Real Decreto 307/2019, de 26 de abril, por el que se regula la concesión directa de diversas subvenciones en materia agroalimentaria y pesquera

Rango Real Decreto
Publicación 2019-05-25
Última actualización 2019-06-29
Estado Caducada texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

2 actos modificadores · 2019-06-29, Real Decreto 411/2019, de 28 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de …

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f)

Asimismo, el solicitante presentará una declaración responsable, en el plazo máximo de quince días desde la entrada en vigor de este real decreto, referida a todas las demás las ayudas de minimis obtenidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que estén sujetas al Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis o a otros reglamentos de minimis, sin que el importe final de la subvención pueda superar los límites previstos en dicho reglamento.

2. Justificación

El plazo de presentación de la justificación requerida vence el 1 de diciembre de 2019, que habrá de ser de orden técnico y económico, conforme la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su reglamento, así como la Orden EHA/3770/2005 de 1 de diciembre, por la que se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular establecida en el RD 462/2002 de 24 de mayo.

La justificación técnica y económica requerida es la que se relaciona a continuación:

a)

Memoria técnica de actividades, con el contenido de las actuaciones realizadas e incorporando de manera individualizada para cada una de ellas, objetivo, descripción, destinatarios finales de la actuación, (en su caso, entregables como estudios, informes, u otras fuentes de verificación) presupuesto asignado por partidas, explicación de imputación al Ministerio de los gastos subvencionables que procedan, así como conclusiones y valoración de la actuación.

b)

Memoria económica. Para cada una de las acciones realizadas se presentará (cada actuación con un número propio y una denominación reducida):

c)

Cuadro repertoriado de gastos incurridos con indicación para cada gasto de su tipología, importe total presupuestado, fecha y número de la factura, proveedor, importe total de la factura, importe del monto imputado a la subvención, forma y fecha de pago, y cualquier otra observación que se estime necesaria.

d)

Esta información deberá de ser sellada o firmada por el auditor inscrito en el ROAC que haya revisado su contenido. No es preceptiva la presentación de los justificantes de cada uno de los gastos mencionados anteriores. Asimismo, esta memoria económica deberá ser firmara por el Director General del CNTA.

e)

Informe del Auditor, conforme a la Orden EHA/1437/2007, de 17 de mayo, relativa a trabajos de revisión de cuentas justificativas de subvenciones públicas por auditores.

La justificación se realizará mediante los siguientes documentos acreditativos del gasto y del pago que se entregarán o pondrán a disposición del auditor:

Nóminas, modelos TC1 Y TC2 de cotización de la Seguridad Social en los que se identificará debidamente a cada empleado participante en cada actuación. Justificantes del pago de estos gastos. Certificado del personal que ha prestado servicios en las actividades subvencionadas firmado por el Director General del CNTA.

Hojas resumen de liquidación individual de viajes, con los documentos justificativos de los gastos de hotel, billetes, y acreditativos del pago de los mismos.

Contrato y factura de los servicios de auditoría, con justificante de pago.

Otros contratos y facturas de otros servicios con justificante de pago.

Otras facturas de material fungible indispensable para la realización de las actividades subvencionadas.

ANEXO IX. Subvención a la Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB)

1. Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realización y, en su caso, requisitos específicos

Son actuaciones subvencionables las siguientes:

Eficiencia.

a)

Informes sectoriales IAB: informe económico y otros estudios de valor para el sector. FIAB elaborará el Informe Económico de la Industria de Alimentación y Bebidas, anual, que recoge la evolución anual de las principales variables de coyuntura económica del sector: producción, valor añadido, empleo, productividad, precios, consumo y estructura del tejido empresarial entre otras.

b)

Sostenibilidad: soluciones y anticipación a las demandas legislativas o tendencias en los tres pilares de la sostenibilidad. Adaptación al «Paquete de Economía Circular» de 2018, en cuyo nuevo marco jurídico de gestión de residuos se dispone, en particular, que a partir de 2025 todos los envases queden sometidos a regímenes de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP).

c)

I Edición de los Premios Startup en la Industria de Alimentación y Bebidas. Desde la Plataforma Tecnológica Food for Life-Spain (PTF4LS) para dar mayor visibilidad a las startups agroalimentarias que se celebrará en Madrid el 10 de octubre.

d)

Impulso competitivo de las relaciones comerciales y equilibrio de la cadena agroalimentaria con el fin de velar por el cumplimiento de la normativa en materia de competencia y de la Ley 12/2013. Promoción de las buenas prácticas comerciales para impulsar una cadena agroalimentaria competitiva.

e)

Dinamización de las pymes agroalimentarias para incrementar la dimensión de las empresas del sector, mediante la puesta a disposición de las PYMES instrumentos de distinto tipo y en distintas áreas (financiación, innovación, internacionalización, sostenibilidad, etc.) que se adapten a sus necesidades.

Creación de valor.

a)

Plan de aplicación en la industria alimentaria de los requisitos del Reglamento de Información al Consumidor. Elaboración de material divulgativo (guías, infografía…) y encuentros (europeo/nacional) para la difusión y concienciación entre las empresas de alimentación y bebidas, de la importancia de los requisitos.

b)

Seguimiento del cumplimiento de la legislación en materia de calidad alimentaria así como actuaciones (jornadas, estudios/informes) para la lucha contra el fraude alimentario.

c)

Plan de comunicación de cara al consumidor. Realización de campañas, eventos y generación y difusión de contenidos en medios de comunicación y redes sociales para el posicionamiento de la industria de alimentación y bebidas como sector estratégico. Dos notas de prensa al mes, encuentros y twitter diario.

d)

Puente entre la academia y la industria: Premios Ecotrophelia España y Europa. Los premios Ecotrophelia tienen por objeto la creación, lanzamiento y desarrollo de nuevos productos alimenticios eco-innovadores creados por grupos de estudiantes procedentes de la enseñanza superior, pudiendo ser un equipo multidisciplinar, a celebrar la X Edición Ecotrophelia España en la Fundación Alicia, el 23 de mayo.

e)

Impulso de sistemas de alerta temprana de crisis en el sector. Conocimiento y el análisis de noticias relevantes que permita un proyecto de inteligencia competitiva de alto valor.

Actuaciones de internacionalización.

a)

Países estratégicos: definición y actuaciones en mercados prioritarios, visita a la feria ANUGA 2019 con el fin de presentar el calendario de actividades de promoción internacional 2020.

b)

Potenciación de visitas de compradores a España: en el marco de la feria ANUGA, FIAB organizar Business Meetings Latam la semana anterior.

c)

Incentivación a la exportación: actuaciones en mercados desarrollados (UE) y Reino Unido. Canal Gourmet, Gran Distribución y Canal Ecológico. Dentro del pabellón español que FIAB organiza en PLMA Ámsterdam y con el fin de fomentar la innovación como un pilar diferenciador dentro de la FIAB, se destinará un espacio destacado a la iniciativa «Spainnovation». Organización de una agenda de reuniones con compradores en el marco de la feria Speciality & Fine Food en septiembre 2019 en Londres con el fin de apoyar a las empresas en el Brexit. Viaje a las ferias de Frankfurt y en Biofach Alemania 2019.

