Orden HAP/2250/2015, de 23 de octubre, por la que se aprueba el modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas y por la que se modifican otras normas tributarias
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
5 actos modificadores · 2025-12-12, Orden HAC/1430/2025, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Orden de 21 de diciembr…
| Posiciones | Naturaleza | Descripción de los campos |
| 1 | Numérico. | TIPO DE REGISTRO |
| Constante ‘2’ | ||
| 2-4 | Numérico. | MODELO DECLARACIÓN |
| Constante ‘184’. | ||
| 5-8 | Numérico. | EJERCICIO |
| Deberá consignarse lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1. | ||
| 9-17 | Alfanumérico. | N.I.F. DEL DECLARANTE |
| Deberá consignarse lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1. | ||
| 18-26 | Alfanumérico. | N.I.F. ENTIDAD |
| Deberá consignarse lo contenido en el campo «NIF del Declarante», que ocupa las posiciones 9 a 17 del registro de tipo 1. | ||
| 27-35 | ---------- | BLANCO |
| 36-75 | Alfanumérico. | DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL DECLARANTE |
| Deberá consignarse lo contenido en el campo «Denominación o razón social del declarante», que ocupa las posiciones 18 a 57 del registro de tipo 1. | ||
| 76 | Alfabético. | TIPO DE HOJA |
| Constante ‘E’. | ||
| 77 | Alfabético. | CLAVE. |
| Se consignará la clave alfabética que corresponda al registro que se esté declarando, según la relación de claves siguientes: | ||
| A. Rendimientos del capital mobiliario. | ||
| B. Identificación de la persona o entidad cesionaria de los capitales propios. Se consignará esta clave en el supuesto de que la entidad en régimen de atribución de rentas obtenga rentas de capital mobiliario derivadas de la cesión a terceros de capitales propios y alguno de los miembros de la entidad sea sujeto pasivo del Impuesto sobre Sociedades o contribuyente por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente. | ||
| C. Rendimientos del capital inmobiliario. | ||
| D. Rendimientos de actividades económicas. | ||
| E. Rentas contabilizadas derivadas de la participación en Instituciones de Inversión Colectiva. Cumplimentarán este clave las entidades en régimen de atribución de rentas que posean acciones o participaciones en instituciones de inversión colectiva, y que cuenten entre sus miembros con contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente. Estas rentas se consignarán exclusivamente con esta clave en la declaración. | ||
| F. Ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales. Con esta clave se declarará el importe total de las ganancias y pérdidas patrimoniales tanto generadas en España como en el extranjero, producidas en el ejercicio y no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales. Se consignarán las ganancias y pérdidas patrimoniales que efectivamente se imputen en el ejercicio. | ||
| G. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales. Con esta clave se declarará el importe total de las ganancias y pérdidas patrimoniales, tanto generadas en España como en el extranjero, producidas en el ejercicio con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales, incluidas, en su caso, las derivadas de elementos patrimoniales afectos a actividades económicas. Se consignarán las ganancias y pérdidas patrimoniales que efectivamente se imputen en el ejercicio. | ||
| H. Entidades que determinan la renta atribuible según el Impuesto sobre Sociedades. Cuando todos los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas sean contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente, la renta atribuible a los socios, herederos, comuneros o partícipes se determinará de acuerdo con las normas del Impuesto sobre Sociedades. | ||
| I. Deducciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se hará constar el importe que constituya la base de la deducción aplicable por alguno de los conceptos previstos en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. | ||
| J. Deducciones de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Deberán cumplimentar esta clave las entidades en régimen de atribución de rentas que tengan socios, comuneros, herederos o partícipes que sean contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente, incluyendo la base de la deducción aplicable por alguno de los conceptos previstos en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades. | ||
| K. Retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad. Se consignarán los importes de las retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que le hubieran sido practicadas a la entidad en régimen de atribución de rentas durante el periodo objeto de declaración. | ||
| L. Exceso de rentas negativas obtenidas en países sin convenio con España. Cuando el país en el que se obtengan las rentas no tenga suscrito convenio con España para evitar la doble imposición con cláusula de intercambio de información, no se computarán las rentas negativas que excedan de las positivas siempre que procedan de la misma fuente y el mismo país. | ||
| 78-79 | Alfanumérico. | SUBCLAVE |
| Se consignará la subclave numérica o alfabética que corresponda al registro que se esté declarando, según la relación de claves siguientes: | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave A (Rendimientos del capital mobiliario): | ||
| 01. Rendimientos obtenidos en España. | ||
| 02. Rendimientos obtenidos en el extranjero. | ||
| 03. Reducciones aplicables | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave C (Rendimientos del capital inmobiliario): | ||
| 01. Rendimientos obtenidos en España. | ||
| 02. Rendimientos obtenidos en el extranjero. | ||
| 03. Reducciones aplicables | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave D (Rendimientos de actividades económicas): | ||
| 01. Rendimientos obtenidos en España. | ||
| 02. Rendimientos obtenidos en el extranjero. | ||
| 03. Importe del rendimiento con derecho a reducción. | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave F (Ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales): | ||
