Real Decreto 498/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado básico y se fijan sus enseñanzas mínimas

Rango Real Decreto
Publicación 2024-05-28
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

Historial de reformas JSON API
Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
3053. Operaciones básicas de producción y mantenimiento de plantas en viveros y centros de jardinería. 3056. Operaciones básicas para el mantenimiento de jardines, parques y zonas verdes. 3118. Repoblación e infraestructura forestal. 3119. Trabajos de aprovechamientos forestales. 3120. Silvicultura y plagas. 3121. Recolección de productos forestales. – Operaciones y equipos de producción agraria. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Operaciones y equipos de producción agraria. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Especialidades docentes asignadas a los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.»

Diecisiete. En el Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se modifica el apartado 5.1 del anexo III, con la siguiente redacción:

«5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Artes Gráficas son:

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
3123. Informática básica aplicada en industrias gráficas. 3124. Trabajos de reprografía. 3125. Acabados en reprografía y finalización de productos gráficos. 3126. Operaciones de almacén en industrias gráficas. 3127. Operaciones de producción gráfica. 3128. Manipulados en industrias gráficas. – Producción en Artes Gráficas. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3005. Atención al cliente. – Producción en Artes Gráficas. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3005. Atención al cliente. – Procesos comerciales. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Producción en Artes Gráficas. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Procesos comerciales. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Especialidades docentes asignadas a los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.»

Dieciocho. En el Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se modifica el contenido del apartado 5.1 del anexo IV, con la siguiente redacción:

«5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Alojamiento y Lavandería son:

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
3130. Puesta a punto de habitaciones y zonas comunes en alojamiento. 3077. Materiales y productos textiles 3093. Lavado y secado de ropa. 3094. Planchado y embolsado de ropa. 3131. Lavandería y mantenimiento de lencería en el alojamiento. 3039. Preparación y montaje de materiales para colectividades y catering. – Patronaje y confección. – Cocina y pastelería. – Servicios de restauración. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3005. Atención al cliente. – Patronaje y confección. – Cocina y pastelería. – Servicios de restauración. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3005. Atención al cliente. – Procesos comerciales. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Patronaje y confección. – Cocina y pastelería. – Servicios de restauración. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. –  Procesos comerciales. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Especialidades docentes asignadas a los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.»

Diecinueve. En el Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se modifica el apartado 5.1 del anexo V, con la siguiente redacción:

«5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Industrias Alimentarias son:

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
3133. Operaciones auxiliares en la industria alimentaria. 3134. Elaboración de productos alimentarios. 3135. Limpieza y mantenimiento de instalaciones y equipos. 3136. Operaciones básicas de laboratorio. 3070. Operaciones auxiliares de almacenaje. – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. – Operaciones de procesos. – Laboratorio. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. – Operaciones de procesos. – Laboratorio. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Especialidades docentes asignadas a los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.»

Veinte. En el Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se modifica el apartado 5.1 del anexo VI, con la siguiente redacción:

«5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Actividades Marítimo-Pesqueras son:

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
3138. Actividades en cubiertas de barcos de pesca. 3141. Pesca con artes de enmalle y marisqueo. 3139. Pesca con palangre, arrastre y cerco. 3142. Mantenimiento de motores en barcos de pesca. 3140. Mantenimiento de equipos auxiliares en barcos de pesca. 3143. Seguridad y primeros auxilios en barcos de pesca. – Máquinas, Servicios y Producción. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Máquinas, Servicios y Producción. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Especialidades docentes asignadas a los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.»

Veintiuno. En el Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se modifica el contenido del apartado 5.1 del anexo VII, con la siguiente redacción:

«5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Informática de Oficina son:

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
3031. Ofimática y archivo de documentos. 3016. Instalación y mantenimiento de redes para transmisión de datos. 3029. Montaje y mantenimiento de sistemas y componentes informáticos. 3030. Operaciones auxiliares para la configuración y la explotación. – Sistemas y aplicaciones Informáticas. – Procesos de gestión administrativa. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Sistemas y aplicaciones Informáticas. – Procesos de gestión administrativa. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Especialidades docentes asignadas a los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.»

Veintidós. En el Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto, por el que se establecen seis títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se modifica el apartado 5.1 del anexo I, con la siguiente redacción:

«5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Actividades de Panadería y Pastelería son:

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
3007. Procesos de panadería. 3017. Procesos de pastelería. 3026. Dispensación en panadería y pastelería. 3133. Operaciones auxiliares en la industria alimentaria. – Cocina y pastelería. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3007. Procesos de panadería. 3017. Procesos de pastelería. 3026. Dispensación en panadería y pastelería. 3133. Operaciones auxiliares en la industria alimentaria. – Operaciones de procesos. – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3005. Atención al cliente. – Cocina y pastelería. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3005. Atención al cliente. – Procesos comerciales. – Operaciones de procesos. – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Cocina y pastelería. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Procesos comerciales. – Operaciones de procesos. – Operaciones y equipos de elaboración de productos alimentarios. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Especialidades docentes asignadas a los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.»

