Real Decreto 546/2023, de 27 de junio, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas; Agraria; Artes y Artesanía; Comercio y Marketing; Edificación y Obra Civil; Electricidad y Electrónica; Energía y Agua; Fabricación Mecánica; Hostelería y Turismo; Informática y Comunicaciones; Instalación y Mantenimiento; Química; Seguridad y Medioambiente; y Transporte y Mantenimiento de Vehículos, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se suprimen determinadas cualificaciones profesionales establecidas por determinados reales decretos

Rango Real Decreto
Publicación 2023-07-28
Última actualización 2024-11-13
Estado Vigente texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Educación y Formación Profesional
Fuente BOE
PDF Descargar
artículos 5

Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

3 actos modificadores · 2024-11-13, Real Decreto 1021/2024, de 8 de octubre, por el que se actualizan determinadas cualificac…

Historial de reformas JSON API

La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional pretende una transformación global del Sistema de Formación Profesional, a través de un sistema único e integrado de formación profesional, con la finalidad de regular un régimen de formación y acompañamiento profesionales que, sirviendo al fortalecimiento, la competitividad y la sostenibilidad de la economía española, sea capaz de responder con flexibilidad a los intereses, las expectativas y las aspiraciones de cualificación profesional de las personas a lo largo de su vida y a las competencias demandadas por las nuevas necesidades productivas y sectoriales tanto para el aumento de la productividad como para la generación de empleo.

El artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, establece que el Sistema de Formación Profesional está compuesto por el conjunto articulado de actuaciones dirigidas a identificar las competencias profesionales del mercado laboral, asegurar las ofertas de formación idóneas, posibilitar la adquisición de la correspondiente formación o, en su caso, el reconocimiento de las competencias profesionales, y poner a disposición de las personas un servicio de orientación y acompañamiento profesional que permita el diseño de itinerarios formativos individuales y colectivos. La función del Sistema de Formación Profesional es el desarrollo personal y profesional de la persona, la mejora continuada de su cualificación a lo largo de toda la vida y la garantía de la satisfacción de las necesidades formativas del sistema productivo y del empleo.

Esta ley crea, por modificación del actual Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, un Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales, que es el instrumento del Sistema de Formación Profesional que ordena los estándares de competencias profesionales identificados en el sistema productivo, en función de las competencias apropiadas y el estándar de calidad requerido para el ejercicio profesional, susceptibles de reconocimiento y acreditación. Dispone que el estándar de competencia (equivalente a la unidad de competencia contenida en las hasta ahora cualificaciones profesionales) será la unidad o elemento de referencia para diseñar, desarrollar y actualizar ofertas de formación profesional. El contenido del catálogo se organizará en estándares de competencia, por niveles y familias profesionales con sus respectivos indicadores de calidad en el desempeño.

Asimismo, existirá un Catálogo Modular de Formación Profesional, que ordenará los módulos profesionales de formación profesional asociados a cada uno de los estándares de competencias profesionales. Determinará los módulos profesionales vinculados a cada uno de los estándares de competencias profesionales y operará como referencia obligada para el diseño de las ofertas del Catálogo Nacional de Ofertas de Formación Profesional.

No obstante, la disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, señala que hasta que se proceda al desarrollo reglamentario de lo previsto en la citada ley, mantendrá su vigencia la ordenación del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y del Catálogo Modular de Formación Profesional, recogida en el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Por tanto, la regulación de las cualificaciones profesionales que constan en la presente norma se realiza todavía en aplicación del marco normativo vigente con anterioridad a la nueva Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo.

El Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo, por el que se crea el Instituto Nacional de las Cualificaciones establece en su artículo 1 que será este instituto el responsable de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y el correspondiente Catálogo Modular de Formación Profesional, en su calidad de órgano técnico de apoyo del Consejo General de Formación Profesional. Por su parte, el artículo 9.4 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, señala que ambos catálogos se mantendrán permanentemente actualizados mediante su revisión periódica que, en todo caso, deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco años a partir de la fecha de inclusión de la cualificación en el catálogo.

Por su parte, el Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales, en su artículo 3, bajo el epígrafe «Exclusiones», recoge las modificaciones de cualificaciones y unidades de competencia que no tendrán la consideración de modificación de aspectos puntuales, cuya aprobación se llevará a cabo por el Gobierno, previa consulta al Consejo General de Formación Profesional.

El presente real decreto establece determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Actividades Físicas y Deportivas, Agraria, Artes y Artesanía, Comercio y Marketing, Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, Energía y Agua, Fabricación Mecánica, Hostelería y Turismo, Informática y Comunicaciones, Instalación y Mantenimiento, Química, Seguridad y Medioambiente y Transporte y Mantenimiento de Vehículos. Asimismo, se suprimen determinadas cualificaciones profesionales establecidas por reales decretos y recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Las cualificaciones profesionales que se establecen y las cualificaciones que se suprimen son las que aparecen relacionadas en el artículo 2 del presente real decreto. Finalmente, se establece la correspondencia y los requisitos adicionales, en su caso, entre unidades de competencia suprimidas como consecuencia del presente real decreto y sus equivalentes actuales en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

La creación o supresión de determinadas cualificaciones profesionales conlleva la desaparición de algunas unidades de competencia. Toda vez que el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, define en su artículo 5 la unidad de competencia como «el agregado mínimo de competencias profesionales, susceptible de reconocimiento y acreditación parcial», resulta oportuno y necesario establecer la correspondencia y los requisitos adicionales, en su caso, entre aquellas suprimidas y sus equivalentes actuales en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y a la inversa, con el fin de garantizar su validez en el marco del Sistema Nacional de las Cualificaciones.

Con base en lo establecido en la disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, y según el artículo 9.1 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, el Gobierno, previa consulta al Consejo General de Formación Profesional, determinará la estructura y el contenido del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y aprobará las que proceda incluir en el mismo, ordenadas por niveles de cualificación, teniendo en cuenta en todo caso los criterios de la Unión Europea. Igualmente se garantizará la actualización permanente del catálogo, previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, de forma que atienda en todo momento los requerimientos del sistema productivo.

Este real decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue, en primer lugar, un interés general al facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y el mercado laboral (principio de necesidad); en segundo lugar, resulta el instrumento más adecuado porque permite responder con flexibilidad a los intereses, las expectativas y las aspiraciones de cualificación profesional de las personas a lo largo de su vida (principio de eficacia); en tercer lugar, la norma contiene la regulación imprescindible para la consecución de los objetivos anteriormente mencionados, a la vez que no supone restricción alguna de derechos ni implica regulación profesional (principio de proporcionalidad). Del mismo modo, se ajusta al principio de eficiencia, ya que la norma viene fundamentada en la no imposición de cargas administrativas innecesarias o accesorias. Este real decreto se adecua al principio de seguridad jurídica, en la medida en que viene a completar el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, repertorio conocido y reconocido por la comunidad educativa y los sectores productivos y de prestación de servicios españoles. Finalmente, el principio de transparencia se garantiza mediante los trámites de consulta y audiencia públicas, a través de la página web del Ministerio de Educación y Formación Profesional para la participación de la sociedad y las empresas. En este sentido, se ofrece a la ciudadanía una acceso sencillo, universal y actualizado a la norma en vigor.

En la elaboración de las cualificaciones profesionales que se anexan a la presente norma se ha contado con la participación y colaboración de los interlocutores sociales y económicos vinculados a los sectores implicados, así como con las comunidades autónomas y demás administraciones públicas competentes, a través del Consejo General de Formación Profesional, en las fases de solicitud de expertos para la configuración del grupo de trabajo de cualificaciones, contraste externo, y en la emisión del informe positivo que de las mismas es realizado por el propio Consejo General de Formación Profesional, necesario y previo a su tramitación como real decreto.

Este real decreto se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, sobre regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Formación Profesional, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de junio de 2023,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

1. Este real decreto tiene por objeto establecer determinadas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y la supresión de seis cualificaciones profesionales, en los términos que establecen los artículos del 2 al 5.

2. Las cualificaciones que se establecen en este real decreto tienen validez y son de aplicación en todo el territorio nacional. Asimismo, no constituyen una regulación de profesión regulada alguna.