| 01. Ganancias generadas en España. | ||
| 02. Pérdidas generadas en España. | ||
| 03. Ganancias generadas en el extranjero. | ||
| 04. Pérdidas generadas en el extranjero. | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave G (Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales): | ||
| 01. Ganancias sin reducción generadas en España. | ||
| 02. Pérdidas sin reducción generadas en España. | ||
| 03. Ganancias sin reducción generadas en el extranjero. | ||
| 04. Pérdidas sin reducción generadas en el extranjero. | ||
| 05. Ganancias con reducción, relativas a elementos no afectos a actividades económicas generadas en España. | ||
| 06. Ganancias con reducción, relativas a elementos no afectos a actividades económicas generadas en el extranjero. | ||
| 07. Ganancias con reducción, relativas a elementos afectos a actividades económicas generadas en España. | ||
| 08. Ganancias con reducción, relativas a elementos afectos a actividades económicas generadas en el extranjero. | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave I (Deducciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas): | ||
| 01. Por protección del Patrimonio Español y Mundial. | ||
| 02. Por donativos, donaciones y aportaciones a determinadas entidades. | ||
| 03. Por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. | ||
| 04. Deducciones en actividades Económicas. | ||
| 05. Por doble imposición internacional (importe efectivo satisfecho en el extranjero). | ||
| 06. Por inversión en empresas de nueva o reciente creación. | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave J (Deducciones de la Ley del Impuesto sobre Sociedades): | ||
| 01. Por doble imposición internacional (importe efectivo satisfecho en el extranjero). | ||
| 02. Deducciones con límite de cuota. | ||
| 03. Deducción por donativos a entidades sin fines lucrativos. | ||
| 04. Otras deducciones. | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave K (Retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad): | ||
| 01. Por rendimientos del capital mobiliario. | ||
| 02. Por arrendamiento de inmuebles urbanos (constituyan o no actividad económica). | ||
| 03. Por rendimientos de actividades económicas (excepto arrendamientos de inmuebles urbanos). | ||
| 04. Por ganancias patrimoniales. | ||
| 05. Por otros conceptos. | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave L (Exceso de rentas negativas obtenidas en países sin convenio con España): | ||
| A. Rendimientos del capital mobiliario. | ||
| C. Rendimientos del capital inmobiliario. | ||
| D. Rendimientos de actividades económicas. | ||
| E. Rentas contabilizadas derivadas de la participación en Instituciones de Inversión Colectiva. | ||
| F. Ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales. | ||
| G. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales. | ||
| 80–81 | Alfabético. | CLAVE PAÍS |
| Se consignarán los dos caracteres alfabéticos indicativos del país o territorio en el que hayan sido obtenidos los rendimientos o las ganancias o pérdidas de patrimonio según la relación de códigos de países y territorios que se incluye en el Anexo II de la Orden EHA/3496/2011, de 15 de diciembre (BOE del 26-12-2011), cuando: | ||
| – En el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «A» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «02». | ||
| – En el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «B». | ||
| – En el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «C» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «02». | ||
| – En el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «D» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «02». | ||
| – En el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «F» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «03» ó «04». | ||
| – En el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «G» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «03», «04», «06» ó «08». | ||
| – En el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «L» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne «A», «C», «D», «E», «F» o «G». | ||
| En caso de que para una misma clave y subclave se hubiera obtenido un mismo tipo de rendimiento en más de un país, se utilizará un registro diferente para cada país o territorio. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 82 | Numérico. | RÉGIMEN DE DETERMINACIÓN DE RENDIMIENTOS |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro entidad, se consigne ‘D’, se indicará en este campo el régimen de determinación del rendimiento de actividades económicas de la entidad en régimen de atribución de rentas, consignando para ello la clave numérica que corresponda: | ||
| 1. Estimación directa modalidad normal | ||
| 2. Estimación directa modalidad simplificada | ||
| 3. Estimación objetiva (sólo si todos los miembros de la entidad son personas físicas). | ||
| 83 | Numérico. | TIPO DE ACTIVIDAD |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad, se consigne ‘D’ se indicará en este campo el tipo o naturaleza de la actividad cuyos datos vayan a consignarse en este registro, consignando para ello la clave que en cada caso corresponda de las cinco siguientes: | ||
| 1. Actividades empresariales de carácter mercantil | ||
| 2. Actividades agrícolas y ganaderas | ||
| 3. Otras actividades empresariales de carácter no mercantil | ||
| 4. Actividades profesionales de carácter artístico o deportivo | ||
