Real Decreto 1057/2022, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Plan estratégico estatal del patrimonio natural y de la biodiversidad a 2030, en aplicación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

Rango Real Decreto
Publicación 2022-12-30
Estado Vigente
Departamento Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
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Asimismo, se impulsará un aumento significativo de la limpieza y recuperación de suelos contaminados y degradados. Se impulsará la restauración ambiental y ecológica de antiguas instalaciones industriales que hayan finalizado su fase de funcionamiento, armonizándola con la conservación de aquellos elementos del patrimonio histórico que pudieran existir.

En este sentido, en el marco de la Orden IET/594/2014, de 10 de abril, se continuarán promoviendo actuaciones de reparación de los daños provocados por la actividad minera, integrando la consideración de la biodiversidad en estas actuaciones. Asimismo, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y del Real Decreto 341/2021, de 18 de mayo(69), se promoverá la restauración ambiental de al menos 2.000 ha de terrenos degradados por la minería del carbón o por el desmantelamiento de centrales térmicas, para el segundo trimestre de 2026. Estas actuaciones, que incluirán procesos de rehabilitación de suelos y de reforestación y revegetación, entre otros, deberán contribuir a la restauración de la biodiversidad.

(69) Real Decreto 341/2021, de 18 de mayo, por el que se regula la concesión directa de ayudas para la restauración ambiental de zonas afectadas por la transición energética en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia correspondiente a proyectos de zonas degradadas a causa de la minería del carbón.

La revegetación de estos espacios se promoverá utilizando, al menos parcialmente, mezclas de conservación consistentes en especies forrajeras y silvestres establecidas para cada zona geográfica determinada. El establecimiento de las especies susceptibles de formar parte de cada mezcla y la determinación de las zonas de aplicación se establecerá normativamente.

Ecosistemas urbanos.

Las ciudades desempeñan un importante papel en el proceso de transición ecológica, tanto por concentrar una gran parte de la población como por sus efectos sobre el patrimonio natural y la biodiversidad en su entorno, pero también a muchos kilómetros de distancia de las mismas. Es por ello que, de acuerdo con los objetivos estratégicos 1, 2 y 3 de la Agenda Urbana Española y de los objetivos y líneas de actuación de la Estrategia Nacional de Infraestructura Verde y Conectividad y Restauración Ecológicas (líneas 1.06, 2.06, 4.05 o 6.10), es preciso fomentar las infraestructuras verdes y azules que garantizan el patrimonio natural y la biodiversidad y que conecten las tradicionales zonas verdes urbanas con la propia naturaleza.

Con este objetivo, en el marco de la Agenda Urbana y de la Estrategia de Infraestructura Verde, se adoptarán medidas de conservación, mejora y protección del patrimonio natural, entre las que se incluyan medidas destinadas a fomentar los espacios verdes urbanos y conectarlos con el ámbito periurbano, reducir el empleo de herbicidas químicos, la mejora de los hábitats de flora y fauna silvestres y de los polinizadores en las áreas urbanas y periurbanas, así como aplicar metodologías y programas de seguimiento de la biodiversidad y geodiversidad urbana. En el ámbito urbano se potenciarán las especies autóctonas con alta resiliencia y pocos requerimientos hídricos, en detrimento de especies alóctonas.

Para dar cumplimiento a los compromisos la Estrategia de la UE sobre biodiversidad para 2030, en concreto a los objetivos de recuperación de grandes superficies de ecosistemas degradados del Plan de Recuperación de la Naturaleza de la UE, se pondrá en marcha una línea de ayudas para el reverdecimiento urbano para restaurar ecosistemas y reducir la fragmentación de hábitats y fomentar la conectividad, con la idea de incrementar áreas verdes ricas en biodiversidad y de bajo coste de mantenimiento por su alta naturalidad y adaptación al medio, frente al modelo tradicional de jardinería más intensiva, y mejorar el bienestar y la salud de los ciudadanos. Dichas ayudas también favorecerán los espacios agrícolas urbanos y periurbanos, que contribuyan a los mismos fines. En el mismo contexto se apoyará el desarrollo de soluciones basadas en la naturaleza para la adaptación y mitigación del cambio climático y para abordar otras necesidades y desafíos en el espacio urbano. En la rehabilitación de edificios se fomentará la aplicación de criterios que salvaguarden los espacios de refugio y nidificación de la fauna urbana, en especial de aves y quirópteros, y se promoverá que dichos criterios se incluyan en las convocatorias de ayudas a la rehabilitación.

Para alcanzar estos objetivos, la Fundación Biodiversidad del MITECO, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia(70) pondrá en marcha convocatorias específicas para la renaturalización de entornos urbanos. Dichas convocatorias irán dirigidas, por un lado, a reforzar el marco estratégico de los proyectos transformadores, a través del apoyo a programas de renaturalización y planes urbanísticos sostenibles, como garantía de que las actividades planteadas en el marco de la convocatoria se integran en una planificación concreta, y por otro, a realizar intervenciones que repercutan directamente en el entorno urbano, a través de acciones de infraestructura verde y soluciones basadas en la naturaleza, que permitan a la ciudadanía percibir los beneficios que se derivan de la implementación de estas actuaciones. Con la experiencia adquirida de su aplicación, en 2025 se elaborarán recomendaciones para la mejora de la integración de la biodiversidad en entornos urbanos y para la renaturalización de zonas urbanas.

(70) https://www.lamoncloa.gob.es/temas/fondos-recuperacion/Documents/30042021-Plan_Recuperacion_%20Transformacion_%20Resiliencia.pdf

Soluciones basadas en la naturaleza (SbN) para la mitigación y adaptación al cambio climático y la prevención de riesgos de desastres naturales.

Se promoverán las soluciones basadas en la naturaleza(71)con beneficios para la biodiversidad como instrumento para responder a múltiples retos de la sociedad a partir de un enfoque basado en la protección, gestión sostenible y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.

(71) Según la Resolución 5/5 «Soluciones basadas en la naturaleza en pro del desarrollo sostenible», aprobada por por la Asamblea de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente el 2 de marzo de 2022, las soluciones basadas en la naturaleza consisten en medidas encaminadas a proteger, conservar, restaurar, utilizar de forma sostenible y gestionar los ecosistemas terrestres, de agua dulce, costeros y marinos naturales o modificados que hacen frente a los problemas sociales, económicos y ambientales de manera eficaz y adaptativa, procurando al mismo tiempo bienestar humano, servicios ecosistémicos, resiliencia y beneficios para la biodiversidad.

En particular, se identificarán y promoverán las soluciones basadas en la naturaleza como una parte importante de las medidas de adaptación y mitigación frente al cambio climático.

Se trabajará en el desarrollo de propuestas metodológicas que contribuyan a la identificación, promoción y seguimiento de soluciones basadas en la naturaleza para la mitigación del cambio climático(72).

(72) Según la evaluación global de IPBES las soluciones basadas en la naturaleza pueden proporcionar hasta un 37 % de la mitigación frente al cambio climático para mantener el incremento de temperatura por debajo de los 2 ºC. https://ipbes.net/global-assessment

En el ámbito de la adaptación al cambio climático se trabajará en la identificación de soluciones basadas en la naturaleza, como referente de buenas prácticas para la adaptación al cambio climático.

Se promoverá la restauración de áreas degradadas y áreas con alto valor para la biodiversidad, con especial atención a los ecosistemas ricos en carbono, en el ámbito del futuro instrumento jurídicamente vinculante con objetivos de restauración previsto en el marco de la Estrategia de la UE sobre biodiversidad para 2030.

En el ámbito de la gestión del riesgo de desastres, se impulsará una estrategia de restauración de ecosistemas que favorezcan su resiliencia y la prevención, reducción y mitigación de desastres por eventos naturales extremos que puedan afectar a las personas, el patrimonio natural y la biodiversidad. En este sentido, se valorará la prioridad de las actuaciones de restauración fluvial, ya que son capaces de dar respuesta a varias cuestiones relevantes en la gestión del riesgo asociado a desastres naturales, dado que, en general, aumentan la resiliencia de los territorios ante fenómenos extremos (inundaciones y sequías), a la vez que permiten mantener y conservar la biodiversidad asociada a los ecosistemas acuáticos y de ribera.

Restauración ecológica en el ámbito de la Defensa.

El Ministerio de Defensa es titular de una amplia superficie de terrenos que albergan una gran biodiversidad y geodiversidad. Para impulsar un mejor conocimiento de la misma se completará una relación de las especies de flora y fauna, lugares de interés geológico y hábitats presentes en estos. Con base a esta mejora del conocimiento, se determinarán las medidas de conservación compatibles con la actividad militar y que sean aplicables a los terrenos del Ministerio de Defensa y se redactarán y ejecutarán planes de conservación, restauración ecológica y del patrimonio natural en los terrenos de Defensa cuyos valores de conservación sean mayores, en especial los incluidos en la Red Natura 2000. Se incorporarán nuevos objetivos de conservación y uso sostenible del patrimonio natural y la biodiversidad cuando se revise el actual Plan General de Medio Ambiente del Ministerio de Defensa (2007-2021).

