Orden DEF/498/2023, de 5 de mayo, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la escala de suboficiales del Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de Marina, mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación previa

Rango Orden
Publicación 2023-05-20
Última actualización 2025-08-02
Estado Derogada · 2025-08-03 texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Defensa
Fuente BOE
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2 actos modificadores · 2025-08-02, Orden DEF/831/2025, de 29 de julio, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de…

Historial de reformas JSON API
Módulo Código Contenidos Horas/ECTS Centro docente Observaciones
Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º
Gestión de la documentación jurídica y empresarial. 0647 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 95/6 ESENGRA
Recursos humanos y responsabilidad social corporativa. 0648 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 95/6
Ofimática y proceso de la información. 0649 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 160/12
Proceso integral de la actividad comercial. 0650 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 140/11
Comunicación y atención al cliente. 0651 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 160/12
Formación y orientación laboral. 0658 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 90/5
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 90 No computan como carga lectiva (1).
Total curso 1.º Total curso 1.º Total curso 1.º 830 horas. (1) Computan 740 horas en la carga lectiva. 830 horas. (1) Computan 740 horas en la carga lectiva. 830 horas. (1) Computan 740 horas en la carga lectiva.
Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º
Inglés. 0179 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 130/7 ESENGRA
Gestión de recursos humanos. 0652 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 100/6 ESENGRA
Gestión financiera. 0653 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 120/7 ESENGRA
Contabilidad y fiscalidad. 0654 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 120/7 ESENGRA
Gestión logística y comercial. 0655 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 80/6 ESENGRA
Simulación empresarial. 0656 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 140/8 ESENGRA
Proyecto de administración y finanzas. 0657 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 40/5 ESENGRA
Formación en centros de trabajo. 0660 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 400/22 ESENGRA No computan como carga lectiva.
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. 40 ESENGRA No computan como carga lectiva.
Total curso 2.º Total curso 2.º Total curso 2.º 1170 horas. Computan 730 horas en la carga lectiva. 1170 horas. Computan 730 horas en la carga lectiva. 1170 horas. Computan 730 horas en la carga lectiva.
Total. Total. Total. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva.
b)

Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Alojamiento y Restauración correspondientes al título de Técnico Superior de Dirección de Cocina.

Módulo Código Contenidos Horas/ECTS Centro Docente Observaciones
Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º
Control del aprovisionamiento de materias primas. 0496 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 65/3 ESENGRA
Procesos de preelaboración y conservación en cocina. 0497 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 265/16 ESENGRA
Procesos de elaboración culinaria. 0499 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 265/16 ESENGRA
Gestión de la calidad y de la seguridad e higiene alimentarias. 0501 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 95/5 ESENGRA
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 90 ESENGRA No computan como carga lectiva (1).
Total curso 1.º Total curso 1.º Total curso 1.º 780 horas. (1) Computan 690 horas en la carga lectiva. 780 horas. (1) Computan 690 horas en la carga lectiva. 780 horas. (1) Computan 690 horas en la carga lectiva.
Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º
Elaboraciones de pastelería y repostería en cocina. 0498 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 140/12 ESENGRA
Gestión de la producción en cocina. 0500 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 170/15 ESENGRA
Gastronomía y nutrición. 0502 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 55/3 ESENGRA
Recursos humanos y dirección de equipos en restauración. 0504 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 65/3 ESENGRA
Gestión administrativa y comercial en restauración. 0503 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 70/4 ESENGRA
Formación y orientación laboral. 0506 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 90/5 ESENGRA
Empresa e iniciativa emprendedora. 0507 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 60/4 ESENGRA
Proyecto de dirección en servicios de restauración. 0505 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 40/5 ESENGRA
Formación en centros de trabajo. 0508 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 400/22 ESENGRA No computan como carga lectiva (2).
Inglés. 0179 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 90/7 ESENGRA
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C. Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. 40 ESENGRA No computan como carga lectiva (1).
Total curso 2.º Total curso 2.º Total curso 2.º 1220 horas. Computan 780 horas en la carga lectiva. 1220 horas. Computan 780 horas en la carga lectiva. 1220 horas. Computan 780 horas en la carga lectiva.
Total. Total. Total. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva.
c)

Módulos profesionales de las especialidades fundamentales de Armas y de Sistemas, correspondientes al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico.

