Real Decreto 633/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028
Se definirá un indicador compuesto para medir esta calidad, que incorpore al menos los siguientes elementos:
1. Ratio entre personas demandantes de empleo y profesionales de la orientación.
2. Existencia de una escala o cuerpo específico para el desempeño de esta función.
3. Estabilidad laboral de las personas profesionales de la orientación.
– Incremento de la participación en la formación.
Los servicios de formación proporcionados a las personas demandantes de empleo han sido los que mayor impacto han tenido en la mejora de la empleabilidad.
Se establecerá un indicador que recoja las personas que participan en acciones y servicios de formación.
Además, se definirán también indicadores que permitan mostrar el grado de adecuación de la formación programada a las necesidades formativas detectadas en el mercado laboral.
– Impulso y sistematización de la atención a las empresas.
La Agencia Española de Empleo y los Servicios Públicos de Empleo de las comunidades autónomas, deben garantizar en todo el territorio nacional la implementación de los servicios garantizados a las personas, empresas y demás entidades empleadoras demandantes de servicios de empleo, con objeto de facilitar su acceso a una información de calidad sobre las modalidades de contratación y las ayudas a las mismas, así como en conseguir procesos eficaces de difusión de sus necesidades de personas trabajadoras y procesos de captación de personas candidatas.
Se establecerán un conjunto de indicadores para medir el número de empresas atendidas, nivel de satisfacción alcanzado y número de ofertas captadas.
Los indicadores vinculados a las metas que figuran en este punto se incorporarán al cuadro de mando de seguimiento de los Planes Anuales, que se publicará con periodicidad trimestral y desagregación territorial a nivel de comunidad autónoma y provincia, siempre que el volumen y disponibilidad de datos y el nivel de significación lo permitan.
4. Objetivos estratégicos
Se orientan a los destinatarios de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo:
– Para personas demandantes:
Objetivo estratégico 1. Promover la plena implementación de los servicios garantizados a las personas.
Objetivo estratégico 2. Proporcionar actuaciones y programas adaptados a colectivos clave.
– Para empresas:
Objetivo estratégico 3. Situar a los servicios públicos de empleo como agentes de intermediación de referencia.
Objetivo estratégico 4. Promover el acompañamiento integral a las empresas.
– Para los Servicios Públicos de Empleo y las entidades colaboradoras:
Objetivo estratégico 5. Incrementar las capacidades de los servicios públicos de empleo.
Objetivo estratégico 6. Promover la participación de las entidades colaboradoras de los servicios públicos de empleo.
– De carácter estratégico transversal:
Objetivo estratégico 7. Incrementar el alcance y la relevancia de la igualdad entre mujeres y hombres en el marco normativo y programático de las políticas activas de empleo, y en los programas y servicios comunes y propios, y contribuir a la eliminación de las desigualdades en el empleo y de la segregación ocupacional.
Objetivo estratégico 8. Institucionalizar la evaluación y mejorar la planificación y los instrumentos en las políticas de empleo, facilitando el análisis del mercado de trabajo con sistemas de recogida, valoración y difusión de la información y sus resultados.
5. Objetivos operativos
Serían un segundo nivel de los estratégicos, incluyendo objetivos operativos para cada uno de los estratégicos:
– Para personas:
Objetivo estratégico 1. Promover la implementación de los servicios garantizados a las personas.
Objetivo operativo 1.1 Implantar servicios de orientación para el empleo, personalizados, integrales e inclusivos.
Medida 1.1.1 Garantizar en las Cartas de Servicios de los servicios públicos del empleo del Sistema Nacional de Empleo los servicios garantizados de la Cartera Común de Servicios, en particular los servicios de orientación para el empleo personalizada, integral e inclusiva para las personas trabajadoras, independientemente de su condición de ocupadas o desempleadas, poniendo el foco en aquellas personas en riesgo de exclusión social o con dificultades para acceder al mercado laboral.
Medida 1.1.2 Diseñar a través de la Red de Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (Red COE) e implementar un modelo de intervención normalizado común para la prestación de los servicios de orientación para el empleo personalizada, integral e inclusiva y universal, en particular para la elaboración del perfil individualizado, que incorpore criterios deontológicos implícitos en la actividad profesional que garanticen su calidad y criterios de uso de las herramientas para el análisis de datos, evidencias estadísticas y análisis del mercado de trabajo disponibles y que permita correlacionar el perfil individualizado definido y su correspondiente patrón o combinación de servicios asociado a la mejora de la empleabilidad.
Medida 1.1.3 Desarrollar un plan para impulsar el uso de nuevas tecnologías y metodologías en la prestación del servicio de orientación personalizada, integral e inclusiva y en el desarrollo de programas de orientación basados en intervenciones para la adquisición de competencias blandas (soft skills), sin perjuicio a la atención presencial.
Medida 1.1.4 Desarrollar mecanismos de compensación, refuerzo y atención urgente en la prestación de los servicios garantizados –especialmente en el de orientación– para garantizar la igualdad en su acceso y calidad, en aquellas zonas o territorios en los que esta prestación no pueda prestarse de manera suficientemente adecuada por tratarse de zonas de alta densidad de desempleo, zonas rurales, zonas con déficit de transporte, zonas que haya sufrido catástrofes naturales o que presenten cualquier característica específica que así lo impida o dificulte. En especial en aquellas zonas o territorios en los que no es posible llegar.
Medida 1.1.5 Crear, mantener y actualizar, a través de la Red de Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (Red COE), un catálogo de instrumentos eficaces para la empleabilidad que incluya las mejores prácticas desarrolladas tanto en el marco del Sistema Nacional de Empleo, como en el marco de la Red Europea de Servicios Públicos de Empleo.
Objetivo operativo 1.2 Proporcionar servicios de formación en el trabajo que logren la ampliación y mejora de las cualificaciones, competencias, habilidades y empleabilidad de personas desempleadas y ocupadas.
Medida 1.2.1 Completar el sistema participativo de diagnóstico de detección de necesidades formativas y diseño de la oferta formativa, creando grupos de trabajo estables en el marco de la gobernanza del Sistema Nacional de Empleo focalizados en programas de formación a medida en aquellas empresas y/o sectores emergentes o con necesidades de personal para fomentar la realización de acciones formativas con compromiso de contratación.
Medida 1.2.2 Flexibilizar y agilizar la oferta formativa para personas trabajadoras en desempleo o demandantes de mejora de empleo mediante convocatorias abiertas y permanentes, para responder de manera rápida a las demandas de las empresas y ajustar oferta y demanda.
Medida 1.2.3 Promover ofertas de formación dirigidas a eliminar las dificultades en el acceso a la formación de la población del entorno rural, de zonas de alta densidad de desempleo, zonas que hayan sufrido catástrofes naturales o que presenten una problemática específica y flexibilizar su impartición presencial a través de metodologías on line de soporte tecnológico.
Medida 1.2.4 Implementar entre las personas trabajadoras ocupadas y las empresas sistemas de difusión de las distintas ofertas formativas llevadas a cabo por los servicios públicos de empleo del Sistema Nacional de Empleo, incluyendo las gestionadas por la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.
Medida 1.2.5 Diseñar y poner en marcha itinerarios formativos dirigidos a toda la población trabajadora para la adquisición de competencias digitales y para la adquisición de competencias en sostenibilidad, que posibiliten la recualificación profesional y la capacitación en nuevas competencias demandadas por sectores emergentes (tecnologías digitales, economía verde, industria 4.0, reciclado de residuos, economía circular, etc.).
Medida 1.2.6 Desarrollar programas mixtos de formación y empleo en sectores emergentes.
Objetivo operativo 1.3 Proporcionar servicios de asesoramiento para el autoempleo, el emprendimiento viable y la dinamización del desarrollo económico local.
