TRATADO ANTARTICO
La Zona designada abarca la mayor parte de la región frontal del glaciar en el lado este del nivel inferior del Glaciar Canadá y en la orilla norte del Lago Fryxell (77°37’S, 163°03’E: Mapas A y B). El límite sur de la Zona lo constituye la línea litoral del Lago Fryxell, hasta el borde del agua, extendiéndose 1 km hacia el este desde el punto de encuentro del pie del Glaciar Canadá con el Lago Fryxell. El límite oeste de la Zona bordea el Glaciar Canadá. El ángulo SE se encuentra cerca del cuello de una pequeña península que se adentra en el Lago Fryxell. La península, que queda fuera de la Zona, está señalada por una gran roca (partida) rodeada por un círculo de rocas, que constituía una cota de referencia para el reconocimiento del SEIC original, realizado por Nueva Zelandia en 1985. A unos 10 m al NO de este punto, un poste de madera señala el Emplazamiento 7 del Proyecto de Perforación del Valle Seco (1973). Una cresta de morrena, que define el límite este de la Zona, se extiende desde el ángulo SE hacia arriba en dirección norte. Dicha cresta se inclina abruptamente antes de encontrarse con la pendiente, sin rasgos distintivos, de la principal ladera del Valle Taylor; el ángulo NE de la Zona se encuentra en este buzamiento y será señalado por un mojón de piedras. También se colocará un mojón de piedras en un montículo de la cresta a 450 m del vértice del ángulo SE.
Encima del área inundada central, una pendiente de morrena lateral con un gradiente bastante uniforme sube paralela al glaciar, extendiéndose por aproximadamente 1 km. En la cima de esta elevación, aproximadamente a 300 m de donde el glaciar se funde con el Valle Taylor, hay un pequeño montículo (220 m): en este punto se colocará un mojón de piedras y un cartel señalizando el límite de la Zona. El límite superior de la Zona, al norte, se extiende desde el Glaciar Canadá hasta las señalizaciones de límite sobre el montículo y de allí desciende en dirección este por aproximadamente 1.7 km hasta el mojón que marca el límite NE. La vasta región que se encuentra más arriba de este límite superior —fuera de la Zona— sirve como "corredor" de acceso entre el Lago Fryxell y el Lago Hoare.
El área inundada central (Mapas C y D), donde se encuentran los asentamientos forestales más ricos, está ubicada cerca del borde del glaciar, próxima a una pequeña laguna de poca profundidad. Dicha área se caracteriza por pendientes suaves y por ser sumamente húmeda, con pequeñas lagunas y riachuelos en verano. El agua en las pendientes altas de esta área tiene mejor drenaje pero la vegetación rodea numerosas corrientes pequeñas que se extienden paralelas al glaciar, descendiendo desde el límite superior de la Zona hasta el área inundada. Las ondulaciones de morrena contribuyen a formar acumulaciones permanentes de nieve sobre esta elevación, y esto también podría proporcionar humedad para el crecimiento de la vegetación. Los canales de corrientes y la vegetación asociada son menos visibles a medida que se alejan del glaciar. Estas pendientes y el área inundada central son drenadas hacia el SE por Canadá Stream, una de las tres corrientes que dominan el flujo de agua en el Lago Fryxell. Durante la temporada 1990-91, Canada Stream tenía un caudal máximo de 0,65 m3 s1, con un caudal medio diario máximo de 0,34 m3 s-1, ambos en diciembre.
En el área inundada se identificaron tres especies de musgos: Bryum argenteum, Bryum pseudotriquetrum y Pottia heimii. El crecimiento de liquen en la Zona es mínimo pero en una pequeña área próxima al vertedero de la laguna cercana al Glaciar Canadá se encuentran dos líquenes epilíticos, Carbonea capsulata, una especie desconocida de Sarcogyne, y Lecanora expectants y Caloplaca citrina. Sobre muchas rocas puede encontrarse liquen casmoendolítico. Se han descrito más de 37 especies de algas de agua dulce en ese sitio y predominan las Cianofíceas. El crecimiento de algas en la parte superior de Canada Stream a primera vista parece pobre. Sin embargo, gran cantidad de epilitofitos incrustantes crecen en las caras inferiores de piedras y rocas. Se han observado, solamente en la parte superior de la corriente, dos tipos de algas Prasiola calphylla y Chamaesiphon subglobusus. Extensas alfombras de cianobacterias pueden encontrarse en los tramos inferior y medio de la corriente. En las partes más húmedas del área inundada central predominan colonias mucilaginosas de Nostoc commune, mientras que capas de oscilatoriáceas cubren gran parte de las partículas minerales. Sobre la superficie de Bryum arsgenteum y Pottia heimii son comunes las algas epífitas, predominando la Nostoc. La corriente inferior es similar en cuanto a la composición de la flora; aunque se distingue por la abundancia de algas Tribonema elegans, que no se encuentran en la corriente superior. Es la primera vez que se registra este tipo de alga en la Antártida. Las especies Phormidium y Gloeocapsa son comunes en todo el curso de la corriente.
Seis tipos de invertebrados se han descrito en la Zona: los tres grupos principales son: rotíferos, nematodos y tardígrados, existiendo además protozoos, platelmintos y artrópodos.
Es muy común encontrar rastros de actividad humana dentro de la Zona. El principal daño sufrido por los sitios de vegetación ha sido en forma de senderos y huellas, extracción de testigos de tepes de briofitos y remoción de trozos más grandes de tepes de briofitos. En el área inundada existen varias señalizaciones antiguas y en las cercanías del sitio se han registrado algunas alteraciones, tales como la formación de pequeños diques de rocas, pozos en el suelo y varios campamentos antiguos —gran parte de este daño fue reparado durante la temporada 1995-96—. En 1979 se erigió dentro de la Zona, cerca del área inundada, un invernadero de plástico para cultivo experimental de hortalizas, pero en 1983 fue destruido por una tormenta de invierno. Los restos del invernadero que se encontraban en la Zona fueron retirados.
ii) Areas restringidas dentro de la Zona
Ninguna.
iii) Ubicación de estructuras dentro de la Zona y en sus proximidades
La primera cabaña neozelandesa en el Glaciar Canadá cambió de lugar en 1989 y fue retirada por completo en 1995-96. El segundo emplazamiento está destinado ahora para campamentos esenciales relacionados con investigaciones y está indicado en los Mapas C y D. Se han recuperado senderos marcados por líneas de rocas, áreas que habían sido despejadas para utilizarse como lugares de campamento, un antiguo helipuerto y varias estructuras bajas de roca relacionadas con el emplazamiento de la primera cabaña. Cerca de este lugar se cavó una serie de por lo menos cuatro pozos no muy profundos (aprox. 1 m de profundidad). El emplazamiento de la segunda cabaña comprendía dos edificios pequeños, numerosos campamentos recientes y un lugar nuevo para el aterrizaje de helicópteros. Entre ese emplazamiento y el borde del glaciar existe un camino que cruza un área húmeda en la que crece vegetación. El área de aterrizaje de helicópteros sigue sirviendo ese propósito.
Una presa de rocas había sido construida en la parte estrecha de Canada Stream antes de 1981; en 1990 se construyó en las cercanías una presa más importante con un canal de aforo Parshall de 9 pulgadas (Mapas C y D). El canal de aforo está hecho de fibra de vidrio negra. La presa consiste en sacos terreros de poliéster rellenados con aluvión de las proximidades del canal de corriente: se repararon los sitios que habían sido alterados durante la construcción y para la temporada siguiente ya no quedaban rastros. La parte de la presa que encara la corriente está forrada de nylon recubierto de vinilo. Se ha dejado una muesca en la parte superior de la presa para permitir el desagüe en caso de inundación. Ha sido necesario retirar del canal la nieve estacional para evitar que el agua se embalse en la presa. El instrumental de registro de datos y las baterías están guardados en una caseta de madera contrachapada cercana, en el lado norte de la corriente.
La Zona está demarcada por postes y mojones de piedras.
A 1,5 km hacia el este se encuentra la cabaña Fryxell de los Estados Unidos (20 m sobre el nivel del mar), y a 3 km al este de la Zona está la cabaña Hoare (65 m sobre el nivel del mar) (Mapas A y B).
iv) Ubicación de otras zonas protegidas en las cercanías
Las zonas protegidas más cercanas al Glaciar Canadá son la Terraza Linnaeus (SEIC N° 19), 47 km al oeste, en el Valle Wright; y el Valle Barwick (SEIC N° 3), 50 km al noroeste (Recuadro, Mapa A).
