Orden DEF/498/2023, de 5 de mayo, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la escala de suboficiales del Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de Marina, mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación previa
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2 actos modificadores · 2025-08-02, Orden DEF/831/2025, de 29 de julio, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de…
| Módulo | Código | Contenidos | Horas/ECTS | Centro docente | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º |
| Gestión de la documentación jurídica y empresarial. | 0647 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 95/6 | ESENGRA | |
| Recursos humanos y responsabilidad social corporativa. | 0648 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 95/6 | ||
| Ofimática y proceso de la información. | 0649 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 160/12 | ||
| Proceso integral de la actividad comercial. | 0650 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 140/11 | ||
| Comunicación y atención al cliente. | 0651 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 160/12 | ||
| Formación y orientación laboral. | 0658 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 90/5 | ||
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 90 | No computan como carga lectiva (1). | |
| Total curso 1.º | Total curso 1.º | Total curso 1.º | 830 horas. (1) Computan 740 horas en la carga lectiva. | 830 horas. (1) Computan 740 horas en la carga lectiva. | 830 horas. (1) Computan 740 horas en la carga lectiva. |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º |
| Inglés. | 0179 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 130/7 | ESENGRA | |
| Gestión de recursos humanos. | 0652 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 100/6 | ESENGRA | |
| Gestión financiera. | 0653 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 120/7 | ESENGRA | |
| Contabilidad y fiscalidad. | 0654 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 120/7 | ESENGRA | |
| Gestión logística y comercial. | 0655 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 80/6 | ESENGRA | |
| Simulación empresarial. | 0656 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 140/8 | ESENGRA | |
| Proyecto de administración y finanzas. | 0657 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 40/5 | ESENGRA | |
| Formación en centros de trabajo. | 0660 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 400/22 | ESENGRA | No computan como carga lectiva. |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/308/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración y Finanzas. | 40 | ESENGRA | No computan como carga lectiva. |
| Total curso 2.º | Total curso 2.º | Total curso 2.º | 1170 horas. Computan 730 horas en la carga lectiva. | 1170 horas. Computan 730 horas en la carga lectiva. | 1170 horas. Computan 730 horas en la carga lectiva. |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. |
Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Alojamiento y Restauración correspondientes al título de Técnico Superior de Dirección de Cocina.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas/ECTS | Centro Docente | Observaciones | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º |
| Control del aprovisionamiento de materias primas. | 0496 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 65/3 | ESENGRA | ||
| Procesos de preelaboración y conservación en cocina. | 0497 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 265/16 | ESENGRA | ||
| Procesos de elaboración culinaria. | 0499 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 265/16 | ESENGRA | ||
| Gestión de la calidad y de la seguridad e higiene alimentarias. | 0501 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 95/5 | ESENGRA | ||
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 90 | ESENGRA | No computan como carga lectiva (1). | |
| Total curso 1.º | Total curso 1.º | Total curso 1.º | 780 horas. (1) Computan 690 horas en la carga lectiva. | 780 horas. (1) Computan 690 horas en la carga lectiva. | 780 horas. (1) Computan 690 horas en la carga lectiva. | |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º |
| Elaboraciones de pastelería y repostería en cocina. | 0498 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 140/12 | ESENGRA | ||
| Gestión de la producción en cocina. | 0500 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 170/15 | ESENGRA | ||
| Gastronomía y nutrición. | 0502 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 55/3 | ESENGRA | ||
| Recursos humanos y dirección de equipos en restauración. | 0504 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 65/3 | ESENGRA | ||
| Gestión administrativa y comercial en restauración. | 0503 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 70/4 | ESENGRA | ||
| Formación y orientación laboral. | 0506 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 90/5 | ESENGRA | ||
| Empresa e iniciativa emprendedora. | 0507 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 60/4 | ESENGRA | ||
| Proyecto de dirección en servicios de restauración. | 0505 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 40/5 | ESENGRA | ||
| Formación en centros de trabajo. | 0508 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 400/22 | ESENGRA | No computan como carga lectiva (2). | |
| Inglés. | 0179 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 90/7 | ESENGRA | ||
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina. | 40 | ESENGRA | No computan como carga lectiva (1). | |
