Acuerdo suscrito entre el Ministerio del Interior del Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), relativo a la realización de proyectos en las áreas temáticas de retorno voluntario asistido y reintegración y gestión fronteriza integrada, hecho en Madrid el 2 de diciembre de 2020
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
ACUERDO SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DEL INTERIOR DEL REINO DE ESPAÑA Y LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM) RELATIVO A LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS EN LAS ÁREAS TEMÁTICAS DE RETORNO VOLUNTARIO ASISTIDO Y REINTEGRACIÓN Y GESTIÓN FRONTERIZA INTEGRADA
El presente Acuerdo (el «Acuerdo») se establece entre el Ministerio del Interior del Reino de España en adelante «el Ministerio»), Amador de los Ríos, 8, 28071 Madrid, representado por don Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior y la Organización Internacional para las Migraciones (en adelante «la OIM»), una organización que forma parte del sistema de las Naciones Unidas, representada por doña María Jesús Herrera Ceballos, Jefa de Misión de la OIM en España. La OIM y el Ministerio también se denominarán individualmente como «Firmante» y conjuntamente como «Firmantes».
En desarrollo del Acuerdo Marco entre el Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones hecho en Madrid el 17 de diciembre de 2009 con el fin de realizar programas, proyectos y actividades para establecer una colaboración continúa en ámbitos de interés común como es la gestión ordenada y humana de las migraciones. Este Acuerdo Marco es de aplicación a todos los programas, proyectos y actividades que OIM emprenda con financiación de las distintas administraciones públicas españolas.
Los firmantes acuerdan las siguientes
CLÁUSULAS
1. Introducción y documentos constitutivos del Acuerdo
1.1 El Ministerio se compromete a prestar apoyo financiero a la OIM para la realización de los Proyectos que se enmarcan en las áreas temáticas de retorno voluntario asistido y reintegración y gestión fronteriza integrada, de conformidad con las condiciones establecidas en el presente Acuerdo y en sus anexos.
1.2 Los documentos que se enumeran a continuación forman parte del presente Acuerdo:
Anexo A.1 Documento de Proyecto y Presupuesto para el área temática de Retorno Voluntario-Marruecos;
Anexo A.2 Documento de Proyecto y Presupuesto para el área temática de Retorno Voluntario Argelia;
Anexo B Documento de Proyecto y Presupuesto para el área temática de Gestión Fronteriza Integrada;
2. Contribución
2.1 A tenor de lo dispuesto en el presente Acuerdo, el Ministerio se compromete a aportar ayuda financiera para la realización de los proyectos en las áreas temáticas de retorno voluntario asistido y reintegración y gestión fronteriza integrada (los «Proyectos») por un valor de EUR 500.000,00 (quinientos mil euros) (la «Contribución»).
2.2 La OIM utilizará la Contribución para financiar los costes de los Proyectos que se enumeran en los anexos indicados en la cláusula 1.2, que son constitutivos de este Acuerdo, según los montos que se indican a continuación:
Área temática de Retorno Voluntario asistido y reintegración: EUR 400.000.
Área temática de Gestión Fronteriza Integrada: EUR 100.000.
La Contribución deberá incluir el cargo de operación de proyectos obligatorio de la OIM de 7% (tal y como fue aprobado por los Estados miembros de la OIM a través de Resolución del Consejo).
2.3 El Ministerio abonará la Contribución a través de un solo desembolso, en Euros (EUR), según lo indica la cláusula 2.1, a la cuenta bancaria que se indica a continuación, dentro de los 2 (dos) meses siguientes a la fecha de firma del presente Acuerdo, indicando el número de referencia de la OIM ES/C/2020/030 para facilitar el registro de la Contribución en las cuentas de la OIM:
Titular: Organización Internacional para las Migraciones. Entidad bancaria: Banco Santander. Dirección: Rodríguez San Pedro, 8, 28015 Madrid. Número de cuenta bancaria: ES1300495974132793101278. Código SWIFT: BSCHESMMXXX.
2.4 El Ministerio notificará a la OIM por correo electrónico en revenue@iom.int y jherrera@iom.int de lo siguiente: a) la suma transferida; b) la fecha efectiva de la transferencia y; c) que el remitente de la transferencia es el Ministerio de conformidad con el presente Acuerdo incluyendo el siguiente número de referencia ES/C/2020/030.
2.5 Las actividades que deben ser realizadas por la OIM bajo el presente Acuerdo, sólo comenzarán en el momento en que la OIM reciba el pago tal y como se establece en la cláusula 2.3. En el caso de que la OIM no reciba la Contribución completa según el calendario de pago acordado, la OIM podrá contactar al Ministerio quien deberá mantener conversaciones con la OIM con el objetivo de determinar el momento en que el pago de la Contribución será iniciado. En el caso de que no se reciba la Contribución en su totalidad de conformidad con el calendario de pago descrito en el artículo 2.3, las actividades realizadas por la OIM bajo los Proyectos podrán ser suspendidas, pospuestas o terminadas por la OIM por medio notificación escrita enviada por la OIM al Ministerio con efecto inmediato.
2.6 La obligación del Ministerio bajo la cláusula 2.1 arriba mencionada no se verá afectada por o será dependiente de (i) cualquier derecho u obligación del Ministerio o de la OIM bajo cualquier otro contrato o acuerdo ente la OIM y el Ministerio, o (ii) la implementación por la OIM de otras actividades en el contexto de otros proyectos o de cualquier resultado de auditorías, evaluaciones y monitoreos que no se relacionen directamente con el presente Acuerdo.
2.7 La OIM no será responsable de ningún retraso en el cumplimiento de las obligaciones contraídas en virtud del presente Acuerdo, siempre que la OIM no haya recibido la totalidad de la Contribución de conformidad con el calendario de pago acordado en la cláusula 2.3 del presente acuerdo.
