Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas

Rango Real Decreto
Publicación 2024-05-28
Última actualización 2025-05-23
Estado Vigente texto desactualizado
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

2 actos modificadores · 2025-05-23, BOE-A-2025-10205

Historial de reformas JSON API
Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC1261_3: Realizar el diagnóstico y diseñar tratamientos capilares estéticos. 1064. Dermotricología. 1065. Recursos técnicos y cosméticos.
UC1262_3: Realizar tratamientos capilares estéticos en condiciones de seguridad e higiene. 1066. Tratamientos capilares.
UC0794_3: Realizar protocolos técnicos y peinados para peluquerías y producciones audiovisuales, escénicas y de moda/fotografía. UC0348_2: Realizar cambios de coloración total o parcial en el cabello y pelo del rostro. 1067. Procedimientos y técnicas de peluquería. 1068. Peinados para producciones audiovisuales y de moda.
UC0794_3: Realizar protocolos técnicos y peinados para peluquerías y producciones audiovisuales, escénicas y de moda/fotografía. 1068. Peinados para producciones audiovisuales y de moda.
UC0793_3: Asesorar a las personas usuarias y producciones de medios escénicos, audiovisuales o de moda/fotografía sobre el cuidado y transformación estética del cabello y pelo del rostro. UC2685_2: Realizar técnicas de corte del cabello. UC2686_2: Realizar técnicas de barbería. 1069. Estilismo en peluquería.
UC0795_3: Gestionar las actividades desarrolladas en empresas de Imagen Personal. UC0352_2: Vender productos y servicios para la Imagen Personal. 1071. Dirección y comercialización.
NOTA: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías formales o informales recogido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, tendrán convalidados los módulos profesionales “1072. Peluquería en cuidados especiales” y “1070. Estudio de la imagen”. NOTA: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías formales o informales recogido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, tendrán convalidados los módulos profesionales “1072. Peluquería en cuidados especiales” y “1070. Estudio de la imagen”.

ANEXO IV B). Correspondencia de los módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables
1064. Dermotricología. 1065. Recursos técnicos y cosméticos. UC1261_3: Realizar el diagnóstico y diseñar tratamientos capilares estéticos.
1066. Tratamientos capilares. UC1262_3: Realizar tratamientos capilares estéticos en condiciones de seguridad e higiene.
1067. Procedimientos y técnicas de peluquería. UC0348_2: Realizar cambios de coloración total o parcial en el cabello y pelo del rostro.
1067. Procedimientos y técnicas de peluquería. 1068. Peinados para producciones audiovisuales y de moda. UC0348_2: Realizar cambios de coloración total o parcial en el cabello y pelo del rostro. UC0794_3: Realizar protocolos técnicos y peinados para peluquerías y producciones audiovisuales, escénicas y de moda/fotografía.
1069. Estilismo en peluquería. UC0793_3: Asesorar a las personas usuarias y producciones de medios escénicos, audiovisuales o de moda/fotografía sobre el cuidado y transformación estética del cabello y pelo del rostro. UC2685_2: Realizar técnicas de corte del cabello. UC2686_2: Realizar técnicas de barbería.
1071. Dirección y comercialización. UC0795_3: Gestionar las actividades desarrolladas en empresas de Imagen Personal. UC0352_2: Vender productos y servicios para la Imagen Personal.»

Dieciséis. En el Real Decreto 1580/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Diseño Técnico en Textil y Piel y se fijan sus enseñanzas mínimas, se da una nueva redacción al artículo 6 y se sustituyen los anexos V A) y V B) con la siguiente redacción:

«Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Cualificaciones profesionales:

a) Diseño técnico de estampación textil TCP283_3 (Real Decreto 1199/2007, de 14 de septiembre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diez cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Textil, Confección y Piel):

UC0453_3: Analizar materias primas, productos y procesos textiles.

UC0900_3: Realizar el diseño técnico de estampados textiles asegurando su viabilidad.

UC0901_3: Adaptar los procedimientos de preparación, tintura, aprestos y acabados a los requerimientos del diseño.

UC0902_3: Adaptar los procedimientos para la realización de estampados textiles.

b) Diseño técnico y desarrollo de acabados de pieles TCP394_3 (Real Decreto 329/2008, de 29 de febrero, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de ocho cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Textil, Confección y Piel):

UC0903_3: Analizar pieles y cueros, productos y procesos curtientes.

UC1245_3: Realizar el diseño técnico de colecciones de pieles.

UC1246_3: Adaptar los procesos de preparación, tintura y acabados de pieles a los requerimientos del diseño.

UC1247_3: Adaptar, según diseño, los procedimientos de grabación y estampado de pieles.

c) Diseño técnico de tejidos de punto TCP144_3 (Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen nuevas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos, que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero):

UC0453_3: Analizar materias primas, productos y procesos textiles.

UC0454_3: Realizar el diseño técnico de tejidos de punto asegurando su viabilidad.

UC0455_3: Adaptar el proceso y definir los procedimientos de fabricación de tejidos de punto por trama.

UC0456_3: Adaptar el proceso y definir los procedimientos de fabricación de tejidos de punto por urdimbre.

d) Diseño técnico de tejidos de calada TCP145_3 (Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre):

UC0453_3: Analizar materias primas, productos y procesos textiles.

UC0457_3: Realizar el diseño técnico de tejidos de calada asegurando su viabilidad.

UC0458_3: Adaptar el proceso y definir los procedimientos de fabricación de tejidos de calada por lizos, jacquard y especiales.

UC0459_3: Adaptar el proceso y definir los procedimientos de fabricación de hilos simples y de fantasía.

e) Diseño técnico de productos de confección, calzado y marroquinería TCP150_3 (Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre):

UC0479_3: Definir y desarrollar productos de confección, calzado y marroquinería.

f) Patronaje de calzado y marroquinería TCP287_3 (Real Decreto 1199/2007, de 14 de septiembre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diez cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Textil, Confección y Piel):

UC0912_3: Analizar e interpretar el diseño, colaborando en la definición del producto en textil y piel.»