Artículo 2. Cualificaciones profesionales que se establecen y suprimen.

1. Las cualificaciones profesionales que se establecen en este real decreto corresponden a distintas familias profesionales y son las que a continuación se relacionan, cuyas especificaciones se describen en los anexos que se indican:

a)

Familia Profesional Actividades Físicas y Deportivas:

1.ª Iniciación deportiva al bádminton. Nivel 2. AFD804_2. Anexo I.

2.ª Instrucción en el método pilates. Nivel 3. AFD805_3. Anexo II.

b)

Familia Profesional Agraria:

Producción de insectos convencional y/o ecológica. Nivel 2. AGA806_2. Anexo III.

c)

Familia Profesional Artes y Artesanía:

Tasación de alhajas y gemas. Nivel 3. ART807_3. Anexo IV.

d)

Familia Profesional Comercio y Marketing:

Servicios de consignación de buques. Nivel 3. COM808_3. Anexo V.

e)

Familia Profesional Edificación y Obra Civil:

1.ª Operaciones de montaje y mantenimiento de vías en infraestructuras ferroviarias. Nivel 2. EOC809_2. Anexo VI.

2.ª Operaciones con maquinaria para cimentaciones especiales y perforación en construcción. Nivel 2. EOC810_2. Anexo VII.

f)

Familia Profesional Electricidad y Electrónica:

1.ª Desarrollo de equipos y sistemas electrónicos. Nivel 3. ELE811_3. Anexo VIII.

2.ª Implantación y mantenimiento de sistemas domóticos, inmóticos y de control de accesos, presencia y videovigilancia. Nivel 3. ELE812_3. Anexo IX.

3.ª Desarrollo de proyectos y gestión de sistemas de robótica colaborativa. Nivel 3. ELE813_3. Anexo X.

g)

Familia Profesional Energía y Agua:

1.ª Operación y mantenimiento de centrales eléctricas. Nivel 2. ENA814_2. Anexo XI.

2.ª Gestión de la operación en centrales solares termoeléctricas. Nivel 3. ENA815_3. Anexo XII.

3.ª Montaje y mantenimiento de instalaciones eólicas. Nivel 2. ENA816_2. Anexo XIII.

h)

Familia Profesional Fabricación Mecánica:

Fabricación de centrales y mazos eléctricos aeronáuticos. Nivel 2. FME817_2. Anexo XIV.

i)

Familia Profesional Hostelería y Turismo:

Corte y cata de jamón y paleta curados. Nivel 2. HOT818_2. Anexo XV.

j)

Familia Profesional Informática y Comunicaciones:

1.ª Programación de la interacción en entornos 2D y 3D: realidad virtual, aumentada y videojuegos. Nivel 3. IFC819_3. Anexo XVI.

2.ª Administración de recursos y servicios en la nube. Nivel 3. IFC820_3. Anexo XVII.

3.ª Operaciones auxiliares con tecnologías digitales. Nivel 1. IFC821_1. Anexo XVIII.

4.ª Despliegue de productos software en contenedores. Nivel 3. IFC822_3. Anexo XIX.

5.ª Operaciones con tecnologías habilitadoras digitales. Nivel 2. IFC823_2. Anexo XX.

k)

Familia Profesional Instalación y Mantenimiento:

1.ª Desarrollo de proyectos de instalaciones térmicas. Nivel 3. IMA824_3. Anexo XXI.

2.ª Supervisión del montaje y mantenimiento de instalaciones térmicas. Nivel 3. IMA825_3. Anexo XXII.

l)

Familia Profesional Química:

Pirotecnia. Nivel 2. QUI826_2. Anexo XXIII.

m)

Familia Profesional Seguridad y Medio Ambiente:

Instrucción en defensa personal. Nivel 3. SEA827_3. Anexo XXIV.

n)

Familia Profesional Transporte y Mantenimiento de Vehículos:

Mantenimiento de ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuadriciclos. Nivel 2. TMV829_2. Anexo XXV.

2. Las cualificaciones profesionales que se suprimen incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales son:

a)

Familia Profesional Informática y Comunicaciones:

Implantación y gestión de elementos informáticos en sistemas domóticos-inmóticos, de control de accesos y presencia, y de videovigilancia. Nivel 3. IFC365_3, establecida por el Real Decreto 1701/2007, de 14 de diciembre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de seis cualificaciones profesionales correspondientes a la familia profesional informática y comunicaciones.

b)

Familia Profesional Instalación y Mantenimiento:

1.ª Desarrollo de proyectos de instalaciones caloríficas. Nivel 3. IMA370_3, establecida por el Real Decreto 182/2008, de 8 de febrero, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de doce cualificaciones profesionales de la familia profesional instalación y mantenimiento.

2.ª Desarrollo de proyectos de instalaciones de climatización y ventilación-extracción. Nivel 3. IMA371_3, establecida por el Real Decreto 182/2008, de 8 de febrero.

3.ª Planificación, gestión y realización del mantenimiento y supervisión del montaje de instalaciones caloríficas. Nivel 3. IMA374_3, establecida por el Real Decreto 182/2008, de 8 de febrero.

4.ª Planificación, gestión y realización del mantenimiento y supervisión del montaje de instalaciones de climatización y ventilación-extracción. Nivel 3. IMA375_3, establecida por el Real Decreto 182/2008, de 8 de febrero.

c)

Familia Profesional Electricidad y Electrónica:

Montaje y mantenimiento de sistemas domóticos e inmóticos. Nivel 2. ELE550_2, establecida por el Real Decreto 559/2011, de 20 de abril, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de tres cualificaciones profesionales de la familia profesional electricidad y electrónica.

Artículo 3. Supresión de una cualificación profesional de la familia profesional Informática y Comunicaciones, establecida por el Real Decreto 1701/2007, de 14 de diciembre.

Se procede a la supresión de la cualificación profesional cuyas especificaciones están contenidas en el anexo CCCLXV del citado real decreto.

1. En el artículo 2 se suprime la cualificación profesional «Implantación y gestión de elementos informáticos en sistemas domóticos/inmóticos, de control de accesos y presencia, y de videovigilancia». Nivel 3. Anexo CCCLXV.

2. Se suprime el anexo CCCLXV, relativo a la cualificación profesional «Implantación y gestión de elementos informáticos en sistemas domóticos/inmóticos, de control de accesos y presencia, y de videovigilancia». Nivel 3. IFC365_3.

Artículo 4. Supresión de cuatro cualificaciones profesionales de la familia profesional Instalación y Mantenimiento, establecidas por el Real Decreto 182/2008, de 8 de febrero.

Se procede a la supresión de las cualificaciones profesionales cuyas especificaciones están contenidas en los anexos CCCLXX, CCCLXXI, CCCLXXIV y CCCLXXV del citado real decreto.

1. En el artículo 2 se suprimen las cualificaciones profesionales «Desarrollo de proyectos de instalaciones caloríficas». Nivel 3. Anexo CCCLXX, «Desarrollo de proyectos de instalaciones de climatización y ventilación-extracción». Nivel 3. Anexo CCCLXXI, «Planificación, gestión y realización del mantenimiento y supervisión del montaje de instalaciones caloríficas». Nivel 3. Anexo CCCLXXIV y «Planificación, gestión y realización del mantenimiento y supervisión del montaje de instalaciones de climatización y ventilación-extracción». Nivel 3. Anexo CCCLXXV.

2. Se suprimen los anexos CCCLXX, relativo a la cualificación profesional «Desarrollo de proyectos de instalaciones caloríficas». Nivel 3. IMA370_3, CCCLXXI, relativo a la cualificación profesional «Desarrollo de proyectos de instalaciones de climatización y ventilación-extracción». Nivel 3. IMA371_3, CCCLXXIV, relativo a la cualificación profesional «Planificación, gestión y realización del mantenimiento y supervisión del montaje de instalaciones caloríficas». Nivel 3. IMA374_3 y CCCLXXV, relativo a la cualificación profesional «Planificación, gestión y realización del mantenimiento y supervisión del montaje de instalaciones de climatización y ventilación-extracción». Nivel 3. IMA375_3.

