Resolución de 8 de octubre de 2024, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales

Rango Resolución
Publicación 2024-10-15
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Fuente BOE
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Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

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La Misión Permanente de Austria ante las Naciones Unidas saluda atentamente al Secretario General de las Naciones Unidas y tiene el honor de formular una objeción y su oposición a la reserva efectuada por el Estado de Bielorrusia en relación con el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional.

El Gobierno de Austria ha examinado con detenimiento la declaración formulada por el Estado de Bielorrusia el 31 de julio de 2023 en relación con los párrafos 2 a 4 del artículo 20 del Protocolo contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (en lo sucesivo, el "Protocolo").

Austria considera que la declaración constituye una reserva, puesto que tiene la finalidad de excluir de la aplicación del párrafo 2 del artículo 20 a los Estados Parte que, en virtud del párrafo 4 del artículo 20 del Protocolo, hayan retirado sus reservas a todas las controversias que se hayan producido "antes, en el momento o inmediatamente después de la retirada de dicha reserva". Por lo tanto, Bielorrusia pretende modificar los efectos jurídicos del párrafo 4 del artículo 20 del Protocolo, que establece que los Estados Partes que hayan formulado alguna reserva de conformidad con el párrafo 3 del artículo 20 podrán retirar en cualquier momento esa reserva, sin límites temporales para las controversias correspondientes. De conformidad con el párrafo 3 del artículo 20 del Protocolo, solo se permite formular reservas al párrafo 2 del artículo 20. Por consiguiente, Austria considera que la reserva es inadmisible y se opone a ella.

Además, de conformidad con el párrafo 3 del artículo 20 del Protocolo, los Estados solo pueden formular reservas en el momento de la firma del Protocolo o el momento del depósito del instrumento de ratificación o de adhesión. La República de Bielorrusia depósito su instrumento de adhesión al Protocolo el 25 de junio de 2003 sin haber formulado la reserva mencionada. Por lo tanto, Austria considera que la reserva se formuló de forma tardía y se opone a ella.

La Misión Permanente de Austria aprovecha esta ocasión para reiterar al Secretario General de las Naciones Unidas el testimonio de su más alta consideración.

Nueva York, 31 de julio de 2024.»

– NITI 20011108201

SEGUNDO PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO EUROPEO DE ASISTENCIA JUDICIAL EN MATERIA PENAL.

Estrasburgo, 8 de noviembre de 2001. BOE: 01-06-2018, n.º 133.

REINO UNIDO.

04-07-2024 NOTIFICACIÓN DE DECLARACIÓN.

«De conformidad con el párrafo 9 del artículo 9 del Segundo Protocolo Adicional, el Gobierno del Reino Unido declara que no aplicará las disposiciones de dicho artículo a las audiencias por videoconferencia en las que participe la persona penalmente acusada o el sospechoso cuando las audiencias constituyan el juicio de la persona o formen parte del mismo. Esta posición será aplicable independientemente de si las audiencias incluyen el testimonio oral o escrito de la persona penalmente acusada o el sospechoso o no.»

– NITI 20011123200.

CONVENIO SOBRE LA CIBERDELINCUENCIA.

Budapest, 23 de noviembre de 2001. BOE: 17-09-2010, n.º 216 y 14-10-2010, n.º 249 (c.e.).

PAÍSES BAJOS.

24-05-2024 APLICACIÓN TERRITORIAL CON RESPECTO A CURAZAO CON EFECTOS DESDE EL 01-10-2024.

«De conformidad con el apartado 2 del artículo 38 del Convenio sobre la Ciberdelincuencia, el Reino de los Países Bajos declara que acepta la aplicación del Convenio a Curazao.

De conformidad con el apartado 7 del artículo 24, el apartado 2 del artículo 27 y el artículo 35 del Convenio sobre la Ciberdelincuencia, el Reino de los Países Bajos declara que Curazao ha designado la siguiente autoridad central y punto de contacto disponible las veinticuatro horas del día, siete días a la semana:

Oficina Central Nacional de INTERPOL (Curazao).

Bastion, Fort Amsterdam z/n.

Curaçao.

Interpol.curacao@ip-willem.org.»

COSTA DE MARFIL.

29-07-2024 ADHESIÓN.

01-11-2024 ENTRADA EN VIGOR, con la siguiente declaración:

«De conformidad con los artículos 24, 27 y 35 del Convenio sobre la Ciberdelincuencia, el Gobierno de la República de Costa de Marfil designa a las siguientes autoridades competentes:

– En relación con el artículo 24, apartado 7.a:

Dirección de Asuntos Civiles y Penales (Direction des Affaires Civiles et Pénales).

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Ministère de la Justice et des Droits de l’Homme).

(Abidjan Plateau, Avenue Noguès, Immeuble Rita, 2e étage).

Tel.: 00 (225) 27.20.32.24.32.

Fax: 00 (225) 27.20.32.95.02.

Correo electrónico: dacp.justice.ci@gmail.com.

– En relación con el artículo 27, apartado 2:

Capitán de Policía KAKOU Kouadio Symphorien.

Jefe del Servicio Informático de la OCN-INTERPOL de Abiyán (Chef du Service Informatique du BCN-Interpol Abidjan).

Responsable de Delitos Financieros relacionados con las Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación (Responsable des infraction pénales financières liées aux NTIC).

Tel.: 00 (225) 07.07.84.11.32.

Correo electrónico: okpema@gmail.com.

– En relación con el artículo 35:

Teniente Coronel de Gendarmería SAMASSY Aly.

Subdirector de Informática de la Dirección de Informática y Análisis Tecnológico (Sous-Directeur informatique à la Direction de l’Informatique et des Traces Technologiques).

Tel.: 00 (225) 01.40.75.20.30.

Correo electrónico: asamassi@interieur.gouv.ci.»

– NITI 20030515200.

PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO PENAL SOBRE LA CORRUPCIÓN.