| 5. Restantes actividades profesionales | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 84-87 | Numérico. | GRUPO O EPÍGRAFE I.A.E. |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad, se consigne ‘D’ se indicará en este campo el grupo o el epígrafe en el que se encuentra clasificada la actividad realizada a efectos del Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.). | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 88-96 | Alfanumérico. | NIF DE LA PERSONA O ENTIDAD CESIONARIA/NIF DE LA INSTITUCIÓN DE INVERSIÓN COLECTIVA |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘B’, se indicará en este campo el número de identificación fiscal de la entidad cesionaria de los capitales propios. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘E’, se indicará en este campo el número de identificación fiscal de la institución de inversión colectiva. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 97-116 | Alfanumérico. | DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL DEL CESIONARIO / DENOMINACIÓN DE LA INSTITUCIÓN DE INVERSIÓN COLECTIVA |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘B’, se indicará en este campo la denominación completa, sin anagramas, de la entidad cesionaria de los capitales propios. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘E’, se indicará en este campo la denominación, o razón social, de la institución de inversión colectiva. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 117-124 | Numérico. | FECHA ADQUISICIÓN |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro entidad, se consigne ‘E’, se indicará en este campo la fecha de adquisición o suscripción de la acción o participación. Este campo se subdivide en 3: | ||
| 117-120 Numérico Año | ||
| 121-122 Numérico Mes | ||
| 123-124 Numérico Día | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 125-137 | Numérico. | VALOR LIQUIDATIVO / AJUSTES: AUMENTOS |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘E’, se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el valor liquidativo de la acción o participación al día del cierre del ejercicio. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘H’, se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y el resto de normas fiscales aplicables, deba añadirse al resultado contable a efectos de determinar la renta fiscal generada por la entidad en el ejercicio. | ||
| Este campo se subdivide en dos: | ||
| 125-135 Parte entera del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 136-137 Parte decimal del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 138-150 | Numérico. | VALOR DE ADQUISICIÓN, SUSCRIPCIÓN O CONTABLE / AJUSTES: DISMINUCIONES |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘E’, se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el valor contable de la acción o participación a la fecha de cierre del ejercicio | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘H’, se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades y el resto de normas fiscales aplicables, deba restarse del resultado contable a efectos de determinar la renta fiscal generada por la entidad en el ejercicio. | ||
| Este campo se subdivide en dos: | ||
| 138-148 Parte entera del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 149-150 Parte decimal del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 151-164 | Alfanumérico. | INGRESOS ÍNTEGROS / IMP. RENDIMIENTOS DEVENGADOS / RESULTADO CONTABLE. |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘A’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘01’, se indicará en este campo el importe de los ingresos íntegros del capital mobiliario obtenidos en España. Este importe incluirá los rendimientos derivados de la cesión a terceros de capitales propios que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘A’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘02’, se indicará en este campo el importe de los ingresos íntegros del capital mobiliario obtenidos en el extranjero. Este importe incluirá los rendimientos derivados de la cesión a terceros de capitales propios que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro entidad, se consigne ‘B’, se indicará en este campo el importe de los rendimientos del capital mobiliario derivados de la cesión a terceros de capitales propios que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas atribuibles a los miembros de la entidad contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘C’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘01’, se indicará en este campo el importe de los ingresos íntegros del capital inmobiliario obtenidos en España. Este importe incluirá los rendimientos del capital inmobiliario que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘C’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘02’, se indicará en este campo el importe de los ingresos íntegros del capital inmobiliario obtenidos en el extranjero. Este importe incluirá los rendimientos del capital inmobiliario que se hubieran devengado a favor de la entidad en régimen de atribución de rentas en el ejercicio. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘D’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘01’, se indicará en este campo el importe de los ingresos íntegros obtenidos en España por la entidad en régimen de atribución de rentas referido a la actividad económica que corresponda. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘D’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘02’, se indicará en este campo el importe de los ingresos íntegros obtenidos en el extranjero por la entidad en régimen de atribución de rentas referido a la actividad económica que corresponda. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘H’, se indicará en este campo el resultado contable del ejercicio que figure en las cuentas anuales de la entidad, elaboradas de acuerdo con las normas mercantiles y contables que sean de aplicación. | ||
| 151. Alfabético. SIGNO | ||
| Se consignará una «N» cuando el importe de los ingresos íntegros, de los rendimientos devengados o el resultado contable sea negativo. En cualquier otro caso este campo se consignará a espacios. | ||
| 152–164. Numérico. IMPORTE | ||
| Se hará constar sin signo y sin coma decimal, el importe de los ingresos íntegros, de los rendimientos devengados o del resultado contable. | ||
| Este campo se subdivide en dos: | ||
| 152-162 Parte entera del importe Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 163-164 Parte decimal del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 165-176 | Numérico. | GASTOS / EXCESO RENTAS NEGATIVAS |
