CONVENIOS
- Toluoles.
- Xiloles.
- Naftaleno.
-
Las demás mezclas de hidrocarburos aromáticos que destilen 65 % o más
de su volumen (incluidas las pérdidas) a 250° C según la norma ASTM D
86.
- Fenoles.
Los demás.
-- Aceites de creosota.
-- Los demás.
27.08
2708.10
2708.20
BREA Y COQUE DE BREA DE ALQUIMIAS DE HULLA O DE OTROS ALQUITRANES MINERALES.
- Brea.
- Coque de brea.
27.09
ACEITES CRUDOS DE PETROLEO O DE MINERALES BITUMINOSOS.
27.10
2710.00
ACEITES
DE PETROLEO O DE MINERALES BITUMINOSOS EXCEPTO LOS ACEITES CRUDOS;
PREPARACIONES NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE, CON UN
CONTENIDO DE ACEITES DE PETROLEO O DE MINERALES BITUMINOSOS EN PESO
SUPERIOR O IGUAL AL 70 %, EN LAS QUE ESTOS ACEITES CONSTITUYAN EL ELEMENTO BASE.
27.11
2709.11
2711.12
2711.13
2711.14
2711.19
2711.21
2711.29
GAS DE PETROLEO Y DEMAS HIDROCARBUROS GASEOSOS.
- Licuados:
-- Gas natural.
-- Propano.
-- Bufanos.
-- Etileno, propileno, butileno y butadieno.
-- Los demás
- En estado gaseoso:
-- Gas Natural.
-- Los demás.
27.12
2712.10
2712.20
2712.90
VASELINA;
PARAFINA CERA DE PETROLEO MICROCRITALINA, "SLACK WAX", OZOQUERITA, CERA
DE LIGNITO, CERA DE TURBA Y DEMAS CERAS MINERALES Y PRODUCTOS SIMILARES
OBTENIDOS POR SINTESIS O POR OTROS PROCEDIMIENTOS, INCLUSO COLOREADOS.
- Vaselina.
- Parafina con un contenido de aceite, en peso, inferior al 0.75 %.
- Las demás.
27.13
2713.11
2713.12
2713.20
2713.90
COQUE DE PETROLEO, BETUM DE PETROLEO Y DEMAS RESIDUOS DE LOS ACEITES DE PETROLEO O DE MINERALES BITUMINOSOS.
- Coque de petróleo:
-- Sin calcinar.
-- Calcinado.
-- Betún de petróleo.
- Los demás residuos de los aceites de petróleo o de minerales bituminosos.
27.14
2714.10
2714.90
BETUNES Y ASFALTOS NATURALES; PIZARRAS Y ARENAS BITUMINOSAS; ASFALITITAS Y ROCAS ASFALTICAS.
- Pizarras y arenas bituminosas.
- Los demás.
27.15
2715.00
MEZCLAS,
BITUMINOSAS A BASE DE ASFALTO O DE BETUN NATURALES, DE BETUN DE
PETROLEO, DE ALQUITRAN MINERAL O DE BREA DE ALQUITRAN MINERAL (POR
EJEMPLO: MASTIQUES BITUMINOSOS Y "CUT BACKS").
27.16
2716.00
ENERGIA ELECTRICA.
SECCION VI
Productos de las industrias químicas o de las industrias conexas.
Notas.
a) Con excepción de los minerales de metales radiactivos, cualquier
producto que responda al texto específico de una de las partidas 28.44
ó 28.45, se clasificará en dicha partida, y no en otra de la
Nomenclatura.
Salvo lo dispuesto en el apartado a) anterior, cualquier producto que
responda al texto específico de una de las partidas 28.43 ó 28.46, se
clasificará en dicha partida y no en otra de la Sección.
Sin perjuicio de las disposiciones de la Nota 1 anterior, cualquier
producto que, por su presentación en forma de dosis o por su
acondicionamiento para la venta al por menor, deba incluirse en una de
las partidas 30.04, 30.05, 30.06, 32.12, 33.03, 33.04, 33.05, 33.06,
33.07, 35.06, 37.07 ó 38.08, se clasificará en dicha partida y no en
otra de la Nomenclatura.
Los productos presentados en conjuntos o surtidos, que consistan en
varios componentes distintos, comprendidos en su totalidad o en parte
en esta sección e identificables como destinados, después de mezclados,
a constituir un producto de las Secciones VI o VII, se clasificarán en
la partida correspondiente a este último producto siempre que los
componentes sean:
netamente identificables por su presentación como destinados a utilizarse juntos sin previo reacondicionamiento;
presentados simultáneamente;
identificables, por su naturaleza o por sus cantidades respectivas, como complementarios unos de otros.
Capítulo 28
Productos químicos inorgánicos; compuestos
inorgánicos u orgánicos de los metales preciosos, de los elementos
radiactivos, de los metales de las tierras raras o de isótopos.
Notas.
Salvo disposiciones en contrario, las partidas de este Capítulo comprenden solamente:
los elementos químicos aislados o los compuestos de constitución
química definida presentados aisladamente, aunque contengan impurezas;
las disoluciones acuosas de los productos del apartado a) anterior;
las demás disoluciones de los productos del apartado a) anterior,
siempre que constituyan un modo de acondicionamiento usual e
indispensable, exclusivamente motivado por razones de seguridad o
necesidades del transporte y que el disolvente no haga el producto más
apto para usos determinados que para uso general;
los productos de los apartados a), b) o c) anteriores, con un estabilizante indispensable para su conservación o transporte;
los productos de los apartados a), b), c) o d) anteriores, con una
sustancia antipolvo o un colorante para facilitar su identificación o
por razones de seguridad, siempre que estas adiciones no hagan al
producto más apto para usos determinados que para uso general.
Además de los ditionitos y los sulfoxilatos, estabilizados con
sustancias orgánicas (partida 28.31), los carbonatos y peroxocarbonatos
de bases inorgánicas (partida 28.36), los cianuros, oxicianuros y
cianuros complejos de bases inorgánicas (partida 28.37), los
fulminatos, cianatos y tiocianatos de bases inorgánicas (partida
28.38), los productos orgánicos comprendidos en las partidas 28.43 a
28.46 y los carburos (partida 28.49), solamente se clasifican en este
Capítulo los compuestos de carbono que se enumeran a continuación:
los óxidos de carbono, el cianuro de hidrógeno, los ácidos
fulmínico, isociánico, tiociánico y demás ácidos cianogénicos simples o
complejos (partida 28.11);
los oxihalogenuros de carbono (partida 28.12);
el disulfuro de carbono (partida 28.13);
los tiocarbonatos, los seleniocarbonatos y telurocarbonatos, los
seleniocianatos y telurocianatos, los tetratiocianodiaminocromatos
(reinecatos) y demás cianatos complejos de bases inorgánicas (partida
28.42);
el peróxido de hidrógeno solidificado con urea (partida 28.47), el
oxisulfuro de carbono, los halogenuros de tiocarbonilo, el cianógeno y
sus halogenuros y la cianamida y sus derivados metálicos (partida
28.51), con exclusión de la cianamida cálcica, incluso pura (Capítulo
31).
Salvo las disposiciones de la nota 1 de la Sección VI, este capítulo no comprende:
el cloruro de sodio y el óxido de magnesio, incluso puros, y los demás productos de la Sección V;
los compuestos órgano-inorgánicos, excepto los mencionados en la Nota 2 anterior;
los productos citados en las Notas 2, 3, 4 ó 5 del Capítulo 31;
los productos inorgánicos del tipo de los utilizados como luminóforos, de la partida 32.06;
el grafito artificial (partida 38.01), las cargas para aparatos
extintores y las granadas o bombas extintoras, de la partida 38.13; los
productos borradores de tinta envasados para la venta al por menor, de
la partida 38.23; los cristales cultivados (excepto los elementos de
ópticas) de sales halogenadas de metales alcalinos o alcalinotérreos,
de un peso unitario igual o superior a 2,5 g. de la partida 38.23;
las piedras preciosas, semipreciosas, sintéticas y reconstituidas,
el polvo de piedras preciosas, semipreciosas o sintéticas (partidas
71.02 a 71.05), así como los metales preciosos y sus aleaciones del Capítulo 71;
los metales, incluso puros, y las aleaciones metálicas de la Sección XV;
los elementos de óptica, principalmente los de sales halogenadas de metales alcalinos o alcalinotérreos (partida 90.01).
Los ácidos complejos de constitución química definida formados por
un ácido de elementos no metálicos del Subcapítulo II y un ácido de
elementos metálicos del Subcapítulo IV, se clasifican en la partida
28.11.
Las partidas 28.26 a 28.42 comprenden solamente las sales y peroxosales de metales y de amonio.
Salvo disposiciones en contrario, las sales dobles o complejas se clasifican en la partida 28.42.
La partida 28.44 comprende solamente:
el tecnecio (número atómico 43), el promtio (número atómico 61), el
polonio (número atómico 84) y todos los elementos de número atómico
superior a 84;
los isótopos radiactivos naturales o artificiales (incluidos los de
los metales preciosos o los de los metales comunes de las Secciones XIV
y XV), incluso mezclados entre sí;
los compuestos inorgánicos u orgánicos de estos elementos o
isótopos, aunque no sean de constitución química definida, incluso
mezclados entre sí;
las aleaciones, dispersiones (incluidos los "cermets"), productos
cerámicos y mezclas que contengan estos elementos o isótopos o sus
compuestos inorgánicos u orgánicos con una radiactividad específica
superior a 0,002 microcurios por gramo;
los cartuchos agotados (irradiados) de reactores nucleares;
los productos radiactivos residuales aunque no sean utilizables.
En la presente Nota y en las partidas 28.44 y 28.45, se consideran isótopos:
- los núclidos aislados, con exclusión de los elementos que existen en la naturaleza en estado monoisotópico;
- las mezclas de isótopos de un mismo elemento enriquecidas en uno o
varios de sus isótopos, es decir, los elementos cuya composición
isotópica natural se ha modificado artificialmente.
Las combinaciones fósforo-cobre (cuprofósforos) con un contenido de
fósforo, en peso, superior al 15 %, se clasifican en la partida 28.48.
Los elementos químicos, tales como el silicio y el selenio,
impurificados para su utilización en electrónica, se clasifican en este
Capítulo, siempre que se presenten en la forma en que se han obtenido,
en cilindros o en barras. Cortados en discos, plaquitas o formas
análogas, se clasifican en la partida 38.18.
Partida
Código del SA
I.- ELEMENTOS QUIMICOS
28.01
2801.10
2801.20
2801.30
FLUOR, CLORO, BROMO Y YODO.
- Cloro.
- Yodo.
- Flúor;bromo.
28.02
2802.00
AZUFRE SUBLIMADO O PRECIPITADO; AZUFRE COLOIDAL
28.03
2803.00
CARBONO (NEGROS DE HUMO Y OTRAS FORMAS DE CARBONO NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE).
28.04
2804.10
2804.21
2804.29
2804.30
2804.40
2804.50
2804.61
2804.69
2804.70
2804.80
2804.90
HIDROGENO GASES NOBLES Y DEMAS ELEMENTOS NO METALICOS.