Herramientas de apoyo a la recuperación de ecosistemas.

Como instrumentos de referencia y apoyo a las medidas previstas de recuperación de ecosistemas terrestres y marinos en toda España, se desarrollarán las líneas de actuación y orientaciones de la Estrategia Nacional de Infraestructura Verde y de la Conectividad y Restauración Ecológicas aplicándose el Primer Programa de Trabajo de la AGE en desarrollo de dicha Estrategia. Estos instrumentos servirán para identificar las necesidades de restauración ecológica para la recuperación de los valores de biodiversidad y la mejora de la conectividad del territorio.

Asimismo, se promoverán las iniciativas de custodia del territorio terrestre y costero, enfocadas a la restauración ecológica y como complemento a las acciones que se realicen por las Administraciones Públicas.

En este sentido cabe resaltar la vocación demostrativa en red de las Reservas de la Biosfera, que además de contar con el compromiso de sus habitantes y las administraciones hacia la sostenibilidad, destacan en su papel de laboratorios en los que ensayar proyectos piloto a favor de la conservación de los ecosistemas y del desarrollo sostenible, para su posterior replicación en otros territorios. De este modo, la gestión integrada, participativa y sostenible del patrimonio y de los recursos naturales de las Reservas de la Biosfera contribuye a la lucha contra la despoblación en sus territorios.

Asimismo, se desarrollará un listado de principios orientadores para maximizar los efectos positivos para la biodiversidad de las actuaciones de restauración ecológica que se emprendan, especialmente, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, entre los que se priorizará el uso en las restauraciones de variedades vegetales autóctonas adaptadas a las condiciones locales y a los escenarios futuros de cambio climático. A fin de favorecer la aplicación de este principio, antes de 2024, se desarrollarán las medidas necesarias para la producción, certificación y fomento del uso de mezclas de conservación de semillas de especies herbáceas nativas. En este sentido, para la identificación y selección de especies en el caso de la vegetación de ribera, se tendrá en cuenta el mapa de sectorización ribereña del CEDEX (2013), la guía visual de vegetación de ribera del CEDEX, y la «Guía técnica para la gestión de materiales forestales de reproducción en la revegetación de riberas» (MAGRAMA 2012).

3.4 Reducción de amenazas para el patrimonio natural y la biodiversidad

Especies exóticas invasoras.

Objetivo general:

– Establecimiento y aplicación de mecanismos de prevención eficaces frente a la entrada de especies exóticas invasoras (EEI), mediante la colaboración de todas las administraciones, así como avanzar en las propuestas para su aplicación en el contexto comunitario.

– Establecimiento y mantenimiento de mecanismos ágiles para la inclusión de las especies exóticas que se demuestren invasoras en el Catálogo Español de Especies Exóticas invasoras y elaboración de propuestas para la inclusión de taxones en el Listado de especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión Europea.

– Para las EEI establecidas, se desarrollarán estrategias que engloben grupos de taxones afines, que incluyan protocolos de actuación con las mejores técnicas disponibles y planes de erradicación y control eficaces, que permitan su aplicación inmediata para evitar pérdidas significativas de biodiversidad y del patrimonio natural, y otros daños causados por las especies invasoras. Todo ello, aplicado juntamente con una red de alerta temprana que permita detectar las especies exóticas invasoras con rapidez para erradicarlas con prontitud y al menor coste posible.

Medidas para alcanzar los objetivos:

Medidas preventivas.

Se garantizará la plena aplicación de las disposiciones preventivas previstas en el Real Decreto 570/2020, de 16 de junio(73), por el que se regula el procedimiento administrativo para la autorización previa de importación en el territorio nacional de especies alóctonas con el fin de preservar la biodiversidad autóctona española, en relación a la autorización previa por parte del MITECO de la primera importación de especies alóctonas condicionada a la evaluación favorable de un análisis de riesgo elaborado por el operador o promotor. Se fomentará la aplicación de medidas preventivas similares consensuadas e incluidas en el contexto normativo comunitario-entre todos los Estados Miembros de la UE.

(73) Real Decreto 570/2020, de 16 de junio, por el que se regula el procedimiento administrativo para la autorización previa de importación en el territorio nacional de especies alóctonas con el fin de preservar la biodiversidad autóctona española.

Asimismo, en 2023 se aprobará mediante una ley el Listado Positivo de animales de compañía, para limitar la tenencia de animales de compañía solo a aquellas especies de probada inocuidad medioambiental y seguridad sanitaria.

Se ejecutará plenamente antes de 2024 el plan de acción relativo a las vías de introducción prioritarias de especies exóticas invasoras, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras.

Refuerzo de los instrumentos de planificación y gestión.

Antes de 2025 se elaborarán y aprobarán nuevas estrategias de gestión, control y posible erradicación de todas las especies incluidas en el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras. Estas nuevas estrategias se configurarán de manera que se dirijan preferentemente hacia grupos de especies presentes en ambientes afines o similares, y que contengan protocolos con medidas de gestión específicas, cuya eficacia haya sido demostrada a través del conocimiento científico y técnico disponible. La estrategia de control del alga de origen asiático Rugulopteryx okamurae,será la primera de estas estrategias que se elabore para el medio marino.

Se mantendrá actualizado el Catálogo español de especies exóticas invasoras atendiendo las solicitudes que se reciban y mediante la inclusión «de oficio» de aquellas especies alóctonas cuyo análisis de riesgo se considere desfavorable, tras solicitud de autorización para su primera importación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.4 del Real Decreto 570/2020, de 16 de junio, por el que se regula el procedimiento administrativo para la autorización previa de importación en el territorio nacional de especies alóctonas con el fin de preservar la biodiversidad autóctona española.

Por otra parte, se debe mantener y reforzar el papel activo que hasta ahora ha tenido España en el marco de la propuesta y actualización de la Lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión. Para ello, se deberán realizar propuestas para aquellas especies exóticas que se considere que pueden suponer mayor riesgo en el contexto comunitario y español.

Antes de finalizar 2022, se mejorará la coordinación y comunicación entre las administraciones competentes que integran la Red de Alerta para la vigilancia de especies exóticas invasoras a través de la implementación de una herramienta informática en línea que simplifique y facilite la comunicación entre todas las administraciones y el acceso a la documentación generada en el marco de las alertas transmitidas.

Asimismo, se reforzará la formación en especies exóticas invasoras, incluyendo su identificación, del personal dedicado a la vigilancia y gestión del medio natural, particularmente de los agentes medioambientales.

Además, las administraciones públicas fomentarán las actuaciones de formación e información de los pescadores deportivos acerca de los impactos de dichas especies en los ecosistemas, sus vías de introducción y expansión, y buenas prácticas en la materia.

Nuevas herramientas de lucha contra las EEI.

Se elaborará y aprobará en 2023 una normativa de criadores de especies de fauna silvestre, para revisar, ordenar y mejorar el control sanitario y ambiental de los particulares que poseen instalaciones o se dedican a la cría en cautividad y el mantenimiento de animales de especies silvestres, fundamentalmente alóctonos.

Se programará el cierre progresivo de las granjas de visón americano, que deberá culminar como máximo en 2030 y se mantendrán y reforzarán las campañas de control de las poblaciones asilvestradas de esta especie. Este cierre progresivo se programará contando con la participación del sector y las autoridades competentes en materia de gestión ganadera, y se acompañará de medidas de impulso al desarrollo socioeconómico sostenible y/o ayudas indemnizatorias y económicas para posibilitar la reconversión de las granjas.

Como resultado de todas las medidas anteriores se pretende alcanzar en 2030 una mejora medible y cuantificable del estado de conservación de las especies autóctonas amenazadas (incluidas en la Lista Roja de la UICN) por la presencia y expansión de las especies exóticas invasoras, debiendo alcanzarse para esa fecha una reducción del 50 % de las especies amenazadas por EEI en dicha lista.

Lucha contra el cambio climático.

Objetivo general:

Estos objetivos están alineados con el Plan Nacional de Adaptación (2021-2030) y con la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética.

– Actualización de los estudios sobre los efectos esperados del cambio climático sobre la flora, la fauna y el patrimonio geológico de España.

– Apoyo a las medidas orientadas a disminuir los niveles de estrés sobre las especies y ecosistemas, a fin de facilitar que estas puedan adaptarse, manteniendo su biodiversidad y resiliencia ante el cambio climático.

– Impulso a la introducción de criterios de adaptación al cambio climático en la planificación y gestión de las áreas protegidas.