«ANEXO V A). Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0459_3: Adaptar el proceso y definir los procedimientos de fabricación de hilos simples y de fantasía. UC0453_3: Analizar materias primas, productos y procesos textiles. 0281. Procesos y análisis de hilatura.
UC0453_3: Analizar materias primas, productos y procesos textiles. UC0455_3: Adaptar el proceso y definir los procedimientos de fabricación de tejidos de punto por trama. 0282. Procesos y análisis de tejidos y no tejidos.
UC0453_3: Analizar materias primas, productos y procesos textiles. UC0456_3: Adaptar el proceso y definir los procedimientos de fabricación de tejidos de punto por urdimbre. 0282. Procesos y análisis de tejidos y no tejidos.
UC0453_3: Analizar materias primas, productos y procesos textiles. UC0458_3: Adaptar el proceso y definir los procedimientos de fabricación de tejidos de calada por lizos, jacquard y especiales. 0282. Procesos y análisis de tejidos y no tejidos.
UC0912_3: Analizar e interpretar el diseño, colaborando en la definición del producto en textil y piel. UC0479_3: Definir y desarrollar productos de confección, calzado y marroquinería. 0283. Análisis de diseños en textil y piel.
UC0901_3: Adaptar los procedimientos de preparación, tintura, aprestos y acabados a los requerimientos del diseño. UC0902_3: Adaptar los procedimientos para la realización de estampados textiles. 0444. Procesos de ennoblecimiento y estampación.
UC0903_3: Analizar pieles y cueros, productos y procesos curtientes. UC1246_3: Adaptar los procesos de preparación, tintura y acabados de pieles a los requerimientos del diseño. UC1247_3: Adaptar, según diseño, los procedimientos de grabación y estampado de pieles. 0445. Procesos en tintura y acabado de pieles.
UC0457_3: Realizar el diseño técnico de tejidos de calada asegurando su viabilidad. UC0454_3: Realizar el diseño técnico de tejidos de punto asegurando su viabilidad. UC0900_3: Realizar el diseño técnico de estampados textiles asegurando su viabilidad. 0447. Diseño técnico de textiles.
UC1245_3: Realizar el diseño técnico de colecciones de pieles. 0450. Diseño técnico de acabados de pieles.
Nota: las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, por reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidado el módulo profesional “0279. Muestras de artículos en textil y piel”. Nota: las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, por reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidado el módulo profesional “0279. Muestras de artículos en textil y piel”.

ANEXO V B). Correspondencia de los módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables
0281. Procesos y análisis de hilatura. UC0459_3: Adaptar el proceso y definir los procedimientos de fabricación de hilos simples y de fantasía. UC0453_3: Analizar materias primas, productos y procesos textiles.
0282. Procesos y análisis de tejidos y no tejidos. UC0453_3: Analizar materias primas, productos y procesos textiles. UC0455_3: Adaptar el proceso y definir los procedimientos de fabricación de tejidos de punto por trama. UC0456_3: Adaptar el proceso y definir los procedimientos de fabricación de tejidos de punto por urdimbre. UC0458_3: Adaptar el proceso y definir los procedimientos de fabricación de tejidos de calada por lizos, jacquard y especiales.
0283. Análisis de diseños en textil y piel. UC0912_3: Analizar e interpretar el diseño, colaborando en la definición del producto en textil y piel. UC0479_3: Definir y desarrollar productos de confección, calzado y marroquinería.
0444. Procesos de ennoblecimiento y estampación. UC0901_3: Adaptar los procedimientos de preparación, tintura, aprestos y acabados a los requerimientos del diseño. UC0902_3: Adaptar los procedimientos para la realización de estampados textiles.
0445. Procesos en tintura y acabado de pieles. UC0903_3: Analizar pieles y cueros, productos y procesos curtientes. UC1246_3: Adaptar los procesos de preparación, tintura y acabados de pieles a los requerimientos del diseño. UC1247_3: Adaptar, según diseño, los procedimientos de grabación y estampado de pieles.
0447. Diseño técnico de textiles. UC0457_3: Realizar el diseño técnico de tejidos de calada asegurando su viabilidad. UC0454_3: Realizar el diseño técnico de tejidos de punto asegurando su viabilidad. UC0900_3: Realizar el diseño técnico de estampados textiles asegurando su viabilidad.
0450. Diseño técnico de acabados de pieles. UC1245_3: Realizar el diseño técnico de colecciones de pieles.»

Diecisiete. En el Real Decreto 1582/2011, de 4 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección y se fijan sus enseñanzas mínimas, se da una nueva redacción al artículo 6 y se sustituyen los anexos V A) y V B) con la siguiente redacción:

«Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Cualificaciones profesionales:

a) Asistencia documental y de gestión en despachos y oficinas ADG310_3 (Real Decreto 107/2008, de 1 de febrero, por el que se complementa el catálogo nacional de cualificaciones profesionales, mediante el establecimiento de siete cualificaciones profesionales de la Familia profesional Administración y Gestión):

UC0982_3: Administrar y gestionar con autonomía las comunicaciones de la dirección.

UC0986_3: Elaborar documentación y presentaciones profesionales en distintos formatos.

UC0987_3: Administrar los sistemas de información y archivo en soporte convencional e informático.

UC0988_3: Preparar y presentar expedientes y documentación jurídica y empresarial ante Organismos y Administraciones Públicas.

UC0980_2: Efectuar las actividades de apoyo administrativo de Recursos Humanos.

UC0979_2: Realizar las gestiones administrativas de tesorería.

b) Asistencia a la dirección ADG309_3 (Real Decreto 107/2008, de 1 de febrero):

UC0982_3: Administrar y gestionar con autonomía las comunicaciones de la dirección.

UC0983_3: Gestionar de forma proactiva actividades de asistencia a la dirección en materia de organización.

UC0986_3: Elaborar documentación y presentaciones profesionales en distintos formatos.

UC9999_3 - Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el Marco Común Europeo de referencia para las Lenguas, en el ámbito profesional.

c) Administración de recursos humanos ADG084_3 (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional):

UC0233_3 Manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación.

UC0238_3 Realizar el apoyo administrativo a las tareas de selección, formación y desarrollo de recursos humanos.

d) Gestión financiera ADG157_3 (Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen nuevas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos, que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero):

UC0500_3 Gestionar y controlar la tesorería y su presupuesto.

e) Gestión financiera COM316_3 (Real Decreto 109/2008, de 1 de febrero, por el que se complementa el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, mediante el establecimiento de siete cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Comercio y Marketing):

UC9997_3 - Comunicarse en una segunda lengua extranjera distinta del inglés con un nivel de usuario independiente (b1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional.»