FIAB participará en BITE Copenhague 2019, Free From Functional Food Expo y Organic Food.

d)

Otras herramientas de Internacionalización: formación, digitalización y difusión de información del área de negociaciones comerciales. Jornada post-Brexit y Jornada sobre Tratados Comerciales Internacionales.

El Plan de Formación Comercial Internacional incluye los siguientes: Programa Internacional FIAB de gestión Comercial Avanzada, Programa de Formación Internacional por mercados: China y EE.UU y Programa FIAB de formación complementaria en internacionalización (Taller Storytelling, canal e-commerce, etc.).

e)

Nuevas tendencias de la industria y acompañamiento en la transformación con el impulso de la innovación y digitalización para incrementar la digitalización en la IAB como herramienta para impulsar la competitividad, fomentando la Industria 4.0 como sello de calidad. 8

Actuaciones de dinamización

a)

Incentivación de nuevas fórmulas de colaboración y de asociación en la IAB, entre ellas: coordinar grupos de empresas exportadoras Excellence of Spain y Food Link Spain y organizar la participación agrupada de Excellence of Spain en la feria ANUGA 2019. Misión de Alto Nivel a los Emiratos Árabes Unidos (EAU) del 16 al 19 de febrero de 2019 liderada por el Comisario de Agricultura de la UE.

b)

Estrategia Alimentación-Gastronomía-Turismo. libro de recetas y show cooking gastronómico en la feria ANUGA 2019.

c)

La Plataforma Tecnológica Food for Life Spain: dinamización de la innovación en PYMES y Centros Tecnológicos. La Plataforma Tecnológica Food for Life-Spain, definirá las prioridades tecnológicas y de investigación necesarias de este sector a medio-largo plazo y coordinará las inversiones nacionales y europeas, así como públicas y privadas, en el ámbito de la Innovación y el Desarrollo.

d)

Dinamización y concienciación de la Industria: IV edición Alibetopías 2019, últimas tendencias de la innovación alimentaria.

Los gastos subvencionables son los que se indican a continuación:

Eficiencia Eficiencia
Informes sectoriales IAB: informe económico y otros estudios de valor para el sector. 45.000 €
Sostenibilidad: soluciones y anticipación a las demandas legislativas o tendencias en los tres pilares de la sostenibilidad. 51.000 €
I Edición de los Premios Startup en la Industria de Alimentación y bebidas. 20.000 €
Impulso competitivo de las relaciones comerciales y equilibrio de la cadena. 45.000 €
Promoción de las buenas prácticas comerciales. 12.000 €
Dinamización de las pymes agroalimentarias. 7.000 €
Total. 180.000 €
Creación de valor Creación de valor
Plan de aplicación en la industria alimentaria de los requisitos del Reglamento de Información al Consumidor. 10.000 €
Seguimiento de la legislación en materia de calidad alimentaria y lucha contra las prácticas fraudulentas. 8.480 €
Plan de comunicación de cara al consumidor. 100.000 €
Un puente entre la academia y la industria: Premios Ecotrophelia España y Europa. 20.000 €
Impulso de sistemas de alerta temprana de crisis en el sector. 90.000 €
Total. 228.480 €
Actuaciones de internacionalización. Actuaciones de internacionalización.
Países estratégicos: definición y actuaciones en mercados prioritarios. 60.000 €
Potenciación de visitas de compradores a España: Spain Experience Programme, Business Meetings. 60.000 €
Incentivación a la exportación: actuaciones en mercados desarrollados (UE) y Reino Unido. Canal Gourmet, Gran Distribución y Canal ecológico. 40.000 €
Otras herramientas de Internacionalización: formación, digitalización y difusión de información área de negociaciones comerciales. 40.000 €
Nuevas tendencias de la industria y acompañamiento en la transformación con el impulso de la innovación y digitalización. 20.000 €
Total. 220.000 €
Actuaciones de dinamización Actuaciones de dinamización
Incentivación de nuevas fórmulas colaborativas y asociativas en la IAB. 40.000 €
Estrategia Alimentación–Gastronomía–Turismo. 35.000 €
La Plataforma Tecnológica Food for Life Spain: dinamización de la innovación en PYMES y Centros Tecnológicos. 30.000 €
Dinamización y concienciación de la Industria: V edición Alibetopías 2019, últimas tendencias de la innovación alimentaria. 21.000 €
Total. 126.000 €
Total actuaciones. 754.480 €

Atendiendo a la naturaleza de las actuaciones, los gastos subvencionables podrán ser:

a)

Gastos de personal: gastos salariales del personal directamente implicado en la ejecución de las actuaciones objeto de subvención. El límite máximo con carácter general aplicable será de 40 euros/hora, sin incluir ningún beneficio empresarial. Los gastos de personal propio y de empresas o entidades vinculadas directamente implicadas en la ejecución de las actuaciones objeto de estos apartados del convenio, hasta un máximo del 70 por cien del coste anual del trabajador.

b)

Gastos de dietas y locomoción del personal directamente implicado en la ejecución de las actuaciones objeto de este convenio. El límite máximo de estos gastos será el previsto en la Orden EHA/3771/2005, de 2 de diciembre, que actualiza lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

c)

Gastos relacionados con la ejecución de las actuaciones previstas no incluidos en los anteriores y que aparecen en la memoria económica 2019 avalada por el auditor.

d)

Gastos derivados de la auditoría de la cuenta justificativa, sin que puedan exceder del 2 por cien de la subvención justificada.

Estas actuaciones podrán ser subcontratadas hasta un 80 por cien del importe de la actividad objeto de la subvención.

El periodo subvencionable se inicia el día 1 de enero de 2019, pudiendo imputarse el gasto hasta el 1 de diciembre de 2019.

El pago de la subvención se realizará una vez ejecutadas las actuaciones y una vez presentada la cuenta justificativa, previa certificación de conformidad por el Subdirector General de Fomento Industrial y Asociativo Agroalimentario.

2. Justificación

a)

La justificación del cumplimiento de sus condiciones y objetivos recogidos en el Programa de Actuaciones 2019 se regirá por lo establecido en el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, con la presentación de la cuenta justificativa con aportación de informe auditor, pudiendo presentarse varias cuentas justificativas, una por cada apartado. El auditor de las cuentas justificativas podrá ser de libre elección por el beneficiario, incluso diferente al elegido para la auditoría de las cuentas anuales.

b)

El auditor, atendiendo a la Orden EHA/1434/2007 de 17 de mayo, revisará la cuenta justificativa y comprobará que contiene la información detallada anteriormente. Así mismo, verificará que:

La información contenida en la memoria económica está soportada por las correspondientes relaciones de gastos e inversiones de la actividad subvencionada.