Artículo 5. Supresión de una cualificación profesional de la familia profesional Electricidad y Electrónica, establecida por el Real Decreto 559/2011, de 20 de abril.

Se procede a la supresión de la cualificación profesional cuyas especificaciones están contenidas en el anexo DL del citado real decreto.

1. En el artículo 2 se suprime la cualificación profesional «Montaje y mantenimiento de sistemas domóticos e inmóticos». Nivel 2. Anexo DL.

2. Se suprime el anexo DL, relativo a la cualificación profesional «Montaje y mantenimiento de sistemas domóticos e inmóticos». Nivel 2. ELE550_2.

Disposición adicional única. Correspondencia entre unidades de competencia suprimidas y sus equivalentes actuales en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Se establecen las correspondencias y los requisitos adicionales, en su caso, contenidos en el anexo XXVI-a, entre unidades de competencia de determinadas familias profesionales suprimidas como consecuencia del presente real decreto y sus equivalentes actuales en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

Por otra parte, se establecen las correspondencias y los requisitos adicionales, en su caso, contenidos en el anexo XXVI-b, entre unidades de competencia actuales de determinadas familias profesionales y sus equivalentes suprimidas del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

La declaración de equivalencia de dichas unidades de competencia tiene los efectos de acreditación parcial acumulable previstos en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.

Disposición final primera. Título competencial.

Este real decreto se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, sobre regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.

Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo normativo.

Se habilita al titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional a dictar las normas necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en este real decreto, en el ámbito de sus competencias.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 27 de junio de 2023.

FELIPE R.

La Ministra de Educación y Formación Profesional,

MARÍA DEL PILAR ALEGRÍA CONTINENTE

ANEXO I. Cualificación profesional: Iniciación deportiva en bádminton

FAMILIA PROFESIONAL: ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS

Nivel: 2

Código: AFD804_2

Competencia general

Concretar, organizar, instruir y dinamizar actividades dirigidas a la iniciación deportiva en bádminton colaborando en la organización de competiciones de tipo social y eventos, acompañando a los deportistas durante su participación conforme a las directrices establecidas en la programación de referencia, velando por su integridad física y por la mejora en su aprendizaje desde un enfoque saludable, de respeto al medio y de competición.

Unidades de competencia

UC2690_2: Ejecutar los elementos técnico-tácticos propios de la iniciación en bádminton

UC2691_2: Concretar, dirigir y dinamizar sesiones secuenciadas de iniciación deportiva en bádminton

UC2692_2: Dinamizar acciones de promoción y acompañamiento a deportistas y de apoyo organizativo en actividades, eventos sociales y competiciones en bádminton

UC0272_2: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia

Entorno Profesional

Ámbito Profesional

Desarrolla su actividad profesional en el área de servicios deportivos en entidades de naturaleza pública o privada, ya sean grandes, medianas, pequeñas o microempresas, tanto por cuenta propia como ajena, con independencia de su forma jurídica, mediante prácticas de iniciación deportiva en bádminton. Desarrolla su actividad dependiendo en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior, pudiendo tener personal a su cargo en ocasiones, siempre en el seno de un equipo interdisciplinar, colaborando y de manera coordinada con otros profesionales. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas de acuerdo con la normativa aplicable.

Sectores Productivos

Se ubica en los sectores de la práctica deportiva, de actividad física, ocio y tiempo libre.

Ocupaciones y puestos de trabajo relevantes

Los términos de la siguiente relación de ocupaciones y puestos de trabajo se utilizan con carácter genérico y omnicomprensivo de mujeres y hombres.

Auxiliares de control de competición en bádminton

Monitores de iniciación deportiva en bádminton

Formación Asociada (330 horas)

Módulos Formativos

MF2690_2: Elementos técnico-tácticos de iniciación en bádminton (120 horas)

MF2691_2: Metodología de la iniciación deportiva en bádminton (90 horas)

MF2692_2: Acciones de promoción y acompañamiento a deportistas y de apoyo organizativo en actividades, eventos sociales y competiciones en bádminton (60 horas)

MF0272_2: Primeros auxilios (60 horas)

Unidad de competencia 1: ejecutar los elementos técnico-tácticos propios de la iniciación en bádminton

Nivel: 2

Código: UC2690_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización

RP1: Ejecutar las técnicas de golpeo de la iniciación deportiva en bádminton, progresando tácticamente desde entornos cerrados y sin oposición, hasta entornos abiertos y con oposición, adaptándolos a las modalidades de individual y dobles para favorecer el aprendizaje e integración de los patrones de ejecución en situaciones reales de juego.

CR1.1 La acción de saque se genera, atendiendo a las fases propias del gesto técnico (posición inicial, backswing y swing), ajustando la ejecución a las variantes de la iniciación en bádminton:

– Saque corto (de revés y de derecha).

– Saque largo (de revés y de derecha).

CR1.2 Los golpeos producidos en la zona delantera de la pista se ejecutan, atendiendo a las fases propias del golpeo (preparación, backswing, swing y momento de impacto, continuación) y ajustando la ejecución a los diferentes tipos de golpeo y el nivel de presión:

– Kill.

– Dejada cortada (outin).

– Dejada topspin (inout).

– Lob.

– Bloqueo.

CR1.3 Los golpeos producidos en la zona media de la pista se ejecutan, atendiendo a las fases propias del golpeo (preparación, backswing, swing y momento de impacto, continuación) y ajustando la ejecución a los diferentes tipos de golpeo y el nivel de presión:

– Drive.

– Bloqueo.

– Defensas (de individual y dobles).

CR1.4 Los golpeos producidos en el fondo de la pista o zona trasera de la pista se generan, atendiendo a las fases propias del golpeo (preparación, backswing, swing y momento de impacto, continuación) y ajustando la ejecución a los diferentes tipos de golpeo y el nivel de presión:

– Clear.

– Drop (y sus variantes).

– Remates.

– Drop barridos.

CR1.5 Los golpeos producidos en la zona delantera, media y trasera de la pista se desarrollan, progresando desde situaciones cerradas sin oposición, hasta situaciones abiertas con oposición, adaptando su ejecución a las demandas de individual y dobles en situación de juego.

CR1.6 Los golpeos producidos en la zona delantera, media y trasera de la pista se ejecutan, utilizando los tipos de presa y las variantes, aplicándolas a las situaciones a las que atender en el juego.

CR1.7 Los golpeos producidos en la zona delantera, media y trasera de la pista se efectúan, integrando las fintas como intervención táctica en la iniciación en bádminton, focalizando la atención en:

– Golpeos «Delay».

– Golpeos «Deceptive».

RP2: Ejecutar las técnicas de desplazamiento de la iniciación deportiva en bádminton, progresando desde entornos cerrados y sin oposición hasta entornos abiertos y con oposición, adaptándolos a las modalidades de individual y dobles para evidenciar desplazamientos eficaces y favorecer su integración y aprendizaje en situaciones reales de juego.

CR2.1 Las técnicas de desplazamiento de la iniciación deportiva en bádminton se ejecutan, atendiendo a las fases propias del ciclo de movimiento:

– Arranque, movimiento de preactivación o Splitstep.

– Movimiento de acercamiento.

– Golpeo.

– Movimiento de recuperación o continuación.

CR2.2 Las técnicas de desplazamiento de los movimientos de arranque o Split-step se ejecutan, buscando eficiencia mediante el manejo del centro de gravedad, el posicionamiento de miembros inferiores, el tiempo de contacto, posicionamiento de la raqueta y orientación, adaptándolo a las demandas específicas de las modalidades de individual y dobles.

CR2.3 Las técnicas de desplazamiento de los movimientos de acercamiento y recuperación/continuación se ejecutan con criterios de variabilidad y eficiencia en su desempeño, utilizando, entre otros, los siguientes tipos, adaptándolos a las demandas de las modalidades de individual y dobles:

– Pasos de carrera hacia delante y atrás.

– Pasos de chasse.

– Paso cruzado por delante (crossover).

– Paso cruzado por detrás (crossbehind).

– Pivotes (pivotstep).

CR2.4 Las técnicas de desplazamiento de los movimientos de golpeo se ejecutan con criterios de variabilidad en su desempeño, utilizando, entre otros, los siguientes, adaptándolos a las demandas de las modalidades de individual y dobles.