| Total curso 2.º | Total curso 2.º | Total curso 2.º | 1220 horas. Computan 780 horas en la carga lectiva. | 1220 horas. Computan 780 horas en la carga lectiva. | 1220 horas. Computan 780 horas en la carga lectiva. | |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. |
Módulos profesionales de las especialidades fundamentales de Armas y de Sistemas, correspondientes al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas/ECTS | Centro docente | Observaciones | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | |
| Circuitos electrónicos analógicos. | 1051 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 220/14 | ESCAÑO | ||
| Equipos micro programables. | 1052 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 210/14 | ESCAÑO | ||
| Técnicas y procesos de montaje y mantenimiento de equipos electrónicos. | 1058 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 190/12 | ESCAÑO | ||
| Formación y orientación laboral. | 1061 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 90/5 | ESCAÑO | ||
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 90 | ESCAÑO | No computan como carga lectiva (1). | |
| Total curso 1.º | Total curso 1.º | Total curso 1.º | 800 horas. (1) Computan 710 horas en la carga lectiva. | 800 horas. (1) Computan 710 horas en la carga lectiva. | 800 horas. (1) Computan 710 horas en la carga lectiva. | 800 horas. (1) Computan 710 horas en la carga lectiva. |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | |
| Mantenimiento de equipos de Radiocomunicaciones. | 1053 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 120/9 | ESCAÑO | ||
| Mantenimiento de equipos de voz y datos. | 1054 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 125/9 | ESCAÑO | ||
| Mantenimiento de equipos de electrónica industrial. | 1055 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 160/10 | ESCAÑO | ||
| Mantenimiento de equipos de audio. | 1056 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 95/6 | ESCAÑO | ||
| Mantenimiento de equipos de vídeo. | 1057 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 100/6 | ESCAÑO | ||
| Infraestructuras y desarrollo del mantenimiento electrónico. | 1059 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 60/4 | ESCAÑO | ||
| Empresa e iniciativa emprendedora. | 1062 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 60/4 | ESCAÑO | ||
| Proyecto de mantenimiento electrónico. | 1060 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 40/5 | ESCAÑO | ||
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 40 | ESCAÑO | No computan como carga lectiva (1). | |
| Formación en centros de trabajo. | 1063 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico. | 400/22 | ESCAÑO | No computan como carga lectiva (2). | |
| Total curso 2.º | Total curso 2.º | Total curso 2.º | 1200 horas. Computan 760 horas en la carga lectiva. | 1200 horas. Computan 760 horas en la carga lectiva. | 1200 horas. Computan 760 horas en la carga lectiva. | 1200 horas. Computan 760 horas en la carga lectiva. |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. |
Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Comunicaciones y Sistemas de Información correspondientes al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas/ECTS | Centro docente | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º |
| Configuración de infraestructuras de sistemas de telecomunicaciones. | 0525 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 125/8 | ESCAÑO | |
| Elementos de sistemas de telecomunicaciones. | 0551 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 130/8 | ESCAÑO | |
| Sistemas informáticos y redes locales. | 0552 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 155/11 | ESCAÑO | |
| Técnicas y procesos en infraestructuras de telecomunicaciones. | 0553 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 135/8 | ESCAÑO | |
| Gestión de proyectos de instalaciones de telecomunicaciones. | 0601 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 100/6 | ESCAÑO | |
| Formación y orientación laboral. | 0559 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 90/5 | ESCAÑO | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 90 | ESCAÑO | No computan como carga lectiva (1). |
| Total curso 1.º | Total curso 1.º | Total curso 1.º | 825 horas. Computan 735 horas en la carga lectiva. | 825 horas. Computan 735 horas en la carga lectiva. | 825 horas. Computan 735 horas en la carga lectiva. |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º |
| Empresa e iniciativa emprendedora. | 0560 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 60 | ESCAÑO | |
| Sistemas de producción audiovisual. | 0554 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 145/10 | ESCAÑO | |
| Redes telemáticas. | 0555 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 130/9 | ESCAÑO | |
| Sistemas de radiocomunicaciones. | 0556 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 130/9 | ESCAÑO | |
| Sistemas integrados y hogar digital. | 0557 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 95/7 | ESCAÑO | |
| Proyecto de sistemas de telecomunicaciones e informáticos. | 0558 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 40/5 | ESCAÑO | |
| Sistemas de telefonía fija y móvil. | 0713 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 135/8 | ESCAÑO | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 40 | ESCAÑO | No computan como carga lectiva (1). |
| Formación en centros de trabajo. | 0561 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos. | 400 | ESCAÑO | No computan como carga lectiva (2). |
| Total curso 2.º | Total curso 2.º | Total curso 2.º | 1175 horas. Computan 735 horas en la carga lectiva. | 1175 horas. Computan 735 horas en la carga lectiva. | 1175 horas. Computan 735 horas en la carga lectiva. |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. |
Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Energía y Propulsión correspondientes al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas/ECTS | Centro docente | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º |
| Formación y orientación laboral. | 1316 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 90/5 | ESCAÑO | |
| Organización del mantenimiento de planta propulsora y maquinaria auxiliar de buques. | 1308 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 200/14 | ESCAÑO | |
| Organización del mantenimiento en seco de buques y embarcaciones y montaje de motores térmicos. | 1309 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 200/12 | ESCAÑO | |
| Control de las emergencias. | 0800 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 120/10 | ESCAÑO | |
| Organización de la asistencia sanitaria a bordo. | 0802 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 70/5 | ESCAÑO | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 90 | ESCAÑO | No computan como carga lectiva (1) |
| Total curso 1.º | Total curso 1.º | Total curso 1.º | 770 horas Computan 680 horas en la carga lectiva. | 770 horas Computan 680 horas en la carga lectiva. | 770 horas Computan 680 horas en la carga lectiva. |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º |
| Inglés. | 0179 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 130/7 | ESCAÑO | |
| Programación y mantenimiento de automatismos hidráulicos y neumáticos en buques y embarcaciones. | 1310 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 150/9 | ESCAÑO | |
| Empresa e iniciativa emprendedora. | 1317 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 60/4 | ESCAÑO | |
| Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones y sistemas eléctricos de buques y embarcaciones. | 1311 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 140/10 | ESCAÑO | |
| Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones frigoríficas y sistemas de climatización de buques y embarcaciones. | 1312 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 150/9 | ESCAÑO | |
| Planificación del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones. | 1313 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 60/4 | ESCAÑO | |
| Organización de la guardia de máquinas. | 1314 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 60/4 | ESCAÑO | |
| Proyecto de organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones. | 1315 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 40/5 | ESCAÑO | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 40 | ESCAÑO | No computan como carga lectiva (1) |
| Formación en centros de trabajo. | 1318 | Los establecidos, para cada uno de los módulos en la Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones. | 400/22 | ESCAÑO | No computan como carga lectiva (2) |
| Total curso 2.º | Total curso 2.º | Total curso 2.º | 230 horas. Computan 790 horas en la carga lectiva. | 230 horas. Computan 790 horas en la carga lectiva. | 230 horas. Computan 790 horas en la carga lectiva. |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. |
Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Maniobra y Navegación correspondientes al título de Título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas/ECTS | Centro docente | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º |
| Formación y orientación laboral. | 0806 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 90/5 | ESENGRA | |
| Empresa e iniciativa emprendedora. | 0807 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 60/4 | ESENGRA | |
| Maniobra y Estiba. | 0798 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 225/13 | ESENGRA | |
| Navegación, gobierno y comunicaciones del buque. | 0799 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 225/14 | ESENGRA | |
| Control de las emergencias. | 0800 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 140/10 | ESENGRA | |
| Organización de la asistencia sanitaria a bordo. | 0802 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 70/5 | ESENGRA | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 90 | ESENGRA | No computan como carga lectiva (1) |
| Total curso 1.º | Total curso 1.º | Total curso 1.º | 900 horas. (1) Computan 810 horas en la carga lectiva. | 900 horas. (1) Computan 810 horas en la carga lectiva. | 900 horas. (1) Computan 810 horas en la carga lectiva. |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º |
| Inglés. | 0179 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 130/7 | ESENGRA | |
| Administración y gestión del buque y de la actividad pesquera. | 0803 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 150/11 | ESENGRA | |
| Guardia de Puente. | 0804 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 180/12 | ESENGRA | |
| Pesca de altura y gran altura. | 0805 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 160/12 | ESENGRA | |
| Proyecto de implementación de una ruta de transporte marítimo. | 0808 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 40/5 | ESENGRA | |
| Formación en Centros de Trabajo. | 0809 | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 400/22 | ESENGRA | No computan como carga lectiva (2) |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura. | 40 | ESENGRA | No computan como carga lectiva (1) |
| Total curso 2.º | Total curso 2.º | Total curso 2.º | 1100 horas. Computan 660 horas en la carga lectiva. | 1100 horas. Computan 660 horas en la carga lectiva. | 1100 horas. Computan 660 horas en la carga lectiva. |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. |
Módulos profesionales de la especialidad fundamental de Infantería de Marina correspondientes al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección.