– Refuerzo de la capacidad adaptativa de la infraestructura verde y la conectividad ecológica, incluyendo la conservación y ampliación de los corredores ecológicos, para favorecer las respuestas adaptativas de las especies.

– Identificación e impulso a medidas de adaptación al cambio climático que aprovechen el potencial de las soluciones basadas en la naturaleza como medio para fortalecer la resiliencia de especies y ecosistemas.

– Mejora del conocimiento y prevención de los riesgos asociados a la proliferación de especies invasoras como consecuencia del cambio climático.

– Impulso de la gestión forestal sostenible como herramienta adaptativa de las masas forestales.

Medidas para alcanzar el objetivo:

Como indica la Ley 7/2021, de 20 de mayo, el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (PNACC) constituye el instrumento de planificación básico para promover la acción coordinada y coherente en materia de adaptación, es una hoja de ruta para dar respuesta a las crecientes necesidades de adaptación al cambio climático en España y hacer frente a los riesgos y amenazas que supone(74).

(74) Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático. https://www.miteco.gob.es/es/cambio-climatico/temas/impactos-vulnerabilidad-y-adaptacion/plan-nacional-adaptacion-cambio-climatico

El Patrimonio Natural, Biodiversidad y Áreas protegidas constituye uno de los 18 ámbitos de trabajo del PNACC 2021-2030. Para la consecución de los objetivos de estos ámbitos se desarrollan sucesivos programas de trabajo en los que se determinan las medidas a desarrollar en cada uno de los ámbitos de trabajo.

Algunas de las principales medidas a desarrollar en este periodo en al ámbito de Patrimonio Natural, Biodiversidad y Áreas protegidas incluidas en el artículo 24 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, son:

– Actualización de los atlas del Inventario Español para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad considerando la información disponible sobre los principales escenarios climáticos.

– Evaluación de la representatividad a medio y largo plazo de las redes de espacios naturales protegidos y espacios de la Red Natura 2000, considerando la información disponible sobre los principales escenarios climáticos.

Además, con el desarrollo de los programas de trabajo 2021-2025 y 2026-2030 del PNACC, se prevé desarrollar un importante número de medidas complementarias a éstas, para mejorar la resiliencia del Patrimonio Natural, Biodiversidad y Áreas Protegidas en desarrollo de las siguientes líneas de trabajo:

– Incorporación del factor cambio climático en las Estrategias nacionales de conservación y en los planes de conservación y recuperación de especies amenazadas.

– Planificación y gestión de áreas protegidas con criterios adaptativos.

– Mejora de la capacidad adaptativa de la Infraestructura Verde.

– Control de especies invasoras que puedan verse favorecidas en un contexto de cambio climático.

– Incorporación del factor cambio climático en la conservación de los tipos de hábitats naturales y seminaturales y en su gestión adaptativa.

Lucha contra amenazas directas sobre las especies.

En el marco de la lucha contra amenazas para la biodiversidad y para reducir los riesgos de mortalidad no natural en fauna silvestre, se acometerán, al menos, las siguientes tareas:

− No más tarde de 2023, una revisión y actualización de la Estrategia Nacional contra el uso ilegal de cebos envenenados en el medio natural.

− Para avanzar en el objetivo de unas líneas eléctricas más seguras para las aves, se modificará en 2023 el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, para mejorar la eficacia y eficiencia de las medidas preventivas a implantar, impulsar la adecuación de las líneas existentes a las prescripciones técnicas establecidas en la norma y eliminar la obligatoriedad de financiación pública para la corrección de los tendidos antiguos. Para 2030, todos los tendidos peligrosos habrán sido convenientemente modificados en línea con la normativa revisada.

− Elaboración de unas directrices para evitar los ahogamientos de fauna en balsas y canales y se impulsará la adaptación de las infraestructuras existentes a estas directrices.

− Creación de una base de datos que recopile la información de capturas y muertes accidentales de fauna, dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 57.2 de la Ley 42, 2007, de 13 de diciembre, así como de capturas y muertes incidentales y adopción de las medidas necesarias para que éstas no tengan repercusiones negativas importantes en las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, y se minimicen en el futuro.

Lucha contra la contaminación(75).

(75) La contaminación es una de las grandes causas directas de pérdida de biodiversidad identificadas por la evaluación global sobre la biodiversidad y los servicios de los ecosistemas realizada por IPBES:

https://ipbes.net/sites/default/files/ipbes_7_10_add.1_es.pdf

https://ipbes.net/global-assessment

Objetivo general:

– Minimizar la contaminación y sus efectos directos como causa de pérdida de patrimonio natural y de biodiversidad.

Medidas para alcanzar el objetivo:

Se adoptarán las medidas necesarias para reducir sustancialmente la entrada de plásticos y microplásticos en el medio ambiente en 2025, en especial en el medio marino, y se suprimirá cualquier nueva entrada de plásticos y microplásticos en 2030. Se contribuirá a estos objetivos preventivos mediante la aplicación de las previsiones de la nueva Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y en particular las referidas en su Título V «Reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente».

En paralelo a las medidas preventivas, se impulsará la limpieza y descontaminación continuada de plásticos y microplásticos en el medio marino y terrestre, priorizando las áreas donde la contaminación perjudique más a la biodiversidad. Para ello se involucrará a los diferentes sectores marítimos, como el sector pesquero, por su protagonismo relevante en la pesca de basura, el sector portuario y de la navegación, y el sector turístico entre otros.

Se avanzará hacia el objetivo de contaminación cero establecido recientemente en la Unión Europea(76). En el contexto de la planificación hidrológica, se velará por reducir la entrada de contaminantes a las aguas continentales, costeras y marinas. Se continuará trabajando en la mejora de la depuración de las aguas residuales allí donde existen aún dificultades. Se promoverán las prácticas agrícolas y de usos del suelo sostenibles que reduzcan la contaminación difusa por nutrientes y pesticidas, tanto de las cuencas hidrográficas como de los acuíferos, la cual afecta también de manera muy relevante a la biodiversidad de los ecosistemas de transición (estuarios, marismas, lagunas costeras) y de las aguas costeras aledañas.

(76) https://ec.europa.eu/environment/strategy/zero-pollution-action-plan_es

Se adoptarán los programas de medidas de segundo ciclo de las estrategias marinas (2021-2022) que incluirán un conjunto de medidas orientadas al freno de la contaminación por sustancias prioritarias, nutrientes y basuras marinas. Estas medidas serán revisadas y actualizadas en el tercer ciclo de las estrategias marinas (2027).

Asimismo, por su parte, en el ámbito del tercer ciclo de planificación hidrológica y los programas de medidas asociados, se impulsarán medidas para la lucha contra la contaminación de las aguas superficiales y subterráneas.

Con respecto a la caza y la pesca y para eliminar los riesgos del plumbismo para la fauna y para las personas, se promoverán acciones de sensibilización sobre los impactos del plomo y se aprobará antes de 2025 una normativa para eliminar de forma progresiva el uso de plomo en los aparejos de pesca y en la munición para caza mayor, en todo el territorio nacional y en 2030, a más tardar, la eliminación de plomo se extenderá a la munición de caza menor(77)y al tiro deportivo. Entre tanto, en todo caso, se continuará con la realización de estudios de toxicidad por contaminación por plomo de las especies cinegéticas y no cinegéticas, y sus efectos en su ecología, fisiología y/o estado sanitario y en los medios en los que habita, y se trabajará, en colaboración con el sector cinegético y las autoridades competentes en materia de gestión cinegética, para avanzar en el desarrollo de alternativas técnicas para la sustitución del uso de la munición de plomo por otros materiales no tóxicos para distintos elementos de la biodiversidad en los terrenos donde se desarrolla el aprovechamiento cinegético, así como para, en su caso, diseñar medidas adicionales de acompañamiento y/o ayudas indemnizatorias.

(77) La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, en su artículo 65, ya prohíbe la tenencia y el uso de munición que contenga plomo durante el ejercicio de la caza y el tiro deportivo, cuando estas actividades se ejerzan en zonas húmedas incluidas en la Lista del Convenio relativo a Humedales de Importancia Internacional, en las de la Red Natura 2000 y en las incluidas en espacios naturales protegidos.

Contaminación lumínica.

Antes de 2025, se aprobarán en colaboración con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana unas directrices básicas para minimizar el impacto de la contaminación lumínica en infraestructuras de transporte y en infraestructuras energéticas, incluyendo la generalización del uso de equipos de baja contaminación lumínica(78), contribuyendo a mejorar la consideración de estos aspectos en los procedimientos de evaluación ambiental y en el diseño de dichas infraestructuras. Las directrices diseñadas deberán asegurar la compatibilidad de acciones con la normativa de seguridad vial y aérea.

