Historial de reformas
Por el cual se expide el Estatuto Nacional del Transporte Terrestre Automotor
3 versiones
· 1970-08-25
1982-03-04
DECRETO 1393 DE 1970 — art. 37
Cambios del 1982-03-04
@@ -268,7 +268,7 @@
##### **Artículo 36.** Todos los vehículos al servicio de una empresa de transporte deberán portar en cada viaje la tarjeta de operación. La tarjeta de operación es un documento que indica la clase de servicio a que está destinado un vehículo automotor, sus especificaciones técnicas y la empresa a la cual está vinculado.
##### **Artículo 37.** La tarjeta de operación a que alude el artículo anterior será renovable cada año o antes, si se modificare la relación contractual.
##### **Artículo 37.** Derogado.
##### **Artículo 38.** El servicio de transporte en la modalidad de pasajeros, según los elementos indicativos señalados en el parágrafo del artículo 7o. de este estatuto se podrá catalogar en servicio de lujo, especial y común.
1970-08-25
DECRETO 1393 DE 1970 — arts. 15, 1, 2 y 108 más
1970-08-06
DECRETO 1393 DE 1970
versión original
Texto en esta fecha