«ANEXO V A). Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0988_3: Preparar y presentar expedientes y documentación jurídica y empresarial ante Organismos y Administraciones Públicas. 0647. Gestión de la documentación jurídica y empresarial.
UC0238_3: Realizar el apoyo administrativo a las tareas de selección, formación y desarrollo de recursos humanos. UC0980_2: Efectuar las actividades de apoyo administrativo de Recursos Humanos. 0648. Recursos humanos y responsabilidad social corporativa.
UC0987_3: Administrar los sistemas de información y archivo en soporte convencional e informático. UC0986_3: Elaborar documentación y presentaciones profesionales en distintos formatos. UC0233_2: Manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación. 0649. Ofimática y proceso de la información.
UC0500_3: Gestionar y controlar la tesorería y su presupuesto. UC0979_2: Realizar las gestiones administrativas de tesorería. 0650. Proceso integral de la actividad comercial.
UC0982_3: Administrar y gestionar con autonomía las comunicaciones de la dirección. 0651. Comunicación y atención al cliente.
UC0983_3: Gestionar de forma proactiva actividades de asistencia a la dirección en materia de organización. 0662. Organización de eventos empresariales.
UC9999_3: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en el ámbito profesional. 0179. Inglés Profesional (GS).
UC9997_3: Comunicarse en una segunda lengua extranjera distinta del inglés con un nivel de usuario independiente (B1), según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en el ámbito profesional. 0180. Segunda lengua extranjera.

ANEXO V B). Correspondencia de los módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables
0647. Gestión de la documentación jurídica y empresarial. UC0988_3: Preparar y presentar expedientes y documentación jurídica y empresarial ante Organismos y Administraciones Públicas.
0648. Recursos humanos y responsabilidad social corporativa. UC0238_3: Realizar el apoyo administrativo a las tareas de selección, formación y desarrollo de recursos humanos. UC0980_2: Efectuar las actividades de apoyo administrativo de recursos humanos.
0649. Ofimática y proceso de la información. UC0987_3: Administrar los sistemas de información y archivo en soporte convencional e informático. UC0986_3: Elaborar documentación y presentaciones profesionales en distintos formatos. UC0233_2: Manejar aplicaciones ofimáticas en la gestión de la información y la documentación.
0650. Proceso integral de la actividad comercial. UC0500_3: Gestionar y controlar la tesorería y su presupuesto. UC0979_2: Realizar las gestiones administrativas de tesorería.
0651. Comunicación y atención al cliente. UC0982_3: Administrar y gestionar con autonomía las comunicaciones de la dirección.
0662. Organización de eventos empresariales. UC0983_3: Gestionar de forma proactiva actividades de asistencia a la dirección en materia de organización.
0179. Inglés Profesional (GS). UC9999_3: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en el ámbito profesional.
0180. Segunda lengua extranjera. UC9997_3: Comunicarse en una segunda lengua extranjera distinta del inglés con un nivel de usuario independiente (B1), según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, en el ámbito profesional.»

Dieciocho. En el Real Decreto 1679/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Vestuario a Medida y de Espectáculos y se fijan sus enseñanzas mínimas, se da una nueva redacción al artículo 6 y se sustituyen los anexos V A) y V B) con la siguiente redacción:

«Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Cualificaciones profesionales:

a) Realización de vestuario a medida en textil y piel TCP470_3. (Real Decreto 1224/2010, de 1 de octubre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de cinco cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Textil, Confección y Piel):

UC1513_3: Buscar información y documentar los cambios en la silueta, usos y costumbres de la indumentaria.

UC1514_3: Gestionar recursos para la realización de vestuario a medida.

UC0913_3: Desarrollar el modelaje de prendas sobre maniquí.

UC1515_3: Crear patrones de prendas para vestuario a medida.

UC1516_3: Supervisar y realizar los procesos de corte, confección, pruebas y acabados de vestuario a medida.

UC1237_2: Atender al cliente en los servicios de realización de vestuario a medida.

b) Diseño técnico de productos de confección, calzado y marroquinería TCP150_3 Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen nuevas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos, que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero):

UC0474_3: Analizar materias primas, productos y procesos de confección, calzado y marroquinería.

c) Patronaje de calzado y marroquinería TCP287_3 (Real Decreto 1199/2007, de 14 de septiembre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de diez cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Textil, Confección y Piel):

UC0912_3: Analizar e interpretar el diseño, colaborando en la definición del producto en textil y piel.

d) Realización de vestuario para el espectáculo TCP471_3 (Real Decreto 1224/2010, de 1 de octubre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de cinco cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Textil, Confección y Piel):

UC1518_3: Planificar el desarrollo del vestuario a partir de los figurines del proyecto artístico.

UC1519_3: Realizar el modelaje, patronaje y corte de vestuario del espectáculo.

UC1521_3: Transformar materiales textiles y no textiles para su uso en vestuario de espectáculo.»

«ANEXO V A). Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0474_3: Analizar materias primas, productos y procesos de confección, calzado y marroquinería. 0276. Materiales en textil, confección y piel.
UC0912_3: Analizar e interpretar el diseño, colaborando en la definición del producto en textil y piel. 0590. Diseño de vestuario a medida.
UC1513_3: Buscar información y documentar los cambios en la silueta, usos y costumbres de la indumentaria. 0589. Moda y tendencias en el vestir.
UC1514_3: Gestionar recursos para la realización de vestuario a medida. UC1237_2: Atender al cliente en los servicios de realización de vestuario a medida. 0586. Gestión de recursos de vestuario a medida.
UC1516_3: Supervisar y realizar los procesos de corte, confección, pruebas y acabados de vestuario a medida. 0591. Confección de vestuario a medida. 0588. Sastrería clásica.
UC0913_3: Desarrollar el modelaje de prendas sobre maniquí. UC1515_3: Crear patrones de prendas para vestuario a medida. 0585. Técnicas de modelaje y patronaje de vestuario a medida.
UC1518_3: Planificar el desarrollo del vestuario a partir de los figurines del proyecto artístico. UC1521_3: Transformar materiales textiles y no textiles para su uso en vestuario de espectáculo. 0587. Vestuario de espectáculos.
UC1519_3: Realizar el modelaje, patronaje y corte de vestuario del espectáculo. 0585. Técnicas de modelaje y patronaje de vestuario a medida.

ANEXO V B). Correspondencia de los módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables
0276. Materiales en textil, confección y piel. UC0474_3: Analizar materias primas, productos y procesos de confección, calzado y marroquinería.
0590. Diseño de vestuario a medida. UC0912_3: Analizar e interpretar el diseño, colaborando en la definición del producto en textil y piel.
0589. Moda y tendencias en el vestir. UC1513_3: Buscar información y documentar los cambios en la silueta, usos y costumbres de la indumentaria.
0586. Gestión de recursos de vestuario a medida. UC1514_3: Gestionar recursos para la realización de vestuario a medida. UC1237_2: Atender al cliente en los servicios de realización de vestuario a medida.
0591. Confección de vestuario a medida. 0588. Sastrería clásica. UC1516_3: Supervisar y realizar los procesos de corte, confección, pruebas y acabados de vestuario a medida.
0587. Vestuario de espectáculos. UC1518_3: Planificar el desarrollo del vestuario a partir de los figurines del proyecto artístico. UC1521_3: Transformar materiales textiles y no textiles para su uso en vestuario de espectáculo.
0585. Técnicas de modelaje y patronaje de vestuario a medida. UC0913_3: Desarrollar el modelaje de prendas sobre maniquí. UC1515_3: Crear patrones de prendas para vestuario a medida. UC1519_3: Realizar el modelaje, patronaje, y corte de vestuario del espectáculo.»

