Por el cual se autoriza la publicación de un Informe
Contestó: No tengo certeza respecto a las personas o a la persona que me pudo haber herido, pero quienes se encontraban en condiciones de poder disparar, eran los guerrilleros del M-19. Ellos se hicieron en fila contra la pared correspondiente a los orinales y ordenaron a los Magistrados de la Corte que nos colocáramos en frente de ellos y yo comprendí en ese momento que el propósito era ejecutarnos como rehenes. Por eso en lugar de irme hacia adelante, traté de irme hacia atrás, pero alguien dijo que yo era Magistrado de la Corte y no pude lograr mi propósito, además el apretujamiento era tan grande que tampoco pude moverme hacia adelante, de manera tal que permanecí en cuclillas, recostado contra la división del primer y segundo inodoro que se encontraba entrando a mano derecha. En relación con los guerrilleros del M-19 yo quedé de perfil y por eso cuando sentí que era herido en la espalda, no tuve la menor duda en relación con que eran ellos quienes disparaban. Por esa razón me hice el muerto, y permanecí en esa posición, recostado sobre el cuerpo de alguien que cayó antes que yo, hasta que pude deslizarse al primer inodoro en donde permanecí sentado tratando de resguardarme de las balas. Preguntado. Doctor Tapias Rocha, sírvase decirle al Juzgado cuántos huecos observó en la pared oriental del baño y por allí penetraron disparos que pudieran herir a personas que se encontraban dentro del baño. Contestó: Desde la posición en que me encontraba en el inodoro al cual llegué después de ser herido, vi con claridad un hueco pequeño, muy cerca de donde comenzaba el mueble de los lavamanos, esto es, casi debajo de la esquina de la mesa correspondiente. Por ese hueco que corresponde a la pared oriental del baño cualquier bala que hubiera entrado habría podido matar tan solo a las personas que se encontraban enfrente del hueco, entre las cuales se encuentran todas las personas que se encontraban en el inodoro en el cual yo me guarecí así como los guerrilleros que se encontraban recostados contra los orinales y tal vez los Magistrados que estaban cerca de la puerta de salida del baño. Tengo la casi completa seguridad de que por ese hueco no entró ninguna bala, ya que los Magistrados y demás personas que resultaron muertos y heridos dentro del baño, fueron precisamente los que quedaron enfrentados a los guerrilleros y no las personas que quedaron en frente del hueco...».
De la transcripción que se deja hecha, varias son las conclusiones que se pueden extraer:
Primera. Testigos hay que dicen haber visto entrar al baño bombas o granadas que allí estallaron y causaron algunas muertes.
Esta afirmación es totalmente equivocada. Ninguna bomba o granada estalló dentro del baño porque no hay el más leve rastro de tal estallido y porque ninguno de los rehenes fallecidos murió por explosión. El Magistrado Horacio Montoya Gil murió fuera de ese recinto.
Segunda: Con excepción del Secretario del Consejo de Estado, quien dice haber visto disparar hacia afuera y hacia adentro por el orificio de la pared, los demás testigos excluyen una u otra posibilidad. Los unos que solamente se disparó hacia adentro, los otros que sólo se disparó dentro o desde dentro.
Para el Tribunal, los disparos que quitaron la vida de los rehenes en el baño, fueron hechos por los guerrilleros que dominaban aquel sitio). Con ello se da crédito, plenamente, a lo expuesto por el Magistrado Tapias y por la funcionaria Alba Inés Rodríguez, quienes testifican, como alguien lo decía, refiriéndose a un caso similar con su voz, sus sentidos y muy especialmente con sus heridas.
Siguiendo el plano del baño, la ubicación de los heridos y de los guerrilleros, la posición de unos y otros respecto del orificio en la pared, no puede concluirse de otra manera sino imputando a personas colocadas en el interior las lesiones inferidas a los rehenes. La situación de las heridas y la posición en que se encontraban quienes las recibieron, impone la conclusión de que sus atacantes se encontraban de perfil y no de frente.
Tal como se encontraban colocados el Magistrado Tapias y la señorita Rodríguez, de haber recibido las heridas en el torax, región , anterior, no se vacilaría en afirmar la conclusión contraria.
Afortunadamente estas situaciones se definen por el mismo reconocimiento médico que no es testimonio susceptible de recibir influencias como aquellas que afectan al sentido de los testimoniantes y que, declarando la verdad que creen haber percibido, están equivocados de buena fe.
