Real Decreto 999/2017, de 24 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes

Rango Real Decreto
Publicación 2017-12-06
Última actualización 2018-02-13
Estado Vigente texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

1 acto modificador · 2018-02-13, BOE-A-2018-1916

Historial de reformas JSON API
Tipo de determinación Ámbito de aplicación/Producto fertilizante concernido Normativa oficial Métodos o técnicas recomendados
Fracción quelada de micronutrientes. Método 11.1 Anexo IV Reglamento (CE) n.º 2003/2003 EN 13366.
Contenido de micronutrientes quelados y agentes quelantes por cromatografía EDTA, HEDTA y DTPA:. Abonos con micronutrientes, Ca y Mg. Método 11.2 Anexo IV Reglamento (CE) n.º 2003/2003 EN 13368-1.
Contenido de hierro quelado y agentes quelantes por cromatografía: (o–o) EDDHA, (o–o) EDDHMA y HBED. Abonos con hierro. Método 11.3 Anexo IV Reglamento (CE) n.º 2003/2003 EN 13368-2.
Contenido de hierro quelado y agente quelante (o-p) EDDHA. Abonos con hierro. Método 11.5 Anexo IV Reglamento (CE) n.º 2003/2003 EN 15452.
Contenido de hierro quelado y agente quelante EDDHSA y sus productos de condensación. Abonos con hierro. Método 11.4 Anexo IV Reglamento (CE) n.º 2003/2003 EN 15451.
Fracción complejada de micronutrientes. Abonos con micronutrientes. Método 1 1.8 Anexo IV Reglamento (CE) n.º 2003/2003 UNE-EN 15962.
Fracción complejada de secundarios. Abonos con Ca y Mg. Met 8.3 Anexo IV Re (CE) 2003/2003 menos fracción iónica.
Contenido de nutrientes complejados y agente complejante Ac. Lignosulfónico. Abonos con micronutrientes, Ca y Mg. Método1 1.7 Anexo IV Reglamento (CE) n.º 2003/2003 Norma EN 16109.
Contenido de nutrientes complejados y agente complejante Ac. Glucónico. Abonos con micronutrientes, Ca y Mg. MA-F-AS313-17 Recueil Internacional des Méthodes D´Analyses OIV.
Contenido de nutrientes complejados y agente complejante Ac. Heptaglucónico. Abonos con micronutrientes, Ca y Mg. MA-F-AS313-17 Recueil Internacional des Méthodes D´Analyses OIV.
Contenido de micronutrientes complejados y agentes complejantes Ácidos húmicos. Abonos con Fe, Cu y Zn. Método 4 R.D. 1110/1991 (BOE n.º 170 de 17 de julio de 1991).
Contenido de micronutrientes complejados y agentes complejantes Aminoácidos libres. Abonos con Cu y Zn. Método 18 R.D.110/1991 (BOE n.º170 de 17 de julio de 1991).
Contenido de nutrientes complejados y agente complejante Ac. Cítrico. Abonos con Fe y Ca. MA-F-AS313-17 Recueil Internacional des Méthodes D´Analyses OIV.
Determinación de Inhibidor de la nitrificación: Diciandiamida (DCD). Abonos con N en forma nitrificable. Método12.1 Anexo IV Reglamento (CE) n.º 2003/2003 EN 15360.
Determinación de inhibidor de la nitrificación: Dimetildihidrógeno fosfato (DMPP). Abonos con N en forma nitrificable. UNE-EN 16328.
Determinación de inhibidor de la ureasa: monocarbamidadihidrógeno sulfato (MCDHS). Abonos nitrogenados, cuyo contenido en nitrógeno ureico es al menos el 50% del nitrógeno total. Volumetría por neutralización.
Contenido en 2-furaldehido (furfural). Abonos que contengan como materia prima, lignosulfonatos, lodos procedentes de la industria del papel o de la elaboración de azúcar. Sólidos se determina la fracción soluble. OENO 18/2003 Codex Enológico Internacional.
Contenido en monómeros de acrilamida. Enmiendas a base de polímeros de acrilamida. Extracción acetonitrilo/agua LC-MS/MS.
Capacidad de absorción de agua. Enmiendas a base de polímeros de acrilamida. Gravimetría.
Contenido en ácido algínico. Espectrofotometría.
Contenido en manitol. Cromatografía de intercambio aniónico (HPAE-PAD).
Contenido en SiO2 amorfo. Productos líquidos a base de silicio. Espectrometría de absorción atómica.
Cantidad de sílice cristalina en la fracción respirable. Abono sólido a base de silicio y mezcla líquida a base de silicio y aminoácidos. Difracción de rayos X (método publicado por el Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo).
Cantidad de glicolato. Acondicionadores de la hidratación. Espectrofotometría.
Determinación de carboximetil-celulosa (CMC). Acondicionadores de la hidratación. Espectroscopía de infrarrojo (FT-IR).
Viscosidad. Acondicionadores de la hidratación. Viscosímetro de Brookfield.
Cantidad en volumen para materiales con tamaño de particular menores de 60 mm. Enmiendas silíceas. Norma UNE-EN 12580.
Cantidad en volumen para materiales con tamaño de particular mayores de 60 mm. Enmiendas silíceas. Norma UNE-EN 15238.
Densidad aparente seca. Enmiendas silíceas. Norma UNE-EN 13041.
Granulometría. Enmiendas silíceas. Norma UNE-EN 15428.
Porosidad total. Enmiendas silíceas. Norma UNE-EN 13041.
Volumen de agua. Enmiendas silíceas. Norma UNE-EN 13041.
Volumen de aire. Enmiendas silíceas. Norma UNE-EN 13041.