– Zancadas y recuperación (lungestep).

– Saltos (jump).

– Aterrizajes (landing).

RP3: Ejecutar las técnicas de lanzamiento o feeding de volantes con control, precisión y seguridad para optimizar el desarrollo de las sesiones de entrenamiento al lanzar los volantes a los jugadores.

CR3.1 El lanzamiento o feeding de volantes se ejecuta, teniendo en cuenta la altura, trayectoria, velocidad y profundidad específica del golpeo y el contexto táctico donde va a golpear el deportista para facilitar la adaptación progresiva del deportista a situaciones reales de juego.

CR3.2 El lanzamiento o feeding de volantes se realiza desde diferentes zonas de la pista, atendiendo al tipo de golpeo y el contexto táctico donde va a golpear el deportista.

CR3.3 El lanzamiento o feeding de volantes se ejecuta con criterios de variabilidad y desde diferentes alturas (feeding de mano alta, feeding a media altura, feeding de mano baja) con la mano y con la raqueta para generar diferentes situaciones tácticas.

Contexto profesional

Medios de producción

Pabellón cubierto con altura mínima y pistas de bádminton: delimitadas en la propia instalación o con tapices específicos. Espacio delimitado para impartir componentes teóricos. Postes y redes reglamentarias para la práctica de bádminton. Volantes de pluma y nylon y cestas o carros para poder desplazarlos. Raquetas de bádminton. Materiales auxiliares de señalización. Medios audiovisuales (cámara, proyector o TV, entre otros).

Productos y resultados

Ejecución de técnicas de golpeo de la iniciación deportiva en bádminton. Ejecución de las técnicas de desplazamiento de la iniciación deportiva en bádminton. Ejecución de las técnicas de lanzamiento o feeding de volantes.

Información utilizada o generada

Manuales y contenidos de la Federación Española de bádminton. Videos de modelos técnicos. Reglamento de la Federación española de bádminton. Prevención de riesgos laborales. Manuales de conceptos anatómico-biomecánicos básicos.

Unidad de competencia 2: concretar, dirigir y dinamizar sesiones secuenciadas de iniciación deportiva en bádminton

Nivel: 2

Código: UC2691_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización

RP1: Concretar sesiones de bádminton, basándose en el programa general de referencia para garantizar el proceso de aprendizaje en el nivel de la iniciación deportiva.

CR1.1 El objetivo o los objetivos de la sesión se establecen, teniendo en cuenta el nivel del grupo de los deportistas y tomando como referencia el programa general de referencia.

CR1.2 La sesión se estructura, integrando las fases de calentamiento y vuelta a la calma de forma efectiva, en función de la parte principal.

CR1.3 Los contenidos seleccionados para la sesión se plantean, integrando elementos técnicos y tácticos y teniendo en cuenta el programa general de referencia.

CR1.4 Los ejercicios de la sesión se concretan, siguiendo el programa general de referencia y contribuyendo a la consecución de los objetivos de la sesión.

CR1.5 El tiempo de duración de los ejercicios se plantea, teniendo en cuenta el tiempo total de la sesión, su intensidad, complejidad y su contribución al desarrollo de los objetivos de la sesión.

RP2: Organizar el material requerido para cada sesión, gestionando los recursos existentes y atendiendo a los necesarios para optimizar la eficiencia de las sesiones.

CR2.1 El material se selecciona, atendiendo a los recursos disponibles y las necesidades de cada sesión.

CR2.2 El material se dispone, optimizando el tiempo de preparación y recogida.

CR2.3 Las pistas, los postes y las redes se montan y desmontan, cuando es necesario, pidiendo colaboración a todos los integrantes del equipo.

CR2.4 Las raquetas de «reserva» se disponen en el almacén o en el propio raquetero, reservando su uso para deportistas recién incorporados (aún sin material) o aquellos que por alguna circunstancia no dispongan de raqueta para la sesión.

CR2.5 Los volantes y las raquetas se revisan al finalizar la sesión, tomando nota de las necesidades de sustitución o reparación, según el caso.

RP3: Adaptar la fase de calentamiento y vuelta a la calma de cada sesión, tomando como referencia los patrones del bádminton para generar transferencia con los ejercicios de la parte principal de la sesión (parte central de esta, junto con el calentamiento y vuelta a la calma constituyen las tres fases de la sesión).

CR3.1 El calentamiento se plantea, tomando como referencia la intensidad y el tipo de ejercicios de la parte principal de la sesión.

CR3.2 El calentamiento se plantea, introduciendo elementos técnico-tácticos en función de los contenidos de la parte principal de la sesión.

CR3.3 Los ejercicios del calentamiento se proponen, teniendo en cuenta los segmentos corporales y movimientos implicados en la parte principal de la sesión.

CR3.4 Los ejercicios de vuelta a la calma se orientan a los segmentos corporales implicados en la parte principal de la sesión, contribuyendo a su descarga y relajación.

CR3.5 El recordatorio relativo a los elementos técnico-tácticos trabajados durante la sesión se presenta durante la fase de vuelta a la calma como recapitulación, utilizando un lenguaje que garantice la comprensión por parte de los deportistas.

RP4: Plantear progresiones técnico-tácticas adaptadas a los objetivos y al nivel de la iniciación deportiva, utilizando diferentes metodologías para adecuar las enseñanzas a las características y necesidades de los deportistas.

CR4.1 La secuencia de ejercicios o «drills» de la sesión se estructura, evolucionando de manera progresiva, de simples a complejas.

CR4.2 Los ejercicios propuestos se adaptan, teniendo en cuenta el nivel individual de cada deportista, integrando elementos técnicos-tácticos factibles de ejecutar.

CR4.3 Los ejercicios propuestos se organizan en circuitos, subgrupos, individualizados o para todo el grupo, atendiendo al objetivo, la búsqueda de eficiencia, la ruptura de la monotonía, así como a los contenidos de la sesión.

CR4.4 Los métodos de enseñanza (modelando; cadena; parte - todo parte) se seleccionan, dando prioridad a uno de ellos durante la sesión en base a la complejidad del aprendizaje que se busca.

CR4.5 Los canales de transmisión de la información (visual, kinestésico, auditivo) se manejan de forma simultánea y complementaria, teniendo en cuenta las necesidades de los deportistas y la búsqueda de eficacia en el manejo de la información.

CR4.6 Los medios de enseñanza específicos (multivolantes, secuencias, drills) se plantean durante la parte principal de la sesión, enseñando la función tanto del ejecutante como «del feeder» (deportista encargado de lanzar los volantes).

RP5: Plantear ejercicios, adecuando su carga a la edad y experiencia de los deportistas, así como al nivel de la iniciación deportiva para generar enseñanzas eficientes y seguras.

CR5.1 El número de volantes de la fila o el tiempo de trabajo se adapta, teniendo en cuenta el nivel individual de cada deportista y la intensidad de la tarea propuesta.

CR5.2 El tiempo de descanso se organiza, teniendo en cuenta la exigencia física del trabajo previo y la capacidad de recuperación de los deportistas.

CR5.3 El trabajo de «los feeders» (deportistas encargados de lanzar volantes) se establece, implicando este rol en el ejercicio, generando un trabajo de la calidad e intensidad ajustada a lo requerido.

RP6: Aportar feedback acorde con el nivel de la iniciación deportiva, utilizando un lenguaje adaptado a los deportistas para afianzar y/o mejorar sus habilidades.

CR6.1 La información inicial sobre los objetivos y contenidos a trabajar durante la sesión se presenta antes de la parte principal de la sesión, utilizando un lenguaje que garantice la comprensión por parte de los deportistas.

CR6.2 Los términos técnicos utilizados se adaptan, considerando los conocimientos y técnicas previos del grupo de deportistas.

CR6.3 La cantidad de información de las explicaciones se ajusta, teniendo en cuenta el objetivo del ejercicio, la edad y la experiencia del grupo de deportistas.

CR6.4 El momento y la frecuencia del feedback aportado durante la parte principal se individualiza, atendiendo a cada deportista y ejercicio/secuencia.