| Módulo | Código | Contenidos | Horas/ECTS | Centro docente | Observaciones | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º | Curso 1.º |
| Recursos humanos y responsabilidad social corporativa. | 0648 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 95/6 | EIMGAF | ||
| Ofimática y proceso de la información. | 0649 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 160/12 | EIMGAF | ||
| Proceso integral de la actividad comercial. | 0650 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 140/11 | EIMGAF | ||
| Comunicación y atención al cliente. | 0651 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 160/12 | EIMGAF | ||
| Formación y orientación laboral. | 0665 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 90/5 | EIMGAF | ||
| 2.ª lengua extranjera francés | 0180 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 130/7 | EIMGAF | ||
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 90 | EIMGAF | No computan como carga lectiva (1) | |
| Total curso 1.º | Total curso 1.º | Total curso 1.º | 865 horas. (1) Computan 775 horas en la carga lectiva. | 865 horas. (1) Computan 775 horas en la carga lectiva. | 865 horas. (1) Computan 775 horas en la carga lectiva. | |
| Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º | Curso 2.º |
| Gestión de la documentación jurídica y empresarial. | 0647 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 95/6 | EIMGAF | ||
| Protocolo empresarial. | 0661 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 140/9 | EIMGAF | ||
| Organización de eventos empresariales. | 0662. | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 170/11 | EIMGAF | ||
| Gestión avanzada de la información. | 0663 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 120/7 | EIMGAF | ||
| Proyecto de asistencia a la dirección. | 0664 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 40/5 | EIMGAF | ||
| Inglés | 0179 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 130/7 | EIMGAF | ||
| Formación en centros de trabajo. | 0667 | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 400/22 | EIMGAF | No computan como carga lectiva (2) | |
| Horario reservado para el módulo impartido en inglés. | S/C | Los establecidos, para cada uno de los módulos, en la Orden ECD/318/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección. | 40 | EIMGAF | No computan como carga lectiva (1) | |
| Total curso 2.º | Total curso 2.º | Total curso 2.º | 1135 horas. Computan 695 horas en la carga lectiva. | 1135 horas. Computan 695 horas en la carga lectiva. | 1135 horas. Computan 695 horas en la carga lectiva. | |
| Total. | Total. | Total. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | 2000 horas. Computan 1470 horas en la carga lectiva. | |
| (1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés. (2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013. «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. | (1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés. (2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013. «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. | (1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés. (2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013. «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. | (1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés. (2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013. «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. | (1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés. (2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013. «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. | (1) Se impartirá Lengua Inglesa, según lo establecido en el artículo 5 de la Orden ECD/610/2013, de 9 de abril. De acuerdo con el artículo 5.2 de la citada orden, «La evaluación de esta formación tendrá valor para las enseñanzas militares», por lo que se imparte dentro del módulo OFAS 4 Idioma Extranjero Inglés. (2) Conforme al artículo 4.6 de la Orden ECD/610/2013. «El módulo de Formación en centros de trabajo se podrá realizar en las unidades, buques, centros y organismos del Ministerio de Defensa», se imparte dentro del módulo obligatorio de Instrucción y Adiestramiento, computándose la carga lectiva en el mismo. Se programarán treinta días en dedicación exclusiva a este módulo. |
Artículo 3. Módulos susceptibles de ser impartidos a distancia, por razón de embarazo, parto o posparto u otros motivos justificados.
A continuación se relacionan aquellos módulos susceptibles de ser impartidos en la modalidad «a distancia», con indicación del carácter total «T» o parcial «P», por razón de embarazo, parto, posparto u otros motivos justificados que no los puedan desarrollar de manera presencial.
