Ley 6/2016, de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid
Se modifica el artículo 10 de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, añadiendo un apartado 3 con la siguiente redacción:
«3. Además de las licencias federativas, las federaciones deportivas podrán expedir documentos de afiliación deportiva, destinados a la promoción de sus modalidades o especialidades deportivas en su aspecto recreativo y no competitivo. El documento de afiliación incluirá, asimismo, un seguro deportivo, pero no comportará ni los derechos ni las obligaciones vinculados a la licencia federativa.»
Disposición final segunda. Habilitación al Gobierno Autonómico para el desarrollo reglamentario.
Se habilita al Gobierno de la Comunidad de Madrid para que, en el ámbito de sus competencias, dicte en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en esta Ley.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Esta Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
ANEXO
En la profesión de Monitora Deportiva/Monitor Deportivo especialista en Actividad Física Recreativa los siguientes certificados de profesionalidad de la familia de actividades físicas y deportivas habilitan solamente para el ejercicio de estas funciones:
Animación físico-deportiva y recreativa.–Permite realizar exclusivamente la siguiente función:
Realización de actividades de animación deportiva.
Animación físico-deportiva y recreativa para personas con discapacidad.–Permite realizar exclusivamente la siguiente función:
Realización de actividades de animación deportiva para personas con discapacidad.
Guía por itinerarios en bicicleta.–Permite realizar exclusivamente la siguiente función:
Realización de actividades de guía a usuarios en bicicleta por terrenos variados hasta media montaña.
Guía por itinerarios ecuestres en el medio natural.–Permite realizar exclusivamente la siguiente función:
Realización de actividades de guía a usuarios a caballo por terrenos variados.
Guía de espeleología.–Permite realizar exclusivamente la siguiente función:
Realización de actividades de guía a usuarios por cavidades y travesías de hasta clase cinco con curso hídrico activo.
Guía por itinerarios de baja y media montaña.–Permite realizar exclusivamente la siguiente función:
Realización de actividades de guía a usuarios por terreno de baja y media montaña que no requieran técnicas ni materiales de escalada, alpinismo o esquí.
Guía por barrancos secos o acuáticos.–Permite realizar exclusivamente la siguiente función:
Realización de actividades de guía a usuarios por barrancos de cualquier tipología y dificultad.
En la profesión de Monitora Deportiva/Monitor Deportivo especialista en Acondicionamiento Físico Básico los siguientes certificados de profesionalidad de la familia de actividades físicas y deportivas habilitan solamente para el ejercicio de estas funciones:
Acondicionamiento físico en grupo con soporte musical.–Permite realizar exclusivamente la siguiente función:
Elaboración y ejecución de actividades de acondicionamiento físico básico en grupo con soporte musical.
Fitness acuático e hidrocinesia.–Permite realizar exclusivamente la siguiente función:
Elaboración y ejecución de actividades de acondicionamiento físico básico en grupo en el medio acuático.
Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente.–Permite realizar exclusivamente las siguientes funciones:
Vigilancia y orientación básica para la utilización elemental del equipamiento y maquinaria deportiva para la realización segura y adecuada en la ejecución de actividades de acondicionamiento físico básico.
Asignación elemental y básica de rutinas grupales generales de ejercicios estandarizados y prediseñados previamente para la población en general en actividades de acondicionamiento físico básico.
En la profesión de Monitora Deportiva/Monitor Deportivo especialista en Actividad Física Deportiva de Carácter Formativo los siguientes certificados de profesionalidad de la familia de actividades físicas y deportivas habilitan solamente para el ejercicio de estas funciones:
Actividades de natación.-Permite realizar exclusivamente la siguiente función:
Instrucción e iniciación deportiva de actividades de natación.
Instrucción de yoga.–Permite realizar exclusivamente la siguiente función:
Instrucción de yoga.
Por tanto, ordeno a todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley, que la cumplan, y a los Tribunales y Autoridades que corresponda, la guarden y la hagan guardar.
Madrid, 24 de noviembre de 2016.
La Presidenta,
Cristina Cifuentes Cuencas.
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