Módulo Código Contenidos Horas/ECTS Centro docente Observaciones
Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º
Circuitos electrónicos analógicos. 1051 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 220/14 ESCAÑO
Equipos micro programables. 1052 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 210/14 ESCAÑO
Técnicas y procesos de montaje y mantenimiento de equipos electrónicos. 1058 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 190/12 ESCAÑO
Formación y orientación laboral. 1061 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 90/5 ESCAÑO
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 90 ESCAÑO No computan como carga lectiva (1).
Total curso 1.º Total curso 1.º Total curso 1.º 800 horas. (1) Computan 710 horas en la carga lectiva. 800 horas. (1) Computan 710 horas en la carga lectiva. 800 horas. (1) Computan 710 horas en la carga lectiva. 800 horas. (1) Computan 710 horas en la carga lectiva.
Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º
Mantenimiento de equipos de Radiocomunicaciones. 1053 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 120/9 ESCAÑO
Mantenimiento de equipos de voz y datos. 1054 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 125/9 ESCAÑO
Mantenimiento de equipos de electrónica industrial. 1055 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 160/10 ESCAÑO
Mantenimiento de equipos de audio. 1056 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 95/6 ESCAÑO
Mantenimiento de equipos de vídeo. 1057 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 100/6 ESCAÑO
Infraestructuras y desarrollo del mantenimiento electrónico. 1059 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 60/4 ESCAÑO
Empresa e iniciativa emprendedora. 1062 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 60/4 ESCAÑO
Proyecto de mantenimiento electrónico. 1060 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 40/5 ESCAÑO
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 40 ESCAÑO No computan como carga lectiva (1).
Formación en centros de trabajo. 1063 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. 400/22 ESCAÑO No computan como carga lectiva (2).
Total curso 2.º Total curso 2.º Total curso 2.º 1200 horas. Computan 760 horas en la carga lectiva. 1200 horas. Computan 760 horas en la carga lectiva. 1200 horas. Computan 760 horas en la carga lectiva. 1200 horas. Computan 760 horas en la carga lectiva.
Total. Total. Total. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva.
d)

Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Comunicaciones y Sistemas de Información correspondientes al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.

Módulo Código Contenidos Horas/ECTS Centro docente Observaciones
Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º
Configuración de infraestructuras de sistemas de telecomunicaciones. 0525 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 125/8 ESCAÑO
Elementos de sistemas de telecomunicaciones. 0551 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 130/8 ESCAÑO
Sistemas informáticos y redes locales. 0552 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 155/11 ESCAÑO
Técnicas y procesos en infraestructuras de telecomunicaciones. 0553 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 135/8 ESCAÑO
Gestión de proyectos de instalaciones de telecomunicaciones. 0601 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 100/6 ESCAÑO
Formación y orientación laboral. 0559 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 90/5 ESCAÑO
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 90 ESCAÑO No computan como carga lectiva (1).
Total curso 1.º Total curso 1.º Total curso 1.º 825 horas. Computan 735 horas en la carga lectiva. 825 horas. Computan 735 horas en la carga lectiva. 825 horas. Computan 735 horas en la carga lectiva.
Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º
Empresa e iniciativa emprendedora. 0560 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 60 ESCAÑO
Sistemas de producción audiovisual. 0554 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 145/10 ESCAÑO
Redes telemáticas. 0555 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 130/9 ESCAÑO
Sistemas de radiocomunicaciones. 0556 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 130/9 ESCAÑO
Sistemas integrados y hogar digital. 0557 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 95/7 ESCAÑO
Proyecto de sistemas de telecomunicaciones e informáticos. 0558 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 40/5 ESCAÑO
Sistemas de telefonía fija y móvil. 0713 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 135/8 ESCAÑO
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 40 ESCAÑO No computan como carga lectiva (1).
Formación en centros de trabajo. 0561 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. 400 ESCAÑO No computan como carga lectiva (2).
Total curso 2.º Total curso 2.º Total curso 2.º 1175 horas. Computan 735 horas en la carga lectiva. 1175 horas. Computan 735 horas en la carga lectiva. 1175 horas. Computan 735 horas en la carga lectiva.
Total. Total. Total. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva.
e)

Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Energía y Propulsión correspondientes al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones.