Medida 1.3.1 Definir, a través de la Red de Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (Red COE), el servicio de asesoramiento integral para el emprendimiento, presencial y en línea, que abarque todas las fases del proceso, incidiendo en la fase previa, mediante el desarrollo de herramientas que contribuyan a la viabilidad y a la realización eficaz de un plan de negocio o de empresa, así como al seguimiento y tutorización durante, al menos, el primer año de funcionamiento, contribuyendo así a la viabilidad futura del proyecto.
Medida 1.3.2 Impulsar modelos de emprendimiento social y cooperativo, incluyendo los modelos de economía social, mediante programas dirigidos a la creación de empresas inclusivas, cooperativas, sociedades laborales y proyectos de economía verde y social, asegurando que se integren modelos de negocio sostenibles y orientados al bienestar colectivo.
Medida 1.3.3 Fomentar la formación en creación y gestión empresarial a las personas emprendedoras, a través de programas de apoyo al emprendimiento, asesoramiento personalizado y formación en la creación y gestión de nuevas iniciativas de proyectos.
Medida 1.3.4 Desarrollar, a través de la Red de Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (Red COE), un punto de información común que recoja las líneas de subvención y ayudas al emprendimiento y autoempleo existentes, así como de asesoramiento en línea sobre estos diversos recursos.
Medida 1.3.5 Reforzar las líneas de apoyo a las pymes y personas autónomas con el fin de impulsar el crecimiento de los negocios y proyectos profesionales más pequeños y fomentar la contratación indefinida de personas en situación de desempleo, especialmente cuando el emprendimiento se desarrolle en el marco de zonas rurales.
Objetivo estratégico 2. Proporcionar actuaciones y programas adaptados a colectivos clave.
Objetivo operativo 2.1 Facilitar servicios y programas destinados a fomentar el empleo de las personas jóvenes y de las personas paradas de larga duración.
Medida 2.1.1 Definir, implantar y evaluar planes de empleabilidad específicos para jóvenes y personas en desempleo de larga duración durante la vigencia de la presente Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, teniendo en cuenta los resultados derivados de la evaluación intermedia del Plan de Garantía Juvenil Plus que resulten transferibles.
Medida 2.1.2 Diseñar y definir protocolos de diagnóstico y perfilado y de atención específicos dirigidos a personas jóvenes y personas en situación de desempleo de larga duración incorporando la metodología, los recursos y materiales necesarios para facilitar la intervención con estos colectivos, actualizados a través del trabajo colaborativo de la Red de Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (COE).
Medida 2.1.3 Identificar zonas de alta demanda de empleo para colectivos prioritarios, con el fin de optimizar la implementación de los programas de apoyo activo al empleo en función de las necesidades específicas del territorio, tanto en materia de reducción del desempleo de esos colectivos, como en consonancia con los programas de desarrollo económico local o territorial.
Medida 2.1.4 Incrementar la conexión y sinergias entre el Plan de Garantía Juvenil Plus 2021-2027 de trabajo digno para las personas jóvenes y los servicios y programas de políticas activas de empleo del Sistema Nacional de Empleo que se requieran para la mejora de su empleabilidad, en función del perfilado de cada persona joven, de su itinerario o plan personalizado y de los servicios de acompañamiento especializados y permanentes, a través de los grupos autonómicos de coordinación constituidos en el marco del citado Plan.
Medida 2.1.5 Fomentar los programas formativos y de formación en alternancia con el empleo para jóvenes sin cualificación y personas desempleadas de larga duración, incorporando de manera específica la adquisición y actualización de competencias digitales en el marco del DigComp y de competencias verdes como medida para favorecer la capacitación y/o cualificación para el acceso al empleo de estos colectivos.
Medida 2.1.6 Acercar los servicios públicos de empleo a las personas jóvenes, mediante sistemas multimedia de información y nuevos canales de comunicación, en particular en el marco del Plan Garantía Juvenil Plus 2021-2027 de trabajo digno para las personas jóvenes y reforzar la atención personalizada mediante sistemas multicanal adicionales a los tradicionales.
Medida 2.1.7 Implantar los programas de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo dirigidos a la contratación de personas jóvenes cualificadas (16 a 30 años) en desempleo, beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, mediante subvenciones a administraciones publicas locales, sector público instrumental y universidades.
Medida 2.1.8 Favorecer el acompañamiento y orientación personalizada a las personas paradas de larga duración promoviendo dispositivos especializados y estables para el apoyo a las transiciones laborales, que incluyan asesoramiento en la búsqueda de empleo, preparación para entrevistas y acceso a redes de contacto con empresas y profesionales del sector, a través de programas innovadores.
Medida 2.1.9 Combinar programas de formación, reintegración y reciclaje profesional en ocupaciones emergentes con incentivos de apoyo a la contratación de personas en situación de desempleo de larga duración procedentes de otras actividades profesionales, facilitando la adquisición de nuevas habilidades y competencias demandadas por el mercado laboral actual, que les permitan acceder a empleos estables, al tiempo que posibiliten, a las empresas y contratantes, beneficiarse de la experiencia laboral transferible de las personas recicladas.
Medida 2.1.10 Implementar de manera preferente para personas jóvenes y personas paradas de larga duración itinerarios individuales y personalizados de emprendimiento que vayan dirigidos o que redunden en beneficios para las poblaciones o comarcas rurales o en riesgo de despoblación.
Objetivo operativo 2.2 Facilitar servicios y programas destinados a fomentar el empleo de las personas con discapacidad.
Medida 2.2.1 Diseñar y definir, a través de la Red de Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (Red COE), modelos de atención específicos e itinerarios individuales y personalizados para personas con discapacidad, adaptados a diferentes tipos de discapacidad, incorporando la metodología, los recursos y materiales necesarios para facilitar la intervención integral con estos colectivos.
Medida 2.2.2 Desarrollar protocolos de coordinación con servicios sociales, educativos y especializados que contribuyan a ofrecer un servicio integral a las personas con discapacidad y mecanismos de seguimiento de la mejora de su empleabilidad y su inserción laboral en el mercado ordinario.
Medida 2.2.3 Promover la especialización del personal de los servicios públicos de empleo que proporciona atención personalizada de las personas con discapacidad demandantes de servicios, incluyendo formación específica en accesibilidad universal, especialmente la relativa a la accesibilidad cognitiva para atender las especiales necesidades de las personas con discapacidad intelectual o con trastorno del espectro del autismo.
Medida 2.2.4 Acercar los servicios públicos de empleo a las personas con discapacidad, mediante sistemas multimedia de información y reforzar la atención personalizada mediante sistemas de atención multicanal adicionales a los tradicionales.
Medida 2.2.5 Crear «ventanillas de inclusión» en las oficinas de empleo, donde personal especializado pueda atender a personas con discapacidad o con necesidades especiales, ofreciendo orientación y recursos específicos para mejorar su inserción laboral.
Medida 2.2.6 Impulsar eventos para fomentar la inclusión de personas con discapacidad, a través de talleres/conferencias, contacto con empresas y con ofertas de empleo.
Medida 2.2.7 Priorizar en los servicios y programas a las personas con discapacidad desempleadas de larga duración que más tiempo llevan en el desempleo, ya que son las más vulnerables al tener menos posibilidades para acceder tanto a presentaciones como a un empleo.
Medida 2.2.8 Desarrollar programas de formación y empleo especializados y adaptados a las capacidades y necesidades de las personas con discapacidad, que favorezcan su inclusión laboral en sectores clave, como la tecnología, la educación y los servicios sociales.
