de financiación, así como los compromisos firmes de venta.
Incidencia de los costes relacionados con grandes reparaciones sobre los bienes del Patrimonio Histórico.
Principales hipótesis empleadas para determinar el valor razonable de estos bienes, cuando se hubieran incorporado al activo por dicho valor.
Los inmuebles cedidos a la entidad y sobre los cedidos por ésta, especificando los términos de las respectivas cesiones. Adicionalmente, se informará sobre el valor razonable del derecho cedido cuando la diferencia con su valor en libros fuese significativa y el importe del citado valor razonable pudiera determinarse con fiabilidad.
Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo que afecte a bienes del Patrimonio Histórico, en especial cuando estos bienes hayan sido objeto de entrega para el pago de deudas tributarias al amparo de lo previsto en las normas que regulan esta forma de pago, indicando los tributos pagados con la entrega y el importe de los mismos.
7. Inversiones inmobiliarias
Además de la información requerida en la nota cinco, se describirán los inmuebles clasificados como inversiones inmobiliarias, y se informará de:
Tipos de inversiones inmobiliarias y destino que se dé a las mismas.
Ingresos provenientes de estas inversiones así como los gastos para su explotación; se diferenciarán las inversiones que generan ingresos de aquéllas que no lo hacen.
La existencia e importe de las restricciones a la realización de inversiones inmobiliarias, al cobro de los ingresos derivados de las mismas o de los recursos obtenidos por su enajenación o disposición por otros medios, y
Obligaciones contractuales para adquisición, construcción o desarrollo de inversiones inmobiliarias o para reparaciones, mantenimiento o mejoras.
8. Inmovilizado intangible
8.1 General.
Salvo en relación con el fondo de comercio, respecto al cual deberá suministrarse la información referida en el apartado 2 de esta nota, se incluirá la siguiente información:
Análisis del movimiento durante el ejercicio de cada partida del balance incluida en este epígrafe y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y correcciones valorativas por deterioro de valor acumuladas; indicando lo siguiente:
Saldo inicial.
Entradas o dotaciones, especificando los activos generados internamente y los adquiridos mediante combinaciones de negocios y aportaciones no dinerarias.
Reversión de correcciones valorativas por deterioro.
Aumentos/disminuciones por transferencias o traspaso de otra partida, en particular a activos no corrientes mantenidos para la venta.
Salidas, bajas o reducciones.
Correcciones valorativas por deterioro, diferenciando las reconocidas en el ejercicio, de las acumuladas.
Amortizaciones, diferenciando las reconocidas en el ejercicio, de las acumuladas.
Saldo final.
Información sobre:
Activos afectos a garantías y reversión, así como la existencia y los importes de restricciones a la titularidad.
Vidas útiles o coeficientes de amortización utilizados por clases de elementos, así como los métodos de amortización empleados, informando de la amortización del ejercicio y la acumulada que corresponda a cada elemento significativo de este epígrafe.
Siempre que tenga incidencia significativa en el ejercicio presente o en ejercicios futuros, se informará de los cambios de estimación que afectan a valores residuales, vidas útiles y métodos de amortización.
Características de las inversiones en inmovilizado intangible adquiridas a empresas del grupo y asociadas, con indicación de su valor contable, amortización y correcciones valorativas por deterioro acumuladas.
Características de las inversiones en inmovilizado intangible cuyos derechos pudieran ejercitarse fuera del territorio español o estuviesen relacionadas con inversiones situadas fuera del territorio español, con indicación de su valor contable, amortización y correcciones valorativas por deterioro acumuladas.
Importe de los gastos financieros capitalizados en el ejercicio, así como los criterios seguidos para su determinación.
Para cada corrección valorativa por deterioro de cuantía significativa, reconocida o revertida durante el ejercicio para un inmovilizado intangible individual, se indicará:
– Naturaleza del inmovilizado intangible.
– Importe, sucesos y circunstancias que han llevado al reconocimiento y reversión de la pérdida por deterioro.
– Criterio empleado para determinar el valor razonable menos los costes de venta, en su caso, y
– Si el método empleado fuera el valor en uso, se señalará el tipo o tipos de actualización utilizados en las estimaciones actuales y en las anteriores, una descripción de las hipótesis clave sobre las que se han basado las proyecciones de flujos de efectivo y de cómo se han determinado sus valores, el periodo que abarca la proyección de los flujos de efectivo y la tasa de crecimiento de éstos a partir del quinto año.