- Hidrógeno.
- Gases nobles:
-- Argón.
-- Los demás.
- Nitrógeno.
- Oxigéno.
- Boro; teluro.
- Silicio:
- Con un contenido de silicio, en peso, superior o igual al 99.99%.
-- Los demás.
- Fósforo.
- Arsénico.
- Selenio.
28.05
2805.11
2805.19
2805.21
2805.22
2805.30
2805.40
METALES
ALCALINO O ALCALINOTERREOS: METALES DE LAS TIERRAS RARAS ESCANDIO E
ITRIO, INCLUSO MEZCLADOS O ALEADOS ENTRE SI; MERCURIO.
- Metales alcalinos:
-- Sodio.
-- Los demás.
- Metales alcalinotérreos:
-- Calcio.
-- Estroncio y bario.
- Metales de las tierras raras, escandio e itrio, incluso mezclados o aleados entre sí.
- Mercurio.
28.06
2806.10
2806.20
II.- ACIDOS INORGANICOS Y COMPUESTOS OXIGENADOS INORGANICOS DE LOS ELEMENTOS NO METALICOS.
CLORURO DE HIDROGENO (ACIDO CLORHIDRICO); ACIDO CLORSULFURICO.
- Cloruro de hidrógeno (ácido clorhídrico).
- Acido clorosulfúrico.
28.07
2807.00
ACIDO SULFURICO; OLEUM.
28.08
2808.00
ACIDO NITRICO; ACIDO SULFONITRICOS.
28.09
2809.10
2809.20
PENTAOXIDO DE DISFOSFORO; ACIDO FOSFORICO Y ACIDOS POLISFOSFORICOS.
- Pentaóxido de difósforo.
- Acido fosforico y ácidos polisfosfóricos.
28.10
2810.10
OXIDO DE BORO; ACIDOS BORICOS.
28.11
2811.11
2811.19
2811.21
2811.22
2811.23
2811.29
LOS DEMAS ACIDOS INORGANICOS Y LOS DEMAS COMPUESTOS OXIGENADOS INORGANICOS DE LOS ELEMENTOS NO METALICOS.
- Los demás ácidos inorgánicos:
-- Floruro de hidrógeno (ácido fluorhidríco).
-- Los demás.
- Los demás compuesos oxigenados inorgánicos de los elementos no metálicos:
-- Dióxido de carbono.
-- Dióxido de silicio.
-- Dióxido de azufre.
-- Los demás.
28.12
2812.10
2812.90
III.- DERIVADOS HALOGENADSO, OXTHALOGENADOS O SULFURADOS DE LOS ELEMENTOS NO METALICOS.
HALOGENUROS Y OXIHALOGENUROS DE LOS ELEMENOS NO METALICOS.
- Cloruros y oxicloruros.
- Los demás.
28.13
2813.10
2813.90
SULFUROS DE LOS ELEMENTOS NO METALICOS: TRISULFURO DE FOSFORO COMERCIAL.
- Disulfuro de carbono.
- Los demás.
28.14
2814.10
2814.20
AMONIACO ANHIDRO O EN DISOLUCION ACUOSA.
- Amoníoco anhidro.
- Amoníaco en disolución acuosa.
28.15
2815.11
2815.12
2815.20
2815.30
HIDROXIDO DE SODIO (SOSA CAUSTICA); HIDROXIDO DE POTASIO (POTASA CAUSTICA); PEROXIDOS DE SODIO O DE POTASIO.
- Hidróxido de sodio (sosa cáustica):
-- Sólido.
-- En disolución acuosa (lejía de sosa cáustico).
- Hidróxido de potasio (potasa cáustica).
- Peróxidos de sodio o de potasio.
28.16
2816.10
2816.20
2816.30
HIDROXIDO Y PEROXIDO DE MAGNESIO; OXIDOS, HIDROXIDOS Y PEROXIDOS DE ESTRONCIO O DE BARIO.
- Hidróxido y peróxido d magnesio.
- Oxido, hidróxido y peróxido de estroncio.
- Oxido, hidróxido y peróxido de bario.
28.17
2817.00
2818.20
2818.30
OXIDO DE CINC; PEROXIDO DE CINC.
OXIDO DE ALUMINIO (INCLUIDO EL CORINDON ARTIFICIAL); HIDROXIDO DE ALUMINO.
- Corindón artificial.
- Los demás óxidos de aluminio.
- Hidróxido de aluminio.
28.18
2816.10
2816.20
2816.30
OXIDO DE ALUMINIO (INCLUIDO EL CORINDON ARTIFIAL); HIDROXIDO DE ALUMINIO.
- Corindón artificial.
- Los demás óxidos de aluminio.
- Hidróxido de aluminio.
28.19
2819.10
2819.90
OXIDO E HIDROXIDOS DE CROMO.
- Trióxido de cromo.
- Los demás.
28.20
2820.10
2820.90
OXIDO DE MANGANESO.
- Dióxido de manganeso.
- Los demás.
28.21
2821.10
2821.20
OXIDOS
E HIDROXIDOS DE HIERRA: TIERRAS COLORANTES CON UN CONTENIDO DE HIERRO
COMBINADO. EXPRESADO EN Fe2 O3 EN PESO, SUPERIOR O IGUAL AL 70 %.
- Oxidos e hidróxidos de hierro.
- Tierras colorantes.
28.22
2822.00
OXIDOS HIDROXIDOS DE COBALTO; OXIDOS DE COBALTO COMERCIALES.
28.23
2823.00
OXIDOS DE TITANIO
28.24
2824.10
2824.20
2824.30
OXIDOS DE PLOMO; MINIO Y MINIO ANARANJADO.
- Monóxido de plomo (litargio y maiscot).
- Minio y minio anaranjado.
- Los demás.
28.25
2825.10
2825.20
2825.30
2825.40
2825.50
2825.60
2825.70
2825.80
2825.90
HIDROZINA
E HIDOXILAMINA Y SUS SALES INORGANICAS; LAS DEMAS BASES INORGANICAS);
LOS DEMAS OXIDOS, HIDROXIDOS Y PEROXIDOS METALICOS.
- Hidrazina e hidroxilamina y sus sales inorgánicas.
- Oxido e hidróxido de litio.
- Oxidos e hidróxidos de vanadio.
- Oxidos e hidróxidos de niquel.
- Oxidos e hidróxidos de cobre.
- Oxidos de germanio y dióxido de circonio.
- Oxidos e hidróxidos de milibdeno.
- Oxidos de antimonio.
- Los demás.
28.26
2826.11
2826.12
2826.19
2826.20
2826.30
2826.90
V.- SALES Y PEROXASALES METALICAS DE LOS ACIDOS INORGANICOS.
FLURURO; FLUOROSILICATOS, FLUOROALUMINATOS Y DEMAS SALES COMPLEJAS DE FLUOR.
- Fluoruros:
-- De amonio o de sodio.
-- De aluminio.
-- Los demás.
- Fluorosilicatos de sodio o de potasio.
- Hexafluroaluminato de sodio (criolita sintética).
- Los demás.
28.27
2827.10
2827.20
2827.31
2827.32
2827.33
2827.34
2827.35
2827.36
2827.37
2827.38
2827.39
2827.41
2827.49
2827.51
2827.59
2827.60
CLORUROS OXICLURUROS E HIDROXICLORUROS; BROMUROS Y OXIBROMUROS; YODUROS Y OXIYODUROS.
- Cloruro de amonio.
- Cloruro de calcio.
- Los demás cloruros:
-- De magnesio.
-- De aluminio.
-- De hierro.
-- De cobalto.
-- De niquel.
-- De cinc.
-- De estaño.
-- De bario.
-- Los demás.
- Oxicioruros e hidroxiclouros:
-- De cobre.
-- Los demás.
- Bromuros y oxibromuros:
-- Bromuros de sodio o de potasio.
-- Los demás.
- Yoduros y oxiyoduros.
28.28
2828.10
2828.90
HIPOCLORITOS; HIPOCLORITO DE CALCIO COMERCIAL; CLORITOS; HIPOBROMITOS.
- Hipoclorito de calcio comercial y demás hipocloritos de calcio.
- Los demás.
28.29
2829.11
2829.19
2829.90
CLORATOS Y PERCLORATOS; BROMATOS Y PERBROMATOS; YODATOS Y PERYODATOS.
- Cloratos:
-- De sodio.
-- Los demás.
- Los demás.
28.30
2830.10
2830.20
2830.30
2930.90
SULFUROS Y POLISULFUROS.
- Sulfuros de sodio.
- Sulfuro de cine.
- Sulfuo de cadmio.
- Los demás.
28.31
2831.10
2831.19
DITONITOS Y SULFOXILATOS.
- De sodio.
- Los demás.
28.32
2832.10
2832.20
2832.30
SULFITOS; TIOSULFATOS.
- Sulfitos de sodio:
- Los demás sulfitos.
- Tiosulfatos.
28.33
2833.11
2833.19
2833.21
2833.22
2833.23
2833.24
2833.25
2833.26
2833.27
2833.29
2833.30
2833.40
SULFATOS; ALUMBRES: PEROXOSULFATOS (PERSULFATOS).
- Sulfatos de sodio.
-- Sulfato de disodio.
-- Los demás.
- Los demás sulfatos:
-- De magnesio.
-- De aluminio.
-- De cromo.
-- De niquel.
-- De cobre.
-- De cinc.
-- De bario.
-- Los demás.
- Alumbres.
- Peroxosulfatos (persulfatos).
28.34
2834.10
2834.21
2834.22
2834.29
NITRITOS; NITRATOS.
- Nitritos.
- Nitratos:
-- De potasio.
-- De bismuto.
-- Los demás.
28.35
2835.10
2835.21
2835.22
2835.23
2835.24
2835.25
2835.26
2835.29
2835.31
2835.39
FOSFINATOS (HIPOFOSFITOS) FOSFONATOS (FOSFITOS) FOSFATOS Y POLIFOSFATOS.
- Fosfinatos (hipofosfitos) y fosfonatos (fosfitos).
- Fosfatos:
-- De triamonio.
-- De monosodio o de disodio.
-- De trisodo.
-- De potasio.
-- Hidorgenoortofosfato de calcio ("fosfato dicácico).
-- Los demás fosfatos de calcio.
-- Los demás fosfatos de calcio.
-- Los demás.
- Polifosfatos.
-- Trifosfato de sodio (tripolifosfato de sodio).
-- Los demás.
28.36
2836.10
2836.20
2836.30
2836.40
2836.50
2836.60
2836.70
2836.91
2836.92
2836.93
2836.99
CARBONATOS: PEROXOCARBONATOS (PERCARBONATOS); CARBONATO DE AMONIO COMERCIAL QUE CONTENGA CARBAMATO DE AMONIO.
- Carbonato de amonio comercial y demás carbonatos de amonio.
- Carbonato de disodio.
- Hidrogenocarbonato (bicarbonato) de sodio.