La entidad dispone de todos los documentos originales acreditativos de los gastos justificados, debidamente estampillados con indicación de haber servido de justificante para obtener esta subvención.

El informe auditor expresará la cuantía exacta que de acuerdo con la correspondiente cuenta justificativa corresponde abonar en concepto de subvención al beneficiario.

Se podrá realizar un máximo de dos pagos fraccionados, que no tendrán la consideración de pagos anticipados, previa solicitud debidamente motivada, hasta el 31 de octubre de 2019, que responderán al ritmo de ejecución de las actuaciones, previa certificación del Subdirector General de Fomento Industrial y Asociativo Agroalimentario, sin que se pueda exceder del 70 por cien del total de la subvención, abonándose por cuantía equivalente a los gastos que el auditor certifique que haya revisado hasta la fecha y verificada su correcta imputación a las acciones subvencionables.

La memoria económica de la cuenta justificativa deberá indicar en su caso la parte subvencionada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y el porcentaje de cofinanciación, si la hubiera, por parte de otros organismos e instituciones.

Antes del 1 de diciembre de 2019, la Federación Española de Industrias de la Alimentación y Bebidas (FIAB) presentará la siguiente documentación que será revisada por la Subdirección General de Fomento Industrial y Asociativo Agroalimentario:

a)

Memoria de actividades, detallando cada una de las actuaciones de manera individualizada

b)

Justificación económica e informe del auditor.

c)

Certificación de ejecución de actividades.

d)

Certificado sobre percepción de otras ayudas

e)

Certificado de declaración de reintegro.

f)

Certificado resumen de los gastos de personal imputados a esa justificación, firmado por el Director General

ANEXO X. Subvención a Cooperativas Agroalimentarias de España U. de COOP.

1. Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realización y, en su caso, requisitos específicos

Son actuaciones subvencionables las siguientes:

1. Mejora de la competitividad a través de acciones de fomento de la intercooperación para el redimensionamiento, vertebración e integración cooperativa, fomento de la competitividad, eficiencia, modernización e innovación de las cooperativas, así como el seguimiento y conocimiento del cooperativismo agroalimentario a través del Observatorio Socioeconómico del Cooperativismo Agroalimentario Español (OSCAE) y coordinación nacional del OSCAE.

Los objetivos de estas actuaciones se dirigen a la mejora de la dimensión con el fin de sensibilizar y promover el arranque de iniciativas de intercooperación, integración empresarial o vertebración del sector, dinamizar y asesorar a los proyectos concretos que surjan. Asimismo, se busca facilitar la aplicación de la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario y de las medidas de integración cooperativa previstas en el Programa Nacional de Desarrollo Rural 201-2020, el Plan Estatal de Integración Asociativa u otras disposiciones o instrumentos relacionados.

En relación a la competitividad, estas actuaciones tienen como propósito de sensibilizar, identificar y promover acciones de mejora de la competitividad en las cooperativas, fomentar la mejora de la gestión y estrategia en las empresas cooperativas, mejorar la comercialización de las producciones cooperativas, impulsar la I+d+i en cooperativas, preparar a las cooperativas para enfrentar los retos de los mercados y favorecer el relevo generacional y la igualdad de oportunidades.

Para poder cumplir con este propósito, las actuaciones de este eje serán diversas, desde la realización de diagnósticos de competitividad (análisis comparativo de ratios empresariales para identificar aspectos de mejora), de cuadros de mando, al asesoramiento y divulgación sobre la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, sobre el fomento de la sostenibilidad, así como al desarrollo de diversos «planes» ya sean estratégicos, comerciales, de innovación, de internacionalización u otros que faciliten el desarrollo de estrategias competitivas y de una mejor comercialización y adaptación a los retos del mercado. Asimismo, también se han incorporado algunas líneas de trabajo para fomentar la participación de mujeres y jóvenes en las cooperativas, que puedan favorecer el necesario relevo generacional, el equilibrio de género, la igualdad de oportunidades y también el cambio cultural en el sector.

El Observatorio Socioeconómico del Cooperativismo Agroalimentario Español (OSCAE) tiene el objeto de investigar y profundizar en el conocimiento, análisis y diagnóstico del sector cooperativo (Magnitudes económicas, sociales y comerciales) y de coordinar y supervisar la correcta programación, ejecución y justificación de las actuaciones y la interlocución general con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Los datos obtenidos a partir de esta actuación permiten tanto a CAE como al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la caracterización más precisa del colectivo cooperativo, el análisis de sus fortalezas y debilidades y la definición de recomendaciones, medidas o líneas de trabajo para la mejora de la competitividad del cooperativismo agroalimentario español. De igual manera, aquí se incluyen las tareas de supervisión y gestión de las herramientas informáticas usadas en el marco de este apartado, entre ellas, la aplicación auxiliar de gestión y justificación (www.at.agro-alimentarias.coop), así como el gestor de bases de datos de cooperativas para almacenar y explotar los datos recopilados a través del OSCAE.

2. Actividades para la mejora de la información, comunicación e imagen, excelencia y promoción del Cooperativismo agroalimentario y de sus productos. Las actuaciones contempladas en este apartado tendrán como objetivos la mejora de la información, comunicación, imagen, excelencia y promoción del cooperativismo agroalimentario y de sus productos. En definitiva, las actuaciones promoverán no sólo mejorar la excelencia de las empresas cooperativas y de sus productos, sino también mejorar el conocimiento y la imagen de ellos y de los valores y logros de las cooperativas en la sociedad en su conjunto, que permitan progresar en el camino de una mayor valorización de los mismos.

Las acciones deberán impulsar estrategias en las cooperativas para progresar hacia productos más valorizables y también de mejorar la percepción que se tiene de los productos cooperativos y de las propias cooperativas en la sociedad mediante actuaciones de comunicación, información, imagen e impulso de la excelencia que se orientarán, por un lado, hacia el propio colectivo, pero también hacia clientes, otras organizaciones e instituciones, consumidores y la sociedad en su conjunto, paso también clave para mejorar la valorización de los productos cooperativos en los mercados agroalimentarios y la valorización de su modelo como entidad de Economía Social.

Actuaciones previstas:

Web www.agro-alimentarias.coop, Portal de Productos Cooperativos (www.agroalimentacion.coop) u otros específicos.

Revista «Cooperativas Agro-alimentarias», una de las principales herramientas de comunicación impresa con las cooperativas, con una tirada de 4.000 ejemplares y 4 números anuales.

Redes sociales, con presencia en facebook, twitter (@CoopsAgroES), canal Youtube, plataforma Chil y Blogs para divulgar mensajes estratégicos, sectoriales y novedades relacionadas con la PAC.