(78) Revision of the EU Green Public Procurement Criteria for Road Lighting and traffic signals»

https://publications.jrc.ec.europa.eu/repository/handle/JRC115406

Junto al desarrollo de estas directrices, se promoverá un Plan de Adaptación Lumínica de parques eólicos existentes y vías de comunicación, implementado medidas para mitigar y reducir los efectos de la contaminación lumínica en el medio natural y sus efectos directos e indirectos sobre la fauna silvestre y el paisaje.

Contaminación atmosférica.

Los objetivos marcados por la Unión Europea en relación con la disminución de las emisiones de contaminantes a la atmósfera, con respecto a las emisiones existentes en el año 2005 son, para los años 2020 al 2029, reducciones de un 67 % las emisiones de SO2, de un 41 % las de NOx, de un 39 % las de COVNM, de un 3 % las de NH3 y de un 15 % las de material particulado. A partir del año 2030 las reducciones de las emisiones serán de un 88 % las emisiones de SO2, de un 62 % las de NOx, de un 22 % las de COVNM, de un 16 % las de NH3 y de un 50 % las de material particulado. Para alcanzar estas reducciones de emisiones en España se ha elaborado el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica (PNCCA) que, en sinergia y coordinación con el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, establece medidas para el cumplimiento de esos objetivos. Con las medidas de reducción de emisiones contempladas en el PNCCA actual y la última información enviada a la Comisión europea de proyección de las emisiones, solamente no se alcanzaría el objetivo establecido para los compuestos orgánicos volátiles distintos del metano a partir del año 2028.

Como ya se ha mencionado, otra de las obligaciones de la Directiva 2016/2284 es la creación de una red de lugares del seguimiento de la contaminación en los ecosistemas. Esta red se ha creado tomando como punto de partida los sitios de monitoreo existentes en relación con los ecosistemas terrestres y los programas de seguimiento de la Convención del Aire y los establecidos en el medio acuático para seguimiento de la Directiva Marco del Agua. El Sistema nacional de seguimiento y gestión del conocimiento del patrimonio natural y de la biodiversidad en España que se implanta en esta Estrategia servirá para cumplimentar la información que se necesite en relación con el seguimiento de la contaminación atmosférica y sus efectos en el patrimonio natural español.

Contaminación acústica.

Se revisará la normativa sobre contaminación acústica en el medio terrestre, su aplicación efectiva y su efectividad en la prevención de sus impactos sobre la fauna silvestre(79) y sobre los espacios naturales protegidos, apoyándose en el desarrollo normativo de diferentes instrumentos de planificación acústica, tales como las reservas de sonidos de origen natural(80) (81).

(79) Ley 37/2003, sobre el ruido, y sus RD de desarrollo.

https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-20976&p=20110707&tn=6

(80) Artículo 21. Reservas de sonidos de origen natural. Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.

(81) Iglesias, C. 2016. Guía para la caracterización de Reservas de Sonido de Origen Natural. Comunicación Congreso Nacional de Medio Ambiente 2016. http://www.conama.org/conama/download/files/conama2016/CT%202016/1998971816.pdf

En lo relativo a los procesos de evaluación ambiental, se elaborarán unas directrices generales sobre el impacto acústico en la fauna en los procesos de evaluación ambiental, y se impulsarán mediciones periódicas de control de ruido durante la fase de explotación(82).

(82) Grijota, J; Martín, M.A. 2014. Tratamiento del impacto del ruido sobre los espacios protegidos en la Evaluación de Impacto Ambiental. Comunicación Congreso Nacional de Medio Ambiente 2104. http://www.conama11.vsf.es/conama10/download/files/conama2014/CT%202014/1896711938.pdf

Además, se impulsarán medidas para reducir la contaminación acústica en el medio marino(83)(84), en aplicación de las estrategias marinas de España(85).

(83) Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (2012). Documento técnico sobre impactos y mitigación de la contaminación acústica marina. Madrid. 146 pp.

(84) Management and monitoring of underwater noise in European Seas- Overview of main European-funded projects and other relevant initiatives. Communication Report. MSFD Common Implementation Strategy Technical Group on Underwater Noise (TG-NOISE). April, 2017.

(85) Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino.

En los procesos de evaluación ambiental, se revisarán los criterios y procedimientos para aquellas actividades marinas que generan ruido, atendiendo a las recomendaciones del Convenio sobre la conservación de especies migratorias de animales silvestres(86) y el Convenio de Diversidad Biológica(87). En las campañas geofísicas de prospección sísmica marina con fines industriales y científicos(88) (89), se implantarán de manera efectiva directrices de mitigación de ruido en las aguas españolas(90).

(86) CMS, 2017. UNEP/CMS/Resolución 12.14. Los Impactos Adversos del Ruido Antropogénico sobre los Cetáceos y otras Especies Migratorias, incluidas las Directrices de la Familia de la CMS sobre las evaluaciones de impacto ambiental de las actividades generadoras de ruido marino. CONVENCIÓN SOBRE LAS ESPECIES MIGRATORIAS. Adoptada por la Conferencia de las Partes en su 12.ª Reunión (Manila, octubre de 2017).

(87) En su Decisión XII/23, el Convenio sobre la Diversidad Biológica alienta también a los gobiernos a exigir la realización de EIA para las actividades en alta mar generadoras de ruido y a combinar la cartografía acústica con la cartografía de hábitats para determinar las áreas en las que estas especies pueden estar expuestas a los impactos del ruido.

(88) Chicote, C; Castellote, M; Gazo, M. 2011. Prospecciones Sísmicas Marinas: medidas de mitigación del efecto en los cetáceos e identificación de áreas sensibles. SUBMON – Conservación Estudio y Divulgación del Medio Marino. Ministerio del Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/actividades-humanas/contaminacion-acustica-marina/mitigacion-sismica.aspx

(89) OceanCare y el Natural Resources Defense Council (NRDC), 2017. Taller sobre la mitigación de los efectos del ruido submarino sobre la biodiversidad marina de las aguas sudorientales de Europa en el Mar Mediterráneo, con atención especial a los estudios sísmicos.

(90) Las medidas de mitigación del ruido subacuático se dividen en dos categorías principales: control del ruido en la fuente y restricciones espacio-temporales de las actividades que producen ruido. En: ANTHROPOGENIC UNDERWATER NOISE: IMPACTS ON MARINE AND COASTAL BIODIVERSITY AND HABITATS, AND MITIGATION AND MANAGEMENT MEASURES. DRAFT TECHNICAL SERIES. CDB.

Para mejorar el conocimiento sobre el impacto del ruido sobre la biodiversidad marina(91) (92), se pondrá en marcha un registro nacional de seguimiento del ruido submarino(93) impulsivo, de acuerdo con lo previsto en el marco de las Estrategias Marinas, así como de estudios conexos sobre valores umbrales(94). Este registro empleará estándares de datos compatibles con otros organismos e iniciativas internacionales(95), lo que permitirá una transferencia de datos y un trabajo coordinado. Asimismo, en el marco de las Estrategias marinas se llevará a cabo una monitorización y mapeado del ruido continuo aguas bajo soberanía española.

(91) La importancia del sonido para muchos taxones marinos aún se comprende bastante poco y necesita una investigación adicional considerable. En: ANTHROPOGENIC UNDERWATER NOISE: IMPACTS ON MARINE AND COASTAL BIODIVERSITY AND HABITATS, AND MITIGATION AND MANAGEMENT MEASURES. DRAFT TECHNICAL SERIES. CDB.

(92) Existe una creciente preocupación por los efectos acumulativos del sonido antropogénico y otros factores de estrés y cómo esto puede afectar a las poblaciones y comunidades marinas.

(93) Management and monitoring of underwater noise in European Seas- Overview of main European-funded projects and other relevant initiatives. Communication Report. MSFD Common Implementation Strategy Technical Group on Underwater Noise (TG-NOISE). April, 2017.

(94) Redondo, L.; Ruiz, A. 2017. Ruido subacuático: fundamentos, fuentes, cálculo y umbrales de contaminación ambiental. Ingeniería Civil 186/2017 | 73. CEDEX.http://ingenieriacivil.cedex.es/index.php/ingenieria-civil/article/view/28

(95) Consejo Internacional para la Exploración del Mar y el Acuerdo sobre la Conservación de los Cetáceos del Mar Negro, el Mar Mediterráneo y el Área Atlántica contigua.

En el marco de los programas de medidas de segundo ciclo de las estrategias marinas (2021-2022) se incluirán un conjunto de medidas orientadas a mejorar el conocimiento y reducir el ruido submarino, así como prevenir/mitigar sus efectos en los ecosistemas y especies marinas. Estas medidas serán revisadas y actualizadas en el tercer ciclo de las estrategias marinas (2027).

Lucha contra el comercio y la recolección ilegal del patrimonio geológico de tipo paleontológico y mineralógico.

