Resolución de 11 de abril de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 6 de abril de 2018, por el que se aprueba el Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para el período 2018-2020
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
Es de destacar que, con el objeto de mejorar la colaboración y cooperación dentro del Departamento, se ha suscrito el Plan Anual de actuaciones con la ITSS, se ha impulsado el Registro de Prestaciones Sociales Públicas, que gestiona el INSS, regulando la inclusión de las rentas y salarios mínimos de inserción de las Comunidades Autónomas, y se ha reforzado la cooperación con los servicios públicos de empleo para mejorar y avanzar en la activación de los desempleados beneficiarios de prestaciones.
3. Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
En el ámbito de la lucha contra el fraude, el objetivo perseguido es la investigación de las conductas presuntamente fraudulentas que se han detectado durante los procesos de gestión de las prestaciones de la Seguridad Social concedidas o reconocidas por esta Entidad Gestora.
Las principales conductas que se han investigado son:
Controles de rentas para la percepción de complementos a mínimos: Estas pensiones deben ser sometidas a control al estar sujetas a un límite de rentas, por lo que se realizan controles de rentas mediante un cruce informático con la última información de rentas disponible en la Agencia Estatal de Administración Tributaria y en las Haciendas Forales del País Vasco y Navarra.
Controles de mantenimiento de los trabajadores relevistas en las pensiones de jubilación parcial: Cuando se accede a la jubilación parcial antes de cumplir la edad legal de jubilación, la normativa exige celebrar un contrato de relevo, y en caso de baja del relevista, el empresario debe reponer este puesto de trabajo en el plazo de 15 días, con la consecuencia de que si no lo hace en ese plazo debe asumir el pago de la pensión.
Controles ante aumentos injustificados de las pensiones de jubilación: El objetivo de esta medida es, detectar durante las tramitaciones de las pensiones conductas fraudulentas consistentes en incrementar de forma ficticia (sin que se corresponda con un incremento real de salarios) las bases de cotización que forman parte del período de cálculo de la base reguladora de la pensión, con el objetivo de causar una pensión de mayor cuantía.
Controles ante el disfrute indebido de la prestación de incapacidad temporal: La medida consiste en la realización de reconocimientos médicos a trabajadores en situación de incapacidad temporal (IT), antes de los 365 días, posteriormente, y respecto de funcionarios también a raíz de una encomienda de gestión con MUFACE, con el fin de confirmar si subsiste o no la incapacidad laboral, evitando cualquier alargamiento indebido de esta situación.
Lucha contra el disfrute indebido de la prestación familiar por hijo o menor a cargo no discapacitado: La asignación periódica se encuentra condicionada a que el beneficiario no disponga de rentas superiores al límite fijado en cada ejercicio, por lo que al igual que respecto a los complementos a mínimos, se debe realizar un control de rentas a través de cruces de datos de las Haciendas con el fin de conocer los importes máximos de rentas de la unidad familiar, por lo que a través de los mismos, se puede calcular si la prestación debe ser extinguida o procede su mantenimiento.
Se han ampliado los procedimientos a desarrollar sobre esta prestación, mediante la adopción de determinados controles con el fin de que no se produzcan cobros indebidos o se favorezca su percepción en determinados supuestos:
Se realiza una suspensión del pago de la prestación si los menores no aportan el DNI, con el fin de controlar si los mismos trabajan a la vez que cobran la prestación y poder controlar su nivel de rentas.
Asimismo, también se han implantado controles sobre la verificación y existencia de la situación de discapacidad, del ejercicio de la actividad laboral (convenio hispano-marroquí) y del mantenimiento en vigor del permiso de residencia.
Control de prestaciones indebidamente percibidas por altas fraudulentas en empresas legales o altas generadas en empresas ficticias: mediante esta medida se ha conseguido detectar el acceso indebido a prestaciones del sistema de la Seguridad Social, reclamándose la devolución de la prestación indebidamente reconocida o del importe percibido en cuantía superior al que correspondiera. Mensualmente, la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) comunica a las entidades gestoras (INSS e ISM) las altas que se han producido en empresas ficticias o las altas fraudulentas en empresas legales. Con dicha información el INSS efectúa un cruce con los aplicativos de gestión de prestaciones para detectar si a los trabajadores que han sido dados de alta en el sistema de protección social de forma fraudulenta se les ha concedido alguna prestación de forma indebida. En el caso de haberse obtenido fraudulentamente se declara la deuda con inmediatez.
4. Instituto Social de la Marina (ISM).
Al igual que con el resto de Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha suscrito un Plan Anual de actuaciones conjuntas con la Entidad Gestora del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
El objetivo es la investigación de aquellas conductas presuntamente fraudulentas que se detecten durante los procesos de gestión. Las particularidades de gestión en este Régimen Especial determinan que la actuación inspectora se extienda a todas las competencias del Instituto Social de la Marina, esto es, se investigan supuestos de encuadramiento, cotización y recaudación irregulares, así como las posibles situaciones fraudulentas en la percepción de prestaciones como la incapacidad temporal, maternidad, incapacidad permanente, jubilación y desempleo.
Las actividades de la gestión de esta Entidad Gestora se incluyen respecto de las prestaciones por desempleo en los resultados ofrecidos por el Servicio Público de Empleo, y por el Instituto Nacional de la Seguridad Social respecto al resto de prestaciones.
V. Resultados derivados de las principales medidas del Plan e impacto económico**
Principales resultados
Los principales resultados que han tenido el conjunto de medidas puestas en marcha como consecuencia del Plan desde 2012 a 2017, que abarca la actuación del conjunto del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, son los siguientes:
1. Empleos aflorados.
En el primer bienio 2012-2013, de implantación del plan de lucha contra el fraude se realizaron 438.839 inspecciones en materia de empleo irregular, y se afloraron 170.941 empleos.
En lo que respecta al segundo bienio de la Legislatura anterior, 2014 y 2015, es preciso indicar que se procedió a aflorar 161.658 empleos no declarados como consecuencia de 397.001 inspecciones efectuadas.
En la actual legislatura 2016-2017, el esfuerzo frente a estos comportamientos injustos no ha cesado procediéndose a regularizar 173.675 empleos de las 319.740 actuaciones realizadas, lo que supone un incremento significativo de la eficacia respecto al anterior bienio.
De acuerdo a lo expuesto desde 2012 a 2017, se afloraron 506.274 empleos que se encontraban en economía sumergida.
Buzón de lucha contra el fraude. Como ya se ha indicado con anterioridad, la puesta en marcha del buzón de lucha contra el fraude se ha configurado como un instrumento importante en la lucha contra el empleo no declarado. Esta vía de comunicación directa entre el ciudadano y la administración se ha convertido en una fuente de información muy relevante que ha permitido mejorar las actuaciones planificadas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la lucha contra la economía sumergida. Si analizamos los resultados de la actividad inspectora que se ha planificado como consecuencia de estas comunicaciones a través del buzón, hasta diciembre de 2017, la información facilitada a través de este canal ha permitido finalizar 31.245 inspecciones que han derivado en el afloramiento de 11.437 empleos y la tramitación de expedientes liquidatorios por un importe total de más de once millones de euros.
2. Prestaciones por desempleo.
Actuaciones de gestión llevadas a cabo por el Servicio Público de Empleo Estatal (incluidas las actuaciones del Instituto Social de la Marina) en la verificación y control del cumplimiento de la normativa en materia de desempleo:
Actuaciones de control de disponibilidad y verificación de requisitos para su disfrute:
El número de sanciones de suspensión de la prestación por 1, 3 o 6 meses en los años 2012-2013 disminuyó en 9.485 un 2,1 % respecto a 2010-2011, pasando de 453.534 a 444.048.
En el periodo 2014-2015 el número total de sanciones de suspensión ascendió a un total de 475.403 y en el periodo 2016-17 alcanzo las 51.969.
Por tanto, el número de sanciones de suspensión de la prestación por 1, 3 o 6 meses por infracciones leves derivadas de la no renovación de la demanda de empleo y verificación de requisitos, infracciones leves y graves de la no disponibilidad para el empleo para acceder al mismo se eleva a un total de 971.420 en el periodo 2012-2017.
