Orden ICT/656/2020, de 15 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria de ayudas a entidades que realicen inversiones para la fabricación de dispositivos médicos, equipos de protección personal y aquellos productos que sean considerados de emergencia por el Gobierno en relación con el COVID-19, durante el ejercicio 2020
2.2 Equipo Directivo y personal que se implicará en el proyecto: Formación específica y experiencia profesional de los principales Directivos. Describir brevemente su experiencia profesional previa y su actividad actual en la entidad, especificando el periodo de permanencia en ella.
2.3 Accionistas personas físicas: deberá explicar su experiencia previa, su formación específica y la experiencia profesional.
2.4 Accionistas personas jurídicas: deberá identificar a los accionistas personas jurídicas describiendo brevemente su actividad actual y su evolución histórica.
3. Estructura económica-financiera de la empresa
3.1 Explicación de estados financieros de la empresa: deberá reflejar las aclaraciones y comentarios que se consideren oportunos sobre la evolución de los estados financieros de la entidad solicitante, así como las notas aclaratorias al Balance y a la cuenta de Pérdidas y Ganancias que se consideren oportunas.
Deberá incluir en cualquier caso una explicación de las variaciones más significativas de las cuentas entre los ejercicios 2018 y 2019.
En el caso de empresas constituidas en 2020, deberá incluirse explicación del balance y cuenta de pérdidas y ganancias con datos reales a fecha de solicitud, así como una estimación previsional y explicación de los mismos a 31 de diciembre de 2020.
4. Impacto de la crisis sanitaria originada por el COVID-19 en la entidad
Deberá explicar cómo la crisis sanitaria originada por el COVID-19 ha impactado en la actividad económica de la entidad y las acciones que se han llevado o se llevarán a cabo para afrontarlo. Detalle todos los elementos de riesgo detectados y sus posibles mitigantes.
Parte II. Descripción del proyecto de inversión
1. Resumen del proyecto de inversión
Se describirá brevemente el proyecto de inversión para el cual se solicita la financiación (máximo 6 líneas).
Deberá justificar por qué ha elegido en el cuestionario uno de los tipos de actuación financiable descritos en el artículo 5:
(i) Nuevas instalaciones para la producción de los productos considerados de emergencia por el Gobierno en relación con el COVID-19;
(ii) Aumento o expansión de la producción de sus estructuras existentes que producen dichos productos;
(iii) Conversión de líneas de producción existentes a tal efecto.
Se deberá indicar qué producto o productos de los establecidos en el artículo 2 se fabrican/fabricarán como consecuencia del proyecto. En caso de no estar en el listado indicado anteriormente deberá justificar por qué debe ser incluido como emergencia en relación con el COVID-19.
También deberá indicar el municipio de realización de la actuación.
2. Descripción técnica del proyecto
Deberá detallar y justificar cualitativa y cuantitativamente viabilidad técnica del proyecto que se exige en el artículo 17.
2.1 Descripción básica de la línea de producción afecta al presente proyecto:
Deberá realizar una descripción de:
1.º Materias primas y una indicación de dónde va a obtenerlas que garantice que podrá poner la inversión en funcionamiento en el periodo establecido en esta norma. Se deberán indicar las limitaciones previstas en el abastecimiento de materias primas y mecanismos de limitación del riesgo de desabastecimiento (en su caso).
2.º Línea/s de producción, con indicación de la secuencia y maquinaria utilizada (se acompañará de un diagrama de flujo del proceso general y procesos individuales).
3.º Productos en curso y terminados.
2.2 Descripción cualitativa de las inversiones a realizar:
Deberá detallar individualmente cada una de las inversiones y gastos a realizar en las diferentes partidas financiables (edificación, aparatos y equipos, ingeniería de proceso de producción y gastos de validación técnica).