Módulo Código Contenidos Horas/ECTS Centro docente Observaciones
Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º
Formación y orientación laboral. 1316 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 90/5 ESCAÑO
Organización del mantenimiento de planta propulsora y maquinaria auxiliar de buques. 1308 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 200/14 ESCAÑO
Organización del mantenimiento en seco de buques y embarcaciones y montaje de motores térmicos. 1309 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 200/12 ESCAÑO
Control de las emergencias. 0800 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 120/10 ESCAÑO
Organización de la asistencia sanitaria a bordo. 0802 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 70/5 ESCAÑO
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 90 ESCAÑO No computan como carga lectiva (1)
Total curso 1.º Total curso 1.º Total curso 1.º 770 horas Computan 680 horas en la carga lectiva. 770 horas Computan 680 horas en la carga lectiva. 770 horas Computan 680 horas en la carga lectiva.
Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º
Inglés. 0179 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 130/7 ESCAÑO
Programación y mantenimiento de automatismos hidráulicos y neumáticos en buques y embarcaciones. 1310 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 150/9 ESCAÑO
Empresa e iniciativa emprendedora. 1317 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 60/4 ESCAÑO
Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones y sistemas eléctricos de buques y embarcaciones. 1311 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 140/10 ESCAÑO
Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones frigoríficas y sistemas de climatización de buques y embarcaciones. 1312 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 150/9 ESCAÑO
Planificación del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones. 1313 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 60/4 ESCAÑO
Organización de la guardia de máquinas. 1314 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 60/4 ESCAÑO
Proyecto de organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones. 1315 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 40/5 ESCAÑO
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 40 ESCAÑO No computan como carga lectiva (1)
Formación en centros de trabajo. 1318 Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. 400/22 ESCAÑO No computan como carga lectiva (2)
Total curso 2.º Total curso 2.º Total curso 2.º 230 horas. Computan 790 horas en la carga lectiva. 230 horas. Computan 790 horas en la carga lectiva. 230 horas. Computan 790 horas en la carga lectiva.
Total. Total. Total. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva.
f)

Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Maniobra y Navegación correspondientes al título de Título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura.

Módulo Código Contenidos Horas/ECTS Centro docente Observaciones
Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º
Formación y orientación laboral. 0806 Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 90/5 ESENGRA
Empresa e iniciativa emprendedora. 0807 Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 60/4 ESENGRA
Maniobra y Estiba. 0798 Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 225/13 ESENGRA
Navegación, gobierno y comunicaciones del buque. 0799 Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 225/14 ESENGRA
Control de las emergencias. 0800 Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 140/10 ESENGRA
Organización de la asistencia sanitaria a bordo. 0802 Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 70/5 ESENGRA
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 90 ESENGRA No computan como carga lectiva (1)
Total curso 1.º Total curso 1.º Total curso 1.º 900 horas. (1) Computan 810 horas en la carga lectiva. 900 horas. (1) Computan 810 horas en la carga lectiva. 900 horas. (1) Computan 810 horas en la carga lectiva.
Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º
Inglés. 0179 Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 130/7 ESENGRA
Administración y gestión del buque y de la actividad pesquera. 0803 Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 150/11 ESENGRA
Guardia de Puente. 0804 Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 180/12 ESENGRA
Pesca de altura y gran altura. 0805 Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 160/12 ESENGRA
Proyecto de implementación de una ruta de transporte marítimo. 0808 Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 40/5 ESENGRA
Formación en Centros de Trabajo. 0809 Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 400/22 ESENGRA No computan como carga lectiva (2)
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. 40 ESENGRA No computan como carga lectiva (1)
Total curso 2.º Total curso 2.º Total curso 2.º 1100 horas. Computan 660 horas en la carga lectiva. 1100 horas. Computan 660 horas en la carga lectiva. 1100 horas. Computan 660 horas en la carga lectiva.
Total. Total. Total. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva.
g)

Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Infantería de Marina correspondientes al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección.