Boletines o newsletter, dirigidos a las federaciones, a las cooperativas y sus socios o a otras entidades y agentes del sector agroalimentario.

Adquisición, recopilación, gestión y divulgación de la documentación e información de interés para el cooperativismo.

Dinamización y envío de información a los medios de comunicación e inserción de artículos y noticias sobre el cooperativismo en los medios.

Desarrollo y gestión de audiovisuales, publicaciones, soportes de imagen, tecnologías de la comunicación u otros instrumentos de comunicación que faciliten la comunicación, divulgación y promoción.

3. Planes de asesoramiento sectorial y otras actividades de colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para impulsar al sector cooperativo y contribuir a la sostenibilidad del sector agroalimentario español.

Las actuaciones previstas en este apartado consistirán en el desarrollo de Planes de asesoramiento para algunos de los principales sectores cooperativos agroalimentarios u otras actividades de colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para promover la mejora de la competitividad de las entidades cooperativas e incluirán actividades del tipo que se detallan a continuación:

a)

Actividades para la mejora del acceso, intercambio, divulgación e interpretación de la información de interés para el sector cooperativo, ya sea proveniente de los mercados, del propio sector, o de las disposiciones normativas o políticas de ámbito nacional, europeo o internacional que las afecte.

b)

Labores de asesoramiento y asistencia técnica a los agentes cooperativos, incluyendo a las Federaciones y Uniones Territoriales de cooperativas que deben servir de apoyo y canal transmisor, en las cuestiones que sean de interés para las cooperativas, para mejorar su capacidad de tomar decisiones, la definición de sus estrategias, posiciones y líneas de actuación o el establecimiento de iniciativas de integración y de buenas prácticas en el sector.

c)

Actividades de dinamización del sector cooperativo, participando, promoviendo u organizando encuentros, jornadas, reuniones (ya sean internas o externas) u otras actividades que promuevan su sensibilización sobre la necesidad de mejorar su competitividad, su dimensión y vertebración comercial, y como instrumento para ejecutar las actividades anteriores (información y asesoramiento).

d)

Actividades relacionadas con la comunicación y la coordinación de las políticas entre el sector cooperativo, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y otras organizaciones o agentes que participen en la cadena alimentaria, incluyendo las interprofesionales.

e)

Todas las actividades anteriores podrán conllevar las tareas de elaboración y divulgación de documentos técnicos y de estrategia que tengan relevancia para los sectores cooperativos correspondientes.

4. Atención de las obligaciones derivadas de la integración y participación en el COPA-COGECA y, en particular, en lo que respecta al pago de las cuotas obligatorias.

5. Realización de actividades dirigidas a la formación, igualdad y rejuvenecimiento de consejos rectores de cooperativas agroalimentarias en materias empresariales para mejorar su profesionalización y el ejercicio de sus funciones

a)

Trabajos para el diseño de formación común para Consejos Rectores de Cooperativas y para el desarrollo de los materiales pedagógicos compartidos oportunos. También se podrán incluir sesiones de formación de formadores para la actualización de los equipos docentes y consultores, en nuevas metodologías o materiales desarrollados y para fomentar el cambio cultural, la profesionalización, la integración empresarial y la competitividad de las cooperativas.

b)

Impartición de actividades formativas específicas, que constarán de módulos formativos adaptables a las necesidades específicas de las cooperativas y otras entidades asociativas de carácter agroalimentario, destinatarias de la formación. Las actividades formativas de consejos rectores de cooperativas agroalimentarias tendrán una duración mínima de 4 horas, impartidas en una o varias jornadas.

El detalle de los gastos subvencionables para cada una de las actuaciones se indica a continuación:

Gastos subvencionables Gastos subvencionables Gastos subvencionables Presupuesto máximo 2019
1. Mejora de la competitividad. 1. Mejora de la competitividad. 1. Mejora de la competitividad.
1.1 Dimensión. 1.1 Dimensión. 1.1 Apoyo a procesos concretos de intercooperación económica o estructural. 20.000 €
1.1 Dimensión. 1.1 Dimensión. 1.2 Plan de fomento de la intercooperación. 12.000 €
1.1 Dimensión. 1.1 Dimensión. 1.3 Desarrollo e implantación de la Ley 13/2013, de 2 de agosto. 40.000 €
1.2 Competitividad. Planes de Fomento de la Competitividad. A. Diagnósticos de competitividad a partir de la Guía de Buenas prácticas y Claves generales de competitividad./ Cuadros de mando. 2.000 €
1.2 Competitividad. Planes de Fomento de la Competitividad. B. Asesoramiento para la implantación de planes estratégicos en las cooperativas. 10.000 €
1.2 Competitividad. Planes de Fomento de la Competitividad. C. Análisis de viabilidad / Planes de negocio / de comercialización/ de internacionalización/ de innovación u otros similares. 6.000 €
1.2 Competitividad. Planes de Fomento de la Competitividad. D. Planes de Responsabilidad Social Empresarial.Coop. 5.000 €
1.2 Competitividad. Planes de Fomento de la Competitividad. E. Implantación de sistema de gestión y estándares de calidad en cooperativas. 5.000 €
1.2 Competitividad. Planes de Fomento de la Competitividad. F. Desarrollo de Auditorías energéticas. 3.000 €
1.2 Competitividad. Planes de Fomento de la Competitividad. G. Asesoramiento y divulgación Ley 12/2013, de 2 de agosto. 350 €
1.2 Competitividad. Planes de Fomento de la Competitividad. H. Implantación herramienta diagnóstico sostenibilidad integral de la industria alimentaria (eSIAB). 700 €
1.2 Competitividad. Planes de Fomento de la Competitividad. I. Planes de fomento de la participación de jóvenes en el sector cooperativo agroalimentario. 8.000 €
1.2 Competitividad. Planes de Fomento de la Competitividad. J. Medidas de fomento de la igualdad en las cooperativas: J.1. Planes de fomento de la participación de mujeres en el sector cooperativo agroalimentario. J.2. Código de buenas prácticas en Igualdad. 6.000 € 4.000 €
1.2 Competitividad. Planes de Fomento de la Competitividad. K. Desarrollo del Plan Estratégico del Cooperativismo Agroalimentario Español (PECOOP). 30.000 €
1.3 Observatorio socioeconómico del cooperativismo agroalimentario español (OSCAE). 1.3 Observatorio socioeconómico del cooperativismo agroalimentario español (OSCAE). 3.1. Desarrollo de encuesta específica: Directorio anual de cooperativas. 25 euros/encuesta
1.3 Observatorio socioeconómico del cooperativismo agroalimentario español (OSCAE). 1.3 Observatorio socioeconómico del cooperativismo agroalimentario español (OSCAE). 3.2. Coordinación y explotación OSCAE. 20 por cien sobre presupuesto Apartado 1 Cláusula 2
Total 1 Total 1 Total 1 507.915 €
2. Actividades para la mejora de la información, comunicación e imagen, excelencia y promoción del Cooperativismo agroalimentario y de sus productos. 2. Actividades para la mejora de la información, comunicación e imagen, excelencia y promoción del Cooperativismo agroalimentario y de sus productos. 2. Actividades para la mejora de la información, comunicación e imagen, excelencia y promoción del Cooperativismo agroalimentario y de sus productos. 109.584 €
3. Planes de asesoramiento sectorial y otras actividades de colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para impulsar al sector cooperativo y contribuir con ello a la sostenibilidad del sector agroalimentario español. 3. Planes de asesoramiento sectorial y otras actividades de colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para impulsar al sector cooperativo y contribuir con ello a la sostenibilidad del sector agroalimentario español. 3. Planes de asesoramiento sectorial y otras actividades de colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, para impulsar al sector cooperativo y contribuir con ello a la sostenibilidad del sector agroalimentario español. 253.706 €
4. Atención de las obligaciones derivadas de la integración y participación en el COPA-COGECA y, en particular, en lo que respecta al pago de las cuotas obligatorias. 4. Atención de las obligaciones derivadas de la integración y participación en el COPA-COGECA y, en particular, en lo que respecta al pago de las cuotas obligatorias. 4. Atención de las obligaciones derivadas de la integración y participación en el COPA-COGECA y, en particular, en lo que respecta al pago de las cuotas obligatorias. 140.045 €
5. Realización de actividades dirigidas a la formación, igualdad y rejuvenecimiento de consejos rectores de cooperativas agroalimentarias en materias empresariales para mejorar su profesionalización y el ejercicio de sus funciones. 5. Realización de actividades dirigidas a la formación, igualdad y rejuvenecimiento de consejos rectores de cooperativas agroalimentarias en materias empresariales para mejorar su profesionalización y el ejercicio de sus funciones. 5. Realización de actividades dirigidas a la formación, igualdad y rejuvenecimiento de consejos rectores de cooperativas agroalimentarias en materias empresariales para mejorar su profesionalización y el ejercicio de sus funciones. 250.000 €
Total Total Total 1.261.250 €