Condiciones para el otorgamiento de permisos
Se prohíbe todo acceso a la Zona salvo de conformidad con un Permiso otorgado por las autoridades nacionales competentes. Las condiciones para otorgar un Permiso de ingreso a la Zona son que:
• sea extendido únicamente para realizar estudios científicos del ecosistema, o con fines científicos y por razones imperiosas que no puedan atenderse en ningún otro lugar, o para propósitos de gestión esenciales que sean coherentes con los objetivos del plan, tales como inspección o vigilancia;
• las actividades permitidas no perjudiquen los valores científicos o ecológicos de la Zona;
• todas las actividades de gestión respalden los objetivos del Plan de Gestión;
• las actividades permitidas estén de acuerdo con el Plan de Gestión;
• dentro de la Zona se debe portar el Permiso, o una copia autorizada;
• se proporcione a la autoridad nombrada en el Permiso un informe de la visita;
• los permisos se otorguen por un período estipulado.
Acceso y movimientos dentro de la Zona
Se prohíbe la circulación de vehículos dentro de la Zona; el acceso a la misma se hará a pie o en helicóptero. Los helicópteros deberán acceder desde el sur de la línea trazada en los mapas del sitio adjuntos, y se prohíbe sobrevolar la Zona al norte de dicha línea a menos de 100 m sobre el nivel del suelo. Los helicópteros podrán aterrizar solamente en el punto designado (163°02’53"E, 77°36’58"S; Mapa B) y en general evitarán sobrevolar la Zona. Las excepciones a estas restricciones de vuelo serán permitidas solamente con fines científicos o de gestión excepcionales y deberán estar específicamente autorizadas en el Permiso. Se prohíbe el uso de granadas de humo para helicópteros dentro de la Zona a no ser que sea absolutamente necesario por razones de seguridad y, en ese caso deben ser recuperadas. Se prohíbe a visitantes, pilotos, tripulación aérea o pasajeros en tránsito en helicópteros, circular a pie más allá de las inmediaciones del campamento y del lugar destinado al aterrizaje, salvo si así lo autoriza específicamente el Permiso.
Los peatones que pasen por el valle no podrán ingresar a la Zona sin un Permiso. Se exhorta a los visitantes que hayan obtenido un Permiso circular dentro de lo posible por los caminos establecidos. Los visitantes deberán evitar caminar sobre la vegetación visible o por el lecho de las corrientes. Se pondrá especial cuidado al caminar sobre áreas de suelo húmedo, ya que las pisadas pueden dañar fácilmente los suelos sensibles, las comunidades de plantas y de algas, y degradar la calidad del agua; se deberá circunvalar esas áreas y caminar sobre suelo rocoso o hielo, pisando las piedras más grandes cuando sea necesario cruzar una corriente. También se cuidará la vegetación incrustada de sal en las áreas más secas, que puede ser difícil de ver. La circulación a pie deberá ser la mínima necesaria de acuerdo con los objetivos de la actividad permitida, y se harán todos los esfuerzos razonables para minimizar sus efectos.
ii) Actividades que son o pueden ser llevadas a cabo dentro de la Zona, incluyendo las restricciones de tiempo y lugar
• Investigaciones científicas que no pongan en peligro el ecosistema de la Zona.
• Actividades de gestión esenciales, incluyendo la vigilancia.
En vista de la importancia del régimen de aguas para el ecosistema, toda actividad deberá realizarse de forma que se reduzcan al mínimo las alteraciones a los cursos de agua y a la calidad de la misma. Las actividades que se llevan a cabo fuera de la Zona (por ejemplo en el Glaciar Canadá) y que puedan afectar la calidad del agua, deberán planearse y ponerse en práctica tomando en cuenta los efectos que puedan producirse corriente abajo. Asimismo, los que realizan actividades dentro de la Zona deberán tener presente los efectos que éstas pueden tener sobre las aguas río abajo y sobre el Lago Fryxell.
iii) Instalación, modificación o retiro de estructuras
Todas las estructuras que se levanten dentro de la Zona y los equipos científicos que se instalen allí, deberán estar especificados en el Permiso. En relación a los equipos científicos se consignará claramente el nombre del país, el investigador principal y el año de instalación. Todos deberán estar fabricados de materiales que representen un riesgo mínimo de contaminación para la Zona. Será condición del Permiso el retiro de todos los equipos específicos cuyo plazo haya caducado.
iv) Ubicación de campamentos
Se emplearán los campamentos permanentes cercanos a la Zona como base para el trabajo dentro de la Zona. Se podrá permitir acampar en los campamentos designados (Mapas B y C) por razones científicas o de gestión específicas y esenciales.
Restricciones aplicables a los materiales y organismos que pueden introducirse en la Zona
No se podrá introducir deliberadamente a la Zona animales vivos, materia vegetal o microorganismos, y se tomarán precauciones para evitar introducciones accidentales. Tampoco se introducirán pesticidas ni herbicidas en la Zona. Cualquier otra sustancia química, incluyendo radionúclidos o isótopos no radioactivos, que se pueda introducir con fines científicos o de gestión especificados en el Permiso, será retirada de la Zona al concluir la actividad para la que se otorgó el Permiso o antes. No se permite almacenar combustible dentro de la Zona, a menos que se requiera para fines esenciales relacionados con la actividad para la que se otorgó el Permiso. Todos los materiales introducidos permanecerán únicamente por un período determinado, serán retirados al concluir dicho período o antes, y deberán ser guardados y manejados como para reducir a un mínimo los riesgos de introducción en el ambiente.
vi) Toma o interferencia perjudicial de flora y fauna autóctonas
Estas actividades están prohibidas, salvo si se realizan de conformidad con el Permiso. Cuando una actividad requiera la toma de animales o la intromisión perjudicial, se deberá proceder, como mínimo, conforme a las condiciones establecidas en el Código de Conducta del SCAR para el Uso de Animales con Fines Científicos en la Antártida.
vii) Recolección o retiro de cualquier material no introducido en la Zona por el titular del Permiso
Podrá recogerse o retirarse material de la Zona solamente de acuerdo con el Permiso y limitándose al mínimo necesario para satisfacer las necesidades científicas o de gestión. El material de origen humano que pueda perjudicar los valores de la Zona, que no haya sido introducido dentro de la Zona por el titular del Permiso o de cualquier otro modo autorizado, debe ser retirado a menos que el impacto de tal acción sea mayor que el de dejarlo in situ; de ser así, deberá notificarse a la autoridad competente.
viii) Eliminación de residuos
Todos los residuos, incluyendo los desechos humanos, deberán ser evacuados de la Zona.
ix) Medidas necesarias para asegurar que los propósitos y objetivos del Plan de Gestión continúan vigentes
Pueden otorgarse Permisos para ingresar a la Zona con el fin de llevar a cabo una vigilancia biológica e inspecciones del sitio, que podrían implicar la toma de muestras pequeñas para análisis y revisión, para erigir o mantener carteles o para tomar medidas de protección.
Todas las zonas específicas donde se lleva a cabo una vigilancia a largo plazo deberán estar debidamente señaladas.
Para mantener el valor científico y ecológico de las comunidades vegetales que se han encontrado en la Zona, los visitantes tomarán precauciones especiales para evitar introducciones. Preocupa particularmente la introducción de vegetales y microbios provenientes del suelo de otros sitios en la Antártida, incluyendo estaciones, o de otras regiones fuera de la Antártida. Para minimizar el riesgo de introducciones, antes de ingresar a la Zona los visitantes deberán limpiar cuidadosamente el calzado y los equipos a ser usados en la Zona, en particular equipos de campamento, de toma de muestras y de colocación de indicadores.
Presentación de Informes
Las Partes deberían cerciorarse de que el titular de cada Permiso presente a las autoridades competentes un informe de las actividades realizadas. Este informe deberá incluir, según corresponda, la información identificada en el formulario de Informe de Visita sugerido por el SCAR. Las Partes deberían mantener un registro de dichas actividades y proporcionar en el Intercambio Anual de Información un resumen descriptivo de las actividades llevadas a cabo por personas bajo su jurisdicción, con suficiente detalle como para permitir una evaluación de la eficacia del Plan de Gestión. Siempre que fuera posible, las Partes deberán archivar los informes originales, o copias de los mismos, en un lugar accesible al público, a fin de mantener un historial de uso de la Zona que servirá para revisar el Plan de Gestión y para organizar el uso científico de dicha Zona.