Veintitrés. En el Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto, por el que se establecen seis títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se modifica el apartado 5.1 del anexo II, con la siguiente redacción:

«5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Actividades Domésticas y Limpieza de Edificios son:

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
3098. Mantenimiento de prendas de vestir y ropa de hogar. 3102. Cocina doméstica. 3104. Limpieza de domicilios particulares, edificios, oficinas y locales. 3116. Limpieza con máquinas. 3145. Actividades de apoyo a personas no dependientes en la unidad convivencial. 3146. Seguridad en el ámbito doméstico. – Patronaje y confección. – Cocina y pastelería. – Servicios de restauración. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3098. Mantenimiento de prendas de vestir y ropa de hogar. 3102. Cocina doméstica. 3104. Limpieza de domicilios particulares, edificios, oficinas y locales. 3116. Limpieza con máquinas. 3145. Actividades de apoyo a personas no dependientes en la unidad convivencial. 3146. Seguridad en el ámbito doméstico. – Servicios a la Comunidad. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Patronaje y confección. – Cocina y pastelería. – Servicios de restauración. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Servicios a la Comunidad. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Especialidades docentes asignadas a los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.»

Veinticuatro. En el Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto, por el que se establecen seis títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se modifica el apartado 5.1 del anexo III, con la siguiente redacción:

«5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Mantenimiento de Viviendas son:

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
3088. Mantenimiento básico de instalaciones electrotécnicas en viviendas. 3090. Operaciones de conservación en la vivienda y montaje de accesorios. 3023. Redes de evacuación. 3024. Fontanería y calefacción básica. 3025. Montaje de equipos de climatización. – Instalación y mantenimiento de equipos térmicos y de fluidos. – Instalaciones Electrotécnicas. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3088. Mantenimiento básico de instalaciones electrotécnicas en viviendas. 3090. Operaciones de conservación en la vivienda y montaje de accesorios. 3023. Redes de evacuación. 3024. Fontanería y calefacción básica. 3025. Montaje de equipos de climatización. – Soldadura. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Instalación y mantenimiento de equipos térmicos y de fluidos. – Instalaciones Electrotécnicas. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Soldadura. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Especialidades docentes asignadas a los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.»

Veinticinco. En el Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto, por el que se establecen seis títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se modifica el apartado 5.1 del anexo IV, con la siguiente redacción:

«5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Fabricación de Elementos Metálicos son:

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
3015. Equipos eléctricos y electrónicos. 3020. Operaciones básicas de fabricación. 3021. Soldadura y carpintería metálica. 3022. Carpintería de aluminio y PVC. 3073. Operaciones básicas de calderería Ligera. – Mecanizado y mantenimiento de máquinas. – Soldadura. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3015. Equipos eléctricos y electrónicos. 3020. Operaciones básicas de fabricación. 3021. Soldadura y carpintería metálica. 3022. Carpintería de aluminio y PVC. 3073. Operaciones básicas de calderería Ligera. – Instalaciones Electrotécnicas. – Equipos Electrónicos. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Mecanizado y mantenimiento de máquinas. – Soldadura. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Instalaciones Electrotécnicas. – Equipos Electrónicos. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Especialidades docentes asignadas a los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.»

Veintiséis. En el Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto, por el que se establecen seis títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se modifica el apartado 5.1 del anexo V, con la siguiente redacción:

«5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Instalaciones Electrotécnicas y Mecánica son:

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
3013. Instalaciones eléctricas y domóticas. 3014. Instalaciones de telecomunicaciones. 3020. Operaciones básicas de fabricación. 3021. Soldadura y carpintería metálica. 3022. Carpintería de aluminio y PVC. – Mecanizado y mantenimiento de máquinas. – Soldadura. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3013. Instalaciones eléctricas y domóticas. 3014. Instalaciones de telecomunicaciones. 3020. Operaciones básicas de fabricación. 3021. Soldadura y carpintería metálica. 3022. Carpintería de aluminio y PVC. – Instalaciones Electrotécnicas. – Equipos Electrónicos. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Mecanizado y mantenimiento de máquinas. – Soldadura. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Instalaciones Electrotécnicas. – Equipos Electrónicos. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Especialidades docentes asignadas a los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.»

