Historial de reformas
por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones
3 versiones
· 1994-01-13
2022-09-20
DECRETO 108 DE 1994 — art. 18
Cambios del 2022-09-20
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##### Artículo 17. La Fiscalía General de la Nación en uso de las atribuciones consagradas en el presente Decreto no podrá exceder las apropiaciones presupuestales vigentes.
##### Artículo 18. Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente Decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4º de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.
##### Artículo 18. Declarado Nulo por el Consejo de Estado en Sentencia 001032500020180110100 de 21/09/2022.
##### Artículo 19. Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, o de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19 de la Ley 4º de 1992.
2005-03-02
DECRETO 108 DE 1994 — art. 7
1994-01-13
DECRETO 108 DE 1994
versión original
Texto en esta fecha