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «A» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «01» o «02» se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos del capital mobiliario obtenidos. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «C» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «01» o «02», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos íntegros del capital inmobiliario. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «D» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mimo registro, se consigne «01» o «02», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos de actividades económicas. Si el régimen de determinación del rendimiento coincide con el método de estimación objetiva, no se cumplimentará este campo. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «L» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «A», «C», «D», «E», «F» o «G», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe de las rentas negativas que excedan de las positivas obtenidas en el mismo país y procedentes de la misma fuente. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| Este campo se subdivide en dos: | ||
| 165-174. Parte entera del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 175-176. Parte decimal del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 177-190 | Alfanumérico. | RENTA ATRIBUIBLE / RENDIMIENTO NETO ATRIBUIBLE |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘A’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘01’, se indicará en este campo el importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos de capital mobiliario obtenidos en España. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad, se consigne ‘A’ y en el campo ‘Subclave’, posición 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad, se consigne ‘02’ se indicará en este campo el importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital mobiliario obtenidos en un mismo país. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘C’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘01’, se indicará en este campo el importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital inmobiliario obtenidos en España. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘C’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘02’, se indicará en este campo el importe de la renta atribuible en concepto de rendimientos del capital inmobiliario obtenidos en un mismo país. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘D’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘01’, se indicará en este campo la diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos fiscalmente deducibles obtenidos en España. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘D’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo se consigne ‘02’, se indicará en este campo la diferencia entre los ingresos íntegros y los gastos fiscalmente deducibles obtenidos en un mismo país. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘E’, se indicará en este campo el importe de las rentas contabilizadas, o que deban contabilizarse, derivadas de las acciones o participaciones de las instituciones de inversión colectiva atribuibles a los miembros de la entidad contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘H’, se indicará en este campo el importe de la renta obtenida por la entidad que resulte atribuible a los miembros de la misma en el ejercicio. | ||
| 177. Alfabético. SIGNO: | ||
| Se consignará una «N» cuando el importe de la renta atribuible o del rendimiento neto atribuible sea negativo. En cualquier otro caso se consignará a espacios. | ||
| 178–190. Numérico. IMPORTE: | ||
| Se hará constar sin signo y sin coma decimal, el importe de la renta atribuible o del rendimiento neto atribuible. | ||
| Este campo se subdivide en dos: | ||
| 178-188 Parte entera del importe Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 189-190 Parte decimal del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 191-195 | Numérico. | PORCENTAJE DE REDUCCIÓN |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘A’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘03’, se indicará en este campo el porcentaje de reducción previsto en el artículo 26.2 de la Ley 35/2006, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aplicable sobre los rendimientos netos del capital mobiliario cuando tengan un período de generación superior a dos años, así como cuando hayan sido obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo. Las reducciones sólo serán aplicables a los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas que sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘C’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘03’, se indicará en este campo el porcentaje de reducción que corresponda conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Las reducciones anteriores sólo serán aplicables a los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas que sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. | ||
| Este campo se subdivide en dos: | ||
| 191-193 Numérico. ENTERO: | ||
| Parte entera. Se consignará la parte entera del porcentaje. Si no tiene se consignara a ceros. | ||
| 194-195 Numérico. DECIMAL: | ||
| Parte decimal. Se consignará la parte decimal del porcentaje. Si no tiene se consignara a ceros. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 196-207 | Alfanumérico. | RENTA ATRIBUIBLE CON DERECHO A REDUCCIÓN |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro entidad, se consigne ‘A’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘03’, se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe de la parte de renta atribuible a la que resulte aplicable un mismo porcentaje de reducción. Las reducciones sólo serán aplicables a los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas que sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘C’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘03’, se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe de la parte de renta atribuible con derecho a reducción a la que resulte aplicable un mismo porcentaje de reducción. Las reducciones anteriores sólo serán aplicables a los miembros de la entidad en régimen de atribución de rentas que sean contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘D’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘03’, se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe de la parte del rendimiento neto con derecho a reducción. En el caso de rendimientos cuyo periodo de generación sea superior a dos años o que hayan sido obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo será de aplicación la reducción prevista en el artículo 32 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. | ||