Veintisiete. En el Real Decreto 774/2015, de 28 de agosto, por el que se establecen seis títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se modifica el apartado 5.1 del anexo VI, con la siguiente redacción:

«5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Mantenimiento de Embarcaciones Deportivas y de Recreo son:

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
3043. Mecanizado y soldadura. 3028. Reparación estructural básica de embarcaciones deportivas. 3040. Protección y embellecimiento de superficies de embarcaciones. 3048. Mantenimiento básico de la planta propulsora y equipos asociados. 3066. Mantenimiento básico de sistemas eléctricos e informáticos. 3068. Mantenimiento básico de aparejos de embarcaciones deportivas. – Mantenimiento de Vehículos. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3043. Mecanizado y soldadura. 3028. Reparación estructural básica de embarcaciones deportivas. 3040. Protección y embellecimiento de superficies de embarcaciones. 3048. Mantenimiento básico de la planta propulsora y equipos asociados. 3066. Mantenimiento básico de sistemas eléctricos e informáticos. 3068. Mantenimiento básico de aparejos de embarcaciones deportivas. – Máquinas, Servicios y Producción. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Mantenimiento de Vehículos. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional. – Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Máquinas, Servicios y Producción. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Especialidades docentes asignadas a los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.»

Veintiocho. En el Real Decreto 73/2018, de 19 de febrero, por el que se establece el título profesional básico en acceso y conservación en instalaciones deportivas y se fijan los aspectos básicos del currículo, se modifica el apartado 5.1 del anexo, con la siguiente redacción:

«5.1 Las especialidades del profesorado del sector público a las que se atribuye la impartición de los módulos profesionales y proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo del ciclo formativo de grado básico en Acceso y Conservación en Instalaciones Deportivas son:

Módulo profesional Especialidad del profesorado Cuerpo
3148. Acceso de usuarios y organización de la instalación físico-deportiva. 3149. Asistencia en la organización de espacios, actividades y reparto de material en la instalación físico-deportiva. 3150. Reparación de averías y reposición de enseres. 3151. Operaciones básicas de prevención en las instalaciones deportivas. – Educación física. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3003. Técnicas administrativas básicas. 3004. Archivo y comunicación. 3005. Atención al cliente. – Procesos de gestión administrativa. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Procesos de gestión administrativa. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria. – Cuerpo a extinguir de Profesores Técnicos de Formación Profesional.
3160. Proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo. – Educación física. – Especialidades docentes asignadas a los ámbitos no profesionales de los ciclos formativos de grado básico, según lo establecido en el anexo IV del Real Decreto 286/2023, de 18 de abril. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.
3159. Itinerario personal para la empleabilidad. – Formación y Orientación Laboral. – Catedráticos de Enseñanza Secundaria. – Profesores de Enseñanza Secundaria.»

Veintinueve. En los reales decretos a que hace referencia el artículo primero.Dos del presente real decreto, se da una nueva redacción al apartado 5.2 de todos los anexos incluidos, excepto en el anexo IV del Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, que se da la misma redacción al apartado 6.2, quedando redactado del siguiente modo:

«5.2 Requisitos para el profesorado.

1. La docencia de los módulos profesionales y de proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo que constituyen las enseñanzas de este ciclo formativo corresponde al profesorado de las especialidades establecidas en el apartado 5.1 pertenecientes a los cuerpos indicados en dicha tabla, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria sexta del Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.

2. Las condiciones de acceso a los cuerpos a que se refiere el apartado anterior serán las recogidas en el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.

3. Para la impartición de módulos profesionales y del proyecto intermodular de aprendizaje colaborativo en centros de titularidad privada o de titularidad pública de otras administraciones distintas de las educativas, las titulaciones requeridas y los requisitos necesarios para el profesorado serán los mismos que los exigidos para el acceso a las especialidades de los cuerpos docentes a que se refiere el apartado anterior, según la atribución docente que se establece para cada módulo en el apartado 5.1. En todo caso, se exigirá que las enseñanzas conducentes a las titulaciones citadas engloben los resultados de aprendizaje de los módulos profesionales y, si dichos elementos citados no estuvieran incluidos, además de la titulación, deberá acreditarse, mediante certificación, una experiencia laboral de, al menos, tres años en el sector vinculado a la familia profesional, realizando actividades productivas en empresas relacionadas implícitamente con los resultados de aprendizaje.

4. En caso de contar con otros perfiles colaboradores, estos deberán cumplir los requisitos indicados en el capítulo IV del título V del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.»

Treinta. En los reales decretos a que hace referencia el artículo primero.Dos del presente real decreto, se suprime el apartado 5.3, excepto en el anexo IV del Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, en el que se suprime el apartado 6.3.

Artículo noveno. Modificación del apartado relativo a correspondencia entre módulos profesionales y unidades de competencia.