El volumen de sanciones de extinción por infracción o pérdida de requisitos y el n.º de revocaciones (anulaciones) de la prestación, se incrementó un 37,3 %, pasando de 163.832 sanciones en 2010-2011 a 224.915 en el periodo 2012-2013. En el periodo 2014-2015 el número de sanciones ascendió a un total de 312.357, mientras que en el último bienio 2016-17 la cifra es de 379.482.
En definitiva, el volumen total de sanciones de extinción por infracción o pérdida de requisitos y el n.º de revocaciones (anulaciones) de la prestación en el periodo 2012-2017 asciende a un total de 916.754.
Actuaciones de inspección llevadas a cabo por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Durante los años 2012 y 2013 se realizaron 41.720 actuaciones inspectoras en empresas en materia de prestaciones por desempleo, detectándose 15.104 infracciones de empresarios por dar ocupación a perceptores de prestaciones por desempleo o por facilitar indebidamente el acceso a las mismas.
En el periodo 2014-2015 se realizaron 39.777 actuaciones inspectoras en empresas en materia de prestaciones por desempleo, detectándose 16.062 infracciones de empresarios, mientras que en los años 2016-2017, se han efectuado 26.885 actuaciones inspectoras en esta materia y se ha detectado 7.848 infracciones respectivamente
Durante los años 2012-2013 se realizaron 52.016 actuaciones inspectoras a trabajadores en materia de prestaciones por desempleo, y el número de trabajadores que compatibilizaban indebidamente las prestaciones con el trabajo, o que las habían obtenido fraudulentamente ascendían a 21.141.
En el segundo bienio de la anterior legislatura 2014- 2015 se han realizado 49.508 actuaciones inspectoras en esta materia y el número de trabajadores que compatibilizaban indebidamente las prestaciones con el trabajo, o que las habían obtenido fraudulentamente ascendían a 19.459.
En lo correspondiente al bienio 2016-2017, se han efectuado 24.866 actuaciones inspectoras en esta materia y se han detectado 11.135 trabajadores que compatibilizaban indebidamente las prestaciones con el trabajo, o que las han obtenido fraudulentamente.
Las actuaciones inspectoras en esta materia han estado condicionadas, especialmente en los años 2012 a 2014 por el auge de las denominadas empresas ficticias, las cuales no tenían una existencia real, sino que se constituían con el fin de permitir que las personas que declaraban falsamente como trabajadores, accedieran a prestaciones, y en especial a las de desempleo, como posteriormente se analiza en este documento.
3. Prestaciones distintas a desempleo (Incapacidad temporal, prestaciones familiares por hijo menor a cargo, jubilación parcial, incrementos injustificados de bases para el cálculo de la pensión de jubilación, y complementos a mínimos).
Control de los complementos a mínimos: En 2012 y 2013 se ha extinguido o revisado el complemento a mínimos a 181.749 beneficiarios por ingresos superiores al límite de renta establecido frente a 72.216, lo que ha conllevado un incremento del 151,70 % (en 2011 no hubo campaña de control, y en 2012 hubo dos campañas de control).
En el periodo 2014-2015 dicha cifra se eleva a 116.190, por lo que a lo largo de la X Legislatura (2012-2015) se ha extinguido o revisado el complemento a mínimos a un total de 297.939 beneficiarios.
Control de la Incapacidad Temporal: En 2012 y 2013 se ha extinguido la prestación por Incapacidad Temporal por alta o incomparecencia de 575.794, frente a 652.021, lo que ha conllevado un decremento del -11,69 %.
En el bienio 2014-2015 el importe asciende a un total de 444.488, por lo que en la Legislatura (2012-2015) se ha extinguido la prestación por Incapacidad Temporal por alta o incomparecencia citados a reconocimiento de Inspector Médico del INSS a 1.020.282 beneficiarios.
Mientras en el bienio 2016-2017 el número de extinciones afecta a 434.754.
Declaración de la responsabilidad empresarial por jubilaciones parciales cuyo relevo se ha visto interrumpido en un período superior al legal (15 días): En 2012 y 2013 se ha declarado esta responsabilidad en 2.677 ocasiones, frente a 3.857, lo que ha conllevado un decremento del -30,59 %.
En los años 2014 y 2015 se han revisado expedientes en 2.338 prestaciones y en el bienio 2016-2017 la cuantía es de 1.425.
Declaración de la responsabilidad empresarial por incremento injustificado de la base de cotización que sirve de cálculo para la pensión de jubilación: En 2012 y 2013 se ha declarado esta responsabilidad en 1.208 ocasiones, frente a 1.650, lo que ha conllevado un decremento del 26,79 %.
En el periodo 2014-2014 se han revisado expedientes por incremento injustificado de la base de cotización que sirve de cálculo para la pensión de jubilación en 456 prestaciones y en 2016-2017 el número de expedientes es de 389, ascendiendo a un total de 2.053 prestaciones en el periodo 2016-2017.
Control de prestaciones indebidamente percibidas por altas fraudulentas en empresas legales o altas generadas en empresas ficticias: Dada la naturaleza de las prestaciones, las actuaciones de control han dado lugar a generación de deuda con mayor incidencia en el ámbito de los subsidios o prestaciones a corto plazo que en el de las pensiones.
Así, desde el inicio del control se ha detectado la percepción fraudulenta de 792 subsidios en 2014, con un importe de 2.617.676,15 € y 1.347 en 2015, con un importe de 3.886.834,27 €, 277 en 2016, con un importe de 682.171,72 € y 207 en 2017, con un importe de 628.315,34 €.
En lo que a las pensiones se refiere, se inició en el ejercicio 2014 el procedimiento de revisión de un total de 181 pensiones con un importe total inicialmente afectado de 1.715.094,51 €, como consecuencia de la anulación de periodos de alta ficticia desde el año 2000. En 2015 se inició el procedimiento de revisión sobre un total de 73 pensiones con un importe inicialmente afectado de 312.568,79 €. En 2016 se inició el procedimiento de revisión sobre un total de 34 pensiones, con un importe inicialmente afectado de 120.603,43 €. Por último, en 2017 se inició el procedimiento de revisión sobre un total de 34 pensiones con un importe inicialmente afectado de 204.457,51 €.
Por tanto, el impacto económico de la medida de control de la percepción indebida de prestaciones por alta indebida en el periodo 2014-2017 asciende a 2.352.724,24 € en el caso de pensiones y a 7.814.997,48 € en el caso de subsidios.
4. Empresas ficticias. (Constitución de empresas sin actividad con el objeto de facilitar el acceso indebido a prestaciones).
El número total de altas ficticias anuladas en el bienio 2012-2013 por la TGSS asciende a 78.056. De éstas, 48.214 se han anulado a propuesta de la ITSS.
En el periodo 2014-2015 el importe de las altas ficticias anuladas por la TGSS asciende a un total de 45.036, de las que han sido a propuesta de la ITSS un total de 25.183. En lo que se refiere al periodo 2016-2017 las altas ficticias anuladas son 18.039, (de las que 8.752 han sido realizadas a propuesta de la ITSS) y 1.190 movimientos anulados en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, habiendo sido un total de 4.265 empresas donde se ha detectado el fraude y un importe de deuda anulada de 7.487.374,65€.
Por tanto, en la X Legislatura el total de altas ficticias anuladas asciende a 123.092 de las que 73.397 son a propuesta de la ITSS.
Asimismo, en el período 2012-13 se han realizado 48.329 inspecciones, en el 2014-2015 alcanzaron las 40.334 y en el período 2016-17 las 19.246. El número de infracciones detectadas ascendió a 13.828, siendo 5.496 del bienio 2012-2013 y 6.239 al 2014-2015 y por último 2.093 del correspondiente al 2016-2017.
La Tesorería General de la Seguridad Social procede, cuando detecta que se han creado empresas de este tipo y con esta finalidad, a anular las mismas: Así en 2012 y 2013 se han anulado 2.078 códigos de cuenta de cotización, mientras que en el periodo de 2010 y 2011 fueron 619, lo que supone un incremento de un 236,24 %.
En el periodo 2014-2015 el número de códigos de cotización anulados ascendió a un total de 2.561 y en el correspondiente al 2016-17 se cifra en 2.295.