Medida 2.2.9 Fomentar análisis de los perfiles de las personas trabajadoras en los centros especiales de empleo con el objetivo de que el empleo en la empresa ordinaria sea un objetivo prioritario en los casos donde la discapacidad lo permita.
Objetivo operativo 2.3 Facilitar servicios y programas destinados a fomentar el empleo de las personas pertenecientes a otros colectivos en situación de vulnerabilidad, teniendo como referencia los colectivos destacados que establece el artículo 50 de la Ley de Empleo.
Medida 2.3.1 Definir, a través de la Red de Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (Red COE), modelos de intervención personalizada e inclusiva, específicos para los colectivos de atención prioritaria establecidos en la Ley de Empleo partiendo de la identificación de sus características ante el empleo, situaciones de interseccionalidad y fuentes principales de información.
Medida 2.3.2 Diseñar e implantar un plan de atención específico para personas mayores de 45 años que queden en desempleo, con especial atención a las mujeres, que proporcione servicios de orientación y formación para actualizar sus competencias, con el objetivo de evitar su conversión en personas paradas de larga duración.
Medida 2.3.3 Diseñar e implantar un plan de atención específico para personas gitanas y otras etnias minoritarias e impulsar el trabajo en red con las entidades especializadas en su atención.
Medida 2.3.4 Definir objetivos específicos de empleo inclusivo para personas con especiales dificultades de inserción laboral y en situación de vulnerabilidad, para mejorar sus condiciones de empleabilidad y conseguir un resultado cuantificado de inserción, a través de servicios y programas de políticas activas de empleo que potencien el servicio de acompañamiento personalizado, impulsen el trabajo en red con las entidades especializadas en la atención a dichos colectivos y la coordinación con servicios de intervención social.
Medida 2.3.5 Impulsar, potenciar y difundir el servicio de acompañamiento personalizado y de abordaje integral para la violencia de género y otras formas de violencia contra las mujeres e impulsar el trabajo en red con las entidades especializadas en la atención a dichas mujeres.
Medida 2.3.6 Impulsar, potenciar y difundir el servicio de acompañamiento personalizado para las personas del colectivo LGBTI+ e impulsar el trabajo en red con las entidades especializadas en la atención a las personas LGBTI+, con especial atención a las personas trans.
Medida 2.3.7 Desarrollar planes o programas de integración social y laboral, incluida formación lingüística y programas de orientación laboral que ayuden a las personas migrantes a comprender el mercado laboral y a acceder a ofertas de empleo y de formación.
Medida 2.3.8 Diseñar modelos personalizados de atención e intervención para deportistas profesionales, en base a su perfil individualizado, a través de la Red de Centros públicos de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (Red COE).
Medida 2.3.9 Impulsar, a través de la Red de Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (Red COE), la identificación de buenas prácticas en la intervención con colectivos de atención prioritaria definidos en la Ley de Empleo, así como la investigación y el desarrollo de proyectos y metodologías de intervención innovadoras para mejorar la empleabilidad de estos.
– Para empresas:
Objetivo estratégico 3. Situar a los Servicios Públicos de Empleo como agentes de intermediación de referencia.
Objetivo operativo 3.1 Fortalecer las actuaciones de prospección de necesidades del tejido productivo y la captación de ofertas de trabajo.
Medida 3.1.1 Diseñar y ejecutar un Plan de Comunicación completo, dirigido a fomentar la visibilidad y el posicionamiento de los servicios públicos de empleo como referentes en el ámbito de la intermediación social y laboral y crear un boletín de noticias de los servicios públicos de empleo para comunicar de manera corporativa las novedades.
Medida 3.1.2 Diseñar y definir un modelo de plan de prospección que favorezca la prestación de servicios de información y asesoramiento, intermediación y captación de ofertas de empleo y otras actuaciones, respondiendo a las necesidades derivadas de los retos de la triple (digital, ecológica y demográfica), teniendo en cuenta, entre otras variables, la dimensión local, los sectores en auge o aquellos en dificultades.
Medida 3.1.3 Diseñar e implantar una herramienta para la gestión de las relaciones con las personas, empresas y entidades empleadoras, partiendo de unos elementos comunes a nivel estatal y desarrollada por cada uno de los servicios públicos de empleo autonómicos, que permita compartir la información recogida.
Medida 3.1.4 Elaborar un plan de prospección adaptado al tejido productivo de cada comunidad autónoma, dirigido tanto a grandes empresas como a pymes, micropymes, empresas de la economía social y personas trabajadoras autónomas.
Medida 3.1.5 Colaborar con los organismos competentes en educación para la difusión y fomento de la cultura del trabajo y emprendedora y para el conocimiento de todas las alternativas laborales y la adquisición de las herramientas necesarias para que la información en el tránsito del mundo educativo al laboral sea de utilidad.
Medida 3.1.6 Implementar una herramienta de detección de perfiles profesionales por competencias que nos permita orientar a las personas trabajadoras, desempleadas y ocupadas, en su recualificación, adecuar la oferta formativa a las necesidades del mercado laboral y, por tanto, mejorar la cobertura de vacantes.
Objetivo operativo 3.2 Implementar servicios de intermediación y colocación eficaces para adecuar oferta y demanda de empleo.
Medida 3.2.1 Impulsar la colaboración para la gestión de ofertas de empleo en la Unión Europea a través de la red EURES y en terceros países con acuerdos de colaboración, prestando apoyo logístico en procesos de selección y apoyando la atracción y el retorno del talento desde otros países, y potenciar, fomentar y difundir las actividades de las Red EURES.
Medida 3.2.2 Diversificar la estrategia de reclutamiento y selección de personal, mediante el uso de técnicas tradicionales, tanto singulares como colectivas (eventos de carácter presencial como ferias, encuentros, etc.), combinadas con otras técnicas más innovadoras de reclutamiento, que incluyan el uso de la I.A (networking, gamificación…).
Medida 3.2.3 Definir, detectar e incorporar las competencias transversales en los procesos de intermediación y en la definición de los puestos de trabajo.
Objetivo estratégico 4. Promover el acompañamiento integral a las empresas.
Objetivo operativo 4.1 Proporcionar a las empresas información y asesoramiento sobre la contratación y las medidas de apoyo a la misma.
Medida 4.1.1 Actualizar la Carta de Servicios a empresas conforme a lo establecido en Ley de Empleo y de acuerdo a la Cartera Común de servicios y difundir su contenido entre las entidades empleadoras y otros agentes de intermediación.
Medida 4.1.2 Crear y mantener un sitio web que sirva como repositorio de toda la información pertinente sobre modalidades de contratación y medidas de apoyo a entidades empleadoras, como incentivos y ayudas a la contratación, que redirija a los sitios web relacionados del ámbito autonómico y estatal.
Medida 4.1.3 Afianzar la colaboración y cooperación entre los servicios públicos de empleo y otras administraciones y organismos públicos, en especial del ámbito de la Seguridad Social, servicios sociales, administraciones educativas y de formación profesional y otros organismos del Ministerio de Trabajo y Economía Social (Inspección de Trabajo y Seguridad Social).
Medida 4.1.4 Mejorar el asesoramiento y difusión de la información existente sobre las medidas de fomento del empleo en programas orientados a la incorporación y/o reincorporación de las personas desempleadas.
Medida 4.1.5 Estrechar alianzas con otros organismos y entidades del mercado de trabajo, a través de acuerdos y convenios con agentes clave: empresas y asociaciones empresariales del territorio, organizaciones sindicales, entidades representativas de la economía social, centros educativos, colegios profesionales, agencias de desarrollo local, entidades públicas, etc.
Objetivo operativo 4.2 Ofrecer un apoyo y asesoramiento integral a las empresas en otros ámbitos de su interés.