CR6.5 El tipo de feedback aportado a los deportistas se varía, atendiendo a la intención (evaluativo, descriptivo, explicativo, prescriptivo, interrogativo, emocional) que se busca en cada momento.

RP7: Ajustar la intervención en las sesiones de entrenamiento de iniciación deportiva, atendiendo a los parámetros establecidos por el reglamento y teniendo en cuenta criterios de seguridad para propiciar una práctica deportiva segura y eficiente.

CR7.1 Las demostraciones, así como el trabajo de multivolantes se ejecutan, vigilando que no haya volantes ni otros elementos por la pista que pudieran causar algún tipo de lesión.

CR7.2 El guiado a los deportistas en el desplazamiento hacia la pista de destino se efectúa, bordeando otras pistas y sin atravesarlas cuando hay otros deportistas en ellas.

CR7.3 La secuencia de trabajo, ejercicio o punto se detiene de manera inmediata en caso de caer accidentalmente algún objeto dentro de la pista o una persona cruce inesperadamente por ella, reanudándose la actividad cuando el elemento externo haya sido retirado o la persona ajena desaparezca de la pista.

CR7.4 Las explicaciones de los ejercicios se producen, incluyendo los aspectos de seguridad específicos del ejercicio con respecto a las posiciones de los deportistas en la pista.

CR7.5 Las posiciones durante un drill o secuencia tanto para el feeder (deportistas encargados de lanzar volantes) como para el deportista se establecen, considerando la seguridad de ambos deportistas.

Contexto profesional

Medios de producción

Pabellón cubierto con una altura mínima de 7.5 m y pistas de bádminton delimitadas en la propia instalación o con tapices específicos de pistas de bádminton. Espacio delimitado para impartir componentes teóricos. Postes y redes reglamentarias para la práctica de bádminton. Volantes de pluma y nylon, cestas o carros de almacenaje y transporte. Raquetas de bádminton. Materiales auxiliares de señalización (señalética y carteles entre otros). Medios audiovisuales (cámara, proyector o TV, entre otros). Equipo informático con software específico de gestión de competiciones. Equipo de oficina: Ordenadores, impresora. Documentación de control, fichas y listados. Materiales necesarios para el arbitraje (silla de árbitro, tarjetas, moneda y hoja de anotaciones entre otros).

Productos y resultados

Concreción de sesiones de bádminton basadas en la programación de referencia. Organización del material requerido para las sesiones. Adaptación de la fase de calentamiento y vuelta a la calma de las sesiones. Progresiones técnico-tácticas adaptadas a los objetivos. Planteamiento de ejercicios adecuados a la carga, edad y experiencia de los deportistas. Feedbacks sobre la ejecución de los deportistas. Ajuste de la intervención en las sesiones a parámetros del reglamento y criterios de seguridad.

Información utilizada o generada

Manuales y contenidos de la Federación Española de Bádminton. Programa de referencia nacional en categorías inferiores. Manuales de neurociencia aplicada al deporte y al aprendizaje de nuevas habilidades motrices. Prevención de riesgos laborales.

Unidad de competencia 3: dinamizar acciones de promoción y acompañamiento a deportistas y de apoyo organizativo en actividades, eventos sociales y competiciones en bádminton

Nivel: 2

Código: UC2692_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización

RP1: Ejecutar operaciones de apoyo en la organización, gestión y desarrollo de eventos de promoción y competición de bádminton bajo la supervisión de la persona responsable y siguiendo las directrices marcadas por la entidad organizadora para favorecer el desarrollo del evento.

CR1.1 Las acciones de apoyo en la solicitud de uso de instalaciones y materiales se ejecutan con la previsión suficiente respecto a la fecha del evento y atendiendo a la normativa de la competición.

CR1.2 El apoyo en la elaboración y control de presupuestos se aporta, atendiendo a la categoría del evento y teniendo como referente otros eventos similares desarrollados con anterioridad.

CR1.3 Las dudas de los participantes, previas al evento, se resuelven con amabilidad y teniendo en cuenta la normativa reguladora del evento.

CR1.4 La gestión de los procesos de aceptación de inscripciones de deportistas y reservas se efectúa, cumpliendo con los plazos establecidos y siguiendo el protocolo marcado por la institución organizadora.

CR1.5 El desarrollo de la competición se garantiza, actuando de manera proactiva en la resolución de incidentes o situaciones de incumplimiento de la normativa.

CR1.6 Las acciones de apoyo para el cumplimiento de las normas de seguridad y la posible aplicación del plan de emergencia se materializa, manteniendo un estado de alerta permanente y con la implementación de la normativa aplicable en material de seguridad de eventos deportivos.

CR1.7 La recogida de materiales y cierre de la competición se desarrolla, garantizando el estado de la instalación para próximos usos y comunicando posibles incidencias ocasionadas.

RP2: Organizar a los deportistas, estructurando los trámites para que su participación en el evento y/o competición cumpla con la normativa aplicable en materia de competición a nivel territorial.

CR2.1 Los documentos, licencias e inscripciones se tramitan en el plazo establecido, con los formatos reglamentarios, verificando su idoneidad.

CR2.2 Las gestiones necesarias para la participación de los deportistas en competición o eventos de iniciación deportiva en bádminton (autorizaciones, tramitación de licencia de deportista, inscripción en torneos, entre otras) se ejecutan, atendiendo a la normativa aplicable de participación en competición de la institución organizadora, ajustándose al reglamento general de la Federación Española de Bádminton.

CR2.3 La comunicación con la organización del evento sobre el mismo y momentos antes de su inicio se manifiesta de manera fluida y efectiva durante la reunión de delegados, informando y aportando información cuando se requiere.

RP3: Acompañar a los deportistas en eventos promocionales y competiciones de nivel de iniciación deportiva, garantizando su seguridad e informando a sus tutores legales de las características de la actividad para asegurar su participación con garantías de seguridad.

CR3.1 La información vinculante del evento (día, hora, duración, lugar, requisitos de participación, documentación necesaria, entre otra) se comunica a los tutores legales con antelación suficiente, respecto a la fecha del evento y asociada a indicaciones sobre cómo proceder.

CR3.2 El acompañamiento de deportistas se ejecuta, atendiendo a sus necesidades y garantizando su seguridad en los desplazamientos.

CR3.3 Las acciones posibles de pernoctación durante el acompañamiento a deportistas se ejecutan, garantizando su comodidad y seguridad.

CR3.4 Los objetivos de la competición de iniciación deportiva en bádminton y los criterios de selección de deportistas se comunican a los interesados, argumentando asertivamente y con rigor los motivos de las decisiones tomadas.

RP4: Ejecutar acciones de apoyo a los deportistas en competiciones y actividades promocionales en el ámbito deportivo y emocional, contribuyendo a la mejora de su desarrollo y aprendizaje para modelar el desarrollo de su carrera deportiva.

CR4.1 Las normas de convivencia a seguir durante la práctica deportiva se comunican a los deportistas, concretando comportamientos ejemplares que cabría esperarse entre los deportistas durante el evento.

CR4.2 Las instrucciones sobre contenidos técnico-táctico se comunican a los deportistas con claridad y concreción, teniendo en cuenta sus características individuales, la ejecución y el contexto donde se desarrolla el evento.

CR4.3 El estado físico y emocional de los deportistas se revisa individualmente antes, durante y después de la competición, aportando tranquilidad al deportista y contribuyendo a mejorar su rendimiento.

Contexto profesional

Medios de producción

Pabellón cubierto con una altura mínima de 7,5 m y pistas de bádminton: delimitadas en la propia instalación o con tapices específicos de pistas de bádminton. Espacio delimitado para impartir componentes teóricos. Postes y redes reglamentarias para la práctica de bádminton. Volantes de pluma y nylon y cestas o carros para poder desplazarlos. Raquetas de bádminton. Materiales auxiliares de señalización (señalética y carteles entre otros). Medios audiovisuales (cámara, proyector o TV, entre otros). Equipo informático con software específico de gestión de competiciones. Equipo de oficina: ordenadores, impresora. Documentación de control, fichas y listados. Materiales necesarios para el arbitraje (silla de árbitro, tarjetas, moneda y hoja de anotaciones entre otros).