| Este campo se subdivide en dos: | ||
| 196. Alfabético. SIGNO: | ||
| Se consignará una «N» cuando el valor de la renta atribuible con derecho a reducción sea menor que cero. En cualquier otro caso el contenido del campo será un espacio. | ||
| 197-207. Numérico. IMPORTE: | ||
| Se consignará, sin signo y sin coma decimal, el importe resultante de la suma a que se ha hecho referencia anteriormente. | ||
| Este campo se subdivide en dos: | ||
| 197-205 Parte entera del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 206-207 Parte decimal del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 208-220 | Numérico. | GANANCIAS / PÉRDIDAS |
| Se consignará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales obtenidas cuando concurra alguno de los siguientes supuestos: | ||
| – Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «F» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «01», «02», «03» o «04». | ||
| – Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «G» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «01», «02», «03», «04», «05», «06», «07» o «08». Si se hubiera consignado «07» o «08» en el campo «Subclave», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, la parte de la ganancia patrimonial con derecho a reducción que proceda integrar en el ejercicio, en función de la reducción a que se refiere la Disposición adicional séptima de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| Los importes deben consignarse en EUROS. | ||
| Este campo se subdivide en dos: | ||
| 208-218. Parte entera del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 219-220. Parte decimal del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 221-232 | Numérico. | BASE DE LA DEDUCCIÓN / IMPORTE |
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «I» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «01», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, la base de la deducción, la cual estará formada por el importe de las inversiones o gastos que se realicen para la protección y difusión del Patrimonio Histórico Español y de las ciudades, conjuntos y bienes declarados Patrimonio Mundial. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «I» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «02», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, la base de la deducción, la cual estará formada por el importe correspondiente al valor del donativo efectuado, calculado de acuerdo con lo previsto en el artículo 68.3 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «I» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «03», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, la base de la deducción, la cual estará formada por el importe de las rentas computadas que hayan sido obtenidas en Ceuta y Melilla y que den derecho a deducción, de acuerdo con lo previsto en el artículo 68.4 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «I» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «04», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, la base de la deducción, la cual estará formada por el importe de las inversiones o gastos efectuados en el ejercicio y que den derecho a alguna de las deducciones previstas en el artículo 68.2 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «I» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «05», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, siempre y cuando entre las rentas de la entidad figuren rendimientos o ganancias patrimoniales obtenidas y gravadas en el extranjero, el importe satisfecho por razón de gravamen sobre dichas rentas, en los términos previstos en el artículo 80 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «I» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «06», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, la base de la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «J» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne «01», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, uno de los siguientes importes: | ||
| Cuando la entidad hubiera obtenido rentas gravadas en el extranjero, consignará en este campo el importe satisfecho por razón del gravamen sobre dichas rentas, en los términos previstos en la normativa del Impuesto sobre Sociedades. | ||
| Cuando entre las rentas de la entidad se computen dividendos o participaciones en beneficios pagados por una sociedad no residente, se hará constar en este campo el importe del impuesto efectivamente pagado por la entidad respecto de los beneficios con cargo a los cuales se abona el dividendo, en la cuantía correspondiente a tales dividendos. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «J» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «02», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe total de las cantidades invertidas o gastadas en la realización de cualquiera de las actividades que generan derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con lo dispuesto en el capítulo IV del título VI de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «J» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro, se consigne «03», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe de las cantidades donadas a entidades sin fines lucrativos a las que resulte de aplicación el régimen de incentivos fiscales al mecenazgo previsto en el título III de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. En el caso de donativos, donaciones o aportaciones en especie, se hará constar el valor de lo donado o aportado, determinado de acuerdo con las normas de valoración previstas en dicha Ley. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «J» y en el campo «Subclave», posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne «04», se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe de las inversiones o gastos que, al margen de los contemplados en las claves anteriores, den derecho a deducción en la cuota, de acuerdo con la normativa del Impuesto sobre Sociedades o cualquier otra Ley aplicable. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| Los importes deben consignarse en euros. | ||