Respecto a las pérdidas y reversiones por deterioro agregadas para las que no se revela la información señalada en la letra anterior, las principales clases de inmovilizados afectados por las pérdidas y reversiones por deterioro y los principales sucesos y circunstancias que han llevado al reconocimiento y la reversión de tales correcciones valorativas por deterioro.
Si el inmovilizado intangible está incluido en una unidad generadora de efectivo, la información de la pérdida por deterioro se dará de acuerdo con lo establecido en el apartado 2 de esta nota.
Características del inmovilizado intangible no afecto directamente a la actividad propia o mercantil, indicando su valor contable, amortización y correcciones valorativas por deterioro acumuladas.
Importe y características de los inmovilizados intangibles totalmente amortizados en uso.
Subvenciones, donaciones y legados recibidos relacionados con el inmovilizado intangible, indicando también el importe de dichos activos.
Compromisos firmes de compra y fuentes previsibles de financiación, así como los compromisos firmes de venta.
El resultado del ejercicio derivado de la enajenación o disposición por otros medios de elementos del inmovilizado intangible.
El importe agregado de los desembolsos por investigación y desarrollo que se hayan reconocido como gastos durante el ejercicio, así como la justificación de las circunstancias que soportan la capitalización de gastos de investigación y desarrollo.
Se detallarán los inmovilizados con vida útil indefinida distintos del fondo de comercio, señalando su importe, naturaleza y las razones sobre las que se apoya la estimación de dicha vida útil indefinida.
Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo que afecte al inmovilizado intangible tales como: arrendamientos, seguros, litigios, embargos y situaciones análogas.
8.2 Fondo de comercio.
Se incluirá en este apartado la siguiente información:
Para cada combinación de negocios que se haya realizado en el ejercicio, se expresará la cifra del fondo de comercio, desglosándose las correspondientes a las distintas combinaciones de negocios.
Tratándose de combinaciones de negocios que individualmente carezcan de importancia relativa, la información anterior se mostrará de forma agregada.
Esta información también deberá expresarse para las combinaciones de negocios efectuadas entre la fecha de cierre de las cuentas anuales y la de su formulación, a menos que no sea posible, señalándose, en este caso, las razones por las que esta información no puede proporcionarse.
La entidad realizará una conciliación entre el importe en libros del fondo de comercio al principio y al final del ejercicio, mostrando por separado:
El importe bruto del mismo y las correcciones valorativas por deterioro acumuladas al principio del ejercicio.
El fondo de comercio adicional reconocido durante el periodo, diferenciando el fondo de comercio incluido en un grupo enajenable de elementos que se haya clasificado como mantenido para la venta, de acuerdo con las normas de registro y valoración. Asimismo se informará sobre el fondo de comercio dado de baja durante el periodo sin que hubiera sido incluido previamente en ningún grupo enajenable de elementos clasificado como mantenido para la venta.
Las correcciones valorativas por deterioro reconocidas durante el ejercicio.
Cualesquiera otros cambios en el importe en libros durante el ejercicio, y
El importe bruto del fondo de comercio y las correcciones valorativas por deterioro acumuladas al final del ejercicio.
Descripción de los factores que hayan contribuido al registro del fondo de comercio así como, se justificará e indicará el importe del fondo de comercio y de otros inmovilizados intangibles de vida útil indefinida, atribuidos a cada unidad generadora de efectivo.
Para cada pérdida por deterioro de cuantía significativa del fondo de comercio, se informará de lo siguiente:
Descripción de la unidad generadora de efectivo que incluya el fondo de comercio así como otros inmovilizados intangibles o materiales y la forma de realizar la agrupación para identificar una unidad generadora de efectivo cuando sea diferente a la llevada a cabo en ejercicios anteriores.
Importe, sucesos y circunstancias que han llevado al reconocimiento de una corrección valorativa por deterioro.
Criterio empleado para determinar el valor razonable menos los costes de venta, en su caso, y
Si el método empleado fuera el valor en uso, se señalará el tipo o tipos de actualización utilizados en las estimaciones actuales y en las anteriores, una descripción de las hipótesis clave sobre las que se han basado las proyecciones de flujos de efectivo y de cómo se han determinado sus valores, el periodo que abarca la proyección de los flujos de efectivo y la tasa de crecimiento de éstos a partir del quinto año.
Respecto a las pérdidas por deterioro agregadas para las que no se revela la información señalada en el número anterior, los principales sucesos y circunstancias que han llevado al reconocimiento de tales correcciones valorativas por deterioro.
Las hipótesis utilizadas para la determinación del importe recuperable de los activos o de las unidades generadoras de efectivo.
9. Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar
La información que se requiere a continuación para las operaciones de arrendamiento, también deberá suministrarse cuando la entidad realice otras operaciones de naturaleza similar.
9.1 Arrendamientos financieros.
Los arrendadores informarán de:
Una conciliación entre la inversión bruta total en los arrendamientos clasificados como financieros (señalando, en su caso, la opción de compra) y su valor actual al cierre del ejercicio. Se informará además de los cobros mínimos a recibir por dichos arrendamientos y de su valor actual, en cada uno de los siguientes plazos:
– Hasta un año;
– Entre uno y cinco años;
– Más de cinco años.
Una conciliación entre el importe total de los contratos de arrendamiento financiero al principio y al final del ejercicio.
Una descripción general de los acuerdos significativos de arrendamiento financiero.
Los ingresos financieros no devengados y el criterio de distribución del componente financiero de la operación.
El importe de las cuotas contingentes reconocidas como ingresos del ejercicio.
La corrección de valor por deterioro que cubran las insolvencias por cantidades derivadas del arrendamiento pendientes de cobro.
Los arrendatarios informarán de:
Para cada clase de activos, el importe por el que se ha reconocido inicialmente el activo, indicando si éste corresponde al valor razonable del activo o, en su caso, al valor actual de los pagos mínimos a realizar.
Una conciliación entre el importe total de los pagos futuros mínimos por arrendamiento (señalando, en su caso, la opción de compra) y su valor actual al cierre del ejercicio. Se informará además de los pagos mínimos por arrendamiento y de su valor actual, en cada uno de los siguientes plazos:
– Hasta un año;
– Entre uno y cinco años;
– Más de cinco años.
El importe de las cuotas contingentes reconocidas como gasto del ejercicio.
El importe total de los pagos futuros mínimos que se esperan recibir, al cierre del ejercicio, por subarriendos financieros no cancelables.
Una descripción general de los acuerdos significativos de arrendamiento financiero, donde se informará de:
– Las bases para la determinación de cualquier cuota de carácter contingente que se haya pactado.
– La existencia y, en su caso, los plazos de renovación de los contratos, así como de las opciones de compra y las cláusulas de actualización o escalonamiento de precios, y
– Las restricciones impuestas a la entidad en virtud de los contratos de arrendamiento, tales como las que se refieran a la distribución de dividendos, al endeudamiento adicional o a nuevos contratos de arrendamiento.
A los activos que surjan de estos contratos, les será de aplicación la información a incluir en memoria correspondiente a la naturaleza de los mismos, establecidas en las notas anteriores, relativas a inmovilizado material, inversiones inmobiliarias e intangible.
9.2 Arrendamientos operativos.
Los arrendadores informarán de:
El importe total de los cobros futuros mínimos del arrendamiento correspondientes a los arrendamientos operativos no cancelables, así como los importes que correspondan a los siguientes plazos:
– Hasta un año;
– Entre uno y cinco años;
– Más de cinco años.
Una descripción general de los bienes y de los acuerdos significativos de arrendamiento.
El importe de las cuotas contingentes reconocidas como ingresos del ejercicio.
Los arrendatarios informarán de:
El importe total de los pagos futuros mínimos del arrendamiento correspondientes a los arrendamientos operativos no cancelables, así como los importes que correspondan a los siguientes plazos:
– Hasta un año;
– Entre uno y cinco años;
– Más de cinco años.
El importe total de los pagos futuros mínimos que se esperan recibir, al cierre del ejercicio, por subarriendos operativos no cancelables.
Las cuotas de arrendamientos y subarrendamientos operativos reconocidas como gastos e ingresos del ejercicio, diferenciando entre: importes de los pagos mínimos por arrendamiento, cuotas contingentes y cuotas de subarrendamiento.
Una descripción general de los acuerdos significativos de arrendamiento, donde se informará de:
– Las bases para la determinación de cualquier cuota de carácter contingente que se haya pactado.
– La existencia y, en su caso, los plazos de renovación de los contratos, así como de las opciones de compra y las cláusulas de actualización o escalonamiento de precios, y
– Las restricciones impuestas a la entidad en virtud de los contratos de arrendamiento, tales como las que se refieran a la distribución de dividendos, al endeudamiento adicional o a nuevos contratos de arrendamiento.
10. Instrumentos financieros
10.1 Consideraciones generales.
La información requerida en los apartados siguientes será de aplicación a los instrumentos financieros incluidos en el alcance de la norma de registro y valoración décima.