- Carbonatos de potasio.
- Carbonato de calcio.
- Carbonato de bario.
- Carbonato de plomo.
- Los demás:
-- Carbonatos de litio.
-- Carbonato de estroncio.
-- Carbonato de bismuto.
-- Los demás.
28.37
2837.11
2837.19
2837.20
CIANUROS, OXICIANUROS Y CIANUROS COMPLEJOS.
- Cianuros y oxicianuros.
-- De sodio.
-- Los demás.
- Cianuros complejos.
28.38
2838.00
FULMINATOS, CIANATOS Y TIOCIANATOS.
28.39
2839.11
2839.19
2839.20
2839.90
SILICATOS; SILICATOS COMERCIALES DE LOS METALES ALCALINOS.
- De sodio:
-- Metasilicios.
-- Los demás.
- De potasio.
- Los demás.
28.40
2840.11
2840.19
2840.20
2840.30
BORATOS; PEROXOBORATOS (PERBORATOS).
- Tetraborato de disodio (bórax refinado):
-- Anhidro.
-- Los demás.
- Los demás boratos.
- Peroxoboratos (perboratos).
28.41
2841.10
2841.20
2841.30
2841.40
2841.50
2841.60
2841.70
2841.80
2841.90
SALES DE LOS ACIDOS OXOMETALICOS O PEROXOMETALICOS.
- Aluminatos.
- Cromatos de cinc o de plomo.
- Dicromato de sodio.
- Dicromato de potasio.
- Los demás cromatos y dicromatos: peroxocromatos.
- Manganitos, manganatos y permanganatos.
- Molibdatos.
- Volframatos (tungstatos).
- Los demás.
28.42
2842.10
2842.90
LAS DEMAS SALES DE LOS ACIDOS O PEROXOACIDOS INORGANICOS, CON EXCLUSION DE LOS AZIDUROS (AZIDAS).
- Silicatos dobles o complejos.
- Las demás.
28.43
2843.10
2843.21
2843.29
2843.30
2843.90
VI.- VARIOS.
METALES
PRECIOSOS EN ESTADO COLOIDAL; COMPUESTOS INORGANICOS U ORGANICOS DE
METALES PRECIOSOS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA;
AMALGAMAS DE METALES PRECIOSOS.
- Metales preciosos en estado coloidal.
- Compuestos de plata:
-- Nitrato de plata.
-- Los demás.
- Compuesto de oro.
- Los demás compuestos: amalgamas.
28.44
2844.10
2844.20
2844.30
2844.40
2844.50
ELEMENTOS
QUIMICOS RADIACTIVOS E ISOTIPOS RADIACTIVOS (INCLUIDOS LOS ELEMENTOS
QUIMICOS E ISOTIPOS FISIONABLES O FERTILES) Y SUS COMPUESTOS: MEZCLAS Y
RESIDUOS QUE CONTENGAN ESTOS PRODUCTOS.
- Uranio natural y sus compuestos: aleaciones, dispersiones (incluidos
los "cermets") productos cerámicos y mezclas que contengan uranio
natural o compuestos de uranio natural.
- Uranio enriquecido en U235 y sus compuestos: plutonio y sus
compuestos: aleaciones, dispersiones (incluidos los "cermets").
productos, cerámicos y mezclas, que contengan uranio enriquecido en
U235, plutonio o compuestos de estos productos.
-
Uranio empobrecido en U235 y sus compuestos: torio y sus compuestos:
aleaciones, dispersaciones (incluidos los "cermets") productos
cerámicos y mezclas, que contengan uranio empobrecido en U235, torio o
compuestos de estos productos.
- Elementos e isótopos y compuestos radioacitvos, excepto los de las
partidas 2844.10, 2844.20 o 2844.30: aleaciones, dispersiones
(incluidos los "cernets"), productos cerámicos y mezclas, que
contengan estos elementos, isótopos o compuestos; residuos radiactivos.
- Cartuchos agotados (irradiados) de reactores nucleares.
28.45
2845.10
2845.90
ISOTOPOS
EXCEPTO LOS DE LA PARTIDA 28.44: SUS COMPUESTOS INORGANICOS U
ORGANICOS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA.
- Agua pesada (óxido de deuterio).
- Los demás.
28.46
2846.10
2846.90
COMPUESTOS
INORGANICOS U ORGANICOS DE LOS METALES DE LAS TIERRAS RARAS, DEL ITRIO,
DEL ESCANDIO O DE LAS MEZCLAS DE ESTOS METALES.
- Compuestos de cerio.
- Los demás.
28.47
2847.00
PEROXIDO DE HIDROGENO (AGUA OXIGENADA) INCLUSO SOLIDIFICADO CON UREA.
28.48
2848.10
2848.90
FOSFUROS. AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA, CON EXCLUSION DE LOS FERROFOSFOROS.
- De cobre (cuprofósfors) con un contenido de fósforo, en peso, superior al 15%.
- De los metales o de los elementos no metálicos.
28.49
2849.10
2849.20
2849.90
CARBUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA.
- De calcio.
- De silicio.
- Los demás.
28.50
2850.00
HIDRUROS, NITRURUOS, AZIDUROS (AZIDAS) SILICIUROS Y BORUROS, AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA
28.51
2851.00
LOS
DEMAS COMPUESTOS INORGANICOS (INCLUIDA EL AGUA DESTILADA DE
CONDUCTIBILIDAD O DEL MISMO GRADO DE PUREZA); AIRE LIQUIDO, AUNQUE SE
LE HAYAN ELIMINADO
LOS GASES NOBLES; AIRE COMPRIMIDO; AMALGAMAS, EXCEPTO LAS DE METALES PRECIOSOS.
Capítulo 29
Productos químicos orgánicos
Notas:
Salvo disposiciones en contrario, las partidas de este Capítulo comprenden solamente:
Los compuestos orgánicos de constitución química definida presentados aisladamente, aunque contengan impurezas;
Las mezclas de isómeros de un mismo compuesto orgánico, aunque
contengan impurezas, con exclusión de las mezclas de isómeros de los
hidrocarburos acíclicos saturados o sin saturar (distintos de los
estereoisómeros) (Capítulo 27);
Los productos de las partidas 29.36 a 29.39, los éteres y ésteres de
azúcares y sus sales, de la partida 29.40 y los productos de la partida
29.41, aunque no sean de constitución química definida;
Las disoluciones acuosas de los productos de los apartados a), b) o c) anteriores;
Las demás disoluciones de los productos de los apartados a), b) o c)
anteriores, siempre que constituyan un modo de acondicionamiento usual
e indispensable exclusivamente motivado por razones de seguridad o
necesidades del transporte y que el disolvente no haga al producto más
apto para usos determinados que para uso general;
Los productos de los apartados a), b), c), d) o e) anteriores con un
estabilizante indispensable para su conservación o transporte;
Los productos de los apartados a), b), c), d), e) o f) anteriores con
una sustancia antipolvo, un colorante o un odorante para facilitar su
identificación o por razones de seguridad, siempre que estas adiciones
no hagan al producto más apto para usos determinados que para uso
general;
Los productos siguientes normalizados para la producción de
colorantes azoicos: Sales de diazonio, copulantes utilizados para estas
sales y aminas diazotables y sus sales.
Este Capítulo no comprende:
Los productos de la partida 15.04 y la glicerina (partida 15.20);
El alcohol etílico (partidas 22.07 ó 22.08);
El metano y el propano (partida 27.11);
Los compuestos de carbono mencionados en la nota 2 del Capítulo 28;
La urea (partidas 31.02 ó 31.05);
Las materias colorantes de origen vegetal o animal (partida 32.03),
las materias colorantes orgánicas sintéticas, los productos orgánicos
sintéticos de los tipos utilizados como agentes de avivado fluorescente
o como luminóforos (partida 32.04), así como los tintes y demás
materias colorantes presentados en formas o envases para la venta al
por menor (partida 32.12);
Las enzimas (partida 35.07);
El metaldehído, la hexametilenotetramina y los productos análogos,
en tabletas, barritas o formas similares que impliquen su utilización
como combustibles, así como los combustibles líquidos y los gases
combustibles licuados, en recipientes de los tipos utilizados para
cargar o recargar los encendedores o mecheros, de 300 cm3 de capacidad
máxima (partida 36.06);
ij) Las cargas para aparatos extintores y las granadas o bombas
extintoras de la partida 38.13; los productos borradores de tinta en
envases para la venta al por menor, clasificados en la partida 38.23;
Los elementos de óptica, principalmente, los de tartrato de etilendiamina (partida 90.01).
Cualquier producto que pueda clasificarse en dos o más partidas de
este Capítulo se incluirá en la última de dichas partidas por orden de
numeración.
En las partidas 29.04 a 29.06, 29.08 a 29.11 y 29.13 a 29.20,
cualquier referencia a los derivados halogenados, sulfonados, nitrados
o nitrosados es también aplicable a los derivados mixtos, tales como
los sulfohalogenados, nitrohalogenados, nitrosulfonados o
nitrosulfohalogenados.
Para la aplicación de la partida 29.29, los grupos nitrados o nitrosados no deben considerarse funciones nitrogenadas.
En las partidas 29.11, 29.12, 29.14, 29.18 y 29.22, se entenderá por funciones oxigenadas (grupos orgánicos característicos que contienen
oxígeno) solamente las citadas en los textos de las partidas 29.05 a
29.20.
a) Los ésteres de compuestos orgánicos de función ácida de los
Subcapítulos I a VII con compuestos orgánicos de los mismos
Subcapítulos se clasificarán con el compuesto que pertenezca a la
última partida por orden de numeración de dichos Subcapítulos.
Los ésteres del alcohol etílico o de la glicerina con compuestos
orgánicos de función ácida de los Subcapítulos I a VII se clasificarán
en la partida de los compuestos de función ácida correspondientes.
Salvo lo dispuesto en la nota 1 de la Sección VI y en la Nota 2 del Capítulo 28:
1º. Las sales inorgánicas de compuestos orgánicos, tales como los
compuestos de función ácida, fenol o función enol o las bases
orgánicas, de los Subcapítulos I a X o de la partida 29.42, se
clasificarán en la partida que comprenda el compuesto orgánico
correspondiente;
2º. Las sales formadas por reacción entre compuestos orgánicos de los
Subcapítulos I a X o de la partida 29.42 se clasificarán en la última
partida del capítulo por orden de numeración que comprende la base o el
ácido del que se han formado (incluidos los compuestos de función fenol
o de función enol).
Los alcoholatos metálicos se clasificarán en la misma partida que
los alcoholes correspondientes, salvo en los casos del etanol y de la
glicerina (partida 29.05).
Los halogenuros de los ácidos carboxílicos se clasificarán en la misma partida que los ácidos correspondientes.
Los compuestos de las partidas 29.30 y 29.31 son compuestos
orgánicos cuya molécula contiene, además de átomos de hidrógeno,
oxígeno o nitrógeno, átomos de otros elementos no metálicos o de
metales, tales como azufre, arsénico, mercurio o plomo, directamente
unidos al carbono.