| Este campo se subdivide en dos: | ||
| 221-230. Parte entera del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 231-232. Parte decimal del importe, si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 233-244 | Numérico. | RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘K’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘01’, se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan a los rendimientos de capital mobiliario del ejercicio. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘K’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘02’, se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan a los rendimientos del ejercicio derivados del arrendamiento de bienes inmuebles urbanos, con independencia de que deban calificarse como procedentes del capital inmobiliario o como derivados de actividades económicas. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘K’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘03’, se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan a los rendimientos del ejercicio procedentes de actividades económicas, con excepción de las retenciones e ingresos a cuenta derivados del arrendamiento de bienes inmuebles urbanos, cuyo importe se hará constar, en su caso, en la casilla anterior. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘K’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘04’, se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que correspondan a las ganancias patrimoniales del ejercicio procedentes de la transmisión o reembolso de acciones o participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva, así como a los premios obtenidos por la participación en concursos, juegos, rifas o combinaciones aleatorias. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne ‘K’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 78 a 79 del mismo registro se consigne ‘05’, se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal, el importe total de las retenciones e ingresos a cuenta que se hayan realizado por cualquier otro concepto no contemplado en los párrafos anteriores. | ||
| Este campo se subdivide en dos: | ||
| 233-242. Parte entera del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 243-244. Parte decimal del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 245 | Numérico. | SITUACIÓN DEL INMUEBLE |
| Cuando en el campo «CLAVE», que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne una «C», se consignará de entre las siguientes claves la que corresponda al bien inmueble del que provenga el rendimiento: | ||
| 1. Inmueble con referencia catastral situado en cualquier punto del territorio español, excepto País Vasco y Navarra. | ||
| 2. Inmueble situado en la Comunidad Autónoma del País Vasco. | ||
| 3. Inmueble situado en la Comunidad Foral de Navarra. | ||
| 4. Inmueble en cualquiera de las situaciones anteriores pero sin referencia catastral. | ||
| 5. Inmueble situado en el extranjero. | ||
| 246-265 | Alfanumérico. | REFERENCIA CATASTRAL |
| Cuando en el campo «CLAVE», que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne una «C», se consignará en este campo la referencia catastral del inmueble del que provengan los rendimientos del capital inmobiliario. | ||
| 266-313 | Numérico. | DETALLE DE GASTOS |
| Cuando en el campo «CLAVE», que ocupa la posición 77 del registro de tipo 2, registro de entidad, se consigne «D» y en el campo «SUBCLAVE», que ocupa las posiciones 78 y 79 del mismo registro, se consigne «01» o «02», y el régimen de determinación del rendimiento no sea el de estimación objetiva, se consignará, en función de su naturaleza, el importe de los gastos fiscalmente deducibles de los rendimientos de actividades económicas obtenidos en España o en el extranjero, en los siguientes apartados: | ||
| 266-277. GASTOS DE PERSONAL | ||
| Se consignará en este apartado el importe de los sueldos y salarios, seguridad social a cargo de la empresa y otros gastos de personal. | ||
| 278-289. ADQUISICIÓN A TERCEROS DE BIENES Y SERVICIOS | ||
| Se consignará en este apartado el importe satisfecho en concepto de consumos de explotación, arrendamientos y cánones, reparaciones y conservación, servicios de profesionales independientes y otros gastos por servicios exteriores. | ||
| 290-301. Tributos fiscalmente deducibles y gastos financieros | ||
| Se consignará el importe de aquellos tributos y gastos financieros que sean fiscalmente deducibles. | ||
| 302-313. otros gastos fiscalmente deducibles | ||
| Se consignará el importe deducible de las dotaciones a la amortización, de las pérdidas por deterioro y de otros gastos fiscalmente deducibles por conceptos no incluidos en los tres apartados anteriores. | ||
| 314-500 | – | BLANCOS. |
- Todos los importes serán positivos.
- Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
- Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
- Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
- Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.
MODELO 184
NOTA: Se consignará un registro por cada clave o subclave de rendimientos, deducciones o retenciones atribuibles para los que se haya consignado un importe.
C. Tipo de registro 2: Registro de socio, heredero, comunero y partícipe