Medida 4.2.1 Definir e implementar modelos de apoyo y asistencia a las empresas en procesos de reestructuración y de transición en el empleo (recolocación, relevo generacional, modelos de economía social…).
Medida 4.2.2 Proporcionar información y asesoramiento especializado, entre otras, en materia de conciliación laboral, impulso del teletrabajo, procesos de recolocación, planes de Igualdad, cuota de reserva de trabajadores con discapacidad y declaración de excepcionalidad y medidas de fomento de empleo de colectivos especialmente vulnerables o protegidos, contemplando las particularidades de las empresas (según tamaño, sector de actividad, normativa específica, posicionamiento en el mercado,…).
Medida 4.2.3 Proporcionar información y asesoramiento sobre programas de formación, formación en alternancia con el empleo, prácticas no laborales, formación profesional dual y acreditación de competencias, fomentando la participación activa de las entidades empleadoras.
– Para servicios públicos de empleo y entidades colaboradoras:
Objetivo estratégico 5. Incrementar las capacidades de los servicios públicos de empleo.
Objetivo operativo 5.1 Dotar al Sistema Nacional de Empleo de los medios adecuados para una prestación eficaz y eficiente de los servicios, fomentando la especialización y profesionalización de sus recursos humanos.
Medida 5.1.1 Analizar las tareas y funciones de las oficinas de empleo y medir el grado de satisfacción de las personas usuarias de los servicios.
Medida 5.1.2 Diseñar e implementar un plan de formación del Sistema Nacional de Empleo que incluya formación básica común a todo el personal, como marco competencial de referencia, así como itinerarios especializados para el personal orientador y prospector por niveles, colectivos específicos de atención prioritaria, sectores de actividad, uso de herramientas digitales de apoyo a la gestión, etc.
Medida 5.1.3 Elaborar un manual de acogida que incluya una red de expertos en prospección y orientación para el empleo que puedan guiar y apoyar a los nuevos empleados en su desarrollo profesional.
Medida 5.1.4 Analizar la cobertura de los servicios de la cartera común, para estudiar territorialmente las cargas de trabajo y la posible redistribución de las mismas para garantizar la atención en igualdad de todos los usuarios.
Medida 5.1.5 Promover la identificación, intercambio y difusión de buenas prácticas de éxito en el Sistema Nacional de Empleo, a partir de una metodología común y a través de la Red de Centros de Orientación, Emprendimiento, Acompañamiento e Innovación para el Empleo (Red COE) y analizar la posibilidad de creación del premio nacional de buenas prácticas.
Objetivo operativo 5.2 Promover la digitalización del Sistema Nacional de Empleo y el desarrollo de herramientas digitales de apoyo a la labor de los servicios públicos de empleo.
Medida 5.2.1 Continuar con la implantación del Expediente Laboral Personalizado Único en el Sistema Nacional de Empleo.
Medida 5.2.2 Potenciar el espacio técnico colaborativo y el repositorio documental común del Sistema Nacional de Empleo para la formación y actualización permanente (en materia de formación, atención a empresas, orientación…) de las y los profesionales de los servicios públicos de empleo.
Medida 5.2.3 Potenciar y difundir los recursos digitales que el Sistema Nacional de Empleo pone a disposición de las personas y empresas.
Medida 5.2.4 Mejorar la web del Sistema Nacional de Empleo con una Plataforma Digital de Empleo y Acompañamiento Integral de los servicios públicos de empleo, entidades colaboradoras y usuarios.
Medida 5.2.5 Diseñar y desarrollar herramientas de apoyo a la prestación de servicios por parte de los servicios públicos de empleo, con especial foco en la implementación de un sistema de intermediación laboral basado en competencias, alineado con el modelo ESCO, que conecte ocupaciones, programas formativos y ofertas de empleo.
Medida 5.2.6 Potenciar las infraestructuras digitales en Oficinas de Empleo para la prestación telemática de servicios.
Objetivo estratégico 6. Promover la participación con las entidades colaboradoras de los servicios públicos de empleo.
Objetivo operativo 6.1 Promover la colaboración con las entidades locales y otras entidades públicas, así como con las entidades privadas de empleo.
Medida 6.1.1 Analizar la gobernanza del Sistema Nacional de Empleo y mantener actualizado un Mapa Institucional del mismo.
Medida 6.1.2 Elaborar un mapa de agentes y recursos relacionados con el empleo, tanto públicos como privados, que defina el ecosistema de empleo del Sistema Nacional de Empleo por categorías (entidades públicas y de qué tipo –locales, autonómicas, estatales–, agencias de colocación, interlocutores sociales, entidades privadas colaboradoras, tercer sector, entidades de economía social etc.) e incluya documentación de referencia (técnica y jurídica) para la implementación de nuevas fórmulas de colaboración público-público y público-privada (contrato programa, convenio, acuerdo marco, etc.).
Medida 6.1.3 Elaborar un manual de acogida y plan formativo en materia de orientación laboral, formación y empleo para entidades colaboradoras.
Medida 6.1.4 Utilizar las redes de trabajo con entidades locales, entidades sin ánimo de lucro y Tercer Sector y entidades de economía social para trabajar en la creación de las bases de los diferentes programas que se ponen en marcha y que ellas ejecutan a través de subvenciones de los servicios públicos de empleo, con especial atención al establecimiento de itinerarios integrales para colectivos con especial dificultad de inserción.
Medida 6.1.5 Trabajar con las entidades locales y los interlocutores sociales en la elaboración de un mapa con los perfiles más demandados en cada territorio a nivel municipal, las necesidades de contratación a medio y largo plazo tanto de empresas y autónomos como de la población trabajadora, búsqueda de nuevos nichos de empleo, autoempleo e innovación o investigación, enlazándolo con los servicios y herramientas existentes para dar respuesta a esas necesidades y asesorar a las entidades colaboradoras.
Medida 6.1.6 Promover desde el Servicio Público de Empleo Estatal y los servicios públicos de empleo autonómicos la definición de instrumentos jurídicos, entre otros, convenios, contratos-programas de naturaleza administrativa o acuerdos marco, para la ejecución de políticas activas de empleo con entidades del sector público, singularmente con entidades locales, especialmente ayuntamientos y universidades públicas, los servicios sociales, la administración educativa, así como con cámaras de comercio, industria, servicios y navegación, entidades sin ánimo de lucro, Tercer Sector, interlocutores sociales y entidades de Economía Social, según lo previsto en el artículo 32.5 de la Ley de Empleo.
Medida 6.1.7 Trabajar en la creación de un marco de calidad en la prestación de los servicios a todos los niveles con especial atención a la participación de las entidades colaboradoras.
– Objetivos estratégicos transversales.
Objetivo estratégico 7. Incrementar el alcance y la relevancia de la igualdad entre mujeres y hombres en el marco normativo y programático de las políticas activas de empleo y en los programas y servicios comunes y propios, y contribuir a la eliminación de las desigualdades en el empleo y de la segregación ocupacional.
Objetivo operativo 7.1 Incrementar el alcance y relevancia de la igualdad entre mujeres y hombres en el marco normativo y programático de las políticas activas de empleo.
Medida 7.1.1 Incorporar y sostener el compromiso explícito con la igualdad entre mujeres y hombres en los planes y programas de los servicios públicos de empleo (misión, visión y valores).
Medida 7.1.2 Incluir el uso no sexista del lenguaje escrito y de las imágenes en las condiciones de contratación, las convocatorias, de subvenciones, bases reguladoras, convenios o ayudas, y otras normativas y documentación administrativa, formativa, informativa y de apoyo de los diferentes programas y servicios de empleo.
Objetivo operativo 7.2 Integrar de forma práctica el enfoque de género en los procedimientos de administración y gestión de la política de empleo.