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Plan de Manejo
para el Sitio de Especial Interés Científico N° 13
"PENINSULA POTTER", ISLA 25 DE MAYO (KING GEORGE),
ISLAS SHETLAND DEL SUR
Descripción de los valores a ser protegidos
Esta Area fue designada como SEIC N° 13 bajo la Recomendación XIII-8, después de una propuesta de Argentina debido a su rica y diversa vegetación y fauna, proveyendo una muestra representativa del ecosistema marítimo antártico. Las áreas costeras poseen importantes colonias de diez especies de aves marinas, incluyendo tres especies de pingüinos y tres especies de mamíferos marinos.
Las razones originales para la designación del Area son aún relevantes. Programas de investigación científica sobre ecología reproductiva de elefantes marinos y aves marinas han sido llevados a cabo desde 1982. Esto incluye el Programa de Monitoreo del Ecosistema de la CCRVMA e investigaciones ecológicas básicas que deben desarrollarse sin interferencia de otras actividades. Los estudios largo plazo podrían ser puestos en peligro por interferencias accidentales, principalmente en épocas coincidentes con los períodos reproductivos.
Metas y objetivos
El Plan de Manejo de Península Potter está orientado a:
• Evitar cambios importantes en la estructura y composición de comunidades de flora y fauna.
• Prevenir el área de disturbio humano innecesario.
• Permitir la investigación científica que no puede ser realizada en otros lugares, y permitir la continuidad de los programas de investigación biológica y ecológica a largo plazo establecidos en el Area.
Actividades de manejo
Las siguientes actividades de manejo serán llevadas a cabo para proteger los valores del Area:
• Debido que el Area está cercana a una base permanentemente ocupada, se colocará un cartel en el acceso principal ilustrando la ubicación, límites y restricciones de ingreso.
• Se marcarán claramente dentro del Area, aquellas zonas utilizadas para la investigación.
• Se establecerán dentro del Area rutas para el desplazamiento a pie necesario para la toma de muestras.
• La recolección de muestra estará limitada al mínimo necesario requerido por los planes de investigación científica aprobados.
• Las visitas sólo serán las necesarias a fin de aseguar que las medidas de manejo y mantenimiento sean las adecuadas.
Período de designación
Designado por período indefinido.
Mapas
El Mapa 1 muestra la ubicación de la Península Potter en relación con la Península Antártica.
El Mapa 2 muestra la ubicación de Península Potter en relación con la Isla 25 de Mayo (King George). El Mapa 3 muestra el Area Protegida en mayor detalle.
Descripción del Area
Coordenadas geográficas y características naturales
El sitio está ubicado en la costa Este de la Bahía Maxwell, Sudoeste de la Isla 25 de Mayo (King George), entre Punta Mirounga (extremo Noroeste de la Península Potter) y el lado Este del Cabo Funes (lat 62° 15’ S - long 58° 37’ W). El sitio ocupa una franja costera de ancho variable, hasta 500 metros, desde la línea costera (marea baja) llegando a 70 m de altitud en Cabo Funes. El Area está compuesta principalmente de playas elevadas, cubiertas mayormente por guijarros de tamaño mediano, estructuras basálticas y morenas laterales y terminales. La línea costera es muy irregular y se alterna entre pequeñas bahías y elevaciones rocosas.
Esta Area ofrece grandes valores científicos debido a la presencia de variadas y numerosas colonias de aves (Pingüino de Adelia, Pingüino de Barbijo, Pingüino Papúa, Gaviota, Paloma Antártica, Gaviotín, Petrel Gigante, Petrel Damero y Skúa) y grupos de mamíferos marinos (Elefante Marino, Foca de Weddell y Foca Cangrejera). Hay un desarrollo relativamente abundante de comunidades vegetales dominadas por líquenes, especialmente en la sucesión rocosa en los sitios más elevados cerca de las playas. Los programas de investigación a largo plazo y de monitoreo podrían ser puestos en peligro por interferencias accidentales, destrucción de la vegetación y suelos y perturbación de las aves nidificantes y mamíferos.
ii) Zonas restringidas dentro del Area
No hay.
iii) Ubicación de estructuras dentro del Area
Dentro del Area hay un pequeño refugio argentino usado por grupos de investigación. El refugio mide 3 x 2,5 metros, está construido de chapa y techo de fibra. Posee capacidad para dos personas. Aproximadamente a 500 metros fuera del sitio se encuentra la Base Jubany.
iv) Ubicación de otras Areas Protegidas cercanas
SEIC N° 5, Fildes Península a 20 Km. en dirección Este. SEIS N° 8, Western Shore of Admiralty Bay a 10 Km en dirección Noreste. SEIC N° 14, Punta Armonía a 30 Km en dirección Oeste Sudoeste.
Condiciones de permiso
El ingreso al sitio está prohibido excepto en concordancia con un permiso otorgado por autoridades nacionales apropiadas.
Las condiciones para el otorgamiento de permisos son que:
• Sean otorgados para continuar con el estudio de la historia natural, biología y ecología de la flora y la fauna del Area o para el cumplimiento de investigaciones científicas que no pueden ser llevadas a cabo en otros sitios.
• Las acciones permitidas no deberán perjudicar al sistema ecológico natural del Area.
• Cualquier actividad de manejo sea en apoyo de los objetivos del presente Plan de Manejo.
• Las acciones permitidas estén de acuerdo con este Plan de Manejo.
• El Permiso, o una copia autorizada, deberá ser llevado al ingresar el Area.
• Un informe o informes deberá ser entregado a la autoridad que otorgó el Permiso.
Acceso y movimientos dentro del Area
El acceso al Area está restringido al extremo Norte cercano al helipuerto. El acceso por mar está restringido a las playas en frente del refugio. No se permite la circulación de vehículos de ningún tipo ni de sobrevuelos de aeronaves, excepto en situaciones de emergencia.
Podría ser limitado el acceso a determinados sitios de nidificación de aves y colonias de mamíferos en ciertos períodos.
ii) Actividades que son o pueden ser conducidas dentro del Area, incluyendo restricciones de tiempo y lugar
• Estudios científicos y de monitoreo de las poblaciones de flora y fauna en el Area y en cumplimiento de investigaciones científicas que no puedan ser llevadas a cabo en otros lugares, pero que no interfieran las investigaciones a largo plazo en curso o dañen la estructura o dinámica del ecosistema del Area.
• Actividades de manejo esenciales, incluyendo monitoreo.
iii) Instalación, modificación o remoción de estructuras
No deben construirse estructuras adicionales dentro del Area, ni se deben instalar equipos científicos, excepto para actividades científicas o de manejo esenciales que estén especificadas en el Permiso.
iv) Ubicación de campamentos
Las Partes que usen el Area, normalmente tendrán disponible la base Jubany para su alojamiento. En el caso de que ello no fuera posible, el campamento deberá ser ubicado cerca de la Base, fuera de los límites del Area Protegida.
Restricciones de materiales y organismos que pueden ser introducidos en el Area
No pueden ser introducidos deliberadamente en el Area animales vivos ni materia vegetal.
No deberán ser introducidos productos de granja o huevos sin cocción.
No se deben introducir dentro del Area herbicidas ni pesticidas. Cualquier otro producto químico que pueda ser introducido para un propósito científico especificado en el Permiso, deberá ser removido del Area antes o al finalizar la actividad por la que el Permiso fue otorgado.
En la medida de lo posible, el uso de compuestos químicos deberá ser documentado para el conocimiento de futuros investigadores.
No deberán ser almacenados dentro del Area combustibles, comida y otros materiales, a menos que sean requeridos en forma esencial por la actividad previamente autorizada por el Permiso adecuado. Todos esos materiales deberán ser sacados del Area cuando se finalice con su utilización. No son permitidos depósitos permanentes de esos materiales.
vi) Toma o interferencia perjudicial de flora y fauna
Está prohibida cualquier toma o interferencia perjudicial, excepto en concordancia con un Permiso. Cuando una actividad involucre toma o interferencia perjudicial de fauna, éstas deberán ser consistentes con el Código de Conducta del SCAR para el Uso de Animales con Fines Científicos en la Antártida.
vii) Recolección o remoción de cualquier elemento no introducido al Area por el portador de un permiso
Cualquier material del Area puede ser recolectado o removido del Area sólo con el Permiso adecuado, excepto los desechos fisiológicos originados por la actividad humana u organismos muertos para estudios patológicos.
viii) Disposición de desechos
Cualquier desecho no humano producido dentro del Area deberá ser trasladado a la base cercana. Los desechos fisiológicos humanos pueden ser depositados en el mar.
ix) Medidas que pueden ser necesarias para asegurar que las metas y objetivos del Plan de Manejo continúan vigentes
Pueden otorgarse permisos para entrar al Area para llevar a cabo estudios biológicos, ecológicos, monitoreo e inspecciones del sitio, incluyendo la recolección de pequeñas cantidades de muestras de vegetación para fines de investigación, la erección y mantenimiento de los carteles o medidas protectoras y de manejo.