Módulo Código Contenidos Horas/ECTS Centro docente Observaciones
Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º Curso 1.º
Recursos humanos y responsabilidad social corporativa. 0648 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 95/6 EIMGAF
Ofimática y proceso de la información. 0649 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 160/12 EIMGAF
Proceso integral de la actividad comercial. 0650 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 140/11 EIMGAF
Comunicación y atención al cliente. 0651 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 160/12 EIMGAF
Formación y orientación laboral. 0665 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 90/5 EIMGAF
2.ª lengua extranjera francés 0180 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 130/7 EIMGAF
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 90 EIMGAF No computan como carga lectiva (1)
Total curso 1.º Total curso 1.º Total curso 1.º 865 horas. (1) Computan 775 horas en la carga lectiva. 865 horas. (1) Computan 775 horas en la carga lectiva. 865 horas. (1) Computan 775 horas en la carga lectiva.
Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º Curso 2.º
Gestión de la documentación jurídica y empresarial. 0647 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 95/6 EIMGAF
Protocolo empresarial. 0661 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 140/9 EIMGAF
Organización de eventos empresariales. 0662. Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 170/11 EIMGAF
Gestión avanzada de la información. 0663 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 120/7 EIMGAF
Proyecto de asistencia a la dirección. 0664 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 40/5 EIMGAF
Inglés 0179 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 130/7 EIMGAF
Formación en centros de trabajo. 0667 Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 400/22 EIMGAF No computan como carga lectiva (2)
Horario reservado para el módulo impartido en inglés. S/C Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. 40 EIMGAF No computan como carga lectiva (1)
Total curso 2.º Total curso 2.º Total curso 2.º 1135 horas. Computan 695 horas en la carga lectiva. 1135 horas. Computan 695 horas en la carga lectiva. 1135 horas. Computan 695 horas en la carga lectiva.
Total. Total. Total. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva.
(1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés. (2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013. «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. (1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés. (2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013. «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. (1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés. (2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013. «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. (1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés. (2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013. «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. (1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés. (2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013. «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. (1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés. (2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013. «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo.

Artículo 3. Módulos susceptibles de ser impartidos a distancia, por razón de embarazo, parto o posparto u otros motivos justificados.

A continuación se relacionan aquellos módulos susceptibles de ser impartidos en la modalidad «a distancia», con indicación del carácter total «T» o parcial «P», por razón de embarazo, parto, posparto u otros motivos justificados que no los puedan desarrollar de manera presencial.

1. Módulos formativos obligatorios (OFAS) y específicos (EAR) comunes a todas las especialidades.

Módulo Código Carácter
Curso 1.º Centro: ESUBO Centro: ESUBO
FORMACIÓN MILITAR GENERAL. OFAS1 P
FORMACIÓN SANITARIA. OFAS2 P
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
INSTRUCCIÓN Y ADIESTRAMIENTO. OFAS5 P
CIENCIAS NAVALES. EAR1 P
Módulo Código Carácter
--- --- ---
Curso 3.º Centro: ESUBO Centro: ESUBO
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 P
LOGÍSTICA. EAR2 P
INFORMÁTICA. EAR3 T

2. Módulos formativos obligatorios y de especialidad fundamental.

a)

Administración.

Módulo Código Carácter
Curso 1.º Centro: ESUBO Centro: ESUBO
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
Módulo Código Carácter
--- --- ---
Cursos 2.º y 3.º Centro: ESENGRA Centro: ESENGRA
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
TEORÍA Y PRÁCTICA ADMINISTRATIVA I. ESFADS01 P
APROVISIONAMIENTO I. ESFADS02 P
GESTIÓN ECONÓMICA. ESFADS03 P
TÉCNICA DE EXPRESIÓN ESCRITA. ESFADS04 T
TEORÍA Y PRÁCTICA ADMINISTRATIVA II. ESFADS05 P
APROVISIONAMIENTO II. ESFADS06 P
GESTIÓN ECONÓMICA II. ESFADS07 P
CONTRATACIÓN. ESFADS08 T
b)

Alojamiento y Restauración.

Módulo Código Carácter
Curso 1.º Centro: ESUBO Centro: ESUBO
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
Módulo Código Carácter
--- --- ---
Cursos 2.º y 3.º Centro: ESENGRA Centro: ESENGRA
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
PROCESOS DE SERVICIOS EN BAR-CAFETERÍA I. ESFALS01 P
PROCESOS DE SERVICIOS EN RESTAURANTE I. ESFALS02 P
HABITABILIDAD. ESFALS03 T
PROCESOS DE SERVICIOS EN BAR-CAFETERÍA II. ESFALS04 P
PROCESOS DE SERVICIOS EN RESTAURANTE II. ESFALS05 P
PLANIFICACIÓN Y DIRECCIÓN DE EVENTOS EN RESTAURACIÓN. ESFALS06 P
GESTIÓN DE VÍVERES A BORDO I. ESFALS07 P
PANADERÍA. ESFALS08 P
GESTIÓN DE VÍVERES A BORDO II. ESFALS09 P
c)

Armas.

Módulo Código Carácter
Cursos 1.º y 2.º Centro: ESCAÑO Centro: ESCAÑO
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
Módulo Código Carácter
--- --- ---
Curso 3.º Centro: ESCAÑO Centro: ESCAÑO
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
ORGANIZACIÓN DEL DESTINO. ESFAMS1 P
FUNDAMENTOS BÁSICOS. ESFAMS2 P
d)

Comunicaciones y Sistemas de Información.