Productos y resultados

Ejecución de operaciones de apoyo en la organización, gestión y desarrollo de eventos de promoción y competición de bádminton. Organización de los deportistas y sus trámites de participación en eventos y/o competiciones. Acompañamiento a deportistas en eventos promocionales y competiciones de nivel de iniciación deportiva. Acciones de apoyo a deportistas en competiciones y actividades promocionales en el ámbito deportivo y emocional.

Información utilizada o generada

Manuales y contenidos de la Federación Española de bádminton. Programaciones y normativas nacionales y autonómicas sobre competiciones, eventos y sus tipos. Protocolos de seguridad, guías y normativa para la acción preventiva Protocolos de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Documentos de identidad. Permisos de los tutores legales. Resultados e informes del proceso de valoración. Elaboración de rankings deportivos. Manuales y reglamentos deportivos de bádminton. Licencias federativas. Clasificaciones y estadísticas de las competiciones y eventos. Prevención de riesgos laborales.

Unidad de competencia 4: asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia

Nivel: 2

Código: UC0272_2

Realizaciones profesionales y criterios de realización

RP1: Buscar signos de alteraciones orgánicas según los protocolos establecidos, para la valoración inicial del accidentado, como primer interviniente.

CR1.1 La señalización y el balizamiento según lo establecido, se realizan utilizando los elementos disponibles para acotar el lugar de la emergencia.

CR1.2 La información sobre el estado del accidentado y las causas del accidente se recaba, estableciendo comunicación cuando es posible, con el mismo o con los posibles testigos y asistentes ocasionales al suceso, para valorar la situación inicial.

CR1.3 Las técnicas de valoración con ligeros zarandeos en los hombros y toques en las mejillas, se efectúan, para valorar el nivel de consciencia del accidentado.

CR1.4 La observación de los movimientos del pecho y la emisión de sonidos y aliento acercándose a su cara, se efectúa, para comprobar la respiración del accidentado.

CR1.5 El estado de la circulación sanguínea se comprueba, mediante la observación del ritmo respiratorio del accidentado y movimientos de sus miembros.

CR1.6 Los mecanismos de producción del traumatismo se identifican para buscar las posibles lesiones asociadas.

CR1.7 Los elementos de protección individual se utilizan para prevenir riesgos laborales durante la asistencia al accidentado.

CR1.8 El servicio de atención de emergencias, se contacta, para informar de los resultados de la valoración inicial realizada, comunicando la información recabada, consultando las maniobras que se vayan a aplicar y solicitando otros recursos que pudiesen ser necesarios.

RP2: Asistir al accidentado con maniobras de soporte ventilatorio y/o circulatorio básico, para mantener o recuperar las constantes vitales, conforme a protocolos establecidos.

CR2.1 La asistencia inicial a personas en situación de compromiso ventilatorio y/o cardiocirculatorio, se presta, ejerciendo vigilancia y seguimiento constante para detectar cualquier cambio significativo en la situación de partida.

CR2.2 La apertura, limpieza y desobstrucción de la vía aérea ante un obstáculo o cuerpo extraño, se realiza, mediante las técnicas manuales o aspirador según la situación, conforme a protocolos establecidos, para asegurar la ventilación.

CR2.3 La permeabilidad de la vía aérea en accidentados inconscientes se preserva, mediante la aplicación de la técnica postural que la asegure, para preservar la ventilación.

CR2.4 Las técnicas ventilatorias con balón resucitador manual y/u oxígeno se seleccionan, conforme a protocolos establecidos, para permitir una ventilación artificial del accidentado ante evidentes signos de hipoxia.

CR2.5 Las técnicas de reanimación cardio-respiratoria se aplican, conforme a protocolos establecidos, ante una situación de parada cardio-respiratoria, para recuperar las constantes vitales.

CR2.6 El desfibrilador semiautomático, en caso de necesidad, se utiliza para la reanimación del accidentado, conforme a la normativa aplicable y protocolos establecidos.

CR2.7 Las técnicas de hemostasia ante hemorragias externas se aplican para impedir un shock hipovolémico.

CR2.8 Las técnicas posturales, se aplican, cuando el accidentado se encuentra en situación de compromiso ventilatorio o presenta signos evidentes de «shock», para evitar aspiraciones de vómitos, obstrucciones y favorecer la respiración.

RP3: Prestar la atención inicial al accidentado, aplicando los primeros auxilios iniciales en situaciones de emergencia que no impliquen una parada cardio-respiratoria, para mantener las constantes vitales según el protocolo establecido.

CR3.1 La apertura de la vía aérea se realiza, mediante la maniobra frente-mentón para evitar el taponamiento de la laringe por la lengua.

CR3.2 La alineación manual de la columna cervical se realiza ante existencia de una lesión para protegerla y minimizar los riesgos de una mayor.

CR3.3 La atención específica a accidentados que han sufrido lesiones por agentes mecánicos, físicos o químicos se presta, aplicando las técnicas para cada situación conforme a protocolos establecidos.

CR3.4 La atención específica a la parturienta ante una situación de parto inminente se presta, conforme al protocolo de actuación establecido, transmitiendo tranquilidad y serenidad.

CR3.5 La atención específica indicada a las personas con crisis convulsivas, se presta, para minimizar posibles riesgos de lesiones físicas, conforme a protocolos establecidos.

CR3.6 La atención específica indicada a las personas con atragantamiento, se presta, discriminando los casos especiales de embarazadas, personas obesas y niños conforme a protocolos establecidos, transmitiendo tranquilidad y serenidad.

CR3.7 La atención específica indicada a las personas con quemaduras, se presta, conforme a protocolos establecidos y se coloca en posición antishock ante una quemadura de gran extensión, para minimizar riesgos.

CR3.8 La atención específica indicada a las personas con hemorragia, se presta, conforme a protocolos establecidos para evitar una lipotimia.

RP4: Aplicar las técnicas de movilización e inmovilización al accidentado, y en su caso interviniendo con los primeros auxilios, para asegurar el posible traslado.

CR4.1 El lugar de seguridad se selecciona, conforme a protocolos establecidos, para colocar al accidentado hasta la llegada de los servicios sanitarios de emergencia y minimizar los riesgos.

CR4.2 Las técnicas de movilización e inmovilización se aplican para colocar al accidentado en una posición anatómica no lesiva hasta que acudan a la zona los servicios sanitarios de emergencia o para proceder a su traslado en caso necesario.

CR4.3 Las técnicas posturales, se aplican, cuando el accidentado se encuentra en situación de compromiso ventilatorio o presenta signos evidentes de «shock», para minimizar riesgos.

CR4.4 Los tipos de accidentados y lesiones, se discriminan, para intervenir en aquellos casos que no precisen de otros profesionales.

CR4.5 Las técnicas de intervención de primeros auxilios con los accidentados inmovilizados, se discriminan, para aplicar aquellas propias de un técnico de nivel como primer interviniente, en función de la gravedad y los tipos de lesiones o proceder inmediatamente a su traslado.

RP5: Intervenir con técnicas de comunicación y apoyo emocional al accidentado, familiares e implicados en la situación de urgencia siguiendo los protocolos establecidos, para facilitar la asistencia, traslado y minimizar los riesgos.

CR5.1 Los signos de ataque de pánico, ansiedad y/o estrés de la víctima motivado por el accidente, se identifican observando el aumento del ritmo cardíaco, palmas sudorosas, dificultad para respirar, sensación subjetiva de ataque cardíaco, y sentimientos de temor para aplicar las técnicas de apoyo emocional hasta su traslado, siguiendo los protocolos establecidos.

CR5.2 La comunicación del accidentado con su familia se facilita, desde la toma de contacto hasta su traslado, atendiendo, en la medida de lo posible, a sus requerimientos.

CR5.3 La información a familiares, accidentado o persona relacionada, se realiza de manera respetuosa e infundiendo confianza, sobre aquellas cuestiones que se puedan plantear dentro de sus competencias.

CR5.4 Los familiares de los accidentados, se atienden, para ofrecerles información sobre las cuestiones que puedan plantear dentro de sus competencias.

CR5.5 La solicitud de información por parte de la familia de los accidentados se atiende para ofrecerles datos sobre las cuestiones que puedan plantear dentro de sus competencias.

