Resolución de 26 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se aprueba el Plan de Contabilidad de las entidades sin fines lucrativos

Rango Resolución
Publicación 2013-04-10
Estado Vigente
Departamento Ministerio de Economía y Competitividad
Fuente BOE
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b)

Valor razonable.

La entidad revelará el valor razonable de cada clase de instrumentos financieros y lo comparará con su correspondiente valor en libros.

No será necesario revelar el valor razonable en los siguientes supuestos:

a)

Cuando el valor en libros constituya una aproximación aceptable del valor razonable; por ejemplo, en el caso de los créditos y débitos por operaciones comerciales a corto plazo.

b)

Cuando se trate de instrumentos de patrimonio no cotizados en un mercado activo y los derivados que tengan a éstos por subyacente, que, según lo establecido en la norma de registro y valoración décima, se valoren por su coste.

En este caso, la entidad revelará este hecho y describirá el instrumento financiero, su valor en libros y la explicación de las causas que impiden la determinación fiable de su valor razonable. Igualmente, se informará sobre si la entidad tiene o no la intención de enajenarlo y cuándo.

En el caso de baja del balance del instrumento financiero durante el ejercicio, se revelará este hecho, así como el valor en libros y el importe de la pérdida o ganancia reconocida en el momento de la baja.

También se indicará si el valor razonable de los activos financieros y pasivos financieros se determina, en su totalidad o en parte, tomando como referencia los precios cotizados en mercados activos o se estiman utilizando una técnica de valoración. En este último caso se señalarán las hipótesis y metodologías consideradas en la estimación del valor razonable para cada clase de activos financieros y pasivos financieros.

La entidad revelará el hecho de que los valores razonables registrados o sobre los que se ha informado en la memoria se determinan, total o parcialmente, utilizando técnicas de valoración fundamentadas en hipótesis que no se apoyan en condiciones de mercado en el mismo instrumento ni en datos de mercado observables que estén disponibles. Cuando el valor razonable se hubiese determinado según lo dispuesto en este párrafo, se informará del importe total de la variación de valor razonable imputado a la cuenta de resultados del ejercicio.

c)

Entidades del grupo, multigrupo y asociadas.

Se detallará información sobre las entidades del grupo, multigrupo y asociadas, incluyendo:

a)

Denominación, domicilio y forma jurídica de las entidades del grupo, especificando para cada una de ellas:

– Actividades que ejercen.

– Fracción de capital y de los derechos de voto que se posee directa e indirectamente, distinguiendo entre ambos.

– Importe del capital, reservas, otras partidas del patrimonio neto y resultado del último ejercicio que se derive de los criterios incluidos en el Código de Comercio y sus normas de desarrollo, diferenciando el resultado de explotación y desglosando el de operaciones continuadas y el de operaciones interrumpidas, en caso de que la entidad del grupo esté obligada a dar esta información en sus cuentas anuales individuales.

– Valor según libros de la participación en capital.

– Dividendos recibidos en el ejercicio.

– Indicación de si las acciones cotizan o no en Bolsa y, en su caso, cotización media del último trimestre del ejercicio y cotización al cierre del ejercicio.

b)

La misma información que la del punto anterior respecto de las entidades multigrupo, asociadas, aquellas en las que aun poseyendo más del 20% del capital la entidad no ejerza influencia significativa y aquellas en las que la entidad sea socio colectivo, siempre que su régimen jurídico permita la participación en este tipo de sociedades. Asimismo, se informará sobre las contingencias en las que se haya incurrido en relación con dichas entidades. Si la entidad ejerce influencia significativa sobre otra poseyendo un porcentaje inferior al 20% del capital o si poseyendo más del 20% no se ejerce influencia significativa, se explicarán las circunstancias que afectan a dichas relaciones.

c)

Se detallarán las adquisiciones realizadas durante el ejercicio que hayan llevado a calificar a una entidad como dependiente, indicándose la fracción de capital y el porcentaje de derechos de voto adquiridos.

d)

Importe de las correcciones valorativas por deterioro registradas en las distintas participaciones, diferenciando las reconocidas en el ejercicio de las acumuladas. Asimismo se informará, en su caso, sobre las dotaciones y reversiones de las correcciones valorativas por deterioro cargadas y abonadas, respectivamente, contra la partida del patrimonio neto que recoja los ajustes valorativos, en los términos indicados en la norma de registro y valoración.

e)

El resultado derivado de la enajenación o disposición por otro medio, de inversiones en entidades del grupo, multigrupo y asociadas.

d)

Otro tipo de información.

Se deberá incluir información sobre:

a)

Los compromisos firmes de compra de activos financieros y fuentes previsibles de financiación, así como los compromisos firmes de venta.

b)

Los contratos de compra o venta de activos no financieros, que de acuerdo con el apartado 5.4 de la norma de registro y valoración relativa a instrumentos financieros, se reconozcan y valoren según lo dispuesto en dicha norma.

c)

Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo que afecte a los activos financieros, tal como: litigios, embargos, etc.

d)

El importe disponible en las líneas de descuento, así como las pólizas de crédito concedidas a la entidad con sus límites respectivos, precisando la parte dispuesta.

e)

El importe de las deudas con garantía real, con indicación de su forma y naturaleza.

10.3 Información sobre la naturaleza y el nivel de riesgo procedente de instrumentos financieros.

10.3.1 Información cualitativa.

Para cada tipo de riesgo: riesgo de crédito, riesgo de liquidez y riesgo de mercado (este último comprende el riesgo de tipo de cambio, de tipo de interés y otros riesgos de precio), se informará de la exposición al riesgo y cómo se produce éste, así como se describirán los objetivos, políticas y procedimientos de gestión del riesgo y los métodos que se utilizan para su medición.

Si hubiera cambios en estos extremos de un ejercicio a otro, deberán explicarse.

10.3.2 Información cuantitativa.

Para cada tipo de riesgo, se presentará:

a)

Un resumen de la información cuantitativa respecto a la exposición al riesgo en la fecha de cierre del ejercicio. Esta información se basará en la utilizada internamente por el consejo de administración de la entidad u órgano de gobierno equivalente.

b)

Información sobre las concentraciones de riesgo, que incluirá una descripción de la forma de determinar la concentración, las características comunes de cada concentración (área geográfica, divisa, mercado, contrapartida, etc.), y el importe de las exposiciones al riesgo asociado a los instrumentos financieros que compartan tales características.

11. Usuarios y otros deudores de la actividad propia

Desglose del epígrafe B.III del activo del balance «Usuarios y otros deudores de la actividad propia», señalando el movimiento habido durante el ejercicio e indicando el saldo inicial, aumentos, disminuciones y saldo final para usuarios, patrocinadores, afiliados y otros deudores de la actividad propia de la entidad, y distinguiendo, en su caso, si proceden de entidades del grupo, multigrupo o asociadas.

12. Beneficiarios-Acreedores

Desglose del epígrafe C.V del pasivo del balance «Beneficiarios - Acreedores», señalando el movimiento habido durante el ejercicio e indicando el saldo inicial, aumentos, disminuciones y saldo final para beneficiarios y otros acreedores de la actividad propia de la entidad, y distinguiendo, en su caso, si proceden de entidades del grupo, multigrupo o asociadas.

13. Fondos propios

Se informará sobre:

a)

Desglose del epígrafe A.1 del pasivo del balance, señalando el movimiento habido durante el ejercicio e indicando el saldo inicial, aumentos, disminuciones y saldo final de las diferentes partidas.

b)

Aportaciones al fondo social o dotación fundacional realizadas en el ejercicio, distinguiendo las dinerarias de las no dinerarias. También, en su caso, se indicará para cada aportación los desembolsos pendientes, así como la fecha de exigibilidad.

c)

Consideraciones específicas que afecten a las reservas.