Las partidas 29.30 (tiocompuestos orgánicos) y 29.31 (los demás
compuestos órgano-inorgánicos) no comprenden los derivados sulfonados o
halogenados ni los derivados mixtos que, con excepción del hidrógeno,
del oxígeno y del nitrógeno, sólo contengan, en unión directa con el
carbono, los átomos de azufre o de halógeno que le confieren el
carácter de derivados sulfonados o halogenados o de derivados mixtos.
Las partidas 29.32, 29.33 y 29.34 no comprenden los epóxidos con
tres átomos en el ciclo, los peróxidos de cetonas, los polímeros
cíclicos de los aldehídos o de los tioaldehídos, los anhídridos de
ácidos carboxílicos polibásicos, los ésteres cíclicos de polialcoholes
o de polifenoles con ácidos polibásicos ni las imidas de ácidos
polibásicos.
Las disposiciones anteriores sólo se aplican cuando la estructura
heterocíclica proceda exclusivamente de las funciones ciclantes antes
enumeradas.
Nota de subpartida.
Dentro de una partida de este capítulo, los derivados de un
compuesto químico (o de un grupo de compuestos químicos) se
clasificarán en la misma subpartida que el compuesto (o grupo de
compuestos), siempre que no estén comprendidos más específicamente en
otra subpartida y que no exista una subpartida residual "los demás" en
la serie de subpartidas involucradas.
Partida
Código del SA
29.01
2901.10
2901.21
2901.22
2901.23
2901.24
2901.29
I.- HIDROCARBUROS Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS NITRADOS O NITROSADOS.
HIDROCARBUROS ACICLICOS.
- Saturados.
- No saturados:
-- Etileno.
-- Propeno (propileno).
-- Buteno (butileno) y sus isómeros.
-- Buta 1. 3 - dinero o isopreno.
-- Los demás.
29.02
2902.11
2902.19
2902.20
2902.30
2902.41
2902.42
2902.43
2902.44
2902.50
2902.60
2902.70
2902.90
HIDROCARBUROS CICLICOS.
- Ciclánicos, ciclénicos o cicloterapénicos.
-- Ciclohexano.
-- Los demás.
- Benceno.
- Tolueno.
- Xilenos:
-- o Xilenos.
-- m-Xileno.
-- p-Xileno.
-- Mezclas de Isómeros del xileno.
- Estreno.
- Etibenceno.
- Cumeno.
- Los demás.
29.03
2903.11
2903.12
2903.13
2903.14
2903.15
2903.16
2903.19
2903.21
2903.22
2903.23
2903.29
2903.30
2903.40
2903.51
2903.59
2903.61
2903.62
2903.69
DERIVADOS HALOGENADOS DE LOS HIDROCARBUROS.
- Derivados clorados saturados de los hidrocarburos acíclicos:
-- Clorometano (cloruro de metilo) y cloretano (cloruro de etilo).
-- Diciorometano (cloruro de metileno).
-- Cloroformo (triclorometano).
-- Tetracloruro de carbono.
-- 1.2-Dicloroetano (dicloruro de etileno).
-- 1.2-Dicloropropano (dicloruro de propileno)
-- Los demás.
- Derivados clorados no saturados de los hidrocarburos acíclicos:
-- Cloruro de vinilo (cloroetileno).
-- Tricloroetileno.
-- Tetracloroetileno.(percloroetileno)
-- Los demás.
- Derivados fluorados, derivados bromados y derivados yodados, de los hidrocarburos acíclicos.
- Derivados halogenados de los hidrocarburos acíclicos con dos halógenos difrentes por lo menos.
- Derivados halogenados de los hidrocarburos ciclánicos, ciclénicos o cicloterpénicos;
-- 1,2,3,4,5,6 - Hexaclorociclohexano.
-- Los demás.
- Derivados halogenados de los hidrocarburos aromáticos:
-- Clorobenceno o diclorobenceno y p-diclorobenceno.
-- Hexaclorobenceno y DDT. (1.1.1- tricloro- 2, 2 bis (p-clorofenil) etano).
-- Los demás.
29.04
2904.10
2904.20
2904.90
DERIVADOS SULFONADOS, INTRADOS O NITROSADOS DE LOS HIDROCARBUROS INCLUSO HALOGENADOS.
- Derivados solamente sulfonados, sus sales y sus ésteres etilicos.
- Derivados solamente nitrados o solamente nitrosados.
- Los demás.
29.05
2905.11
2905.12
2905.13
2905.14
2905.15
2905.16
2905.17
2905.19
2905.21
2905.22
2905.29
2905.31
2905.32
2905.39
2905.41
2905.42
2905.43
2905.44
2905.49
2905.50
II.- ALCOHOLES Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS.
ALCOHOLES ACICLICOS Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS.
- Monoalcoholes saturados:
-- Metanol (alcohol propílico) y propan- 2- ol (alcohol isoproplico).
-- Propan-1-ol (alcohol propílico) y propan-2-ol (alcohol isoproplico).
-- Butan-1-ol (alcohol n-butílico).
-- Los demás butanoles.
-- Pentanol (alcohol amílico) y sus isómeros.
-- Octanol (alcohol octílico) y sus isómeros.
-- Dodecan-1-ol (alcohol láurico) hexaden-1-ol (alcohol cetílico) y octadecan-1 (alcohol esteárico).
-- Los demás.
- Monoalcoholes no saturados:
-- Alcohol alílico.
-- Alcohol terpénicos acíclicos.
-- Los demás.
- Dioles:
-- Etilenglicol (etanodiol).
-- Propilenglicol (propan 1. 2 - diol)
-- Los demás.
- Los demás polialcoholes:
-- 2-Etil -2 (hidoximetil) propan- 1.3-diol (trimetilolpropano).
-- Pentaeritritol (pentaeritirta).
-- Manitol.
-- D-glucitol (sorbitol).
-- Los demás.
- Derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados de los alcoholes aciclicos.
29.06
2906.11
2906.12
2906.13
2906.14
2906.19
2906.21
2906.29
ALCOHOLES CICLICOS Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS.
- Ciclánicos, ciclénicos o cicloterpénicos:
-- Mentol.
-- Ciclohexanol, metilciclohexanoles y dimeticiclohexanoles.
-- Esteroles e inositoles.
-- Terpineoles.
-- Los demás.
- Aromáticos:
-- Alcohol bencílico.
-- Los demás.
29.07
2907.11
2907.12
2907.13
2907.14
2907.15
2907.19
2907.21
2907.22
2907.23
2907.29
2907.30
III. - FENOLES Y FENOLES - ALCOHOLES Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS.
FENOLES: FENOLES-ALCOHOLES.
- Monofenoles:
-- Fenol (hidroxibenceno) y sus sales.
-- Cresoles y sus sales.
-- Octifenol, nonilfenol y sus isómeros; sales de estos productos.
-- Xilenoles y sus sales.
-- Naftoles y sus sales.
-- Los demás.
- Polifenoles:
-- Resocinol y sus sales.
-- Hidroquinona y sus sales.
-- 4.4 Isopropilidendifenol (bisfenol A. definelolpropano) y sus sales.
-- Los demás.
- Fenoles alcoholes.
29.08
2908.10
2908.20
2908.90
DERIVADOS HALOGENADOS SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS DE LOS FENOLES O DE LOS FENOLES-ALCOHOLES.
- Derivados solamente halogenados y sus sales.
- Derivados solamente sulfonados, sus sales y sus ésteres.
- Los demás.
29.09
2909.11
2909.19
2909.20
2909.30
2909.41
2909.42
2909.43
2909.44
2909.49
2909.50
2909.60
IV.-
ETERES, PEROXIDOS DE ALCOHOLES PEROXIDOS DE ETERES, PEROXIDOS DE
CETONAS, EPOXIDOS CON TRES ATOMOS EN EL CICLO ACETALES Y SEMIACETALES Y
SUS
DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITRADOS.
ETERES. ETERES-ALCOHOLES. ETERES-FENOLES, ETERES ALCOHOLES-FENOLES.
PEROXIDOS DE ALCOHOLES, PEROXIDOS DE ETERES, PEROXIDOS DE CETONAS
(AUNQUE NO SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA) Y SUS DERIVADOS
HALOGENADOS SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS.
- Eteres acíclicos y sus derivados halogenados, sulfonado, nitrados o nitrosados:
-- Eter dietílico (óxido de dietílo).
-- Los demás.
- Eteres ciclánicos, ciciénicos, cicloterpénicos y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.
- Eteres aromáticos y sus derivados halogenados sulfonados, nitrados o nitrosados:
- Eteressalcoholes y sus derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados:
-- 2.2-Oxidieanol (dietilenglicol).
-- Eteres monometílicos de etienglicol o del dietlinglicol.
-- Eteres monobutílicos de etienglicol o del dietlinglicol.
-- Los demás éteres monoalquílicos del etilenglicol o del dietilenglico).
-- Los demás.
-- Eteres-fenoles, éteres-alcoholes-fenoles y sus derivados halogenados sulfonodos, nitrados o nitrosados.
-
Peróxidos de alcoholes, peróxidos de éteres, peróxidos de cetónas y sus
derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.
29.10
2910.10
2910.20
2910.30
2910.90
EPOXIDOS,
EPOXIALCOHOLES EPOXIFENOLES Y EPOXIETERES, CON TRES ATOMOS EN EL CICLO
Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS.
- Oxirano (óxido de etileno).
- Metiloxirano (óxido de propileno).
- 1-Cloro-2-3 epoxipropano (epiciohidrina).
- Los demás.
29.11
2911.00
ACETALES Y SEMIACETALES, INCLUSO CON OTRAS FUNCIONES OXIGENADAS Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS.
29.12
2912.11
2912.12
2912.13
2912.19
2912.21
2912.99
2912.30
2912.41
2912.42
2912.49
2912.50
2912.60
V.- COMPUESTOS CON FUNCION ALDHIDO.
ALDEHIDOS INCLUSO CON OTRAS FUNCIONES OXIGENADAS; POLIMEROS CICLICOS DE LOS ALDEHIDOS: PARAFORMALDEHIDO.
- Aldehidos acíclicos sin otras funciones oxigenadas:
-- Metanal (formaldehido).
-- Etanal (acetadehido).
-- Butanal (butiraldehído, isómero normal)
-- Los demás.
- Aldehídos cíclicos sin otras funciones oxigenadas:
-- Benzaldehido (aldehído benzoico).
-- Las demás.
- Aldehídos alcoholes.
- Aldehídos-éteres, aldehídos-fenoles y aldehídos con otras funciones oxigenadas:
-- Vainillina (aldehído metiprotocatéquico).-- Etilvanilina (aldehído etilprotocatéquico).
-- Los demás.
- Polímeros cíclicos de los aldehídos.
- Paraformaldehído.
29.13
2913.00
DERIVADOS HALOGENADOS SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS DE LOS PRODUCTOS DE LA PARTIDA 29.12.