Estrasburgo, 15 de mayo de 2003. BOE: 07-03-2011, n.º 56 y 08-04-2011, n.º 84.

PAÍSES BAJOS.

28-05-2024 APLICACIÓN TERRITORIAL CON RESPECTO A CURAZAO CON EFECTOS DESDE EL 01-10-2024.

«De conformidad con el apartado 2 del artículo 12 del Protocolo adicional al Convenio penal sobre la corrupción, el Reino de los Países Bajos acepta el Protocolo en nombre de Curazao.

De conformidad con el apartado 2 del artículo 9 del Protocolo, el Reino de los Países Bajos, en nombre de Curazao, declara que, de conformidad con el apartado 2 del artículo 37 y en relación con el apartado 1 del artículo 17 del Convenio, tiene competencia en los casos siguientes:

a. respecto de los delitos cometidos total o parcialmente en el territorio de Curazao;

b. – sobre los nacionales neerlandeses y agentes públicos de Curazao, respecto de los delitos tipificados de conformidad con el artículo 2 y respecto de los delitos tipificados de conformidad con los artículos 4 a 6 y 9 a 11 en relación con el artículo 2, cuando la legislación del país en el que fueron cometidos los tipifique como delito;

– sobre los agentes públicos de Curazao y también sobre los nacionales neerlandeses que no sean agentes públicos de Curazao, respecto de los delitos tipificados de conformidad con los artículos 4 a 6 y 9 a 11 en relación con el artículo 3, cuando la legislación del país en el que fueron cometidos los tipifique como delito;

– sobre los nacionales neerlandeses, respecto de los delitos tipificados de conformidad con los artículos 7, 8, 13 y 14, cuando la legislación del país en el que fueron cometidos los tipifique como delito; y

c. sobre los nacionales neerlandeses implicados en un delito cuando la legislación del país en el que fueron cometidos los tipifique como delito.

De conformidad con el apartado 2 del artículo 9 del Protocolo, el Reino de los Países Bajos, en nombre de Curazao, declara que, de conformidad con el apartado 1 del artículo 37 del Convenio, no cumplirá las obligaciones que establece el artículo 12 del Convenio.»

– NITI 20031031200.

CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN.

Nueva York, 31 de octubre de 2003. BOE: 19-07-2006, n.º 171.

SAN CRISTÓBAL Y NIEVES.

07-08-2024 ADHESIÓN.

06-09-2024 ENTRADA EN VIGOR.

– NITI 20101110200.

TERCER PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO EUROPEO DE EXTRADICIÓN.

Estrasburgo. 10 de noviembre de 2010. BOE: 30-01-2015, n.º 26.

PAÍSES BAJOS.

24-05-2024 APLICACIÓN TERRITORIAL CON RESPECTO A CURAZAO CON EFECTOS DESDE EL 01-10-2024.

«De conformidad con el apartado 2 del artículo 16 del Tercer Protocolo Adicional al Convenio europeo de extradición, el Reino de los Países Bajos declara que acepta la aplicación del Protocolo a Curazao.»

– NITI 20110511200.

CONVENIO DEL CONSEJO DE EUROPA SOBRE PREVENCIÓN Y LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA VIOLENCIA DOMÉSTICA.

Estambul, 11 de mayo de 2011. BOE: n.º 137 de 06-06-2014.

FRANCIA.

26-06-2024 RENOVACIÓN DE RESERVAS CON EFECTOS DURANTE 5 AÑOS DESDE EL 01-11-2024.

«De conformidad con el apartado 2 del artículo 79 del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, el Gobierno de la República Francesa comunica su intención de renovar las reservas al Convenio que consignó en su instrumento de ratificación, depositado el 4 de julio de 2014, y cuya prórroga notificó mediante la nota verbal n.º 2019-0466154 de la Representación Permanente de Francia, de 31 de julio de 2019, por cuanto la situación jurídica existente en el momento de su formulación no ha evolucionado de un modo que permita la retirada de dichas reservas.»

Nota de la Secretaría: Las reservas eran las siguientes:

«De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 78 del Convenio, Francia declara que aplicará lo previsto en la letra e) del apartado 1 y los apartados 3 y 4 del artículo 44, en casos o condiciones concretas.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 78 del Convenio, Francia declara que aplicará lo previsto en el artículo 58 a los delitos previstos en los artículos 37, 38 y 39 en todos los casos en que estos tengan la consideración de crímenes (crimes) en Derecho francés y en aquellos casos o condiciones concretos que este los califique como delitos (délits).»

SUECIA.

10-06-2024 RENOVACIÓN DE RESERVA CON EFECTOS DURANTE 5 AÑOS DESDE EL 01-11-2024.

«De conformidad con el apartado 2 del artículo 79 del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, Suecia informa de que por la presente renueva su reserva a dicho Convenio:

De conformidad con el apartado 2 del artículo 78 del Convenio, Suecia se reserva el derecho a no aplicar las disposiciones recogidas en el apartado 3 del artículo 44 y el artículo 58 del Convenio en lo que se refiere a los artículos 37, 38 y 39.»

E.E Derecho Administrativo.

– NITI 20070930200.

ACUERDO ENTRE IRLANDA, EL REINO DE LOS PAÍSES BAJOS, EL REINO DE ESPAÑA, LA REPÚBLICA ITALIANA, LA REPÚBLICA PORTUGUESA, LA REPÚBLICA FRANCESA, Y EL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE POR EL QUE SE CREA UN CENTRO DE ANÁLISIS Y OPERACIONES MARÍTIMAS EN MATERIA DE DROGAS.

Lisboa, 30 de septiembre de 2007. BOE: 24-05-2010, n.º 126.

BÉLGICA.

02-06-2024 ADHESIÓN.

31-08-2024 ENTRADA EN VIGOR.

F. LABORALES

F.A Generales.

– NITI 19960503201.