Uno. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo I, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0973_1: Introducir datos y textos en terminales informáticos en condiciones de seguridad, calidad y eficiencia. 3001. Tratamiento informático de datos.
UC0974_1: Realizar operaciones básicas de tratamiento de datos y textos, y confección de documentación. 3002. Aplicaciones básicas de ofimática.
UC0969_1: Realizar e integrar operaciones de apoyo administrativo básico. 3003. Técnicas administrativas básicas.
UC0970_1: Transmitir y recibir información operativa en gestiones rutinarias con agentes externos de la organización. UC0971_1: Realizar operaciones auxiliares de reproducción y archivo en soporte convencional o informático. 3004. Archivo y comunicación.
UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente. 3005. Atención al cliente.
UC1326_1: Preparar pedidos de forma eficaz y eficiente, siguiendo procedimientos establecidos. 3006. Preparación de pedidos y venta de productos.»

Dos. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo II, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0816_1: Realizar operaciones de montaje de instalaciones eléctricas de baja tensión y domóticas en edificios. 3013. Instalaciones eléctricas y domóticas.
UC0817_1: Realizar operaciones de montaje de instalaciones de telecomunicaciones. 3014. Instalaciones de telecomunicaciones.
UC1559_1: Realizar operaciones de ensamblado en el montaje de equipos eléctricos y electrónicos. UC1560_1: Realizar operaciones de conexionado en el montaje de equipos eléctricos y electrónicos. UC1561_1: Realizar operaciones auxiliares en el mantenimiento de equipos eléctricos y electrónicos. 3015. Equipos eléctricos y electrónicos.
UC1207_1: Realizar operaciones auxiliares de montaje de equipos microinformáticos. 3016. Instalación y mantenimiento de redes para transmisión de datos.»

Tres. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo III, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0087_1: Realizar operaciones básicas de fabricación. 3020. Operaciones básicas de fabricación
UC0088_1: Realizar operaciones básicas de montaje. 3021. Soldadura y carpintería metálica. 3022. Carpintería de aluminio y PVC.
UC1154_1: Realizar la instalación de tuberías, preparando, cortando y uniendo tubos para la conducción de agua y desagües. 3023. Redes de evacuación.
UC1155_1: Realizar operaciones básicas de instalación y mantenimiento de aparatos sanitarios, radiadores y aparatos de climatización de uso doméstico. 3024. Fontanería y calefacción básica. 3025. Montaje de equipos de climatización.»

Cuatro. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo IV, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC1559_1: Realizar operaciones de ensamblado en el montaje de equipos eléctricos y electrónicos. UC1560_1: Realizar operaciones de conexionado en el montaje de equipos eléctricos y electrónicos. UC1561_1: Realizar operaciones auxiliares en el mantenimiento de equipos eléctricos y electrónicos. 3015. Equipos eléctricos y electrónicos
UC1207_1: Realizar operaciones auxiliares de montaje de equipos microinformáticos. 3016. Instalación y mantenimiento de redes para transmisión de datos.
UC1208_1: Realizar operaciones auxiliares de mantenimiento de sistemas microinformáticos. 3029. Montaje y mantenimiento de sistemas y componentes informáticos.
UC1209_1: Realizar operaciones auxiliares con tecnologías de la información y la comunicación. 3030. Operaciones auxiliares para la configuración y la explotación.»

Cinco. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo V, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0255_1: Ejecutar operaciones básicas de aprovisionamiento, preelaboración y conservación culinarios. 3034. Técnicas elementales de preelaboración.
UC0256_1: Asistir en la elaboración culinaria y realizar y presentar preparaciones sencillas. 3035. Procesos básicos de producción culinaria.
UC0546_1: Realizar operaciones de limpieza y de higiene general en equipos e instalaciones y de apoyo a la protección ambiental en la industria alimentaria, según las instrucciones recibidas. 3036. Aprovisionamiento y conservación de materias primas e higiene en la manipulación.
UC0257_1: Asistir en el servicio de alimentos y bebidas. 3037. Técnicas elementales de servicio.
UC0258_1: Ejecutar operaciones básicas de aprovisionamiento, y preparar y presentar bebidas sencillas y comidas rápidas. 3038. Procesos básicos de preparación de alimentos y bebidas.
UC1090_1: Realizar las operaciones de recepción y lavado de mercancías procedentes de servicios de catering. 3039. Preparación y montaje de materiales para colectividades y catering.
UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente. 3005. Atención al cliente.»