Medida 7.2.1 Estudiar, implementar y hacer el seguimiento de las adaptaciones pertinentes en el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo y en los sistemas informatizados de gestión en el ámbito autonómico, para permitir el cruce de la variable sexo con otras variables.
Medida 7.2.2 Revisar y mejorar las operaciones estadísticas que se utilizan en el Observatorio de las Ocupaciones y otros organismos autonómicos similares, para visibilizar las desigualdades de género en el mercado laboral y poder actuar para eliminarlas.
Medida 7.2.3 Diseñar directrices comunes en materia de comunicación, impulsando la mayor visibilidad de la realidad de las mujeres ante el empleo y evitando las imágenes sexistas y estereotipadas de mujeres y hombres y la incitación a la violencia de género.
Medida 7.2.4 Incluir en las memorias divulgativas anuales de los Servicios Públicos de Empleo un apartado específico que presente los resultados de inserción laboral desagregados por sexo, así como su análisis, las acciones correctivas implementadas para reducir las desigualdades de género identificadas y los resultados alcanzados tras dichas acciones.
Medida 7.2.5 Poner en marcha acciones formativas y de comunicación interna sobre cláusulas de igualdad, el tipo de cláusulas que como mínimo se recomienda incluir y la importancia del control de su cumplimiento y de la evaluación de su impacto para el avance hacia la igualdad entre mujeres y hombres en el empleo.
Objetivo operativo 7.3 Reforzar la integración de la igualdad entre mujeres y hombres en los servicios y programas comunes de políticas activas de empleo del Sistema Nacional de Empleo, priorizando la eliminación de las desigualdades en el empleo y de la segregación ocupacional.
Medida 7.3.1 Revisar y adaptar los protocolos del servicio de Orientación Profesional y Colocación y Asesoramiento a Empresas (de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo) y de procedimientos normalizados, materiales y herramientas de apoyo para asegurar su coherencia con los objetivos de igualdad entre mujeres y hombres marcados para las políticas activas de empleo.
Medida 7.3.2 Revisar y mejorar los canales de información y comunicación de las acciones formativas disponibles, garantizando que ésta llegue a todas las mujeres, incluidas aquellas con especiales dificultades para acceder a la información por las vías más habituales (migradas, mujeres con discapacidad, etc.).
Medida 7.3.3 Diseñar y reforzar protocolos para la detección, atención y coordinación de la violencia contra las mujeres en todos los servicios públicos de empleo, en coherencia con la normativa marco de referencia en esta materia.
Medida 7.3.4 Fomentar la contratación de las mujeres víctimas de la violencia de género y sexual, a través de su participación en programas de formación con compromiso de contratación y programas que combinen formación y experiencia laboral.
Medida 7.3.5 Analizar el impacto de género del programa de Alfabetización digital para mujeres contratadas en el marco del Plan de Fomento del Empleo Agrario, para la extensión de esta práctica formativa vinculada a la contratación que se financia en este Plan.
Medida 7.3.6 Elaborar protocolos que pauten la metodología interseccional para el abordaje eficaz de las discriminaciones múltiples que enfrentan las mujeres que forman parte de estos colectivos, identificando los colectivos de mujeres con mayores desventajas en el mercado laboral, considerando tanto características sociodemográficas (edad, entorno geográfico, nivel educativo, origen extranjero, situación de familia monoparental, etc.) como factores vinculados a la demanda de empleo (sector de actividad, tipo de ocupación, situación de desempleo de larga duración, entre otros).
Medida 7.3.7 Valorar el tipo de medidas que se ponen en marcha para favorecer la conciliación corresponsable en los programas y servicios, de su uso y de su eficacia para promover la igualdad de mujeres y hombres.
Medida 7.3.8 Promoción de la participación de mujeres en formación y otros servicios donde están subrepresentadas.
Objetivo estratégico 8. Institucionalizar la evaluación y mejorar la planificación y los instrumentos en las políticas de empleo, facilitando el análisis del mercado de trabajo con sistemas de recogida, valoración y difusión de la información y sus resultados.
Objetivo operativo 8.1 Formular las políticas de empleo con enfoque de evaluación y consolidar la práctica de la evaluación en todas sus fases, para garantizar el cumplimiento de sus objetivos.
Medida 8.1.1 Establecer directrices generales, metodologías cuantitativas y cualitativas y recursos para una evaluación sistemática y objetiva en el Sistema Nacional de Empleo.
Medida 8.1.2 Promover la evaluación ex ante y otros instrumentos de evaluabilidad en las normas y programas incorporando un marco específico para el análisis de la igualdad entre mujeres y hombres.
Medida 8.1.3 Diseñar, implantar, revisar y actualizar un sistema de indicadores comunes para el seguimiento y evaluación de las políticas de empleo.
Medida 8.1.4 Promover la implementación y el seguimiento de las recomendaciones de evaluación para la toma de decisiones basada en evidencias.
Medida 8.1.5 Impulsar sistemas de información de las intervenciones públicas de empleo para el desarrollo de evaluaciones desde su planificación, garantizando la interoperabilidad con otras administraciones.
Medida 8.1.6 Evaluar los servicios prestados por las oficinas de empleo en cuanto a la calidad y el impacto de los mismos.
Objetivo operativo 8.2 Desarrollar un marco institucional de la evaluación de políticas de empleo que garantice la planificación de la actividad de evaluación y su organización, y asegurar la visibilidad y el seguimiento de sus resultados e impactos.
Medida 8.2.1 Crear una estructura de gobernanza y espacios de coordinación, colaboración y participación en materia de evaluación en el Sistema Nacional de Empleo.
Medida 8.2.2 Elaborar planes de evaluación que detallen, con perspectiva de género, las políticas a evaluar, tipos de evaluación, recursos y plazos de realización o difusión de resultados, con la colaboración y participación de diferentes actores implicados, en particular, las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.
Medida 8.2.3 Crear un portal transparente y temático de evaluación de políticas de empleo para facilitar el intercambio de información, estudios, proyectos y la difusión de buenas prácticas en evaluación de políticas de empleo.
Objetivo operativo 8.3 Fomentar la cultura de evaluación, la capacitación y la participación de los agentes implicados en los procesos de evaluación de las políticas públicas de empleo.
Medida 8.3.1 Desarrollar planes específicos de formación en evaluación de políticas públicas de empleo para las empleadas y empleados públicos del Sistema Nacional de Empleo.
Medida 8.3.2 Promover la práctica y uso de la evaluación de políticas de empleo, incluyendo aquellas enfocadas en igualdad de género, mediante el desarrollo de actividades de difusión (campañas de divulgación, sesiones informativas, jornadas y/o talleres) y materiales específicos (infografías y otros materiales gráficos o visuales, etc.).
Medida 8.3.3 Fortalecer la integración y participación de los diversos actores, en particular, las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en procesos de evaluación desarrollando directrices, instrumentos y espacios adecuados.
Objetivo operativo 8.4 Promover una mejor generación de conocimiento sobre el mercado de trabajo, y su difusión entre todos los agentes.
Medida 8.4.1 Elaborar diagnósticos de la situación y tendencias del mercado de trabajo, con atención a las particularidades territoriales con la colaboración de los observatorios, las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, las entidades representativas de la Economía Social y otros actores y agentes implicados.
Medida 8.4.2 Realizar acciones de prospección y detección de la demanda formativa del sistema productivo, incorporando metodologías específicas como encuestas a empresas y análisis de tendencias sectoriales, que permitan anticiparse a las necesidades de generación de empleo para conseguir una programación de actuaciones de formación y recualificación a medio y largo plazo.