CARTA SOCIAL EUROPEA (REVISADA).

Estrasburgo, 03 de mayo de 1996. BOE: 11-06-2021, n.º 139.

ISLANDIA.

04-07-2024 RATIFICACIÓN.

01-09-2024 ENTRADA EN VIGOR, con la siguiente declaración:

«De conformidad con el párrafo 2 del artículo A de la parte III de la Carta Social Europea (revisada), Islandia declara que se considera obligada por los artículos y párrafos siguientes:

a)

De conformidad con el apartado b del párrafo 1 del artículo A:

artículos 1, 5, 6, 7, 12, 13, 16 y 20.

b)

De conformidad con el apartado c del párrafo 1 del artículo A:

párrafos 2 y 3 del artículo 3, artículo 4, artículo 11, artículo 14, párrafos 1 y 2 del artículo 15, párrafo 1 del artículo 17, artículo 18, artículo 23, artículo 26, artículo 30 y artículo 31.»

ANDORRA.

04-07-2024 NOTIFICACIÓN DE DECLARACIÓN CON EFECTOS DESDE EL 01-09-2024.

«De conformidad con el párrafo 3 del artículo A de la Parte III de la Carta Social Europea (revisada), Andorra declara que se considera obligada por el artículo 22 («Derecho a participar en la determinación y en la mejora de las condiciones de trabajo y del entorno de trabajo») de la Carta revisada.»

IRLANDA.

04-07-2024 NOTIFICACIÓN DE DECLARACIÓN CON EFECTOS DESDE EL 01-09-2024.

«De conformidad con el párrafo 3 del artículo A de la Parte III de la Carta Social Europea (revisada), Irlanda declara que se considera obligada por el párrafo 3 del artículo 8 y el apartado c del párrafo 1 del artículo 27 de la Carta.»

F.B Específicos

– NITI 19810623200

CONVENIO N.º 156 DE LA OIT SOBRE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y DE TRATO ENTRE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS: TRABAJADORES CON RESPONSABILIDADES FAMILIARES.

Ginebra, 23 de junio de 1981. BOE: 12-11-1985, n.º 271.

UZBEKISTÁN.

07-08-2024 RATIFICACIÓN.

07-08-2025 ENTRADA EN VIGOR.

– NITI 20190621200

CONVENIO SOBRE LA ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA Y EL ACOSO EN EL MUNDO DEL TRABAJO.

Ginebra, 21 de junio de 2019. BOE: 16-06-2022, n.º 143.

AUSTRIA.

11-09-2024 RATIFICACIÓN.

11-09-2025 ENTRADA EN VIGOR.

G. MARÍTIMOS

G.A Generales.

– NITI 19821210200.

CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR.

Montego Bay, 10 de diciembre de 1982. BOE: 14-02-1997, n.º 39.

SAN MARINO.

19-07-2024 ADHESIÓN.

18-08-2024 ENTRADA EN VIGOR

NEPAL.

04-09-2024 NOMBRAMIENTO DEL CONCILIADOR CONFORME AL ARTÍCULO 2 DEL ANEXO V Y NOMBRAMIENTO DE ÁRBITRO CONFORME AL ARTÍCULO 2 DEL ANEXO VII DE LA CONVENCIÓN.

«Designación de Conciliador y Árbitro: Profesor Surya P. Subedi.»

– NITI 19940728200.

ACUERDO RELATIVO A LA APLICACIÓN DE LA PARTE XI DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR DE 10 DE DICIEMBRE DE 1982.

Nueva York, 28 de julio de 1994. BOE: 13-02-1997, n.º 38.

SAN MARINO.

19-07-2024 CONSENTIMIENTO PARA ESTAR OBLIGADO.

18-08-2024 ENTRADA EN VIGOR.

– NITI 19970521201.

CONVENCIÓN SOBRE EL DERECHO DE LOS USOS DE LOS CURSOS DE AGUA INTERNACIONALES PARA FINES DISTINTOS DE LA NAVEGACIÓN.

Nueva York, 21 de mayo de 1997. BOE: 03-07-2014, n.º 161.

ZIMBABUE.

19-07-2024 ADHESIÓN.

17-10-2024 ENTRADA EN VIGOR.

– NITI 20070614204.

CONVENIO SOBRE EL TRABAJO EN LA PESCA, 2007 (CONVENIO 188 OIT).

Ginebra, 14 de junio de 2007. BOE: 03-04-2023, n.º 79.

GHANA.

28-08-2024 RATIFICACIÓN.

28-08-2025 ENTRADA EN VIGOR.

– NITI 20210127202.

CONVENCIÓN RELATIVA A LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE AYUDAS A LA NAVEGACIÓN MARÍTIMA (IALA).

Paris, 27 de enero de 2021. BOE: 20-07-2024, n.º 175.

BÉLGICA.

20-06-2024 RATIFICACIÓN.

22-08-2024 ENTRADA EN VIGOR.

TURQUÍA.

03-07-2024 RATIFICACIÓN.

22-08-2024 ENTRADA EN VIGOR.

G.B Navegación y Transporte.

– NITI 19650409200.

CONVENIO PARA FACILITAR EL TRÁFICO MARÍTIMO INTERNACIONAL, 1965 (FAL 1965).

Londres, 09 de abril de 1965. BOE: 26-09-1973, n.º 231.

BARÉIN.

24-07-2024 ADHESIÓN.

22-09-2024 ENTRADA EN VIGOR.

G.C Contaminación.

– NITI 19691129200.

CONVENIO INTERNACIONAL RELATIVO A LA INTERVENCIÓN EN ALTA MAR EN CASOS DE ACCIDENTES QUE CAUSEN O PUEDAN CAUSAR UNA CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS.

Bruselas, 29 de noviembre de 1969. BOE: 26-02-1976.

IRAK.

05-08-2024 ADHESIÓN.

03-11-2024 ENTRADA EN VIGOR.

– NITI 19731102200.