Diecinueve. En el Real Decreto 1684/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Animación Sociocultural y Turística y se fijan sus enseñanzas mínimas, se da una nueva redacción al artículo 6 y se sustituyen los anexos V A) y V B) con la siguiente redacción:

«Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Cualificaciones profesionales:

a) Dinamización comunitaria SSC321_3 (Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de seis cualificaciones profesionales de la familia profesional servicios socioculturales y a la comunidad):

UC1020_3: Establecer y mantener relación con los principales agentes comunitarios: población, técnicos y administraciones, dinamizando la relación recíproca entre ellos.

UC1021_3: Promover la participación ciudadana en los proyectos y recursos comunitarios.

UC1022_3: Dinamizar la planificación, desarrollo y evaluación de intervenciones y proyectos comunitarios y de participación ciudadana que se desarrollen entre los diferentes agentes que configuran una comunidad o una zona territorial.

UC1023_3: Intervenir, apoyar y acompañar en la creación y desarrollo del tejido asociativo.

UC1024_3: Establecer estrategias de comunicación y difusión de los diferentes proyectos y actuaciones comunitarias.

UC1025_3: Aplicar procesos y técnicas de mediación en la gestión de conflictos entre agentes comunitarios.

UC1026_3: Incorporar la perspectiva de género en los proyectos de intervención social.

b) Dirección y coordinación de proyectos de tiempo libre educativo infantil y juvenil SSC565_3 (Real Decreto 567/2011, de 20 de abril, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de cuatro cualificaciones profesionales de la familia profesional servicios socioculturales y a la comunidad):

UC1867_2: Intervenir en procesos grupales en el marco del tiempo libre educativo y otros ámbitos de la educación no formal.

UC1868_2: Aplicar técnicas y recursos educativos de animación en el tiempo libre y otros ámbitos de la educación no formal.

UC1869_3: Coordinar la planificación, gestión y evaluación de proyectos de tiempo libre educativo y en otros ámbitos de la educación no formal.

UC1870_3: Liderar equipos de personal monitor en proyectos de tiempo libre educativo y otros ámbitos de educación no formal.

c) Dinamización, gestión de programaciones y desarrollo de acciones culturales. SSC445_3 (Real Decreto 1096/2011, de 22 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de nueve cualificaciones profesionales de la familia profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad):

UC1431_3: Gestionar actividades culturales.

UC1432_3: Programar y dinamizar proyectos culturales con las redes asociativas culturales, cívicas y sociales.

UC1433_3: Desarrollar acciones de innovación, digitalización, comunicación, marketing cultural y participación social.

d) Información juvenil SSC567_3 (Real Decreto 567/2011, de 20 de abril):

UC1874_3: Organizar y gestionar servicios de información de interés para la juventud.

UC1875_3: Organizar y gestionar acciones de dinamización de la información para jóvenes.

UC1023_3: Intervenir, apoyar y acompañar en la creación y desarrollo del tejido asociativo.

UC1876_3: Organizar acciones socioeducativas dirigidas a jóvenes en el marco de la educación no formal.

e) Animación turística SSC329_3 (Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de trece cualificaciones profesionales de la familia profesional hostelería y turismo):

UC1091_3: Gestionar departamentos de animación turística.

UC1092_3: Diseñar, promocionar y evaluar proyectos de animación turística.

UC1093_3: Crear y dinamizar grupos en situaciones de ocio.»

«ANEXO V A). Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC1868_2: Aplicar técnicas y recursos educativos de animación en el tiempo libre y otros ámbitos de la educación no formal. UC1869_3: Coordinar la planificación, gestión y evaluación de proyectos de tiempo libre educativo y en otros ámbitos de la educación no formal. 1123. Actividades de ocio y tiempo libre.
UC1093_3: Crear y dinamizar grupos en situaciones de ocio. 1124. Dinamización grupal.
UC1867_2: Intervenir en procesos grupales en el marco del tiempo libre educativo y otros ámbitos de la educación no formal. UC1870_3: Liderar equipos de personal monitor en proyectos de tiempo libre educativo y otros ámbitos de educación no formal. 1124. Dinamización grupal.
UC1431_3: Gestionar de actividades culturales. UC1432_3: Programar y dinamizar proyectos culturales con las redes asociativas culturales, cívicas y sociales. UC1433_3: Desarrollar acciones de innovación, digitalización, comunicación, marketing cultural y participación social. 1125. Animación y gestión cultural.
UC1091_3: Gestionar departamentos de animación turística. UC1092_3: Diseñar, promocionar y evaluar proyectos de animación turística. 1126. Animación turística.
UC1022_3: Dinamizar la planificación, desarrollo y evaluación de intervenciones y proyectos comunitarios y de participación ciudadana que se desarrollen entre los diferentes agentes que configuran una comunidad o una zona territorial. UC1024_3: Establecer estrategias de comunicación y difusión de los diferentes proyectos y actuaciones comunitarias. UC1026_3: Incorporar la perspectiva de género en los proyectos de intervención social. 0344. Metodología de la intervención social.
UC1020_3: Establecer y mantener relación con los principales agentes comunitarios: población, técnicos y administraciones, dinamizando la relación recíproca entre ellos. UC1021_3: Promover la participación ciudadana en los proyectos y recursos comunitarios. UC1023_3: Intervenir, apoyar y acompañar en la creación y desarrollo de tejido asociativo. UC1025_3: Aplicar procesos y técnicas de mediación en la gestión de conflictos entre agentes comunitarios. 1128. Desarrollo comunitario.
UC1874_3: Organizar y gestionar servicios de información de interés para la juventud. UC1875_3: Organizar y gestionar acciones de dinamización de la información para jóvenes. 1129. Información juvenil.
UC1876_3: Organizar acciones socioeducativas dirigidas a jóvenes en el marco de la educación no formal. 1130. Intervención socioeducativa con jóvenes.
Nota: las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, por reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidado el módulo profesional “1131. Contexto de la animación sociocultural”. Nota: las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, por reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidado el módulo profesional “1131. Contexto de la animación sociocultural”.