(Posiciones, naturaleza y descripción de los campos)
| Posiciones | Naturaleza | Descripción de los campos |
| 1 | Numérico. | TIPO DE REGISTRO |
| Constante ‘2’ | ||
| 2-4 | Numérico. | MODELO DECLARACIÓN |
| Constante ‘184’. | ||
| 5-8 | Numérico. | EJERCICIO |
| Se consignará lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1. | ||
| 9-17 | Alfanumérico. | N.I.F. DEL DECLARANTE |
| Se consignará lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1. | ||
| 18-26 | Alfanumérico. | N.I.F. DEL MIEMBRO |
| Con carácter general, se consignará el número de identificación fiscal del declarado de acuerdo con las reglas previstas en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio. | ||
| Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control y rellenando con ceros las posiciones a la izquierda. | ||
| 27-35 | Alfanumérico. | N.I.F. DEL REPRESENTANTE FISCAL |
| Si el miembro de la entidad es menor de 14 años, se consignara en este campo el número de identificación fiscal de su representante legal (padre, madre o tutor), de conformidad con las reglas previstas en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio. | ||
| En cualquier otro caso el contenido de este campo se rellenará a espacios. | ||
| 36-75 | Alfanumérico. | APELLIDOS Y NOMBRE, RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN DEL MIEMBRO |
| Para personas físicas se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este mismo orden). | ||
| Tratándose de personas jurídicas y entidades en régimen de atribución de rentas, se consignará la razón social o denominación completa de la entidad, sin anagramas. | ||
| 76 | Alfabético. | TIPO DE HOJA |
| Constante ‘S’. | ||
| 77-78 | Numérico. | CÓDIGO PROVINCIA |
| Con carácter general, se consignarán los dos dígitos numéricos que correspondan a la provincia o, en su caso, ciudad autónoma, del domicilio del declarado, según la siguiente relación: | ||
| ÁLAVA 01 LEÓN 24 ALBACETE 02 LLEIDA 25 ALICANTE 03 LUGO 27 ALMERÍA 04 MADRID 28 ASTURIAS 33 MÁLAGA 29 ÁVILA 05 MELILLA 52 BADAJOZ 06 MURCIA 30 BARCELONA 08 NAVARRA 31 BURGOS 09 OURENSE 32 CÁCERES 10 PALENCIA 34 CÁDIZ 11 PALMAS, LAS 35 CANTABRIA 39 PONTEVEDRA 36 CASTELLÓN 12 RIOJA, LA 26 CEUTA 51 SALAMANCA 37 CIUDAD REAL 13 S.C.TENERIFE 38 CÓRDOBA 14 SEGOVIA 40 CORUÑA, A 15 SEVILLA 41 CUENCA 16 SORIA 42 GIRONA 17 TARRAGONA 43 GRANADA 18 TERUEL 44 GUADALAJARA 19 TOLEDO 45 GUIPÚZCOA 20 VALENCIA 46 HUELVA 21 VALLADOLID 47 HUESCA 22 VIZCAYA 48 ILLES BALEARS 07 ZAMORA 49 JAÉN 23 ZARAGOZA 50 | ||
| En el caso de no residentes que no operen en territorio español mediante establecimiento permanente se consignará 99. | ||
| 79-80 | Alfabético. | CLAVE PAÍS |
| En el caso de no residentes sin establecimiento permanente, se consignarán en este campo los dos caracteres alfabéticos indicativos del país o territorio de residencia del declarado, de acuerdo con la relación de códigos de países y territorios que se incluye en el Anexo II de la Orden EHA/3496/2011, de 15 de diciembre. | ||
| En cualquier otro caso se rellenará a espacios. | ||
| 81 | Numérico. | CLAVE TIPO DE PARTÍCIPE |
| Se consignará la clave que proceda de las tres siguientes: | ||
| 1. Residente. | ||
| 2. No residente sin establecimiento permanente. | ||
| 3. No residente con establecimiento permanente. | ||
| 82 | Alfabético. | MIEMBRO A 31 DICIEMBRE |
| Si el miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas sigue siendo miembro de la misma a 31 de diciembre, se marcará una «X» en este campo. | ||
| 83-85 | Numérico. | NÚMERO DE DÍAS MIEMBRO |
| Se consignará el número de días del año en que el declarado ha sido miembro de la entidad. | ||
| 86-92 | Numérico. | PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN |
| Se consignará el porcentaje de participación que corresponda al socio, heredero, comunero o partícipe. | ||
| Este campo se subdivide dos: | ||
| 86-88. Numérico. ENTERO: | ||
| Se consignará la parte entera del porcentaje. Si no tiene parte entera se rellenará a ceros. | ||
| 89-92. Numérico. DECIMAL: | ||
| Se consignará la parte decimal del porcentaje. Si no tiene parte decimal se rellenará a ceros. | ||
| 93 | Alfabético. | CLAVE |
| Se consignará la clave alfabética que corresponda al registro que se esté declarando, según la relación de claves siguientes: | ||
| A. Rendimientos del capital mobiliario. | ||
| C. Rendimientos del capital inmobiliario. | ||
| D. Rendimientos de actividades económicas. | ||
| E. Rentas contabilizadas de participaciones de Instituciones de Inversión Colectiva. | ||
| F. Ganancias y pérdidas no derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales. | ||
| G. Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales. | ||
| I. Deducciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. | ||
| J. Deducciones de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. | ||
| K. Retenciones e ingresos a cuenta. | ||
| 94-95 | Numérico. | SUBCLAVE |
| Se consignará la subclave numérica que corresponda al registro que se esté declarando, según la relación de claves siguientes: | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave A (Rendimientos de capital mobiliario): | ||
| 01 Rendimientos del capital mobiliario previstos en los apartados 1, 2 y 3 del artículo 25 de la LIRPF. | ||
| 02 Rendimientos del capital mobiliario previstos en el apartado 4 del artículo 25 de la LIRPF. | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave F (Ganancias y pérdidas patrimoniales no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales): | ||
| 01. Ganancias. | ||
| 02. Pérdidas. | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave G (Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales): | ||
| 01. Ganancias. | ||
| 02. Pérdidas. | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave I (Deducciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas): | ||
| 01. Por protección del Patrimonio Español y Mundial. | ||
| 02. Por donativos, donaciones y aportaciones a determinadas entidades. | ||
| 03. Por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla. | ||