Atendiendo a la naturaleza de las actuaciones, los gastos subvencionables son:

a)

Gastos de personal. Gastos salariales del personal directamente implicado en la ejecución de las actuaciones objeto de este apartado del convenio. El límite máximo con carácter general aplicable será de 40 euros/hora, sin incluir ningún beneficio empresarial. Los gastos de personal propio y de empresas o entidades vinculadas directamente aplicados a la ejecución de las actuaciones objeto de estos apartados del convenio, hasta un máximo del 70 por cien del coste anual del trabajador.

b)

Gastos de dietas y locomoción del personal directamente implicado en la ejecución de las actuaciones objeto de este convenio. El límite máximo e estos gastos, será el previsto en la Orden EHA/3771/2005, de 2 de diciembre, que actualiza lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

c)

Gastos de contratación de terceros, de material, de alquiler de espacios o servicios directamente relacionados con la ejecución de las actuaciones previstas. Estos gastos serán debidamente detallados en el Programa de Actuaciones 2019.

d)

Gastos derivados de la auditoría de la cuenta justificativa, sin que puedan exceder del 2 por cien de la subvención justificada.

Las actuaciones podrán ser subcontratadas hasta un 80 por cien del importe de la actividad objeto de la subvención.

El periodo subvencionable se inicia el día 1 de enero de 2019, pudiendo imputarse el gasto hasta el 1 de diciembre de 2019.

2. Justificación

El pago de la subvención se realizará una vez ejecutadas las actuaciones y una vez presentada cuenta justificativa, previa certificación de conformidad por el Subdirector General de Fomento Industrial y Asociativo Agroalimentario.

La justificación del cumplimiento de sus condiciones y objetivos recogidos en el Programa de Actuaciones 2019, se regirá por lo establecido en el artículo 74 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, con la presentación de la cuenta justificativa con aportación de informe auditor, pudiendo presentarse varias cuentas justificativas, una por cada apartado. El auditor de las cuentas podrá ser de libre elección por el beneficiario, incluso diferente al elegido para la auditoría de las cuentas anuales.

El auditor, atendiendo a la Orden EHA/1434/2007 de 17 de mayo, revisará la cuenta justificativa y comprobará que contiene la información detallada anteriormente. Así mismo, verificará que:

La información contenida en la memoria económica está soportada por las correspondientes relaciones de gastos e inversiones de la actividad subvencionada.

La entidad dispone de todos los documentos originales acreditativos de los gastos justificados, debidamente estampillados con indicación de haber servido de justificante para obtener esta subvención.

El informe auditor expresará la cuantía exacta que de acuerdo con la correspondiente cuenta justificativa corresponde abonar en concepto de subvención al beneficiario.

Los gastos derivados de la auditoría de la cuenta justificativa tendrán la condición de gastos subvencionables, sin que puedan exceder del 2 por cien de la subvención justificada.

Asimismo, se podrán realizar un máximo de dos pagos fraccionados, que no tendrán la consideración de pagos anticipados, previa solicitud debidamente motivada, hasta el 31 de octubre de 2019, que responderán al ritmo de ejecución de las actuaciones, previa certificación del Subdirector General de Fomento Industrial y Asociativo Agroalimentario, sin que se pueda exceder del 70 por cien del total de la subvención, abonándose por cuantía equivalente a los gastos que el auditor certifique que haya revisado hasta la fecha y verificada su correcta imputación a las acciones subvencionables.

Antes del 4 de diciembre de 2019, Cooperativas Agro-alimentarias de España, U. de Coop. presentará la siguiente documentación que será revisada por la Subdirección General de Fomento Industrial y Asociativo Agroalimentario, dejando constancia de ello para la posterior remisión del expediente a la Intervención Delegada en el MAPA para su fiscalización:

a)

Las cuentas justificativas con sus correspondientes memorias de actuaciones y memorias económicas abreviadas y sus informes de auditor.

b)

Documento resumen del conjunto de actuaciones previstas en la cláusula segunda del Convenio, con indicación de actuaciones programadas, niveles de ejecución, valoración de resultados y presupuesto ejecutado.

c)

Informe agregado en el que se detallen los gastos de personal justificados para todos los trabajadores de Cooperativas Agro-alimentarias de España, U. de Coop. en cada una de las líneas de trabajo del convenio de colaboración.

d)

Memoria, cuentas anuales y balance correspondiente al ejercicio anterior.

ANEXO XI. Subvención a la Federación Española de Comunidades de Regantes

1. Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realización y, en su caso, requisitos específicos.

Son actuaciones subvencionables las de formación, asesoramiento y apoyo.