3. Duración de los proyectos
3.1 La duración de los Proyectos se extenderá desde la entrada en vigor del presente Acuerdo hasta el 31 de diciembre de 2021.
3.2 La OIM podrá extender la duración de uno o varios de los proyectos con miras a finalizarlo, siempre que dicha extensión no implique gastos que superen el monto de la Contribución indicada en la cláusula 2. La extensión se hará efectiva en la fecha en que la OIM la notifique, por escrito, al Ministerio; es más, la notificación deberá efectuarse antes de la fecha de conclusión de los Proyectos fijada inicialmente. La notificación deberá consignar el justificativo para la extensión y la información relativa a la nueva fecha en que se completará uno o varios de los Proyectos, así como las fechas de presentación de los informes financieros y técnicos pendientes.
4. Administración de la Contribución
4.1 La OIM recibirá y administrará la Contribución con arreglo a su reglamento, normas y directrices. La Contribución estará sujeta exclusivamente a los procedimientos de auditoría externa e interna previstos en el reglamento, las normas y las directrices financieras de la OIM.
4.2 Las actividades administradas bajo el presente Acuerdo son presupuestadas y reportadas en Euros (EUR) (la «Moneda del Proyecto»).
4.3 La OIM asignará, con arreglo a su reglamento, normas, directrices y procedimientos, un código de proyecto específico para administrar y realizar el seguimiento de todas las transacciones financieras relacionadas con los Proyectos, a las que se aplicará el tipo de cambio operacional de las Naciones Unidas en vigor para su conversión de conformidad con las políticas de la OIM.
4.4 Cualquier parte de la Contribución que no haya sido utilizada al finalizar los Proyectos, con arreglo a lo que figure en el informe financiero final, será reembolsada al Ministerio, salvo que los firmantes acuerden otra cosa. Cualquier interés que genere la contribución, si existiere, será acreditado en las cuentas de la OIM como ingresos misceláneos.
4.5 El personal para los Proyectos será reclutado, empleado y supervisado por la OIM con arreglo a su reglamento, normas, directrices y procedimientos.
4.6 Las adquisiciones para los Proyectos deberán ser realizadas por la OIM con arreglo a su reglamento, normas, directrices y procedimientos.
4.7 La OIM, desde el 1 de marzo de 2017, es miembro de la International Aid Transparency Initiative (IATI), y trabaja en aras de que los estándares de la IATI se apliquen con miras a que se incremente la publicación de información en la plataforma de la IATI. De conformidad con los compromisos hacia la transparencia de los firmantes, el Ministerio por este medio otorga su consentimiento para que la OIM publique información relacionada con el presente Acuerdo (y con cualquier Enmienda subsiguiente), y con el financiamiento asociado, por medio de su sitio web y por medio de la plataforma de la IATI. La OIM por este medio otorga su consentimiento para que la información relacionada con el presente Acuerdo (y con cualquier Enmienda subsiguiente), y con el financiamiento asociado, sea publicada por medio del sitio web del Ministerio y por medio de la IATI.
Identificadores del publicador de la IATI: IOM: XM-DAC-47066.
5. Informes
5.1 Para cada uno de los Proyectos de este Acuerdo y en un plazo máximo de seis meses tras la finalización de cada uno de los Proyectos, la OIM proporcionará al Ministerio los siguientes informes en formato OIM:
– Informe técnico que abarcará el periodo completo de implementación de cada uno de los proyectos;
– Informe financiero que incluirá un resumen de los gastos incurridos y abarcará el periodo completo de ejecución de cada proyecto.
5.2 Todos los informes de los Proyectos deberán ser realizados por la OIM en la Moneda del Proyecto como se determina en la cláusula 4.2 y con arreglo a su reglamento, normas, directrices y procedimientos y deberá utilizar los modelos de los informes de proyectos estándar de la OIM.
6. Titularidad de los bienes financiados mediante la Contribución
Los equipos, suministros y bienes de otro tipo que hayan sido adquiridos con fondos de la Contribución serán propiedad de la OIM. Se deberá disponer de dicha propiedad con arreglo a los reglamentos, normas, directrices y procedimientos de la OIM, salvo que el Ministerio y la OIM acuerden algo diferente por escrito.
7. Fuerza mayor
La OIM no será responsable de cualquier retraso en el desempeño o incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contraídas en el marco del presente Acuerdo si dicho retraso o incumplimiento se debe a causas de fuerza mayor, a saber: un evento natural imprevisible e invencible, un acto de guerra (bien sea declarada o no), invasión, revolución, insurrección, terrorismo, bloqueo o embargo, huelga, restricciones gubernamentales o estatales, desastre natural, epidemia, crisis de salud pública, u otras circunstancias que no sean causadas por o, que no pudiesen ser controladas por la OIM.
Tan pronto como sea posible luego de la ocurrencia del evento de fuerza mayor que impacte la capacidad de la OIM para cumplir con sus obligaciones bajo el presente Acuerdo, la OIM le notificará y le proporcionará al Ministerio los detalles inmediatamente y por escrito de la existencia de dicho evento de fuerza mayor y de la probabilidad de que se produzca un retraso. Al recibir dicha notificación, la OIM y el Ministerio deberán mantener conversaciones con el objetivo de reanudar las actividades afectadas bajo el Acuerdo, asegurando la cobertura por parte del Ministerio de los costos inevitables e incurridos por la OIM durante el periodo de fuerza mayor, siempre que no implique gastos que superen el monto de la Contribución. Luego de las conversaciones con el Ministerio y sin que le sea imputable responsabilidad alguna, la OIM tendrá derecho a suspender la implementación de algunas o todas las actividades bajo el presente Acuerdo, en la medida en que no sea posible para la OIM implementar tales actividades a causa de fuerza mayor.