PROTOCOLO RELATIVO A LA INTERVENCIÓN EN ALTA MAR EN CASOS DE CONTAMINACIÓN DEL MAR POR SUSTANCIAS DISTINTAS DE HIDROCARBUROS, 1973.

Londres, 02 de noviembre de 1973. BOE: 11-05-1994, n.º 112.

IRAK.

05-08-2024 ADHESIÓN.

03-11-2024 ENTRADA EN VIGOR.

– NITI 19921127201.

PROTOCOLO DE 1992 QUE ENMIENDA EL CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE LA CONSTITUCIÓN DE UN FONDO INTERNACIONAL DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS DEBIDOS A CONTAMINACIÓN POR HIDROCARBUROS, 1971.

Londres, 27 de noviembre del 1992. BOE: 11-10-1997, n.º 244.

IRAK.

05-08-2024 ADHESIÓN.

05-08-2025 ENTRADA EN VIGOR.

– NITI 199709.

PROTOCOLO DE 1997 QUE ENMIENDA EL CONVENIO INTERNACIONAL PARA PREVENIR LA CONTAMINACIÓN POR LOS BUQUES, 1973, MODIFICADO POR EL PROTOCOLO DE 1978.

Londres, 26 de septiembre de 1997. BOE: 18-10-2004, n.º 251.

IRAK.

05-08-2024 ADHESIÓN.

15-11-2024 ENTRADA EN VIGOR.

– NITI 20011005200.

CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE EL CONTROL DE LOS SISTEMAS ANTIINCRUSTANTES PERJUDICIALES EN LOS BUQUES (AFS 2001).

Londres, 05 de octubre de 2001. BOE: 07-11-2007, n.º 267.

ALBANIA.

09-07-2024 ADHESIÓN.

09-10-2024 ENTRADA EN VIGOR.

G.E Derecho Privado.

– NITI 19960502200.

PROTOCOLO DE 1996 QUE ENMIENDA EL CONVENIO SOBRE LIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD NACIDA DE RECLAMACIONES DE DERECHO MARÍTIMO, 1976.

Londres, 02 de mayo de 1996. BOE: 28-02-2005, n.º 50.

BARBADOS.

23-07-2024 ADHESIÓN.

21-10-2024 ENTRADA EN VIGOR.

I. COMUNICACIÓN Y TRANSPORTE

I.E Carreteras.

– NITI 20080220200.

PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO RELATIVO AL CONTRATO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS POR CARRETERA (CMR), RELATIVO A LA CARTA DE PORTE ELECTRÓNICA.

Ginebra, 20 de febrero de 2008. BOE: n.º 141 de 14-06-2011.

AUSTRIA.

06-08-2024 ADHESIÓN.

04-11-2024 ENTRADA EN VIGOR.

HUNGRÍA.

28-08-2024 ADHESIÓN.

26-11-2024 ENTRADA EN VIGOR.

J. ECONÓMICOS Y FINANCIEROS

J.B Financieros.

– NITI 19880125200.

CONVENIO DE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA FISCAL.

Estrasburgo, 25 de enero de 1988. BOE: 08-11-2010, Núm. 270.

INDONESIA.

14-06-2024 RETIRADA PARCIAL RESERVA.

«De conformidad con el apartado 4 del artículo 30 del Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, el Gobierno de la República de Indonesia retira parcialmente su reserva según se indica a continuación:

De conformidad con la letra b del apartado 1 del artículo 30 del Convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no prestar asistencia en materia de cobro de cualesquiera créditos tributarios, ni de cobro de multas administrativas, respecto de la totalidad de los impuestos, con arreglo a los artículos 11 a 16 del Convenio, respecto de los impuestos enumerados en los incisos b.i, b.ii, b.iii, A, D, E, F, G y b.iv del apartado 1 del artículo 2 del Convenio.»

Nota de la Secretaría: La reserva formulada en el momento de la ratificación del Convenio tenía el tenor siguiente: «De conformidad con el apartado 1.b del artículo 30 del Convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no prestar asistencia en materia de cobro de cualesquiera créditos tributarios, ni de cobro de multas administrativas, respecto de la totalidad de los impuestos, con arreglo a los artículos 11 al 16 del Convenio».

– NITI 20100527200.

PROTOCOLO DE ENMIENDA AL CONVENIO DE ASISTENCIA ADMINISTRATIVA MUTUA EN MATERIA FISCAL.

París, 27 de mayo de 2010. BOE: n.º 276 de 16-11-2012.

INDONESIA.

14-06-2024 RETIRADA PARCIAL RESERVA.

«De conformidad con el apartado 4 del artículo 30 del Convenio de Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, el Gobierno de la República de Indonesia retira parcialmente su reserva según se indica a continuación:

De conformidad con la letra b del apartado 1 del artículo 30 del Convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no prestar asistencia en materia de cobro de cualesquiera créditos tributarios, ni de cobro de multas administrativas, respecto de la totalidad de los impuestos, con arreglo a los artículos 11 a 16 del Convenio, respecto de los impuestos enumerados en los incisos b.i, b.ii, b.iii, A, D, E, F, G y b.iv del apartado 1 del artículo 2 del Convenio.»

Nota de la Secretaría: La reserva formulada en el momento de la ratificación del Convenio tenía el tenor siguiente: «De conformidad con el apartado 1.b del artículo 30 del Convenio, la República de Indonesia se reserva el derecho a no prestar asistencia en materia de cobro de cualesquiera créditos tributarios, ni de cobro de multas administrativas, respecto de la totalidad de los impuestos, con arreglo a los artículos 11 al 16 del Convenio».

– NITI 20161124200.

CONVENIO MULTILATERAL PARA APLICAR LAS MEDIDAS RELACIONADAS CON LOS TRATADOS FISCALES PARA PREVENIR LA EROSIÓN DE LAS BASES IMPONIBLES Y EL TRASLADO DE BENEFICIOS.