| 04. Deducciones en actividades económicas. | ||
| 05. Deducción por doble imposición internacional. | ||
| 06. Por inversión en empresas de nueva o reciente creación. | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave J (Deducciones Ley del Impuesto Sociedades): | ||
| 01. Deducciones por doble imposición internacional. | ||
| 02. Deducciones con límite sobre la cuota. | ||
| 03. Deducción por donativos a entidades sin fines lucrativos | ||
| 04. Otras deducciones. | ||
| Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave K (Retenciones e ingresos a cuenta): | ||
| 01. Por rendimientos del capital mobiliario. | ||
| 02. Por arrendamiento de inmuebles urbanos. | ||
| 03. Por rendimientos de actividades económicas. | ||
| 04. Por ganancias patrimoniales. | ||
| 05. Por otros conceptos. | ||
| 96-108 | Alfanumérico. | IMPORTE (RENDIMIENTO / RETENCIÓN / DEDUCCIÓN) |
| Cuando en el campo «Clave», posición 93 del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero y partícipe, se consigne «A», «C» o «D» se indicará en este campo el importe de la renta atribuible (ingresos menos, en su caso, gastos deducibles) al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 93 del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero y partícipe, se consigne «E» se indicará en este campo el importe de la renta atribuible al miembro de la entidad en concepto de renta contabilizada derivada de la participación en Instituciones de Inversión Colectiva, teniendo en cuenta que dicha renta sólo es atribuible a los miembros de la entidad contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 93 del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero y partícipe, se consigne «F» y en el campo «Subclave», posiciones 94 y 95 del mismo registro, se consigne «01» o «02» se indicará en este campo el importe de las ganancias o pérdidas netas, no derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales, atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 93 del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero y partícipe, se consigne «G» y en el campo «Subclave», posiciones 94 y 95 del mismo registro, se consigne «01» o «02», se indicará en este campo el importe de las ganancias o pérdidas netas derivadas de transmisiones de elementos patrimoniales atribuibles al miembro de la entidad en régimen de atribución de rentas. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero y partícipe, se consigne «I» o «J» se indicarán en este campo las bases o los importes de deducción que resulten atribuibles al socio, heredero, comunero o partícipe. | ||
| Cuando en el campo «Clave», posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero y partícipe, se consigne «K», se indicarán en este campo los importes de las retenciones o ingresos a cuenta que resulten atribuibles al socio, heredero, comunero o partícipe. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| Este campo se subdivide en dos: | ||
| 96. Alfabético. SIGNO: | ||
| Se cumplimentará una «N» cuando el importe del rendimiento sea negativo, dejándose sin contenido en cualquier otro caso. | ||
| 97-108. Numérico. IMPORTE: | ||
| Campo numérico de 13 posiciones. Se hará constar sin signo y sin coma decimal, el importe de los rendimientos, de las bases o los importes de deducción y de las retenciones e ingresos a cuenta. | ||
| Deberá consignarse de la siguiente forma: | ||
| 97-106 Parte entera del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 107-108 Parte decimal del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| Los importes deben consignarse en euros. | ||
| 109-119 | Numérico. | REDUCCIÓN |
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 93 del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero y partícipe, se consigne ‘A’ y en el campo ‘Subclave’, posiciones 94 a 95 del mismo registro se consigne ‘02’, se indicará en este campo, de haberse incluido entre los rendimientos del capital mobiliario algún rendimiento al que resulte aplicable la reducción prevista en el artículo 26.2 de la LIRPF, y sólo para los miembros que sean contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el importe de la reducción que corresponda. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 93 del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero y partícipe, se consigne ‘C’, se indicará en este campo, de haberse incluido entre los rendimientos del capital inmobiliario algún rendimiento al que resulte aplicable cualquiera de las reducciones previstas en los artículos 23.2 y 23.3 de la Ley 35/2006, y sólo para los miembros que sean contribuyentes por el Impuesto sobre las Personas Físicas, el importe de la reducción o reducciones que corresponda. | ||
| Cuando en el campo ‘Clave’, posición 93 del registro de tipo 2, registro de socio, heredero, comunero y partícipe, se consigne ‘D’, se indicará en este campo, de haberse incluido entre los rendimientos de actividades económicas atribuidos al miembro de la entidad algún rendimiento al que resulte aplicable la reducción prevista en el artículo 32 de la Ley 35/2006, y sólo para los miembros que sean contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el importe de la reducción que corresponda. | ||
| Este campo se subdivide en dos: | ||
| 109-117 Parte entera del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| 118-119 Parte decimal del importe. Si no tiene contenido se consignará a ceros. | ||
| En los demás casos este campo no tendrá contenido. | ||
| 120-159 | Alfanumérico. | DOMICILIO FISCAL DEL MIEMBRO DE LA ENTIDAD |
| Se consignará el domicilio fiscal correspondiente al miembro de la entidad. | ||
| 160-500 | –--------- | BLANCOS. |
- Todos los importes serán positivos.
- Los campos numéricos que no tengan contenido se rellenarán a ceros.
- Los campos alfanuméricos/alfabéticos que no tengan contenido se rellenarán a blancos.
- Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.
- Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.
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