Seis. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo VI, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0620_1: Efectuar operaciones de mecanizado básico. 3043. Mecanizado y soldadura.
UC0621_1: Desmontar, montar y sustituir elementos amovibles simples de un vehículo. 3044. Amovibles.
UC0622_1: Realizar operaciones básicas de preparación de superficies. 3045. Preparación de superficies.
UC0624_1: Desmontar, montar y sustituir elementos eléctricos simples del vehículo. 3046. Electricidad del vehículo.
UC0623_1: Desmontar, montar y sustituir elementos mecánicos simples del vehículo. 3047. Mecánica del vehículo.»

Siete. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo VII, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0518_1: Realizar operaciones auxiliares para el riego, abonado y aplicación de tratamientos en cultivos agrícolas. 3050. Actividades de riego, abonado y tratamientos en cultivos.
UC0517_1: Realizar operaciones auxiliares para la preparación del terreno, siembra y plantación de cultivos agrícolas. 3051. Operaciones auxiliares de preparación del terreno, plantación y siembra de cultivos.
UC0520_1: Realizar operaciones auxiliares para la producción y mantenimiento de plantas en viveros y centros de jardinería. 3053. Operaciones básicas de producción y mantenimiento de plantas en viveros y centros de jardinería.
UC1114_1: Realizar trabajos auxiliares en la elaboración de composiciones con flores y plantas. UC1115_1: Atender y prestar servicios al público en floristería. 3054. Operaciones auxiliares en la elaboración de composiciones con flores y plantas.
UC0521_1: Realizar operaciones auxiliares para la instalación de jardines, parques y zonas verdes. 3055. Operaciones básicas en instalación de jardines, parques y zonas verdes.
UC0522_1: Realizar operaciones auxiliares para el mantenimiento de jardines, parques y zonas verdes. 3056. Operaciones básicas para el mantenimiento de jardines, parques y zonas verdes.
UC1112_1: Realizar operaciones auxiliares de mantenimiento de las instalaciones, maquinaria, equipos y herramientas de floristería. UC1113_1: Recepcionar y acondicionar materias primas y materiales de floristería. 3057. Materiales de floristería.»

Ocho. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se modifica el apartado 6 del anexo VIII y se añade un nuevo apartado 6 bis, con la siguiente redacción:

«6. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0344_1: Realizar técnicas para el embellecimiento de las uñas. 3061. Cuidados estéticos básicos de uñas.
UC2583_1 Realizar técnicas de depilación por procedimientos mecánicos. 3062. Depilación mecánica y decoloración del vello superfluo.
UC0346_1: Realizar operaciones auxiliares de maquillaje. 3063. Maquillaje.
UC0059_1: Realizar montajes para cambios de forma e inicio del peinado. 3064. Lavado y cambios de forma del cabello.
UC0060_1: Realizar operaciones auxiliares de coloración capilar. 3065. Cambio de color del cabello.
UC0343_1: Realizar procesos de preparación personal, del centro de belleza y control de almacén. UC0058_1: Preparar los equipos y lavar y acondicionar el cabello y cuero cabelludo. 3060. Preparación del entorno profesional.
UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente. 3005. Atención al cliente.

6 bis. Correspondencia entre módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación.

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables
3061. Cuidados estéticos básicos de uñas. UC0344_1: Realizar técnicas para el embellecimiento de las uñas.
3062. Depilación mecánica y decoloración del vello superfluo. UC2583_1 Realizar técnicas de depilación por procedimientos mecánicos.
3063. Maquillaje. UC0346_1: Realizar operaciones auxiliares de maquillaje.
3064. Lavado y cambios de forma del cabello. UC0059_1: Realizar montajes para cambios de forma e inicio del peinado.
3065. Cambio de color del cabello. UC0060_1: Realizar operaciones auxiliares de coloración capilar.
3060. Preparación del entorno profesional. UC0343_1: Realizar procesos de preparación personal, del centro de belleza y control de almacén. UC0058_1: Preparar los equipos y lavar y acondicionar el cabello y cuero cabelludo.
3005. Atención al cliente. UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente.»

Nueve. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo IX, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC1327_1: Realizar operaciones auxiliares de reposición, disposición y acondicionamiento de productos en el punto de venta. UC1328_1: Manipular y trasladar productos en la superficie comercial y en el reparto de proximidad, utilizando transpalés y carretillas de mano. 3069. Técnicas básicas de merchandising.
UC1325_1: Realizar las operaciones auxiliares de recepción, colocación, mantenimiento y expedición de cargas en el almacén de forma integrada en el equipo. UC0432_1: Manipular cargas con carretillas elevadoras. 3070. Operaciones auxiliares de almacenaje.
UC0973_1: Introducir datos y textos en terminales informáticos en condiciones de seguridad, calidad y eficiencia. 3001. Tratamiento informático de datos.
UC0974_1: Realizar operaciones básicas de tratamiento de datos y textos, y confección de documentación. 3002. Aplicaciones básicas de ofimática.
UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente. 3005. Atención al cliente.
UC1326_1: Preparar pedidos de forma eficaz y eficiente, siguiendo procedimientos establecidos. 3006. Preparación de pedidos y venta de productos.»