ANEXO III

«ANEXO VIII

Requisitos específicos de los productos fertilizantes elaborados con microorganismos, para su inscripción en el Registro de productos fertilizantes

Informe técnico

Con el fin de inscribirse en el Registro de productos fertilizantes, los productos incluidos en el apartado 4 del grupo 4 del anexo I deberán presentar en el momento de la solicitud el informe técnico a que hace referencia el artículo 24.1. El informe será realizado por un organismo independiente, que puede ser un centro de investigación, universidad o empresa acreditada para ensayos agronómicos. Dicho informe deberá ajustarse al modelo normalizado al efecto y como mínimo contendrá los dos apartados siguientes:

1. Identificación y caracterización de los microorganismos:

a)

Los microorganismos que formen parte del producto fertilizante deben de identificarse a nivel de género, especie con base en la secuencia del gen 16s en procariotas, y la del ITS18s, en caso de los eucariotas. Además, podrán utilizarse otros genes como marcadores inequívocos de la cepa, caso de conocerlos, incluyendo la secuencia (o secuencias diferenciadora y señalando los cambios de base específicos para cada microorganismo objeto de registro.

b)

Descripción del método de aislamiento y cuantificación de los microorganismos a partir del producto fertilizante que se quiere inscribir.

c)

Condiciones de crecimiento en el laboratorio de los microorganismos y de purificación del material genético para poder realizar su caracterización molecular.

d)

Condiciones de la PCR para amplificar la secuencia a que hace referencia el apartado a), incluyendo la secuencia de los cebadores que se deben de emplear.

2. Demostración de la eficiencia agronómica del producto que se pretende registrar:

Los productos deben de demostrar la eficiencia agronómica de la formulación concreta que pretenden inscribir. La parte del informe que se refiere a la eficiencia agronómica debe estar firmada por el responsable de los ensayos, con experiencia en campo y perteneciente a un organismo independiente, de acuerdo con el Protocolo de ensayo aprobado por la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios. El informe tiene que incluir:

a)

Conclusión favorable de la eficiencia agronómica del producto objeto de ensayo, resumiendo las condiciones de uso, como dosis, formas de aplicación, cultivos, incompatibilidades e interferencias detectadas, etc. El uso de cada producto se autoriza solo en aquellos grupos de cultivos en los que se ha demostrado su eficiencia agronómica, estableciéndose los siguientes grandes grupos:

1. Cultivos hortícolas.

1.a En suelo.

1.b Hidropónicos o sobre sustrato.

2. Cultivos herbáceos extensivos.

3. Cultivos leñosos.

4. Producción de planta.

4.a Semilleros (mejora de producción de planta).

4.b Vivero (enraizamiento de leñosas).

b)

Descripción de la composición completa del producto que se utiliza en los ensayos y que debe coincidir con la que se inscribe en el registro, incluyendo no solo los microorganismos, sino también el sustrato o carrier y, en su caso el producto fertilizante con el que haya sido mezclado.

c)

Ensayos en campo realizados en España, en los que se deben de incluir:

– Descripción de las condiciones en las que se han llevado a cabo los ensayos, que debe incluir como mínimo:

• Tipo de suelo (análisis) o sustrato,

• Manejo agronómico (marco de siembra o plantación, riegos, tratamientos fitosanitarios, tratamientos fertilizantes, etc.)

• Cultivos y variedades empleados que deben de ser comerciales

• Controles empleados

– Tratamiento estadístico de los resultados (ANOVA, si bien, se podría llegar a aceptar una estima, en el casos suficientemente justificados).

Los apartados 1 y 2 del informe pueden ser realizados por un único organismo independiente o por dos diferentes, siempre que quede claro que en ambos casos se está utilizando el mismo producto (es decir, los microorganismos, formulación, nombre comercial, etc. son los mismos).»

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