Medida 8.4.3 Implementar herramientas innovadoras en el análisis de tendencias del mercado laboral, así como en su difusión, mediante la utilización de Inteligencia Artificial (I.A.), Big Data, Datos Abiertos, etc., considerando la posibilidad de emplear fases piloto como herramienta previa a su implementación definitiva.
6. Alineamiento con los ejes de las políticas de activación para el empleo que establece la Ley de Empleo
CAPÍTULO IV. Marco financiero
Las fuentes directas de financiación de la Estrategia de Apoyo Activo al Empleo son las siguientes:
1. Fondos procedentes de los Presupuestos Generales del Estado, que figurarán consignados en los presupuestos del Ministerio de Trabajo y Economía Social, al que se encuentra adscrito el Servicio Público de Empleo Estatal, y en los presupuestos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
Dentro de estos fondos se distinguen:
A) Las cantidades procedentes de la cuota de formación profesional que constituye un ingreso afectado a la financiación exclusiva de los gastos del Sistema de Formación regulado en la Ley 30/2015, de 9 de septiembre y su normativa de desarrollo.
Desde el 1 de enero de 2021, la ejecución de las iniciativas de formación profesional vinculadas con la obtención de certificados de profesionalidad, salvo en los programas que vinculen formación con la adquisición de experiencia profesional mediante un contrato laboral, se desarrollarán por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, mientras que aquellas iniciativas de formación profesional para el trabajo incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas se ejecutarán por el Ministerio de Trabajo y Economía Social a través del Servicio Público de Empleo Estatal.
Por ello, desde el año 2021, los fondos destinados a financiar las iniciativas del Sistema de Formación con cargo a los Presupuestos Generales del Estado se recogerán tanto en el presupuesto del Servicio Público de Empleo Estatal, como en los presupuestos del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.
La formación en el trabajo se configura como uno de los servicios garantizados recogidos en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo y es desarrollado de forma amplia en el Real Decreto 438/2024, de 30 de abril.
B) Los fondos procedentes de la cuota por desempleo, ya que el Sistema de Protección por Desempleo comprende tanto prestaciones por desempleo, como acciones específicas de formación, perfeccionamiento, orientación, reconversión e inserción profesional en favor de las personas trabajadoras desempleadas y aquellas otras que tengan por objeto el fomento del empleo estable. Por ello, cuando la recaudación de la cuota de desempleo es superior al gasto de las prestaciones por desempleo, este exceso se destina a financiar políticas activas de empleo, que se recogen en su totalidad en los presupuestos del Servicio Público de Empleo Estatal.
C) Los fondos procedentes de la aportación del estado, que derivan de recursos impositivos o de otro tipo, diferentes de las cotizaciones sociales.
En este sentido, la disposición adicional decimosexta de la Ley 27/2011, de 1 de agosto en la redacción dada por el Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo señala que al menos el 50 % de las cantidades recaudadas en el ejercicio inmediatamente anterior se consignarán en el presupuesto inicial del Servicio Público de Empleo Estatal con la finalidad de financiar acciones y medidas de reinserción laboral específicas para el colectivo de las personas trabajadoras de 50 o más años.
2. Fondos procedentes de los recursos propios de las comunidades autónomas, entre los que se incluirán en todo caso los necesarios para financiar el personal, los gastos corrientes e inversiones que fueron objeto de traspaso cuando las diferentes comunidades autónomas asumieron las competencias de ejecución de la legislación laboral, así como las actualizaciones que éstos hubieran sufrido en aplicación de la normativa que en cada momento regule el sistema de financiación autonómico. Esta fuente de financiación se recoge en los presupuestos de cada comunidad autónoma.
3. Fondos procedentes del Fondo Social Europeo, que en el período de vigencia de la presente Estrategia incluirán las cantidades asignadas al Estado español para la ejecución de políticas de activación para el empleo, en el período de programación 2021-2027, según las cantidades recogidas en los diferentes Programas aprobados.
Por ello, los recursos que cada ejercicio se destinen a la financiación de los servicios y programas que se incluyan en el Plan Anual de Fomento del Empleo Digno, se incluirá tanto en los Presupuestos Generales del Estado, como en los Presupuestos de cada comunidad autónoma.
Asimismo, el conjunto de los fondos antes mencionados incluye los importes necesarios para financiar la modernización y mejora de los servicios públicos de empleo, tanto Estatal como Autonómicos, en coherencia con las Recomendaciones de la Unión Europea, así como los nuevos instrumentos, infraestructuras y sistemas de información del Sistema Nacional de Empleo. En los servicios y programas dirigidos a cumplir los objetivos recogidos en el eje 6 del respectivo Plan Anual de Fomento del Empleo Digno, se determinarán los aspectos concretos a tener en cuenta en relación con la citada modernización y mejora.
Por último, se debe recalcar que, en la ejecución de políticas activas de empleo, además de las entidades que integran el Sistema Nacional de Empleo participan otros organismos públicos y privados con fuentes de financiación diversas, tales como cuota de formación profesional (MEFP), Presupuestos Generales del Estado, de comunidades autónomas o de entidades locales, subvenciones públicas procedentes de los anteriores, fondos privados o Fondo Social Europeo.
Los fondos procedentes de los Presupuestos Generales del Estado no podrán destinarse a financiar gastos que deban ser objeto de financiación con recursos propios de las comunidades autónomas.
La asignación de los importes entre las distintas comunidades autónomas se llevará a cabo, con carácter general, en base a los criterios aprobados, por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria. No obstante, con carácter excepcional, cabe la posibilidad de que la normativa reguladora del propio servicio o programa establezca el criterio de asignación de cantidades entre las diferentes comunidades autónomas, o bien que éstas deban concurrir, presentando los respectivos proyectos, para la obtención de determinada financiación. En estos dos últimos casos se procederá a informar del borrador de norma con carácter previo a su tramitación en la respectiva Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.
Los fondos se justificarán con la información que en cada ejercicio se requiera en las normas o convenios que incorporen los criterios objetivos de distribución y fijen las condiciones necesarias para su otorgamiento, y se destinarán exclusivamente a financiar los servicios y programas gestionados por las comunidades autónomas, que se incluyan en el Plan Anual de Fomento del Empleo Digno que se apruebe en cada ejercicio.
Los fondos asignados en cada ejercicio deben abonarse a las personas o entidades que realizan la acción o colaboran en la prestación del servicio, o bien llevan a cabo el respectivo programa antes de finalizar el año siguiente al de su asignación, salvo que se justifique la imposibilidad de proceder a dicho pago. El incumplimiento de este requisito supondrá la obligación de devolver el importe pendiente de pago por el procedimiento que se desarrolle reglamentariamente.
Asimismo, se identificará el origen de la financiación estatal en los contratos y demás documentación utilizada en la realización de los distintos servicios y programas, para que ésta sea conocida por las personas trabajadoras, empresas y ciudadanía en general.
Dentro de la información requerida para realizar el seguimiento presupuestario mensual referido en el apartado 2, se incluirán datos sobre los destinatarios de las cantidades asignadas, a efectos de limitar posibles duplicidades en el cómputo total de del gasto destinado a financiar políticas de activación para el empleo en todo el Estado por la unidad competente para analizar esta información.
Las comunidades autónomas que gestionen los fondos procedentes de los Presupuestos Generales del Estado serán las responsables de garantizar los aspectos antes mencionados, sin perjuicio del seguimiento que el Servicio Público de Empleo Estatal pueda realizar a este respecto.
Por otro lado, como en la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo, se recogen una serie de servicios garantizados, se realizarán los procedimientos necesarios para procurar, dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio, una financiación adecuada y estable en la prestación de los citados servicios. Para ello, se atenderá en todo caso a las conclusiones del grupo de trabajo indicado en la disposición final duodécima de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo.