29.14
2914.11
2914.12
2914.13
2914.19
2914.21
2914.22
2914.23
2914.29
2914.30
2914.41
2914.49
2914.50
2914.61
2914.69
2914.70
VI.- COMPUESTOS CON FUNCION CETONA O CON FUNCION QUINONSA.
CETONAS Y QUINONAS, INCLUSO CON OTRAS FUNCIONES OXIGENADAS Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS.
- Cetonas acíclicas sin otras funciones oxiginadas:
-- Acetonas.
-- Butanona (metileicetona).
-- 4 Metilpentan-2-ona (metilsobutilcetona).-- Las demás.
- Cetonas ciclánicas, ciclénicas o cicloterpénicas, sin otras funciones oxigenadas.
-- Alcanfor.
-- Ciclohexanona y metilcilcohexanonas.
-- Los demás.
- Cetonas aromáticas sin otras funciones oxigenadas.
- Cetonas-alcoholes y cetonas-aldehídos:
-- 4-Hidroxi-- 4-metilpentan-2-ona (diacetona alcohol).
-- Los demás.
- Cetonas-fenoles y cetonas con otras funciones oxigenadas.
- Quinonas:
-- Antroquinona.
-- Las demás.
- Derivados halogenados, sulfonados, nitrados o nitrosados.
29.15
2915.11
2915.12
2915.13
2915.21
2915.22
2915.23
2915.24
2915.29
2915.31
2915.32
2915.33
2915.34
2915.35
2915.39
2915.40
2915.50
2915.60
2915.70
2915.90
VII.-
ACIDOS CARBOXILICOS, SUS ANHIDRIDOS, HALOGENUROS, PEROXIDOS Y
PEROXIACIDOS: SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O
NITROSADOS.
ACIDOS MINOCARBOXILICOS ACICLICOS SATURADOS Y SUS ANHIDRIDOS,
HALOGENADOS, PEROXIDOS Y PEROXIACIDOS; SUS DERIVADOS HALOGENADOS,
SULFONADOS, NITRADOS O
NITROSADOS.
- Acido fórmico, sus sales y sus ésteres:
-- Acido fórmico.
-- Sales de ácido fórmico.
-- Esteres del ácido fórmico.
- Acido acético y sus sales; anhídrido acético:
-- Acído acético.
-- Acído de sodio.
-- Acetatos de cobalto.
-- Anhídrido acético.
-- Los demás.
- Esteres del ácido acético:
-- Acetato de etilo.
-- Acetato de vinilo.
-- Acetato de n-butilo.
-- Acetato de isobutilo.
-- Acetato de 2-etoxietillo.
-- Los demás.
- Acídos mono-, di - o tricioroacéticos, sus sales y sus ésteres.
- Acido propiónico, sus sales y sus ésteres.
- Acídos bútricos y valeriánicos, sus sales y sus ésteres.
-- Acídos palmitico y esteárico, sus sales y sus ésteres.
- Los demás.
29.16
2916.11
2916.12
2916.13
2916.14
2916.15
2916.19
2916.20
2916.31
2916.32
2916.33
2916.39
ACIDOS
MONOCARBOXILICOS ACICLICOS NO SATURADOS Y ACIDOS MONOCARBOXILICOS
CICLICOS, SUS ANHIDRIDOS, HALOGENUROS, PEROXIDOS Y PEROXIACIDOS; SUS
DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS.
- Acidos monocarboxilicos aciclicos no saturados, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos, peroxiácidos y sus derivados:
-- Acido acrílico y sus sales.
-- Esteres del ácido acrilíco.
-- Acido metracrílico y sus sales.
-- Esteres del ácido metacrílico.
-- Acidos oleico, linoieco o linolénico, sus sales y sus ésteres.
-- Los demás.
- Acido monocarboxílicos ciclánicos, ciclénicos o cicloterpénicos, sus
anhidirdos, halugenuros, peróxidos, peroxiácidos y sus derivados.
- Acidos monocarboxílicos aromáticos, sus anhidridos, halogenuros, peroxiácidos y sus derivados:
-- Acido benzoico, sus sales y sus ésteres.
-- Peróxido de benzoilo y cloruro de benzolio.
-- Acido fenilacetico, sus sales y sus ésteres.
-- Los demás.
29.17
2917.11
2917.12
2917.13
2917.14
2917.19
2917.20
2917.31
2917.32
2917.33
2917.34
2917.35
2917.36
2905.37
2905.39
ACIDO
POLICARBOXILICOS, SUS ANHIDRIDOS, HALOGENUROS, PEROXIDOS Y
PEROXIACIDOS; SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADEOS, INTRADOS O
NITROSADOS.
- Acidos policarboxílicos acíclicos, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos, peroxiácidos y sus derivados:
-- Acido oxálico, sus sales y sus ésteres.
-- Acido adípico, sus sales y sus ésteres.
-- Acidos azelaico y sebácico, sus sales y sus ésteres.
-- Anhídrido maleico.
-- Los demás.
-
Acidos policarboxílicos ciclánicos, ciclénicos o cicloterpénicos, sus
anhídridos, halogenuras, peróxidos, peroxiácidos y sus derivados.
- Acidos policarboxílicos aromáticos, sus anhídirdos, halugenuros, peróxidos, proxiácidos y sus derivados:
-- Ortoflatalos de dibutilo.
-- Ortoflatalos de dioctilo.
-- Ortoflatolos de dinonilo o de didecilio.
-- Los demás ésteres del ácido ortoftálico.
-- Anhídrido ftálico.
-- Acido tereftálico y sus sales.
-- Tereftalato de dimetilo.
-- Los demás.
29.18
2918.11
2918.12
2918.13
2918.14
2918.15
2918.16
2918.17
2918.19
2918.21
2918.22
2918.23
2918.29
2918.30
2918.90
ACIDOS
CARBOXILICOS CON FUNCIONES OXIGENADAS SUPLEMENTARIAS Y SUS ANHIDRIDOS,
HOLGENUROS, PEROXIDOS Y PEROXIACIDOS; SUS DERIVADOS HALOGENADOS,
SULFONA-
DOS, NITRADOS O NITRADOS O NITROSADOS.
- Acídos carboxílicos con función alcohol, pero sin otra función
oxigenada, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos, peroxíacidos y sus
derivados:
-- Acido láctico, sus sales y sus ésteres.
-- Acido tartárico.
-- Sales y ésteres del ácido tartárico.
-- Acido cítrico.
--Sales y ésteres del ácido círico.
-- Acido glucónico, sus sales y sus ésteres.
-- Acido feniglicólico (ácido mandélico) sus sales y su ésteres.
-- Los demás.
- Acidos carboxílicos con función aldhido o cetona, pero sin otra
función oxigenada, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos, peroxiácidos
y sus derivados.
-- Acido salicílico y sus sales.
-- Acido o-acetilsalicilico, sus sales y sus ésteres.
-- Los demás ésteres del ácido saliciflico y sus sales.
-- Los demás.
-- Acidos carboxílicos con función aldehido o cetona, pero sin otra
función oxigenada, sus anhídridos, halogenuros, peróxidos, perxiácidos
y sus derivados.
-- Los demás.
29.19
2919.00
VIII.- ESTERES DE LOS ACIDOS INORGANICOS Y SUS SALES Y SUS DERIVADOS HALOGENADOS, SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS.
29.20
2920.10
2920.90
-
ESTERES DE LOS DEMAS ACIDOS INORGANICOS (CON EXCLUSION DE LOS ESTERES
DEHALOGENUROS DE HIDROGENO) Y SUS SALES: SUS DERIVADOS HALOGENADOS,
SULFONADOS, NITRADOS O NITROSADOS.
- Esteres tiofosfóricos (fosforotioatos) y sus sales; sus derivados halogenados, sulforados, nitrados o nitrosados.
- Los demás.
29.21
2921.11
2921.12
2921.19
2921.21
2921.22
2921.29
2921.30
2921.41
2921.42
2921.43
2921.44
2921.45
2921.49
2921.51
2921.59
IX.- COMPUESTOS CON FUNCIONES NITROGENADAS.
COMPUESTAS CON FUNCION ANIMA.
- Monaminas acíclicas y sus derivados; sales de estos productos:
-- Mono-, di o trimetilamina y sus sales.
-- Dietilamina y sus sales.
-- Los demás.
- Poliaminas acíclicas y sus derivados: sales de estos productos:
-- Etilendiamina y sus sales.
-- Hexametilendiamina y sus sales.
-- Los demás.
-- Monoaminas y poliaminas, ciclánicas, ciclénicas o cicloteróenicas y sus derivados; sales de estos productos.
- Monoaminas aromáticas y sus derivdados; sales de estos productos:
-- Anilina y sus sales.
-- Derivados de la anilina y sus sales.
-- Toluidinas y sus derivados; sales de estos productos.
-- Difenilamina y sus derivados; sales de estos productos.
-- 1-Naftilamina (alfa- naftilamina) 2- naftilamina (beta-naftilamina) y sus derivados; sales de estos productos.
-- Los demás.
- Poliaminas aromáticas y sus derivados; sales de estos productos:
-- o, m- y p- Fenilendiamina, diaminotoluenos, y sus derivados; sales de estos productos.
-- Los demás.
29.22
2922.11
2922.12
2922.13
2922.19
2922.21
2922.22
2922.29
2922.30
2922.41
2922.42
2922.49
2922.50
COMPUESTOS AMINADOS CON FUNCIONES OXIGENADAS.
- Amino-alcoholes, sus ésteres, sin otras funciones oxigenadas; sales de estos productos:
-- Monoetanolamina y sus sales.
-- Dictanolamina y sus sales.
-- Trietanolamina y sus sales.
-- Los demás.
- Amino-naftoles y demás amino-fenoles, sus éteres, sin otras funciones oxigenadas;
sales de estos productos:
-- Acidos aminonaftolusulfónicos y sus sales.
-- Anídisinas, dianisídinas, fenetidinas y sus sales.
-- Los demas.
- Amino-aldehidos, amino-cetonas y amino-quinonas, sin otras funciones oxigenadas; sales de estos productos.
- Aminoácidos y sus ésteres, sin otras funciones oxigenadas sales de estos productos;
-- Lisina y sus ésteres; sales de estos productos.
-- Acido glutámico y sus sales.
-- Los demás.
- Amino-alcoholes-fenoles, aminoácidos-fenoles y demás compuestos aminados con funciones oxigenadas.
29.23
2923.10
2923.20
2923.90
SALES E HIDROXIDOS DE AMONIO CUATERNARIO; LECITINAS Y OTROS FOSFOAMINOLIPIDOS.
-Colina y sus sales.
-Lecitinas y demás fosfoaminolipidos..
-Los demás.
29.24
2924.10
2924.21
2924.29
COMPUESTOS CON FUNCION CARBOXIMIDA (INCLUIDA LA SACARINA Y SUS SALES) O CON FUNCION IMINA.
- Amidas acíclicas (incluídos los carbamatos) y sus derivados; sales de estos productos.
- Amidas cíclicas (incluidos los carbomatos) y sus derivados sales de estos productos:
-- Ureínas y sus derivados: sales de estos productos.
-- Los demás.