8. Confidencialidad
Ambos firmantes reconocen el carácter estrictamente confidencial de la información a la que tengan acceso con motivo del cumplimiento de este Acuerdo y que haya sido identificada como confidencial, incluida aquella de carácter personal sobre los beneficiarios que esté en posesión o conocimiento de las instituciones con relación al presente Acuerdo o al Proyecto, salvo que ya la conocieran previamente y lo puedan acreditar o sea de conocimiento público o llegue al conocimiento público.
Los firmantes se obligan a no difundir la información confidencial sin el consentimiento del otro, así como a garantizar el cumplimiento de esta obligación por parte de todas las personas a su cargo que participan en los trabajos objeto de este Acuerdo.
La OIM se atendrá a sus Principios de Protección de Datos en caso de que reúna, reciba, utilice, transfiera o almacene cualquier dato personal en el cumplimiento del presente Acuerdo. Esta obligación perdurará tras la expiración o rescisión del presente Acuerdo.
9. Propiedad intelectual
Toda la propiedad intelectual u otros derechos de propiedad que incluyan, pero no se limiten únicamente a patentes, derechos de autor, marcas registradas y propiedad de los datos, dimanantes de los proyectos deberán concederse a la OIM, con inclusión, y sin restricción alguna, de los derechos a utilizar, reproducir, adaptar, publicar y distribuir cualquier rubro o parte del mismo.
10. Notificaciones
10.1 Cualquier notificación efectuada en cumplimiento del presente Acuerdo será suficiente si el otro firmante la recibe por escrito, para ello se enviará a la siguiente dirección:
Organización Internacional para las Migraciones (OIM).
A la atención de: Maria Jesús Herrera Ceballos.
Dirección: Calle Fernando El Católico, 10, 1.º y 2.ºB, 28015, Madrid (España).
Correo electrónico: jherrera@iom.int.
Ministerio del Interior.
A la atención de: Dirección General de Relaciones Internacionales y Extranjería.
Dirección: Calle Amador de los Ríos 8, 28071 Madrid (España).
Correo electrónico: dgrie.sec@interior.es.
11. Solución de conflictos
11.1 Todo conflicto, controversia o reclamación derivada del presente Acuerdo o relacionada con este, así como el incumplimiento, rescisión o nulidad del mismo se resolverá de forma amistosa mediante negociación entre los firmantes.
11.2 En el supuesto de que el conflicto, controversia o reclamación no se resuelva mediante negociación en los 3 (tres) meses siguientes a la recepción de la notificación enviada por una de los firmantes a fin de señalar la existencia del conflicto, controversia o reclamación, cualquiera de los firmantes podrá solicitar la resolución del conflicto, controversia o reclamación mediante un proceso de conciliación dirigido por un conciliador, de conformidad con el Reglamento de Conciliación de 1980 de la CNUDMI. No es aplicable el Artículo 16 del Reglamento de Conciliación de la CNUDMI.
11.3 En el supuesto de que la conciliación fracasara, cualquiera de los firmantes podrá someter el conflicto, controversia o reclamación a arbitraje, a más tardar 3 (tres) meses después de la fecha de conclusión del proceso de conciliación, de conformidad con el artículo 15 del Reglamento de Conciliación de la CNUDMI. El arbitraje se realizará de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de 2010 de la CNUDMI, en su forma aprobada en 2013. Habrá únicamente un árbitro y el idioma del proceso de arbitraje será el inglés, a menos que los firmantes acuerden lo contrario por escrito. El tribunal de arbitraje no tendrá autoridad para conceder indemnizaciones punitivas. El laudo arbitral será definitivo y obligatorio.
11.4 El presente Acuerdo, así como el acuerdo de arbitraje anterior, se regirán por los términos del presente Acuerdo, complementados por los principios generales del derecho aceptados internacionalmente para los asuntos que no estén cubiertos por el Acuerdo, con exclusión de cualquier sistema jurídico nacional individual que someta el Acuerdo a las leyes de una jurisdicción específica. Se considerará que los principios generales del derecho aceptados internacionalmente comprenden los Principios UNIDROIT sobre los Contratos Comerciales Internacionales. Ambos firmantes mantendrán la confidencialidad en la solución de controversias. Esta Cláusula permanecerá vigente tras el vencimiento o la rescisión del presente Acuerdo.
12. Estatus de la OIM
Nada de lo dispuesto en el presente Acuerdo, o que esté relacionado con él, se podrá considerar una renuncia explícita o implícita de cualquiera de los privilegios e inmunidades de la Organización Internacional para las Migraciones en su calidad de organización intergubernamental.
13. Exención de obligaciones
El hecho de que ninguna de los firmantes insista en una o más instancias sobre el estricto cumplimiento de cualquiera de las disposiciones del presente Acuerdo no constituirá una exoneración o renuncia del derecho a aplicar las disposiciones del presente Acuerdo en futuras instancias, más bien este derecho continuará y seguirá estando en vigor y siendo plenamente efectivo.
14. Rescisión
Cualquiera de los firmantes podrá rescindir el presente Acuerdo mediante una notificación por escrito al otro firmante, con 3 (tres) meses de antelación. Si este Acuerdo se rescindiera antes de la conclusión de los Proyectos, la OIM podrá seguir disponiendo de la parte de la Contribución que no haya sido utilizada hasta haber satisfecho todos los compromisos y deudas para la ejecución de los Proyectos, adquiridos antes de la fecha de conclusión, y se hayan realizado en debida forma las actividades de los Proyectos. La OIM no estará obligada a reembolsar los fondos que hubiera podido comprometer de forma irrevocable y de buena fe antes de la fecha de notificación de dicha rescisión.
