Real Decreto 309/2021, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción en las Fuerzas Armadas

Rango Real Decreto
Publicación 2021-05-05
Última actualización 2023-02-23
Estado Vigente
Departamento Ministerio de Defensa
Fuente BOE
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Especialidad fundamental Familia profesional
Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones. Electricidad y electrónica. Informática y comunicaciones.
Mantenimiento Aeronáutico Transporte y mantenimiento de vehículos.
Sistemas de Información, Comunicaciones y Ciberdefensa. Electricidad y electrónica. Informática y comunicaciones.
Mantenimiento de Electrónica. Transporte y mantenimiento de vehículos.
Control Aéreo. Electricidad y electrónica. Informática y comunicaciones.
Administración. Administración y gestión.
b)

Cuerpo de Músicas Militares: Se exigirá estar en posesión del título de Bachiller en cualquiera de sus modalidades o cumplir los requisitos de acceso a los ciclos formativos de la formación profesional de grado superior a la que hace referencia el artículo 41.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y, en ambos casos, el título de enseñanzas profesionales de música y danza vinculadas con la música. Las especialidades instrumentales requeridas serán las que de forma expresa figuren en la correspondiente convocatoria.

Dentro de cada una de las familias especificadas en los puntos anteriores, por medio de una orden ministerial serán definidas las titulaciones de técnico superior específicas que darán acceso a cada escala y cuerpo.

ANEXO II. Países cuyos nacionales pueden acceder a las Fuerzas Armadas españolas

a)

Argentina.

b)

Bolivia.

c)

Costa Rica.

d)

Colombia.

e)

Chile.

f)

Ecuador.

g)

El Salvador.

h)

Guinea Ecuatorial.

i)

Guatemala.

j)

Honduras.

k)

México.

l)

Nicaragua.

m)

Panamá.

n)

Paraguay.

o)

Perú.

p)

República Dominicana.

q)

Uruguay.

r)

Venezuela.

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