Diez. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo X, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0162_1: Mecanizar madera y derivados. 3074. Operaciones básicas de mecanizado de madera y derivados.
UC0173_1: Ajustar y embalar productos y elementos de carpintería y mueble. UC0882_1: Apoyar en el montaje e instalación de elementos de carpintería y mueble. 3075. Instalación de elementos de carpintería y mueble.
UC0880_1: Preparar los equipos y medios de aplicación de barnices y lacas en elementos de carpintería y mueble. UC0167_1: Efectuar la aplicación de productos de acabado superficial con medios mecánico-manuales en carpintería y mueble. UC0881_1: Acondicionar la superficie para la aplicación del producto final y controlar el secado en productos de carpintería y mueble. 3076. Acabados básicos de la Madera.
UC0428_1: Atender al cliente y realizar el aprovisionamiento para procesos de tapizado. 3077. Materiales y productos textiles.
UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente. 3005. Atención al cliente.
UC0429_1: Realizar el desguarnecido, preparación y montado del tapizado en mobiliario. 3078. Tapizado de muebles.»

Once. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo XI, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0142_1: Construir fábricas para revestir. UC0870_1: Construir faldones para cubiertas. 3082. Albañilería básica.
UC0872_1: Realizar enfoscados y guarnecidos «a buena vista». UC0869_1: Elaborar pastas, morteros, adhesivos y hormigones. 3083. Guarnecidos y enlucidos
UC1903_1: Realizar operaciones básicas en instalación de placa de yeso laminado 3084. Falsos techos.
UC0873_1: Aplicar imprimaciones y pinturas protectoras en construcción. 3085. Pintura y empapelado.
UC0871_1: Sanear y regularizar soportes para revestimiento en construcción. 3086. Reformas y mantenimiento básico de edificios.
UC0276_1: Realizar trabajos auxiliares en obras de construcción. 3087. Trabajos de pavimentación exterior y de urbanización.»

Doce. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se modifica el apartado 6 del anexo XII y se añade un nuevo apartado 6 bis, quedando redactados como sigue:

«6. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC2346_1: Realizar operaciones de cosido y unión de piezas. UC2347_1: Realizar actividades auxiliares de confección. 3077. Materiales y productos textiles.
UC0439_1: Realizar la reparación en artículos de marroquinería. 3091. Reparación de artículos de marroquinería y elaboración de pequeños artículos de guarnicionería.
UC0438_1: Realizar el aprovisionamiento y atender al cliente para la reparación del calzado. UC0440_1: Realizar la reparación del calzado. 3092. Reparación de calzado y actividades complementarias.
UC2346_1: Realizar operaciones de cosido y unión de piezas. UC2347_1: Realizar actividades auxiliares de confección 3095. Arreglos y adaptaciones en prendas de vestir y ropa de hogar.
UC2346_1: Realizar operaciones de cosido y unión de piezas. UC2347_1: Realizar actividades auxiliares de confección. 3101. Confección de artículos textiles para decoración.
UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente. 3005. Atención al cliente.

6 bis. Correspondencia entre módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación.

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables
3077. Materiales y productos textiles. UC2346_1: Realizar operaciones de cosido y unión de piezas. UC2347_1: Realizar actividades auxiliares de confección.
3091. Reparación de artículos de marroquinería y elaboración de pequeños artículos de guarnicionería. UC0439_1: Realizar la reparación en artículos de marroquinería.
3092. Reparación de calzado y actividades complementarias. UC0438_1: Realizar el aprovisionamiento y atender al cliente para la reparación del calzado. UC0440_1: Realizar la reparación del calzado.
3095. Arreglos y adaptaciones en prendas de vestir y ropa de hogar. UC2346_1: Realizar operaciones de cosido y unión de piezas. UC2347_1: Realizar actividades auxiliares de confección.
3101. Confección de artículos textiles para decoración. UC2346_1: Realizar operaciones de cosido y unión de piezas. UC2347_1: Realizar actividades auxiliares de confección.
3005. Atención al cliente. UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente.»