Objetivo general:

– Regular la recolección y evitar el comercio ilegal de fósiles, minerales y meteoritos (elementos muebles) del patrimonio geológico español.

Medidas para alcanzar el objetivo:

Impulsar los mecanismos legales y administrativos necesarios para regular de manera ordenada la recolección de los elementos muebles del patrimonio geológico español, con el fin último de garantizar su protección y su conservación. Este patrimonio natural posee unas singularidades que hacen del mismo un caso especial dentro del patrimonio geológico en lo referente a su conservación, tenencia, utilización y protección legal. Al igual que los Lugares de Interés Geológico, las colecciones y ejemplares de minerales, rocas, fósiles y meteoritos que se custodian en museos públicos y privados, universidades, centros de interpretación o en propiedades particulares, son parte del patrimonio geológico del país. El coleccionismo irracional, la recolección y, sobre todo el comercio ilícito y descontrolado, junto con el vandalismo, son los principales problemas que inciden negativamente en la conservación del patrimonio geológico. Los minerales, fósiles y meteoritos caídos en territorio español que pasan a ser patrimonio geológico mueble cuando se extraen de los yacimientos que están incluidos en el Inventario Español de Lugares de Interés Geológico deben ser una prioridad para la conservación del patrimonio natural en España. Promover los mecanismos que regulen el comercio y prohíban la venta ilícita de los elementos mueble del patrimonio paleontológico a escala internacional debería ser un objetivo prioritario de todos los países implicados, potenciando la cooperación entre los mismos.

Prevención y extinción de incendios forestales.

Objetivo general:

– Reducir los impactos y vulnerabilidad ante los efectos, sociales, económicos y ambientales originados por los incendios forestales.

Medidas para alcanzar los objetivos:

Se desarrollarán las líneas de trabajo contenidas en las Orientaciones estratégicas para la gestión de incendios forestales en España(96):

(96) Orientaciones estratégicas para la gestión de incendios forestales en España. Aprobadas por el Comité de Lucha contra Incendios Forestales el 21 de noviembre de 2019.

https://www.miteco.gob.es/es/biodiversidad/temas/incendios-forestales/orient_estrategicas_gestion _iiff-2019_tcm30-512358.pdf

1.

Gestionar el territorio rural para lograr su sostenibilidad ante los incendios forestales.

2.

Reducir el riesgo de incendio forestal y preparar a los ecosistemas y la sociedad ante su ocurrencia.

3.

Involucrar en la gestión del riesgo por incendios forestales a políticas sectoriales estratégicas.

4.

Adaptar los dispositivos de defensa contra incendios a los nuevos escenarios y reforzar la cooperación entre ellos.

5.

Profundizar sobre el conocimiento en incendios forestales e influencia del fuego en los ecosistemas.

6.

Fomentar la participación y la sensibilización de la sociedad en la gestión de los incendios forestales.

Cambio de estilos de vida: acción contra las causas subyacentes de pérdida de biodiversidad.

Se impulsarán medidas y actuaciones de mejora de la información, de la formación, de la gobernanza, de las prácticas de consumo de alimentos, de productos y servicios sostenibles y responsables, y de la sensibilización, relacionadas con los necesarios cambios de estilos de vida para recuperar la naturaleza, que representan los valores y los comportamientos sociales que marcan las decisiones y hábitos de consumo responsables y necesarios para la conservación de la biodiversidad, evitando el consumismo de productos en términos generales, y el tránsito hacia dietas más saludables y sostenibles. Estos cambios de estilos de vida han de ser social y ambientalmente justos, particularmente con los países en vías de desarrollo, e integrar el enfoque de género, para lograr alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible. En este sentido, la Fundación Biodiversidad del MITECO liderará el proyecto «Cambio de estilos de vida para recuperar la naturaleza» con el objetivo de impulsar estilos de vida y de consumo más sostenibles en sectores como la alimentación, el ocio, el turismo y el textil, que fomenten la conservación y recuperación de la biodiversidad y mejoren la salud y el bienestar de la ciudadanía a través de políticas sectoriales.

Igualmente, se impulsarán programas de sensibilización y capacitación en esa materia para mejorar el desempeño del personal técnico y gestor de espacios naturales protegidos, así como de agentes sociales cuya actividad socioeconómica se desarrolla en estos lugares.

3.5 Compromisos de cooperación y participación internacional

Objetivo general:

– Contribuir a la conservación y mejora de la biodiversidad y los ecosistemas más allá del territorio nacional, mediante el impulso de la cooperación internacional, actuando de manera concertada a nivel regional o de país, buscando conjuntamente fórmulas que faciliten soluciones en los países y/o regiones con quienes se colabora.

– Incrementar la presencia española en los convenios y procesos internacionales para tener un mayor peso en la toma de decisiones a nivel global, acorde con la relevancia que la biodiversidad española tiene a nivel internacional, y participar activamente en el intercambio de conocimientos y buenas prácticas.

Medidas para alcanzar los objetivos:

Regulación más efectiva del comercio de especies y refuerzo de la lucha contra el comercio ilegal de especies y de madera y productos de la madera.

De acuerdo con el Real Decreto 986/2021, de 16 de noviembre(97),por el que se establecen medidas de aplicación del Convenio CITES y del Reglamento CE 338/97 del Consejo, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ejercerá las competencias como Autoridad administrativa y órgano de gestión principal del Convenio CITES (Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres). Asimismo, continuará ejerciendo como Autoridad Competente Nacional FLEGT y como Autoridad Competente Nacional EUTR de coordinación e interlocución con la Comisión Europea con la finalidad de asegurar la legalidad de la comercialización de la madera y productos de la madera.

(97) Real Decreto 986/2021, de 16 de noviembre, por el que se establecen medidas de aplicación del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), hecho en Washington el 3 de marzo de 1973, y del Reglamento (CE) n.º 338/97, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio.

Se habilitará antes de 2025 un centro de rescate estatal de especímenes CITES, que a su vez actuará como centro coordinador de la Red de centros de rescate de especímenes CITES, y se trabajará en la línea de las repatriaciones de los especímenes vivos incautados o su incorporación en programas de conservación ex-situ. En 2022 se ha creado una línea de subvenciones para apoyar a los centros que colaboran con la recogida de ejemplares incautados y se ha potenciado la colaboración con las Comunidades Autónomas para dicho fin.

Se creará antes de 2025 el Cuerpo de Inspectores del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico para controlar la correcta aplicación del Convenio CITES y de los Reglamento FLEGT y EUTR, y asegurar la tolerancia cero con el comercio ilegal de especies silvestres y de madera procedente de talas ilegales.

Se seguirá colaborando con la Agencia Estatal de Administración Tributaria para el intercambio de información en el marco de aplicación del Sistema de Licencias FLEGT.

A partir del trabajo realizado durante el primer periodo de aplicación del Plan de acción español contra el tráfico ilegal y el furtivismo internacional de especies silvestres (Plan TIFIES) se elaborará en 2023 una actualización ambiciosa del mismo para el periodo hasta 2025. En línea con el Plan TIFIES, se promoverá la prohibición del comercio del marfil en España antes de 2023 y se apoyarán las iniciativas que se pongan en marcha en esta materia en la Unión Europea.

Se colaborará con los organismos científicos especializados para mejorar las técnicas de identificación de maderas y de su aplicación tecnológica sobre el terreno, tanto en el marco de la aplicación de los Reglamentos FLEGT y EUTR como de CITES.

Se reforzará la colaboración, mediante convenios de colaboración entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Dirección General de la Guardia Civil, para el desarrollo de las actuaciones y provisión de las herramientas, formación y conocimientos necesarios para el desarrollo de investigaciones y operaciones policiales contra el tráfico de vida silvestre, y de madera ilegal, tanto a nivel nacional como internacional. La unidad encargada de materializar esta colaboración será la Oficina Central Nacional de Análisis de Información sobre Actividades Ilícitas Medioambientales encuadrada en la Jefatura del SEPRONA de la Guardia Civil. Se fomentará especialmente esta colaboración en el ámbito marino.

En la persecución del delito contra el patrimonio natural y la biodiversidad resulta fundamental fortalecer las capacidades del personal especializado, por lo que se desarrollará un programa de formación y actualización permanente dirigido a la Red de Fiscales Especialistas en Medio Ambiente y al Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (SEPRONA), así como al Servicio Marítimo de la Guardia Civil.

Asimismo, se promoverá el reforzamiento de las necesarias medidas de control, vigilancia y sanción administrativa. En cualquier caso, cuando haya indicios de delitos contra el medio ambiente (regulados en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal) o de daños medioambientales (regulados por la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de responsabilidad medioambiental) que afecten a la biodiversidad y el patrimonio natural, se hará partícipe a la correspondiente Fiscalía de Medio Ambiente/ Oficina Central Nacional de Análisis de Información sobre Actividades Ilícitas Medioambientales del SEPRONA. Del mismo modo se fomentará el papel de vigilancia que puede ejercer la sociedad civil respecto a la prevención y persecución de estos delitos.