Además, tal y como posibilita la Ley 3/2023, de 28 de febrero, se tiene intención de mantener, dentro de las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio, la distribución plurianual de fondos realizada en los últimos ejercicios, de cara a posibilitar una gestión a medio plazo de las iniciativas a desarrollar por las comunidades autónomas.
CAPÍTULO V. Gobernanza, seguimiento y evaluación de la Estrategia
La evaluación se configura como un instrumento fundamental para contar con políticas públicas más eficaces y eficientes, una herramienta de aprendizaje colectivo y organizativo, encaminado a la mejora continua de los servicios públicos. Tal como expone la Ley 27/2022, de 20 de diciembre, de institucionalización de la evaluación de políticas públicas en la Administración General del Estado, la evaluación es una herramienta imprescindible en su labor por la transparencia, la rendición de cuentas, la mejora de las acciones públicas y el favorecimiento de la toma de decisiones informadas.
En el marco de esta Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, la evaluación adquiere un carácter vertebrador en la gestión de las políticas de apoyo activo al empleo, incorporando un enfoque integrado de planificación, ejecución, seguimiento y evaluación. Por tanto, es fundamental establecer un modelo de evaluación integrado de las políticas activas de empleo, que adopte metodologías cuantitativas y cualitativas, aborde la secuencia completa de los procesos de intervención, e incluya la participación de los interlocutores sociales, la ciudadanía, las empresas y todos los agentes involucrados en su diseño y ejecución. Un proceso de evaluación continua requiere, también, generar mecanismos de seguimiento definidos, asentados en indicadores claros y exhaustivos.
El modelo integrado de seguimiento y evaluación de las políticas activas de empleo se estructurará en el seguimiento y evaluación de la nueva Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo y su concreción anual a través de los Planes anuales para el Fomento del Empleo Digno, en el seguimiento y evaluación de la atención de las personas y las empresas a través de la Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Empleo, en la evaluación del desempeño de los servicios públicos de empleo y en el desarrollo de evaluaciones externas e independientes.
La evaluación debe abarcar todo el ciclo de vida de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo, desde el diseño de las políticas activas y los objetivos estratégicos, la ejecución de sus medidas, hasta la valoración de los resultados de los servicios y programas puestos en marcha. Esto significa incorporar, en todo su desarrollo, un ciclo de evaluación permanente, que acompañe el ciclo de vida de la Estrategia, basado en una evaluación ex ante, intermedia y ex post.
El marco evaluativo tras el desarrollo de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo se basará en la realización de evaluaciones anuales, bienales y cuatrienales. Esto no implica que no se puedan desarrollar evaluaciones adicionales que apoyen el desarrollo de políticas activas específicas.
– Tras la conclusión de cada Plan anual para el Fomento del Empleo Digno, se realizará una evaluación del cumplimiento de los objetivos clave, estratégicos y estructurales recogidos en cada plan.
– A los dos años de iniciada la Estrategia, se realizará una evaluación intermedia sobre el proceso de implementación, con la finalidad de obtener lecciones que permitan mejorar el desarrollo de la Estrategia vigente en su etapa final.
– Al tercer año se realizará una evaluación ex ante de la próxima Estrategia de Empleo, incorporando las lecciones aprendidas de los procesos evaluativos llevados a cabo, y un diagnóstico del contexto normativo y del mercado laboral vigentes.
1. Planificación y gobernanza
La evaluación de la Política de Empleo, dispuesta por el título VI de la Ley de Empleo, necesita la participación del conjunto del SNE en su diseño, planificación, desarrollo y gobernanza, y así debe ser también en el caso de la evaluación de la presente Estrategia.
Con ese fin, de manera acompasada a la entrada en vigor de la nueva Agencia Española de Empleo, se reforzarán los mecanismos de gobernanza existentes, en el marco de la revisión del Real Decreto 1722/2007, de 21 de diciembre, en materia de órganos, instrumentos de coordinación y evaluación del Sistema Nacional de Empleo.
En este sentido, se tendrán en cuenta las funciones que se determinen en el Plan Anual de Evaluación de la Política de Empleo, asegurando su alineación con la Estrategia.
Hasta ese momento, se continuarán evaluando los Planes Anuales que desarrollen la Estrategia a su finalización, y se realizará también una evaluación intermedia de la misma, tanto de procesos como, principalmente, de su impacto en la mejora de la empleabilidad. Se irán incorporando progresivamente un mayor número de evaluaciones de programas propios y comunes, fruto de la mejora de la capacidad de los SPE para llevarlas a cabo tras haber cursado personas designadas por ellos un Diploma en Evaluación de Política de Empleo en estos últimos dos años.
2. Ejecución y seguimiento
Como parte de la evaluación del cumplimiento de los objetivos de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo y de los Planes anuales que la componen, se elaborará un cuadro de mando desagregando por comunidad autónoma, y cuando exista disponibilidad de datos suficiente se desagregará también a nivel provincial. En dicho cuadro de mando se propone incluir y evaluar los siguientes indicadores principales: (ver matriz de indicadores).
Mejora de la empleabilidad de las personas atendidas en un 10 %.
Durante la evaluación de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo anterior, se ha observado que existen patrones de atención que mejoran los resultados en cuanto a inserción en el mercado laboral (altas en Tesorería General de la Seguridad Social o por cuenta ajena o RETA) de las personas atendidas frente a las personas que únicamente reciben un servicio de elaboración de un perfil individualizado. Para cada comunidad autónoma, esos patrones de mayor impacto son ligeramente diferentes, encontrándonos los siguientes resultados en la evaluación de 2022:
| Comunidad Autónoma | Combinación de mayor impacto en inserción | Impacto |
|---|---|---|
| Andalucía. | Tutoría1 y Formación2. | +12 |
| Aragón. | Tutoría y Formación. | +8,2 |
| Canarias. | Tutoría, Formación e Itinerario3. Tutoría y Formación. | +23,6 |
| Cantabria. | Formación. | +9,5 |
| Castilla y León. | Formación. | +21,1 |
| Castilla-La Mancha. | Tutoría y Formación. | +16,7 |
| Cataluña. | Autoempleo4. | +20,1 |
| Comunidad de Madrid. | Tutoría y Formación. | +23,2 |
| Comunidad Foral de Navarra. | Tutoría y Formación. | +20,7 |
| Comunidad Valenciana. | Tutoría, Formación e Itinerario. | +14,1 |
| Extremadura. | Tutoría y Formación. | +26,3 |
| Galicia. | Tutoría, Formación e Itinerario. | +10,1 |
| Islas Baleares. | Tutoría, Formación e Itinerario. | +18,2 |
| La Rioja. | Tutorización e Itinerario. | +2,6 |
| Principado de Asturias. | Tutoría, Formación e Itinerario. | +14 |
| Región de Murcia. | Tutoría y Formación. | +13,4 |
| País Vasco. | Tutoría y Formación. | +18,5 |
| 1 Tutoría hace referencia al servicio de tutorización individual, asesoramiento continuado y atención personalizada. 2 Formación hace referencia al servicio de formación en el trabajo acorde a las necesidades de las personas, empresas y entidades usuarias. 3 Itinerario hace referencia al servicio de Itinerario o plan personalizado. 4 Autoempleo hace referencia a los servicios de asesoramiento para el autoempleo, el emprendimiento viable y la dinamización del desarrollo económico local. | 1 Tutoría hace referencia al servicio de tutorización individual, asesoramiento continuado y atención personalizada. 2 Formación hace referencia al servicio de formación en el trabajo acorde a las necesidades de las personas, empresas y entidades usuarias. 3 Itinerario hace referencia al servicio de Itinerario o plan personalizado. 4 Autoempleo hace referencia a los servicios de asesoramiento para el autoempleo, el emprendimiento viable y la dinamización del desarrollo económico local. | 1 Tutoría hace referencia al servicio de tutorización individual, asesoramiento continuado y atención personalizada. 2 Formación hace referencia al servicio de formación en el trabajo acorde a las necesidades de las personas, empresas y entidades usuarias. 3 Itinerario hace referencia al servicio de Itinerario o plan personalizado. 4 Autoempleo hace referencia a los servicios de asesoramiento para el autoempleo, el emprendimiento viable y la dinamización del desarrollo económico local. |
Como se observa, hay patrones comunes en la mayor parte de las comunidades autónomas que suponen un mayor impacto en la empleabilidad de las personas atendidas, principalmente aquellas combinaciones entre formación, itinerario y tutorización. Dichas combinaciones de servicios se actualizarán anualmente basándose en las evidencias de las distintas evaluaciones.