El punto fundamental, materia de enfrentamiento testimonial, es si se disparó o no dentro del recinto ocupado por guerrilleros y rehenes. Cree el Tribunal que con lo expuesto es suficiente para pronunciarse por la afirmativa. Existe, sin embargo, corroboración que ratifica sobradamente este punto de vista. Tiene que ver con la prueba sobre las circunstancias que produjeron las muertes de los Magistrados Gaona Cruz y Montoya Gil.
Según el abogado Gabriel Salom,
«...Manuel Gaona me tomó a mí de la mano y empecé a salir con él y con otro Magistrado que no le vi la cara, porque no podía yo caminar, yo me arrastraba y ya en la puerta del baño nos dijo el comandante: Tranquilos que a ustedes no les va a pasar nada, ya que son mi última salvación. También le oí en forma confusa que el comandante decía que había perdido su última carta. Segundos después y siguiendo en la misma posición de sentados en el suelo, oí nuevamente que Manuel Gaona le daba las gracias por tomar tan sensata decisión, es decir, porque al parecer se iban a rendir y nosotros íbamos a ser los rehenes que en cierto modo los íbamos a proteger. Sin embargo cuando nos dijo que siguiéramos recostados muy cogidos de la mano, sentados en el corredor, Manuel le dijo que eso no podía ser, que nosotros no íbamos a ser carne de cañón, porque nos iban a sacar donde estaba el fuego cruzado, que eso no podía ser porque de todas maneras nos iban a matar y fue en ese momento y sin habernos movido de nuestro sitio cuando empezaron a disparar contra nosotros y sentí un fuerte golpe en la espalda, que me botó hacia el rincón y en seguida pesadamente cayó sobre mi cabeza la de Manuel Gaona, quien manaba por la misma gran cantidad de sangre. También en ese momento sentí los primeros impactos de bala en mis piernas, toda vez que inicialmente sentí unos fuertes corrientazos y un calor extraordinario para perder posteriormente toda sensibilidad en las mismas. En esta posición, es decir, debajo de Manuel Gaona, permanecí yo creo que por espacio de una hora y pude advertir que Gaona estaba exangue...».
Más adelante da una declaración complementaria y explicativa muy convincente:
« . . . Preguntado: ¿ Quién mató a Gaona Cruz, el ejército o los guerrilleros Contestó: No tengo la certeza absoluta de que lo hubiera matado el ejército o la guerrilla, pero dada la ubicación y la forma en que nos sacaron presumo que fue la guerrilla, pues el otro Magistrado que venía con nosotros y que fue el que me golpeó en la espalda cuando cayó, murió en un sitio donde era imposible que lo alcanzaran las balas del ejército, pues en primer lugar en ese sitio estaban como cinco o seis guerrilleros parados y en segundo lugar el sitio donde había fuego cruzado, está aproximadamente a un metro de donde le dispararon a Gaona y donde yo permanecí inmóvil. Posiblemente me dicen que el otro Magistrado era Horacio Montoya, pero dado el nerviosismo y las circunstancias tan rápidas, no puedo precisar con exactitud. No creo que haya sido el ejército porque los guerrilleros estaban parados y nosotros sentados... ».
Esta última parte requiere otra explicación y la da en la siguiente respuesta:
«. . .Preguntado: ¿Quién le causó las heridas de bala en las piernas Contestó: No lo puedo precisar, porque como lo dije anteriormente, la cabeza mía estaba contra el rincón y encima mío el cuerpo de Gaona y por consiguiente no pude ver qué persona hizo los mencionados disparos, pero en el sitio donde estábamos era imposible que las balas provinieran del ejército, pues solamente una persona que estuviera parada alrededor nuestro podía causar las heridas, toda vez que estábamos postrados en el suelo. . . ».
Existe sobre este acontecimiento de la muerte del Magistrado Gaona Cruz un plano que, para mejor comprensión de lo que se expone a continuación, se acompaña en copia. Allí aparece la ubicación final del cadáver y del cuerpo del testigo Salom, precisamente en el ángulo que forman las paredes oriental y septentrional del descanso de la escalera.
Los dos rehenes salieron del baño; el recorrido lo hacían siguiendo la pared oriental y no habían cambiado de rumbo cuando se produjeron los disparos que ocasionaron la muerte del Magistrado. Dos impactos de proyectil de arma de fuego penetraron por el parietal izquierdo el primero, y por la cara lateral derecha del cuello el segundo, con orificios de salida en el temporal derecho y en el conducto auditivo izquierdo, respectivamente.
La trayectoria o dirección de la primera es, nítidamente posterior anterior, mientras que la segunda se orienta con claridad en forma transversal de derecha a izquierda.