ANEXO V B). Correspondencia de los módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables
1123. Actividades de ocio y tiempo libre. UC1868_2: Aplicar técnicas y recursos educativos de animación en el tiempo libre y otros ámbitos de la educación no formal. UC1869_3: Coordinar la planificación, gestión y evaluación de proyectos de tiempo libre educativo y en otros ámbitos de la educación no formal.
1124. Dinamización grupal. UC1867_2: Intervenir en procesos grupales en el marco del tiempo libre educativo y otros ámbitos de la educación no formal. UC1870_3: Liderar equipos de personal monitor en proyectos de tiempo libre educativo y otros ámbitos de educación no formal. UC1093_3: Crear y dinamizar grupos en situaciones de ocio.
1125. Animación y gestión cultural. UC1431_3: Gestionar de actividades culturales. UC1432_3: Programar y dinamizar proyectos culturales con las redes asociativas culturales, cívicas y sociales. UC1433_3: Desarrollar acciones de innovación, digitalización, comunicación, marketing cultural y participación social.
1126. Animación turística. UC1091_3: Gestionar departamentos de animación turística. UC1092_3: Diseñar, promocionar y evaluar proyectos de animación turística.
0344 Metodología de la intervención social. UC1022_3: Dinamizar la planificación, desarrollo y evaluación de intervenciones y proyectos comunitarios y de participación ciudadana que se desarrollen entre los diferentes agentes que configuran una comunidad o una zona territorial. UC1024_3: Establecer estrategias de comunicación y difusión de los diferentes proyectos y actuaciones comunitarias. UC1026_3: Incorporar la perspectiva de género en los proyectos de intervención social.
1128. Desarrollo comunitario. UC1020_3: Establecer y mantener relación con los principales agentes comunitarios: población, técnicos y administraciones, dinamizando la relación recíproca entre ellos. UC1021_3: Promover la participación ciudadana en los proyectos y recursos comunitarios. UC1023_3: Intervenir, apoyar y acompañar en la creación y desarrollo del tejido asociativo. UC1025_3: Aplicar procesos y técnicas de mediación en la gestión de conflictos entre agentes comunitarios.
1129. Información juvenil. UC1874_3: Organizar y gestionar servicios de información de interés para la juventud. UC1875_3: Organizar y gestionar acciones de dinamización de la información para jóvenes.
1130. Intervención socioeducativa con jóvenes. UC1876_3: Organizar acciones socioeducativas dirigidas a jóvenes en el marco de la educación no formal.»

Veinte. En el Real Decreto 1691/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Transporte marítimo y pesca de altura y se fijan sus enseñanzas mínimas, se da una nueva redacción al artículo 6 y se sustituyen los anexos V A) y V B) con la siguiente redacción:

«Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Cualificaciones profesionales:

a) Navegación, transporte marítimo y actividades pesqueras MAP234_3 (Real Decreto 101/2009, de 6 de febrero, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales mediante el establecimiento de seis cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Marítimo Pesquera, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero):

UC0747_3: Planificar y gestionar la administración del buque para el transporte y la pesca.

UC0748_3: Planificar y dirigir las maniobras del buque y determinar la estabilidad y el asiento.

UC0749_3: Planificar y dirigir la navegación.

UC0750_3: Planificar y dirigir las operaciones extractivas, de producción y conservación de la pesca.

UC0751_3: Planificar y controlar las situaciones de emergencia.

UC0752_3: Organizar y aplicar la asistencia sanitaria, reconociendo los cuadros médicos que se presenten.

UC0753_2: Comunicarse en inglés con un nivel de usuario independiente en actividades marítimo-pesqueras.

b) Gestión administrativa y financiera del comercio internacional COM086_3 (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional):

UC9999_3: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente(B1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional.»

«ANEXO V A). Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0748_3: Planificar y dirigir las maniobras del buque y determinar la estabilidad y el asiento. 0798. Maniobra y estiba.
UC0749_3: Planificar y dirigir la navegación. 0799.Navegación, gobierno y comunicaciones del buque.
UC0751_3: Planificar y controlar las situaciones de emergencia. UC0752_3: Organizar y aplicar la asistencia sanitaria reconociendo los cuadros médicos que se presenten. 0800. Control de las emergencias. 0802. Organización de la asistencia sanitaria a bordo.
UC9999_3: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional. 0179. Inglés profesional (GS).
UC0747_3: Planificar y gestionar la administración del buque para el transporte y la pesca. 0803. Administración y gestión del buque y de la actividad pesquera.
UC0748_3: Planificar y dirigir las maniobras del buque y determinar la estabilidad y el asiento. UC0749_3: Planificar y dirigir la navegación. 0798. Maniobra y estiba. 0799. Navegación, gobierno y comunicaciones del buque. 0804. Guardia de puente.
UC0750_3: Planificar y dirigir las operaciones extractivas, de producción y conservación de la pesca. 0805. Pesca de altura y gran altura.

ANEXO V B). Correspondencia de los módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables
0800. Control de las emergencias. 0802. Organización de la asistencia sanitaria a bordo. UC0751_3: Planificar y controlar las situaciones de emergencia. UC0752_3: Organizar y aplicar la asistencia sanitaria reconociendo los cuadros médicos que se presenten.
0179. Inglés profesional (GS). UC9999_3: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional.
0803. Administración y gestión del buque y de la actividad pesquera. UC0747_3: Planificar y gestionar la administración del buque para el transporte y la pesca.
0798. Maniobra y estiba. 0799. Navegación, gobierno y comunicaciones del buque. 0804. Guardia de puente. UC0748_3: Planificar y dirigir las maniobras del buque y determinar la estabilidad y el asiento. UC0749_3: Planificar y dirigir la navegación.
0805.Pesca de altura y gran altura. UC0750_3: Planificar y dirigir las operaciones extractivas, de producción y conservación de la pesca.»

Veintiuno. En el Real Decreto 1075/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Organización del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones y se fijan sus enseñanzas mínimas, se da una nueva redacción al artículo 6 y se sustituyen los anexos V A) y V B) con la siguiente redacción:

«Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Cualificaciones profesionales:

a) Control del funcionamiento y supervisión del mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares del buque MAP594_3 (Real Decreto 1033/2011, de 15 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de cuatro cualificaciones profesionales de la familia profesional Marítimo-Pesquera):

UC1958_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento del motor propulsor del buque y sus servicios auxiliares.

UC1959_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las máquinas y sistemas auxiliares de la planta propulsora, y de los elementos inherentes a la situación del buque en seco.

UC1960_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de los sistemas automáticos de control en el buque.

UC1961_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las instalaciones eléctricas y electrónicas del buque.

UC1962_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las instalaciones y equipos frigoríficos y de climatización del buque.