Los gastos subvencionables son:

Para formación:

a)

Realización de cursos para atender a las Comunidades de Regantes y a los regantes de base en sus necesidades actuales y futuras en relación con el manejo de las nuevas técnicas de regadío y las nuevas tecnologías informáticas: gestión eficaz del agua y la energía, código de buen gobierno, reducción de la contaminación difusa, control de parámetros medioambientales en agua y suelo, manejo de programas de gestión para Comunidades de Regantes, la implantación de la Administración Electrónica, etc.

b)

Realización de jornadas en diferentes ciudades para favorecer la formación y la información de los regantes sobre temas de interés relacionados con el agua y la energía en el regadío.

c)

Los gastos derivados de desplazamientos (viajes, alojamientos, manutención, etc.) se ajustarán a los límites establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

Honorarios ponentes. 1.000 €
Desplazamiento y alojamiento ponentes. 1.000 €
Jornada Técnica anual. 1.000 €
Total. 3.000 €

Para asesoramiento:

a)

Envío de circulares sobre legislación, jurisprudencia de aguas, noticias y novedades del mundo del agua, publicaciones, etc.

b)

Asesoramiento legal y administrativo a las Comunidades de Regantes, mediante un licenciado en Derecho y un administrativo que además de resolver las cuestiones que se plantean desde las Comunidades de Regantes, sirven de enlace tanto entre éstas y FENACORE como entre éstas y la Administración.

c)

Asesoramiento técnico a las Comunidades de Regantes, mediante un Ingeniero Agrónomo, sobre manejo de las nuevas tecnologías de regadío, eficiencia energética, etc.

d)

Edición de diferentes publicaciones y, especialmente, del Boletín Intercuencas, que trimestralmente se remite con información de actualidad.

Salarios y seguros sociales. 30.000 €
Telefonía. 2.000 €
Energía eléctrica. 1.500 €
Copistería. 3.000 €
Franqueo correos. 2.500 €
Imprenta. 4.000 €
Consumibles. 1.000 €
Total. 44.000 €

Para apoyo:

a)

Presencia ante la opinión pública del sector «regadíos» y su problemática. Para ello, existe un gabinete de comunicación, con un equipo formado por una directora, una ejecutiva y un community manager, que se ocupa de las relaciones con los medios de comunicación y las redes sociales. FENACORE pone a disposición del Ministerio estos mismos medios para la difusión de sus planes, iniciativas y propuestas. El gabinete de comunicación gestiona las notas de prensa, convocatorias a los medios, declaraciones en prensa y radio, participación en debates, newsletter, redes sociales, etc. El importe que se abona al gabinete de comunicación es una cantidad fija mensual que cubre sus servicios y todos los gastos que puedan derivarse por estas actividades.

b)

Elaboración de estudios e informes técnicos y jurídicos sobre la problemática del agua para riego, que se trasladan al Ministerio con el objetivo de que sirvan de apoyo para la mejor defensa del regadío en su conjunto.

c)

Participación de la EIC en el Grupo de Coordinación Estratégica de la Comisión Europea así como en diferentes Grupos de Trabajo. FENACORE es la única representación española en el SCG, en Bruselas, a través de la Euromediterranean Irrigators Community (EIC), cuya Presidencia y Secretaría General ostenta FENACORE.

d)

Mantenimiento de relaciones institucionales con diversos organismos internacionales como Foro Mundial del Agua, FAO, Global Water Partnership (GWP), Institut Mediterranéen de l’EAU (IME), European Union Water Management Association (EUWMA), Red Mediterránea de Organismos de Cuenca (REMOC), etc.

e)

Participación en la Asociación IRRIGANTS D’EUROPE para mejorar el diálogo con las Instituciones Europeas y asegurar una estrategia orientada al incremento del regadío, que permita una evolución de la actividad, basada en la gestión sostenible y la promoción y competitividad del sector del regadío.

f)

Divulgación de la experiencia española en gestión eficiente del agua, mediante la realización de viajes técnicos a otros países para mantener encuentros con la Administración y los usuarios, establecer convenio de cooperación, etc.

g)

Los gastos derivados de desplazamientos (viajes, alojamientos, manutención, etc.) se ajustarán a los límites establecidos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

Gabinete de comunicación 32.000 €
Informes y estudios 12.000 €
Publicación Informe Univ. Córdoba 3.000 €
Desplazamiento y alojamiento internacional 1.000 €
Viaje Técnico al extranjero 5.000 €
Total 53.000 €

El plazo para la realización de las actuaciones finalizará el día 11 de noviembre de 2019.

Se deberá disponer de cuantos recursos técnicos, materiales y humanos sean necesarios para la completa realización de las actividades previstas y para la consecución de los objetivos que se persiguen.

2. Justificación

La justificación de la ejecución de las actividades previstas se realizará mediante cuenta justificativa que contendrá, con carácter general, la siguiente documentación:

a)

Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.

b)

Una memoria económica justificativa del coste de las actividades realizadas, en los términos establecidos en el artículo 72 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

Estos documentos se acompañarán de un certificado expedido por la persona con poderes suficientes en la Federación, en el que se exprese que los gastos que se justifican están afectos a la ejecución de las actuaciones previstas, incluidos los gastos financieros contemplados en el artículo 31.7 de la precitada Ley.

La justificación de los trabajos podrá presentarse hasta el 18 de noviembre de 2019.

ANEXO XII. Subvención a la Red Estatal de Desarrollo Rural

1. Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realización y, en su caso, requisitos específicos

Son actuaciones subvencionables las siguientes:

a)

Asistencia técnica, elaboración de documentos y asesoramiento siempre que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

b)

Interlocución, animación y dinamización de la Red Estatal de Desarrollo Rural.

c)

Mantenimiento y gestión de la red telemática para el intercambio de información con los Grupos de Acción Local asociados y la Red Rural Nacional.

d)

Organización de reuniones, conferencias y seminarios, que estén relacionados con las actividades objeto de subvención y objetivos de la Red Rural Nacional y de los Grupos de Acción Local.

e)

Realización de estudios y publicaciones innovadoras sobre desarrollo rural con enfoque territorial.

f)

Servicios de comunicación, para el intercambio de información con los Grupos de Acción Local asociados y la Red Rural Nacional

g)

Ejemplos de Buenas Prácticas de la metodología LEADER

Los gastos subvencionables son:

a)

Gastos de personal: Los costes del personal permanente técnico o administrativo dedicado a las actividades objeto del convenio, así como del personal contratado temporalmente, no superarán, en ningún caso, las retribuciones vigentes para los empleados públicos en 2019. Como gastos de personal sólo se admitirán los costes salariales de la nómina y de Seguridad Social empresarial.

b)

Gastos de locomoción y dietas: Los gastos de locomoción y dietas que se imputen para la justificación de la dotación de la subvención se ajustarán a las limitaciones establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, y la Orden EHA/3770/2005 de 1 de diciembre, por la que se revisa el importe de indemnización por uso de vehículo particular establecida en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

c)

Gastos de estudios y trabajos técnicos: El límite de gasto para asesorías técnicas, jurídicas y fiscales se fijará de acuerdo con los honorarios establecidos por los Colegios Oficiales o en su defecto por los precios de mercado en ese ámbito, y se atendrán en todo a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d)

Gastos de ponentes: El límite de gasto de coordinadores, ponentes y expertos, se atendrá a lo establecido en la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de 1 de abril de 2009, en esta materia.

e)

Gastos Generales: Serán subvencionables los gastos generales y de funcionamiento por un importe máximo del 10 por cien del presupuesto total: gastos de luz, agua, calefacción, correo, teléfono, Internet y fax, limpieza de locales, alquileres de oficinas, fotocopias, material de oficina y material fungible ordenadores.