1. Módulos formativos obligatorios (OFAS) y específicos (EAR) comunes a todas las especialidades.
| Módulo | Código | Carácter |
|---|---|---|
| Curso 1.º | Centro: ESUBO | Centro: ESUBO |
| FORMACIÓN MILITAR GENERAL. | OFAS1 | P |
| FORMACIÓN SANITARIA. | OFAS2 | P |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| INSTRUCCIÓN Y ADIESTRAMIENTO. | OFAS5 | P |
| CIENCIAS NAVALES. | EAR1 | P |
| Módulo | Código | Carácter |
| --- | --- | --- |
| Curso 3.º | Centro: ESUBO | Centro: ESUBO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | P |
| LOGÍSTICA. | EAR2 | P |
| INFORMÁTICA. | EAR3 | T |
2. Módulos formativos obligatorios y de especialidad fundamental.
Administración.
| Módulo | Código | Carácter |
|---|---|---|
| Curso 1.º | Centro: ESUBO | Centro: ESUBO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| Módulo | Código | Carácter |
| --- | --- | --- |
| Cursos 2.º y 3.º | Centro: ESENGRA | Centro: ESENGRA |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| TEORÍA Y PRÁCTICA ADMINISTRATIVA I. | ESFADS01 | P |
| APROVISIONAMIENTO I. | ESFADS02 | P |
| GESTIÓN ECONÓMICA. | ESFADS03 | P |
| TÉCNICA DE EXPRESIÓN ESCRITA. | ESFADS04 | T |
| TEORÍA Y PRÁCTICA ADMINISTRATIVA II. | ESFADS05 | P |
| APROVISIONAMIENTO II. | ESFADS06 | P |
| GESTIÓN ECONÓMICA II. | ESFADS07 | P |
| CONTRATACIÓN. | ESFADS08 | T |
Alojamiento y Restauración.
| Módulo | Código | Carácter |
|---|---|---|
| Curso 1.º | Centro: ESUBO | Centro: ESUBO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| Módulo | Código | Carácter |
| --- | --- | --- |
| Cursos 2.º y 3.º | Centro: ESENGRA | Centro: ESENGRA |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| PROCESOS DE SERVICIOS EN BAR-CAFETERÍA I. | ESFALS01 | P |
| PROCESOS DE SERVICIOS EN RESTAURANTE I. | ESFALS02 | P |
| HABITABILIDAD. | ESFALS03 | T |
| PROCESOS DE SERVICIOS EN BAR-CAFETERÍA II. | ESFALS04 | P |
| PROCESOS DE SERVICIOS EN RESTAURANTE II. | ESFALS05 | P |
| PLANIFICACIÓN Y DIRECCIÓN DE EVENTOS EN RESTAURACIÓN. | ESFALS06 | P |
| GESTIÓN DE VÍVERES A BORDO I. | ESFALS07 | P |
| PANADERÍA. | ESFALS08 | P |
| GESTIÓN DE VÍVERES A BORDO II. | ESFALS09 | P |
Armas.
| Módulo | Código | Carácter |
|---|---|---|
| Cursos 1.º y 2.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| Módulo | Código | Carácter |
| --- | --- | --- |
| Curso 3.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| ORGANIZACIÓN DEL DESTINO. | ESFAMS1 | P |
| FUNDAMENTOS BÁSICOS. | ESFAMS2 | P |
Comunicaciones y Sistemas de Información.
| Módulo | Código | Carácter |
|---|---|---|
| Cursos 1.º y 2.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| Módulo | Código | Carácter |
| --- | --- | --- |
| Curso 3.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| GUERRA ELECTRÓNICA. | ESFTIS1 | P |
| ORG. Y PROCEDIMIENTOS DE COMUNICACIONES. | ESFTIS2 | P |
| SISTEMAS DE COMUNICACIONES. | ESFTIS4 | P |
| ESTRUCTURA Y TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN. | ESFTIS6 | T |
| EQUIPOS DE COMUNICACIONES. | ESFTIS3 | P |
| SISTEMAS DE MANDO Y CONTROL. | ESFTIS5 | P |
| ADMINISTRACIÓN Y SEGURIDAD EN REDES. | ESFTIS7 | P |
Energía y Propulsión.
| Módulo | Código | Carácter |
|---|---|---|
| Cursos 1.º y 2.º | Centro: ESUBO | Centro: ESUBO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| Módulo | Código | Carácter |
| --- | --- | --- |
| CURSO 2.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| FLUIDOS. | ESFMQS3 | P |
| Módulo | Código | Carácter |
| --- | --- | --- |
| Curso 3.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| INSTALACIONES NAVALES. | ESFMQS2 | P |
| COMUNICACIONES INTERIORES. | ESFMQS6 | P |
| MOTORES ESPECÍFICOS ARMADA. | ESFMQS11 | P |
| TURBINAS DE GAS. | ESFMQS7 | P |
| CONTROL DE PLATAFORMA. | ESFMQS8 | P |
Maniobra y Navegación.