Paris, 24 de noviembre de 2016. BOE: 22-12-2021, n.º 305.

VIETNAM.

23-05-2023 RATIFICACIÓN.

01-09-2023 ENTRADA EN VIGOR, con las siguientes declaraciones y reservas:

Artículo 2. Interpretación de los términos.

Notificación de los convenios comprendidos en el Convenio Multilateral.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 2.1.a).ii) del Convenio, la República Socialista de Vietnam desea que los siguientes convenios queden comprendidos en el Convenio:

N.º Título Otra jurisdicción contratante Instrumento original/por el que se modifica Fecha de la firma Fecha de entrada en vigor
1 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Australia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Australia. Original. 13.4.1992 30.12.1992
1 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Australia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Australia. Canje de notas por el que se modifica el convenio. 22.11.1996 23.7.1997
1 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Australia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Australia. Canje de cartas por el que se modifica el convenio. 5.8.2002 11.2.2003
2 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Austria para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Austria. Original. 2.6.2008 1.1.2010
3 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Azerbaiyán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Azerbaiyán. Original. 19.5.2014 11.11.2014
4 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República Popular de Bangladesh para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Bangladesh. Original. 22.3.2004 19.8.2005
5 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Bielorrusia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Bielorrusia. Original. 24.4.1997 26.12.1997
6 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Reino de Bélgica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Bélgica. Original. 28.2.1996 25.6.1999
6 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Reino de Bélgica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Bélgica. Instrumento por el que se modifica a). 12.3.2012 N. p.
7 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Su Majestad el Sultán y Yang di-Pertuan de Brunéi Darusalam para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Brunéi. Original. 16.8.2007 1.1.2009
8 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Bulgaria para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta. Bulgaria. Original. 24.5.1996 4.10.1996
9 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno del Reino de Camboya para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Camboya. Original. 31.3.2018 20.2.2019
10 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Canadá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Canadá. Original. 14.11.1997 16.12.1998
11 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. República Popular China. Original. 17.5.1995 18.10.1996
12 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Croacia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Croacia. Original. 27.7.2018 23.5.2019
13 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Cuba para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre los ingresos. Cuba. Original. 29.10.2002 26.6.2003
14 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República Checa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. República Checa. Original. 23.5.1997 3.2.1998
15 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República Popular Democrática de Corea para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. República Popular Democrática de Corea. Original. 3.5.2002 12.8.2007
16 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno del Reino de Dinamarca para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Dinamarca. Original. 31.5.1995 24.4.1996
17 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Estonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Estonia. Original. 26.9.2015 14.11.2016
18 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno del República de Finlandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Finlandia. Original. 21.11.2001 26.12.2002
19 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno del República Francesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Francia. Original. 10.2.1993 1.7.1994
20 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República Federal de Alemania para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Alemania. Original. 16.11.1995 27.12.1996
21 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Hong Kong. Original. 16.12.2008 12.8.2009
21 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la Región Administrativa Especial de Hong Kong de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Hong Kong. Instrumento por el que se modifica a). 13.1.2014 8.1.2015
22 Convenio la República Socialista de Vietnam y la República de Hungría para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Hungría. Original. 26.8.1994 30.6.1995
23 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Islandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Islandia. Original. 3.4.2002 27.12.2002
24 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de la India para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. India. Original. 7.9.1994 2.2.1995
24 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de la India para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. India. Instrumento por el que se modifica a). 3.9.2016 21.2.2017
25 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de la Indonesia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Indonesia. Original. 22.12.1997 10.2.1999
26 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República Islámica de Irán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Irán. Original. 14.10.2014 26.6.2015
27 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Irlanda para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Irlanda. Original. 10.3.2008 24.12.2008
28 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la Estado de Israel para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Israel. Original. 4.8.2009 25.12.2009
29 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República Italiana para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y prevenir la evasión fiscal. Italia. Original. 26.11.1996 22.2.1999
30 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Japón para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Japón. Original. 24.10.1995 31.12.1995
30 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Japón para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Japón. Instrumento por el que se modifica a). 26.11.2015 26.11.2015
31 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Kazajstán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Kazajstán. Original. 31.10.2011 18.6.2015
32 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Corea para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. República de Corea. Original. 20.5.1994 9.9.1994
32 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Corea para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. República de Corea. Instrumento por el que se modifica a). 27.11.2019 20.1.2021
33 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno del Estado de Kuwait para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Kuwait. Original. 10.3.2009 11.2.2011
34 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República Democrática Popular de Laos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Laos. Original. 14.1.1996 30.9.1996
35 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Letonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Letonia. Original. 19.10.2017 6.8.2018
36 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la Gran Ducado de Luxemburgo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Luxemburgo. Original. 4.3.1996 19.5.1998
37 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la Región Administrativa Especial de Macao de la República Popular China para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Macao. Original. 16.4.2018 3.10.2018
38 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Malasia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Malasia. Original. 7.9.1995 13.8.1996
39 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Malta para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Malta. Original. 15.7.2016 25.11.2016
40 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Mongolia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Mongolia. Original. 9.5.1996 11.10.1996
41 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno del Reino de Marruecos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Marruecos. Original. 24.11.2008 12.9.2012
42 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Mozambique para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Mozambique. Original. 3.9.2010 7.3.2011
43 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la Unión de Myanmar para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Myanmar. Original. 12.5.2000 12.8.2003
44 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno del Reino de los Países Bajos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Países Bajos. Original. 24.1.1995 25.10.1995
45 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Nueva Zelanda para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Nueva Zelanda. Original. 5.8.2013 5.5.2014
46 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno del Reino de Noruega para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Noruega. Original. 1.6.1995 14.4.1996
47 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno del Sultanato de Omán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Omán. Original. 18.4.2008 1.1.2009
48 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República Islámica de Pakistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Pakistán. Original. 25.3.2004 04.2.2005
49 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno del Estado de Palestina para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Palestina. Original. 6.11.2013 2.4.2014
50 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Panamá para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Panamá. Original. 30.8.2016 14.2.2017
51 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Filipinas para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Filipinas. Original. 14.11.2001 29.9.2003
52 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Polonia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Polonia. Original. 31.8.1994 20.1.1995
53 Convenio entre la República Socialista de Vietnam y la República Portuguesa para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. República Portuguesa. Original. 3.6.2015 9.11.2016
54 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la Estado de Qatar para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Qatar. Original. 8.3.2009 17.3.2011
55 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Rumanía para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Rumanía. Original. 8.7.1995 24.4.1996
56 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Federación de Rusia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Rusia. Original. 27.5.1993 21.3.1996
57 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de San Marino para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. San Marino. Original. 14.2.2013 13.1.2016
58 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno del Reino de Arabia Saudí para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Arabia Saudí. Original. 10.4.2010 1.2.2011
59 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Serbia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Serbia. Original. 1.3.2013 18.10.2013
60 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Seychelles para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Seychelles. Original. 4.10.2005 7.7.2006
61 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Singapur para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Singapur. Original. 2.3.1994 9.9.1994
61 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Singapur para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Singapur. Instrumento por el que se modifica a). 12.9.2012 11.1.2013
62 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República Eslovaca para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. República Eslovaca. Original. 27.10.2008 29.7.2009
63 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la Reino de España para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. España. Original. 7.3.2005 22.12.2005
64 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República Socialista de Sri Lanka para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Sri Lanka. Original. 26.10.2005 28.9.2006
65 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la Reino de Suecia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Suecia. Original. 24.3.1994 9.8.1994
66 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno del Consejo Federal Suizo para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Suiza. Original. 6.5.1996 12.10.1997
67 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la Reino de Tailandia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Tailandia. Original. 23.12.1992 31.12.1992
68 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Túnez para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Túnez. Original. 13.4.2010 06.3.2013
69 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Turquía para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Turquía. Original. 8.7.2014 9.6.2017
70 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de Ucrania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Ucrania. Original. 8.4.1996 22.11.1996
71 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio. Emiratos Árabes Unidos. Original. 16.2.2009 12.4.2010
72 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital. Reino Unido. Original. 9.4.1994 15.12.1994
73 Acuerdo entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio. Uruguay. Original. 9.12.2013 26.7.2016
74 Convenio entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República de Uzbekistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta. Uzbekistán. Original. 28.3.1996 16.8.1996
75 Acuerdo entre el Gobierno de la República Socialista de Vietnam y el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela para evitar la doble tributación y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio. Venezuela. Original. 20.11.2008 26.5.2009