Se promoverá activamente el desarrollo y aplicación de normativa comunitaria y otras medidas adecuadas destinadas a evitar la llegada al mercado de productos forestales que causan pérdida y degradación de bosques naturales, en particular las enmarcadas en los reglamentos FLEGT y EUTR. Asimismo, se apoyarán las acciones de la Unión Europea, tanto regulatorias como no regulatorias, que derivarán de la Comunicación de la Comisión Europea «Intensificar la actuación de la UE para proteger y restaurar los bosques del mundo», así como de las recomendaciones del Parlamento, para conseguir que las cadenas de suministros de productos comerciales estén libres de deforestación y degradación forestal. En línea con los compromisos asumidos por España mediante su adhesión a la Declaración de Ámsterdam para reforzar la cooperación contra la deforestación, se garantizará, para 2025, el suministro agrícola sostenible y libre de deforestación y degradación forestal, el cual debe garantizar también que la presión y la degradación no se trasladen de los bosques a otros ecosistemas.

Se reforzará la aplicación del Real Decreto 1088/2015, de 4 de diciembre, para asegurar la legalidad de la comercialización de madera y productos de la madera, que establece las disposiciones necesarias para la aplicación en España del Reglamento EUTR. En particular, se aplicará y actualizará, en colaboración con las comunidades autónomas y la Oficina Central Nacional de Análisis de Información sobre Actividades Ilícitas Medioambientales encuadrada en la Jefatura del SEPRONA de la Dirección General de la Guardia Civil, el Plan Nacional de control de la legalidad de la madera comercializada.

Con el fin de reducir el riesgo de utilización en todo el territorio nacional de recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados a recursos genéticos obtenidos de forma ilegal, tanto en España como en terceros países Parte del Protocolo de Nagoya, se adoptará antes de 2023, el Plan estatal para el control de la legalidad de la utilización de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados en España, de conformidad con lo previsto por el Real Decreto 124/2017, de 24 de febrero, relativo al acceso a los recursos genéticos procedentes de taxones silvestres y al control de la utilización.

Se reforzará el compromiso de España con los tratados internacionales de conservación del patrimonio natural y conservación de la biodiversidad, para mantener el liderazgo en aquellos en los que cuenta con una mayor representatividad en su territorio. Entre otros, esto sucede con el Programa MaB de la UNESCO y, en concreto, con la Red Mundial de Reservas de la Biosfera con una experiencia superior al medio siglo, y por el gran número de Reservas de la Biosfera que España alberga en su territorio, entre ellas tres reservas de la biosfera transfronterizas con Portugal y una intercontinental con Marruecos. En lo que respecta al Convenio de Ramsar y otras iniciativas internacionales relacionadas con la conservación de los humedales, se aplicará lo previsto en el nuevo Plan estratégico de humedales aprobado en 2022.

Refuerzo de la colaboración con terceros países.

Para fomentar una mayor colaboración con los países con los que España comparte importantes lazos históricos y culturales se restablecerá, antes de 2023, la Red Iberoamericana de Directores Generales de Biodiversidad, con el objetivo de facilitar la cooperación y el intercambio de información y capacitación técnica en materia de conservación del patrimonio natural y la biodiversidad, contribuyendo así a los futuros objetivos internacionales en la materia. En este sentido también será de gran utilidad potenciar la colaboración y cooperación en el marco de la Red de Reservas de la Biosfera de Iberoamérica y El Caribe (IberoMaB).

Se promoverán Acuerdos bilaterales en materia de patrimonio natural y biodiversidad con los países limítrofes, Francia, Portugal y Marruecos, en los que se incluirán el uso de herramientas tecnológicas para el intercambio de información sobre la biodiversidad. En este contexto, sobre la base de las experiencias previas, se reforzará la colaboración y coordinación interestatal para la conservación de la biodiversidad ibérica, impulsando acciones de conservación coordinadas transfronterizas, prestando especial atención a los corredores ecológicos, corredores fluviales y sistemas montañosos, así como a la gestión y recuperación de especies amenazadas, en especial en el ámbito de las Reservas de la Biosfera Transfronterizas españolas y de las redes internacionales de reservas de la biosfera en las que participa España.

Se incrementará la colaboración con terceros países que compartan el ámbito territorial de las especies migradoras presentes en España, fomentando su conservación y seguimiento fuera de nuestras fronteras y la reducción y minimización de las causas que las amenazan.

Se incluirá el patrimonio natural y la biodiversidad como un pilar fundamental de la futura Ley de Cooperación para el Desarrollo Sostenible. Se reforzará la consideración de la biodiversidad y el patrimonio natural en el Plan Director de la Cooperación Española 2022-2025 y siguientes, en respuesta a los compromisos en materia de cooperación internacional en el contexto del Convenio sobre Diversidad Biológica y otros acuerdos internacionales en materia de patrimonio natural y biodiversidad. De este modo, la cooperación española contribuirá a la elaboración, aprobación y ejecución de Estrategias y planes de acción nacionales en biodiversidad por terceros países, en cumplimiento de sus compromisos en el Convenio de Diversidad Biológica y como herramienta para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Asimismo, se fomentará la cooperación para el desarrollo sostenible en materia de biodiversidad y ecosistemas con regiones y países extracomunitarios.

Se reforzará el papel de colaboración y las actuaciones conjuntas en el marco de los convenios marinos regionales, como los Convenios OSPAR, Barcelona, el Acuerdo de Mónaco sobre la conservación de los Cetáceos del Mar Negro, el Mar Mediterráneo y la Zona Atlántica Contigua (ACCOBAMS), la Comisión Ballenera Internacional o el Acuerdo para la Conservación de Albatros y Petreles (ACAP), y otras iniciativas como la Unión por el Mediterráneo. Asimismo, se fomentará la coordinación y cooperación en el marco de los organismos o foros internacionales de protección de la biodiversidad y las organizaciones regionales de gestión pesquera, a fin de promover y reforzar la consideración de la biodiversidad en dichos foros.

También se reforzará la presencia en programas internacionales de carácter científico-técnico para la conservación de la biodiversidad, como el programa Horizonte Europa.

Se apoyará la aprobación del futuro Convenio sobre biodiversidad más allá de la jurisdicción nacional (conocido como Convenio BBNJ por sus siglas en inglés), que supondrá una oportunidad para regular la protección y uso sostenible del medio marino en todo el mundo.

3.6 Financiación del patrimonio natural y la biodiversidad

Objetivo general:

– Garantizar una adecuada financiación de las acciones necesarias para la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad, aprovechando al máximo las oportunidades de financiación tanto públicas como privadas.

Medidas para alcanzar los objetivos:

Resulta decisivo transformar la situación actual para detener cualquier apoyo financiero que dé soporte a un uso insostenible del patrimonio natural y la biodiversidad. Para ello, se identificarán y priorizarán para 2025 los subsidios e incentivos que resultan perjudiciales para el patrimonio natural y la biodiversidad de forma directa o indirecta. Para 2025, se reformarán, se reconducirán o se eliminarán el 50 % de los subsidios perjudiciales identificados y se garantizará que para 2030, todos los subsidios o incentivos resulten neutros o positivos para el patrimonio natural y la biodiversidad y que incorporen adecuadamente las externalidades ambientales.

En línea con los principios del Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, se aplicarán criterios de compatibilidad con la biodiversidad en la financiación y soporte público de proyectos y actividades a través de créditos, préstamos, avales, subvenciones, incentivos o subsidios. Deben aplicarse los principios de «el usuario paga» y «quien contamina paga» para prevenir y corregir la degradación de la naturaleza.

Se garantizará la movilización de los recursos necesarios, de las diferentes fuentes posibles, para la financiación de todas las actividades y prioridades identificadas en el Marco de Acción Prioritaria para la Red Natura 2000 en España, de acuerdo con el cual se precisa, al menos, una inversión de 1.408 millones de euros anuales para una gestión efectiva de esa red. También se tendrán en cuenta para la movilización de recursos otras redes de áreas protegidas como la Red de Parques Nacionales y la Red Española de Reservas de la Biosfera.

Se focalizarán fondos de la AGE para el desarrollo de las medidas de este Plan para que sean desarrollados por el tercer sector ambiental, entidades científicas y otras entidades públicas o privadas a través de las convocatorias de ayudas de la Fundación Biodiversidad del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Asimismo, se desarrollarán mecanismos para facilitar y canalizar la financiación del sector privado de acciones de integración sectorial del patrimonio natural y la biodiversidad y de su conservación y uso sostenible. De la misma forma se promoverá a las entidades de custodia del territorio, fundaciones y organizaciones no gubernamentales. Igualmente, se potenciará el establecimiento de sinergias entre el tercer sector y el sector privado con el fin de favorecer la financiación y la colaboración estratégica en iniciativas y proyectos a favor de la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad.