Todas las estructuras de origen científico, instrumentos y marcas de investigación, incluyendo señales, instaladas en el Area, deberán ser aprobados en el Permiso y claramente identificadas por país, señalando el nombre del investigador principal y año de instalación. Las marcas de investigación y estructuras deberán ser removidas cuando, o antes, de que expire el Permiso. Si algún Proyecto específico no puede ser concluido dentro del plazo permitido, deberá solicitarse una extensión para dejar los elementos en el Area.
Requerimientos de informes
El principal poseedor del Permiso, para cada Permiso, deberá elevar un informe de las actividades llevadas a cabo en el Area. Este informe deberá ser enviado a la autoridad otorgante del permiso lo antes posible. Los permisos e informes deberán ser archivados para el libre acceso a los mismos por cualquier Parte interesada, SCAR, CCRVMA, COMNAP, si son requeridos, de modo de proveer la documentación necesaria de actividades humanas en el Area para un buen manejo.
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Plan de Manejo
para el Sitio de Especial Interés Científico N° 14
PUNTA ARMONIA, ISLA NELSON, ISLAS SHETLAND DEL SUR
Descripción de los valores a ser protegidos
Esta Area fue designada como SEIC N° 14 bajo la Recomendación RCTA XIII-8, después de una propuesta de Argentina y Chile debido a la rica y diversa comunidad de aves y a la rica y extensa vegetación terrestre que incluye musgos, líquenes y dos especies de plantas vasculares.
Las áreas libres de hielos albergan importantes colonias reproductivas de 11 especies de aves y una de las colonias más grandes de Pingüino de Barbijo. Las colonias de aves y particularmente la de Pingüino de Barbijo, son aún de importancia para los propósitos de investigación y mostraron importantes incrementos en la última década. El área alberga una importante colonia de petrel gigante (500 parejas), especie que es altamente sensible a cualquier tipo de disturbio humano y está en declinación en muchas áreas de la Antártida.
El Area es un excelente ejemplo de las comunidades de aves y ecosistemas terrestres de la Antártida marítima de las islas Shetland del Sur, permitiendo desarrollar investigaciones a largo plazo sin interferencia.
Metas y objetivos
El Plan de Manejo de Punta Armonía está orientado a:
• Evitar cambios importantes en la estructura y composición de las comunidades de flora y fauna
• Prevenir al Area del disturbio humano innecesario.
• Permitir la investigación científica que no puede ser realizada en otros lugares, y permitir la continuidad de los programas de investigación biológica y ecológica a largo plazo establecidos en el Area.
Actividades de manejo
Las siguientes actividades de manejo serán llevadas a cabo para proteger los valores del Area:
• Se colocará un cartel en el acceso principal ilustrando la ubicación, límites y restricciones de ingreso.
• Se marcarán claramente dentro del Area aquellas zonas utilizadas para la investigación.
• Se establecerán dentro del Area rutas para el desplazamiento a pie necesario para la toma de muestras.
• La toma de muestras estará limitada al mínimo necesario requerido por los planes de investigación científica aprobados.
• Las visitas sólo serán las necesarias a fin de asegurar que las medidas de manejo y mantenimiento sean las adecuadas.
Período de designación
Designado por período indefinido.
Mapas
El Mapa 1 muestra la ubicación de Punta Armonía en relación con la Península Antártica. El Mapa 2 muestra la ubicación de Punta Armonía en relación con la Isla Nelson. El Mapa 3 muestra el Area Protegida en mayor detalle.
Descripción del Area
Coordenadas geográficas y características naturales
El sitio está localizado en la costa Oeste de la Isla Nelson, entre la Isla 25 de Mayo (King George) al Noreste y la Isla Robert al Sudoeste (lat 62° 18’S - long 59° 14’W). El sitio incluye la Punta Armonía y Punta Dedo, la zona cubierta de hielo y la zona marítima adyacente como se muestra en el rectángulo en los mapas 2 y 3.
Geomorfológicamente, Punta Armonía presenta tres unidades bien definidas: meseta andesítica, afloramientos costeros andesíticos y de plataforma, y antiguos niveles marinos (playas elevadas). La meseta alcanza los 40 metros de altura sobre el nivel del mar y está cubierta por detritos resultantes de la destrucción de las rocas andesíticas por agentes erosivos, presentando comunidades de líquenes y musgos bien desarrolladas.
Se observan lagos y chorrillos de limitado caudal en las irregularidades del terreno. Algunas rocas andesíticas aisladas se destacan sobre el glaciar y algunas de ellas están formadas sobre las mesetas deglaciadas (antiguos nunataks) los que también se observan fuera de los límites del glaciar, evidenciando que en el pasado el glaciar se extendía cubriendo Punta Armonía.
Entre la costa y el glaciar existen tres niveles sucesivos de playas elevadas. Las playas son definidas por acumulaciones de rodados de altura variable.
El Area alberga colonias reproductivas de 11 especies: 4000 parejas de pingüino Papúa, 120.000 parejas de pingüino de Barbijo, 500 parejas de petrel gigante, 300 parejas de petrel damero, 110 parejas de cormorán imperial, 110 parejas de paloma antártica, 40 parejas de skúa, 120 parejas de gaviota y 30 parejas de gaviotín. Otras especies de aves nidificantes en el Area son el petrel de Wilson y el petrel de rabadilla blanca.
ii) Zonas restringidas dentro del Area
No hay zonas prohibidas, pero el acceso a las áreas reproductivas debería restringirse durante la temporada reproductiva y limitando el acceso a los senderos marcados a fin de evitar daños a la vegetación.
iii) Ubicación de estructuras dentro del Area
Dentro del Area hay un pequeño refugio usado por grupos de investigación. El refugio mide 4,5 3,5 metros, y posee capacidad para tres investigadores. Las instalaciones son usadas sólo en primavera y verano. Hay un faro argentino para la navegación en extremo occidental de la Punta Armonía.
iv) Ubicación de otras Areas Protegidas cercanas
ZEP N° 16 Península Coppermine, isla Roberts, aproximadamente 30 Km. al sudoeste. SEIC N° 5, Península Fildes a 23 Km en dirección Nor-noreste. SEIC N° 13 Península Potter, Isla 25 de Mayo (King George) a aproximadamente 30 Km al Este-noreste. SEIC N° 8, Costa Occidental de la Bahía Laserre/Almirantazgo, Isla 25 de Mayo (King George) a aproximadamente 45 Km en dirección Estenoreste.
Condiciones de permiso
El ingreso al sitio está prohibido excepto en concordancia con un permiso otorgado por autoridades nacionales apropiadas.
Las condiciones para el otorgamiento de permisos son que:
• Sean otorgados para continuar con el estudio de la historia natural, biología y ecología de la flora y la fauna del Area o para el cumplimiento de investigaciones científicas que no puedan ser llevadas cabo en otros sitios.
• Las acciones permitidas no deberán perjudicar al sistema ecológico natural del Area.
• Cualquier actividad de manejo sea en apoyo de los objetivos del presente Plan de Manejo.
• Las acciones permitidas estén de acuerdo con este Plan de Manejo.
• El Permiso, o una copia autorizada, deberá ser llevado al ingresar al Area.
• Un informe o informes deberá ser entregado a la autoridad que otorgó el Permiso.
Acceso y movimientos dentro del Area
El acceso al Area desde el mar, que es el preferido, está restringido a la playa ubicada a 400 metros al sudoeste del refugio. Hay un faro de navegación ubicado en el extremo oeste de la Punta Armonía. El acceso al faro está permitido por bote, desembarcando al sur del faro. No se especifican puntos de acceso a Punta Dedo, aunque el acceso está limitado a botes neumáticos.
El aterrizaje de aeronaves debe evitarse, aunque aviones pequeños puedan anevizar en el glaciar. Los helicópteros no deben sobrevolar el Area, especialmente las colonias de aves, y deben aterrizar en las inmediaciones del refugio o en la playa de desembarco. El Mapa 3 muestra la ruta de vuelo. Se prohíbe el sobrevuelo del Area a menos de 250 metros del punto más alto del sitio, excepto para acceso al Area como se especificó más arriba.
El desplazamiento a pie está restringido a los caminos establecidos, especialmente durante la estación reproductiva.