14. Existencias

1.

Se informará sobre:

a)

Las circunstancias que han motivado las correcciones valorativas por deterioro de las existencias y, en su caso, la reversión de dichas correcciones, reconocidas en el ejercicio, así como su importe.

b)

El importe de los gastos financieros capitalizados durante el ejercicio en las existencias de ciclo de producción superior a un año, así como los criterios seguidos para su determinación.

c)

Compromisos firmes de compra y venta, así como información sobre contratos de futuro o de opciones relativos a existencias.

d)

Limitaciones en la disponibilidad de las existencias por garantías, pignoraciones, fianzas y otras razones análogas, indicando las partidas a que afectan, su importe y proyección temporal.

e)

Cualquiera otra circunstancia de carácter sustantivo que afecte a la titularidad, disponibilidad o valoración de las existencias, tal como: litigios, seguros, embargos, etc.

2.

Para cada corrección valorativa por deterioro de cuantía significativa, reconocida o revertida durante el ejercicio para las existencias no generadoras de flujos de efectivo, se indicará:

– Naturaleza de las existencias.

– Importe, sucesos y circunstancias que han llevado al reconocimiento y reversión de la pérdida por deterioro.

– Criterio empleado para determinar el valor neto realizable, o, en su caso, el seguido para determinar el coste de reposición depreciado.

3.

Se informará sobre las existencias recibidas gratuitamente por la entidad, así como de las entregadas a los beneficiarios de la misma en cumplimiento de los fines propios.

15. Moneda extranjera

1.

Importe global de los elementos de activo y pasivo denominados en moneda extranjera, incluyendo un desglose de activos y pasivos más significativos clasificados por monedas. También se indicarán los importes correspondientes a compras, ventas y servicios recibidos y prestados.

2.

La entidad revelará la siguiente información:

a)

El importe de las diferencias de cambio reconocidas en el excedente del ejercicio por clases de instrumentos financieros, presentando por separado las que provienen de transacciones que se han liquidado a lo largo del periodo de las que están vivas o pendientes de vencimiento a la fecha de cierre del ejercicio, con excepción de las procedentes de los instrumentos financieros que se valoren a valor razonable con cambios en el excedente del ejercicio, y

b)

Las diferencias de conversión clasificadas como un componente separado del patrimonio neto, dentro del epígrafe «Diferencias de conversión», así como una conciliación entre los importes de estas diferencias al principio y al final del ejercicio.

3.

Cuando se haya producido un cambio en la moneda funcional, ya sea de la entidad que informa o de algún negocio significativo en el extranjero, se revelará este hecho, así como la razón de dicho cambio.

4.

En el caso excepcional de que la entidad utilice más de una moneda funcional, deberá revelar el importe de los activos, cifra de negocios y resultados que han sido expresados en cada una de esas monedas funcionales.

5.

En su caso, la moneda funcional de un negocio en el extranjero, especificando la inversión neta en el mismo, cuando sea distinta a la moneda de presentación de las cuentas anuales.

6.

Cuando la entidad tenga negocios en el extranjero y estén sometidos a altas tasas de inflación, informará sobre:

a)

El hecho de que las cuentas anuales, así como las cifras correspondientes a ejercicios anteriores, han sido ajustadas para considerar los cambios en el poder adquisitivo general de la moneda funcional y que, como resultado de ello, están expresadas en la unidad monetaria corriente a la fecha de cierre del ejercicio, y

b)

La identificación y valor del índice general de precios a la fecha de cierre del ejercicio, así como el movimiento del mismo durante el ejercicio corriente y el anterior.

16. Situación fiscal

16.1 Impuestos sobre beneficios.

a)

Información sobre el régimen fiscal aplicable a la entidad. En particular, se informará de la parte de ingresos y resultados que debe incorporarse como base imponible a efectos del impuesto sobre sociedades.

b)

En su caso, deberán especificarse los apartados de la memoria en los que se haya incluido la información exigida por la legislación fiscal para gozar de la calificación de entidades sin fines lucrativos a los efectos de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre. En particular, las entidades obligadas por la legislación fiscal a incluir la memoria económica en la memoria de las cuentas anuales incluirán la citada información en este apartado.

c)

Explicación de la diferencia que exista entre el importe neto de los ingresos y gastos del ejercicio y la base imponible (resultado fiscal). Con este objeto, se incluirá la siguiente conciliación, teniendo en cuenta que aquellas diferencias entre dichas magnitudes que no se identifican como temporarias de acuerdo con la norma de registro y valoración, se calificarán como diferencias permanentes.

Conciliación del importe neto de ingresos y gastos del ejercicio con la base imponible del impuesto sobre beneficio

Cuenta de Resultados Cuenta de Resultados Cuenta de Resultados Ingresos y gastos directamente imputados al patrimonio neto Ingresos y gastos directamente imputados al patrimonio neto Ingresos y gastos directamente imputados al patrimonio neto
Saldo de ingresos y gastos del ejercicio ..........
Aumentos Disminuciones Aumentos Disminuciones
Impuesto sobre Sociedades. ............. ………… ........... ........... ……… ………
Diferencias permanentes: ………
– Resultados exentos. ............. ………… ........... ........... ……… ………
– Otras diferencias. ............. ………… ........... ........... ……… ………
Diferencias temporarias:
- con origen en el ejercicio. ............. ………… ........... ........... ……… ………
- con origen en ejercicios anteriores. ............. ………… ........... ........... ……… ………
Compensación de bases imponible negativas de ejercicios anteriores. (----------) (---------)
Base imponible (resultado fiscal). ---------– ----------

Explicación y conciliación numérica entre el gasto/ingreso por impuestos sobre beneficios y el resultado de multiplicar los tipos de gravamen aplicables al total de ingresos y gastos reconocidos, diferenciando el saldo de la cuenta de resultados.

Además, deberá indicarse la siguiente información.

1.

Desglose del gasto o ingreso por impuestos sobre beneficios, diferenciando el impuesto corriente y la variación de impuestos diferidos, que se imputa al excedente de la cuenta de resultados -distinguiendo el correspondiente a las operaciones continuadas y a operaciones interrumpidas si las hubiera y siempre que la entidad deba informar separadamente de los resultados procedentes de operaciones interrumpidas-, así como el directamente imputado al patrimonio neto, diferenciando el que afecte a cada epígrafe, de la cuenta de resultados.

2.

En relación con los impuestos diferidos, se deberá desglosar esta diferencia, distinguiendo entre activos (diferencias temporarias, créditos por bases imponibles negativas y otros créditos) y pasivos (diferencias temporarias).

3.

El importe y plazo de aplicación de diferencias temporarias deducibles, bases imponibles negativas y otros créditos fiscales, cuando no se haya registrado en el balance el correspondiente activo por impuesto diferido.

4.

El importe de los activos por impuesto diferido, indicando la naturaleza de la evidencia utilizada para su reconocimiento, incluida, en su caso, la planificación fiscal, cuando la realización del activo depende de ganancias futuras superiores a las que corresponden a la reversión de las diferencias temporarias imponibles, o cuando la entidad haya experimentado una pérdida, ya sea en el presente ejercicio o en el anterior, en el país con el que se relaciona el activo por impuesto diferido.

5.

Naturaleza, importe y compromisos adquiridos en relación con los incentivos fiscales aplicados durante el ejercicio, tales como beneficios, deducciones y determinadas diferencias permanentes, así como los pendientes de deducir. En particular, se informará sobre incentivos fiscales objeto de periodificación, señalando el importe imputado al ejercicio y el que resta por imputar.