En línea con estos objetivos, antes de 2024, se llevará a cabo un análisis de las oportunidades y posibles modalidades para el desarrollo de mecanismos que impulsen el pago por los servicios ambientales prestados por los ecosistemas bien conservados y gestionados.

Se adoptarán medidas para garantizar, antes de 2024, que al menos el 1 % del presupuesto en obra pública se destine a financiar acciones que contribuyan a la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad y a su uso sostenible.

Teniendo en cuenta las necesidades de financiación para la biodiversidad, en particular las identificadas en el Marco de Acción Prioritaria, y sobre la base de un análisis de los presupuestos destinados a inversiones en políticas activas de conservación y restauración de la biodiversidad en 2020, se impulsará el objetivo de duplicar la inversión en biodiversidad para 2025, y, en 2030, al menos mantener el nivel alcanzado en 2025. Con respecto a los equipos humanos de la AGE dedicados a conservación de la biodiversidad, se doblarán en 2030 sus efectivos.

Se reitera que invertir en la protección y recuperación de la naturaleza será fundamental para la recuperación económica de España tras la crisis de la COVID-19 y para hacer mejorar la resiliencia de nuestra sociedad y ambiente frente a los retos ambientales presentes y futuro(98). Ante esta coyuntura, la financiación requerirá tanto la canalización de diferentes fuentes de financiación como el compromiso de asegurar un flujo presupuestario durante todo el periodo de implementación del Plan estratégico.

(98) Foro Económico Mundial (2021). The Global Risks Report 2021. https://www.weforum.org/reports/the-global-risks-report-2021

Se han identificado varias fuentes de financiación que abarcan diferentes estamentos y escalas públicas a nivel nacional, instituciones de carácter regional como la Unión Europea y finalmente las posibilidades de financiación externa privada. Por un lado, a través de los presupuestos generales del Estado y el Fondo de restauración ecológica y resiliencia(99) y por otro, de aquellas procedentes de fondos europeos existentes, especialmente en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia(100) y el marco financiero plurianual (MFP) de la UE para el periodo 2021-2027(101)(Pacto Verde Europeo: Mecanismos de Transición Justa(102), Fondo Social Europeo Plus(103), Fondo Europeo de Desarrollo Regional(104), Fondo Europeo Agrícola de Garantía y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural(105), Fondo Europeo Marítimo y de Pesca(106), Programa LIFE(107), Horizonte Europa(108) y Banco Europeo de Inversiones(109)). En este sentido, cobrará especial interés el instrumento de recuperación «Next Generation EU(110)».

(99) Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

(100) El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia español está enmarcado dentro de los planes nacionales que han elaborado los 27 estados miembros de la Unión para acogerse al Plan de Recuperación para Europa NextGenerationEU. https://planderecuperacion.gob.es/

(101) https://www.europarl.europa.eu/factsheets/es/sheet/29/el-marco-financiero-plurianual

(102) Pacto Verde Europeo: Mecanismos de Transición Justa. https://ec.europa.eu/info/strategy/priorities-2019-2024/european-green-deal/actions-being-taken-eu/just-transition-mechanism_es

https://ec.europa.eu/info/strategy/priorities-2019-2024/european-green-deal/actions-being-taken-eu/just-transition-mechanism/just-transition-funding- sources_es

(103) Fondo Social europeo (FSE). https://ec.europa.eu/regional_policy/es/funding/social-fund/

(104) Fondo europeo de Desarrollo Reagional (FEDER). https://ec.europa.eu/regional_policy/es/funding/erdf/

(105) Fondos Europeos para el desarrollo Rural (Fondo Europeo Agrícola de Garantía – FEAGA - y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural – FEADER). https://ec.europa.eu/info/food-farming-fisheries/key-policies/common-agricultural-policy/rural-development_es

(106) Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP). https://ec.europa.eu/fisheries/cfp/emff_es

(107) Porgrama LIFE. https://ec.europa.eu/easme/en/life

(108) Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte Europa. https://www.consilium.europa.eu/es/policies/horizon-europe/

(109) Banco europeo de Inversiones. https://www.eib.org/en/about/priorities/environment/index.htm

(110) https://europa.eu/next-generation-eu/index_es

En todo caso, se mejorarán, para 2023, los sistemas de contabilización de la financiación para la conservación de la biodiversidad, apoyándose en las metodologías existentes de la OCDE y las que desarrolle la Comisión Europea.

Asimismo, conforme al componente 4 (Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia), se incorporará el enfoque de género a los recursos destinados a sensibilización, formación, investigación, empleabilidad y emprendimiento en los distintos ámbitos relacionados con la biodiversidad y la gestión forestal, para tener en cuenta las necesidades, intereses, comportamientos, conocimientos, oportunidades y recursos diferentes con los que parten las mujeres y hombres de distintos grupos sociodemográficos en el uso, gestión y disfrute sostenible de los recursos naturales a fin de promover y lograr la igualdad efectiva a la par que la sostenibilidad, de manera sinérgica.

3.7 Patrimonio natural y biodiversidad, y empresas y sector público

Objetivo general:

– Mejorar e impulsar la consideración de la biodiversidad y el patrimonio natural en la actividad ordinaria y en la toma de decisiones de las empresas y el sector público.

– Fomentar la participación de los actores interesados vinculados a la biodiversidad y el patrimonio natural, en la elaboración de la planificación y normativa ambiental.

Medidas para alcanzar los objetivos:

Se impulsarán procesos de participación pública en la planificación y gestión de la biodiversidad, con el objetivo de fortalecer la gobernanza. Para ello, se elaborarán guías de buenas prácticas para su puesta en marcha.

Se potenciará el diálogo con el sector privado a través de las plataformas existentes, como la Iniciativa Española de Empresa y Biodiversidad (IEEB), para promover una mejor integración del capital natural en las actividades empresariales y una contribución más efectiva de las empresas a la conservación y restauración del patrimonio natural y la biodiversidad. A través de estas plataformas, se fomentará la difusión de buenas prácticas empresariales, en particular en el ámbito de la gobernanza empresarial sostenible, incluyendo los procesos de diligencia debida para cadenas de valor y la elaboración de reportes de información financiera y no financiera, así como la adopción de soluciones basadas en la naturaleza como fuente de innovación y de oportunidades comerciales y de empleo.

Se apoyará la creación de marcas de calidad para productos y servicios ambientalmente sostenibles, teniendo en cuenta la reglamentación sectorial que resulte de aplicación en cada caso, así como la futura propuesta de un marco de etiquetado de alimentos sostenibles de la UE. Asimismo, se desarrollarán y fomentarán mecanismos para integrar el patrimonio natural y la biodiversidad en la gestión empresarial de las PYMES.

Se desarrollarán orientaciones que ofrezcan metodologías claras a partir de datos disponibles y que permitan a empresas y organizaciones privadas asegurar que los proyectos de inversión y la financiación de los mismos, resultan neutros o positivos para el patrimonio natural y la biodiversidad, en el marco del Reglamento (UE) 2020/852, del Parlamento europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088, y de la estrategia española de finanzas sostenibles actualmente en redacción.Se potenciará el reconocimiento de las mejores prácticas empresariales con la biodiversidad.

Se apoyarán iniciativas para fomentar el empleo verde y facilitar la transición hacia una economía sostenible e inclusiva, que tenga en cuenta los aspectos de género y el reto demográfico, en línea con las previsiones de este Plan Estratégico. En este contexto, se apoyará de forma específica a PYMES para su mejora del desempeño ambiental en materia de biodiversidad. Y asimismo se fomentará el emprendimiento verde de las mujeres, con especial interés por el emprendimiento verde de las mujeres de ámbitos rurales, mediante la sensibilización, el asesoramiento, la capacitación, la formación en competencias, aptitudes y actitudes, mentorías, programas y/o subvenciones, etc.

Se incluirán criterios de patrimonio natural y biodiversidad en la gestión del sector público institucional estatal, en especial en las Sociedades Mercantiles Estatales y en las Entidades Públicas Empresariales, de forma que además puedan servir de modelo y ejemplo para el sector privado.

Se continuará trabajando en la aplicación plena y continua de los objetivos y acciones del Plan Sectorial de Turismo de Naturaleza y Biodiversidad, impulsando, entre otras acciones, el Sistema de reconocimiento de la sostenibilidad del turismo de naturaleza en la Red Natura 2000 y fomentando la colaboración reforzada en materia de turismo de naturaleza y biodiversidad con la Secretaría de Estado de Turismo.