La que penetró por el parietal debió tener origen en persona que se encontraba atrás, ligeramente a la izquierda de la víctima. El autor de la segunda no pudo estar ubicado a la izquierda. Para ello era necesario que el rehén se encontrara en camino hacia el baño, no saliendo de él.
Si se pretendiere que el autor de la primera lesión accionó su arma desde el ángulo superior de la escalera, o sea en el tercer piso, y a la izquierda de la víctima, el orificio de salida no podría haberse dado en el temporal derecho. Y, mucho más importante todavía, la segunda lesión (cara lateral derecha del cuello) se encuentra en el lado contrario al supuesto autor.
Es conclusión lógica, pues, que las lesiones padecidas por el doctor Gaona fueron producidas por persona o personas ubicadas en la puerta del baño.
También las heridas que presenta el cadáver del doctor Horacio Montoya Gil contribuyen a la demostración plena de que los disparos se hicieron en el interior del baño. En efecto, el Protocolo de autopsia numero 3774 dice, al describir las lesiones que presenta el cadáver del Magistrado:
«1.1. Orificio de entrada por proyectil de arma de fuego de 2 x 1.5 cms. a 11 cms. del vértice y 2 cms. de la línea media. Localizado en ojo izquierdo.
- 1.2. Orificio de salida por proyectil de arma de fuego no hay.
- 1.3. Lesiones: piel del párpado superior, penetra globo ocular produciendo estallido, se localiza en el borde inferior externo del agujero periorbitario en donde se encuentra una vainilla».
Como causa de la muerte se estableció que fue un "Shock hipovolemico producto de laceración pulmonar derecha, todo ello a causa de heridas múltiples por elemento explosivo".
La lesión que le produjo la vainilla en el ojo izquierdo no fue, pues, según Medicina Legal, la causa de la muerte. Este impacto lo recibió antes de haber sufrido la explosión que laceró el pulmón y produjo el deceso. El doctor Montoya salía detrás de Gaona, no pudo salir antes, se ignora a qué distancia porque Salomón lo identifica, aunque presume que sea el quien le seguía y quien cayó sobre su espalda. Es esta una versión aceptable.
El Magistrado Murcia Ballén encuentra a su colega Montoya al pie de la primera escala ascendente, aún con vida y con la cara ensangrentada, luego de lo cual se produce la explosión de una granada tal como él lo relata.
El doctor Montoya había salido al descanso de la escalera detrás de Gaona y de Salom, como se dejó dicho, y muy probablemente junto con los abogados Romero y Urán en momentos en que se aventuraban a una salida tal vez apresurada y sin consentimiento de todos los captores que los custodiaban. Allí cayeron varios de ellos; por lo menos Gaona y Montoya.
En un principio domino entre los guerrilleros que todos los caidos habían muerto cuando sólo Gaona de entre ellos había recibido heridas fatales. Los guerrilleros (quienes con este hecho demuestran que dominaban el descanso y por lo tanto quienes allí cayeron no fueron víctimas de balas oficiales) consideraron que la permanencia de los cuerpos en aquel sitio dificultaba las operaciones defensivas y habiéndolos calificado como "estorbos" los desplazaron hacia la escalera que conduce al segundo piso.
Ejecutada esta disposición, fue posible que el doctor Murcia Ballén encontrara en el sitio por él señalado al doctor Montoya, aún con vida, para perderla inmediatamente como consecuencia de la explosión de una granada que, con toda seguridad, fue lanzada al descanso por alguno de los sitiadores del baño.
La lesión inicial, tan impresionante por la ubicación y por los destrozos que causó, pudo recibirla el doctor Montoya al ser disparada un arma automatica a muy corta distancia de su cara cuando la vainilla, violentamente expelida, vino a alojarse en su ojo izquierdo. El se encontraba muy cerca de la puerta del baño cuando uno de sus ocupantes disparaba contra su colega Gaona.
Los peritos de Medicina Legal, son de opinión que una explosión pudo producir el desplazamiento de la vainilla hacia el ojo del doctor Montoya, pero la declaración del Magistrado Murcia Ballén, quien claramente diferencia con el tiempo la explosión de la lesión en la cara, hace considerar poco probable esta ocurrencia apuntada por los peritos como posible.