6.

Se informará adicionalmente del impuesto a pagar a las distintas jurisdicciones fiscales, detallando las retenciones y pagos a cuenta efectuados.

7.

Se identificarán el resto de diferencias permanentes señalando su importe y naturaleza.

8.

Cambios en los tipos impositivos aplicables respecto a los del ejercicio anterior. Se indicará el efecto en los impuestos diferidos registrados en ejercicios anteriores.

9.

Información relativa a las provisiones derivadas del impuesto sobre beneficios así como sobre las contingencias de carácter fiscal y sobre acontecimientos posteriores al cierre que supongan una modificación de la normativa fiscal que afecta a los activos y pasivos fiscales registrados. En particular, se informará de los ejercicios pendientes de comprobación.

10.

Cualquier otra circunstancia de carácter sustantivo en relación con la situación fiscal.

16.2. Otros tributos.

Se informará sobre cualquier circunstancia de carácter significativo en relación con otros tributos; en particular cualquier contingencia de carácter fiscal, así como los ejercicios pendientes de comprobación.

17. Ingresos y Gastos

1.

Desglose de la partida 3.a) de la cuenta de resultados «Ayudas monetarias», indicando los reintegros producidos y distinguiendo por actividades, y desglose de la partida 3.b) «Ayudas no monetarias».

2.

Desglose de la partida 6. «Aprovisionamientos» detallando el importe correspondiente a consumo de bienes destinados a la actividad y consumo de materias primas y otras materias consumibles y distinguiendo entre compras y variación de existencias. Asimismo se diferenciarán las compras nacionales, las adquisiciones intracomunitarias y las importaciones.

Desglose de la partida 8.b) de la cuenta de resultados «Cargas sociales», distinguiendo entre aportaciones y dotaciones para pensiones y otras cargas sociales.

En el caso en que la entidad formule la cuenta de resultados abreviada deberá incluir en este apartado los desgloses antes indicados en relación con las partidas 6. «Aprovisionamientos» y 8. «Gastos de personal» del modelo abreviado de dicha cuenta. Adicionalmente, se desglosará la partida 9. «Otros gastos de la actividad», especificando el importe de las correcciones valorativas por deterioro de los créditos y los fallidos.

3.

Ingresos de promociones, patrocinadores y colaboraciones.

4.

El importe de la venta de bienes y prestación de servicios producidos por permuta de bienes no monetarios y servicios.

5.

En su caso, información de la partida «Otros resultados».

18. Provisiones y contingencias

1.

Para cada provisión reconocida en el balance deberá indicarse:

a)

Análisis del movimiento de cada partida del balance durante el ejercicio, indicando:

– Saldo inicial.

– Dotaciones.

– Aplicaciones.

– Otros ajustes realizados.

– Saldo final.

No será necesario incluir información comparativa en este apartado.

b)

Información acerca del aumento, durante el ejercicio, en los saldos actualizados al tipo de descuento por causa del paso del tiempo, así como el efecto que haya podido tener cualquier cambio en el tipo de descuento.

No será necesario incluir información comparativa en este apartado.

c)

Una descripción de la naturaleza de la obligación asumida.

d)

Una descripción de las estimaciones y procedimientos de cálculo aplicados para la valoración de los correspondientes importes, así como de las incertidumbres que pudieran aparecer en dichas estimaciones. En su caso, se justificarán los ajustes que haya procedido realizar.

e)

Indicación de los importes de cualquier derecho de reembolso, señalando las cantidades que, en su caso, se hayan reconocido en el activo de balance por estos derechos.

2.

A menos que sea remota la salida de recursos, para cada tipo de contingencia, se indicará:

a)

Una breve descripción de su naturaleza.

b)

Evolución previsible, así como los factores de los que depende.

c)

Una estimación cuantificada de los posibles efectos en los estados financieros y, en caso de no poder realizarse, información sobre dicha imposibilidad e incertidumbres que la motivan, señalándose los riesgos máximos y mínimos.

d)

La existencia de cualquier derecho de reembolso.

e)

En el caso excepcional en que una provisión no se haya podido registrar en el balance debido a que no puede ser valorada de forma fiable, adicionalmente, se explicarán los motivos por los que no se puede hacer dicha valoración.

3.

En el caso de que sea probable la entrada de beneficios o rendimientos económicos para la entidad procedentes de activos que no cumplan los criterios de reconocimiento, se indicará:

a)

Una breve descripción de su naturaleza.

b)

Evolución previsible, así como los factores de los que depende.

c)

Información sobre los criterios utilizados para su estimación, así como los posibles efectos en los estados financieros y, en caso de no poder realizarse, información sobre dicha imposibilidad e incertidumbres que la motivan.

4.

Excepcionalmente en los casos en que mediando litigio con un tercero, la información exigida en los apartados anteriores perjudique seriamente la posición de la entidad, no será preciso que se suministre dicha información, pero se describirá la naturaleza del litigio e informará de la omisión de esta información y de las razones que han llevado a tomar tal decisión.

19. Información sobre medio ambiente

Se facilitará información sobre:

a)

Descripción y características de los sistemas, equipos e instalaciones más significativos incorporados al inmovilizado material, cuyo fin sea la minimización del impacto medioambiental y la protección y mejora del medio ambiente indicando su naturaleza, destino, así como el valor contable y la correspondiente amortización acumulada de los mismos siempre que pueda determinarse de forma individualizada, así como las correcciones valorativas por deterioro, diferenciando las reconocidas en el ejercicio, de las acumuladas.

b)

Gastos incurridos en el ejercicio cuyo fin sea la protección y mejora del medio ambiente, indicando su destino.

c)

Riesgos cubiertos por las provisiones correspondientes a actuaciones medioambientales, con especial indicación de los derivados de litigios en curso, indemnizaciones y otros; se señalará para cada provisión la información requerida para las provisiones reconocidas en el balance en el apartado 1 de la nota 18.

d)

Contingencias relacionadas con la protección y mejora del medio ambiente, incluyendo la información exigida en el apartado 2 de la nota 18.

e)

Inversiones realizadas durante el ejercicio por razones medioambientales.

f)

Compensaciones a recibir de terceros.

20. Retribuciones a largo plazo al personal

1.

Cuando la entidad otorgue retribuciones a largo plazo al personal de aportación o prestación definida, deberá incluir una descripción general del tipo de plan de que se trate.

2.

Para el caso de retribuciones a largo plazo al personal de prestación definida, adicionalmente, se incluirá la información requerida para las provisiones reconocidas en el balance en el apartado 1 de la nota 18, así como se detallará:

a)

Una conciliación entre los activos y pasivos reconocidos en el balance.

b)

Importe de las partidas incluidas en el valor razonable de los activos afectos al plan.

c)

Principales hipótesis actuariales utilizadas, con sus valores a la fecha de cierre del ejercicio.

21. Subvenciones, donaciones y legados

Se informará sobre:

1.

El importe y características de las subvenciones, donaciones y legados recibidos que aparecen en el balance, así como los imputados al excedente del ejercicio.

2.

Análisis del movimiento del contenido de la subagrupación correspondiente del balance, indicando el saldo inicial y final así como los aumentos y disminuciones. En particular se informará sobre los importes recibidos y, en su caso, devueltos.

3.

Información sobre el origen de las subvenciones, donaciones y legados, indicando, para las primeras, el Ente público que las concede, precisando si la otorgante de las mismas es la Administración local, autonómica, estatal o internacional.

4.

Información sobre el cumplimiento o no de las condiciones asociadas a las subvenciones, donaciones y legados.

5.