| Módulo | Código | Carácter |
|---|---|---|
| Curso 1.º | Centro: ESUBO | Centro: ESUBO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| Módulo | Código | Carácter |
| --- | --- | --- |
| Cursos 2.º y 3.º | Centro: ESENGRA | Centro: ESENGRA |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| OPERACIONES I. | ESFMNS01 | P |
| OPERACIONES II. | ESFMNS02 | P |
| COMUNICACIONES ARMADA I. | ESFMNS03 | P |
| COMUNICACIONES ARMADA II. | ESFMNS04 | P |
| PROCEDIMIENTOS DE MANIOBRA EN LA ARMADA I. | ESFMNS05 | P |
| PROCEDIMIENTOS DE MANIOBRA EN LA ARMADA II. | ESFMNS06 | P |
| ORGANIZACIÓN DEL PUENTE Y PROCEDIMIENTOS DE NAVEGACIÓN EN LA ARMADA. | ESFMNS07 | P |
| SEGURIDAD INTERIOR Y NBQ. | ESFMNS08 | P |
Sistemas.
| Módulo | Código | Carácter |
|---|---|---|
| Cursos 1.º y 2.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| Módulo | Código | Carácter |
| --- | --- | --- |
| Curso 3.º | Centro: ESCAÑO | Centro: ESCAÑO |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| PRINCIPIOS DE NAVEGACIÓN, CINEMÁTICA Y TIRO NAVAL. | ESFSTS1 | P |
| SISTEMAS DE DETECCIÓN SOBRE LA SUPERFICIE Y SISTEMAS DE GUERRA ELECTRÓNICA I. | ESFSTS7 | P |
| FUNDAMENTOS DE SONAR Y ACÚSTICA SUBMARINA. | ESFSTS8 | P |
| SISTEMAS DE GUERRA BAJO LA SUPERFICIE I. | ESFSTS9 | P |
| SISTEMAS DE GUERRA BAJO LA SUPERFICIE II. | ESFST15 | P |
Infantería de Marina.
| Módulo | Código | Carácter |
|---|---|---|
| Curso 1. º | Centro: EIMGAF | Centro: EIMGAF |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| Módulo | Código | Carácter |
| --- | --- | --- |
| Curso 2.º | Centro: EIMGAF | Centro: EIMGAF |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| Módulo | Código | Carácter |
| --- | --- | --- |
| Curso 3.º | Centro: EIMGAF | Centro: EIMGAF |
| IDIOMA EXTRANJERO INGLÉS. | OFAS4 | T |
| ADMINISTRACIÓN. | ESFIFM1 | T |
| SEGURIDAD. | ESFIFM8 | P |
Artículo 4. Distribución temporal del plan de estudios en horas por tipos de módulos y cursos.
El máximo tiempo del currículo, cuando para el ingreso no se exija la titulación de técnico superior, será de 3000 horas a desarrollar en tres cursos académicos.
En los periodos de tiempo en que las enseñanzas conducentes a la obtención del título de técnico superior sean prioritarias sobre cualquier otra actividad, se podrán dedicar, como máximo, 5 horas semanales a actividades relacionadas con la práctica de la formación física y el orden cerrado, entendido este último como la preparación de actos y ceremonias militares, que no computarán en la carga lectiva asignada a la formación militar.
La carga asociada al currículo, en horas lectivas, es la que a continuación se expresa para cada especialidad fundamental:
1. Especialidad Fundamental de Administración (ADS).
| Tipo de módulos | Curso 1. º | Curso 2. º | Curso 3. º | Total |
|---|---|---|---|---|
| Obligatorios. | 370 h. Computan 275 h (1) 6 semanas de I+A. | 125 h. Computan 40 h (1) 10 semanas de I+A. | 335 h. Computan 265 h (1) 6 semanas de I+A. | 830 h. Solo computan 580 h (1) 22 semanas de I+A. |
| Específicos. | 70h. | – | 20 h. | 90 h. |
| Especialidad fundamental. | – | 240 h. | 610 h. | 850 h. |
| Profesionales. | 740 h. | 730 h. | – | 1470 h. |
| Total PLAEST. | 1085 h + 6 semanas de I+A. | 1010 h + 10 semanas de I+A. | 895 H+ 6 semanas de I+A. | 2990+ 22 semanas de I+A. |