Se incorporarán medidas para impulsar la circularidad en el medio natural con criterios de conservación de la biodiversidad en los planes de acción trienales de la Estrategia España Circular 2030, que serán propuestas por la unidad responsable en la materia o en coordinación con otras unidades de la Administración General del Estado. Igualmente, las unidades responsables de la ejecución de las medidas incluidas en los sucesivos planes de acción velarán para que éstas no causen ningún perjuicio significativo a otros objetivos medioambientales establecidos en el Reglamento (UE) 2020/852, de 18 de junio de 2020. De acuerdo con lo establecido en la Estrategia España Circular 2030 y en sus sucesivos planes de acción, se continuará trabajando en la aplicación de medidas legales ambiciosas para reducir el residuo alimentario, de acuerdo con la Ley 7/2022, de 8 de abril, y con lo previsto en la futura Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario.

Antes de 2024, se revisará e incrementará el número de productos y servicios incluidos en el Plan de Contratación Pública Ecológica de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos y las entidades gestoras de la Seguridad Social (2018-2025). Se hará un inventario de los productos y servicios que consumen las Administraciones Públicas, y se priorizarán según su impacto en el patrimonio natural y la biodiversidad, identificando alternativas que minimicen este impacto para incorporarlos a los productos y servicios a adquirir bajo el Plan de Contratación Pública Ecológica. En la selección de alternativas y en función del tipo de producto, se priorizarán artículos con certificado de agricultura ecológica, certificación forestal o etiqueta ecológica ecolabel, o medios de prueba equivalentes, entre otros posibles, y se garantizará que son productos libres de deforestación y degradación forestal, de modo que la compatibilidad con la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad esté asegurada. Se reforzarán las medidas para asegurar que todos los materiales a base de madera procedan de fuentes legítimas, en base a la normativa FLEGT y EUTR.

Se regularán los productos y servicios que obligatoriamente habrán de ser objeto de contratación pública ecológica y respetuosa con la biodiversidad por cualquier Administración Pública para garantizar que se abordan adecuadamente las causas subyacentes de pérdida de patrimonio natural y biodiversidad en España, teniendo en cuenta las disposiciones de la normativa comunitaria que establezca obligaciones en materia de compra pública ecológica, salvo que las necesidades a satisfacer exijan unas características que no lo permitan, o cuando razones de eficiencia económica, falta de concurrencia suficiente o urgencia, lo desaconsejen.

3.8 Refuerzo del sistema de gobernanza y del marco legislativo

Tras más de una década de vigencia desde su adopción, se hace preciso evaluar en profundidad y, en su caso, revisar, la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad. Esta revisión examinará las posibilidades para reforzar el marco legislativo y de gobernanza para la conservación de la biodiversidad y el patrimonio natural en España y mejorar, por tanto, la instrumentalización e implementación del presente Plan estratégico.

A fin de mejorar y reforzar la participación de las organizaciones profesionales, científicas, empresariales, sindicales y ecologistas más representativas en la toma de decisiones relacionadas con la conservación y uso sostenible del patrimonio natural y de la biodiversidad, antes de 2024 se llevará a cabo una revisión del funcionamiento del Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad.

Para ello será asimismo clave mejorar la integración del enfoque de género en el sistema de gobernanza y del marco legislativo, en sintonía con el borrador de Plan de Acción sobre el Género Posterior a 2020 del Convenio sobre la Diversidad Biológica.

4. Estimación presupuestaria

A continuación, se incluye una estimación presupuestaria general global para responder a los objetivos y actuaciones desarrollados en el presente Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad a 2030.

La naturaleza de este Plan Estratégico, y de los objetivos y líneas de actuación, no permite una estimación detallada a nivel de cada actuación, por tratarse, en su mayoría, de medidas y actuaciones a desarrollar por las administraciones competentes en el ámbito de su trabajo, que en algunos casos se integrará dentro del presupuesto y recursos ordinarios de las administraciones y en otros casos podrá requerir de recursos adicionales.

Por ello, las estimaciones presupuestarias planteadas se basan en la propuesta, que se realiza en el propio contenido del Plan Estratégico, de duplicar la inversión en biodiversidad para 2025, y, en 2030, al menos mantener el nivel alcanzado en 2025. Esta propuesta, por tanto, supondría un incremento muy sustancial de recursos presupuestarios para biodiversidad, en línea con el incremento de ambición de las políticas de biodiversidad que se plantea a lo largo del Plan.

Esta estimación presupuestaria se presenta distribuida esencialmente en aquellas líneas de actuación que requerirán, de acuerdo con lo planteado en el Plan Estratégico, un mayor incremento de inversión, como son las líneas en materia de: «conocimiento sobre el patrimonio natural y la biodiversidad»: «protección y conservación de la naturaleza»; recuperación de ecosistemas»; y «reducción para el patrimonio natural y la biodiversidad».

A diferencia de esos ámbitos, en los que se prevé una clara necesidad de incremento inversor y presupuestario, en los ámbitos de «compromisos internacionales en materia de patrimonio natural y biodiversidad», «financiación del patrimonio natural y la biodiversidad», «patrimonio natural y biodiversidad y empresas y sector público» y «refuerzo del sistema de gobernanza y del sector público» no se han especificado estimaciones presupuestarias específicas por entenderse que las líneas de actuación previstas en esos ámbitos se podrán desarrollar mediante la integración de estas cuestiones en el ámbito de los recursos previstos en las dotaciones presupuestarias generales, incluyendo en las líneas de actuaciones 1 a 5.

Línea de actuación Presupuesto estimado (€)
1. Conocimiento sobre el patrimonio natural y la biodiversidad. 483.763.654
2. Protección y conservación de la naturaleza. 1.070.835.320
3. Recuperación de ecosistemas. 864.157.189
4. Reducción de amenazas para el patrimonio natural y la biodiversidad. 1.754.435.400
5. Compromisos internacionales en materia de patrimonio natural y biodiversidad. -
6. Financiación del patrimonio natural y la biodiversidad. -
7. Patrimonio natural y biodiversidad, y empresas y sector público. -
8. Refuerzo del sistema de gobernanza y del marco legislativo. -
Total Plan Estratégico de Patrimonio Natural y Biodiversidad hasta 2030. 4.173.191.563

5. Seguimiento de la ejecución y evaluación del Plan estratégico

Puesto que la ejecución de este Plan Estratégico del Patrimonio Natural y la Biodiversidad requiere de la participación y cooperación de diferentes Administraciones Públicas y departamentos, en su implementación y seguimiento se garantizará la adecuada cooperación y coordinación entre las Administraciones Públicas implicadas, incluyendo a través de los órganos consultivos y de coordinación relevantes, en particular, la Comisión Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, tanto en el marco de sus comités especializados como, si fuera preciso, mediante la articulación de nuevos mecanismos para el refuerzo de la coordinación administrativa.

La elaboración de los Informes de seguimiento y evaluación del presente Plan estratégico, se realizarán alineados con los informes nacionales de seguimiento a remitir al Convenio sobre Diversidad Biológica sobre el cumplimiento de los objetivos acordados en el marco global sobre biodiversidad para el periodo posterior a 2020. En la medida de lo posible, la elaboración de estos informes se hará coincidir con los plazos para la elaboración de informes sexenales nacionales que se deben remitir a la Comisión Europea en aplicación de las Directivas de Naturaleza.

Por tanto, se prevé la elaboración de un informe intermedio de seguimiento y evaluación en el primer semestre de 2026, que se podrá integrar o coordinar con el informe sexenal del Inventario del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y que se centrará en la evaluación del estado de implementación de las líneas de acción planteadas en el presente Plan Estratégico y en el análisis de indicadores de estado y tendencias de la biodiversidad.

Estos informes de seguimiento y evaluación, además de cumplir con el contenido que se establezca en el marco del CDB, ampliarán la información con los contenidos que se consideren relevantes a efectos del Plan estratégico, en cuanto al grado de ejecución de las acciones previstas.

En la elaboración de los informes de seguimiento y evaluación, se utilizarán los indicadores globales que se acuerden en el marco del CDB y resulten de uso obligado y se complementarán por otros indicadores complementarios relevantes, así como mediante indicadores de ámbito nacional incluidos en el sistema de indicadores del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

Se realizará, asimismo, un seguimiento de la inversión asociada a la ejecución del Plan.

6. Revisión del Plan estratégico

En función de los informes de seguimiento del Plan durante su periodo de vigencia y del nuevo marco global sobre biodiversidad para el periodo posterior a 2020 que se acuerde en el ámbito del Convenio sobre Diversidad Biológica, el presente Plan estratégico podrá ser modificado puntual o parcialmente para asegurar que su contenido es adecuado en todo momento para alcanzar los objetivos nacionales e internacionales en materia de conservación y usos sostenible de la biodiversidad.

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