UC1963_3: Gestionar el mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares del buque.

UC1954_2: Desarrollar actividades relacionadas con la seguridad, supervivencia y asistencia sanitaria a bordo.

UC0808_2: Comunicarse en inglés a nivel de usuario independiente, en el ámbito del mantenimiento naval, seguridad, supervivencia y asistencia sanitaria a bordo.

b) Organización y supervisión del mantenimiento de los sistemas y equipos de embarcaciones deportivas y de recreo TMV605_3 (Real Decreto 1789/2011, de 16 de diciembre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de tres cualificaciones de la familia profesional Transporte y Mantenimiento de Vehículos):

UC1993_3: Gestionar el mantenimiento de embarcaciones deportivas y de recreo.

UC1996_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas de propulsión y gobierno, y de los elementos inherentes a la situación de la embarcación en seco.

UC1997_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas y equipos de generación, acumulación y consumo de energía eléctrica de embarcaciones deportivas y de recreo.

UC1998_3: Organizar y supervisar el mantenimiento e instalación de los sistemas electrónicos de embarcaciones deportivas y de recreo.

UC1999_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas de frío y climatización y de servicio de fluidos de embarcaciones deportivas y de recreo.

c) Gestión administrativa y financiera del comercio internacional COM086_3 (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional):

UC9999_3: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional.»

«ANEXO V A). Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC1958_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento del motor propulsor del buque y sus servicios auxiliares. 1308. Organización del mantenimiento de planta propulsora y maquinaria auxiliar de buques.
UC1996_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas de propulsión y gobierno, y de los elementos inherentes a la situación de la embarcación en seco. UC1959_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las máquinas y sistemas auxiliares de la planta propulsora, y de los elementos inherentes a la situación del buque en seco. 1309. Organización del mantenimiento en seco de buques y embarcaciones y montaje de motores térmicos.
UC1960_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de los sistemas automáticos de control en el buque. 1310. Programación y mantenimiento de automatismos hidráulicos y neumáticos en buques y embarcaciones.
UC1961_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las instalaciones eléctricas y electrónicas del buque. UC1997_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas y equipos de generación, acumulación y consumo de energía eléctrica de embarcaciones deportivas y de recreo. 1311. Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones y sistemas eléctricos de buques y embarcaciones.
UC1997_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas y equipos de generación, acumulación y consumo de energía eléctrica de embarcaciones deportivas y de recreo. UC1998_3: Organizar y supervisar el mantenimiento e instalación de los sistemas electrónicos de embarcaciones deportivas y de recreo. 1311. Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones y sistemas eléctricos de buques y embarcaciones.
UC1962_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las instalaciones y equipos frigoríficos y de climatización del buque. UC1999_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas de frío y climatización y de servicio de fluidos de embarcaciones deportivas y de recreo. 1312. Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones frigoríficas y sistemas de climatización de buques y embarcaciones.
UC1963_3: Gestionar el mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares del buque. UC1993_3: Gestionar el mantenimiento de embarcaciones deportivas y de recreo. 1313. Planificación del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones.
UC1954_2: Desarrollar actividades relacionadas con la seguridad, supervivencia y asistencia sanitaria a bordo. 0800. Control de las emergencias. 0802. Organización de la asistencia sanitaria a bordo.
UC9999_3: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional. 0179. Inglés profesional (GS).
Nota: las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidado el módulo profesional “1314. Organización de la guardia de máquinas”. Nota: las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, tendrán convalidado el módulo profesional “1314. Organización de la guardia de máquinas”.

ANEXO V B). Correspondencia de los módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables
1308. Organización del mantenimiento de planta propulsora y maquinaria auxiliar de buques. UC1958_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento del motor propulsor del buque y sus servicios auxiliares.
1309. Organización del mantenimiento en seco de buques y embarcaciones y montaje de motores térmicos. UC1996_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas de propulsión y gobierno, y de los elementos inherentes a la situación de la embarcación en seco. UC1959_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las máquinas y sistemas auxiliares de la planta propulsora, y de los elementos inherentes a la situación del buque en seco.
1310. Programación y mantenimiento de automatismos hidráulicos y neumáticos en buques y embarcaciones. UC1960_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de los sistemas automáticos de control en el buque.
1311. Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones y sistemas eléctricos de buques y embarcaciones. UC1961_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las instalaciones eléctricas y electrónicas del buque. UC1997_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas y equipos de generación, acumulación y consumo de energía eléctrica de embarcaciones deportivas y de recreo. UC1998_3: Organizar y supervisar el mantenimiento e instalación de los sistemas electrónicos de embarcaciones deportivas y de recreo.
1312. Organización del mantenimiento y montaje de instalaciones frigoríficas y sistemas de climatización de buques y embarcaciones. UC1962_3: Controlar el funcionamiento y supervisar el mantenimiento de las instalaciones y equipos frigoríficos y de climatización del buque. UC1999_3: Organizar y supervisar el mantenimiento de los sistemas de frío y climatización y de servicio de fluidos de embarcaciones deportivas y de recreo.
1313. Planificación del mantenimiento de maquinaria de buques y embarcaciones. UC1963_3: Gestionar el mantenimiento de la planta propulsora, máquinas y equipos auxiliares del buque. UC1993_3: Gestionar el mantenimiento de embarcaciones deportivas y de recreo.
0800. Control de las emergencias. 0802. Organización de la asistencia sanitaria a bordo. UC1954_2: Desarrollar actividades relacionadas con la seguridad, supervivencia y asistencia sanitaria a bordo.
0179. Inglés profesional (GS) UC9999_3: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional.»

Veintidós. En el Real Decreto 832/2014, de 3 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Fabricación de Productos Farmacéuticos, Biotecnológicos y Afines y se fijan sus enseñanzas mínimas, se da una nueva redacción al artículo 6 y se sustituyen los anexos V A) y V B) con la siguiente redacción:

«Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Cualificaciones profesionales:

a) Control de la fabricación de productos farmacéuticos y afines QUI778_3 (Real Decreto 148/2022, de 22 de febrero, por el que se establecen, actualizan y suprimen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Artes Gráficas, Hostelería y Turismo, Industrias Alimentarias y Química, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales):

UC0334_3: Organizar la fabricación de productos farmacéuticos y afines.

UC0335_3: Verificar la conformidad de equipos, instalaciones y condiciones del proceso de obtención de productos farmacéuticos y afines.

UC0336_3: Supervisar el acondicionamiento de productos farmacéuticos y afines.

UC0338_3: Controlar el cumplimiento de las normas de seguridad y medioambientales del sector químico.

UC0339_3: Supervisar la fabricación de productos farmacéuticos y afines.