Módulo Código Carácter
Cursos 1.º y 2.º Centro: ESCAÑO Centro: ESCAÑO
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
Módulo Código Carácter
--- --- ---
Curso 3.º Centro: ESCAÑO Centro: ESCAÑO
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
GUERRA ELECTRÓNICA. ESFTIS1 P
ORG. Y PROCEDIMIENTOS DE COMUNICACIONES. ESFTIS2 P
SISTEMAS DE COMUNICACIONES. ESFTIS4 P
ESTRUCTURA Y TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN. ESFTIS6 T
EQUIPOS DE COMUNICACIONES. ESFTIS3 P
SISTEMAS DE MANDO Y CONTROL. ESFTIS5 P
ADMINISTRACIÓN Y SEGURIDAD EN REDES. ESFTIS7 P
e)

Energía y Propulsión.

Módulo Código Carácter
Cursos 1.º y 2.º Centro: ESUBO Centro: ESUBO
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
Módulo Código Carácter
--- --- ---
CURSO 2.º Centro: ESCAÑO Centro: ESCAÑO
FLUIDOS. ESFMQS3 P
Módulo Código Carácter
--- --- ---
Curso 3.º Centro: ESCAÑO Centro: ESCAÑO
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
INSTALACIONES NAVALES. ESFMQS2 P
COMUNICACIONES INTERIORES. ESFMQS6 P
MOTORES ESPECÍFICOS ARMADA. ESFMQS11 P
TURBINAS DE GAS. ESFMQS7 P
CONTROL DE PLATAFORMA. ESFMQS8 P
f)

Maniobra y Navegación.

Módulo Código Carácter
Curso 1.º Centro: ESUBO Centro: ESUBO
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
Módulo Código Carácter
--- --- ---
Cursos 2.º y 3.º Centro: ESENGRA Centro: ESENGRA
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
OPERACIONES I. ESFMNS01 P
OPERACIONES II. ESFMNS02 P
COMUNICACIONES ARMADA I. ESFMNS03 P
COMUNICACIONES ARMADA II. ESFMNS04 P
PROCEDIMIENTOS DE MANIOBRA EN LA ARMADA I. ESFMNS05 P
PROCEDIMIENTOS DE MANIOBRA EN LA ARMADA II. ESFMNS06 P
ORGANIZACIÓN DEL PUENTE Y PROCEDIMIENTOS DE NAVEGACIÓN EN LA ARMADA. ESFMNS07 P
SEGURIDAD INTERIOR Y NBQ. ESFMNS08 P
g)

Sistemas.

Módulo Código Carácter
Cursos 1.º y 2.º Centro: ESCAÑO Centro: ESCAÑO
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
Módulo Código Carácter
--- --- ---
Curso 3.º Centro: ESCAÑO Centro: ESCAÑO
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
PRINCIPIOS DE NAVEGACIÓN, CINEMÁTICA Y TIRO NAVAL. ESFSTS1 P
SISTEMAS DE DETECCIÓN SOBRE LA SUPERFICIE Y SISTEMAS DE GUERRA ELECTRÓNICA I. ESFSTS7 P
FUNDAMENTOS DE SONAR Y ACÚSTICA SUBMARINA. ESFSTS8 P
SISTEMAS DE GUERRA BAJO LA SUPERFICIE I. ESFSTS9 P
SISTEMAS DE GUERRA BAJO LA SUPERFICIE II. ESFST15 P
h)

Infantería de Marina.

Módulo Código Carácter
Curso 1. º Centro: EIMGAF Centro: EIMGAF
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
Módulo Código Carácter
--- --- ---
Curso 2.º Centro: EIMGAF Centro: EIMGAF
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
Módulo Código Carácter
--- --- ---
Curso 3.º Centro: EIMGAF Centro: EIMGAF
IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. OFAS4 T
ADMINISTRACIÓN. ESFIFM1 T
SEGURIDAD. ESFIFM8 P

Artículo 4. Distribución temporal del plan de estudios en horas por tipos de módulos y cursos.

El máximo tiempo del currículo, cuando para el ingreso no se exija la titulación de técnico superior, será de 3000 horas a desarrollar en tres cursos académicos.

En los periodos de tiempo en que las enseñanzas conducentes a la obtención del título de técnico superior sean prioritarias sobre cualquier otra actividad, se podrán dedicar, como máximo, 5 horas semanales a actividades relacionadas con la práctica de la formación física y el orden cerrado, entendido este último como la preparación de actos y ceremonias militares, que no computarán en la carga lectiva asignada a la formación militar.