Los vehículos están prohibidos en el Area.
ii) Actividades que son o pueden ser conducidas dentro del Area, incluyendo limitaciones de tiempo y lugar
• Estudios científicos y de monitoreo de las poblaciones de flora y fauna en el Area y en cumplimiento de investigaciones científicas que no puedan ser llevadas a cabo en otros lugares, pero que no interfieran las investigaciones a largo plazo en curso o dañen la estructura o dinámica del ecosistema del Area.
• Actividades de manejo esenciales, incluyendo monitoreo.
iii) Instalación, modificación o remoción de estructuras
No deben construirse estructuras adicionales dentro del Area, ni se deben instalar equipos científicos, excepto para actividades científicas o de manejo esenciales que estén especificadas en el Permiso.
iv) Ubicación de campamentos
El campamento deberá ser ubicado en inmediata proximidad del refugio existente cuando la capacidad de las instalaciones no sea suficiente. No deben utilizarse otros sitios para este propósito a fin de limitar el impacto humano.
Restricciones de materiales y organismos que pueden ser introducidos en el Area
No pueden ser introducidos deliberadamente dentro del Area animales vivos ni materia vegetal.
No deberán ser introducidos productos de granja o huevos sin cocción.
No se deben introducir dentro del Area herbicidas ni pesticidas. Cualquier otro producto químico que pueda ser introducido para un propósito científico especificado en el Permiso, deberá ser removido del Area antes o al finalizar la actividad por la que el Permiso fue otorgado.
En la medida de lo posible, el uso de compuestos químicos deberá ser documentado para el conocimiento de futuros investigadores.
No deberán ser almacenados dentro del Area combustibles, comida y otros materiales, a menos que sean requeridos en forma esencial por la actividad previamente autorizada por el Permiso adecuado. Todos esos materiales deberán ser sacados del Area cuando se finalice con su utilización. No son permitidos depósitos permanentes de esos materiales.
vi) Toma o interferencia perjudicial de flora y fauna
Está prohibida cualquier toma o interferencia perjudicial, excepto en concordancia con un Permiso. Cuando una actividad involucre toma o interferencia perjudicial de fauna, éstas deberán ser consistentes con el Código de Conducta del SCAR para el Uso de Animales con Fines Científicos en la Antártida.
vii) Recolección o remoción de cualquier elemento no llevado al Area por el portador de un permiso
Cualquier material del Area puede ser recolectado o removido del Area sólo con el Permiso adecuado, excepto los desechos fisiológicos originados por la actividad humana u organismos muertos para estudios patológicos.
viii) Disposición de desechos
Cualquier desecho no humano deberá ser removido del Area. Los desechos fisiológicos humanos pueden ser depositados en el mar.
Los desechos resultantes de las actividades de investigación en el Area pueden ser almacenados temporariamente al lado del refugio a la espera de su remoción del Area cuando sea posible. Dicho almacenamiento debe ser realizado de forma adecuada y rotulado como basura y asegurado contra pérdidas accidentales.
ix) Medidas que pueden ser necesarias para asegurar que las metas y objetivos del Plan de Manejo continúan vigentes
Pueden otorgarse permisos para entrar al Area para llevar a cabo estudios biológicos, ecológicos, monitoreo e inspecciones del sitio, incluyendo la recolección de pequeñas cantidades de muestras de vegetación para fines de investigación, la erección y mantenimiento de los carteles o medidas protectoras y de manejo.
Todas las estructuras de origen científico, instrumentos y marcas de investigación, incluyendo señales, instaladas en el Area, deberán ser aprobados en el Permiso y claramente identificados por país, señalando el nombre del investigador principal y año de instalación. Las marcas de investigación y estructuras deberán ser removidas cuando, o antes, de que expire el Permiso. Si algún Proyecto específico no puede ser concluido dentro del plazo permitido, deberá solicitarse una extensión para dejar los elementos en el Area.
Requerimientos de informes
El principal poseedor del Permiso, para cada Permiso, deberá elevar un informe de las actividades llevadas a cabo en el Area. Este informe deberá ser enviado a la autoridad otorgante del permiso lo antes posible. Los permisos e informes deberán ser archivados para el libre acceso a los mismos por cualquier Parte interesada, SCAR, CCRVMA, COMNAP, si son requeridos, de modo de proveer la documentación necesaria de actividades humanas en el Area para un buen manejo.
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Plan de Manejo
para el Sitio de Especial Interés Científico N° 15
"PUNTA CIERVA, COSTA DE DANCO, PENINSULA ANTARTICA"
Descripción de los valores a ser protegidos
Esta Area fue designada como SEIC N° 15 bajo la Recomendación RCTA XIII-8, después de una propuesta de Argentina, como un importante ejemplo de vegetación antártica marítima bien desarrollada y por poseer colonias reproductivas de al menos cinco especies de aves. El Area posee un gran valor científico debido a la presencia de importantes colonias de aves (pingüino papúa, skúa, cormorán, petrel de las nieves y gaviota), un abundante desarrollo de cobertura de vegetación y una flora diversa que incluye las dos especies de plantas con flores antárticas y hepáticas así como fauna invertebrada asociada. El área litoral posee abundantes depresiones de marea en las que se encuentra un gran número de invertebrados marinos. Los programas de investigación a largo plazo sobre ecología terrestre y variabilidad natural podrían ser perjudicados por interferencia accidental, destrucción de la vegetación y el suelo, polución de cuerpos de agua y perturbación de aves en reproducción.
Metas y objetivos
El Plan de Manejo de Punta Cierva está orientado a:
• Evitar cambios importantes en la estructura y composición de las comunidades de flora y fauna.
• Prevenir el Area del disturbio humano innecesario.
• Permitir la investigación científica que no puede ser realizada en otros lugares, y permitir la continuidad de los programas de ecología terrestre y variabilidad natural a largo plazo establecidos en el Area.
• Utilizar el Area como un sitio de monitoreo para estimar los efectos directos e indirectos de la base científica cercana.
Actividades de manejo
Las siguientes actividades de manejo serán llevadas a cabo para proteger los valores del Area:
• Se colocará un cartel en el acceso principal ilustrando la ubicación, límites y restricciones de ingreso.
• Se marcarán las rutas de acceso al Area.
• Se establecerán dentro del Area rutas para el desplazamiento a pie necesario para la toma de muestras.
• La recolección de muestra estará limitada al mínimo necesario requerido por los planes de investigación científica aprobados.
• Las visitas sólo serán las necesarias a fin de asegurar que las medidas de manejo y mantenimiento sean las adecuadas.
Período de designación
Designado por período indefinido.
Mapas
El Mapa 1 muestra la ubicación de Punta Cierva en relación con la Península Antártica. El Mapa 2 muestra la ubicación de Punta Cierva en relación a la Costa Danco. El Mapa 3 muestra el área circundante a Base Primavera para indicar la ruta de acceso en mayor detalle.
Descripción del Area
Coordenadas geográficas y características naturales
Punta Cierva (lat. 64° 10’ S, long. 60° 57’ W) está localizada al noroeste de la Península Antártica, sobre la costa sur de caleta Cierva, al norte de la Bahía Hughes. El sitio comprende Punta Cierva, incluyendo el área al oeste de una línea imaginaria trazada desde el extremo sudeste del lado norte de la Punta. También están incluidas la isla Apéndice/Rivera/Sterneck, la isla José Hernández/Bofill/Midas y los islotes López/Moss, que se encuentran entre la isla José Hernández/Bofill/Midas y Punta Cierva. Aunque la zona intermareal de cada una de estas áreas está incluida en el Area, el ambiente marino submareal no está incluido.
Base Primavera (Argentina) y todas las instalaciones asociadas y áreas de disturbio están excluidas del área.
La cobertura de líquenes, musgos y comunidades dominadas por gramíneas es muy extensa. Las comunidades vegetales dominantes son asociaciones de líquenes dominantes, colchón de musgo dominado por Polytrichum-Chorisodontium y subformación de Deschampsia-Colobantus. El colchón de musgos cubre áreas de más de cien metros cuadrados, con una profundidad de cerca de 80 cm. Este tipo de hábitat permite el establecimiento de numerosas colonias de aves, incluyendo pingüinos Papúa, pingüinos de barbijo, cormoranes, skúas, petreles de Wilson, paloma antártica y gaviotas.
ii) Zonas restringidas dentro del Area
No hay.
iii) Ubicación de estructuras dentro del Area
No hay rutas vehiculares, estructuras o refugios dentro del Area. Base Primavera (Argentina), localizada al noroeste de la Punta, está abierta durante el verano. Se compone de ocho edificios y un área delimitada para el aterrizaje de helicópteros.
iv) Ubicación de otras Areas Protegidas cercanas
Ninguna.