Otro hecho, este sí final, respalda definitivamente las afirmaciones sobre disparos en el interior del baño:
El chofer Luis Humberto García, inocentemente convencido de que la ubicación de los Magistrados en primera línea les daba ciertos privilegios y los protegía mejor, buscó y obtuvo ubicación con ellos, situándose delante de su colega José Antonio Reina. El Magistrado Tapias Rocha, más realista que García se hizo detrás de Reina, pero en la misma línea de tiro, mientras que Alba Inés Rodríguez se colocaba detrás del Magistrado. Todos, con excepción de Reina, a quien protegió el cuerpo de García fueron heridos con mayor o menor gravedad: García murió instantáneamente, mientras que Tapias Rocha y Rodríguez sobrevivieron.
Muchas explicaciones se han intentado para esta conducta de los guerrilleros. Ya se vio como los Magistrados Camacho, Tapias Rocha y Buitrago vieron en la disposición final de guerrilleros y rehenes un principio de ejecución o fusilamiento.
Se dijo también que el criterio de Almarales era el de colocar a los Magistrados en las proximidades de la puerta de entrada para crearse protección pensando en que la certeza de su inmolación por el invasor detendría a éste.
Habiendo ubicado de esa manera a los rehenes, por categorías descendentes, los mayores en primera línea de peligro, se estaría reproduciendo produciendo la escena del captor que se escuda en el cuerpo del secuestrado para evitar la acción armada de las autoridades.
De los planos elaborados se desprende que no se daba tal situación porque el interior del baño, donde se formaron las filas de rehenes, no era perceptible por los supuestos atacantes y no se producía en ellos efecto disuasivo alguno.
Según varios testimonios de rehenes, se puede concluir en unatercera interpretación asumida por los guerrilleros.
Tales testimonios dan fe de un hecho que parece perfectamente acreditado: la simultaneidad entre la explosión que dio a tierra con el toallero empotrado en la pared oriental y la lluvia de balas que cayó sobre los prisioneros.
Muy expresivo es, al respecto, el dicho del doctor Ricardo Correal Morillo, Secretario de la Sala Constitucional de la Corte:
« En una hora que no puedo precisar, una onda explosiva retumbó el baño y simultáneamente, metralla y bala de pistola sobre los rehenes apostados en el suelo».
Esta simultaneidad hizo incurrir en error a numerosos testigos que creyeron ver en la explosión la causa de la muerte de varios rehenes (Doctora Bernal, señora de Navarrete, entre otros), cuando la verdad es que perdieron la vida por lesiones causadas con proyectil de arma de fuego, como se desprende en las correspondientes necropsias.
Es cierto que instantes después de la explosión, casi coincidiendo con ella, los testigos comprobaron la muerte de dichos rehenes y por esa simultaneidad incurrieron en la inocente equivocación que la necropsia viene a poner en evidencia.
Recomponiendo la escena se tiene que los guerrilleros habían formado a los rehenes en las filas y para los fines que algunos de ellos expusieron. En esos momentos --sin que importe la cuantía del intervalo--, se produce el estallido que hace desprender el toallero y que, sin dudas, convence a los captores de que se ha iniciado el ataque final que ellos esperaban y que pretenden evitar con la disposición de los rehenes que habían adoptado.
Ese ataque era esperado por la puerta de entrada y ello se explica por la ubicación de los rehenes. Sin embargo se produce por el extremo opuesto y hacia este disparan los guerrilleros casi automática o irreflexivamente. Las víctimas de la equivocación las conocemos suficientemente.
Esta interpretación se identifica mejor con la conducta asumida por los guerrilleros frente a los rehenes a lo largo del cautiverio y especialmente a la culminación de éste cuando los liberaron tranquilamente y sin condiciones.
No se ha podido determinar, individualizándolos, el autor o los autores de cada una de las muertes o de las lesiones. Las sindicaciones no llegan hasta el nivel personal. Los rehenes se abstienen de mencionar personas cuando se trata de hacer imputaciones.
Ya fueron interrogados todos los cautivos y no se cree posible que en el futuro se llegue a concretar una acusación en este
aspecto.
LOS DESAPARECIDOS.
Dos grupos bien definidos existen que pueden ser cobijados bajo esta denominación.
El primero está integrado por los empleados de la cafetería una visitante habitual del Palacio la doctora Gloria Anzola de Lanao, y dos visitantes ocasionales, doña Norma Constanza Esguerra, proveedora de pasteles y tortas de la cafetería, y doña Lucy Amparo Oviedo de quien sus familiares informan que luego de una visita al Tribunal Superior del Distrito, planeaba encontrarse con su paisano el doctor Alfonso Reyes Echandía, para solicitar su intercesión ante quien tramitaba su aspiración de conseguir empleo en la rama jurisdiccional.