Artículo 3. Entidades transparentes.

Reserva.

En virtud del artículo 3.5.a) del Convenio, la República Socialista de Vietnam se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 3 a sus convenios fiscales comprendidos.

Artículo 4. Entidades con doble residencia.

Reserva.

En virtud del artículo 4.3.a) del Convenio, la República Socialista de Vietnam se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 4 a sus convenios fiscales comprendidos.

Artículo 5. Aplicación de los métodos para eliminar la doble imposición.

Reserva.

En virtud del artículo 5.8 del Convenio, la República Socialista de Vietnam se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 5 a sus convenios fiscales comprendidos.

Artículo 6. Objeto de los convenios fiscales comprendidos.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 6.6 del Convenio, la República Socialista de Vietnam opta por aplicar el artículo 6.3.

Notificación del texto del preámbulo existente en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 6.5 del Convenio, la República Socialista de Vietnam considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al amparo del artículo 6.4 y contienen en el preámbulo la redacción mencionada en el artículo 6.2. A continuación, se reproduce el texto del párrafo correspondiente.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Texto del Preámbulo
1 Australia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
2 Austria. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
3 Azerbaiyán. «Deseando fomentar las relaciones económicas bilaterales entre los dos países mediante la conclusión de un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
4 Bangladesh. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
5 Bielorrusia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio».
6 Bélgica. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
7 Brunéi. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
8 Bulgaria. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta,».
9 Camboya. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
10 Canadá. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
11 República Popular China. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta;».
12 Croacia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
13 Cuba. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre los ingresos,».
14 República Checa. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
15 República Popular Democrática de Corea. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, y con vistas a fomentar la cooperación económica entre los dos países,».
16 Dinamarca. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta.».
17 Estonia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
18 Finlandia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
19 Francia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
20 Alemania. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
21 Hong Kong. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
22 Hungría. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
23 Islandia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
24 India. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
25 Indonesia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
26 Irán. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
27 Irlanda. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
28 Israel. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
29 Italia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio y prevenir la evasión fiscal,».
30 Japón. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
31 Kazajstán. «Confirmando su deseo de desarrollar y reforzar la cooperación económica, científica, técnica y cultural entre ambos Estados y deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
32 República de Corea. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
33 Kuwait. «Deseando fomentar sus relaciones económicas mediante la conclusión de un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
34 Laos. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
35 Letonia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
36 Luxemburgo. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
37 Macao. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, y fomentar la cooperación económica,».
38 Malasia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
39 Malta. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
40 Mongolia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
41 Marruecos. «Deseando fomentar y reforzar sus relaciones económicas mediante la conclusión de un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta».
42 Mozambique. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
43 Myanmar. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
44 Países Bajos. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
45 Nueva Zelanda. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
46 Noruega. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
47 Omán. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
48 Pakistán. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
49 Palestina. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
50 Panamá. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
51 Filipinas. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
52 Polonia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
53 República Portuguesa. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, con el fin de fomentar y reforzar las relaciones económicas entre los dos países,».
54 Qatar. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
55 Rumanía. «Deseando fomentar y reforzar sus relaciones económicas mediante la conclusión de un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
56 Rusia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
57 San Marino. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, y reforzar el desarrollo disciplinado de las relaciones económicas entre los dos Estados en el marco de una mayor cooperación».
58 Arabia Saudí. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
59 Serbia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta,».
60 Seychelles. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, y fomentar y reforzar las relaciones económicas entre los dos Estados Contratantes,».
61 Singapur. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
62 República Eslovaca. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
63 España. «Deseosos de concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
64 Sri Lanka. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
65 Suecia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
66 Suiza. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio».
67 Tailandia. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
68 Túnez. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta».
69 Turquía. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
70 Ucrania. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
71 Emiratos Árabes Unidos. «Deseando fomentar y reforzar sus relaciones económicas mediante la conclusión de un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio,».
72 Reino Unido. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital;».
73 Uruguay. «Deseando concluir un Acuerdo para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio,».
74 Uzbekistán. «Deseando concluir un Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta,».
75 Venezuela. «Deseosos de concluir un Acuerdo con el objeto de evitar la doble tributación y prevenir la evasión y el fraude fiscal en materia de impuesto sobre la renta y sobre el patrimonio,».