UC2570_3: Controlar la calidad en la fabricación de productos farmacéuticos y afines.

b) Organización y control de procesos y realización de servicios biotecnológicos QUI480_3 (Real Decreto 143/2011, de 4 de febrero, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de seis cualificaciones profesionales de la Familia Profesional Química, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas en el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero):

UC0577_3: Supervisar los sistemas de control básico.

UC0578_3: Supervisar y operar los sistemas de control avanzado y de optimización.

UC1537_3: Obtener e intercambiar datos biotecnológicos usando redes telemáticas y técnicas de bioinformática.

UC1541_3: Supervisar el adecuado cumplimiento de las normas de seguridad y ambientales en biotecnología.

UC1557_3: Organizar la fabricación de productos de base biológica y el desarrollo de servicios biotecnológicos.

UC1558_3: Garantizar la calidad del proceso de obtención de productos y servicios biotecnológicos.

«ANEXO V A). Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0334_3: Organizar la fabricación de productos farmacéuticos y afines. 1387. Organización y gestión de la fabricación de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines.
UC0335_3: Verificar la conformidad de equipos, instalaciones y condiciones del proceso de obtención de productos farmacéuticos y afines. 1392. Áreas y servicios auxiliares en la industria farmacéutica, biotecnológica y afines.
UC0336_3: Supervisar el acondicionamiento de productos farmacéuticos y afines. 1396. Acondicionamiento y almacenamiento de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines.
UC2570_3: Controlar la calidad en la fabricación de productos farmacéuticos y afines. 1388. Control de calidad de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines.
UC0338_3: Controlar el cumplimiento de las normas de seguridad y medioambientales del proceso farmacéutico y afines. UC01541_3: Supervisar el adecuado cumplimiento de las normas de seguridad y ambientales en biotecnología. 1391. Seguridad en la industria farmacéutica, biotecnológica y afines.
UC0339_3: Supervisar la fabricación de productos farmacéuticos y afines. 1394. Técnicas de producción farmacéutica y afines. 1389. Operaciones básicas en la industria farmacéutica, biotecnológica y afines.
UC0577_3: Supervisar los sistemas de control básico. UC0578_3: Supervisar y operar los sistemas de control avanzado y de optimización. 1395. Regulación y control en la industria farmacéutica, biotecnológica y afines.
UC1537_3: Obtener e intercambiar datos biotecnológicos usando redes telemáticas y técnicas de bioinformática. UC1557_3: Organizar la fabricación de productos de base biológica y el desarrollo de servicios biotecnológicos. 1393. Técnicas de producción biotecnológica.
UC1558_3: Garantizar la calidad del proceso de obtención de productos y servicios biotecnológicos. 1388. Control de calidad de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines.
Nota: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías formales o informales recogido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, tendrán convalidado el módulo profesional “0191. Mantenimiento electromecánico en industrias de proceso”. Nota: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías formales o informales recogido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, tendrán convalidado el módulo profesional “0191. Mantenimiento electromecánico en industrias de proceso”.

ANEXO V B). Correspondencia de los módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables
1387. Organización y gestión de la fabricación de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines. UC0334_3: Organizar la fabricación de productos farmacéuticos y afines.
1388. Control de calidad de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines. UC2570_3: Controlar la calidad en la fabricación de productos farmacéuticos y afines. UC1558_3: Garantizar la calidad del proceso de obtención de productos y servicios biotecnológicos.
1390. Principios de biotecnología. 1393. Técnicas de producción biotecnológica. 0191. Mantenimiento electromecánico en industrias de proceso. UC1557_3: Organizar la fabricación de productos de base biológica y el desarrollo de servicios biotecnológicos. UC1537_3: Obtener e intercambiar datos biotecnológicos usando redes telemáticas y técnicas de bioinformática.
1391. Seguridad en la industria farmacéutica, biotecnológica y afines. UC0338_3: Cumplir y hacer cumplir las normas de seguridad y ambientales del proceso farmacéutico y afines. UC1541_3: Supervisar el adecuado cumplimiento de las normas de seguridad y ambientales en biotecnología.
1392. Áreas y servicios auxiliares en la industria farmacéutica, biotecnológica y afines. 0191. Mantenimiento electromecánico en industrias de proceso. UC0335_3: Verificar la conformidad de equipos, instalaciones y condiciones del proceso de obtención de productos farmacéuticos y afines.
1389. Operaciones básicas en la industria farmacéutica, biotecnológica y afines. 1394. Técnicas de producción farmacéutica y afines. 0191. Mantenimiento electromecánico en industrias de proceso. UC0339_3: Supervisar la fabricación de productos farmacéuticos y afines.
1395. Regulación y control en la industria farmacéutica, biotecnológica y afines. UC0577_3: Supervisar los sistemas de control básico. UC0578_3: Supervisar y operar los sistemas de control avanzado y de optimización.
1396. Acondicionamiento y almacenamiento de productos farmacéuticos, biotecnológicos y afines. UC0336_3: Supervisar el acondicionamiento de productos farmacéuticos y afines.»

Veintitrés. En el Real Decreto 636/2015, de 10 de julio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Organización y Control de Obras de Construcción y se fijan los aspectos básicos del currículo, se da una nueva redacción al artículo 6 y se sustituyen los anexos V A) y V B) con la siguiente redacción:

«Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Cualificaciones profesionales:

a) Control de ejecución de obras de edificación EOC642_3 (Real Decreto 1030/2011, de 15 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de dos cualificaciones profesionales de la familia profesional Edificación y Obra Civil):

UC2140_3: Realizar replanteos en los tajos y organizar la intervención de los servicios de topografía.

UC2141_3: Controlar la puesta en obra de encofrados, armaduras pasivas y hormigón.

UC2147_3: Controlar el acondicionamiento del terreno y la ejecución de la cimentación y estructura en edificación.

UC2148_3: Controlar la ejecución de la envolvente en edificación.

UC2149_3: Controlar la ejecución de las particiones, instalaciones y acabados en edificación.

UC2146_3: Organizar y gestionar el desarrollo de obras de construcción.

UC2150_3: Controlar las técnicas específicas de obras de rehabilitación en edificación.

UC2327_2: Realizar las funciones de nivel básico para la prevención de riesgos en construcción.

b) Control de ejecución de obras civiles EOC641_3 (Real Decreto 1030/2011, de 15 de julio):

UC2140_3: Realizar replanteos en los tajos y organizar la intervención de los servicios de topografía.

UC2141_3: Controlar la puesta en obra de encofrados, armaduras pasivas y hormigón.

UC2142_3: Controlar la ejecución de cimentaciones y estructuras en obra civil.