El segundo grupo lo forman los guerrilleros que lograron salir con vida del Palacio de Justicia cuando se produjo la recuperación por las Fuerzas Militares, de quienes se ha perdido toda huella: se tiene por ahora la plena identificación de Irma Franco Pineda y de Clara Enciso.
Tratemos el caso del primer grupo:
Los trabajadores de la Cafetería eran: Carlos Augusto Rodríguez, Administrador; Cristina del Pilar Guarín Cortés, Cajera Interina; el Chef David Suspes Celis, Luz Mery Portela León, Ana Rosa Castiblanco, Bernardo Beltrán Hernández, Héctor Jaime Beltrán y Gloria Stella Lizarazo.
La cafetería funcionaba normalmente y es de presumir que los empleados se preparaban para atender a la clientela que habitualmente tomaba allí su almuerzo.
Norma Constanza Esguerra llegó a esa hora para cumplir sus compromisos, acompañada de una prima suya, minusválida, de nombre Amparo Peña, quien permaneció esperándola dentro de su automóvil estacionado frente a la Catedral por la carrera 7º en la acera occidental.
Ha sido imposible encontrar a estas personas vivas o muertas. De ahí su denominación de desaparecidos.
Se dio importancia excepcional a la investigación de estas desapariciones y por tal motivo se encargó a un juez --el Noveno de Instrucción --para que adelantara las pesquisas necesarias. El Juez oyó a todos los familiares, evacuó las citas que ello6 hicieron, celebró larguísimas y repetidas sesiones de observación de las películas filmadas por las programadoras de televisión sobre liberación de rehenes, todo sin resultado positivo alguno en cuanto a la localización de los desaparecidos.
No puede decirse que todo en esta parte de la investigación haya sido negativo. Hay indicios de bastante entidad sobre la suerte corrida por estas personas.
Se explicó al principio que el plan de la toma comprendía la concentración de los rehenes en las salas de deliberación de la Corte. Esto es comprensible porque el reducido número de los participantes en la acción no permitía su dispersión en la custodia de agrupaciones pequeñas de rehenes y, además, perdía entidad la captura. Fue así como, a lo sumo, se formaron tres grupos: dos en el cuarto piso (uno era el de los rehenes fundamentales) y el tercero que al final vino a ser el que guardaba Almarales en la Zona Noroccidental.
La Cafetería disponía, por razón de los servicios que prestaba, de una escalera privada que la comunicaba con el sótano por donde se proveía de elementos de consumo, y con los pisos segundo y tercero, para la atención de aquellas personas y entidades que ocupaban las partes altas del edificio (ej. reuniones de Sala Plena).
Para acceder al cuarto piso desde la Cafetería y por esta escalera privada, era necesario hacer un recorrido por el corredor del tercero, aledaño a la tribuna superior del salón de audiencias y ascender luego por la escalera principal del sector sur.
Hechos hay que indican el traslado de los ocupantes de la cafetería al cuarto piso por la vía que se deja descrita:
En el corredor mencionado, los soldados que avanzaban ocupando el sector, hallaron tortas o pasteles que, hambreados, consumieron a pesar de naturales recelos sobre trampa o "cazabobos" como ellos denominan los artefactos dispuestos para destruir soldados incautos. Estos pasteles tuvieron que ser llevados de la cafetería y no parece probable que tengan origen distinto a la fábrica de la proveedora, señorita Esguerra, quien minutos antes acababa de surtir la despensa del establecimiento.
Véase sobre este episodio la declaración del soldado Manuel Eduardo Becerra Rojas, rendida ante el Juez 77 de Instrucción Criminal.
Así mismo, en el cuarto piso, al lado de los restos calcinados de un cadáver no identificado, se encontraron objetos de adorno personal que los familiares de la misma señorita Esguerra reconocieron como de su pertenencia y que, precisamente, usaba el día de la tragedia.
Capítulos atrás se dejó establecido que en el piso cuarto se encontraban presencia explicable y justificada) treinta y tres personas, así: nueve Magistrados, tres Magistrados Auxiliares, doce Funcionarios de Secretaría, el Capitán de la Policía, los cinco integrantes de la escolta de los Magistrados, la Ascensorista y dos visitantes ocasionales.
Veinticinco personas, además, que no hacían parte de la nómina de la Corte o del Consejo y que no visitaban profesional u ocasionalmente a estos organismos, perecieron en el cuarto piso. Si quince asaltantes murieron en otros sectores del Palacio y fueron plenamente identificados, debe concluirse que catorce de esas veinticinco personas que perecieron allí eran guerrilleros y los restantes eran ajenas tanto a las instituciones como a la guerrilla.