El enorme esfuerzo efectuado en la lucha contra esta modalidad de fraude ha llevado a la reducción significativa del fraude organizado en este aspecto. Si al comienzo de la Legislatura era habitual la creación de estas empresas completamente ficticias con el objeto de facilitar el acceso indebido a prestaciones, sobre todo de desempleo, en el año 2015 se ha producido una notable reducción de las mismas produciéndose un mayor número de connivencias o simulaciones puntuales en empresas reales, lo que determina una mayor complejidad tanto en la detección como en el desarrollo de las actuaciones inspectoras de comprobación.
Esta modalidad fraudulenta reproduce el patrón de fraude más «tradicional» consistente en la simulación de relaciones laborales basada en relaciones personales entre el empresario y el trabajador y en menor medida en el intercambio de un precio entre ambos para la realización de la actuación fraudulenta. El ánimo de lucro del «empresario ficticio» es una seña de identidad de esta tipología de fraude que podemos considerar, cuando menos, bajo control.
5. Lucha contra el fraude en la contratación a tiempo parcial.
Es preciso realizar una especial referencia a las actuaciones en materia de control de la contratación a tiempo parcial. Desde el segundo semestre del año 2013 se ha venido apreciando una modificación en los patrones de fraude, en lo que respecta al empleo irregular. El incremento de las sanciones y la presión derivada del incremento de las actuaciones inspectoras ha producido un deslizamiento desde el fraude absoluto, dar ocupación a un trabajador sin solicitar su alta en Seguridad Social, al uso fraudulento de contratos a tiempo parcial, al realizar estos trabajadores una jornada laboral muy superior a la declarada.
Partiendo de esta premisa, las modificaciones normativas operadas en el contrato de trabajo a tiempo parcial a través del Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, han supuesto no sólo un impulso a su desarrollo en el mercado laboral sino un notable incremento de las garantías legales para este colectivo de trabajadores. Su regulación legal ha permitido una mejora de las condiciones de trabajo de este colectivo y ha dotado a la Administración de herramientas que posibilitan el control de las jornadas de trabajo de los mismos.
El volumen de inspecciones en esta materia se ha incrementado notablemente en los años 2014 y 2015. Si en 2012 se realizaron sólo 1.925 inspecciones en esta materia su volumen alcanzó las 7.137 en 2015 y el bienio 2016-2017 se realizaron 26.241 inspecciones. Indicar que el total de inspecciones en el periodo 2012-2017 asciende a 42.679 inspecciones, como consecuencia de las mismas, se han aflorado 19.779 empleos no declarados y se han transformado 10.196 contratos a tiempo parcial. Indicar que el importe de los expedientes liquidatorios derivados de las actuaciones de control de los contratos a tiempo parcial alcanzó los 16,71 Millones de euros en el período 2012-2017.
6. Expedientes liquidatorios.
Se incluyen actuaciones encaminadas a aflorar cantidades no declaradas a la Seguridad Social o a señalar a otros sujetos responsables de deudas preexistentes:
Reclamaciones de deuda por derivación de responsabilidad: Entre 2012-2013 se efectuaron 404.683.
En el bienio 2014-2015 el número de reclamaciones propuestas ascendió a 365.813, mientras que en el 2016-17 se cifra en 303.863, siendo el número total de reclamaciones de deuda por derivación de responsabilidad propuestas en el periodo 2012-2017 a 1.074.359.
Requerimientos de pago de cuotas: Entre 2012-2013 se efectuaron 15.577.
En el período 2014-2015 se propusieron un total de 16.040 requerimientos de pagos de cuotas y fueron 44.492 en el correspondiente a los años 2016-17, ascendiendo el total de los propuestos en el periodo de referencia a 76.109 requerimientos.
Expedientes liquidatorios mediante actas de liquidación extendidas por la ITSS: En el periodo 2012-2013 el número de actas de liquidación ascendieron a 39.407.
En el siguiente bienio 2014-2015 se alcanzan las 38.209 actas de liquidación mientras en el último se incrementa sustancialmente el número de acta cifrándose en 55.956, lo que supone un incremento de más del 41 %.
Medidas cautelares ante indicios de riesgo en el cobro de deudas: Entre 2010-2011 se propusieron 9.667, entre 2012-2013 13.456, lo que conlleva un incremento del 39,1 %.
En el periodo 2014-2015 se alcanzaron los 11.949 mientras que en el bienio final fueron 6.712.
En el periodo de referencia el número de medidas cautelares adoptadas ascendió a un total de 31.667.
7. Sentencias, procedimientos penales, comunicaciones al Ministerio Fiscal tras la modificación del Código Penal operada por Ley Orgánica 7/2012, de 26 de diciembre, y expedientes sancionadores resueltos por Consejo de Ministros.
Procedimientos judiciales en el ámbito de la lucha contra el fraude en Administración de la Seguridad Social.
El Plan general de lucha contra el fraude se ha traducido en un incremento notable desde 2013 del número de procesos judiciales. Este incremento sólo puede tener una lectura positiva porque significa que el ámbito de impunidad es cada vez más reducido. Los Letrados de la Administración de la Seguridad Social, coadyuvando con el Ministerio Fiscal conforme al Acuerdo de 21 de enero de 2013 entre el Fiscal General del Estado y la Directora del Servicio Jurídico, vienen facilitando al órgano judicial desde su personación en el inicio de las actuaciones y durante toda la instrucción, la dirección técnica del asunto y propuesta de pruebas, y en colaboración con los órganos de investigación policial y judicial.
Por la Dirección del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social se ha publicado, como instrumento de consulta, la Guía de Procedimientos Penales en el ámbito de la Seguridad Social que, a lo largo de sus 1700 páginas, recoge la doctrina y jurisprudencia de los tipos delictivos habituales.
En los años 2016 y 2017 el número de procedimientos judiciales derivados de la lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social en todos los órdenes jurisdiccionales, penal, contencioso administrativo y social, evidencia un incremento del 100 por 100 en relación con los que se iniciaban en el 2013. En el orden jurisdiccional penal, desde entonces y hasta 1-1-2018, el Servicio Jurídico se ha personado en 2.475 procesos penales, una media de 555 nuevos casos cada año. Porcentualmente supone que en 2016 el incremento ha sido del 109 %, y en el 2017 del 126 % respecto al mismo periodo.
En el ámbito consultivo se emiten anualmente en torno a 420 informes anuales en materia de defraudaciones y falsedades, trámite previo a la interposición de denuncia o querella por los servicios jurídicos con la autorización de la correspondiente Dirección General. Igualmente se procede a la emisión de informe con carácter previo a la remisión del asunto a la Sección de Investigación de la Seguridad Social (SISS) de la Policía Nacional. Todo ello conforme a las Instrucciones 1/2016 de funcionamiento del Servicio Jurídico y de 5 de febrero de 2015 de la TGSS sobre actuaciones para la detección de conductas delictivas.
La personación de los Servicios Jurídicos de la Seguridad Social en los procesos penales se produce, además de por interposición de denuncia o querella, por el ofrecimiento de acciones por el Juzgado de Instrucción cuando las diligencias se han comunicado por la SISS o mediante la remisión del asunto por la ITSS a la Fiscalía de estimarse por ésta la concurrencia de los elementos del tipo penal.
Las sentencias dictadas han permitido lograr uno de los objetivos perseguidos en la reforma penal, el ejemplificador y disuasorio. En el ámbito recaudatorio se ha incrementado el ofrecimiento voluntario del pago de la deuda ante una posible denuncia, así como de las «sentencias de conformidad» que permiten el resarcimiento íntegro del daño causado antes del juicio o, conforme a la capacidad económica del penado. El impacto económico resulta significativo según datos de la TGSS.
Comunicaciones al Ministerio Fiscal tras la modificación del Código Penal operada por Ley Orgánica 7/2012, de 26 de diciembre, y expedientes sancionadores resueltos por Consejo de Ministros.
En lo que atañe a procedimientos judiciales penales iniciados tras la entrada en vigor de la LO 7/2012, durante los años 2013 a 2015, por los nuevos delitos tipificados en los artículos 307, 307 bis, 307 ter, 311 se han remitido por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social 513 casos al Ministerio Fiscal en los que se ha apreciado la posible existencia de delito en materia social. Estos supuestos se desglosan de la siguiente forma:
Fraude a la Seguridad Social (artículos 307 y 307 BIS del Código Penal) 51 supuestos.