Condiciones de permiso
El ingreso al sitio está prohibido excepto en concordancia con un permiso otorgado por autoridades nacionales apropiadas.
Las condiciones para el otorgamiento de permisos son que:
• Sean otorgados para continuar con el estudio de ecología terrestre y variabilidad natural del Area o para el cumplimiento de investigaciones científicas que no puedan ser llevadas a cabo en otros sitios.
• Las acciones permitidas no deberán perjudicar al sistema ecológico natural del Area.
• Cualquier actividad de manejo sea en apoyo de los objetivos del Plan de Manejo.
• Las acciones permitidas están de acuerdo con este Plan de Manejo.
• El Permiso, o una copia autorizada, debe ser llevado al ingresar al Area.
• Un informe o informes deberá ser entregado a la autoridad que otorgó el permiso.
Acceso y movimientos dentro del Area
Hay sólo un acceso para helicópteros al Area. Los helicópteros sólo pueden aterrizar en la zona especificada al este-sud-este de la base. La ruta de vuelo a utilizar está limitada a una aproximación y partida hacia el norte. El acceso marino está permitido por cualquier punto de cualquiera de las islas. El acceso será posible mediante un permiso otorgado por una autoridad competente y sólo será permitido para actividades que estén de acuerdo con este plan de manejo. El turismo y cualquier otra actividad recreativa no será permitido. Los movimientos dentro del sitio deberían realizarse por senderos preestablecidos. No se permite el acceso de vehículos.
ii) Actividades que son o pueden ser conducidas dentro del Area, incluyendo limitaciones de tiempo y lugar
• Estudios científicos y de monitoreo del ecosistema terrestre que no puedan ser llevadas a cabo en otros lugares, pero que no interfieran con las investigaciones a largo plazo en curso o dañen la estructura o dinámica del ecosistema del Area.
• Actividades de manejo esenciales, incluyendo monitoreo.
iii) Instalación, modificación o remoción de estructuras
No debe construirse estructuras dentro del Area, ni se deben instalar equipos científicos excepto para actividades científicas o de manejo esenciales que estén especificadas en el Permiso.
iv) Ubicación de campamentos
Las Partes no deberían acampar normalmente en el Area. Si esto fuera esencial por razones de seguridad, las carpas deberían localizarse teniendo cuidado de causar el menor daño a la vegetación o disturbio sobre la fauna.
Restricciones de materiales y organismos que pueden ser introducidos en el Area
No pueden ser introducidos deliberadamente dentro del Area animales vivos ni materia vegetal.
No deberán ser introducidos productos de granja o huevos sin cocción.
No se deben introducir dentro del Area herbicidas ni pesticidas. Cualquier otro producto químico que pueda ser introducido para un propósito científico especificado en el Permiso, deberá ser removido del Area antes o al finalizar la actividad por la que el Permiso fue otorgado.
En la medida de lo posible, el uso de compuestos químicos deberá ser documentado para el conocimiento de futuros investigadores.
No deberán ser almacenados dentro del Area combustibles, comida y otros materiales, a menos que sean requeridos en forma esencial por la actividad previamente autorizada con el Permiso adecuado. Todos esos materiales deberán ser sacados del Area cuando se finalice con su utilización. No son permitidos depósitos permanentes de esos materiales.
vi) Toma o interferencia perjudicial de flora y fauna
Está prohibida cualquier toma o interferencia perjudicial, excepto en concordancia con un Permiso. Cuando una actividad, involucre toma o interferencia perjudicial de fauna, éstas deberán ser consistentes con el Código de Conducta del SCAR para el Uso de Animales con Fines Científicos en la Antártida, como un mínimo estándar.
vii) Recolección o remoción de cualquier elemento no introducido al Area por el portador de un permiso
Cualquier material del Area puede ser recolectado o removido del Area sólo con el Permiso adecuado, excepto los desechos fisiológicos originados por la actividad humana u organismos muertos para estudios patológicos.
viii) Disposición de desechos
Cualquier desecho no humano producido dentro del Area deberá ser trasladado fuera del Area. Los desechos fisiológicos humanos pueden ser depositados en el mar.
ix) Medidas que pueden ser necesarias para asegurar que las metas y objetivos del Plan de Manejo continúan vigentes
Pueden otorgarse permisos para entrar al Area para llevar a cabo estudios biológicos, ecológicos, monitoreo e inspecciones del sitio, incluyendo la recolección de pequeñas cantidades de muestras de vegetación para fines de investigación, la erección y mantenimiento de los carteles o medidas protectoras y de manejo.
Todas las estructuras de origen científico, instrumentos y marcas de investigación, incluyendo señales, instaladas en el Area deberán ser aprobadas en el Permiso y claramente identificadas por país, señalando el nombre del investigador principal y año de instalación. Las marcas de investigación y estructuras deberán ser removidas cuando, o antes, de que expire el permiso. Si algún Proyecto específico no puede ser concluido dentro del plazo permitido, deberá solicitarse una extensión para dejar los elementos en el Area.
Requerimientos de informes
El principal poseedor del Permiso, para cada Permiso, deberá elevar un informe de las actividades llevadas a cabo en el área. Este informe deberá ser enviado a la autoridad otorgante del permiso lo antes posible. Los permisos e informes deberán ser archivados para el libre acceso a los mismos por cualquier Parte interesada, SCAR, CCRVMA, COMNAP, si son requeridos, de modo de proveer la documentación necesaria de actividades humanas en el Area para un buen manejo.
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Plan de Gestión
para el Sitio de Especial Interés Científico N° 37
BAHIA BOTANICA, CABO GEOLOGIA, TIERRA DE VICTORIA
Descripción de los valores que se han de proteger
Nueva Zelandia ha propuesto las Zonas de Bahía Botánica y Cabo Geología (Puerto de Granito, Tierra de Victoria) por tratarse de una reserva botánica extremadamente rica para una latitud tan alta (162°34’00"E, 77°00’30"S), con una abundancia y diversidad de especies de líquenes y musgos que es única a esta parte austral de la Tierra de Victoria. Además de una gran diversidad y abundancia de líquenes y musgos, la Zona posee extensos crecimientos de algas, importantes poblaciones de invertebrados (colémbolos, ácaros, nematodos, rotíferos) y una colonia (de más de 40 parejas) de skúa antártico (Catharacta maccormicki). La Zona es la localidad tipo del colémbolo Gomphiocephalus hodgsoni Carpenter.
La estructura y el desarrollo de las comunidades de líquenes y musgos son similares a los que se encuentran a más de 10° de latitud hacia el norte, con varias especies en su límite sur conocido. La Zona contiene el hepático (Cephaloziella exiliflora) más austral que se haya registrado. Tiene gran relevancia el tamaño (de hasta 15 cm de diámetro) de algunos líquenes tipo talo (p. ej.: Umbilicaria aprina). En la playa de rocas se ven ricas poblaciones de líquenes epilíticos y endolíticos.
Además de los valores biológicos descritos, dentro del Zona se encuentran los restos de un abrigo de rocas y artefactos afines de importancia histórica, conocido como "Granite House", designado sitio histórico N° 67 en la Medida 4 (1995). Construido por los miembros de la Expedición Antártica Británica de 1910-1913, el refugio y los artefactos son vulnerables a las perturbaciones y, por lo tanto, se gestionan como un área administrada dentro de la Zona protegida y su acceso está sujeto a restricciones.
La extensión geográfica limitada del ecosistema, sus inusitadas e importantes características ecológicas, sus excepcionales valores científicos e históricos y su vulnerabilidad a las alteraciones causadas por pisadas, toma de muestras, contaminación o introducción de especies no autóctonas, requieren una protección especial a largo plazo.
Propósitos y objetivos
La gestión del Cabo Geología persigue los siguientes propósitos:
• evitar que los valores de la Zona se deterioren o sufran riesgos considerables, impidiendo que ésta se vea perturbada innecesariamente por la presencia humana;
• permitir la investigación científica sobre el ecosistema y sus elementos, en particular sobre especies de líquenes y musgos, algas, invertebrados y skúas, garantizando a la vez su protección ante una toma excesiva de muestras;
• permitir otras investigaciones científicas siempre que sea por razones imperiosas y que no puedan ser llevadas a cabo en otro lugar;
• preservar parte del ecosistema natural como zona de referencia para futuros estudios comparativos;
• minimizar la posibilidad de introducción de microbios, animales y plantas ajenos a la Zona;
• permitir visitas a "Granite House" bajo estricto control y mediante la otorgación de un Permiso;
• permitir visitas con fines de gestión para alcanzar los objetivos del Plan de Gestión.