Estos cadáveres no identificados, que no corresponden a guerrilleros, que no son de empleados porque la nómina aparece completa entre sobrevivientes e incorporados a las listas de fallecidos ya citadas, son, incuestionablemente, de personas desaparecidas. Y las únicas de que se ha dado cuenta a la autoridad, durante estos acontecimientos, son las mencionadas al principio de este capítulo.
No hay, de otra parte, la menor evidencia sobre evacuación de estas personas. Ninguno de los rehenes liberados, conocedores en su mayoría de estos empleados que diariamente les atendían en sus comidas o refrigerios, los menciona como presentes en el edificio a partir de la toma o como fuera de él, después de la recuperación.
En las películas que, con notable minuciosidad se tomaron sobre la salida de liberados, no aparece ninguno de los empleados o visitantes vinculados a la cafetería.
Para el Tribunal es evidente que no tenían vinculación alguna con la guerrilla. Eran rehenes como cualesquiera otros y, en tal carácter fueron sometidos al tratamiento que dispensaron los guerrilleros a los demás capturados. Aparece como hecho cierto, que su lugar de trabajo fue ocupado en losmomentos iniciales de la toma, con lo cual se está diciendo que no hay lógica en el planteamiento, según el cual estos rehenes deberían haber recibido un tratamiento distinto por los guerrilleros consistente en eximirlos de captura y custodia cuando el plan general era el de concentrar todo el personal encontrado en el Palacio.
La colaboración testimonial de este hecho trascendental la suministra Eduardo Matzon Ospino, el estudiante de Derecho a quien se ha hecho referencia en el curso de este informe y quien se encontraba en la cafetería en los momentos iniciales del asalto.
De su declaración rendida en Cartagena ante el Juez 77 de Instrucción Criminal (folio 306) se toman los siguientes apartes:
«... Llegando yo a la cafetería, Yolanda entro... quedándome yo fuera de la cafetería y preguntando a un mesero, por la oficina del doctor Urrego, cuando él me explicó diciéndome que quedaba en el mismo primer piso pero en el fondo, empezó un ruido de bala, de balacera, quedando todos perplejos y pensando que había sido en las afueras del Palacio, pero en esos momentos una mujer vestida de sastre azul sacó un arma intimidando a los presentes a que entraran detrás de la barra del mostrador del restaurante, Yolanda que no alcanzó a encontrar el baño salió asustada gritándole yo que corriéramos y jalándola yo del brazo corrimos hacia el segundo piso sintiendo yo que la mujer de sastre azul nos hacía disparos por la espalda, afortunadamente no hiriendo a ninguno de los dos, tomamos las escaleras que están a la izquierda de la cafetería hacia el segundo piso donde nos tiramos al suelo en el pasadizo del segundo piso...».
El Tribunal, a pesar de todo, inquirio con insistencia ante las autoridades militares de todo nivel sobre la captura de supuestos guerrilleros y obtuvo, solamente, una lista de remitidos a las autoridades de policía, a quienes se oyó en declaración confirmatoria de su inicial retención. Allí no figura alguno de los desaparecidos mencionados en este aparte del informe. (Véase la declaración rendida por el General Armando Arias Cabrales, Comandante de la Décima Tercera Brigada ante el Juez 6º de Instrucción Penal Militar).
Con un principio, apenas, de confirmación de los indicios enunciadas, tómese en cuenta que entre los rehenes del cuarto piso se encontraban dos señoras embarazadas, según afirma el Consejero Jorge Valencia Arango por haberlo oído al Presidente de la Corte, y que la testigo Deyanira Lizarazo (folio 638 del expediente levantado por el Juez 9º de Instrucción Criminal), confirma la versión de que su hermana Gloria Stella Lizarazo, encargada de la sesión de autoservicio de la cafetería, efectivamente se encontraba embarazada.
Caso diferente es el de las guerrilleras Irma Franco Pineda y Clara Helena Enciso.
La primera fue fácilmente reconocible porque su presencia fue exageradamente notoria en varias dependencias del Palacio: primeramente en las del Consejo de Estado cuando se preparaba, desde dentro, para colaborar en la ocupación. Fue vista por muchos funcionarios.
Luego, porque los rehenes mantenidos en el baño la identificaron con mucha facilidad por su atuendo que la diferenciaba claramente de sus compañeras de aventura revolucionaria: usaba ella una falda a cuadros o escocesa, botas altas y blusa de color beige. Además, su aptitud, la hacia foco de todas las miradas: fue ella la encargada del suministro de provisiones de todo orden a los guerrilleros, generalmente a la puerta del baño.