15. Divisibilidad
Si cualquier parte del presente Acuerdo fuese inválida o inaplicable, dicha parte será extraída del mismo mientras que el resto del Acuerdo seguirá plenamente en vigor.
16. Indivisibilidad
El presente Acuerdo encarna la totalidad del acuerdo entre los firmantes y reemplaza cualquier acuerdo o arreglo anterior que hubiere con relación al tema de que es objeto este Acuerdo.
17. Cláusulas finales
17.1 Este Acuerdo entrará en vigor una vez firmado por los representantes de ambos firmantes. El mismo permanecerá vigente hasta la finalización de todas las obligaciones de los firmantes en virtud del presente Acuerdo.
17.2 Los firmantes podrán efectuar enmiendas mediante acuerdo mutuo y por escrito.
Firmado por duplicado en español, en la fecha y lugar indicados abajo.
| En nombre de Ministerio del Interior, | En nombre de Organización Internacional para las Migraciones (OIM), |
| Firma | Firma |
| Fernando Grande-Marlaska Gómez, Ministro del Interior Fecha: 2 de diciembre de 2020 Madrid, España | Maria Jesús Herrera Ceballos, Jefa de Misión Fecha: 2 de diciembre de 2020 Madrid, España |
ANEXO A.1
Documento de proyecto y presupuesto
Proyecto de retorno voluntario asistido y reintegración desde Marruecos para migrantes varados
| Tipo de proyecto: | Asistencia para el retorno y la reintegración de migrantes y gobiernos (RR). |
| Tipo de proyecto secundario: | Asistencia para el retorno y la reintegración de migrantes y gobiernos (RR). |
| Cobertura geográfica: | España y Marruecos. |
| Agencia ejecutora: | Organización Internacional para las Migraciones (OIM). |
| Beneficiarios: | 200 migrantes varados o en riesgo de quedar varados en Marruecos, en situación de vulnerabilidad y con necesidades especiales. |
| Socio (s): | Ministerio del Interior de España, Gobierno de Marruecos, especialmente el Ministerio del Interior y el Ministerio de Asuntos Exteriores, Cooperación Africana y de los marroquíes residentes en el exterior, representaciones diplomáticas en Marruecos de los países de origen de los beneficiarios, ONG socias en Marruecos, oficinas de la OIM en los países de retorno. |
| Lugar de gestión: | Rabat, Marruecos. |
| Periodo de ejecución | 12 meses. |
| Presupuesto: | 300.000,00 EUR. |
Resumen
Marruecos se ha convertido a lo largo de los años en un paso en el peligroso viaje a Europa de miles de migrantes, en su mayoría de países subsaharianos. En un contexto de creciente presión migratoria, los migrantes terminan varados en Marruecos y expuesto a todo tipo de explotación y abuso mientras intentan continuar su viaje migratorio a Europa. La situación vulnerable de estos migrantes y su capacidad para beneficiarse del Proyecto de Retorno Voluntario Asistido y Reintegración se ve agravada por la crisis sanitaria del COVID-19 imperante y las consiguientes restricciones necesarias implantadas en Marruecos que provocan el deterioro de la situación humanitaria y poniendo en peligro la estabilidad económica y social de los países del Mediterráneo.
Este proyecto tiene como objetivo contribuir a mejorar el sistema de gestión de la migración a través de la protección de los migrantes. Este objetivo se alcanzará ofreciendo la alternativa de Retorno Voluntario Asistido y Reintegración a 200 migrantes en situación de vulnerabilidad en Marruecos.
La contribución española en la provisión de la asistencia previa a la partida, salida y reintegración a los migrantes varados en Marruecos complementará otros programas gestionados a nivel local y regional, especialmente la «Iniciativa Conjunta UE-OIM para la Protección y Reintegración de los Migrantes en el Norte de África». Este proyecto allana el camino para una mayor cooperación y distribución de responsabilidades a nivel mundial en los desafíos relacionados con la migración.
Las actividades y objetivos de estas contribuciones específicas se incluirán en el ámbito más amplio del Proyecto de Retorno Voluntario de Reintegración desde Marruecos, que tiene objetivos más amplios y proporciona un conjunto completo de actividades que apoyarán el logro del objetivo general mencionado anteriormente.
1. Justificación
Marruecos, tradicionalmente un país de emigración es actualmente un país de tránsito y destino de miles de migrantes, en su mayoría procedentes de países subsaharianos. Los migrantes que huyen de la pobreza, la falta de oportunidades y la creciente violencia en sus países continúan llegando a Marruecos con el objetivo de encontrar su camino hacia Europa. Por ejemplo, en 2018 y 2019, más del 33% de las muertes de migrantes irregulares registradas en el mar se produjeron en la ruta del Mediterráneo occidental(1). El número de intentos de migraciones irregulares hacia Europa se ha duplicado desde 2016(2). Además, los migrantes se ven obligados a buscar otras rutas más peligrosas, como el cruce a Canarias por el Atlántico, que registró un aumento del 520 % en la llegada de migrantes en comparación con el mismo período del año pasado (datos a 15 de agosto de 2020)(3).
(1) https://missingmigrants.iom.int/region/mediterranean.
(2) https://www.moroccoworldnews.com/2018/10/255346/irregular-immigration-europe-since-morocco/.
(3) https://www.voanews.com/africa/covid-19-migration-surge-africans-take-more-dangerous-route.