Disfrute indebido de prestaciones del Sistema de la Seguridad Social (artículo 307 TER del Código Penal) 296 supuestos.
Fraude de ayudas y subvenciones públicas (artículo 308 del Código Penal) 2 supuestos.
Imposición de condiciones laborales o de Seguridad Social lesivas (artículo 311 del Código Penal) 164 supuestos.
Expedientes sancionadores y comunicaciones al Ministerio Fiscal del nuevo tipo penal consistente en el empleo simultáneo de una pluralidad de trabajadores en situación irregular:
Desde la entrada en vigor del nuevo tipo delictivo (artículo 311.2 del Código Penal) y durante su todavía corto período de vigencia, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha propuesto la remisión al Ministerio Fiscal de más de 120 supuestos en los que se ha detectado la posible existencia de este tipo delictivo como consecuencia de la actuación inspectora. Estos 120 supuestos estarían incluidos en los 164 que corresponden a todas las conductas tipificadas como delito en el artículo 311 del Código Penal.
Se han incremento los Acuerdos de Consejo de Ministros por los que se imponen sanciones administrativas en materia de Seguridad Social por una cuantía superior a 125.001 € (en el periodo 2014-2015 prácticamente se han duplicado respecto al periodo 2012-2013 y triplicado respecto a 2010-2011).
En la X Legislatura (2012-2015) se han adoptado un total de 100 acuerdos, ascendiendo las sanciones impuestas a 20.444.309 €). Dicho dato contrasta con el número de acuerdos de la IX Legislatura (2008-2011) un total de 31, siendo el importe de las sanciones impuestas de 4.933.681,84 €. Por tanto, el número de acuerdos adoptados en CM de la X Legislatura superan el triple de los habidos en la IX Legislatura (3,23 veces más) y las sanciones acordadas superan en más del cuádruple (4,14 veces más) las adoptadas en la Legislatura anterior.
En el ejercicio 2015 han sido aprobados en Consejo de Ministros 9 Acuerdos por los que se ha suspendido el procedimiento administrativo sancionador y, en su caso, se ha remitido al Ministerio Fiscal. En cada uno de ellos, la conducta que pudiera ser constitutiva de ilícito penal se relaciona con el delito de elusión del pago de cuotas a la Seguridad Social, tipificado en el artículo 307 o en el artículo 307 bis –como figura agravada– de Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, conforme a la redacción dada a dichos preceptos por la Ley Orgánica 7/2012, de 27 de diciembre.
8. Lucha contra el empleo temporal ilegal.
Como ya se ha señalado en las medidas adoptadas, uno de los objetivos perseguidos en la lucha contra el fraude ha sido el control del abuso en el empleo temporal ilegal mediante el «encadenamiento» de contratos temporales fraudulentos.
Los resultados obtenidos como consecuencia de la actividad inspectora en esta materia, supusieron la transformación de 74.955 contratos de trabajo en el primer bienio de la Legislatura anterior (2012-2013), mientras que durante la segunda parte de la misma y como consecuencia de la intensificación de las actuaciones se produjo la transformación de un total de 95.751 (2014-2015), si bien la actuación de la ITSS en esta materia se ha intensificado durante el bienio 2016-2017, alcanzando la transformación de 175.359 contratos temporales en indefinidos.
Por tanto, si consideramos todo el período incluido en este informe, el número de contratos transformados en indefinidos como consecuencia de las actuaciones desarrolladas por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social asciende a un total de 346.065 contratos.
Impacto económico de los resultados: Total Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Empleo aflorado: el impacto económico estimado por el afloramiento de 506.274 empleos, asciende a 878,60 M€.
Prestaciones por desempleo: el impacto económico estimado derivado de todas las actuaciones de control de la disponibilidad para el empleo, de verificación de requisitos y de colaboración del SEPE con otros Organismos (Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Unidad Contra Redes de Inmigración y Falsedades documentales de la Policía Nacional y la Sección de Investigación de la Seguridad Social), y por las sanciones, extinciones y revocaciones de prestaciones que de ellas se derivaron por las Entidades Gestoras (SEPE e ISM), asciende a 11.008,66 M€.
Empresas ficticias: el impacto económico estimado por las medidas adoptadas, teniendo en cuenta las altas anuladas que no llegaron a generar prestaciones (un 60 % de las altas inducidas estaban destinadas al cobro de la prestación por desempleo y un 30 % al cobro de la prestación por maternidad) asciende a 923,17 M€.
Otras prestaciones: el impacto económico estimado derivado principalmente de los controles sobre la percepción indebida de los complementos a mínimos, la lucha contra la utilización indebida de la pensión de jubilación parcial, el incremento injustificado de la pensión de jubilación, o contra el disfrute indebido de la prestación de incapacidad temporal, asciende a 1.493,32 M€.
Expedientes liquidatorios: el impacto económico estimado derivado de este tipo de expedientes por los que se liquidan cantidades adeudadas a la Seguridad Social asciende a 6.408,50 M€.
Total Impacto Económico: 20.712,25 M€.
VI. Conclusiones y propuestas de mejora**
Con carácter general, se puede concluir que se ha dado efectivo cumplimiento a las líneas de actuación previstas en el Plan, habiéndose aprobado los cambios legislativos previstos, habiéndose llevado a la práctica las medidas de colaboración institucional, mejorado la organización, mejorado la dotación de personal y la planificación de la actuación inspectora en la lucha contra el fraude, y haberse obtenido un ahorro para la Seguridad Social muy importante.
Pese al contexto socioeconómico en el que se ha desarrollado el Plan, gracias al impulso y compromiso y coordinación de todos los organismos involucrados en la lucha contra este tipo de conductas injustas e insolidarias, así como a la dedicación a este objetivo del mayor número de medios materiales y personales posible, en un contexto de obligada contención del gasto, se han podido ejecutar estas medidas y obtener estos resultados.
Partiendo de esta base, es necesario incidir en que el fraude nos perjudica a todos y que los primeros perjudicados son los trabajadores. En este sentido cobran especial importancia las medidas de colaboración y concienciación social puesto que es preciso que todos, los empresarios y trabajadores, los Agentes Sociales y la propia Administración, tomemos conciencia de esta lacra y cooperemos para su reducción.
Los objetivos del Plan se han cumplido:
Se ha impulsado el afloramiento del empleo irregular, con un efecto regularizador de las condiciones de trabajo y de generación de recursos económicos al Sistema de la Seguridad Social por el pago de cotizaciones sociales.
Se ha avanzado notablemente en la corrección de la obtención y el disfrute en fraude de ley de las prestaciones de la Seguridad Social, y en especial por desempleo, particularmente en aquellos supuestos en que se constituyen empresas ficticias para poder acceder a aquéllas o donde se compatibiliza de manera irregular su percepción con el trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
Se han aflorado posibles situaciones fraudulentas, principalmente en casos de falta de alta en la Seguridad Social de trabajadores que efectivamente prestan servicios en las empresas, y se han combatido los supuestos de aplicación y obtención indebida de bonificaciones o reducciones de cotizaciones empresariales a la Seguridad Social.
Se ha mejorado la estructura operativa y organizativa de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y se han incrementado los medios personales.
Se ha mejorado la coordinación y la colaboración entre los organismos involucrados en la lucha contra el fraude.
Se ha superado la insuficiencia del tratamiento penal anterior, permitiendo a su vez interpretaciones auténticas en determinados aspectos que desembocaban en la impunidad de muchas prácticas presuntamente delictivas.
Se ha dotado a la Administración Pública y a los Jueces y Tribunales de nuevas herramientas normativas para la lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social tanto desde la vertiente administrativa como la penal.
Propuestas de mejora para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en coordinación con el resto de organismos involucrados en la lucha contra el fraude, cuyo objeto será mejorar la eficacia y la eficiencia de las actuaciones en este ámbito y así continuar con los importantes resultados obtenidos:
Incrementar la intensidad con la que se ha trabajado estos años en la colaboración y coordinación entre los Organismos involucrados:
Como se ha puesto de manifiesto en el informe, la coordinación y mejora de los flujos de información entre los organismos del propio Ministerio de Empleo y Seguridad Social, así como con el resto de organismos de otros Ministerios y de la administración autonómica, ha constituido, sin duda alguna, uno de los factores determinantes del éxito de este Plan, por lo que se debe seguir incidiendo de dos maneras:
Cada instrumento de colaboración que se haya puesto en práctica entre organismos que conlleve un intercambio de información, una planificación conjunta de actuaciones y en su caso de resultados, debe ser evaluado y mejorado para incrementar los resultados obtenidos, pues, de una actuación conjunta de la administración pública, sin duda alguna, la respuesta frente al fraude será más eficaz y abarcará todas las conductas, que en muchos casos se ponen de manifiesto en distintos ámbitos, pero derivan de un mismo comportamiento.