Las principales hipótesis empleadas para determinar el valor razonable de los activos no monetarios o servicios recibidos o cedidos sin contraprestación.

22. Fusiones entre entidades no lucrativas y combinación de negocios

1.

En los supuestos de fusión entre entidades no lucrativas, una vez acordada la operación, las entidades que participan en la misma deberán informar del proceso en marcha. En particular, deberá indicarse el modo en que la fusión afecta a la entidad y el patrimonio aportado por cada una de las entidades fusionadas.

2.

En caso de que la entidad adquiera un negocio, deberá incluirse la información indicada en la nota 19. «Combinaciones de negocios» del modelo normal de memoria incluida en la tercera parte del Plan General de Contabilidad.

23. Negocios conjuntos

1.

La entidad indicará y describirá los intereses significativos en negocios conjuntos realizando un detalle de la forma que adopta el negocio, distinguiendo entre.

a)

Explotaciones controladas conjuntamente, y

b)

Activos controlados conjuntamente.

2.

Sin perjuicio de la información requerida en el apartado 2 de la nota 18, se deberá informar de forma separada sobre el importe agregado de las contingencias siguientes, a menos que la probabilidad de pérdida sea remota.

a)

Cualquier contingencia en que la entidad como partícipe haya incurrido en relación con las inversiones en negocios conjuntos y su parte en cada una de las contingencias que hayan sido incurridas conjuntamente con otros partícipes.

b)

Su parte de las contingencias de los negocios conjuntos en los que puede ser responsable, y

c)

Aquellas contingencias que surgen debido a que la entidad como partícipe puede ser responsable de los pasivos de otros partícipes de un negocio conjunto.

3.

La entidad informará separadamente del importe total de los siguientes compromisos:

a)

Cualquier compromiso de inversión de capital, que haya asumido en relación con su participación en negocios conjuntos, así como su parte de los compromisos de inversión de capital asumidos conjuntamente con otros partícipes, y

b)

Su participación en los compromisos de inversión de capital asumidos por los propios negocios conjuntos.

4.

Se desglosará para cada partida significativa del balance, de la cuenta de resultados y, en su caso, del estado de flujos de efectivo recogido en la memoria, los importes correspondientes a los negocios conjuntos. Esta información se incluirá de forma agregada para el total de negocios conjuntos en los que participa la entidad.

24. Actividad de la entidad. Aplicación de elementos patrimoniales a fines propios. Gastos de administración

24.1 Actividad de la entidad.

1.

Las fundaciones de competencia estatal facilitarán la siguiente información, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, y en su Reglamento de desarrollo.

I. Actividades realizadas.

Actividad 1 (Cumplimentar tantas fichas como actividades tenga la Fundación.

A) Identificación.

Denominación de la actividad
Tipo de actividad*
Identificación de la actividad por sectores
Lugar de desarrollo de la actividad
  • Indicar si se trata de una actividad propia o mercantil.

Descripción detallada de la actividad realizada.

B) Recursos humanos empleados en la actividad.

Tipo Número Número N.º horas/año N.º horas/año
Tipo Previsto Realizado Previsto Realizado
Personal asalariado
Personal con contrato de servicios
Personal voluntario

C) Beneficiarios o usuarios de la actividad.

Tipo Número Número
Tipo Previsto Realizado
Personas físicas
Personas jurídicas

D) Recursos económicos empleados en la actividad.

Gastos/Inversiones Importe Importe
Gastos/Inversiones Previsto Realizado
Gastos por ayudas y otros
a) Ayudas monetarias
b) Ayudas no monetarias
c) Gastos por colaboraciones y órganos de gobierno
Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación
Aprovisionamientos
Gastos de personal
Otros gastos de la actividad
Amortización del Inmovilizado
Deterioro y resultado por enajenación de inmovilizado
Gastos financieros
Variaciones de valor razonable en instrumentos financieros
Diferencias de cambio
Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros
Impuestos sobre beneficios
Subtotal gastos
Adquisiciones de Inmovilizado (excepto Bienes Patrimonio Histórico)
Adquisiciones Bienes Patrimonio Histórico
Cancelación deuda no comercial
Subtotal recursos
TOTAL

E) Objetivos e indicadores de la actividad.

Objetivo Indicador Cuantificación Cuantificación
Objetivo Indicador Previsto Realizado

II. Recursos económicos totales empleados por la entidad.

GASTOS/INVERSIONES Actividad 1 Actividad 2 Actividad 3 Actividad 4 Total actividades No imputados a las actividades TOTAL
Gastos por ayudas y otros
a) Ayudas monetarias
b) Ayudas no monetarias
c) Gastos por colaboraciones y órganos de gobierno
Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación
Aprovisionamientos
Gastos de personal
Otros gastos de la actividad
Amortización del Inmovilizado
Deterioro y resultado por enajenación de inmovilizado
Gastos financieros
Variaciones de valor razonable en instrumentos financieros
Diferencias de cambio
Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros
Impuestos sobre beneficios
Subtotal gastos
Adquisiciones de Inmovilizado (excepto Bienes Patrimonio Histórico)
Adquisiciones Bienes Patrimonio Histórico
Cancelación de deuda no comercial
Subtotal inversiones
TOTAL RECURSOS EMPLEADOS

III. Recursos económicos totales obtenidos por la entidad.

A. Ingresos obtenidos por la entidad.

INGRESOS Previsto Realizado
Rentas y otros ingresos derivados del patrimonio
Ventas y prestaciones de servicios de las actividades propias
Ventas y otros ingresos de las actividades mercantiles
Subvenciones del sector público
Aportaciones privadas
Otros tipos de ingresos
TOTAL INGRESOS OBTENIDOS

B. Otros recursos económicos obtenidos por la entidad.

OTROS RECURSOS Previsto Realizado
Deudas contraídas
Otras obligaciones financieras asumidas
TOTAL OTROS RECURSOS OBTENIDOS

IV. Convenios de colaboración con otras entidades.

DESCRIPCIÓN Ingresos Gastos No produce corriente de bienes y servicios
Convenio 1. Con la entidad (X), suscrito para
Convenio 2. Con la entidad (Y), suscrito para

V. Desviaciones entre plan de actuación y datos realizados.

Se detallarán las desviaciones más significativas que se hayan producido entre las cantidades previstas en el plan de actuación y las efectivamente realizadas, indicando las causas que las han ocasionado.

2.

Las restantes entidades deberán identificar y cuantificar los fines que persiguen en cada una de las actividades significativas que realicen, informando, al menos, de los siguientes aspectos:

a)

Con qué medios se ha financiado la actividad y que recursos económicos han sido empleados para su realización.

b)

Los recursos humanos aplicados, agrupados por las siguientes categorías: personal asalariado, personal con contrato de servicios y personal voluntario, especificando en este último caso su dedicación horaria.

c)

El número de beneficiarios o usuarios de sus actividades, diferenciando entre personas físicas y jurídicas.

24.2 Aplicación de elementos patrimoniales a fines propios.

Información sobre:

a)

Los bienes y derechos que formen parte de la dotación fundacional o fondo social, y aquellos vinculados directamente al cumplimiento de los fines propios, detallando los elementos significativos incluidos en las distintas partidas del Activo del Balance y las restricciones a las que se encuentren sometidos.

b)

El destino de rentas e ingresos a que se refiere la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, indicando el cumplimiento del destino de rentas e ingresos y los límites a que venga obligada, de acuerdo con los criterios establecidos en su normativa específica y según el modelo que se adjunta.

1.

Grado de cumplimiento del destino de rentas e ingresos.