Trece. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se modifica el apartado 6 del anexo XIII y se añade un nuevo apartado 6 bis, quedando redactados como sigue:

«6. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC2346_1: Realizar operaciones de cosido y unión de piezas. UC2347_1: Realizar actividades auxiliares de confección. 3077. Materiales y productos textiles.
UC0429_1: Realizar el desguarnecido, preparación y montado del tapizado en mobiliario. UC0428_1: Atender al cliente y realizar el aprovisionamiento para procesos de tapizado. 3078. Tapizado de muebles.
UC0430_1: Realizar el enmarcado, guarnecido y entelado de paredes, y tapizado de paneles murales. 3099. Tapizado de murales y entelado de superficies.
UC2346_1: Realizar operaciones de cosido y unión de piezas. UC2347_1: Realizar actividades auxiliares de confección. 3100. Confección y montaje de cortinas y estores.
UC2346_1: Realizar operaciones de cosido y unión de piezas. UC2347_1: Realizar actividades auxiliares de confección. 3101. Confección de artículos textiles para decoración.
UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente. 3005. Atención al cliente.

6 bis. Correspondencia entre módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación.

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables
3077. Materiales y productos textiles. UC2346_1: Realizar operaciones de cosido y unión de piezas. UC2347_1: Realizar actividades auxiliares de confección.
3078. Tapizado de muebles. UC0429_1: Realizar el desguarnecido, preparación y montado del tapizado en mobiliario. UC0428_1: Atender al cliente y realizar el aprovisionamiento para procesos de tapizado.
3099. Tapizado de murales y entelado de superficies. UC0430_1: Realizar el enmarcado, guarnecido y entelado de paredes, y tapizado de paneles murales.
3100. Confección y montaje de cortinas y estores. UC2346_1: Realizar operaciones de cosido y unión de piezas. UC2347_1: Realizar actividades auxiliares de confección.
3101. Confección de artículos textiles para decoración. UC2346_1: Realizar operaciones de cosido y unión de piezas. UC2347_1: Realizar actividades auxiliares de confección.
3005. Atención al cliente. UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente.»

Catorce. En el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009, de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo XIV, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0649_1 Conformar productos cerámicos mediante colado y reproducir moldes. 3105. Reproducción de moldes.
UC0650_1 Conformar productos cerámicos mediante moldeo manual o semiautomático a partir de masas plásticas. 3106. Conformado de piezas cerámicas.
UC0651_1 Realizar la aplicación manual de esmaltes y decoraciones en productos cerámicos. UC0652_1 Realizar operaciones de carga, cocción y descarga de hornos para la fabricación manual o semiautomática de productos cerámicos. 3107. Acabado de productos cerámicos.
UC0144_1: Realizar mecanizados manuales en productos de vidrio. UC0145_1: Realizar decoraciones mediante aplicaciones superficiales en productos de vidrio. 3108. Mecanizados manuales y aplicaciones superficiales.
UC0146_1: Elaborar productos de vidrio mediante termoformado y fusing. UC0147_1: Elaborar vidrieras. 3109. Termoformado, fusing y vidrieras.
UC0643_1: Conformar manual o semiautomáticamente productos de vidrio mediante soplado. UC0645_1: Elaborar manual o semiautomáticamente productos de vidrio mediante el moldeo de tubos de vidrio. 3110. Mecanizados manuales y semiautomáticos con vidrio fundido y tubos de vidrio.
UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente. 3005. Atención al cliente.»

Quince. En el Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo I, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0517_1: Realizar operaciones auxiliares para la preparación del terreno, siembra y plantación de cultivos agrícolas. 3051. Operaciones auxiliares de preparación del terreno, plantación y siembra de cultivos.
UC0518_1: Realizar operaciones auxiliares para el riego, abonado y aplicación de tratamientos en cultivos agrícolas. UC0519_1: Realizar operaciones auxiliares en los cuidados culturales y de recolección de cultivos, y en el mantenimiento de las instalaciones en explotaciones agrícolas. 3052. Operaciones auxiliares de obtención y recolección de cultivos.
UC0712_1: Realizar operaciones auxiliares de reproducción en ganadería. UC0714_1: Realizar el pastoreo del ganado. 3113. Operaciones auxiliares de cría y alimentación del ganado.
UC0713_1: Realizar operaciones auxiliares de manejo de la producción en explotaciones ganaderas. 3114. Operaciones básicas de manejo de la producción ganadera.
UC0715_1: Realizar operaciones auxiliares de mantenimiento de instalaciones y manejo de la maquinaria y equipos en explotaciones ganaderas. 3115. Operaciones auxiliares de mantenimiento e higiene en instalaciones ganaderas.»