29.25
2925.11
2925.19
2925.20
COMPUESTOS CON FUNCION CARBOXIMIDA (INCLUIDA LA SACARINA Y SUS SALES) O CON FUNCION IMINA.
- Imidas y sus derivados; sales de estos productos:
-- Sacarina y sus sales.
-- Los demás.
-- Iminas y sus derivados; sales de estos productos.
29.26
2926.10
2926.20
2926.90
COMPUESTOS CON FUNCION NITRILO.
- Acrílonitrilo.
- 1-Clanoguanidina (dictandiamida).
- Los demás.
29.27
2927.00
COMPUESTOS DIAZOICOS, AZOICOS O AZOXI.
29.28
2928.00
DERIVADOS ORGANICOS DE LA HIDRAZINA O DE LA HIDROXILAMINA.
29.29
2929.10
2929.90
COMPUESTAS CON OTRAS FUNCIONES NITROGENADAS.
- Isocianatos.
- Los demás.
29.30
2930.10
2930.20
2930.30
2930.40
2930.90
X. - COMPUESTOS ORGANO-INORGANICOS, COMPUESTOS HETEROCICLICOS, ACIDOS NUCLEICOS Y SUS SALES, Y SULFONAMIDAS.
TIOCOMPUESTOS ORGANICOS.
- Ditiocarbonatos (xantatos y xantogenatos).
- Tiocarbomatos y ditiocarbamatos.
- Mono-, di o tetrasulfuros o tiourama.
- Metionina.
- Los demás.
29.31
2931.00
LOS DEMAS COMPUESTOS ORGANO-INORGANICOS.
29.32
2932.11
2932.12
2932.13
2932.19
2932.21
2932.29
2932.90
COMPUESTOS HETEROCICLICOS CON HETEROATOMO (S) DE OXIGENO EXCLUSIVAMENTE.
- Compuestos con un ciclo furano (incluso hidrogenado) sin condensar:
-- Tetrahidrofurano.
-- 2-Furaldehido (furfural)
-- Alcohol furfurílico y alcohol tetrahidrofurfurílico.
-- Los demás.
- Lactonas:
-- Cumarina, metilcumarinas y etilcumarinas.
-- Las demás lactonas.
- Los demás.
29.33
2933.11
2933.19
2933.21
2933.29
2933.31
2933.39
2933.40
2933.51
2933.59
2933.61
2933.69
2933.71
2933.79
2933.90
COMPUESTOS HETEROCICLICOS CON HETEROATOMO (S) NITROGENO EXCLUSIVAMENTE: ACIDOS NUCLEICOS Y SUS SALES.
- Compuestos con un ciclo pirazol (incluso hidrogenado) sin condensar:
-- Fenazona (antipirina) y sus derivados.
-- Los demás.
- Compuestos con un ciclo imidazol (incluso hidrogenado), sin condensar:
-- Hidantonia y sus derivados.
-- Los demás.
- Compuestos con un ciclo piridina (incluso halogenado) sin condesar:
-- Piridina y sus sales.
-- Los demás.
-
Compuestos que presenten una estructura con ciclos de quinoleína o de
isoquinoleína (incluso hidrogenados) sin otras condensaciones.
- Compuestos con un ciclo pirimidina (incluso hidrogenado) o piperazina; ácidos nucleicos y sus sales;
-- Maloniluera (ácido barbitúrico) y sus derivados; sales de estos productos.
-- Los demás.
- Compuestos con un ciclo triazina (incluso hidrogenado), sin condensar:
-- Melanina.
-- Los demás.
- Lactamas:
-- 6-Hexanolactama (epsilión caprolactama).
-- Las demás lactamas.
-- Los demás.
29.34
2934.10
2934.20
2934.30
2934.90
LOS DEMAS COMPUESTOS HETEROCICLICOS.
- Compuestos con un ciclo tiazol (incluso hidrogenado), sin condensar.
- Compuestos que presenten una estructura con ciclos de benzotiazol (incluso hidrogenados) sin otras condensaciones.
- Compuestos que presenten una estructura con ciclos de fenotiazina (incluso hidrogenados) sin otras condensaciones.
- Los demás.
29.35
2935.00
SULFONAMIDAS.
29.36
2936.10
2936.21
2936.22
2936.23
2936.24
2936.25
2936.26
2936.27
2936.28
2936.29
2936.90
XI. - PROVITAMINAS, VITAMINAS Y HORMONAS
PROVITAMINAS
Y VITAMINAS, NATURALES O REPRODUCIDAS POR SINTESIS (INCLUIDOS LOS
CONCENTRADOS NATURALES) Y SUS DERIVADOS UTILIZADOS PRINCIPALMENTE COMO
VITAMINAS, MEZCLADOS O NO ENTRE SI O EN DISOLUCIONES DE CUALQUIER CLASE.
- Provitaminas sin mezclar.
- Vitaminas y sus derivados, sin mezclar:
-- Vitaminas A y sus derivados.
-- Vitaminas B1 y sus derivados.
-- Vitaminas B2 y sus derivados.
-- Acido D o DL pantoténico (vitamina B3 o vitamina B5) y sus derivados.
- Vitamina B6 y sus derivados.
-- Vitamina B12 y sus derivados.
-- Vitamina C y sus derivados.
-- Vitamina E y sus derivados.
-- Las demás vitaminas y sus derivados.
-- Los demás, incluidos los concentrados naturales.
29.37
2937.10
2937.21
2937.22
2937.29
2937.91
2937.92
2937.99
HORMANOS,
NATURALES O REPRODUCIDAS POR SINTESIS; SUS DERIVADOS UTILIZADOS
PRINCIPALMENTE COMO HORMONAS; LOS DEMAS ESTEROIDES UTILIZADOS
PRINCIPALMENTE COMO HORMONAS.
- Hormonas del lóbulo anterior de la hipófisis y similares, y sus derivados.
- Hormonas córtico-suprarrenales y sus derivados:
-- Cortisona, hidrocortisona, prednisona (dehidrocortisona) y prednisolona (dehidrohidrocortisona).
-- Derivados halogenados de las hormonas córtico-suprarrenales.
-- Las demás.
- Las demás hormonas y sus derivados: los demás esteroides utilizados principalmente como hormonas:
-- Insulina y sus sales.
-- Estrógenos y progetógenos.
-- Los demás.
29.38
2938.10
2938.90
XII.- HETEROSIDOS Y ALCALOIDES VEGETALES, NATURALES O REPRODUCIDOS POR SINTESIS SUS SALES, ETERES, ESTERES Y DEMAS DERIVADOS.
HETEROSIDOS, NATURALES O REPRODUCIDOS POR SINTESIS, SUS SALES, ETERES Y DEMAS DERIVADOS.
-- Rutósido (rutina) y sus derivados.
- Los demás.
29.39
2939.10
2939.21
2939.29
2939.30
2939.40
2939.50
2939.60
2939.70
2939.90
ALCALOIDES VEGETALES, NATURALES O REPRODUCIDOS POR SINTESIS, SUS SALES, ETERES, ESTERES Y DEMAS DERIVADOS.
- Alcaloides del opio y sus derivados: sales de estos productos:
-- Alcaloides de la quina (cinchona) y sus derivados; sales de estos productos.
-- Quinina y sus sales.
-- Los demás.
- Cafeína y sus sales.
- Efedrinas y sus sales.
- Teofilina y aminofilina (teofilina - etilendiamina) y sus derivados; sales de estos productos.
- Alcaloides del cornezuelo de centeno y sus derivados; sales de estos productos.
- Nicotina y sus sales.
- Los demás.
29.40
LOS DEMAS COMPUESTOS ORGANICOS.
AZUCARES
QUIMICAMENTE PUROS, CON EXCEPCION DE LA SACAROSA, LACTOSA, MALTOSA,
GLUCOSA Y FRUCTUOSA (LEVULOSA) ESTERES DE LOS AZUCARES Y SUS
SALES EXCEPTO LOS PRODUCTOS DE LAS PARTIDAS 29.37, 29.38 ó 29.39.
29.41
2941.10
2941.20
2941.30
2941.40
2941.50
2941.90
ANTIBIOTICOS.
- Penicilinas y sus derivados con la estructura del ácido penicilánico; sales de estos productos.
- Estreptomicinas y sus derivados; sales de estos productos.
- Tetracilinas y sus derivados; sales de estos productos.
- Cloranfenicol y sus derivados; sales de estos productos.
- Eritromicina y sus derivados; sales de estos productos.
- Los demás.
29.42
2942.00
LOS DEMAS COMPUESTOS ORGANICOS.
Capítulo 30
Productos farmacéuticos
Notas.
Este Capítulo no comprende:
los alimentos dietéticos, alimentos enriquecidos, alimentos para
diabéticos, complementos alimenticios, bebidas tónicas y el agua
mineral (Sección IV);
los yesos (escayolas) especialmente calcinados o finamente molidos para uso en odontología (partida 25.20);
los destilados acuosos aromáticos y las disoluciones acuosas de aceites esenciales, medicinales (partida 33.01);
las preparaciones de las partidas 33.03 a 33.07, incluso si tienen propiedades terapéuticas o profilácticas;
los jabones y demás productos de la partida 34.01, con añadido de sustancias medicamentosas;
las preparaciones a base de yeso (escayola) para odontología (partida 34.07);
la albúmina de la sangre sin preparar para usos terapéuticos o profilácticos (partida 35.02).
En las partidas 30.03 y 30.04 y en la nota 3 d) del Capítulo, se considerarán:
Productos sin mezclar:
las disoluciones acuosas de productos sin mezclar;
todos los productos de los Capítulos 28 ó 29;
los extractos vegetales simples de la partida 13.02, simplemente normalizados o disueltos en cualquier disolvente.
Productos mezclados:
las disoluciones y suspensiones coloidales (con exclusión del azufre coloidal);
los extractos vegetales obtenidos por tratamiento de mezclas de sustancias vegetales;
las sales y aguas concentradas obtenidas por evaporación de aguas minerales naturales.
En la partida 30.06 sólo están comprendidos los productos
siguientes, que se clasificarán en esta partida y no en otras de la
nomenclatura:
los catguts estériles, las ligaduras estériles similares para
suturas quirúrgicas y los adhesivos estériles para tejidos orgánicos
utilizados en cirugía para cerrar las heridas.
las laminarias estériles;
los hemostáticos reabsorbibles estériles para cirugía u odontología;
las preparaciones opacificantes para exámenes radiológicos, así como
los reactivos de diagnóstico concebidos para usar en el paciente, que
sean productos sin mezclar dosificados, o bien productos mezclados
constituidos por dos o más ingredientes, para los mismos usos;
los reactivos para la determinación de los grupos o de los factores sanguíneos;
los cementos y demás productos de obturación dental; los cementos para la refacción de los huesos;
los estuches y cajas de primeros auxilios o farmacia, equipados para curaciones de urgencia;
las preparaciones químicas anticonceptivas a base de hormonas o de espermicidas.