Actividades de gestión
Las siguientes actividades de gestión serán llevadas a cabo para proteger los valores de la Zona:
• se colocarán señales bien visibles (que indiquen las restricciones especiales aplicables) para delimitar claramente la Zona y se pondrá copia de este Plan de Gestión en todas las cabañas de investigación dentro de un radio de 25 Km;
• se colocarán señales en los lugares apropiados, tanto dentro de la Zona como en su área limítrofe, que muestren la ubicación de la Zona y sus límites, indicando claramente las restricciones de acceso a fin de evitar entradas involuntarias;
• se apuntalarán con firmeza y se mantendrán en buenas condiciones los carteles, señales o estructuras erigidas dentro de la Zona con fines científicos o de gestión;
• se realizarán sólo las visitas necesarias (como mínimo una vez cada cinco años) para evaluar si la Zona sigue sirviendo los propósitos para los cuales fue designada y para asegurar que las medidas de gestión y mantenimiento sean las adecuadas;
• los programas nacionales antárticos que operen en la región celebrarán consultas para garantizar el cumplimiento de estas medidas.
Período de designación
Designado por período indefinido.
Mapas y fotografías
Mapa A - Bahía Botánica y Cabo Geología, mapa topográfico de la Zona protegida. Especificaciones del mapa:
Proyección: cónica conforme de Lambert;
Paralelos de referencia: primero: 79°20’00" S; segundo: 76°40’00" S
Meridiano Central: 162°30’00" E Latitud de Origen: 78°01’16,211" S; Esferoide: WGS84
Recuadro 1: Sur de la Tierra de Victoria, Mar de Ross e Isla de Ross, con la ubicación del Puerto de Granito.
Recuadro 2: Mapa de ubicación del Cabo Geología y región de Puerto de Granito.
Mapa B - Bahía Botánica y Cabo Geología, ortofotografía de la Zona protegida. Las especificaciones del mapa son las mismas que las del mapa A. La ortofotografía original fue preparada a 1:2500 con una precisión de posición de ±1,25 m (horizontal) y ±2,5 m (vertical) y con una resolución de pixel en el terreno de 0,5 m. Fotografía: USGS/DoSLI (SN7871) 22 de noviembre de 1993.
Mapa C - Zona Administrada con ortofotografía del sitio "Granite House", derivada del Mapa B. Se muestran las zonas más ricas en vegetación y más sensibles a las perturbaciones.
Descripción de la Zona
Coordenadas geográficas, indicadores de límites y características naturales
El Cabo Geología se encuentra en el ángulo Suroeste del Puerto de Granito, en el sur de la Tierra de Victoria, a 162°32’52"E, 77°00’14"S, aproximadamente 100 km al Noroeste de la Isla de Ross (Mapa A, recuadros). La Zona abarca gran parte de la cuenca ubicada sobre la Bahía Botánica y consiste de una playa de terrazas elevadas con rocas, estepas rocosas erosionadas y plataformas de roca irregulares alrededor del Cabo Geología que se extienden hacia el Sur hasta incluir un circo glaciar elevado bien definido que contiene un pequeño campo de hielo. La geología del lecho de roca en el Cabo Geología se ha descrito como un granito biotítico porfídico gris, con fenocristales de ortoclasa de color rojizo, lo que da un tono rojizo a la piedra erosionada.
El ángulo Noroeste de la Zona está marcado por una placa de bronce en una roca (M1, 2 m: Mapas A y B) 400 m al SO del Cabo Geología. El límite Oeste está definido por una línea que se extiende primero 260 m al SSE desde M1 hasta una gran roca (marcada por un mojón de piedras) con un perno marcador (M2) a una altitud de 118 m sobre la cresta que da al campamento; desde allí el límite se extiende 250 m por esta cresta hasta un punto a 162 m de altura, marcado por un poste hecho con un tubo de hierro y bambú. El límite Oeste se extiende otros 300 m hacia arriba por la misma cresta hasta una gran roca puntiaguda a 255 m de altitud cerca del borde del campo de hielo permanente. El límite se extiende desde allí 150 m hacia el Sur a través del campo de hielo hasta el borde Oeste de una prominente línea de morena y roca expuesta en la esquina SO de la Zona a 325 m de altura. El límite Sur sigue la línea de la elevación rocosa hacia el Este hasta quedar cubierta por el campo de hielo, y desde allí hacia el SE a través del campo de hielo por 500 m hasta el borde de la otra elevación rocosa más prominente a una altitud de poco más de 400 m (M3). El límite sigue el borde superior de esta roca y luego cruza el campo de hielo hacia el SE hasta una altitud de aproximadamente 325 m, donde converge la cresta sin hielo, que marca el límite Este, con el campo de hielo. El límite Este sigue la cima de esta cresta por 1550 m en dirección NE hasta una gran roca puntiaguda sobre la cresta (M4, 392 m) en donde el límite Este gira para descender hacia el Norte hasta la costa en el extremo Este de la playa de rocas de Bahía Botánica (M5, 5 m). La marca de marea alta promedio del litoral de Bahía Botánica y Cabo Geología constituye el límite Norte de la Zona.
Para una latitud tan alta, la Zona es extremadamente rica desde el punto de vista botánico; de hecho, es uno de los lugares más ricos de la Antártida continental. Hay una gran diversidad y abundancia de líquenes (más de 30 especies) y musgos (ocho especies), y la estructura y desarrollo de estas comunidades es similar a las de las que se encuentran 10° más al norte. Algunos líquenes tipo talo (por ej.: Umbilicaria aprina) llegan a medir 15 cm de diámetro. La playa de rocas tiene extensas poblaciones de líquenes epilíticos y endolíticos. La Zona contiene el registro más austral de un hepático (Cephaloziella exiliflora y los musgos Bryoerythrophyllum recurvirostre y posiblemente Ceratodon purpureus. Hay abundantes crecimientos de algas (por lo menos 85 taxa), si bien la flora de algas no se considera particularmente inusitada para el lugar.
Existen grandes poblaciones de invertebrados (colémbolo, ácaros, nematodos, rotíferos) y la Zona es la localidad tipo para el colémbolo Gomphiocephalus hodgsoni Carpenter. Hay una colonia de entre 40 a 50 parejas reproductivas (y varios no reproductivos) del skúa antártico (Catharacta maccormicki), lo que es aproximadamente el mismo número que había en 1911-1912. No se sabe de ninguna otra especie de ave que se reproduzca en la zona del Cabo Geología.
ii) Areas restringidas y administradas dentro de la Zona
Se ha designado área restringida a una zona ubicada directamente arriba de Bahía Botánica para preservar una parte como lugar de referencia para futuros estudios comparativos, al tiempo que el resto (cuya biología, características y carácter son similares) está en general más disponible para programas de investigación y toma de muestras. El límite Oeste del área restringida está definido por una línea que va desde un indicador (tubo de hierro en una roca a 20 metros de la marca de la marea alta promedio y a 8 m de altura) en el lado Oeste de Bahía Botánica (Mapa A), que se extiende al SO por 170 m hasta un segundo indicador hecho con un tubo de hierro en la cima de la cresta adyacente (87 m). Este límite se extiende 100 m hasta un tercer tubo de hierro y un mojón de piedras (98 m) y, desde allí, por 50 m hasta una gran roca chata en el centro del área inundada principal (marcada como "1" en los Mapas A y B). El límite Sur del área restringida se extiende en línea recta desde la roca chata en el área inundada, 820 m hasta las dos primeras rocas prominentes que se encuentran próximas una de la otra, aproximadamente en el medio de la pendiente sin hielo arriba de Bahía Botánica (marcadas como "2" en los Mapas A y B a 165 m). El límite Este se extiende 300 m desde allí hasta una gran roca a 135 m de altura y luego cuesta abajo hacia el NE hasta el punto límite NE (M5, 5m). El límite Norte del área restringida es la marca de marea alta promedio de Bahía Botánica y coincide con el límite Norte de la Zona.
Se permite el acceso al área restringida solamente para fines científicos imperiosos o de gestión (tales como inspección o revisión) que no puedan llevarse a cabo en otro lugar.