Dieciséis. En el Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo II, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0520_1: Realizar operaciones auxiliares para la producción y mantenimiento de plantas en viveros y centros de jardinería. 3053. Operaciones básicas de producción y mantenimiento de plantas en viveros y centros de jardinería
UC0522_1: Realizar operaciones auxiliares para el mantenimiento de jardines, parques y zonas verdes. 3056. Operaciones básicas para el mantenimiento de jardines, parques y zonas verdes.
UC1293_1. Realizar actividades auxiliares de repoblación, corrección hidrológica, y de construcción y mantenimiento de infraestructuras forestales. 3118. Repoblación e infraestructura forestal
UC1290_1: Realizar operaciones auxiliares en aprovechamientos madereros. 3119. Trabajos de aprovechamientos forestales.
UC1291_1: Realizar operaciones auxiliares en las operaciones de descorche. 3119. Trabajos de aprovechamientos forestales.
UC1294_1. Realizar actividades auxiliares en tratamientos silvícolas. 3120. Silvicultura y plagas.
UC1295_1. Realizar actividades auxiliares en el control de agentes causantes de plagas y enfermedades a las plantas forestales. 3120. Silvicultura y plagas.
UC1292_1 Recolectar frutos, semillas, hongos, plantas y otros productos forestales comercializables. 3121. Recolección de productos forestales.»

Diecisiete. En el Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, se añade un nuevo apartado 6 bis al anexo III, con la siguiente redacción:

«6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC1667_1: Realizar operaciones básicas con equipos informáticos y periféricos en industrias gráficas. 3123. Informática básica aplicada en industrias gráficas.
UC1322_1: Recepcionar y despachar encargos de reprografía. UC1323_1: Preparar los materiales y equipos y realizar la reproducción. 3124. Trabajos de reprografía.
UC1324_1: Realizar las operaciones de acabado en reprografía. UC2138_1: Realizar operaciones básicas de manipulados en la finalización de productos gráficos. 3125. Acabados en reprografía y finalización de productos gráficos.
UC1668_1: Realizar operaciones de empaquetado, apilado y paletizado en industrias gráficas. 3126. Operaciones de almacén en industrias gráficas.
UC1666_1: Realizar operaciones auxiliares en máquinas y equipos de producción en industrias gráficas. 3127. Operaciones de producción gráfica.
UC2139_1: Realizar operaciones básicas de manipulado en industrias gráficas mediante máquinas auxiliares. 3128. Manipulados en industrias gráficas.
UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente. 3005. Atención al cliente.»

Dieciocho. En el Real Decreto 356/2014, de 16 de mayo, por el que se establecen siete títulos de Formación Profesional Básica del catálogo de títulos de las enseñanzas de Formación Profesional, en el anexo IV se da una nueva redacción al apartado 7 y se añade un nuevo apartado 6 bis, con la siguiente redacción:

«6. Correspondencia entre módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación o convalidación.

Módulos profesionales convalidables Unidades de competencia acreditadas
3130. Puesta a punto de habitaciones y zonas comunes en alojamiento. UC0706_1: Preparar y poner a punto habitaciones, zonas nobles y áreas comunes.
3077. Materiales y productos textiles. UC0434_1: Decepcionar, clasificar y preparar la ropa para su limpieza.
3093. Lavado y secado de ropa. UC0435_1: Realizar el lavado acuoso de ropa. UC0436_1: Realizar el lavado en seco de ropa.
3094. Planchado y embolsado de ropa. UC0437_1: Realizar el secado, planchado y embolsado de ropa.
3131. Lavandería y mantenimiento de lencería en el alojamiento. UC0707_1: Realizar las actividades de lavado de ropa propias de establecimientos de alojamiento. UC0708_1: Realizar las actividades de planchado y arreglo de ropa propias de establecimiento de alojamiento.
3039. Preparación y montaje de materiales para colectividades y catering. UC1090_1: Realizar las operaciones de recepción y lavado de mercancías procedentes de servicios de catering.
3005. Atención al cliente. UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente.

6 bis. Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación.

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0706_1: Preparar y poner a punto habitaciones, zonas nobles y áreas comunes. 3130. Puesta a punto de habitaciones y zonas comunes en alojamiento.
UC0434_1: Decepcionar, clasificar y preparar la ropa para su limpieza. 3077. Materiales y productos textiles.
UC0435_1: Realizar el lavado acuoso de ropa. UC0436_1: Realizar el lavado en seco de ropa. 3093. Lavado y secado de ropa.
UC0437_1: Realizar el secado, planchado y embolsado de ropa. 3094. Planchado y embolsado de ropa.
UC0707_1: Realizar las actividades de lavado de ropa propias de establecimientos de alojamiento. UC0708_1: Realizar las actividades de planchado y arreglo de ropa propias de establecimiento de alojamiento. 3131. Lavandería y mantenimiento de lencería en el alojamiento.
UC1090_1: Realizar las operaciones de recepción y lavado de mercancías procedentes de servicios de catering. 3039. Preparación y montaje de materiales para colectividades y catering.
UC1329_1: Proporcionar atención e información operativa, estructurada y protocolarizada al cliente. 3005. Atención al cliente.»

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