Notificación de los convenios incluidos en el listado que no contienen el texto del preámbulo acordado en el Convenio.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 6.6 del Convenio, la República Socialista de Vietnam considera que los siguientes convenios no contienen en el preámbulo la referencia a su deseo de desarrollar sus relaciones económicas o de reforzar la cooperación en materia tributaria.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante
1 Australia.
2 Austria.
3 Azerbaiyán.
4 Bangladesh.
5 Bielorrusia.
6 Bélgica.
7 Brunéi.
8 Bulgaria.
9 Camboya.
10 Canadá.
11 República Popular China.
12 Croacia.
13 Cuba.
14 República Checa.
16 Dinamarca.
17 Estonia.
18 Finlandia.
19 Francia.
20 Alemania.
21 Hong Kong.
22 Hungría.
23 Islandia.
24 India.
25 Indonesia.
26 Irán.
27 Irlanda.
28 Israel.
29 Italia.
30 Japón.
32 República de Corea.
34 Laos.
35 Letonia.
36 Luxemburgo.
38 Malasia.
39 Malta.
40 Mongolia.
42 Mozambique.
43 Myanmar.
44 Países Bajos.
45 Nueva Zelanda.
46 Noruega.
47 Omán.
48 Pakistán.
49 Palestina.
50 Panamá.
51 Filipinas.
52 Polonia.
54 Qatar.
56 Rusia.
58 Arabia Saudí.
59 Serbia.
61 Singapur.
62 República Eslovaca.
63 España.
64 Sri Lanka.
65 Suecia.
66 Suiza.
67 Tailandia.
68 Túnez.
69 Turquía.
70 Ucrania.
72 Reino Unido.
73 Uruguay.
74 Uzbekistán.
75 Venezuela.

Artículo 7. Medidas para impedir la utilización abusiva de los convenios.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado

A efectos de lo dispuesto en el artículo 7.17.a) del Convenio, la República Socialista de Vietnam considera que los siguientes convenios no están comprendidos en el ámbito de ninguna reserva formulada al amparo del artículo 7.15.b) y contienen disposiciones de las descritas en el artículo 7.2. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
28 Israel. Artículo 28.1.
32 República de Corea. Artículo 28.1.
45 Nueva Zelanda. Artículos 10.6, 11.7 y 12.7.
47 Omán. Artículos 10.6, 11.9, 12.7 y 13.7.
53 República Portuguesa. Apartado 1.c) del Protocolo).
70 Ucrania. Artículos 11.8 y 12.7.
73 Reino Unido. Artículos 11.7 y 12.7.
74 Uzbekistán. Artículo 12.7.

Artículo 8. Operaciones con dividendos.

Reserva.

En virtud del artículo 8.3.a) del Convenio, la República Socialista de Vietnam se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 8 a sus convenios fiscales comprendidos.

Artículo 9. Ganancias de capital procedentes de la enajenación de acciones o derechos asimilables en entidades cuyo valor proceda principalmente de bienes inmuebles.

Reserva.

En virtud del artículo 9.6.c) del Convenio, la República Socialista de Vietnam se reserva el derecho a no aplicar el artículo 9.1.b) a sus convenios fiscales comprendidos.

En virtud del artículo 9.6.f) del Convenio, la República Socialista de Vietnam se reserva el derecho a no aplicar el artículo 9.4 a sus convenios fiscales comprendidos que ya contengan disposiciones de las descritas en el artículo 9.5. Los siguientes convenios contienen disposiciones comprendidas en el ámbito de esta reserva.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
1 Australia. Artículo 13.4.
2 Austria. Artículo 13.4.
3 Azerbaiyán. Artículo 14.4.
4 Bangladesh. Artículo 14.4.
5 Bielorrusia. Artículo 13.4.
6 Bélgica. Artículo 13.4.
7 Brunéi. Artículo 13.4.
8 Bulgaria. Artículo 13.4.
9 Camboya. Artículo 14.4.
11 República Popular China. Artículo 13.4.
12 Croacia. Artículo 14.4.
13 Cuba. Artículo 13.4.
14 República Checa. Artículo 13.4.
15 República Popular Democrática de Corea. Artículo 13.4.
16 Dinamarca. Artículo 13.3.
17 Estonia. Artículo 13.4.
18 Finlandia. Artículo 13.2.
19 Francia. Artículo 12.2.
20 Alemania. Artículo 13.4.
21 Hong Kong. Artículo 13.4.
22 Hungría. Artículo 13.3.
23 Islandia. Artículo 13.4.
24 India. Artículo 14.4.
25 Indonesia. Artículo 13.4.
26 Irán. Artículo 14.4.
27 Irlanda. Artículo 14.4.
28 Israel. Artículo 13.2.
30 Japón. Artículo 13.3.
31 Kazajstán. Artículo 14.2.
32 República de Corea. Artículo 13.4.
33 Kuwait. Artículo 13.4.
35 Letonia. Artículo 13.2.
36 Luxemburgo. Artículo 13.4.
37 Macao. Artículo 13.4.
38 Malasia. Artículo 14.4.
39 Malta. Artículo 14.4.
40 Mongolia. Artículo 14.4.
41 Marruecos. Artículo 13.4.
42 Mozambique. Artículo 14.4.
43 Myanmar. Artículo 14.4.
44 Países Bajos. Artículo 13.4.
45 Nueva Zelanda. Artículo 13.4.
46 Noruega. Artículo 13.4.
47 Omán. Artículo 14.4.
48 Pakistán. Artículo 14.4.
49 Palestina. Artículo 13.4.
50 Panamá. Artículo 13.4.
53 República Portuguesa. Artículo 13.4.
54 Qatar. Artículo 14.4.
56 Rusia. Artículo 13,3.
57 San Marino. Artículo 14.4.
59 Serbia. Artículo 13.4.
60 Seychelles. Artículo 13.3.
61 Singapur. Artículo 13.4.
62 República Eslovaca. Artículo 14.4.
63 España. Artículo 13.4.
64 Sri Lanka. Artículo 14.4.
65 Suecia. Artículo 13.1, segunda frase.
66 Suiza. Artículo 13.4.
68 Túnez. Artículo 13.4.
69 Turquía. Artículo 13.4.
70 Ucrania. Artículo 13.2.
71 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 13.4.
72 Reino Unido. Artículo 13.2.
74 Uzbekistán. Artículo 14.4.
75 Venezuela. Artículo 13.4.