Ejercicio EXCEDENTE DEL EJERCICIO AJUSTES NEGATIVOS AJUSTES POSITIVOS BASE DE CÁLCULO RENTA A DESTINAR RENTA A DESTINAR RECURSOS DESTINADOS A FINES (GASTOS + INVERSIONES) APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES* APLICACIÓN DE LOS RECURSOS DESTINADOS EN CUMPLIMIENTO DE SUS FINES*
Ejercicio EXCEDENTE DEL EJERCICIO AJUSTES NEGATIVOS AJUSTES POSITIVOS BASE DE CÁLCULO RENTA A DESTINAR RENTA A DESTINAR RECURSOS DESTINADOS A FINES (GASTOS + INVERSIONES) N-4 N-3 N-2 N-1 N IMPORTE PENDIENTE
Ejercicio EXCEDENTE DEL EJERCICIO AJUSTES NEGATIVOS AJUSTES POSITIVOS BASE DE CÁLCULO Importe %
N-4
N-3
N-2
N-1
N
TOTAL
  • En el supuesto de que la entidad acumule un déficit en la aplicación de recursos, en los periodos siguientes las aplicaciones compensarán, en primer lugar, los déficits de ejercicios anteriores, comenzando por el más antiguo, y el exceso se computará como recursos aplicados del ejercicio en curso.

Se incluirá una explicación detallada de aquellas partidas significativas contenidas en el cuadro que estén afectadas al cumplimiento de fines específicos. Dicha explicación se centrará especialmente en las columnas de ajustes en las que se incorporan los siguientes conceptos:

a)

Ajustes negativos. No se incluirán como ingresos:

a.1) Ingresos reflejados en la cuenta de resultados procedentes de la enajenación o gravamen de bienes y derechos aportados por los fundadores o por terceros, en concepto de dotación fundacional.

a.2) Ingresos reflejados en la cuenta de resultados procedentes de la transmisión onerosa de bienes inmuebles en los que la entidad desarrolle su actividad propia, siempre que el importe obtenido en la transmisión se reinvierta en bienes inmuebles destinados al mismo fin.

b)

Ajustes positivos. No se deducirán como gastos:

b.1) Gastos imputados en la cuenta de resultados que están directamente relacionados con la actividad propia de la entidad, incluidas las dotaciones a la amortización y las pérdidas por deterioro del inmovilizado afecto a la actividad propia.

b.2) Importe proporcional de los gastos comunes a todas las actividades desarrolladas por la entidad que, de acuerdo con criterios objetivos deducidos de la efectiva aplicación de recursos a cada actividad, correspondan a la actividad propia de la entidad. Los gastos comunes incluyen los gastos de administración así como aquellos gastos por los que tienen derecho a ser resarcidos los patronos.

c)

Adicionalmente, se incluirá como ajuste positivo o negativo, en función de su signo, el resultado contabilizado directamente en el patrimonio neto como consecuencia de cambios en los criterios contables o la subsanación de errores.

2.

Recursos aplicados en el ejercicio.

IMPORTE IMPORTE IMPORTE TOTAL
1. Gastos en cumplimiento de fines*
Fondos propios Subvenciones, donaciones y legados Deuda
2. Inversiones en cumplimiento de fines* (2.1 + 2.2)
2.1 Realizadas en el ejercicio
2.2 Procedentes de ejercicios anteriores
a) Deudas canceladas en el ejercicio incurridas en ejercicios anteriores
b) Imputación de subvenciones, donaciones y legados de capital procedentes de ejercicios anteriores
TOTAL (1 + 2)
  • De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.6 del Reglamento de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, se considera destinado a los fines fundacionales el importe de los gastos e inversiones realizados en cada ejercicio que efectivamente hayan contribuido al cumplimiento de los fines propios de la fundación especificados en sus estatutos, excepto las dotaciones a las amortizaciones y provisiones. Cuando las inversiones destinadas a los fines fundacionales hayan sido financiadas con ingresos que deban distribuirse en varios ejercicios en el excedente, como subvenciones, donaciones y legados, o con recursos financieros ajenos, dichas inversiones se computarán en la misma proporción en que lo hubieran sido los ingresos o se amortice la financiación ajena.
c)

Si alguna entidad no viniera obligada a confeccionar la información anterior, adaptará este modelo a las características específicas de la misma, con objeto de ofrecer información sobre el destino de rentas e ingresos. Asimismo, se recogerá información sobre los recursos destinados en el ejercicio al cumplimiento de los fines ajustándose al modelo del apartado 2.

24.3 Gastos de administración.

Las fundaciones de competencia estatal deberán suministrar un detalle de los gastos directamente ocasionados por la administración de los bienes y derechos que integren el patrimonio de la fundación, y el de los gastos de los que los patronos tienen derecho a ser resarcidos. Esta información se suministrará en el siguiente cuadro:

DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN DETALLE DE GASTOS DE ADMINISTRACIÓN
N.º DE CUENTA PARTIDA DE LA CUENTA DE RESULTADOS DETALLE DEL GASTO CRITERIO DE IMPUTACIÓN A LA FUNCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO IMPORTE
TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN TOTAL GASTOS DE ADMINISTRACIÓN

Adicionalmente, se informará sobre el cumplimiento del límite al importe de estos gastos, en el siguiente cuadro:

GASTOS DE ADMINISTRACIÓN GASTOS DE ADMINISTRACIÓN GASTOS DE ADMINISTRACIÓN GASTOS DE ADMINISTRACIÓN GASTOS DE ADMINISTRACIÓN GASTOS DE ADMINISTRACIÓN GASTOS DE ADMINISTRACIÓN
Ejercicio Límites alternativos (Art. 33 Reglamento R.D. 1337/2005) Límites alternativos (Art. 33 Reglamento R.D. 1337/2005) Gastos directamente ocasionados por la administración del patrimonio (3) Gastos resarcibles a los patronos (4) TOTAL GASTOS ADMINISTRACIÓN DEVENGADOS EN EL EJERCICIO (5) = (3) + (4) Supera (+) No supera (-) el límite máximo (el mayor de 1 y 2) - 5
Ejercicio 5% de los fondos propios (1) 20% de la base de cálculo del Art. 27 Ley 50/2002 y Art. 32.1 Reglamento R.D. 1337/05 (2) Gastos directamente ocasionados por la administración del patrimonio (3) Gastos resarcibles a los patronos (4) TOTAL GASTOS ADMINISTRACIÓN DEVENGADOS EN EL EJERCICIO (5) = (3) + (4) Supera (+) No supera (-) el límite máximo (el mayor de 1 y 2) - 5
n

25. Activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones interrumpida

1.

Para cada actividad que deba ser clasificada como interrumpida, deberá indicarse.

a)

Los ingresos, los gastos y el resultado antes de impuestos de las actividades interrumpidas, reconocidos en la cuenta de resultados.

b)

El gasto por impuesto sobre beneficios relativo al anterior resultado. .

c)

Los flujos netos de efectivo atribuibles a las actividades de explotación y de gestión, de inversión y financiación de las actividades interrumpidas..

d)

Una descripción detallada de los elementos patrimoniales afectos a la citada actividad, indicando su importe y las circunstancias que han motivado dicha clasificación.

e)

Los ajustes que se efectúen en el ejercicio corriente a los importes presentados previamente que se refieran a las actividades interrumpidas y que estén directamente relacionados con la enajenación o disposición por otra vía de las mismas en un ejercicio anterior o, en su caso, los originados por no haberse producido dicha enajenación.

f)

Los resultados relativos a la actividad que se hayan presentado previamente como actividades interrumpidas, y que sin embargo finalmente no hayan sido enajenadas.

2.