Partida
Código del SA
30.01
3001.10
3001.20
3001.90
CLANDULAS
Y DEMAS ORGANOS PARA USOS OPOTERAPICOS, DESECADOS, INCLUSO
PULVERIZADOS; EXTRACTOS DE GLANDULAS O DE OTROS ORGANOS O DE SUS
SECRECIONES, PARA USOS OPOTERAPICOS: HEPARINA Y SUS SALES; LAS DEMAS
SUSTANCIAS HUMANAS O ANIMALES PERPARADAS PARA USOS TERAPEUTICOS O
PROFILACTICOS, NO EXPRESADAS NI COMPRENDIDAS EN OTRA PARTE.
- Glándulas y demás órganos, desecados, incluso pulverizados.
- Extractos de glándulas o de otros órganos o de sus secreciones.
- Lo demás.
30.02
3002.10
3002.20
3002.31
3002.39
3002.90
SANGRE
HUMANA; SANGRE ANIMAL PREPARADA PARA USOS TERAPEUTICOS PROFILACTICOS O
DE DIAGNOSTICO; SUEROS ESPECIFICOS DE ANIMALES O DE PERSONAS
INMUNIZADOS Y DEMAS COMPONENTES DE LA SANGRE; VACUNAS, TOXINAS,
CULTIVOS DE MICROORGANISMOS (CON EXCLUSION DE LAS LEVADURAS) Y
PRODUCTOS SIMILARES.
- Sueros específicos de animales o de personas inmunizadas y demás componentes de la sangre.
- Vacunas para la medicina humana.
- Vacunas para la medicina veterinaria:
-- Vacunas antiaftosas.
-- Las demás.
-- Los demás.
30.03
3003.10
3003.20
3003.31
3003.39
3003.40
3003.90
MEDICAMENTOS
(CON EXCLUSION DE LOS PRODUCTOS DE LAS PARTIDAS 30.02. 30.05 ó 30.06)
CONSTITUIDOS POR PRODUCTOS MEZCLADOS ENTRE SI PREPARADOS PARA USOS
TERAPEUTICOS O PROFILACTICOS, SIN DOSIFICAR NI ACONDICIONAR PARA LA
VENTA AL POR MENOR.
- Que contengan penicilinas o derivados de estos productos con la
estructura del ácido penicilánico, o estreptomicinas o derivados
de estos productos.
- Que contengan otros antibióticos.
- Que contengan hormonas u otros productos de la partida 29.37, sin antibióticos:
-- Que contengan insulina.
-- Que contengan hormonas córtico-suprarrenales.
-- Que contengan alcloides o sus derivados, sin hormanas ni otros productos de la partida 29.37 ni antíbióticos.
- Las demás.
300.04
3004.10
3004.20
3004.31
3004.32
3004.39
3004.40
3004.50
3004.90
MEDICAMENTOS
(CON EXCLUSION DE LOS PRODUCTOS DE LAS PARTIDAS 30.02, 30.05 ó 30.06)
CONSTITUIDOS POR PRODUCTOS MEZCLADOS O SIN MEZCLAR, PREPARADOS PARA USOS
TERAPEUTICOS O PROFILACTICOS, DOSIFICADOS O ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR.
- Que contengan penicilinas o derivados d estos productos con la
estructura del ácido penicilánico o estreptomicinas o derivados
de estos productos.
- Que contengan otros antibíoticos.
- Que contengan hormonas u otros productos de la partida 29.37, sin antíbioticos:
-- Que contengan insulina.
-- Que contengan hormonas córtico-suprarrenales.
-- Los demás.
- Que contengan alcaloides o sus derivados, sin hormonas ni otros productos de la partida 29.37 ni antíbioticos.
- Los demás medicamentos que contengan vitaminas u otros productos de la parida 29.36.
- Los demás.
30.05
GUATAS,
CASAS, VENDAS Y ARTICULOS ANALOGOS (POR EJEMPLO; APOSITOS ESPARADRAPOS,
O SINAPISMOS) IMPREGNADOS O RECUBIERTOS DE SUSTANCIAS FARMACEUTICAS O
ACONDICIONADOS PARA LA VENTA AL POR MENOR CON FINES MEDICOS QUIRURGICOS, ODOTOLOGICOS O VETERNARIOS.
30.06
3006.10
3006.20
3006.30
3006.30
3006.40
3006.50
3006.60
PREPARACIONES Y ARTICULOS FARMACEUTICOS A QUE SE REFIERE LA NOTA 3 DEL CAPITULO.
-Los catguts estériles, las ligaduras estériles similares para suturas
quirugicas y adhesivos estériles para tejidos orgánicos utilizados en
cirugía para cerrar las heridas; laminarias estériles; hermostáticos
reasorbibles estériles para cirugía u odontología.
- Reactivos para la determinación de los gurpos o de los factores sanguíneos.
- Preparaciones opacificantes para exámenes radiológicos: reactivos del diágnostico concebidos para usar en el paciente.
- Preparaciones opacificantes para exámenes radiológicos: reactivos de diagnóstico concebidos para usar en el paciente.
- Cementos y demás productos de obturación dental: cementos para la refeccion de los huesos.
- Estuches y cajas de primeros auxilios o farmacia, equipados para cauciones de urgencia.
- Preparaciones químicas anticonceptivas a base de hormonas o de espermicidas.
Capítulo 31
Abonos.
Notas.
Este Capítulo no comprende:
la sangre animal de la partida 05.11;
los productos de constitución química definida presentados
aisladamente, excepto los descritos en las notas 2 A), 3 A), 4 A) o 5
siguientes;
los cristales cultivados de cloruro de potasio (excepto los
elementos de óptica), de un peso unitario superior o igual a 2,5 g, de
la partida 38.23; los elementos de óptica de cloruro de potasio
(partida 90.01).
Salvo que se presenten en las formas previstas en la partida 31.05, la partida 31.02 comprende únicamente:
A) Los productos siguientes:
el nitrato de sodio, incluso puro;
el nitrato de amonio, incluso puro;
las sales dobles de sulfato de amonio y de nitrato de amonio, incluso puras;
el sulfato de amonio, incluso puro;
las sales dobles (incluso puras) o las mezclas entre sí, de nitrato de calcio y de nitrato de amonio;
las sales dobles (incluso puras) o las mezclas entre sí, de nitrato de calcio y de nitrato de magnesio;
la cianamida cálcica, incluso pura, aunque esté impregnada con aceite;
la urea, incluso pura;
B) los abonos que consistan en mezclas entre sí de los productos del apartado A) precedente;
C) los abonos que consistan en mezclas de cloruro de amonio o de
productos de los apartados A) y B) precedentes con creta, yeso u otras
materias inorgánicas sin poder fertilizante;
D) los abonos líquidos que consistan en disoluciones acuosas o
amoniacales de los productos de los apartados A) 2 o A) 8 precedentes, o
de una mezcla de estos productos.
Salvo que se presenten en las formas previstas en la partida 31.05, la partida 31.03 comprende únicamente:
A) los productos siguientes:
las escorias de desfosforación;
los fosfatos naturales de la partida 25.10, tostados, calcinados o
tratados térmicamente más de lo necesario para eliminar las impurezas;
los superfosfatos (simples, dobles o triples);
ll hidrogenoortofosfato de calcio con un contenido de flúor,
calculado sobre producto anhidro seco, superior o igual al 0,2 %;
B) los abonos que consistan en mezclas entre sí de los productos del
apartado A) precedente, pero haciendo abstracción del contenido límite de
flúor;
C) los abonos que consistan en mezclas de productos de los apartados A) y
B) precedentes, con creta, yeso u otras materias inorgánicas sin poder
fertilizante, pero haciendo abstracción del contenido límite de flúor.
Salvo que se presenten en las formas previstas en la partida 31.05, la partida 31.04 comprende únicamente:
A) los productos siguientes:
las sales de potasio naturales en bruto (carnalita, kainita, silvinita y otras);
el cloruro de potasio, incluso puro, salvo lo dispuesto en la nota 1 c);
el sulfato de potasio, incluso puro;
el sulfato de magnesio y de potasio, incluso puro;
B) los abonos que consistan en mezclas entre sí de los productos del apartado A) precedente.
Se clasifican en la partida 31.05, el hidrogenoortofosfato de
diamonio (fosfato diamónico) y el dihidrogenoortofosfato de amonio
(fosfato monoamónico), incluso puros, y las mezclas de estos productos
entre sí.
En la partida 31.05, la expresión los demás abonossólo comprende
los productos del tipo de los utilizados como abonos que contengan como
componentes esenciales, por lo menos, uno de los elementos
fertilizantes: nitrógeno, fósforo o potasio.
Partida
Código del SA
31.01
ABONOS
DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL, INCLUSO MEZCLADOS ENTRE SI O TRATADOS
QUIMICAMENTE; ABONOS PROCEDENTES DE LA MEZCLA O DEL TRATAMIENTO QUIMICO
DE
PRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL O VEGETAL.
31.02
3102.10
3102.21
3102.29
3102.30
3102.40
3102.50
3102.60
3102.70
3102.80
3102.90
ABONOS MINERALES O QUIMICOS NITROGENADOS.
- Urea, incluso en disolución acuosa.
- Sulfato de amonio: sales dobles y mezclas entre si de sulfato de amonio y de nitrato de amonio:
-- Sulfato de amonio.
-- Los demás.
- Nitrato de amonio, incluso en disolución acuosa.
- Nitrato de amonio con carbonato de calcio o con otras materias inorgánicas sin poder fertilizante.
- Nitrato de sodio.
- Sales dobles y mezclas entre sí, de nitrato de calcio y de nitrato de amonio.
- Clanamida cálcica.
- Mezclas de urea con nitrato de amonio en disolución acuosa o amoniacal.
- Los demás, incluidas las mezclas no citadas en las subpartidas precedentes.
31.03
3103.10
3103.20
3103.90
ABONOS MINERALES O QUIMICOS FOSFATADOS.
- Superfosfatos.
- Escorias de desfosforación.
- Los demás.
31.04
3104.10
3104.20
3104.30
3104.90
ABONOS MINERALES O QUIMICOS POTASICOS.
- Carnalita, silvinita y demás sales de potasio naturales, en bruto.
- Cloruro de potasio.
- Sulfato de potasio.
- Los demás.
31.05
3105.10
3105.20
3105.30
3105.40
3105.51
3105.59
3105.60
3105.90
ABONOS
MINERALES O QUIMICOS, CON DOS O TRES DE LOS ELEMENTOS FERTILIZANTES;
NITROGENO, FOSFORO Y POTASIO; LOS DEMAS ABONOS; PRODUCTOS DE ESTE
CAPITULO EN TABLETAS O FORMAS SIMILARES O EN EMBALAJES DE UN PESO BRUTO
INFERIOR O IGUAL A 10 Kg.
- Productos de este Capítulo en tabletas o en forma similares o en embalajes de un peso bruto inferior o igual a 10 kg.
- Abonos minerales o químicos con los tres elementos fertilizantes: mitrógeno, fosforo y potasio.