Contexto profesional

Medios de producción

Material de movilización e inmovilización. Material electromédico. Botiquín. Equipo de oxigenoterapia. Desfibrilador semiautomático. Equipo de protección individual. Sistema de comunicación. Kit de organización en catástrofe. Protocolos de actuación. Material de señalización y balizamiento. Material de autoprotección.

Productos y resultados

Signos de alteraciones orgánicas detectados como primer interviniente. Aplicación de las técnicas de soporte ventilatorio y/o circulatorio básicas. Atención inicial y primeros auxilios básicos iniciales en situaciones de emergencia que no impliquen una parada cardio-respiratoria. Técnicas de movilización e inmovilización al accidentado aplicadas para asegurar el posible traslado. Intervención con técnicas de comunicación y apoyo emocional al accidentado, familiares e implicados en la situación de urgencia. Comunicación con los servicios de atención de emergencias. Intervención a su nivel en situaciones de emergencias colectivas y catástrofes.

Información utilizada o generada

Manuales de primeros auxilios. Revistas y bibliografía especializada. Protocolos de actuación. Informes.

Módulo formativo 1: elementos técnico-tácticos de iniciación en bádminton

Nivel: 2

Código: MF2690_2

Asociado a la UC: Ejecutar los elementos técnico-tácticos propios de la iniciación en bádminton

Duración: 120 horas

Capacidades y criterios de evaluación

C1: Desarrollar técnicas de golpeo, progresando tácticamente desde entornos cerrados y sin oposición hasta entornos abiertos y con oposición, tanto en las modalidades de individual y dobles, en el contexto de la iniciación deportiva.

CE1.1 Demostrar dominio en las acciones de saque atendiendo a las fases propias del gesto técnico (posición inicial, backswing y swing), ajustando la ejecución a las variantes de la iniciación en bádminton:

– Saque corto (de revés y de derecha).

– Saque largo (de revés y de derecha).

CE1.2 Evidenciar dominio en los golpeos producidos en la zona delantera de la pista, atendiendo a las fases propias de los golpeos (preparación, backswing, swing y momento de impacto, continuación), ajustando la ejecución a los diferentes tipos de golpeo y nivel de presión:

– Kill.

– Dejada cortada (outin).

– Dejada topspin (inout).

– Lob o lift.

– Bloqueo.

CE1.3 Demostrar dominio en los golpeos producidos en la zona media de la pista, atendiendo a las fases propias de los golpeos (preparación, backswing, swing y momento de impacto, continuación), ajustando la ejecución a los diferentes tipos de golpeo y nivel de presión:

– Drive.

– Bloqueo.

– Defensas (de individual y dobles).

CE1.4 Demostrar dominio en los golpeos producidos en el fondo de la pista o zona trasera, atendiendo a las fases propias de los golpeos (preparación, backswing, swing y momento de impacto, continuación), ajustando la ejecución a los diferentes tipos de golpeo y nivel de presión:

– Clear.

– Drop (y sus variantes).

– Remates.

– Drop barridos.

CE1.5 Ejecutar golpeos en la zona delantera, media y trasera de la pista, evolucionando desde situaciones cerradas sin oposición hasta situaciones abiertas con oposición y adaptándolas a las demandas de individual y dobles.

CE1.6 Evidenciar dominio en el uso de los diferentes tipos de presa y variantes en los golpeos producidos en las zonas delantera, media y trasera de la pista.

CE1.7 Demostrar la integración de las fintas en los golpeos producidos en las zonas delantera, media y trasera de la pista:

– Golpeos «Delay».

– Golpeos «Deceptive».

CE1.8 Describir los elementos técnicos necesarios para ejecutar los golpeos en la zona delantera, media y trasera de la pista, atendiendo a las fases propias de la ejecución del golpeo.

C2: Desarrollar técnicas de desplazamiento en bádminton, progresando desde entornos cerrados y sin oposición, hasta entornos abiertos y con oposición, adaptándolos a las modalidades de individual y dobles en el contexto de la iniciación deportiva.

CE2.1 Evidenciar dominio en las técnicas de desplazamiento de la iniciación deportiva en bádminton, atendiendo a las fases propias del ciclo de movimiento:

– Arranque, movimiento de preactivación o Splitstep.

– Movimiento de acercamiento.

– Golpeo.

– Movimiento de recuperación o continuación.

CE2.2 Demostrar eficiencia en los movimientos de arranque o Split-step mediante el manejo del centro de gravedad, el posicionamiento de miembros inferiores, el tiempo de contacto, posicionamiento de la raqueta y orientación, adaptándolo a las demandas específicas de las modalidades de individual y dobles.

CE2.3 Evidenciar dominio en los movimientos de acercamiento y recuperación/continuación aplicando criterios de variabilidad y eficiencia en su desempeño y utilizando, entre otros, los siguientes tipos, adaptándolos a las demandas específicas de las modalidades de individual y dobles:

– Pasos de carrera hacia delante y atrás.

– Pasos de chasse.

– Paso cruzado por delante (crossover).

– Paso cruzado por detrás (crossbehind).

– Pivotes (pivotstep).

CE2.4 Evidenciar dominio de las técnicas de desplazamiento de los movimientos de golpeo aplicando criterios de variabilidad en su desempeño utilizando, entre otros, los siguientes tipos, adaptándolos a las demandas específicas de las modalidades de individual y dobles:

– Zancadas y recuperación (lungestep).

– Saltos (jump).

– Aterrizajes (landing).

CE2.5 Definir los elementos necesarios para ejecutar las técnicas de desplazamiento, atendiendo a las fases propias de su ejecución y los tipos empleados en cada una de las fases.

C3: Desarrollar técnicas de lanzamiento o feeding de volantes propias de la iniciación al bádminton, con control, precisión y seguridad.

CE3.1 Demostrar dominio en el lanzamiento o feeding de volantes, teniendo en cuenta la altura, trayectoria, velocidad y profundidad específica del golpeo y el contexto táctico donde va a golpear el deportista.

CE3.2 Ejecutar lanzamientos o feedings de volantes desde diferentes zonas de la pista en función del tipo de golpeo y el contexto táctico donde va a golpear el deportista.

CE3.3 Evidenciar dominio en el lanzamiento o feeding de volantes con criterios de variabilidad y desde diferentes alturas (Feeding de mano alta, feeding a media altura, feeding de mano baja) con la mano y con la raqueta.

Capacidades cuya adquisición debe ser completada en un entorno real de trabajo

Ninguna.

Otras capacidades:

Responsabilizarse del trabajo que desarrolla.

Comunicarse eficazmente con las personas adecuadas en cada momento, respetando los canales establecidos en la organización.

Participar y colaborar activamente en el equipo de trabajo.

Actuar con rapidez en situaciones problemáticas y no limitarse a esperar.

Respetar los procedimientos y normas internas de la organización.

Aplicar de forma efectiva el principio de igualdad de trato y no discriminación entre mujeres y hombres.

Contenidos

1. Técnicas de golpes

Acciones de saque.

Fases del golpe en el saque, saque corto con presa de revés y derechas, saque largo con presa de derechas y saque flick.

Golpes en la zona delantera de la pista: Kill, dejada cortada (out-in), dejada topspin (in-out), lob o lift y bloqueo.

Golpes en la zona media de la pista: drive, bloqueo, defensas (de individual y dobles).

Golpes básicos en la zona trasera de la pista o fondo: clear, drop (y sus variantes), remates, drop barridos.

Táctica de los golpes de iniciación en bádminton atendiendo a la zona de golpeo en las modalidades de individual y dobles.

Táctica de los golpes de iniciación en bádminton atendiendo a la fase de juego en las modalidades de individual y dobles.

Tipos de presas: presa de derechas y variantes, presa de revés y variantes.

Las fintas en iniciación: golpeos «Delay», golpeos «Deceptive».

2. Técnicas de desplazamiento

Fases del ciclo de movimiento: arranque, movimiento de preactivación o Split-step, movimiento de acercamiento, golpeo, movimiento de recuperación o continuación.

Técnicas de desplazamiento en los movimientos de arranque o Split-step en las modalidades de individual y dobles: centro de gravedad, posicionamiento de miembros inferiores, tiempo de contacto, posicionamiento de la raqueta y orientación.