Mejorar la interoperabilidad de las diferentes herramientas y bases de datos informáticas entre los distintos organismos públicos para que el intercambio de la información permita obtener una agilidad y fiabilidad necesaria para dar debida respuesta a las conductas fraudulentas.
Actualizar la organización del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social y dotarla de un Plan Estratégico de actuación.
Se debe combinar adecuadamente su concepción única e integral y su funcionamiento cohesionado en el conjunto del Estado con una participación integrada de las Comunidades Autónomas y la plena ejecución de sus competencias por parte de éstas, así como ofrecer más y mejores servicios a empresas, trabajadores y ciudadanos por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, como garantía de los derechos laborales y sociales y de la libertad de empresa y como defensa del Sistema de Seguridad Social.
El Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social debe tender a la eliminación de cualquier duplicidad, reducir cargas administrativas a empresas y ciudadanos y simplificar los procedimientos administrativos en sus actuaciones, así como reforzar la participación de los agentes sociales en la definición del funcionamiento y los objetivos del Sistema del Inspección de Trabajo y Seguridad Social, especialmente en la lucha contra el fraude a la Seguridad Social y contra el empleo irregular.
Se debe continuar mejorando la eficacia y la eficiencia de la lucha contra el empleo irregular y el fraude a la Seguridad Social, de manera que su impacto económico y social sea aún más positivo, para ello resulta indispensable incidir en varios aspectos:
Mantener de manera estable la colaboración institucional de la ITSS en todos los niveles: Administración General del Estado (Agencia Estatal de Administración Tributaria, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado), con las Comunidades Autónomas y con la Fiscalía General del Estado, Juzgados y Tribunales.
Contar con medios humanos y técnicos suficientes para evaluar los comportamientos fraudulentos, para organizar las estrategias inspectoras al respecto, y para coordinarse con distintas Administraciones implicadas, muy especialmente con la Seguridad Social, la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Contar con los elementos de estudio, análisis, planificación, inspección y resolución de todos los fenómenos que integran el fraude laboral, para poder, por una parte, responder a las políticas comunitarias sobre intensificación de la lucha contra el trabajo no declarado, y, por otra parte, reforzar la eficacia en la lucha contra el trabajo no declarado y el empleo irregular.
Con este objetivo se aprobó la Ley 23/2015 de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La nueva Ley Ordenadora da un paso más en la coordinación en la lucha contra el fraude laboral y el empleo irregular con la creación de una nueva Oficina de lucha contra el fraude, encargada del impulso y coordinación de las medidas de combate al trabajo no declarado.
Se trata ahora de poner en práctica la organización de la Inspección establecida en la Ley 23/2015 con la constitución del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social creado en la misma, y de dotar al Organismo de un Plan Estratégico que, partiendo de la experiencia y de las medidas tomadas en ejecución del Plan de Lucha contra el Fraude, y partiendo asimismo de la evaluación de sus resultados, extienda la planificación estratégica de la Inspección al conjunto de materias que componen la función inspectora.
Si en la legislatura pasada el contexto económico y social demandaba de la Inspección una actuación preferente en materia de lucha contra el empleo irregular y el fraude a la seguridad social, en la presente legislatura, superada la situación anterior, las prioridades deben ir dirigidas al reforzamiento y modernización de la Inspección y a la estructuración de sus actuaciones estratégicas de forma concreta y evaluable, contemplando el conjunto de las actuaciones que la sociedad demanda de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Para ello el Plan se debe centrar en cuatro ejes relativos a:
La actualización de su organización y funcionamiento.
La calidad en el servicio.
La mejora de la eficacia en su actuación.
La mejora en la asistencia técnica y función mediadora.
Implantación de un nuevo Sistema de Liquidación Directa de cotizaciones a la Seguridad Social.
Las implicaciones en la lucha contra el fraude son muy beneficiosas, ya que ha permitido a la TGSS incrementar el control de las cotizaciones, previniendo situaciones de fraude y generando un efecto disuasorio que evitaría que las empresas incurrieran en actuaciones fraudulentas.
Se limitan las obligaciones de las empresas a solicitar la práctica de la liquidación para su cálculo, trasladándose los efectos del control de la recaudación al mismo momento del cálculo de las cuotas.
Al ser la propia Tesorería General de la Seguridad Social la que realiza el cálculo de la liquidación, el efecto sobre las conductas fraudulentas es claramente positivo, pues permite un mayor control sobre las bonificaciones y deducciones en la cotización, sobre las deducciones por compensaciones por pago delegado de IT, aplicaciones indebidas de tipos de cotización y primas de AT/EP, en especial por desempleo, entre otras conductas, que pudieran ser fraudulentas.
Abordar el desarrollo de la organización del Servicio Jurídico de la Administración de la Seguridad Social dentro del Plan estratégico del departamento.
En el marco general del Plan de lucha contra el fraude, el papel de los servicios jurídicos ha resultado determinante, desde su origen mediante la emisión de informes y elaboración de estudios y propuestas, hasta la revisión en todos los órdenes jurisdiccionales de las actuaciones emprendidas en este ámbito. Esta línea de actuación y su coordinación por la Dirección del Servicio Jurídico, es una de sus prioridades dentro de su gestión global que durante 2018, de acuerdo con los datos y proyecciones estadísticas, se cifra: en la emisión de 10.000 informes jurídicos, 75.000 nuevos procesos judiciales en materia de Seguridad Social y la resolución de 28.000 recursos ante los Tribunales Superiores de Justicia y Audiencia Nacional; Y 1.100 Recursos de Casación ante el Tribunal Supremo. En su consecución, recaerán en materia de Seguridad Social 77.000 sentencias (52.800 en primera instancia y 24.000 en superiores), más del 70 % favorables para los intereses del sistema.
Para mantener la eficacia de todas estas actuaciones resulta indispensable abordar e incidir en varios aspectos:
– Mantener de manera estable la colaboración institucional para lograr una mayor concienciación de todos los operadores jurídicos en el ámbito judicial y potenciar la coordinación con el resto de entidades de la SS, con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Servicio Jurídico en la AEAT, Sección de Investigación de la Seguridad Social y Fiscalía General del Estado.
– Incidir en la mejora de la dirección y coordinación del conjunto de todas sus actuaciones de asistencia jurídica, mediante estrategias de defensa y asesoramiento especializado a la Organización.
– Contar de manera urgente y prioritaria con el desarrollo definitivo de su organización para mayor eficiencia y ajuste a su configuración orgánica. Dicha prioridad exige un reforzamiento de su estructura y funcionamiento, mediante una configuración moderna, jerarquizada y bajo criterios de inspección técnica.