- Hidrogenoortofosfato de diamonio (fosfato diamónico)
- Dihidrogenoortofosfato de amonio (fosfato monoamónico) incluso mezclado con el hidrogenortofosfato de diamonio (fosfato diamoníaco)
- Los demás abonos minerales o químicos con los dos elementos fertilizantes: nitrógeno y fósforo:
-- Que contengan nitratos y fosfatos.
-- Los demás.
-- Abonos minerales o químicos con los dos elementos fertilizantes: fósforo y potasio.
- Los demás.
Capítulo 32
Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus
derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas
Notas.
Este Capítulo no comprende:
los productos de constitución química definida presentados
aisladamente, con exclusión de los que respondan a las especificaciones
de las partidas 32.03 ó 32.04, de los productos inorgánicos del tipo de
los utilizados como luminóforos (partida 32.06), de los vidrios
procedentes del cuarzo o de la sílice, fundidos, en las formas
previstas en la partida 32.07 y de los tintes y otras materias
colorantes en formas o envases para la venta al por menor de la partida
32.12;
los tanatos y otros derivados tánicos de los productos de las partidas 29.36 a 29.39 29.41 ó 35.01 a 35.04;
los mástiques de asfalto y demás mástiques bituminosos (partida 27.15).
las mezclas de sales de diazonio estabilizadas y de copulantes
utilizados con dichas sales, para la producción de colorantes azoicos,
están comprendidas en la partida 32.04.
Se clasifican también en las partidas 32.03, 32.04, 32.05 y 32.06,
las preparaciones a base de materias colorantes (incluso, en el caso de
la partida 32.06, los pigmentos de la partida 25.30 o del capítulo 28,
las partículas y polvos metálicos), del tipo de las utilizadas para
colorear cualquier materia o destinadas a formar parte como
ingredientes en la fabricación de preparaciones colorantes. Sin
embargo, estas partidas no comprenden los pigmentos en dispersión en
medios no acuosos, líquidos o en pasta, de los tipos utilizados en la
fabricación de pinturas (partida 32.12), ni las demás preparaciones
comprendidas en las partidas 32.07, 32.08, 32.09, 32.10, 32.12, 32.13 ó
32.15.
Las disoluciones en disolventes orgánicos volátiles (excepto los
colodiones) de productos citados en el texto de las partidas 39.01 a
39.13 se clasificarán en la partida 32.08 cuando la proporción del
disolvente sea superior al 50 % del peso de la disolución.
En este Capítulo, la expresión materias colorantes no comprende
los productos del tipo de los utilizados como carga en las pinturas al
aceite, incluso si pueden también utilizarse como pigmentos colorantes
en las pinturas al agua.
En la partida 32.12, sólo se consideran hojas para el marcado a
fuego, las hojas delgadas del tipo de las utilizadas, por ejemplo, en
el estampado de encuadernaciones, desudadores o forros para sombreros,
y constituidas por:
polvos metálicos impalpables (incluso de metales preciosos) o pigmentos, aglomerados con cola, gelatina u otros aglutinantes;
metales (incluso metales preciosos) o pigmentos, depositados sobre una hoja de cualquier materia, que sirva de soporte.
Partida
Código del SA
32.01
3201.10
3201.20
3201.30
3201.90
EXTRACTOS CURTIENTES DE ORIGEN VEGETAL; TANINOS Y SUS SALES, ETERES, ESTERES Y DEMAS DERIVADOS.
- Extracto de quebracho.
- Extracto de mimosa (acacia)
- Extracto de roble o de castaño.
- Los demás.
32.02
3202.10
3202.90
PRODUCTOS
CURTIENTES ORGANICOS SINTETICOS; PRODUCTOS CURTIENTES INORGANICOS;
PREPARACIONES CURTIENTES, INCLUSO CON PRODUCTOS CURTIENTES NATURALES;
PREPARACIONES ENZIMATICAS PARA PRECURTIDO.
- Productos curtientes orgánicos sintéticos.
- Los demás.
32.03
3203.00
MATERIAS
COLORANTES DE ORIGEN VEGETAL O ANIMAL (INCLUIDOS LOS EXTRACTOS
TINTOREOS, CON EXCLUSION DE LOS NEGROS DE ORIGEN ANIMAL) AUNQUE SEAN DE
CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA; PREPARACIONES A QUE SE REFIERE LA NOTA 3
DE ESTE CAPITULO A BASE DE MATERIAS DE ORIGEN VEGETAL O ANIMAL.
32.04
3204.11
3204.12
3204.13
3204.14
3204.15
3204.16
3204.17
3204.19
3204.20
3204.90
MATERIAS
COLORANTES ORGANICAS SINTETICAS, AUNQUE SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA
DEFINIDA; PREPARACIONES A QUE SE REFIERE LA NOTA 3 DE ESTE CAPITULO A
BASE DE
MATERIAS COLORANTES ORGANICAS SINTETICAS; PRODUCTOS ORGANICOS
SINTETICOS DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS PARA EL AVIVADO FLUORESCENTE O
COMO LUMINOFOROS, AUNQUE SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA.
- Materias colorantes orgánicas sintéticas y preparaciones a que se
refiere la Nota 3 de este Capítulo a base de dichas materias colorantes:
-- Colorantes dispersos y preparaciones a base de estos colorantes.
-- Colorantes ácidos, incluso metalizados y preparaciones a base de
estos colorantes: colorantes mordiente y preparaciones a base de estos
colorantes.
-- Colorantes básicos y preparaciones a bas de estos colorantes.
-- Colorantes directos y preparaciones a bas de estos colorantes.
-- Colorantes a la tina o a la cuba (incluidos los que ya sean
utilizables en dicho estado como colorantes pigmentarios) y
preparaciones a base de estos colorantes.
-- Colorantes reactivos y preparaciones a base de estos colorantes.
-- Colorantes pigmentarios y preparaciones a base de estos colorantes.
-- Los demás, incluidas de las mezclas de materias colorantes de varias de las subpartidas 3204.11 a 3204.19.
-- Productos orgánicos sintéticos del tipo de los utilizados para el avivado fluorescente.
- Los demás.
32.05
3205.00
LACAS COLORANTES: PREPARACIONES A QUE SE REFIERE LA NOTA 3 DE ESTE CAPITULO A BASE DE LACAS COLORANTES.
32.06
3206.10
3206.20
3206.30
3206.41
3206.42
3206.43
3206.49
3206.50
LAS
DEMAS MATERIAS COLORANTES: PREPARACIONES A QUE SE REFIERE LA NOTA 3 DE
ESTE CAPITULO EXCEPTO LAS DE LAS PARTIDAS 32.03. 32.04 ó 32.05:
PRODUCTOS INORGANICOS DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS COMO LUMINOFOROS,
AUNQUE SEAN DE CONSTITUCION QUIMICA DEFINIDA.
- Pigmentos y preparaciones a base de dióxido de titanio.
- Pigmentos y preparaciones a base de compuestos de cromo.
- Pigmentos y preparaciones a base de compuestos de cadmio.
- Las demás materias colorantes y las demás preparaciones:
-- Ultramar y sus preparaciones.
-- Litopón, demás pigmentos y preparaciones a base de sulfuro de cinc.
-- Pigmentos y preparaciones a base de hexacionoferratos (ferrocianuros o ferricianuros).
-- Los demás.
- Productos inorgánicos de los tipos utilizados como luminóforos.
32.07
3207.10
3207.20
3207.30
3207.40
PIGMENTOS,
OPACIFICANTES Y COLORES PREPARADOS COMPOSICIONES VITRIFICABLES,
ENGOBES, LUSTGRES LIQUIDOS Y PREPARACIONES SIMILARES DEL TIPO DE LOS
UTILIZADOS EN CERAMICA, ESMALTADO O EN LA INDUSTRIA DEL VIDRIO; FRITA
DE VIDRIO Y DEMAS VIDRIOS; FRITA DE VIDRIO Y DEMAS VIDRIOS, EN POLVO,
GRANULOS, LAMINILLAS O ESCAMAS.
- Pigmentos o pacificantes y colores preparados y preparaciones similares.
- Composiciones vitrificables, engobes y preparaciones similares.
- Lustres líquidos y preparaciones similares.
- Frita de vidrio y demás vidrios, en polvo, gránulos, laminillas o escamas.
32.08
3208.10
3208.20
3208.90
PINTURAS
Y BARNICES A BASE DE POLIMEROS SINTETICOS O NATURALES MODIFICADOS,
DISPERSOS O DISUELTOS EN UN MEDIO NO ACUOSO: DISOLUCIONES DEFINIDAS EN
LA NOTA 4
DE ESTE CAPITULO.
- A base de poliésteres.
- A base de polímeros acrílicos o vinílicos.
- Los demás.
32.09
3209.10
3209.90
PINTURAS Y BARNICES A BASE DE POLIMEROS SINTETICOS O NATURALES MODIFICADOS, DISPERSOS O DISUELTOS EN UN MEDIO ACUOSO.
- A base de polímeros acrílicos o vinílicos.
- Los demás.
32.10
3210.00
LAS DEMAS PINTURAS Y BARNICES: PIGMENTOS AL AGUA PREPARADOS DEL TIPO DE LOS UTILIZADOS PARA EL ACABADO DEL CUERO.
32.11
3211.00
SECATIVOS PREPARADOS
32.12
3212.10
3212.90
PIGMENTOS
(INCLUIDOS EL POLVO Y LAS LAMINAS METALICOS) DISPERSOS EN MEDIOS NO
ACUOSOS, LIQUIDOS O EN PASTA, DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA LA
FABRICACION DE PINTURAS: HOJAS PARA EL MARCADO A FUEGO; TINTES Y
DEMAS MATERIAS COLORANTES EN FORMAS O EMBALAJES PARA LA VENTA AL POR
MENOR.
- Hojas para el marcado a fuego.
- Los demás.
32.13
3213.10
3213.90
COLORES
PARA LA PINTURA ARTISTICA, LA ENSEÑANZA, LA PINTURA DE LETREROS, PARA
MATIZAR O PARA ENTRETENIMIENTO Y COLORES SIMILARES, EN PASTILLAS,
TUBOS, BOTES, FRASCOS, CUBILETES Y DEMAS EMBALAJES O PRESENTACIONES
SIMILARES.
- Colores surtidos.
- Los demás.
32.14
3214.10
3214.90
MASILLA
CEMENTOS DE RESINA Y OTROS MASTIQUES; PLASTES (ENDUIDOS) DE RELLENO
UTILIZADOS EN PINTURA; PLASTES (ENDUIDOS) NO REFRACTARIOS DE LOS TIPOS
UTILIZADOS
EN ALBAÑILERIA.
- Mástiques: plastes (enduidos) de relleno utilizados en pintura.
- Los demás.
32.15
3215.11
3215.19
3215.90
TINTAS DE IMPRENTA, TINTAS PARA ESCRIBIR O DIBUJAR Y DEMAS TINTAS INCLUSO CONCENTRADAS O SOLIDAS.
- Tintas de imprenta:
-- Negras.
-- Los demás.
- Las demás.
Capítulo 33
Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética.
Notas.
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