UC2143_3: Controlar la ejecución del movimiento de tierras en obra civil.

UC2144_3: Controlar la ejecución de la obra civil en conducciones y canalizaciones de servicios.

UC2145_3: Controlar la ejecución de firmes y elementos complementarios en obra civil.

UC2146_3: Organizar y gestionar el desarrollo de obras de construcción.

UC2327_2: Realizar las funciones de nivel básico para la prevención de riesgos en construcción.

c) Control de proyectos y obras de construcción EOC273_3 (Real Decreto 872/2007, de 2 de julio, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de cuatro cualificaciones profesionales correspondientes a la Familia Profesional Edificación y Obra Civil):

UC0874_3: Realizar el seguimiento de la planificación en construcción.

UC0875_3: Procesar el control de costes en construcción.

UC0876_3: Gestionar sistemas de documentación de proyectos de construcción.

d) Levantamientos y replanteos EOC274_3 (Real Decreto 872/2007, de 2 de julio):

UC0879_3: Realizar replanteos de proyectos.»

«ANEXO V A). Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas con los módulos profesionales para su convalidación

Unidades de competencia acreditadas Módulos profesionales convalidables
UC0875_3: Procesar el control de costes en construcción. 0564. Mediciones y valoraciones de construcción.
UC0879_3: Realizar replanteos de proyectos. UC2140_3: Realizar replanteos en los tajos y organizar la intervención de los servicios de topografía. 0565. Replanteos de construcción.
UC0874_3: Realizar el seguimiento de la planificación en construcción. 0566. Planificación de construcción.
UC0876_3: Gestionar sistemas de documentación de proyectos de construcción. 1287. Documentación de proyectos y obras de construcción.
UC2141_3: Controlar la puesta en obra de encofrados, armaduras pasivas y hormigón. UC2147_3: Controlar el acondicionamiento del terreno y la ejecución de la cimentación y estructura en edificación. UC2142_3: Controlar la ejecución de cimentaciones y estructuras en obra civil. 1290. Control de estructuras de construcción.
UC2146_3: Organizar y gestionar los recursos y el desarrollo de obras de construcción. UC2148_3: Controlar la ejecución de la envolvente en edificación. UC2149_3: Controlar la ejecución de las particiones, instalaciones y acabados en edificación. 1288. Procesos constructivos en edificación. 1291. Control de ejecución en obras de edificación.
UC2143_3: Controlar la ejecución del movimiento de tierras en obra civil. UC2144_3: Controlar la ejecución de la obra civil en conducciones y canalizaciones de servicios. UC2145_3: Controlar la ejecución de firmes y elementos complementarios en obra civil. 1289. Procesos constructivos en obra civil. 1292. Control de ejecución en obra civil.
UC2150_3: Controlar las técnicas específicas de rehabilitación en edificación. 1293. Rehabilitación y conservación de obras de construcción.
Nota: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías formales o informales recogido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, tendrán convalidado el módulo profesional “0562. Estructuras de construcción”. Nota: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan acreditadas todas las unidades de competencia incluidas en el título, de acuerdo con el procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral u otras vías formales o informales recogido en el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, tendrán convalidado el módulo profesional “0562. Estructuras de construcción”.

ANEXO V B). Correspondencia de los módulos profesionales y unidades de competencia para su acreditación

Módulos profesionales superados Unidades de competencia acreditables
0564. Mediciones y valoraciones de construcción. UC0875_3: Procesar el control de costes en construcción.
0565. Replanteos de construcción. UC0879_3: Realizar replanteos de proyectos. UC2140_3: Realizar replanteos en los tajos y organizar la intervención de los servicios de topografía.
0566. Planificación de construcción. UC0874_3: Realizar el seguimiento de la planificación en construcción.
1287. Documentación de proyectos y obras de construcción. UC0876_3: Gestionar sistemas de documentación de proyectos de construcción.
1290. Control de estructuras de construcción. UC2141_3: Controlar la puesta en obra de encofrados, armaduras pasivas y hormigón. UC2142_3: Controlar la ejecución de cimentaciones y estructuras en obra civil. UC2147_3: Controlar el acondicionamiento del terreno y la ejecución de la cimentación y estructura en edificación.
1288. Procesos constructivos en edificación. 1291. Control de ejecución en obras de edificación. UC2146_3: Organizar y gestionar los recursos y el desarrollo de obras de construcción. UC2148_3: Controlar la ejecución de la envolvente en edificación. UC2149_3: Controlar la ejecución de las particiones, instalaciones y acabados en edificación.
1289. Procesos constructivos en obra civil. 1292. Control de ejecución en obra civil. UC2143_3: Controlar la ejecución del movimiento de tierras en obra civil. UC2144_3: Controlar la ejecución de la obra civil en conducciones y canalizaciones de servicios. UC2145_3: Controlar la ejecución de firmes y elementos complementarios en obra civil.
1293. Rehabilitación y conservación de obras de construcción. UC2150_3: Controlar las técnicas específicas de rehabilitación en edificación.
Nota: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan superados todos los módulos asociados a unidades de competencia recogidos en el anexo V) B tendrá acreditada así mismo la UC2327_2: Realizar las funciones de nivel básico para la prevención de riesgos en construcción.» Nota: Las personas matriculadas en este ciclo formativo que tengan superados todos los módulos asociados a unidades de competencia recogidos en el anexo V) B tendrá acreditada así mismo la UC2327_2: Realizar las funciones de nivel básico para la prevención de riesgos en construcción.»

Veinticuatro. En el Real Decreto 651/2017, de 23 de junio, por el que se establece el título de Técnico Superior en Acondicionamiento Físico y se fijan los aspectos básicos del currículo, se da una nueva redacción al artículo 6 y se sustituyen los anexos V A) y V B) con la siguiente redacción:

«Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.

Cualificaciones profesionales:

a) Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente AFD097_3 (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional):

UC0273_3: Determinar la condición física, biológica y motivacional del usuario.

UC0274_3: Programar las actividades propias de una Sala de Entrenamiento Polivalente (SEP), atendiendo a criterios de promoción de la salud y el bienestar del usuario.

UC0275_3: Instruir y dirigir actividades de acondicionamiento físico con equipamientos y materiales propios de Salas de Entrenamiento Polivalente (SEP).

UC0272_2: Asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia.

b) Acondicionamiento físico en grupo con soporte musical AFD162_3 (Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen nuevas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos, que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero):

UC0273_3: Determinar la condición física, biológica y motivacional del usuario.

UC2366_3: Diseñar coreografías con los ejercicios y técnicas con afinidad musical, destinadas a la mejora de la condición física y bienestar del usuario.

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