Para cada activo no corriente o grupo enajenable de elementos que deba calificarse como mantenido para la venta, incluyendo los de actividades interrumpidas, deberá indicarse.

a)

Una descripción detallada de los elementos patrimoniales, indicando su importe y las circunstancias que han motivado dicha clasificación.

b)

El resultado reconocido en la cuenta de resultados, para cada elemento significativo.

c)

Los ajustes que se efectúen en el ejercicio corriente a los importes presentados previamente que se refieran a los activos no corrientes o grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta y que estén directamente relacionados con la enajenación o disposición por otra vía de los mismos en un ejercicio anterior o, en su caso, los originados por no haberse producido dicha enajenación.

3.

Cuando los requisitos para calificar un activo no corriente o un grupo enajenable de elementos como mantenidos para la venta se cumplan después de la fecha de cierre del ejercicio, pero antes de la formulación de las cuentas anuales, la entidad no los calificará como mantenidos para la venta en las cuentas anuales que formule. No obstante deberá suministrar en relación con los mismos la información descrita en la letra a) del apartado anterior.

26. Hechos posteriores al cierre

La entidad informará de.

1.

Los hechos posteriores que pongan de manifiesto circunstancias que ya existían en la fecha de cierre del ejercicio que no hayan supuesto, de acuerdo con su naturaleza, la inclusión de un ajuste en las cifras contenidas en las cuentas anuales, pero la información contenida en la memoria debe ser modificada de acuerdo con dicho hecho posterior.

2.

Los hechos posteriores que muestren condiciones que no existían al cierre del ejercicio y que sean de tal importancia que, si no se suministra información al respecto, podría afectar a la capacidad de evaluación de los usuarios de las cuentas anuales. En particular se describirá el hecho posterior y se incluirá la estimación de sus efectos. En el supuesto de que no sea posible estimar los efectos del citado hecho, se incluirá una manifestación expresa sobre este extremo, conjuntamente con los motivos y condiciones que provocan dicha imposibilidad de estimación.

3.

Hechos acaecidos con posterioridad al cierre de las cuentas anuales que afecten a la aplicación del principio de entidad en funcionamiento, informando de.

a)

Descripción del hecho posterior y su naturaleza (factor que genera duda respecto a la aplicación del principio de entidad en funcionamiento).

b)

Potencial impacto del hecho posterior sobre la situación de la entidad.

c)

Factores mitigantes relacionados, en su caso, con el hecho posterior.

27. Operaciones con partes vinculadas

1.

La información sobre operaciones con partes vinculadas se suministrará separadamente para cada una de las siguientes categorías.

a)

Entidad dominante.

b)

Otras entidades del grupo.

c)

Negocios conjuntos en los que la entidad sea uno de los partícipes.

d)

Entidades asociadas.

e)

Entidades con control conjunto o influencia significativa sobre la entidad.

f)

Personal clave de la entidad o de la entidad dominante.

g)

Otras partes vinculadas.

2.

La entidad facilitará información suficiente para comprender las operaciones con partes vinculadas que haya efectuado y los efectos de las mismas sobre sus estados financieros, incluyendo, entre otros, los siguientes aspectos.

a)

Identificación de las personas o entidades con las que se han realizado las operaciones vinculadas, expresando la naturaleza de la relación con cada parte implicada.

b)

Detalle de la operación y su cuantificación, expresando la política de precios seguida, poniéndola en relación con las que la entidad utiliza respecto a operaciones análogas realizadas con partes que no tengan la consideración de vinculadas. Cuando no existan operaciones análogas realizadas con partes que no tengan la consideración de vinculadas, los criterios o métodos seguidos para determinar la cuantificación de la operación.

c)

Beneficio o pérdida que la operación haya originado en la entidad y descripción de las funciones y riesgos asumidos por cada parte vinculada respecto de la operación.

d)

Importe de los saldos pendientes, tanto activos como pasivos, sus plazos y condiciones, naturaleza de la contraprestación establecida para su liquidación, agrupando los activos y pasivos por tipo de instrumento financiero (con la estructura que aparece en el balance de la entidad) y garantías otorgadas o recibidas.

e)

Correcciones valorativas por deudas de dudoso cobro relacionadas con los saldos pendientes anteriores.

f)

Gastos reconocidos en el ejercicio como consecuencia de deudas incobrables o de dudoso cobro de partes vinculadas.

3.

En todo caso, deberá informarse de los siguientes tipos de operaciones con partes vinculadas:

a)

Ventas y compras de activos corrientes y no corrientes.

b)

Prestación y recepción de servicios.

c)

Contratos de arrendamiento financiero.

d)

Transferencias de investigación y desarrollo.

e)

Acuerdos sobre licencias.

f)

Acuerdos de financiación, incluyendo préstamos y aportaciones de capital, ya sean en efectivo o en especie. En las operaciones de adquisición y enajenación de instrumentos de patrimonio, se especificará el número, valor nominal, precio medio y resultado de las mismas, especificando el destino final previsto en el caso de adquisición.

g)

Intereses abonados y cargados; así como aquellos devengados pero no pagados o cobrados.

h)

Dividendos y otros beneficios recibidos.

i)

Garantías y avales.

j)

Remuneraciones e indemnizaciones.

k)

Aportaciones a planes de pensiones y seguros de vida.

l)

Compromisos en firme por opciones de compra o de venta u otros instrumentos que puedan implicar una transmisión de recursos o de obligaciones entre la entidad y la parte vinculada.

m)

Acuerdo de reparto de costes en relación con la producción de bienes y servicios que serán utilizados por varias partes vinculadas.

n)

Acuerdos de gestión de tesorería, y

o)

Acuerdos de condonación de deudas y prescripción de las mismas.

4.

La información anterior podrá presentarse de forma agregada cuando se refiera a partidas de naturaleza similar. En todo caso, se facilitará información de carácter individualizado sobre las operaciones vinculadas que fueran significativas por su cuantía o relevantes para una adecuada comprensión de las cuentas anuales.

5.

No será necesario informar en el caso de operaciones que, perteneciendo al tráfico ordinario de la entidad, se efectúen en condiciones normales de mercado, sean de escasa importancia cuantitativa y carezcan de relevancia para expresar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la entidad.

6.

Sobre el importe de los sueldos, dietas y remuneraciones de cualquier clase devengados en el curso del ejercicio por el personal de alta dirección y los miembros del órgano de gobierno, cualquiera que sea su causa, así como de las obligaciones contraídas en materia de pensiones o de pago de primas de seguros de vida respecto de los miembros antiguos y actuales del órgano de gobierno y personal de alta dirección. Asimismo, se incluirá información sobre indemnizaciones por cese. Cuando los miembros del órgano de gobierno sean personas jurídicas, los requerimientos anteriores se referirán a las personas físicas que los representen. Estas informaciones se podrán dar de forma global por concepto retributivo, recogiendo separadamente los correspondientes al personal de alta dirección de los relativos a los miembros del órgano de gobierno.

7.

También deberá informarse sobre el importe de los anticipos y créditos concedidos al personal de alta dirección y a los miembros de los órganos de gobierno, con indicación del tipo de interés, sus características esenciales y los importes eventualmente devueltos, así como las obligaciones asumidas por cuenta de ellos a título de garantía. Cuando los miembros del órgano de gobierno sean personas jurídicas, los requerimientos anteriores se referirán a las personas físicas que los representen. Estas informaciones se podrán dar de forma global por cada categoría, recogiendo separadamente los correspondientes al personal de alta dirección de los relativos a los miembros del órgano de gobierno.

8.

En el caso de pertenecer a un grupo de entidades, se describirá la estructura financiera del grupo.

28. Otra información

Se incluirá información sobre.

1.

Cambios en el órgano de gobierno, dirección y representación.