Notificación de la elección de las disposiciones opcionales.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 9.8 del Convenio, la República Socialista de Vietnam opta por aplicar el artículo 9.4.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 9.7 del Convenio, la República Socialista de Vietnam considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 9.1. A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

Número del convenio en el listado Otra jurisdicción contratante Disposición
1 Australia. Artículo 13.4.
2 Austria. Artículo 13.4.
3 Azerbaiyán. Artículo 14.4.
4 Bangladesh. Artículo 14.4.
5 Bielorrusia. Artículo 13.4.
6 Bélgica. Artículo 13.4.
7 Brunéi. Artículo 13.4.
8 Bulgaria. Artículo 13.4.
9 Camboya. Artículo 14.4.
11 República Popular China. Artículo 13.4.
12 Croacia. Artículo 14.4.
13 Cuba. Artículo 13.4.
14 República Checa. Artículo 13.4.
15 República Popular Democrática de Corea. Artículo 13.4.
16 Dinamarca. Artículo 13.3.
17 Estonia. Artículo 13.4.
18 Finlandia. Artículo 13.2.
19 Francia. Artículo 12.2.
20 Alemania. Artículo 13.4.
21 Hong Kong. Artículo 13.4.
22 Hungría. Artículo 13.3.
23 Islandia. Artículo 13.4.
24 India. Artículo 14.4.
25 Indonesia. Artículo 13.4.
26 Irán. Artículo 14.4.
27 Irlanda. Artículo 14.4.
28 Israel. Artículo 13.2.
30 Japón. Artículo 13.3.
31 Kazajstán. Artículo 14.2.
32 República de Corea. Artículo 13.4.
33 Kuwait. Artículo 13.4.
35 Letonia. Artículo 13.2.
36 Luxemburgo. Artículo 13.4.
37 Macao. Artículo 13.4.
38 Malasia. Artículo 14.4.
39 Malta. Artículo 14.4.
40 Mongolia. Artículo 14.4.
41 Marruecos. Artículo 13.4.
42 Mozambique. Artículo 14.4.
43 Myanmar. Artículo 14.4.
44 Países Bajos. Artículo 13.4.
45 Nueva Zelanda. Artículo 13.4.
46 Noruega. Artículo 13.4.
47 Omán. Artículo 14.4.
48 Pakistán. Artículo 14.4.
49 Palestina. Artículo 13.4.
50 Panamá. Artículo 13.4.
53 República Portuguesa. Artículo 13.4.
54 Qatar. Artículo 14.4.
56 Rusia. Artículo 13.3.
57 San Marino. Artículo 14.4.
59 Serbia. Artículo 13.4.
60 Seychelles. Artículo 13.3.
61 Singapur. Artículo 13.4.
62 República Eslovaca. Artículo 14.4.
63 España. Artículo 13.4.
64 Sri Lanka. Artículo 14.4.
65 Suecia. Artículo 13.1, segunda frase.
66 Suiza. Artículo 13.4.
68 Túnez. Artículo 13.4.
69 Turquía. Artículo 13.4.
70 Ucrania. Artículo 13.2.
71 Emiratos Árabes Unidos. Artículo 13.4.
72 Reino Unido. Artículo 13.2.
74 Uzbekistán. Artículo 14.4.
75 Venezuela. Artículo 13.4.

Artículo 10. Norma antiabuso para establecimientos permanentes situados en terceras jurisdicciones.

Reserva.

En virtud del artículo 10.5.a) del Convenio, la República Socialista de Vietnam se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 10 a sus convenios fiscales comprendidos.

Artículo 11. Aplicación de los convenios fiscales para restringir el derecho de una Parte a someter a imposición a sus propios residentes.

Reserva.

En virtud del artículo 11.3.a) del Convenio, la República Socialista de Vietnam se reserva el derecho a no aplicar nada de lo dispuesto en el artículo 11 a sus convenios fiscales comprendidos.

Artículo 12. Elusión artificiosa del estatus de establecimiento permanente a través de acuerdos de comisión y estrategias similares.

Notificación de las disposiciones existentes en los convenios incluidos en el listado.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 12.5 del Convenio, la República Socialista de Vietnam considera que los siguientes convenios contienen disposiciones de las descritas en el artículo 12.3.a). A continuación, se señala el número del artículo y del apartado de cada una de estas disposiciones.

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