ANEXO II. Cuadro de seguimiento
Eje 1. Actualización de la organización y funcionamiento
Objetivo 1: Adecuar la organización interna, y fomentar la proyección exterior de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social
| Medidas | Plazo |
|---|---|
| Línea 1: Estatutos: | |
| – Elaborar y tramitar proyecto de Real Decreto | 1.º semestre 2018. |
| – Aprobación Consejo Ministros | 1.º semestre 2018. |
| Línea 2: Relación de puestos de trabajo: | |
| – Definición de funciones y cometidos en servicios centrales y periféricos | 1.º semestre 2018. |
| – Elaborar propuesta de RPT | 2.º semestre 2018. |
| Línea 3: Despliegue de los Subinspectores de Seguridad y Salud Laboral: | |
| – Elaborar criterios de despliegue | 1.º semestre 2018. |
| – Destino de la primera promoción de Subinspectores | 1.º semestre 2018. |
| Línea 4: Constitución de Organismo Autónomo: | |
| – Aprobación de Estatutos | 1.º semestre 2018. |
| – Aprobación RPT | 2.º semestre 2018. |
| – Aprobación Presupuestos | 2.º semestre 2018. |
| – Constitución | 1.º semestre 2018. |
| Línea 5: Proyección a la sociedad: | |
| – Acordar con Universidades la difusión de la oferta de empleo sobre acceso a los Cuerpos del Sistema de Inspección | 1.º semestre 2018. |
| – Establecer un sistema organizativo de generación de contenidos a través de las aplicaciones social-media (redes sociales), tales como twitter, Facebook e Instagram. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 6: Buzón de lucha contra el fraude: | |
| – Ampliar la funcionalidad del buzón de lucha contra el fraude a otras materias del orden social. | 1.º semestre 2018. |
| Línea 7: Transparencia: | |
| – Reforzar la transparencia de la institución, haciendo hincapié en el aumento de la publicidad activa. | 1.º semestre 2019. |
| – Definir los criterios de acceso de los ciudadanos a la información derivada de la actividad inspectora. | 1.º semestre 2019. |
Objetivo 2: Elaborar una nueva normativa de actuación y funcionamiento de la Inspección, y de colaboración con las CC. AA. y otras instituciones relacionadas con la función inspectora
| Medidas | Plazo |
|---|---|
| Línea 8: Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social: | |
| – Realizar un estudio para su actualización | 1.º semestre 2020. |
| Línea 9: Reglamento de procedimiento sancionador: | |
| – Elaborar un proyecto de R.D. de reglamento sobre procedimiento sancionador. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 10: Reglamento de funcionamiento: | |
| – Elaborar un proyecto de R.D. de reglamento de funcionamiento de la ITSS | 1.º semestre 2019. |
| Línea 11: Convenios con las Comunidades Autónomas: | |
| – Completar la suscripción de convenios con las CC. AA. adaptados a la nueva Ley Ordenadora, Ley 23/2015 | 1.º semestre 2018. |
| Línea 12: Comisión de Cooperación Interadministrativa: | |
| – Desarrollar los contenidos del Convenio de la Comisión de Cooperación Interadministrativa con las CC. AA. que han recibido el traspaso de la función pública inspectora. | desarrollo continuado. |
| Línea 13: Colaboración en prevención de la siniestralidad: | |
| – Formalizar convenios de colaboración con Instituciones dedicadas a la investigación de la prevención de riesgos laborales y siniestralidad laboral | 2.º semestre 2019. |
| Línea 14. Escuela Judicial (Centro de Estudios Judiciales): | |
| – Convenio de colaboración para mejorar la formación en delitos contra los derechos de los trabajadores, trata de seres humanos y delitos contra la seguridad social. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 15: Agencia Estatal de Administración Tributaria: | |
| – Actualizar el convenio de colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria | 1.º semestre 2019. |
| Línea 16: Federación Española de Provincias y Municipios: | |
| – Promover un convenio de colaboración con la FEMP, especialmente en lucha contra la economía irregular | 2.º semestre 2019. |
Eje 2. Calidad en el servicio
Objetivo 3: Incrementar y mejorar las competencias profesionales, y potenciar la Escuela como centro de formación y especialización
| Medidas | Plazo |
|---|---|
| Línea 17: Distribución del personal: | |
| – Efectuar un estudio sobre la determinación de parámetros objetivos para la distribución más eficaz del personal. | 1.º semestre 2018. |
| Línea 18: Sistema de ingreso: | |
| – Acentuar los contenidos prácticos de los cursos selectivos | 2.º semestre 2018. |
| – Formalizar acuerdos con otras instituciones para colaborar en la formación de los funcionarios de nuevo ingreso | 2.º semestre 2018. |
| Línea 19. Promoción interna: | |
| – Identificar a los colectivos de funcionarios que podrían participar en los procesos de promoción horizontal. | 2.º semestre 2018. |
| – Fijar los contenidos de los procedimientos de acceso a los Cuerpos de la Inspección de Trabajo. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 20. Carrera profesional: | |
| – Elaborar propuesta de desarrollo de carrera profesional. | 1.º semestre 2019. |
| Línea 21. Acceso a puestos de dirección: | |
| – Diseñar programas e itinerarios formativos para el acceso a los puestos de dirección. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 22. Personal de técnico y de apoyo: | |
| – Definir un plan de ordenación de las actividades realizadas por el personal técnico y de apoyo administrativo. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 23. Código deontológico: | |
| – Recopilar en un código deontológico los principios y criterios que deben presidir la actividad inspectora. | 2.º semestre 2019. |
| Línea 24. Potenciar la Escuela de la Inspección: | |
| – Reforzar la organización de la Escuela. | 2.º semestre 2018. |
| – Impulsar la Escuela como centro de formación fomentando la colaboración con otras Escuelas de formación de funcionarios, y Universidades para desarrollar actividades conjuntas. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 25. Participación de las comunidades autónomas en la Escuela: | |
| – Establecer la participación de las CC. AA. en la realización de propuestas de contenidos formativos. | 1.º semestre 2018. |
| Línea 26. Plataforma de formación: | |
| – Implantación de una plataforma corporativa de formación permanente y aprendizaje. | 1.º semestre 2018. |
| – Desarrollo de nuevas técnicas formativas. | 1.º semestre 2018. |
| Línea 27. Formación permanente I: | |
| – Establecer programas de actualización normativa con participación obligatoria, impartidos on line. | 1.º semestre 2019. |
| – Implantar una cuenta de formación individual que registre la formación recibida y se gestione a través de la Plataforma de Formación. | 1.º semestre 2018. |
| Línea 28. Formación permanente II: | |
| – Desarrollar un sistema de evaluación de las diferentes acciones formativas. | 1.º semestre 2019. |
| – Incidir en la formación en habilidades, procedimientos de trabajo y actitudes. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 29. Formadores: | |
| – Fijar un perfil del formador y crear un fichero de formadores. | 1.º semestre 2019. |
| Línea 30. Área de Estudios: | |
| – Constitución de grupos de trabajo y la celebración de seminarios para el análisis y propuestas que se deriven de los nuevos retos emergentes y de la creación de nuevas figuras jurídicas. | 2.º semestre 2018. |
| – Fomentar el desarrollo de encuentros e intercambios con otras instituciones con el objetivo de conocer otras experiencias. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 31. Asistencia a cursos de personal de las CC. AA.: | |
| – Formalizar acuerdos de colaboración para incluir en los cursos al personal que participe de las funciones del Sistema de Inspección. | 2.º semestre 2018. |
Objetivo 4: Mejorar el Sistema de Información y los medios materiales a disposición de la Inspección
| Medidas | Plazo |
|---|---|
| Línea 32. Proyecto de movilidad: | |
| – Dotación progresiva de recursos informáticos de movilidad (equipos tipo tablet) | De 2018 a 2021. |
| Línea 33. Herramienta de Lucha contra el Fraude: | |
| – Definición e implantación de una herramienta informática de carácter predictivo que, permita visualizar patrones de fraude mediante modelos avanzados de gestión intensiva de la información disponible. | De 2018 a 2021. |
| Línea 34. Integra: | |
| – Incorporar a la aplicación Integra un módulo avanzado de planificación y programación de la actividad inspectora | 1.º semestre 2018. |
| Línea 35. Módulo de alta y gestión de documentos: | |
| – Implementar un módulo para el alta y gestión de los documentos que permita la interconexión de todas las unidades, así como con la sede electrónica del Ministerio y con la aplicación GEISER | 1.º semestre 2018. |
| Línea 36. Aplicaciones Informáticas: | |
| – Implantación de una aplicación informática específica para Accidentes de Trabajo investigados por la ITSS | 2.º semestre 2018. |
| Línea 37. Administración electrónica: | |
| – Adaptación de las aplicaciones propias de gestión de la Inspección a los cambios tecnológicos derivados de la Administración Electrónica | 2.º semestre 2018. |
| Línea 38. Firma electrónica: | |
| – Implantación de la firma electrónica en la aplicación de gestión de la ITSS. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 39. Personal técnico especializado: | |
| – Cuantificar la necesidad de personal especializado en tecnologías de la información, su perfil y distribución. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 40. Información estadística: | |