Durante 2019, las autoridades marroquíes imposibilitaron que 74.000 migrantes llegaran de manera irregular a España(4). Este número probablemente aumentará debido a la inestable situación humanitaria y de seguridad en Libia y al impacto socioeconómico de la pandemia COVID-19. Esta emergencia de salud pública sin precedentes ha afectado a la población mundial, pero particularmente a los más vulnerables, incluidos los migrantes, aumentando su vulnerabilidad y exponiéndolas a mayores riesgos.
(4) https://www.moroccoworldnews.com/2020/08/316641/irregular-migration-route-to-spain-redirects-through-morocco-to-canary-islands/.
Desde marzo de 2020, Marruecos ha adoptado varias medidas preventivas para limitar la propagación del virus, pero a pesar de las restricciones de viaje vigentes, los migrantes continuaron llegando a Marruecos. Alrededor de 20.000 migrantes, en su mayoría de países subsaharianos, se encuentran actualmente varados en Marruecos y viven en condiciones humanitarias extremas, ya que varios migrantes dependen del sector informal debilitado por el impacto económico de la crisis actual sanitaria(5).
(5) https://www.business-humanrights.org/fr/node/208827.
Las autoridades marroquíes han tomado iniciativas importantes para responder a los desafíos relacionados con la migración en el país. Por ejemplo, gracias a las instrucciones reales de Su Majestad Mohammed VI, Marruecos regularizó a más de 25.000 migrantes en 2015. Sin embargo, para la mayoría de estos migrantes varados, un regreso seguro y digno al país de origen es la única solución duradera a su situación actual. El número de solicitudes de retorno voluntario de migrantes en situación de vulnerabilidad ha ido aumentando constantemente durante los últimos años y en medio de la pandemia del coronavirus. Por ejemplo, la OIM Marruecos ha registrado 3.000 solicitudes de retorno voluntario cada año desde 2015. Como respuesta, la OIM ha organizado retornos voluntarios desde Marruecos: 1.733 en 2017, 1.508 en 2018 y 1.370 en 2019. En 2019, 223 migrantes eran altamente vulnerables(6), por lo que, la OIM respondió a sus necesidades y les brindó la asistencia adecuada.
(6) Potenciales víctimas de trata, niños migrantes no acompañados, migrantes ancianos, migrantes con necesidades de salud y madres solteras cabeza de familia.
En estrecha coordinación con las autoridades nacionales y los socios, este proyecto permitirá a la OIM:
– Responder a las agudas necesidades básicas de los migrantes varados en Marruecos;
– organizar movimientos de retorno voluntario seguros;
– proporcionar una alternativa a la migración irregular hacia Europa;
– apoyar las perspectivas de reintegración sostenible(7) en los países de origen;
(7) A nivel individual, colectivo y comunitario.
– apoyar el desarrollo de políticas basadas en evidencia, y;
– reforzar la cooperación entre los gobiernos de Marruecos, de España y los países de retorno.
El proyecto propuesto está en línea con la Agenda 2030, especialmente con las metas 10.2(8), 10.7(9) y 17.9(10). Esta actividad ayudará a Marruecos a alcanzar el tercer objetivo del Marco de Gobernanza de la Migración (MiGOF)(11), que estipula que «la migración debe tener lugar de manera segura, ordenada y digna».
(8) La meta 10.2 se relaciona con el empoderamiento y la promoción de la inclusión social, económica y política de todos.
(9) La meta 10.7 se refiere a la facilitación de la migración y la movilidad ordenada, segura, regular y responsable de las personas, incluso facilitando los retornos voluntarios.
(10) La meta 17.9 menciona la mejora del apoyo internacional mediante la implementación de la creación de capacidad activa y específica en los países en desarrollo.
(11) https://www.iom.int/sites/default/files/about-iom/migof_brochure_a4_en.pdf.
2. Descripción del proyecto
A nivel mundial, la OIM lleva más de 40 años implementando actividades de retorno voluntario. Recientemente, la OIM desarrolló un Marco(12) para el retorno voluntario asistido y la reintegración y un manual de reintegración(13) diseñado como una guía tanto para profesionales como para desarrolladores de políticas.
(12) https://publications.iom.int/system/files/pdf/a_framework_for_avrr_en.pdf.
(13) https://publications.iom.int/system/files/pdf/iom_reintegration_handbook.pdf.
A nivel nacional, la OIM Marruecos acumula una sólida experiencia de 15 años. En 2018, la OIM Marruecos formó parte de los 10 principales países de acogida y tránsito para el retorno voluntario asistido a nivel mundial(14). La OIM Marruecos ha capacitado al personal del área de Retorno Voluntario en Rabat, Casablanca y Oujda y se establecerán otros puntos de orientación en Fez y Agadir gracias a la «Iniciativa conjunta UE-OIM para la protección y reintegración de migrantes en el norte de África». Esto permitirá a la OIM Marruecos ayudar a los migrantes en diferentes lugares de Marruecos y acercar los servicios de retorno voluntario a los posibles beneficiarios.
(14) https://migrationdataportal.org/themes/return-migration.
Este proyecto complementará el sistema migratorio en Marruecos y reducirá las deficiencias de la presión migratoria sobre Marruecos y, posteriormente, sobre Europa. La respuesta proporcionada en estrecha coordinación con los socios de la OIM sentará las bases para una reintegración sostenible en los países de origen al considerar los factores de vulnerabilidad específicos de los beneficiarios antes, durante y después del regreso.
Este proyecto considera tres acciones clave:
I. Responder a las necesidades inmediatas de los beneficiarios identificados.
I.I Prestación de asesoramiento para el retorno y detección de vulnerabilidades. Todos los migrantes que se registren para el retorno voluntario pasarán por una entrevista de selección individual con un miembro experimentado del personal de la OIM en una de las ciudades donde la OIM Marruecos tiene presencia. Para los migrantes que viven en áreas donde la OIM no tiene presencia, o para aquellos que no pueden comunicarse con un consejero de la OIM, la OIM facilitará registros remotos y exámenes de vulnerabilidad, la herramienta se establecerá gracias a la contribución de la Confederación Suiza, con el fin de iniciar la preparación para el retorno voluntario.