Esos rehenes que la tuvieron frente a sí durante todas esas horas, la identificaron sin dudar cuando la vieron en la Casa del Florero, luego de la evacuación.
El acervo probatorio sobre este episodio es abundante.
Magallys Arévalo: (Empleada de la Cafetería interna), dice queen la Casa del Florero vió "a la guerrillera que en todo momento estuvo de civil, la de la falda escocesa, blusa beige y botas de color café ..., a ella la vi en la Casa del Florero, no dentro sino afuera, recostada en un carro que está cerca a la iglesia y a un militar estaba ahí, eso fue tan rápido y a mí me metieron a la Casa del Florero que no supe más".
Héctor Darío Correa: (Citador de la Sala Constitucional), dice: "con nosotros salió una guerrillera, precisamente la que decía que era como pecosita, de pelo largo, de falta escocesa larga, blusa morada y medias negras, la cual habían subido al segundo piso" (de la Casa del Florero).
José William Ortiz: (Conductor de la Corte), informa que: "un señor que no sé de que fuerza pública era, me mostró la foto de la cédula de una de las guerrilleras que había estado cuidándonos, y me dijo que si conocía esa persona, le dije que no la conozco pero esta persona fue la que estuvo constatemente con un revolver cuidándonos en el baño, me dijo que si yo la veía entonces que la identificara porque varias personas que salieron antes que yo la habían identificado, entonces me pusieron entre una mata para que ella no me viera, y en el segundo la pude ver y dije que efectivamente era ella, era la de la falda larga de paño a rayas y blusa de color habano, y botas largas, y se encontraba, ahí vestida igualmente..."
Carmen Elisa Mora Nieto: Dice: "La otra morena, delgada, fue la que reconocí en la Casa del Florero, tenía botas, una falda larga un poquito más abajo de la rodilla, las botas no eran largas sino como hasta la (sic) o como unos cinco o seis centímetros abajo de la rodilla...".
La doctora Betty Quintero G., (abogada), dice: "la que decían Mariana permaneció con la ropa que tenía, botas, falda y si salió, y yo la vi en el segundo piso de la Casa del Florero...
Las declaraciones de los empleados de la Casa del Florero quienes tuvieron oportunidad de observar detenida y serenamente a los asilados en dicho museo y describen con gran precisión a la mujer, confirman plenamente los testimonios copiados. Por último deponen sobre el hecho de que a las ocho de la noche del día 7 de noviembre ella fue sacada en un campero con destino desconocido hasta hoy.
Esta guerrillera no ha aparecido y, por lo tanto, se debe continuar la investigación hasta sus últimas consecuencias.
Se habla de otra guerrillera que logró salir con los rehenes liberados; sobre su situación no hay la consistencia probatoria que existe respecto de la anterior.
Los pocos testigos que la mencionan se refieren a "la mona" con el alias que le endilgaron durante su cautiverio por el color de su cabello. Las fotos publicadas en la prensa sirvieron para su identificación y, las diligencias adelantadas por los investigadores condujeron a una solicitud de empleo que ella presentó en los Laboratorios CIBA el 11 de mayo de 1974 bajo el nombre de Clara Helena Enciso.
Lo más significativo dentro de la comprobación de su salida del Palacio es la figuración en las listas de rehenes liberados que elaboraron miembros de los cuerpos de inteligencia, de Clara Enciso Contreras en una, de Gloria Enciso Contreras Obando en otra, mientras que en la tercera tal nombre se omite por completo.
Queda, pues, la convicción de que Clara Helena Enciso salió ilesa del Palacio de Justicia en el último grupo de evacuados y que fue llevada a la Casa Museo del Florero. Su destino final es desconocido.
Hay, también, vagas referencias a una pareja de guerrilleros, cuyos nombres no se mencionan y apenas se da un dato intrascendente sobre su atuendo, en uso de blujeans en ella o el color de la piel (moreno él), sin que las informaciones avancen de ahí. La imprecisión o la lévedad de los datos no pueden utilizarse para suspender la averiguación.
Finalmente, debe mencionarse aquí el caso del conductor de la Fiscal del Consejo de Estado doctora Gloria de Castro, y de los estudiantes del Externado de Colombia Eduardo Matzon Ospino y Yolanda Santodomingo Alberecci porque sobre la suerte que ellos corrieron a lo largo del sangriento episodio se han elaborado hipótesis que conviene despejar.