2.

Información sobre las autorizaciones, otorgadas por el Protectorado o autoridad administrativa correspondiente, que sean necesarias para realizar determinadas actuaciones. Se informará igualmente de las solicitudes de autorización sobre las que aún no se haya recibido el acuerdo correspondiente.

3.

El número medio de personas empleadas en el curso del ejercicio, indicando aquellas con discapacidad mayor o igual del 33%, y expresando las categorías a que pertenecen.

La distribución por sexos al término del ejercicio del personal de la entidad, desglosado en un número suficiente de categorías y niveles, entre los que figurarán el de los directivos y miembros del órgano de gobierno.

4.

El importe desglosado por conceptos de los honorarios por auditoría de cuentas y otros servicios prestados por los auditores de cuentas; en particular, se detallará el total de los honorarios cargados por otros servicios de verificación así como el total de los honorarios cargados por servicios de asesoramiento fiscal. El mismo desglose de información se dará de los honorarios correspondientes a cualquier entidad del mismo grupo a que perteneciese el auditor de cuentas, o a cualquier otra entidad con la que el auditor esté vinculado por control, propiedad común o gestión.

5.

La naturaleza y el propósito de negocio de los acuerdos de la entidad que no figuren en balance y sobre los que no se haya incorporado información en otra nota de la memoria, así como su posible impacto financiero, siempre que esta información sea significativa y de ayuda para la determinación de la posición financiera de la entidad.

6.

Información anual del grado de cumplimiento del Código de Conducta de las entidades sin fines lucrativos para la realización de las inversiones financieras temporales, según la legislación que le resulte aplicable.

29. Información segmentada

En su caso, la entidad informará de la distribución del importe neto de la cifra de negocios correspondiente a sus actividades ordinarias de naturaleza mercantil, por categorías de actividades, así como por mercados geográficos, en la medida en que, desde el punto de vista de la organización de la venta de productos y de la prestación de servicios u otros ingresos correspondientes a las actividades ordinarias de la entidad, esas categorías y mercados difieran entre sí de una forma considerable.

Las entidades que puedan formular cuenta de resultados abreviada podrán omitir esta información.

30. Estado de flujos de efectivo

En él se describirán el origen y la utilización de los activos monetarios representativos de efectivo y otros activos líquidos equivalentes, clasificando los movimientos por actividades e indicando la variación neta de dicha magnitud en el ejercicio. A estos efectos deberá cumplimentarse el modelo que se adjunta.

Estado de flujos de efectivo correspondiente al ejercicio terminado el ..... de 200X

NOTAS 200X 200X-1
A) FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN Y DE GESTIÓN
1. Excedente del ejercicio antes de impuestos.
2. Ajustes del resultado.
a) Amortización del inmovilizado (+). b) Correcciones valorativas por deterioro (+/-). c) Variación de provisiones (+/-). d) Imputación de subvenciones, donaciones y legados (-) e) Resultados por bajas y enajenaciones del inmovilizado (+/-). f) Resultados por bajas y enajenaciones de instrumentos financieros (+/-). g) Ingresos financieros (-). h) Gastos financieros (+). i) Diferencias de cambio (+/-). j) Variación de valor razonable en instrumentos financieros (+/-). k) Otros ingresos y gastos (-/+). 3. Cambios en el capital corriente. a) Existencias (+/-). b) Deudores y otras cuentas a cobrar (+/-). c) Otros activos corrientes (+/-). d) Acreedores y otras cuentas a pagar (+/-). e) Otros pasivos corrientes (+/-). f) Otros activos y pasivos no corrientes (+/-). 4. Otros flujos de efectivo de las actividades de explotación y de gestión. a) Pagos de intereses (-). b) Cobros de dividendos (+). c) Cobros de intereses (+). d) Cobros (pagos) por impuesto sobre beneficios (+/-). e) Otros pagos (cobros) (-/+) 5. Flujos de efectivo de las actividades de explotación y de gestión (+/-1+/-2+/-3+/-4)
B) FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN
6. Pagos por inversiones (-).
a) Entidades del grupo y asociadas.
b) Inmovilizado intangible.
c) Inmovilizado material. d) Bienes del Patrimonio Histórico. e) Inversiones inmobiliarias.
f) Otros activos financieros.
g) Activos no corrientes mantenidos para venta. h) Otros activos.
7. Cobros por desinversiones (+).
a) Entidades del grupo y asociadas.
b) Inmovilizado intangible.
c) Inmovilizado material. d) Bienes del Patrimonio Histórico. e) Inversiones inmobiliarias.
f) Otros activos financieros.
g) Activos no corrientes mantenidos para venta. h) Otros activos. 8. Flujos de efectivo de las actividades de inversión (7-6)
C) FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN
9. Cobros y pagos por operaciones de patrimonio. a) Aportaciones a la dotación fundacional o fondo social (+). b) Disminuciones del fondo social (-). c) Subvenciones, donaciones y legados recibidos (+). 10. Cobros y pagos por instrumentos de pasivo financiero. a) Emisión 1. Obligaciones y otros valores negociables (+). 2. Deudas con entidades de crédito (+). 3. Deudas con entidades del grupo y asociadas (+). 4. Otras deudas (+). b) Devolución y amortización de 1. Obligaciones y otros valores negociables (-). 2. Deudas con entidades de crédito (-). 3. Deudas con entidades del grupo y asociadas (-). 4. Otras deudas (-). 11. Flujos de efectivo de las actividades de financiación (+/-9+/-10)
D) EFECTO DE LAS VARIACIONES DE LOS TIPOS DE CAMBIO
E) AUMENTO/DISMINUCIÓN NETA DEL EFECTIVO O EQUIVALENTES (+/-5+/-8+/-11+/- D)
Efectivo o equivalentes al comienzo del ejercicio.
Efectivo o equivalentes al final del ejercicio.

31. Inventario

El inventario a que se refiere el artículo 25.2 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, comprenderá los elementos patrimoniales integrantes del balance de la entidad, distinguiendo los distintos bienes, derechos, obligaciones y otras partidas que lo componen.

A tal efecto se confeccionará un documento en el que se indicará para los distintos elementos patrimoniales que los Protectorados determinen en función, entre otros criterios, de su importancia cuantitativa y la vinculación a fines propios de la entidad, los siguientes aspectos.

– Descripción del elemento.

– Fecha de adquisición.

– Valor contable.

– Variaciones producidas en la valoración.

– Pérdidas por deterioro, amortizaciones y cualquier otra partida compensadora que afecte al elemento patrimonial.

– Cualquier otra circunstancia de carácter significativo que afecte al elemento patrimonial, tales como gravámenes, afectación a fines propios o si forman parte de la dotación fundacional.