Esta entrevista le dará a la OIM la oportunidad de confirmar la voluntad del migrante de regresar, analizar su perfil, condiciones de vida y posibles factores de vulnerabilidad. La entrevista se llevará a cabo teniendo plenamente en cuenta la perspectiva de género. Por ejemplo, las mujeres migrantes que expresen su deseo, o que sobrevivieron a la violencia sexual o de género, serán entrevistadas por miembros del personal de la OIM específicamente capacitados. El personal de la OIM a cargo de realizar estas entrevistas está completamente capacitado en temas relacionados con el género y su consideración en las entrevistas.
Un trabajador social garantizará un seguimiento cercano de la asistencia que se brinda a los migrantes en situaciones vulnerables y apoyará la entrega rápida de la asistencia, la tutoría en persona y la asistencia en los procedimientos administrativos y la remisión a socios para obtener asistencia adicional.
I.II Prestación de asistencia médica y conformidad para viajar a 100 migrantes. Los trabajadores sociales de la OIM se asegurarán de que todos los beneficiarios se sometan a una evaluación de salud durante el primer contacto con la OIM. En caso de que se detecte una condición médica, el beneficiario recibirá la asistencia médica necesaria. Esta asistencia consistirá en la provisión de medicamentos y/o tratamientos, elementos de prevención de enfermedades, derivaciones a hospitales, cirugía esencial, materiales ortopédicos críticos, acompañamiento personalizado durante las hospitalizaciones médicas, apoyo psicológico, etc., ya sea directamente a través de proveedores de servicios médicos contratados por la OIM o mediante derivaciones externas.
Con el fin de garantizar que todos los retornados estén en condiciones de viajar, se realizará un control previo al embarque dentro de las 24 horas a las 72 horas posteriores a la fecha de salida, como una condición para la organización del retorno seguro. Cuando sea necesario, la OIM coordinará las pruebas de COVID-19 (pruebas de PCR y serología) y otras vacunas obligatorias.
Al brindar la asistencia médica, la OIM se compromete a garantizar el tomar en cuenta las cuestiones de género y las experiencias y necesidades de los hombres, mujeres, niños y niñas beneficiarios. Las necesidades de salud específicas de género serán atendidas por socios médicos capacitados; sin embargo, si el beneficiario tiene alguna preferencia, la OIM atenderá la solicitud en la medida de lo posible, por ejemplo, remitiendo a una beneficiaria a una profesional de la salud.
I.III Brindar asistencia de alojamiento a cuarenta migrantes. En vista de la situación actual de COVID-19, los migrantes vulnerables expresan una mayor necesidad de asistencia para el alojamiento, ya que han perdido sus ingresos y no pueden pagar el alquiler. La OIM abordará esta necesidad aprovechando los acuerdos existentes con las ONG e instituciones públicas.
La OIM remitirá a los migrantes en situación de vulnerabilidad (menores no acompañados, personas sin hogar, mujeres solteras, posibles víctimas de trata, migrantes con vulnerabilidades de salud, etc.) a recursos de acogida. Los socios de la OIM recibirán formación sobre las «directrices de alojamiento de emergencia»(15). En los casos en que ningún socio pueda proporcionar alojamiento a los migrantes, la OIM proporcionará un apoyo financiero para permitir que el migrante acceda a un alojamiento seguro mientras se busca una opción más duradera. Esta opción empodera a los beneficiarios ya que les permite decidir de acuerdo con sus consideraciones personales, por ejemplo, quedarse con miembros de su comunidad ya que refuerza su sentimiento de seguridad y pertenencia, u optar por una vivienda mixta en lugar de una vivienda inclusiva.
(15) En el marco del programa regional denominado «Programa de protección y desarrollo regional» financiado por la Unión Europea.
I.V Brindar apoyo económico y alimentos y artículos no alimentarios a cien migrantes. La OIM Marruecos proporcionará ayudas a un número estimado de 100 migrantes varados, en efectivo o transferencia para responder a las necesidades de manera oportuna. Según la visión de la OIM, las intervenciones basadas en la provisión de una ayuda en efectivo se considera una asistencia digna y capaz de restaurar los sentimientos de elección y empoderamiento de los beneficiarios. Las intervenciones basadas en efectivo se realizarán después de una evaluación de las necesidades del beneficiario y una sensibilización sobre las formas efectivas de uso.
La OIM Marruecos desarrollará procedimientos operativos estándar para la provisión de las ayudas económicas en efectivo. Los migrantes también recibirán vales que pueden canjear en tiendas de fácil acceso en Marruecos. La distribución de vales reducirá los riesgos de contagio a través de la manipulación de alimentos y kits de higiene y permitirá una mayor flexibilidad en la asistencia que se brinda. El apoyo se entregará en base a los procedimientos operativos estándar desarrollados. La OIM ha estado proporcionando vales desde junio de 2019. Este tipo de asistencia se utilizó más durante la pandemia de COVID-19, ya que permite a los beneficiarios satisfacer sus necesidades personales basándose en sensibilidades de género y otros factores de vulnerabilidad.
La OIM también podrá cubrir otros costos de transporte local necesarios para los beneficiarios en vista de la organización del retorno voluntario, por ejemplo, cuando este apoyo de transporte sea necesario para la recogida del documento de viaje o para recibir otro apoyo previo al retorno.