| – Incorporar nuevas funcionalidades que permiten mejorar la obtención y tratamiento de los datos y la elaboración de los informes estadísticas | 2.º semestre 2019. |
| Línea 41. Digitalización del fondo documental: | |
| – Proceder a la digitalización del fondo documental de la Inspección. | 2.º semestre 2020. |
| Línea 42. Bienes inmuebles: | |
| – Plan de optimización inmobiliaria mediante traslados de las oficinas de la Inspección a edificios propiedad de Patrimonio del Estado o cedidos por las Comunidades Autónomas. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 43. Desplazamientos: | |
| – Estudiar un nuevo sistema de resarcimiento por los desplazamientos. | 2.º semestre 2019. |
Objetivo 5: Mejorar la actividad de planificación de la actividad inspectora, y determinar los criterios que deben informar la prestación del servicio público Inspección de Trabajo y Seguridad Social
| Medidas | Plazo |
|---|---|
| Línea 44. Unidades de planificación y seguimiento: | |
| – Implantar en los servicios centrales Unidades de planificación y seguimiento del Plan Integrado y de los planes territoriales de objetivos. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 45. Planes de actuación: | |
| – Proponer campañas correspondientes a materias de competencia estatal y autonómica, favoreciendo una actuación inspectora integral. | Anual. |
| Línea 46. Criterios de programación: | |
| – Definir criterios de programación de inspección a empresas con realización de control periódico. | Anual. |
| Línea 47. Coordinación de actuaciones: | |
| – Establecer criterios de coordinación de actuaciones en empresas nacionales y autonómicas. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 48. Actuaciones sobre Administraciones Públicas: | |
| – Establecer una planificación de alcance general sobre actuaciones en las Administraciones Públicas | Anual. |
| Línea 49. Colaboración con el INSS y con la Inspección Médica: | |
| – Establecer un marco de colaboración en materia de enfermedades profesionales | 2.º semestre 2018. |
| Línea 50. Criterios de calidad y eficacia: | |
| – Determinar los criterios de calidad y eficacia en las actuaciones inspectoras, mejorando los tiempos de respuesta. | 2.º semestre 2019. |
| Línea 51. Procedimientos de auditoría de gestión y control de calidad: | |
| – Definir e implantar un procedimiento de auditoría interna de la gestión. | 1.º semestre 2019. |
| – Definir e implantar un procedimiento de verificación de las cargas de trabajo y tiempos de respuesta | 1.º semestre 2019. |
| – Reforzar la Unidad de Inspección de Inspecciones | 1.º semestre 2019. |
| Línea 52. Indicadores individuales de actividad y objetivos colectivos: | |
| – Efectuar un estudio sobre indicadores individuales de actividad y los objetivos colectivos, que tenga en cuenta la realidad económica y social de cada territorio. | 2.º semestre 2019. |
Eje 3. Eficacia en la actuación
Objetivo 6: Mejorar la garantía de cumplimiento de la legislación en materia laboral y de empleo
| Medidas | Plazo |
|---|---|
| Línea 53. Estabilidad en el empleo: | |
| – Mejorar la programación y la actuación en las campañas sobre encadenamiento de contratos y ETT mediante la utilización de cruce de datos, fundamentalmente a través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude | 1.º semestre 2019. |
| Línea 54. Actuaciones en materia de contratación temporal: | |
| – Intensificar las actuaciones en materia de contratación prestando especial atención a los contratos de duración determinada celebrados en fraude de ley. | Anual. |
| – Verificar el mantenimiento de la estabilidad en el empleo en el caso de empresas que regularizaron la situación de sus trabajadores como consecuencia de una actuación inspectora | Anual. |
| Línea 55. Actuaciones en materia de contratos en prácticas y para la formación: | |
| – Intensificar las actuaciones mediante campañas específicas destinadas a la revisión de estos contratos, tanto desde una perspectiva laboral como de seguridad social. | Anual. |
| Línea 56. Tiempo de trabajo: | |
| – Mejorar la programación y la actuación en las campañas mediante la utilización de cruce de datos e información, fundamentalmente a través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude | 1.º semestre 2019. |
| Línea 57. Contratos a tiempo parcial: | |
| – Intensificar las actuaciones, en lo relativo a la comprobación de los requisitos de forma escrita y realización efectiva de la jornada pactada. | Anual. |
| Línea 58. Subcontratación y cesión ilegal de trabajadores, empresas de servicios y multiservicios: | |
| – Mejorar la programación y la actuación en las campañas mediante la utilización de cruce de datos e información, fundamentalmente a través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude | 2.º semestre 2019. |
| Línea 59. Trabajo a distancia: | |
| – Planificación de actuaciones en materia de trabajo a distancia | 2.º semestre 2019. |
| – Elaboración de una guía técnica y criterio operativo sobre trabajo a distancia | 1.º semestre 2018. |
| Línea 60. Reserva de empleo de trabajadores con discapacidad: | |
| – Potenciar la eficacia en la programación y la actuación en las campañas mediante la utilización de cruce de datos, fundamentalmente a través de la Herramienta de Lucha contra el Fraude. | Anual. |
| Línea 61. Trabajadores inmigrantes: | |
| – Ejecutar un plan de actuación para mejorar la protección de los derechos laborales de los trabajadores inmigrantes, favoreciendo un mejor conocimiento de sus derechos sociales y de las vías para ejercitarlos, incluido el recurso a la Inspección de Trabajo. | 1.º semestre 2019. |
Objetivo 7: Mejorar la garantía de cumplimiento de la legislación en materia de igualdad y no discriminación
| Medidas | Plazo |
|---|---|
| Línea 62. Igualdad y no discriminación: | |
| – Especialización funcional en materia de igualdad. | 2.º semestre 2018. |
| – Priorización en la programación de esta materia de actuaciones relativas a colectivos especialmente vulnerables. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 63. Igualdad de género: | |
| – Diseño de campañas con enfoque de género, que incluyan, en su caso, comunicaciones recibidas de los servicios regionales de empleo. | Anual. |
| – Diseño de campañas específicas en materia de cumplimiento de la normativa sobre planes de igualdad | Anual. |
| Línea 64. Brecha salarial: | |
| – Establecimiento de sistemas de detección de brecha salarial mediante procedimientos de selección que tengan en cuenta la información contenida en diversas fuentes. | 2.º semestre 2018. |
| – Diseño de acciones de formación específicas en materia de discriminación por razón de género. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 65. Discriminación en la negociación colectiva: | |
| 1) Realización de campañas específicas para detectar, con carácter previo a la publicación de convenios colectivos, posibles cláusulas discriminatorias. | 1.º semestre 2019. |
| 2) Elaboración de informes anuales sobre los resultados de dichas campañas. | 2.º semestre 2019. |
| Línea 66. Conciliación de la vida familiar y laboral: | |
| – Diseño de campañas específicas en la materia utilizando las posibilidades de cruces de datos para programar actuaciones concretas. | 1.º semestre 2019. |
Objetivo 8: Mejorar la garantía de cumplimiento de la legislación en materia de salud y seguridad en el trabajo
| Medidas | Plazo |
|---|---|
| Línea 67. Mejora de la colaboración pericial y el asesoramiento técnico: | |
| – Mejora de la colaboración pericial y el asesoramiento técnico a prestar por el INSSBT y los órganos técnicos de las CC. AA. | 1.º semestre 2019. |
| Línea 68. Elaboración de guías técnicas de actuación: | |
| – Elaboración de guías técnicas de actuación en materia de riesgos específicos. | 1.º semestre 2020. |
| Línea 69. Aplicación de la información obtenida en investigación de accidentes: | |
| – Utilización de la información resultante de los datos obrantes en la aplicación informática para la investigación de Accidentes de Trabajo (SIGMA) en el diseño de procedimientos de investigación | 1.º semestre 2019. |
| Línea 70. Nuevos indicadores de actividad: | |
| – Revisión y creación de nuevos indicadores de actuación y resultados. | 2.º semestre 2019. |
| Línea 71. Unidades especializadas: | |
| – Creación de nuevas Unidades especializadas en Seguridad y mejora de la estructura de las ya existentes | 1.º semestre 2020. |
| Línea 72. Actuación de los Subinspectores de Seguridad y Salud Laboral: | |
| – Aprobación de un criterio operativo sobre el marco de actuación de los Subinspectores Laborales de Seguridad y Salud Laboral | 1.º semestre 2018. |
| Línea 73. Nuevas campañas de alcance general: | |
| – Diseño de nuevas campañas, derivadas del análisis de situaciones relacionadas con las condiciones laborales de los trabajadores (tipo de contrato, economía sumergida, subcontratación, envejecimiento de la población laboral, riesgos psicosociales…) | Anual. |
| Línea 74. Trabajadores especialmente sensibles: | |
| – Diseño de campañas de Inspección destinadas a los trabajadores especialmente sensibles, prestando especial atención a los trabajadores con discapacidad. | Anual. |
Objetivo 9: Mejorar la garantía de cumplimiento de la legislación en materia de seguridad social, economía irregular y extranjería.