Para cada uno de los conceptos de las partidas de edificación y aparatos y equipos de producción, deberá rellenar el cuadro siguiente:
| Concepto (*). | |
| Descripción. | |
| Función dentro del proyecto. | |
| Importe (€). | |
| Explicación del elemento de coste () (*). |
(*) Los costes, para ser considerados financiables, deberán tener un nivel de desglose suficiente para valorar su adecuación a la actividad a la que se asocien. En el caso de activos materiales se especificarán a nivel de equipo. Los conceptos con un desglose deficiente, podrán no ser considerados financiables.
(**) Además de la explicación del elemento de coste, indicad lo que proceda de la siguiente lista:
– Coste de adquisición de activo fijo material.
– Coste de alquiler de aparatos y equipos de producción.
– Coste de amortización de aparatos y equipos de producción.
(***) En caso de costes de amortización de aparatos y equipos, se deberá detallar el plazo de amortización total del activo, así como las cuotas para las cuales se solicita la subvención.
Nota: para acreditar el alquiler de aparatos y equipos de producción, se adjuntará el contrato de alquiler de dichos equipos, como documento anexo a la memoria.
Adicionalmente, para los gastos de la partida de ingeniería de proceso de producción deberá incluir los siguientes cuadros:
Colaboraciones externas necesarias para el proyecto.
| Concepto (*). | |
| Descripción. | |
| Actividades a realizar. | Para cada actividad en la que participa, tareas específicas asignadas. |
| Importe (€). | |
| Justificación de la contratación externa (**). |
(*) Los costes, para ser considerados financiables, deberán tener un nivel de desglose suficiente para valorar su adecuación a la actividad a la que se asocien. Los conceptos con un desglose deficiente, podrán no ser considerados financiables.
(**) No se aceptarán colaboraciones externas que no rellenen una justificación mínima de su realización por terceros.
Adicionalmente, para los gastos de validación técnica, deberá incluir los siguientes cuadros:
Gastos de validación técnica:
| Concepto (*). | |
| Descripción. | |
| Importe (€). | |
| Producto al que se asocia (**). |
(*) Los costes, para ser considerados financiables, deberán tener un nivel de desglose suficiente para valorar su adecuación a la actividad a la que se asocien.
(**) No se aceptarán gastos que no estén directamente relacionados con alguno de los productos a fabricar por los aparatos y equipos de producción consignados en el proyecto presentado.
2.3 Planificación del proyecto.
Debe incluir una planificación detallada de los medios técnicos y humanos para llevar a cabo la inversión durante las fases de instalación, puesta en marcha y operación.
Deberá incluir además un cronograma de la actuación, justificando la viabilidad de los plazos señalados en dicho esquema de tiempos, y los que establece el artículo 17.
Deberá indicar qué licencias son necesarias para la implementación del proyecto y qué organismo es el concedente, así como el estado de tramitación de las mismas (desde licencias de obra a licencias o permisos ambientales y licencia de actividad).
Si dispone de alguna de las licencias/autorizaciones/permisos necesarios, deberá presentarlos como anexo a la memoria
2.4 Legislación específica aplicable a los productos obtenidos.
Se deberá realizar una descripción de la legislación específica aplicable a los productos fabricados/que se fabricarán al amparo de esta orden.
3. Descripción económico-financiera del proyecto
(Este apartado será especialmente relevante para proyectos no iniciados a fecha de solicitud)
3.1 Justificación detallada del origen de fondos del proyecto.
Explicar las necesidades de financiación y la financiación obtenida para el proyecto (incluyendo la solicitada en esta convocatoria).
3.2 Resultados económico-financieros del proyecto.
Describir y explicar el ámbito temporal e hitos económicos derivados del proyecto en cuanto a su ejecución.
Análisis del Punto Crítico (punto muerto) del proyecto considerando y explicando los costes unitarios –fijos y variables–, márgenes sobre ventas y beneficios. El Punto Crítico queda definido como aquel valor en euros de la producción a partir de la cual el resultado obtenido es positivo.
Tasa de Rentabilidad del Proyecto a cinco años –Tasa Interna de Retorno (TIR)– (definida como aquel porcentaje que hace cero el VAN). Explicar su elaboración.
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