II. Organización de los viajes de retorno voluntario seguros y organizados. Todos los retornados serán debidamente informados de la logística de viaje prevista para ellos. Las vulnerabilidades y las especificidades de género de cada retornado serán consideradas durante el asesoramiento y en los arreglos logísticos que incluyen la organización del transporte terrestre para el traslado al aeropuerto el día de la salida para todos los beneficiarios con pleno respeto de las medidas de seguridad e higiene establecidas, incluyendo la provisión de mascarillas, gel hidroalcohólico y guantes. Los migrantes varados, que se encuentran en situación irregular la mayor parte del tiempo, viajarán al aeropuerto desde Rabat u otras ciudades en las que hayan sido identificados y serán asistidos en el aeropuerto por el Personal de la OIM.
II.I Proporcionar una ayuda en efectivo (dinero de bolsillo) a un mínimo de 200 retornados. El día del viaje del retorno los beneficiarios recibirán una ayuda en efectivo equivalente a 80 euros. Este apoyo en efectivo les ayudará a cubrir sus necesidades durante el viaje de retorno (en los países de tránsito, por ejemplo). También permitirá a los retornados cubrir sus necesidades inmediatas al regresar en términos de transporte secundario desde la ciudad del punto de entrada o un alojamiento temporal, por ejemplo, hasta su destino final.
Si se considera necesario, el dinero de bolsillo puede aumentarse hasta 120 euros, en situaciones en las que los beneficiarios tengan que realizar pruebas adicionales o vacunas a su llegada, lo cual se decidirá en estrecha coordinación con la OIM en el país de origen.
II.II Compra de billetes de avión en líneas comerciales para 200 retornados. La OIM Marruecos comprará los billetes de avión internacionales para que los beneficiarios viajen en vuelos comerciales, teniendo en cuenta la rentabilidad y la mejor ruta en función de la vulnerabilidad de los retornados y, cuando corresponda, aprovechado el acuerdo existente con empresas o agencias de viajes para tarifas reducidas.
III. Apoyo a los retornados hacia una reintegración sostenible en sus países de origen.
III.I Prestación de una ayuda de reintegración adaptada para veinticuatro retornados. La OIM Marruecos proporcionará una ayuda de reintegración financiera a los retornados vulnerables que regresen a países no cubiertos por la «Iniciativa conjunta UE-OIM para la protección y reintegración de migrantes» con el fin de mejorar la sostenibilidad de la decisión de retornar y hacer frente a los factores de (re) migración irregular.
Según la definición de la OIM, la reintegración se considera sostenible cuando los retornados han alcanzado niveles de autosuficiencia económica, estabilidad social dentro de sus comunidades y bienestar psicosocial que les permite hacer frente a los factores de (re) migración. Habiendo logrado una reintegración sostenible, los retornados pueden hacer que las decisiones sobre migración adicionales sean una cuestión de elección, en lugar de una necesidad.
Se prevé que el 90% de los retornos desde Marruecos se realizarán en países cubiertos por la «Iniciativa Conjunta UE-OIM para la Protección y Reintegración de los Migrantes». Los retornados a estos países recibirán un apoyo de reintegración bajo esta iniciativa a su retorno.
Este proyecto complementará la reintegración en el país de retorno a los migrantes que regresen a países que no forman parte de la Iniciativa Conjunta UE-OIM para la Protección y Reintegración de Migrantes. Siguiendo el enfoque integrado de la OIM para la reintegración, los retornados implementarán actividades de reintegración individuales, colectivas o comunitarias después de una evaluación individualizada realizada por las oficinas de la OIM y los socios en los países de origen. Los Planes Individuales de Reintegración pueden ser la implementación de una microempresa, vivienda, tratamientos de salud, escolarización, formación profesional, inserción laboral o cualquier otro tipo de proyecto adecuado según la situación del retornado. En casos excepcionales, los retornados recibirán la reintegración financiera en efectivo, si así lo requiere la situación del beneficiario. El apoyo a la reintegración también podría extenderse a los familiares de los retornados más vulnerables que no pueden cuidarse por sí mismos.
La ayuda económica estándar para la reintegración se proporcionará hasta el equivalente a 1400 euros por adulto y 700 euros por niño en la unidad familiar.
3. Socios y coordinación
La OIM llevará a cabo todas las actividades del proyecto en cooperación y de acuerdo con las autoridades marroquíes y españolas.
El Ministerio del Interior de Marruecos firmó un Memorando de Entendimiento con la OIM en 2007, sentando las bases para la integración de las actividades de retorno voluntario dentro del sistema nacional de migración y fortaleciendo la asociación con las entidades nacionales. El aporte técnico del Ministerio del Interior es clave para complementar las actividades de este proyecto ya que este Ministerio otorgará permisos de salida a todos los beneficiarios y exenciones de sanciones para permitir el retorno voluntario. El Ministerio también apoyará a la OIM en los procedimientos de embarque en los aeropuertos internacionales de Marruecos al permitir procedimientos simplificados para grandes grupos de retornados. Por último, el Ministerio del Interior, a principios de 2020, manifestó la voluntad del Gobierno de Marruecos de renovar su apoyo financiero aportando los recursos necesarios para la compra de billetes aéreos comerciales internacionales.
De acuerdo con el sistema de gestión de la iniciativa conjunta de la OIM de la UE sobre protección y reintegración de migrantes en Marruecos, este proyecto se beneficiará de las aportaciones de los siguientes mecanismos:
– «Groupe de Suivi» compuesto por el Gobierno de Marruecos, la Delegación de la UE y la OIM;
– «Reunión de coordinación» de los diferentes donantes del Programa de Retorno Voluntario, el Gobierno de Marruecos y otros actores según sea necesario y;
– «Sous-comité de retour volontaire» que es una institución gubernamental multidepartamental que se ha establecido bajo el «Comité de Programa 4» de la estrategia Nacional de Inmigración y Asilo.