A efectos de presentación de la información en la memoria, cierta información se deberá suministrar por clases de instrumentos financieros. Éstas se definirán tomando en consideración la naturaleza de los instrumentos financieros y las categorías establecidas en la norma de registro y valoración décima. Se deberá informar sobre las clases definidas por la entidad.
10.2 Información sobre la relevancia de los instrumentos financieros en la situación financiera y los resultados de la entidad.
10.2.1 Información relacionada con el balance:
Categorías de activos financieros y pasivos financieros.
Se revelará el valor en libros de cada una de las categorías de activos financieros y pasivos financieros señalados en la norma de registro y valoración novena, de acuerdo con la siguiente estructura.
a.1) Activos financieros, salvo inversiones en el patrimonio de entidades del grupo, multigrupo y asociadas.
| Categorías | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Categorías | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Total | Total |
| Categorías | Instrumentos de patrimonio | Instrumentos de patrimonio | Valores representativos de deuda | Valores representativos de deuda | Créditos Derivados Otros | Créditos Derivados Otros | Instrumentos de patrimonio | Instrumentos de patrimonio | Valores representativos de deuda | Valores representativos de deuda | Créditos Derivados Otros | Créditos Derivados Otros | Total | Total |
| Categorías | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 |
| Activos a valor razonable con cambios en excedente del ejercicio. – Mantenidos para negociar. – Otros. | ||||||||||||||
| Inversiones mantenidas hasta el vencimiento. | ||||||||||||||
| Préstamos y partidas a cobrar. | ||||||||||||||
| Activos disponibles para la venta: – Valorados a valor razonable. – Valorados a coste. | ||||||||||||||
| Derivados de cobertura. | ||||||||||||||
| Total. |
a.2) Pasivos financieros.
| Categorías | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases | Clases |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Categorías | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a largo plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Instrumentos financieros a corto plazo | Total | Total |
| Categorías | Deudas con entidades de crédito | Deudas con entidades de crédito | Obligaciones y otros valores negociables | Obligaciones y otros valores negociables | Derivados Otros | Derivados Otros | Deudas con entidades de crédito | Deudas con entidades de crédito | Obligaciones y otros valores negociables | Obligaciones y otros valores negociables | Derivados Otros | Derivados Otros | Total | Total |
| Categorías | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 | Ej x | Ej x-1 |
| Débitos y partidas a pagar. | ||||||||||||||
| Pasivos a valor razonable con cambios en el excedente del ejercicio. – Mantenidos para negociar. – Otros. | ||||||||||||||
| Derivados de cobertura. | ||||||||||||||
| Total. |
Activos financieros y pasivos financieros valorados a valor razonable con cambios en el excedente del ejercicio.
Se informará sobre el importe de la variación en el valor razonable, durante el ejercicio y la acumulada desde su designación, e indicará el método empleado para realizar dicho cálculo.
Con respecto a los instrumentos financieros derivados, distintos de los que se califiquen como instrumentos de cobertura, se informará sobre la naturaleza de los instrumentos y las condiciones importantes que puedan afectar al importe, al calendario y a la certidumbre de los futuros flujos de efectivo.
En caso de que la entidad haya designado activos financieros o pasivos financieros en la categoría de «Otros activos financieros a valor razonable con cambios en el excedente del ejercicio» o en la de «Otros pasivos financieros a valor razonable con cambios en el excedente del ejercicio», informará sobre el uso de esta opción, especificando el cumplimiento de los requisitos exigidos en la norma de registro y valoración.
Reclasificaciones.
Si de acuerdo con lo establecido en la norma de registro y valoración décima, se hubiese reclasificado un activo financiero de forma que éste pase a valorarse al coste o al coste amortizado, en lugar de al valor razonable, o viceversa, se informará sobre los importes de dicha reclasificación por cada categoría de activos financieros y se incluirá una justificación de la misma.
Clasificación por vencimientos.
Para los activos financieros y pasivos financieros que tengan un vencimiento determinado o determinable, se deberá informar sobre los importes que venzan en cada uno de los cinco años siguientes al cierre del ejercicio y del resto hasta su último vencimiento. Estas indicaciones figurarán separadamente para cada una de las partidas de activos financieros y pasivos financieros conforme al modelo de balance.
Transferencias de activos financieros.
Cuando la entidad hubiese realizado cesiones de activos financieros de tal forma que una parte de los mismos o su totalidad, no cumpla las condiciones para la baja del balance, señaladas en el apartado 2.9 de la norma de registro y valoración relativa a instrumentos financieros, proporcionará la siguiente información agrupada por clases de activos.
