por el cual se promulga el "Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978"
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- Principios generales de supervivencia, con inclusión de:
- a) Importancia de la formación y de los ejercicios;
- b) Necesidad de estar preparado para cualquier emergencia;
- c) Actuación necesaria en caso de llamada a los puestos de embarcaciones de supervivencia;
- d) Actuación necesaria si hay que abandonar el buque;
- e) Actuación necesaria una vez en el agua;
- f) Actuación necesaria a bordo de una embarcación de supervivencia;
- g) principales peligros para los supervivientes.
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- Deberes especiales asignados a cada tripulante, según consten en el cuadro de obligaciones, entre ellos el de saber distinguir las señales de llamada de toda la tripulación a los puestos de embarcaciones de supervivencia, de las de llamada a los puestos de equipo contraincendios.
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- Tipos de dispositivos de salvamento que normalmente llevan los buques.
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- Construcción y equipo de las embarcaciones de supervivencia, y distintos componentes de ese equipo.
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- Características e instalaciones peculiares de las embarcaciones de supervivencia.
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- Diversos tipos de dispositivos utilizados para poner a flote las embarcaciones de supervivencia.
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- Métodos para poner a flote las embarcaciones de supervivencia con mala mar.
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- Actuación necesaria después de abandonar el buque.
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- Manejo de las embarcaciones de supervivencia con mal tiempo.
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- Utilización de la boza, el ancla flotante y el resto del equipo.
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- Racionamiento de víveres y de agua en las embarcaciones de supervivencia.
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- Métodos de salvamento con helicóptero.
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- Utilización del botiquín de primeros auxilios y aplicación de las técnicas de respiración artificial.
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- Dispositivos radioeléctricos emplazados en las embarcaciones de supervivencia, incluidas las radiobalizas de localización de siniestros.
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- Efectos de la hipotermia y prevención de ésta; uso de capotas y prendas protectoras.
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- Métodos de puesta en marcha del motor de una embarcación de supervivencia y de accionamiento del mismo y de sus accesorios, y utilización del extintor de incendios que haya a bordo.
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- Utilización de los botes de emergencia y de botes salvavidas a motor para concentrar balsas salvavidas y proceder al salvamento de supervivientes y de personas que se encuentren en el agua.
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- Modo de varar una embarcación de supervivencia en una playa*.
La Suscrita Subsecretaria 044 Grado 11 de la Subsecretaría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores,
HACE CONSTAR:
Que la presente reproducción es fotocopia fiel e integra de la copia certificada del "Convenio Internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente de Mar, 1978", suscrito en Londres el 7 de julio de 1978, que reposa en los archivos de la Subsecretaría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Dada en Santafé de Bogotá, a los veintisiete (27) días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y uno (1991).
Clara Inés Vargas de Losada
Subsecretaria Jurídica
[1] * Se supone que la potencia así consignada en la certificación del Registro o en otro documento oficial máxima potencia continúa de régimen que en conjunto tienen todas las máquinas propulsoras principales del buque
2Empopamiento: Reducción de la sonda bajo quilla que se produce cuando el buque avanza por el agua y que originan la inmersión del casco y el cambio de asiento. Este efecto se acentúa en aguas poco profundas y disminuye al reducirse la velocidad del buque.
3Los capitanes y pilotos de primera clase embarcados en buques pequeños deben conocer perfectamente las condiciones fundamentales de estabilidad de dichos buques.
Artículo 2ºEl presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíque se y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 22 de enero de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Noemi Sanin De Rubio.
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