Las actividades subvencionables se llevarán a cabo desde la aprobación del real decreto hasta la fecha de justificación, el 15 de noviembre de 2019.

Se deberán cumplir, en todas las actividades, las normas establecidas en materia de información y publicidad detalladas en el anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 808/2014, de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

2. Justificación

Para dar cumplimiento a los requisitos y plazos de justificación de pagos al FEADER, la justificación de la dotación de la subvención se realizará mediante la presentación de una Cuenta justificativa con aportación de documentos de gasto, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72 y 73 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y que tendrá como plazo máximo el 15 de noviembre de 2018.

ANEXO XIII. Subvención a la Red Española de Desarrollo Rural

1. Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realización y, en su caso, requisitos específicos

Son actuaciones subvencionables las siguientes:

a)

Asistencia técnica, elaboración de documentos y asesoramiento, siempre que estén directamente relacionados con la actividad subvencionada y sean indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

b)

Interlocución de la REDR ante instituciones públicas y privadas nacionales e internacionales en materia de desarrollo rural. Elaboración de documentos técnicos para la interlocución y posicionamiento de la REDR.

c)

Servicios de comunicación, mantenimiento y gestión de la red telemática para el intercambio de información con los Grupos de Acción Local asociados y la Red Rural Nacional.

d)

Organización de reuniones, conferencias y seminarios, que estén relacionados con las actividades objeto de subvención y objetivos de la Red Rural Nacional y de los Grupos de Acción Local (GAL).

e)

Realización de estudios y publicaciones

f)

Ejemplos de Buenas Prácticas de la metodología LEADER.

Los gastos subvencionables son:

a)

Gastos de personal: Los costes del personal permanente técnico o administrativo dedicado a las actividades objeto del convenio, así como del personal contratado temporalmente, no superarán, en ningún caso, las retribuciones vigentes para los empleados públicos en 2019. Como gastos de personal solo se admitirán los costes salariales de la nómina y de Seguridad Social empresarial.

b)

Gastos de locomoción y dietas: Los gastos de locomoción y dietas que se imputen para la justificación de la dotación de la subvención se ajustarán a las limitaciones establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, y la Orden EHA/3770/2005 de 1 de diciembre, por la que se revisa el importe de indemnización por uso de vehículo particular establecida en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo.

c)

Gastos de estudios y trabajos técnicos: El límite de gasto para asesorías técnicas, jurídicas y fiscales se fijará de acuerdo con los honorarios establecidos por los Colegios Oficiales o en su defecto por los precios de mercado en ese ámbito, y se atendrán en todo a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d)

Gastos de ponentes: El límite de gasto de coordinadores, ponentes y expertos, se atendrá a lo establecido en la Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino de 1 de abril de 2009, en esta materia.

e)

Gastos Generales: Serán subvencionables los gastos generales y de funcionamiento por un importe máximo del 10 por cien del presupuesto total: gastos de luz, agua, calefacción, correo, teléfono, Internet y fax, limpieza de locales, alquileres de oficinas, fotocopias, material de oficina y material fungible ordenadores.

Las actividades subvencionables se llevarán a cabo desde la aprobación del real decreto hasta la fecha de justificación, el 15 de noviembre de 2019. No procede que se ponga entre paréntesis

Se deberán cumplir, en todas las actividades, las normas establecidas en materia de información y publicidad detalladas en el anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 808/2014, de la Comisión, de 17 de julio de 2014.

2. Justificación

Para dar cumplimiento a los requisitos y plazos de justificación de pagos al FEADER, la justificación de la dotación de la subvención se realizará mediante la presentación de una cuenta justificativa con aportación de documentos de gasto, de acuerdo con lo establecido en los artículos 72 y 73 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, y que tendrá como plazo máximo el 15 de noviembre de 2019.

ANEXO XIV. Subvención a la Fundación Biodiversidad

1. Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realización y, en su caso, requisitos específicos

Las actuaciones deben mejorar el conocimiento del sector acuícola, facilitando, entre otros aspectos, una mejor valoración de la acuicultura y una mayor sensibilización acerca de su potencial e importancia. Asimismo, liderará la puesta en marcha e implantación de acciones incluidas en el Plan Estratégico Plurianual de la Acuicultura Española, 2014-2020, dentro de líneas estratégicas como el refuerzo de los aspectos ambientales de la actividad acuícola en España, prestando especial atención a las actividades que se desarrollan en la Red Natura 2000, el refuerzo de la competitividad del sector a través de la I+D+i, apoyo y visibilidad de herramientas formativas disponibles y la puesta en valor de los atributos de la actividad acuícola y sus productos a través de la comunicación y la imagen.

Las acciones concretas a realizar serán, entre otras, acciones de comunicación y visibilidad, actuaciones que fomenten la innovación medioambiental, la puesta en marcha de asesoramientos ambientales, la formación y la potenciación del trabajo en Red. Igualmente, seguirá siendo una plataforma de encuentro, análisis y debate interdisciplinar e intersectorial en la que participen las comunidades científicas, tecnológicas e industriales del sector de la acuicultura en España, a través principalmente de la actualización periódica la página web de OESA y la actualización y mantenimiento de sus bases de datos.

Especial relevancia tendrán aquellas actuaciones encaminadas al mantenimiento de las actividades y proyectos que venían desarrollándose a través de la Fundación OESA, especialmente aquellas relacionadas con el Plan Estratégico Plurianual de la Acuicultura española 2014-2020, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de los compromisos a nivel europeo existentes en la actualidad.

Los gastos subvencionables serán aquéllos que resulten de las actividades encaminadas a la consecución de los objetivos mencionados.

La duración de la realización de las actuaciones subvencionables no excederá del 31 de diciembre de 2019.

El abono de la subvención se llevará a cabo de manera anticipada a su justificación.

2. Justificación

A efectos de garantizar el ajuste de la subvención a su objeto se establece una comisión de seguimiento, que se constituiría de forma paritaria por ambas partes y que será presidida por el Director General de Ordenación Pesquera y Acuicultura o persona en quien delegue. La citada Comisión deberá velar por realizar un seguimiento del cumplimiento de las actividades que se hayan subvencionado y que deberán estar orientadas a las del objeto de la subvención.