Area administrada
Situada en el litoral en la punta más boreal del Cabo Geología, se ha designado un área administrada para proteger artefactos históricos y comunidades vegetales en las inmediaciones, pero también para permitir el acceso al abrigo de rocas conocido como "Granite House", designado Sitio Histórico N° 67 en la Medida 4 (1995). El área administrada es un enclave de aproximadamente 100 m por 80 m que rodea una cresta rocosa que va desde la costa del Cabo Geología hasta el viejo refugio. Los límites están marcados en el Mapa C, con la esquina más austral indicada por un mojón de piedras sobre una roca prominente que da sobre el refugio de rocas. El refugio fue construido por miembros de la Expedición Antártica Británica de 1910-1913, y fue utilizado entre diciembre de 1911 enero de 1912 mientras el grupo llevaba a cabo exploraciones biológicas y geológicas en las inmediaciones. La estructura fue construida utilizando un hueco natural en las rocas, los muros son de granito y el techo de pieles de foca: en diciembre de 1993 todavía existían partes de las paredes y si bien algunas pieles de foca seguían allí, el techo se había caído. Se permite el acceso al área administrada mediante un Permiso, sujeto a las condiciones de este Plan de Gestión.
iii) Ubicación de estructuras dentro de la Zona y en sus proximidades
Las únicas estructuras que se conocen en la Zona son "Granite House", los indicadores de medición de límites y los carteles en los lugares correspondientes.
iv) Ubicación de otras zonas protegidas cercanas
La zona protegida más cercana al Cabo Geología es el SEIC N° 3 en el Valle Barwick, a 50 Km de distancia en dirección SO de los Valles Secos de la Tierra de Victoria.
Condiciones para el otorgamiento de un Permiso
Se prohíbe el ingreso a la Zona, salvo de conformidad con un Permiso otorgado por las autoridades nacionales apropiadas. Las condiciones para el otorgamiento de un Permiso para ingresar a la Zona son que:
• fuera de las áreas restringida y administrada, sea otorgado únicamente para estudios científicos del ecosistema, o por razones científicas imperiosas que no puedan atenderse en otra parte o para actividades de gestión esenciales coherentes con los objetivos del plan, tales como inspección o revisión;
• el acceso al área restringida se permita únicamente por razones científicas o de gestión imperiosas que no puedan atenderse en otro lugar;
• el acceso al área administrada se permita por razones científicas, de gestión, históricas, educacionales o recreativas;
• las acciones permitidas no perjudiquen los valores ecológicos, científicos o históricos de la Zona;
• cualquier actividad de gestión sea en apoyo de los objetivos del Plan de Gestión;
• las acciones permitidas estén de acuerdo con este Plan de Gestión;
• dentro de la Zona se lleve siempre el Permiso, o una copia autorizada.
• un informe sea presentado a la autoridad que entregó el Permiso;
• los permisos se otorguen por un período estipulado.
Acceso y movimientos dentro de la Zona
Los vehículos están prohibidos dentro de la Zona, y se debe entrar a pie. Está normalmente prohibido aterrizar dentro de la Zona con un helicóptero: para ello se ha designado un lugar a 60 metros afuera de la Zona (162° 31’ 55" E, 77° 00’ 19"S: Mapa A). El lugar de aterrizaje es accesible desde el mar abierto/plataforma de hielo al Norte de la Zona. Normalmente no se permite el sobrevuelo a una distancia del suelo inferior a los 300 metros (~ 1000 pies). Cuando, para fines científicos o de gestión esenciales, se requiere sobrevolar la Zona o aterrizar, el acceso será posible mediante un Permiso otorgado específicamente para ese fin. Está prohibido usar granadas de humo para helicóptero, al menos que sean necesarias por razones de seguridad y, en ese caso, todas las granadas deben recuperarse. Dentro del área restringida está prohibido el sobrevuelo o aterrizaje de helicópteros a menos de 300 m del suelo.
El acceso al área administrada debe hacerse preferentemente a pie y desde el lugar de campamento recomendado, a 10-20 m de la costa, que se encuentra relativamente desprovisto de vegetación. Los visitantes deben evitar caminar sobre la vegetación visible o molestar innecesariamente a las poblaciones de pájaros. Se debe tener cuidado de no caminar sobre áreas con suelos húmedos, donde el tráfico de peatones puede dañar fácilmente los delicados suelos, las comunidades de plantas y algas y degradar la calidad del agua: deben circunvalarse esas áreas caminando sobre el suelo rocoso o el hielo. El tráfico peatonal se debe reducir al mínimo necesario en consonancia con los objetivos de las actividades permitidas, y deben hacerse todos los esfuerzos razonables para minimizar sus efectos.
Preferentemente el acceso al área administrada debe ser a pie por la costa, siguiendo la cresta que va hasta "Granite House" (Mapa C). Cuando no sea seguro caminar por la plataforma de hielo, se puede utilizar una ruta alternativa desde el Oeste del área administrada (Mapas A-C). Salvo autorización explícita en un Permiso, se prohíbe la entrada de visitantes al refugio histórico; en los casos autorizados, el acceso y la visita se harán desde la costa y se limitarán a la cresta de roca designada para este fin, en aras de prevenir los daños a la rica vegetación del área administrada. No le está permitido a los visitantes pasar al Sur de "Granite House", salvo autorización previa mediante un Permiso. Se permite el acceso al área administrada a un máximo de 10 personas al mismo tiempo, y únicamente 5 personas pueden estar al mismo tiempo en el área de observación que da a "Granite House" (Mapa C).
ii) Actividades que son o pueden ser llevadas a cabo dentro de la Zona, incluyendo limitaciones de tiempo y lugar
• Investigación científica que no ponga en peligro el ecosistema de la Zona.
• Actividades de gestión esenciales, incluyendo seguimiento.
• Visitas limitadas al área administrada por motivos que no sean científicos o de gestión siempre que se cumpla con las condiciones descritas en este plan.
• Actividades orientadas a la consecución de los objetivos de conservación y protección de los recursos históricos de la Zona.
iii) Instalación, modificación o retiro de estructuras
No deben construirse estructuras dentro de la Zona, salvo si así lo especifica el Permiso. Todo equipo científico ingresado a la Zona debe estar autorizado por un Permiso y claramente identificado por país, nombre del investigador principal y año de instalación. Todos estos instrumentos deben estar fabricados con materiales que planteen un riesgo mínimo de contaminación. Una condición del Permiso debería ser el retiro del equipo específico para el cual se otorgó, cuando haya vencido el plazo previsto.
iv) Ubicación de campamentos
Está prohibido acampar en la Zona; los campamentos deben instalarse en un emplazamiento ubicado afuera, a 100 m de la esquina NO (Mapa A), adyacente al lugar designado para el aterrizaje de helicópteros. Este lugar destinado a campamentos ya ha sido afectado por actividades anteriores, por ello se requiere que los visitantes coloquen sus carpas y otras instalaciones en lugares previamente afectados.
Restricciones de materiales y organismos que pueden ser introducidos en la Zona
No pueden ser introducidos deliberadamente dentro de la Zona microorganismos, animales vivos ni materia vegetal, y se tomarán las precauciones necesarias para evitar introducciones accidentales. No se introducirán a la Zona herbicidas ni pesticidas. Todo otro producto químico, inclusive los radionúclidos o isótopos no radioactivos, cuyo ingreso a la Zona haya sido autorizado con fines científicos o de gestión, debe ser retirado antes o cuando finalice la actividad para la cual fue otorgado el Permiso. El combustible no debe ser almacenado en la Zona a menos que sea esencial para los objetivos de la actividad permitida. Todos los materiales introducidos permanecerán únicamente por el período estipulado y deben ser retirados antes o cuando finalice dicho plazo y han de ser almacenados y manipulados de manera de reducir a un mínimo los riesgos al medio ambiente causados por su introducción.
vi) Toma o interferencia perjudicial de fauna y flora
Está prohibida cualquier toma o interferencia perjudicial, salvo de conformidad con un Permiso. Cuando una actividad involucre toma o interferencia perjudicial deberá, como norma mínima, realizarse de conformidad con el Código de Conducta del SCAR para el Uso de Animales con Fines Científicos en la Antártida.
vii) Recolección o remoción de cualquier elemento no llevado a la Zona por el titular de un Permiso
Cualquier material de la Zona puede ser recolectado o removido sólo con el Permiso adecuado, y si se limita al mínimo requerido para cumplir con las necesidades científicas o de gestión. El material de origen humano que pueda perjudicar los valores de la Zona y que no ha sido introducido por el titular del permiso, u otra persona autorizada, deberá ser retirado al menos que el impacto de su remoción sea más grave que dejar el material in situ: si éste fuera el caso se notificará a las autoridades correspondientes.
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