– La naturaleza de los activos cedidos.
– La naturaleza de los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad a los que la entidad permanece expuesta.
– El valor en libros de los activos cedidos y los pasivos asociados, que la entidad mantenga registrados, y
– Cuando la entidad reconozca los activos en función de su implicación continuada, el valor en libros de los activos que inicialmente figuraban en el balance, el valor en libros de los activos que la entidad continúa reconociendo y el valor en libros de los pasivos asociados.
Activos cedidos y aceptados en garantía.
Se informará del valor en libros de los activos financieros entregados como garantía, de la clase a la que pertenecen, así como los plazos y condiciones relacionados con dicha operación de garantía.
Si la entidad mantuviese activos de terceros en garantía, ya sean financieros o no, de los que pueda disponer aunque no se hubiese producido el impago, informará sobre:
– El valor razonable del activo recibido en garantía.
– El valor razonable de cualquier activo recibido en garantía del que la entidad haya dispuesto y si tiene la obligación de devolverlo o no, y
– Los plazos y condiciones relativos al uso, por parte de la entidad, de los activos recibidos en garantía.
Correcciones por deterioro del valor originadas por el riesgo de crédito.
Se presentará, para cada clase de activos financieros, un análisis del movimiento de las cuentas correctoras representativas de las pérdidas por deterioro originadas por el riesgo de crédito.
Impago e incumplimiento de condiciones contractuales.
En relación con los préstamos pendientes de pago al cierre del ejercicio, se informará de:
– Los detalles de cualquier impago del principal o intereses que se haya producido durante el ejercicio.
– El valor en libros en la fecha de cierre del ejercicio de aquellos préstamos en los que se hubiese producido un incumplimiento por impago, y
– Si el impago ha sido subsanado o se han renegociado las condiciones del préstamo, antes de la fecha de formulación de las cuentas anuales.
Si durante el ejercicio se hubiese producido un incumplimiento contractual distinto del impago y siempre que este hecho otorgase al prestamista el derecho a reclamar el pago anticipado, se suministrará una información similar a la descrita, excepto si el incumplimiento se hubiese subsanado o las condiciones se hubiesen renegociado antes de la fecha de cierre del ejercicio.
10.2.2 Información relacionada con la cuenta de resultados y el patrimonio neto.
Se informará de:
Las pérdidas o ganancias netas procedentes de las distintas categorías de instrumentos financieros definidas en la norma de registro y valoración décima.
Los ingresos y gastos financieros calculados por aplicación del método del tipo de interés efectivo.
El importe de las correcciones valorativas por deterioro para cada clase de activos financieros, así como el importe de cualquier ingreso financiero imputado en la cuenta de resultados relacionado con tales activos.
10.2.3 Otra información a incluir en la memoria.
Contabilidad de coberturas.
La entidad deberá incluir, por clases de cobertura contable, una descripción detallada de las operaciones de cobertura que realice, de los instrumentos financieros designados como instrumentos de cobertura, así como de sus valores razonables en la fecha de cierre de ejercicio y de la naturaleza de los riesgos que han sido cubiertos. En particular, deberá justificar que se cumplen los requisitos exigidos en la norma de registro y valoración relativa a instrumentos financieros.
Adicionalmente, en las coberturas de flujos de efectivo, la entidad informará sobre:
Los ejercicios en los cuales se espera que ocurran los flujos de efectivo y los ejercicios en los cuales se espera que afecten a la cuenta de resultados.
El importe reconocido en el patrimonio neto durante el ejercicio y el importe que ha sido imputado a la cuenta de resultados desde el patrimonio neto, detallando los importes incluidos en cada partida de la cuenta de resultados.
El importe que se haya reducido del patrimonio neto durante el ejercicio y se haya incluido en la valoración inicial del precio de adquisición o del valor en libros de un activo o pasivo no financiero, cuando la partida cubierta sea una transacción prevista altamente probable, y
Todas las transacciones previstas para las que previamente se haya aplicado contabilidad de coberturas, pero que no se espera que vayan a ocurrir.
En las coberturas de valor razonable también se informará sobre el importe de las pérdidas o ganancias del instrumento de cobertura y de las pérdidas o ganancias de la partida cubierta atribuibles al riesgo cubierto.
Asimismo, se revelará el importe de la ineficacia registrada en la cuenta de resultados en relación con la cobertura de los flujos de efectivo y con la cobertura de la inversión neta en negocios en el extranjero.
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