Para la evaluación y seguimiento de la realización de los trabajos subvencionados, la labor de comprobación recaerá en la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura sobre el desarrollo y adecuación a los fines previstos en el objeto de la subvención mediante la entrega, por parte de la Fundación Biodiversidad, de:

a)

Un informe en el que se describan las actividades realizadas con cargo a la aportación percibida con el detalle de las actuaciones realizadas, así como un apartado específico de índole económico como justificación de la acciones realizadas.

b)

Relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación de importe y su procedencia.

c)

Carta de pago, en su caso, del reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados e intereses de los mismos.

d)

Certificado emitido por la Directora de la FB.

La Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura tendrá facultad para solicitar toda aquella documentación adicional y aclaraciones que considere pertinentes, debiendo la Fundación Biodiversidad facilitar esta labor en todo momento. La presentación de esta documentación tendrá por objeto la comprobación de la realización de las actividades subvencionadas y sus contenidos

El plazo para la presentación de la justificación será de un mes desde el cierre del ejercicio contable al que se refieran y en el que se hayan producido las actividades subvencionadas.

ANEXO XV. Subvención a la Fundación AZTI-TECNALIA

1. Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realización y, en su caso, requisitos específicos

Las actividades deben promover la investigación oceanográfica, pesquera y acuícola, especialmente aquellas actividades dirigidas a la aplicación de las medidas técnicas y científicas de la Política Pesquera común, actuando asimismo en la dimensión de protección medioambiental de la actividad pesquera, entre ellas las que contribuyan a desarrollar métodos de pesca que minimicen el impacto en el medio ambiente, así como el estudio de actividades cuyo objetivo sea lograr incrementar el conocimiento del medio marino, priorizando:

a)

Las que supongan un avance en la investigación del impacto social y económico de la obligación de desembarque sobre las distintas flotas,

b)

Las que aumenten la información sobre distintos stocks pobres en datos para facilitar los trabajos de evaluación científica y las correspondientes tomas de decisiones en materia de gestión pesquera.

Estas actividades supondrán la toma de datos sobre el terreno incluyendo la realización de campañas de investigación en mar a bordo de buques comerciales o de investigación oceanográfica, además de los correspondientes análisis en laboratorio y tratamiento de datos obtenidos.

Los gastos subvencionables serán aquéllos que resulten de la actividad investigadora normal para la consecución de los objetivos mencionados, incluyendo gastos por compra de instrumental o material inventariarle.

La duración será la necesaria para la correcta realización de las acciones subvencionadas, comenzando desde la aprobación del real decreto y no excediendo del 30 de noviembre de 2019.

El pago se realizará tras la justificación de las acciones objeto de la subvención.

Asimismo, el solicitante presentará una declaración responsable, en el plazo máximo de 15 días desde la entrada en vigor de este real decreto, referida a todas las demás las ayudas de minimis obtenidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso que estén sujetas al Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis o a otros reglamentos de minimis, sin que el importe final de la subvención pueda superar los límites previstos en dicho reglamento.

2. Justificación

A efectos de garantizar el ajuste de la subvención al objeto de la misma, se establece una comisión de seguimiento que se constituiría de forma paritaria por ambas partes y que será presidida por la Directora General de Recursos Pesqueros o persona en quien delegue. La citada Comisión deberá velar por realizar un seguimiento del cumplimiento de las actividades que se hayan subvencionado y que deben estar orientadas a las del objeto de la subvención.

Para la evaluación y seguimiento de la realización de los trabajos subvencionados, la labor de comprobación recaerá en la Dirección General de Recursos Pesqueros sobre el desarrollo y adecuación a los fines previstos en el objeto de la subvención, mediante la contratación de una memoria detallada de actividades e informes elaborados por la Fundación AZTI.

La Dirección General de Recursos Pesqueros tendrá facultad para solicitar toda aquella documentación adicional o aclaraciones que considere pertinentes, debiendo la fundación AZTI facilitar esta labor en todo momento.

Asimismo y en relación con la justificación económica, la Fundación AZTI presentará a la Dirección General de Recursos pesqueros los documentos tras la realización de todos los trabajos que se aborden. El contenido de dichos informes deberá ser como mínimo una memoria de actuación justificativa de la acción realizada, con indicación de todas las actividades que formen parte de la misma y de los resultados obtenidos. La presentación de estos informes tendrá por objeto la comprobación de la realización de las actividades subvencionadas y sus contenidos. Asimismo será preciso presentar una memoria económica justificativa del coste de todas las actividades realizadas en los términos previstos en el artículo 72 del RLGS.

El plazo para la justificación concluirá el 30 de noviembre de 2019.

ANEXO XVI. Subvención al Centro de Estudios e Investigación para la Gestión de Riesgos Agrarios y Medioambientales (CEIGRAM)

1. Actuaciones subvencionables, gastos, plazo de realización y, en su caso, requisitos específicos

Son actuaciones subvencionables las siguientes:

a)

Gastos de funcionamiento y mantenimiento del Centro.

b)

Impartición de seminarios y cursos relacionados con los riesgos agrarios y medioambientales.

c)

Apoyo a acciones de divulgación y comunicación de actividades en materia de riesgos agrarios y medio ambientales.

d)

Gastos de viajes relacionados con la colaboración del Centro en el ámbito internacional, en materia de riesgos agrarios y medioambientales. Los gastos de desplazamiento, manutención y alojamiento sólo serán subvencionables hasta los importes previstos para el grupo 2 en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

Los gastos subvencionables son todos aquellos relacionados directamente con la ejecución de las actuaciones anteriores.

El plazo para la realización de las actuaciones comenzará el 1 de enero de 2019 y finalizará el 31 de diciembre de 2019.

Se deberá cumplir con los objetivos para los que se ha creado el Centro de Estudios e Investigación para la Gestión de Riesgos Agrarios y Medioambientales.

2. Justificación

Los documentos que habrán de presentarse son: memoria justificativa del cumplimiento de las obligaciones correspondientes a las actuaciones subvencionables, facturas, justificantes de pago y previsión de los gastos de las actuaciones a realizar entre el 1 y el 31 de diciembre de 2019.

El plazo de presentación de la justificación será hasta el 5 de diciembre de 2019 para los gastos ejecutados hasta el 30 de noviembre de 2019, y hasta el 31 de enero de 2020 para los gastos derivados de las actuaciones realizadas entre el 1 y el 31 de diciembre de 2019.

El pago se realizará a lo largo del mes de diciembre de 2019 y contemplará el importe de gastos realizados y justificados hasta el 30 de noviembre de 2019, así como el correspondiente al gasto previsto por las actuaciones entre el 1 y el 31 de diciembre de 2019.

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