La carga asociada al currículo, en horas lectivas, es la que a continuación se expresa para cada especialidad fundamental:

1. Especialidad Fundamental de Administración (ADS).

Tipo de módulos Curso 1. º Curso 2. º Curso 3. º Total
Obligatorios. 370 h. Computan 275 h (1) 6 semanas de I+A. 125 h. Computan 40 h (1) 10 semanas de I+A. 335 h. Computan 265 h (1) 6 semanas de I+A. 830 h. Solo computan 580 h (1) 22 semanas de I+A.
Específicos. 70h. – 20 h. 90 h.
Especialidad fundamental. – 240 h. 610 h. 850 h.
Profesionales. 740 h. 730 h. – 1470 h.
Total PLAEST. 1085 h + 6 semanas de I+A. 1010 h + 10 semanas de I+A. 895 H+ 6 semanas de I+A. 2990+ 22 semanas de I+A.
(1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado.

2. Especialidad Fundamental de Alojamiento y Restauración (ALS).

Tipo de módulos Curso 1. º Curso 2. º Curso 3. º Total
Obligatorios. 370 h. Computan 275 h (1) 6 semanas de I+A. 165 h. Computan 80 h (1) 10 semanas de I+A. 335 h. Computan 265 h (1) 6semanas de I+A. 870 h. Solo computan 620 h (1) 22semanas de I+A.
Específicos. 70h. – 20 h. 90 h.
Especialidad fundamental. – 130 h. 690h. 820 h.
Profesionales. 690h. 780h. – 1470 h.
Total PLAEST. 1035h + 6 semanas de I+A. 990h+ 10 semanas de I+A. 975h + 6 semanas de I+A. 3000 h + 22 semanas de I+A.
(1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado.

3. Especialidades Fundamentales de Armas (ARS) y Sistemas (OSS).

Tipo de módulos Curso 1. º Curso 2. º Curso 3. º Total
Obligatorios. 370 h. Computan 275 h (1) 6 semanas de I+A. 255 h. Computan 170 h (1) 10 semanas de I+A. 335 h. Computan 265 h (1) 6 semanas de I+A. 960 h. Solo computan 710 h (1) 22 semanas de I+A.
Específicos. 70h. – 20 h. 90 h.
Especialidad fundamental. – – 730 h. 730 h.
Profesionales. 710 h. 760 h. – 1470 h.
Total PLAEST. 1055 h + 6 semanas de I+A. 930 h + 10 semanas de I+A. 1015 h + 6 semanas de I+A. 3000 h + 22 semanas de I+A.
(1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado.

4. Especialidad Fundamental de Comunicaciones y Sistemas de Información (CSS).

Tipo de módulos Curso 1. º Curso 2. º Curso 3. º Total
Obligatorios. 370 h. Computan 275 h (1) 6 semanas de I+A. 255 h. Computan 170 h (1) 10 semanas de I+A. 335 h. Computan 265 h (1) 6semanas de I+A. 960 h. Solo computan 710 h (1) 22semanas de I+A.
Específicos. 70h. – 20 h. 90 h.
Especialidad fundamental. – – 730 h. 730 h.
Profesionales. 735 h. 735 h. – 1470 h.
Total PLAEST. 1080 h + 6 semanas de I+A. 905 h + 10 semanas de I+A. 1015 h + 6 semanas de I+A. 3000 h + 22 semanas de I+A.
(1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado.

5. Especialidad Fundamental de Energía y Propulsión (EPS).

Tipo de módulos Curso 1. º Curso 2. º Curso 3. º Total
Obligatorios. 300h. Computan 205 h (1) 6 semanas de I+A. 125 h. Computan 40 h (1) 10 semanas de I+A. 335 h. Computan 265 h (1) 6semanas de I+A. 760 h. Solo computan 510 h (1) 22 semanas de I+A.
Específicos. 70h. – 20 h. 90 h.
Especialidad fundamental. – 100 h. 800 h. 900 h.
Profesionales. 680 h. 790 h. – 1470 h.
Total PLAEST. 955 h + 6 semanas de I+A. 930h + 10 semanas de I+A. 1085h + 6 semanas de I+A. 2970 h + 22 semanas de I+A.
(1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado.

6. Especialidad Fundamental de Maniobra y Navegación (MNS).

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