MODELOS ABREVIADOS DE CUENTAS ANUALES

Balance abreviado

Balance abreviado al cierre del ejercicio 200X

N.º CUENTAS ACTIVO NOTAS DE LA MEMORIA 200X 200X-1
A) ACTIVO NO CORRIENTE
20, (280), (2830), (290) I. Inmovilizado intangible
240, 241, 242, 243, 244, 249, (299) II. Bienes del Patrimonio Histórico
21, (281), (2831), (291), 23 III. Inmovilizado material
22, (282), (2832), (292) IV. Inversiones inmobiliarias
2503, 2504, 2513, 2514, 2523, 2524, (2593), (2594), (293), (2943), (2944), (2953), (2954) V. Inversiones en entidades del grupo y asociadas a largo plazo
2505, 2515, 2525, (2595), 260, 261, 262, 263, 264, 265, 267, 268, (269), 27, (2945), (2955), (297), (298) VI. Inversiones financieras a largo plazo
474 VII. Activos por impuesto diferido
B) ACTIVO CORRIENTE
580, 581, 582, 583, 584, (599) I. Activos no corrientes mantenidos para la venta
30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, (39), 407 II. Existencias
447, 448, (495) III. Usuarios y otros deudores de la actividad propia
430, 431, 432, 433, 434, 435, 436, (437), (490), (493), 440, 441, 446, 449, 460, 464, 470, 471, 472, 558, 544 IV. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar
5303, 5304, 5313, 5314, 5323, 5324, 5333, 5334, 5343, 5344, 5353, 5354, (5393), (5394), 5523, 5524, (593), (5943), (5944), (5953), (5954) V. Inversiones en entidades del grupo y asociadas a corto plazo
5305, 5315, 5325, 5335, 5345, 5355, (5395), 540, 541, 542, 543, 545, 546, 547, 548, (549), 551, 5525, 5590, 5593, 565, 566, (5945), (5955), (597), (598) VI. Inversiones financieras a corto plazo
480, 567 VII. Periodificaciones a corto plazo
57 VIII. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes
TOTAL ACTIVO (A + B)
N.º CUENTAS PATRIMONIO NETO Y PASIVO NOTAS DE LA MEMORIA 200X 200X-1
--- --- --- --- ---
A) PATRIMONIO NETO
A-1) Fondos propios
I. Dotación fundacional/Fondo social
100, 101 1. Dotación fundacional/Fondo social
(103), (104) 2. (Dotación fundacional no exigida/Fondo social no exigido)
111, 113, 114, 115 II. Reservas
120, (121) III. Excedentes de ejercicios anteriores
129 IV. Excedente del ejercicio
133, 1340, 137 A-2) Ajustes por cambios de valor
130, 131, 132 A-3) Subvenciones, donaciones y legados recibidos
B) PASIVO NO CORRIENTE
14 I. Provisiones a largo plazo
II. Deudas a largo plazo
1605, 170 1. Deudas con entidades de crédito
1625, 174 2. Acreedores por arrendamiento financiero
1615, 1635, 171, 172, 173, 175, 176, 177, 179, 180, 185, 189 3. Otras deudas a largo plazo
1603, 1604, 1613, 1614, 1623, 1624, 1633, 1634 III. Deudas con entidades del grupo y asociadas a largo plazo
479 IV. Pasivos por impuesto diferido
181 V. Periodificaciones a largo plazo
C) PASIVO CORRIENTE
585, 586, 587, 588, 589 I. Pasivos vinculados con activos no corrientes mantenidos para la venta
499, 529 II. Provisiones a corto plazo
III. Deudas a corto plazo
5105, 520, 527 1. Deudas con entidades de crédito
5125, 524 2. Acreedores por arrendamiento financiero
500, 505, 506, 509, 5115, 5135, 5145, 521, 522, 523, 525, 528, 551, 5525, 555, 5565, 5566, 5595, 5598, 560, 561, 569 3. Otras deudas a corto plazo
5103, 5104, 5113, 5114, 5123, 5124, 5133, 5134, 5143, 5144, 5523, 5524, 5563, 5564 IV. Deudas con entidades del grupo y asociadas a corto plazo
412 V. Beneficiarios – Acreedores
VI. Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar
400, 401, 403, 404, 405, (406) 1. Proveedores
410, 411, 419, 438, 465, 466, 475, 476, 477 2. Otros acreedores
485, 568 VII. Periodificaciones a corto plazo
TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO (A + B + C)

CUENTA DE RESULTADOS ABREVIADA

Cuenta de resultados abreviada correspondiente al ejercicio terminado el ….. de 200X

N.º CUENTAS NOTA (Debe) Haber (Debe) Haber
N.º CUENTAS NOTA 200X 200X-1
A) Excedente del ejercicio
1. Ingresos de la actividad propia
720 a) Cuotas de asociados y afiliados
721 b) Aportaciones de usuarios
722, 723 c) Ingresos de promociones, patrocinadores y colaboraciones
740, 747, 748 d) Subvenciones, donaciones y legados imputados al excedente del ejercicio
728 e) Reintegro de ayudas y asignaciones
700, 701, 702, 703, 704, 705, (706), 2. Ventas y otros ingresos de la actividad mercantil
(708), (709) 3. Gastos por ayudas y otros
(650) a) Ayudas monetarias
(651) b) Ayudas no monetarias
(653), (654) c) Gastos por colaboraciones y del órgano de gobierno
(658) d) Reintegro de subvenciones, donaciones y legados
(6930), 71*, 7930 4. Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación
73 5. Trabajos realizados por la entidad para su activo
(600), (601), (602), 6060, 6061, 6062, 6080, 6081, 6082, 6090, 6091, 6092, 610, 611, 612*, (607), (6931), (6932), (6933), 7931, 7932, 7933 6. Aprovisionamientos
75 7. Otros ingresos de la actividad
(640), (641), (642), (643), (644), (649), 7950 8. Gastos de personal
(62), (631), (634), 636, 639, (655), (694), (695), 794, 7954, (656), (659) 9. Otros gastos de la actividad
(68) 10. Amortización del inmovilizado
745, 746 11. Subvenciones, donaciones y legados de capital traspasados al excedente del ejercicio
7951, 7952, 7955, 7956 12. Exceso de provisiones
(690), (691), (692), 770, 771, 772, 790, 791, 792, (670), (671), (672) 13. Deterioro y resultado por enajenaciones del inmovilizado
A.1) EXCEDENTE DE LA ACTIVIDAD (1+2+3+4+5+6+7+8+9+10+11+12+13)
760, 761, 762, 767, 769 14. Ingresos financieros
(660), (661), (662), (664), (665), (669) 15. Gastos financieros
(663), 763 16. Variación de valor razonable en instrumentos financieros
(668), 768 17. Diferencias de cambio
(666), (667), (673), (675), (696), (697), (698), (699), 766, 773, 775, 796, 797, 798, 799 18. Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros
A.2) EXCEDENTE DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS (14+15+16+17+18)
A.3) EXCEDENTE ANTES DE IMPUESTOS (A.1+A.2)
(6300), 6301, (633), 638 19. Impuestos sobre beneficios
A.4) Variación de patrimonio neto reconocida en el excedente del ejercicio (A.3 + 19)
B) Ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto
940, 9420 1. Subvenciones recibidas.
941, 9421 2. Donaciones y legados recibidos.
(800), (89), 900, 991, 992, (810), 910, (85), 95 3. Otros ingresos y gastos.
(8300), 8301, (833), 834, 835, 838 4. Efecto impositivo.
B.1) Variación de patrimonio neto por ingresos y gastos reconocidos directamente en el patrimonio neto (1+2+3+4)
C) Reclasificaciones al excedente del ejercicio.
(840), (8420) 1. Subvenciones recibidas.
(841), (8421) 2. Donaciones y legados recibidos.
(802), 902, 993, 994, (812), 912 3. Otros ingresos y gastos.
8301*, (836), (837) 4. Efecto impositivo.
C.1) Variación de patrimonio neto por reclasificaciones al excedente del ejercicio (1+2+3+4)
D) Variaciones de patrimonio neto por ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto (B.1 + C.1)**
E) Ajustes por cambios de criterio
F) Ajustes por errores
G) Variaciones en la dotación fundacional o fondo social
H) Otras variaciones
I) RESULTADO TOTAL, VARIACIÓN DEL PATRIMONIO NETO EN EL EJERCICIO (A.4+D+E+F+G+H)
  • Su signo puede ser positivo o negativo.

Memoria abreviada

Contenido de la memoria abreviada

1. Actividad de la entidad

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