Técnicas de desplazamiento de los movimientos de acercamiento y recuperación/continuación adaptados a las modalidades de individual y dobles: pasos de carrera hacia delante y atrás, pasos de chasse, paso cruzado por delante (cross-over), paso cruzado por detrás (cross-behind), pivotes (pivot-step).

Técnicas de desplazamiento de los movimientos de golpeo adaptados a las modalidades de individual y dobles: zancadas y recuperación (lunge-step), saltos (jump), aterrizajes (landing).

3. Técnicas de lanzamientos o feeding de volantes

Lanzamiento o feeding de volantes en función del golpe a ejecutar teniendo en cuenta:

Alturas, trayectorias, velocidades y profundidades; contextos tácticos.

Desde diferentes zonas de la pista.

Desde diferentes alturas (Mano alta, media altura, mano baja).

Parámetros de contexto de la formación

Espacios e instalaciones

Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos laborales, accesibilidad universal, igualdad de género y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:

– Taller de 2 m2 por alumno o alumna.

– Instalación de 7 m2 por alumno o alumna (espacio singular no necesariamente ubicado en el centro de formación).

Perfil profesional del formador o formadora

1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la ejecución de los elementos técnico-tácticos propios de la iniciación en bádminton que se acreditará simultáneamente mediante las dos formas siguientes:

– Formación académica de nivel 1 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior) o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.

– Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.

2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.

Módulo formativo 2: metodología de la iniciación deportiva en bádminton

Nivel: 2

Código: MF2691_2

Asociado a la UC: Concretar, dirigir y dinamizar sesiones secuenciadas de iniciación deportiva en bádminton

Duración: 90 horas

Capacidades y criterios de evaluación

C1: Desarrollar técnicas de programación de sesiones de bádminton a partir de un programa general de referencia dado.

CE1.1 Proponer posibles objetivos para sesiones de iniciación en bádminton, considerando los niveles de iniciación (primera toma de contacto con el deporte o grupo de iniciación con 2 meses de experiencia).

CE1.2 Definir calentamientos y fases de vuelta a la calma para diferentes tipos de sesión, atendiendo al contenido a trabajar durante la misma.

CE1.3 Proponer posibles contenidos para sesiones de iniciación en bádminton, integrando elementos técnicos y tácticos a partir de un programa general de referencia dado.

CE1.4 Proponer ejercicios para la parte principal de la sesión, que contribuyan a la consecución de unos objetivos de sesión dados.

CE1.5 Explicar los criterios a considerar al plantear la duración de los ejercicios de una sesión, considerando la duración total de la misma, la intensidad y complejidad de los ejercicios, así como su contribución al desarrollo de los objetivos de la sesión.

C2: Argumentar el procedimiento de selección y organización del material a utilizar en sesiones y la gestión de los posibles recursos existentes, atendiendo a lo que resulte necesario para sesiones dadas.

CE2.1 Nombrar el material necesario para una sesión dada, teniendo en cuenta el contexto aportado.

CE2.2 Describir los pasos a seguir en la preparación y recogida de material, atendiendo las necesidades de una sesión dada.

CE2.3 En un supuesto práctico de entrenamiento a deportistas de nivel de iniciación, considerando los recursos necesarios y su organización:

– Involucrar a los deportistas en el montaje y desmontaje de pistas, fomentando la colaboración entre ellos.

– Anotar las necesidades de reparación o sustitución de material, teniendo en cuenta el mínimo necesario para la siguiente sesión más el de «reserva».

C3: Formular fases de calentamiento y vuelta a la calma de sesiones, integrando en las mismas, los patrones básicos de ejercicios contenidos en la parte principal de sesiones dadas.

CE3.1 Describir ejercicios de calentamiento, considerando la intensidad de la parte principal de un tipo de sesión dada.

CE3.2 Plantear ejercicios para calentamiento, relacionando los elementos técnico-tácticos de una propuesta de sesión con los ejercicios planteados.

CE3.3 Explicar la relación de ejercicios propuestos para un calentamiento, atendiendo a la implicación de los segmentos corporales durante una sesión dada.

CE3.4 Describir ejercicios para la vuelta a la calma, considerando la relajación y descarga de los segmentos corporales con protagonismo en el trabajo previo, en una sesión dada.

CE3.5 Identificar los elementos técnico-tácticos de una sesión dada, justificando su presencia en ella de forma clara y concisa.

C4: Generar progresiones técnico-tácticas adaptadas a objetivos propuestos, en el contexto de la iniciación deportiva, utilizando diferentes metodologías de enseñanza.

CE4.1 En un supuesto práctico de planificación de una sesión a deportistas de nivel de iniciación, teniendo en cuenta la programación de referencia y el nivel de cada deportista:

– Secuenciar ejercicios para la parte principal de una sesión, progresando de menor a mayor dificultad.

– Organizar la secuencia de ejercicios a lo largo de la sesión, atendiendo a diferentes tipos de agrupación en función del objetivo, los contenidos y el dinamismo de la sesión.

CE4.2 Determinar los métodos de enseñanza (modelando; cadena; parte - todo - parte) a utilizar en función de la complejidad del aprendizaje que requiere cada sesión-tipo.

CE4.3 En un supuesto práctico de entrenamiento a deportistas de nivel de iniciación, teniendo en cuenta una programación de sesión:

– Organizar los ejercicios en circuitos, subgrupos, individualizados o gran grupo, atendiendo a los objetivos y contenidos de la sesión.

– Organizar los ejercicios en circuitos, subgrupos, individualizados o gran grupo, atendiendo a la búsqueda de eficiencia en el tiempo de práctica motriz.

– Organizar los ejercicios en circuitos, subgrupos, individualizados o gran grupo, atendiendo a la ruptura de la monotonía.

CE4.4 En un supuesto práctico de entrenamiento a deportistas de nivel de iniciación, teniendo en cuenta el nivel de cada deportista:

– Adaptar la dificultad técnicotáctica de los ejercicios, considerando su nivel individual de práctica.

– Comunicarse con los deportistas de forma clara y concisa, utilizando los canales (visual, kinestésico, auditivo) en base al objetivo propuesto y su propia ejecución.

– Explicar la función del ejecutante y el feeder, considerando su implicación en los diferentes tipos de ejercicios propuestos (multivolantes, secuencias, drills).

C5: Proponer ejercicios, adaptando el volumen de trabajo a la edad y experiencia de posibles deportistas concretos.

CE5.1 Concretar posibles ejercicios y propuestas adaptadas al nivel de la iniciación deportiva de un grupo de deportistas de referencia, manejando como criterio de variación, el volumen de trabajo.

CE5.2 En un supuesto práctico de entrenamiento de iniciación deportiva a un grupo de deportistas de una determinada edad y nivel de experiencia:

– Adaptar el número de volantes de la fila, considerando el nivel individual de cada deportista y la intensidad de la tarea.

– Adecuar el tiempo de trabajo, atendiendo al nivel individual de cada deportista y la intensidad de la tarea.

– Organizar el tiempo de descanso, considerando la exigencia física del trabajo previo y la capacidad de recuperación de los deportistas.

CE5.3 Argumentar los criterios para establecer el trabajo de «los feeders» (deportistas encargados de lanzar volantes) en las sesiones de iniciación deportiva, garantizando a través de este rol trabajos de complejidad e intensidad ajustados a los requerimientos de una sesión dada.

C6: Desarrollar técnicas de comunicación en el uso de feebacks y feedforwards, manejando un lenguaje adaptado a las características de deportistas dados.

CE6.1 Presentar la información inicial sobre objetivos y contenidos de una sesión dada a implementar, utilizando un lenguaje que garantice la comprensión por parte de deportistas del nivel de iniciación deportiva.

CE6.2 En un supuesto práctico de implementación de una sesión de iniciación deportiva a deportistas, manejando aspectos comunicativos:

– Adaptar los términos técnicos utilizados a los conocimientos previos del grupo de deportistas, garantizando su comprensión.

– Ajustar la cantidad de información de las explicaciones aportadas a los deportistas al objetivo del ejercicio, facilitando la consecución del mismo.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.