La OIM también se apoyará en su red de socios dentro y fuera de Rabat para difundir información sobre el presente proyecto y remitir a los migrantes que deseen regresar voluntariamente a la OIM Marruecos. Estos socios incluyen autoridades locales, UNCHR, Caritas, Médicos del Mundo, asociaciones de migrantes, Association de Lutte contre le Sida y Entraide Nationale, por mencionar algunos.
Las Embajadas y Consulados de los países de retorno son claves en la emisión de documentos de viaje a los beneficiarios. Se les informará periódicamente sobre el progreso del proyecto. También participarán en el acercamiento a los migrantes y brindarán información sobre las formas de mejorar el proyecto.
La OIM desarrollará sinergias con proyectos relacionados que son esenciales pero que no cubren todas las necesidades para la provisión del retorno voluntario en Marruecos:
– La «Iniciativa conjunta de la OIM de la UE para la protección y reintegración de los migrantes en el norte de África» se implementa en Argelia, Egipto, Libia, Marruecos y Túnez desde junio de 2019 hasta abril de 2021. En Marruecos, la iniciativa conjunta cubrirá parte de las necesidades urgentes de los beneficiarios antes del retorno, apoyará parte de la reintegración de los migrantes que regresan a países que no son parte de otra iniciativa conjunta y fortalecerá el marco institucional del Retorno Voluntario a través de capacitaciones y visitas de intercambio para representantes del Gobierno y organizaciones de la sociedad civil.
– El programa «Fortalecimiento de la protección y asistencia a los migrantes vulnerables y varados en el norte de África y en tránsito» (PROTECT II) que se implementa en Argelia, Egipto, Etiopía, Marruecos y Túnez desde septiembre de 2019 a septiembre de 2021, con una generosa financiación del Reino de los Países Bajos. En Marruecos, PROTECT II también apoya la compra de billetes de avión en líneas comerciales para los retornados y un apoyo financiero para la reintegración sostenible de un número limitado de retornados.
El Equipo del Proyecto se mantendrá en estrecho contacto con la Oficina de la OIM en Madrid, a fin de proporcionar actualizaciones periódicas al Ministerio del Interior del Reino de España sobre el progreso de la ejecución del proyecto.
4. Monitoreo
La OIM España será la responsable de la coordinación general del proyecto. La OIM Marruecos se encargará de la ejecución, supervisión y evaluación general de las actividades de los proyectos de conformidad con las directrices e instrumentos de la OIM en materia de derechos humanos, así como con las normas y reglamentos institucionales de los donantes, incluso en lo que se refiere a la adquisición de bienes y servicios y al seguimiento financiero.
El plan de seguimiento del proyecto se establecerá al inicio del proyecto y guiará el seguimiento de la implementación del proyecto para verificar el progreso hacia los resultados esperados del proyecto.
Los datos biológicos individuales y la información de antecedentes de los beneficiarios se almacenarán en la «Aplicación de sistemas operativos y de gestión de la migración» (MIMOSA) global de la OIM. Esta aplicación permite a la OIM rastrear a los beneficiarios individuales en diferentes países, ubicaciones y procesos operativos, recopilar y procesar datos de casos individuales de manera estandarizada y mejorar los informes, análisis, investigación, monitoreo y evaluación, programación más inteligente y apoyar la función de la OIM como Agencia de migración de la ONU.
A su regreso al país de origen, los beneficiarios realizarán dos encuestas: la Encuesta de Monitoreo de Retorno Voluntario Asistido y la encuesta de satisfacción de Retorno Voluntario Asistido. Las oficinas de la OIM en los países de origen realizarán estas encuestas que permitirán evaluar la eficiencia de la asistencia brindada a los migrantes varados en Marruecos y durante el viaje de regreso.
De tres a seis meses después de la implementación del plan de reintegración, también se pedirá a los beneficiarios que participen en dos encuestas: la Encuesta de satisfacción de la asistencia para la reintegración y la Encuesta de seguimiento de la asistencia para la reintegración, que permitirá evaluar su satisfacción con el apoyo a la reintegración y la sostenibilidad de su reintegración según la definición de la OIM. Todas las encuestas mencionadas anteriormente se registrarán en MIMOSA para permitir un análisis de datos fácil.
Un sistema existente de retroalimentación mediante mensajería instantánea (Telegram, Viber y WhatsApp) permitirá recibir retroalimentación de los beneficiarios. Las visitas a los puntos de orientación en Casablanca, Oujda, Fez y Agadir se organizarán con la mayor frecuencia posible teniendo en cuenta las limitaciones actuales y, siempre que sea posible, junto con los donantes y socios para mejorar la descentralización del retorno voluntario fuera de Rabat y monitorear las actividades que se están implementando en un diariamente.
El Equipo del Proyecto coordinará las actividades de seguimiento del proyecto, asegurando la recopilación de datos regular y coherente en pleno cumplimiento de los Principios de Protección de Datos de la OIM, y sugiriendo ajustes en caso de que surja la necesidad.
5. Evaluación
Este proyecto se beneficiará de las evaluaciones planificadas en el marco de la Iniciativa Conjunta de la OIM de la UE para la protección y reintegración de los migrantes en el norte de África.
La información recopilada durante la implementación de este proyecto permitirá abordar las brechas identificadas y mejorar el diseño e implementación futuros del proyecto. Al final de este proyecto, la OIM llevará a cabo una encuesta rápida entre los representantes de las instituciones que forman parte de los mecanismos de dirección mencionados en el punto 3 para recopilar sus opiniones sobre el proyecto y los caminos a seguir.
6. Matriz de resultados
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