| (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. |
2. Especialidad Fundamental de Alojamiento y Restauración (ALS).
| Tipo de módulos | Curso 1. º | Curso 2. º | Curso 3. º | Total |
|---|---|---|---|---|
| Obligatorios. | 370 h. Computan 275 h (1) 6 semanas de I+A. | 165 h. Computan 80 h (1) 10 semanas de I+A. | 335 h. Computan 265 h (1) 6semanas de I+A. | 870 h. Solo computan 620 h (1) 22semanas de I+A. |
| Específicos. | 70h. | – | 20 h. | 90 h. |
| Especialidad fundamental. | – | 130 h. | 690h. | 820 h. |
| Profesionales. | 690h. | 780h. | – | 1470 h. |
| Total PLAEST. | 1035h + 6 semanas de I+A. | 990h+ 10 semanas de I+A. | 975h + 6 semanas de I+A. | 3000 h + 22 semanas de I+A. |
| (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. |
3. Especialidades Fundamentales de Armas (ARS) y Sistemas (OSS).
| Tipo de módulos | Curso 1. º | Curso 2. º | Curso 3. º | Total |
|---|---|---|---|---|
| Obligatorios. | 370 h. Computan 275 h (1) 6 semanas de I+A. | 255 h. Computan 170 h (1) 10 semanas de I+A. | 335 h. Computan 265 h (1) 6 semanas de I+A. | 960 h. Solo computan 710 h (1) 22 semanas de I+A. |
| Específicos. | 70h. | – | 20 h. | 90 h. |
| Especialidad fundamental. | – | – | 730 h. | 730 h. |
| Profesionales. | 710 h. | 760 h. | – | 1470 h. |
| Total PLAEST. | 1055 h + 6 semanas de I+A. | 930 h + 10 semanas de I+A. | 1015 h + 6 semanas de I+A. | 3000 h + 22 semanas de I+A. |
| (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. |
4. Especialidad Fundamental de Comunicaciones y Sistemas de Información (CSS).
| Tipo de módulos | Curso 1. º | Curso 2. º | Curso 3. º | Total |
|---|---|---|---|---|
| Obligatorios. | 370 h. Computan 275 h (1) 6 semanas de I+A. | 255 h. Computan 170 h (1) 10 semanas de I+A. | 335 h. Computan 265 h (1) 6semanas de I+A. | 960 h. Solo computan 710 h (1) 22semanas de I+A. |
| Específicos. | 70h. | – | 20 h. | 90 h. |
| Especialidad fundamental. | – | – | 730 h. | 730 h. |
| Profesionales. | 735 h. | 735 h. | – | 1470 h. |
| Total PLAEST. | 1080 h + 6 semanas de I+A. | 905 h + 10 semanas de I+A. | 1015 h + 6 semanas de I+A. | 3000 h + 22 semanas de I+A. |
| (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. |
5. Especialidad Fundamental de Energía y Propulsión (EPS).
| Tipo de módulos | Curso 1. º | Curso 2. º | Curso 3. º | Total |
|---|---|---|---|---|
| Obligatorios. | 300h. Computan 205 h (1) 6 semanas de I+A. | 125 h. Computan 40 h (1) 10 semanas de I+A. | 335 h. Computan 265 h (1) 6semanas de I+A. | 760 h. Solo computan 510 h (1) 22 semanas de I+A. |
| Específicos. | 70h. | – | 20 h. | 90 h. |
| Especialidad fundamental. | – | 100 h. | 800 h. | 900 h. |
| Profesionales. | 680 h. | 790 h. | – | 1470 h. |
| Total PLAEST. | 955 h + 6 semanas de I+A. | 930h + 10 semanas de I+A. | 1085h + 6 semanas de I+A. | 2970 h + 22 semanas de I+A. |
| (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. | (1) Conforme artículo 13.a de la Orden DEF/1626/15, de 29 de julio, modificado por la disposición final primera de la Orden DEF/368/17, de 4 abril. La duración mínima del módulo de Formación Física y Orden Cerrado será de 350 horas, de las cuales 250 horas no computarán en la carga lectiva de la formación militar y estarán dedicadas a la práctica y mejora de la condición física, así como a actividades relacionadas con el orden cerrado. |
6. Especialidad Fundamental de Maniobra y Navegación (MNS).
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