Con el fin de realizar seguimiento sobre los esfuerzos que se están realizando desde la comunidad autónoma, se propone un indicador que mida la proporción de esa combinación de servicios sobre el total de servicios prestados.
Para su cálculo, se identificarán las personas que tienen registrada esa combinación de servicios (diferente en cada comunidad autónoma en función de la tabla anterior) frente al total de personas atendidas en el mismo período de tiempo.
Además, se introduce este mismo indicador desagregado por colectivo, lo que permitirá una mayor precisión en la medición.
Y un indicador de esfuerzo que refleja el número de personas que reciben la mejor combinación de servicios frente al total de personas inscritas en el mismo período de tiempo.
Tal como se ha venido ejecutando en las evaluaciones del Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024, la evaluación de impacto de los servicios garantizados se basará en una metodología cuasiexperimental que permita realizar un análisis comparado, identificando el contrafactual válido, es decir, la situación laboral que se hubiese producido sin la ejecución de los servicios garantizados.
Comenzando por datos estadísticos masivos y, con la aplicación de un modelo de Propensity Score Matching (PSM), se conforman dos grupos para comparar sus tasas netas de inserción a través de la técnica «Diferencias en Diferencias». A través de esta técnica se procura que los Grupos de Tratamiento y de Control tengan una composición sociodemográfica similar. A partir de la identificación de ambos grupos, se compara la situación de ambos grupos en dos momentos temporales, que es el periodo de los seis meses previos a darse de alta como demandantes de empleo y los seis meses posteriores a la realización del último servicio garantizado.
Una vez identificadas las muestras de tratamiento y control mediante el método del PSM hasta conseguir grupos homogéneos entre sí, se calcula el impacto de los servicios garantizados sobre la inserción laboral y sobre la calidad del empleo. En este análisis, la medición se realiza en dos momentos temporales: ex-ante para comprobar en qué situación se encontraban las personas demandantes de empleo antes de su paso por los servicios, y ex-post para comparar los resultados con la situación de partida.
Intermediación.
Con la finalidad de medir la evolución de la inserción laboral de manera continua, se introducen los siguientes indicadores, que se calcularán trimestralmente:
Para medir la calidad en el empleo, se establecen los siguientes indicadores:
Para medir las colocaciones de personas desempleadas, se establece el siguiente indicador:
Estos datos se compararán con los indicadores de la encuesta de flujos de población activa de la EPA:
Probabilidad de pasar de la ocupación al desempleo: Número de personas que en el trimestre de referencia están desempleadas, y en el trimestre anterior estaban ocupadas.
Probabilidad de pasar de la ocupación a la inactividad: Número de personas que en el trimestre de referencia están inactivas, y en el trimestre anterior estaban ocupadas.
Probabilidad de pasar del desempleo a la ocupación: Número de personas que en el trimestre de referencia están ocupadas, y en el trimestre anterior estaban desempleadas.
Probabilidad de pasar del desempleo a la inactividad: Número de personas que en el trimestre de referencia están inactivas, y en el trimestre anterior estaban desempleadas.
Probabilidad de pasar de la inactividad a la ocupación: Número de personas que en el trimestre de referencia están ocupadas, y en el trimestre anterior estaban inactivas.
Probabilidad de pasar de la inactividad al desempleo: Número de personas que en el trimestre de referencia están desempleadas, y en el trimestre anterior estaban inactivas.
Esfuerzo realizado para la mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo.
El Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, incorpora disposiciones adicionales que se incorporan al texto refundido de la Ley General de Seguridad Social, reforzando la garantía de acceso al itinerario o plan personalizado que facilite el acceso al empleo y la mejora de la empleabilidad de las personas beneficiarias del subsidio y previendo una evaluación ex post, específica sobre los resultados alcanzados, que deben servir para tomar decisiones y adecuar la regulación normativa.
En este sentido, el texto refundido de la Ley General de Seguridad Social establece que las personas beneficiarias del subsidio por desempleo tendrán garantizado, en todo caso, el acceso al itinerario o plan personalizado adecuado a su perfil, previsto en el artículo 56.1.c) de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, y dentro del marco del acuerdo de actividad previsto en el artículo 3 de la precitada ley.
Con el fin de hacer seguimiento de esta garantía de servicios, se proponen los siguientes indicadores:
Consolidación de las redes de orientación y prospección.
Es necesario medir no sólo los resultados obtenidos por los servicios públicos de empleo, sino también los esfuerzos realizados para conseguir dichos resultados.
En este sentido, se propone un conjunto de 3 indicadores que serán evaluados de manera conjunta:
– Ratio de demandantes por personal orientador y prospector.
– Escala de personal orientador o prospector establecida.
– Porcentaje de personas orientadoras y prospectoras con contrato indefinido o posición consolidada sobre el total de personas orientadoras y prospectoras.
Para poder hacer seguimiento de estos indicadores, se deberá poner en marcha un Registro de personal orientador y prospector en el que se pueda conocer a qué personas demandantes atienden, así como características contractuales de cada persona orientadora y prospectora. En tanto en cuanto dicho registro no esté formalizado, estos serán datos declarativos de cada comunidad autónoma.
Seguimiento de la formación.
Es necesario contar con dos indicadores que, trimestralmente, indiquen cómo está funcionando la formación en el trabajo ofrecida por los servicios públicos de empleo. En este sentido, se propone:
– Se definirá específicamente un indicador para realizar el seguimiento y medir el impacto de los programas públicos mixtos de empleo – formación, y de la formación con compromiso de contratación. En este indicador tendrá especial relevancia el dato de las personas que obtienen un empleo y lo mantienen, como resultado de la participación en esas acciones y programas.
– Además, se definirán también indicadores que permitan mostrar el grado de adecuación de las acciones formativas a las necesidades de formación detectadas en el mercado laboral. En la definición y cálculo de este indicador se tendrán en cuenta de manera especial los resultados del estudio de los desajustes en el mercado de trabajo, obtenidos por la labor prospectiva de los Servicios Públicos de Empleo y por el análisis que lleva a cabo la Dirección General de Política Económica.
Seguimiento presupuestario.
Por otra parte, se hace necesario realizar un seguimiento del presupuesto asignado a cada comunidad autónoma en la distribución de fondos de cada anualidad.
En este sentido, se propone un indicador mensual acumulado, que establezca el porcentaje de ejecución presupuestaria realizado.
Se propone como fórmula de cálculo: fondos comprometidos sobre total de fondos asignados para dicha anualidad.
Seguimiento de objetivos operativos.
Además de los indicadores aquí expuestos para el seguimiento y evaluación de los objetivos de la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo y de los Planes anuales para el Fomento del Empleo Digno, cada uno de los objetivos operativos de la Estrategia, contará con indicadores concretos que permitirán realizar un seguimiento del cumplimiento de ésta a lo largo de su vigencia:
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