| Medidas | Plazo |
|---|---|
| Línea 75. Delitos contra la Seguridad Social y contra los derechos de los trabajadores I: | |
| – Dictar un criterio operativo sobre procedimiento de actuación cuando los hechos investigados pueden ser constitutivos de delito | 2.º semestre 2019. |
| Línea 76. Delitos contra la Seguridad Social y contra los derechos de los trabajadores II: | |
| – Acuerdo marco de colaboración entre ITSS, y Fiscalía General del Estado para investigación de delitos contra los derechos de los trabajadores | 2.º semestre 2019. |
| Línea 77. Coordinación con la Administración de Justicia: | |
| – Reforzar la coordinación con la Administración de Justicia para agilizar y aumentar la eficacia. | 2.º semestre 2019. |
| Línea 78. Colaboración en la lucha contra el fraude I: Con la Administración de Seguridad Social, y el Servicio Público de Empleo Estatal: | |
| – Modificación del Acuerdo de colaboración con TGSS | 2.º semestre 2018. |
| – Modificación del Acuerdo de colaboración con SEPE | 2.º semestre 2018. |
| Línea 79. Colaboración en la lucha contra el fraude II: Con la Inspección Financiera y Tributaria: | |
| – Elaboración II Plan de actuación conjunta ITSS/AEAT | 2.º semestre 2018. |
| Línea 80. Colaboración en la lucha contra el fraude III: Con las Comunidades Autónomas: | |
| – Actualización de acuerdos de colaboración con CC.AA. en materia de trabajo no declarado. | 2.º semestre 2019. |
| Línea 81. Unidades especializadas de Seguridad Social: | |
| – Implantar nuevas Unidades especializadas, y establecer áreas específicas. | 2018-2019. |
| Línea 82. Actuaciones extensivas: | |
| – Gestión extensiva de órdenes de servicio en el marco de campañas anuales por parte de la herramienta de lucha contra el fraude. | Anual. |
| Línea 83. Becarios y prácticas no laborales y personal investigador en formación: | |
| – Refuerzo de la campaña de Becarios y prácticas no laborales en empresas | 2.º semestre 2018. |
| – Guía de actuación de becarios y practicas no laborales | 1.º semestre 2018. |
| Línea 84. Falso trabajo autónomo: | |
| – Elaboración de Guía actuación y Protocolos en economía colaborativa y falsos autónomos | 2.º semestre 2018. |
| – Cruce datos con AEAT para detección fraude | Anual. |
| Línea 85. Formación profesional para el empleo: | |
| – Nuevos procedimientos inspección en materia de Formación Profesional para el empleo | 2.º semestre 2018. |
| – Intensificar relaciones con Servicios Públicos Empleo | 2.º semestre 2018. |
| – Programa formación en materia de Formación Profesional para el empleo | 2.º semestre 2018. |
| Línea 86. Infracotización a la Seguridad Social: | |
| – Uso de ficheros CRA en diseño de campañas de actuación, por Herramienta de lucha contra el fraude | Anual. |
| Línea 87. Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social: | |
| – Elaborar un plan anual de actividades de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el ámbito de las mutuas colaboradoras. | 1.º semestre 2018. |
| – Establecer criterios de colaboración y coordinación con la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social y con la Intervención General de la Seguridad Social. | 2.º semestre 2018. |
| – Definir un nuevo procedimiento de actuación inspectora. | 2.º semestre 2018. |
| – Proporcionar formación especializada para inspectores de Trabajo y Seguridad Social | 2.º semestre 2018. |
| Línea 88. Actividades a través de plataformas de Internet: | |
| – Guía operativa de actividades a través de plataformas de internet | 2.º semestre 2019. |
| – Formación a los actuantes | 2.º semestre 2019. |
| – Campaña de piloto en algunas CC. AA. | 2.º semestre 2019. |
Objetivo 10: Mejorar la lucha contra el fraude transnacional y reforzar la cooperación internacional en materia de inspección
| Medidas | Plazo |
|---|---|
| Línea 89. Cooperación en el ámbito de la Unión Europea: | |
| – Intensificar la cooperación con los restantes Estados miembros de la Unión Europea, reforzando el papel de España en la Plataforma Europea sobre Trabajo no Declarado | 1.º semestre 2018. |
| – Fortalecer la colaboración y el intercambio de buenas prácticas con el Comité de Altos Responsables de la Inspección de Trabajo | 1.º semestre 2018. |
| Línea 90. Cooperación bilateral: | |
| – Establecer cooperación bilateral reforzada en países con mayor intercambio de empresas y trabajadores | 1.º semestre 2018. |
| Línea 91. Cooperación con Iberoamérica: | |
| – Reforzar la cooperación consolidando el papel de la Inspección española como modelo de referencia. | 1.º semestre 2018. |
| Línea 92. Desplazamientos transnacionales de trabajadores: | |
| – Definir programas de inspección para investigar los desplazamientos, combatiendo en particular el fraude asociado a las empresas buzón | 2.º semestre 2018. |
| – Mejorar la detección de los incumplimientos y los procedimientos de actuación | 2.º semestre 2018. |
| – Especialización: establecer coordinadores en las provincias en las que resulte necesario | 1.º semestre 2019. |
| – Definir un nuevo programa específico de formación. | 1.º semestre 2019. |
Objetivo 11: Mejorar la protección de los trabajadores que son objeto de trata con fines de explotación laboral
| Medidas | Plazo |
|---|---|
| Línea 93. Plan Integral de lucha contra la Trata de seres humanos con fines de explotación laboral: | |
| – Impulsar un Plan Integral de lucha contra la trata de seres humanos dentro del marco de competencias de la Inspección de Trabajo. | 1.º semestre 2019. |
| Línea 94. Nuevos procedimientos de trabajo: | |
| – Establecer un procedimiento operativo de trabajo que incorpore un sistema rápido de notificación a las autoridades policiales y judiciales competentes | 2.º semestre 2018. |
| – Elaborar una guía técnica de apoyo a la función inspectora. | 2.º semestre 2018. |
| – Establecer así mismo un criterio operativo que permita a la Inspección detectar e investigar posibles situaciones de trata con fines de explotación laboral. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 95. Especialización y Formación: | |
| – Establecer coordinadores en las provincias en las que resulte necesario. | 1.º semestre 2018. |
| – Definir un nuevo programa de formación. | 1.º semestre 2018. |
Eje 4. Asistencia técnica y mediación
Objetivo 12: Intensificar la función informativa y de asistencia técnica, y ordenar la función mediadora realizada por la Inspección
| Medidas | Plazo |
|---|---|
| Línea 96. Asistencia Técnica: | |
| – Determinar, con ocasión de las instrucciones de campaña en las que así se determine, el alcance de la función de asistencia técnica que debe prestar la Inspección. | Continuada. |
| Línea 97. Asistencia técnica en prevención de riesgos laborales: | |
| – Informar a las nuevas empresas, especialmente pequeñas y medianas, así como a los trabajadores y a sus representantes, sobre sus obligaciones en prevención de riesgos laborales. | Continuada. |
| Línea 98. Asistencia a órganos jurisdiccionales: | |
| – Reforzar la asistencia técnica a órganos jurisdiccionales y a otros órganos de la Administración General del Estado. | 2.º semestre 2018. |
| Línea 99. Actividad mediadora: | |
| – Establecer, criterios generales para ordenar y orientar la actividad mediadora que sea solicitada por las partes. | 1.º semestre 2020. |
| Línea 100. Nuevas habilidades en mediación: | |
| – Establecer un procedimiento de selección y formación de funcionarios a participar en la actividad mediadora. | 1.º semestre 2019. |
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