El primero, de nombre José Eduardo Medina Garavito, ha figurado siempre entre los fallecidos en el baño. La duda sobre la forma en que se produjo su muerte nace de que la testigo Magallys Arévalo, empleada del Ministerio de Justicia en el ramo de Servicios Generales, declara haberle visto en la Casa del Florero, entre los rehenes liberados con vida. Se plantea, así, una fuente de incertidumbre que no alcanzó a desvelarse durante el término de la investigación.
Los estudiantes, en cambio, salieron del palacio y sobre ellos se estableció fuerte sospecha de que pertenecían al grupo asaltante. Su traslado a la concentración del Museo del 20 de Julio fue aparatoso. Todo hacía creer que dos guerrilleros habían sido capturados y bajo esa identificación se les llevó al provisional centro de retención.
Después de largos interrogatorios en el segundo piso, de procurarse su identificación como subversivos, fueron trasladados a otras dependencias oficiales habiendo sido objeto de malos tratos y de amenazas que causaron graves perturbaciones todavía perceptibles en los momentos en que rendían sus exposiciones ante los instructores.
Los dos jóvenes fueron liberados esa misma noche, es verdad luego de que se hicieron las comprobaciones de rigor sobre su identidad e inocencia. No quiere esto decir que ahí haya terminado el caso. Se buscará que ellos, una vez recuperen la tranquilidad o la serenidad hagan los reconocimientos respectivos en procura de la consigna sanción para quienes abusaron de las funciones con que la sociedad les ha investido.
Quedaría incompleto este capítulo si no se hiciera mención del inicuo tratamiento que sujetos de perversidad incuestionable dieron a los acongojados familiares de los desaparecidos. Es uno de los capítulos más dolorosos porque a tiempo que alimentaba esperanzas conturbaba el ánimo ya en exceso adolorido.
Nos referimos a los desalmados que utilizaron el teléfono para, anónimamente, dar informaciones sobre encarcelamiento y crueles torturas a todos los desaparecidos. Muy pocos escaparon a esta sí real tortura. No vale la pena extenderse en ella aunque tampoco se puede ocultar.
Baste como ejemplo inicuo que el hijo del Magistrado Montoya Gil recibió informaciones telefónicas anónimas según las cuales su padre se encontraba vivo en la Casa del Florero, cuando ya era un hecho que había fallecido en las circunstancias que se han dejado relatadas.
ACTIVIDADES PRELIMINARES DE LA INVESTIGACION, ERRORES PROTUBERANTES.
Concluidos los enfrentamientos, el Comandante de la Décima Tercera Brigada, en compañía de otros oficiales, procedió a efectuar un recorrido de las áreas en las cuales se cumplieron las últimas acciones. Fue así como hizo un reconocimiento de las escaleras y del baño situados en el segundo y tercer pisos del costado norte del edificio. Encontró en el lugar los cadáveres de rehenes y guerrilleros en un número que exactamente no fue precisado. En ese momento todo el Palacio de Justicia y obviamente el baño y las escaleras se encontraban bajo el dominio y control pleno de las Fuerzas Militares. Las gentes no tenían acceso a él por las barreras establecidas desde los primeros minutos después de ocurrido el ataque guerrillero. Estas circunstancias hacían presumir que los funcionarios de Policía Judicial y los Jueces de Instruccion, tenían el camino despejado para iniciar la investigación, sin pérdida de tiempo, procediendo al levantamiento de cadáveres, una vez hechas las diligencias de reconocimiento de los mismos.
Era de esperarse que la identificación de cadáveres se cumpliera a tiempo que los funcionarios simultáneamente obtendrían las primeras pruebas con la cooperación de familiares y amigos, quienes angustiados habían acudido a indagar por la suerte de personas que sabían se encontraban, o debían encontrarse, en el interior del Palacio, al cumplirse el ataque.
Inexplicablemente, las autoridades militares no esperaron a que los competentes funcionarios de la investigación hicieran lo que legalmente les correspondía hacer. Primero, ordenaron la incautación de armas, provisiones y material de guerra, después la concentración de cadáveres en el primer piso, previo el despojo de sus prendas de vestir y de todas sus pertenencias. Algunos de estos cadáveres, no se sabe porqué, se sometieron a cuidadoso lavado. Con tal proceder se privo a los funcionarios encargados de las diligencias de levantamiento de importantes detalles que a la postre dificultaron la identificación de los cadáveres y crearon el desorden y el caos. El punto de partida, por lo visto, innecesariamente fue contraproducente al buen manejo de la investigación. Queremos respaldar nuestros asertos, con relatos de los testigos que dan cuenta de los equivocados actos con que se le dio principio a la investigación.
El Mayor Carlos Fracica Naranjo, al respecto declaró:
«... El señor General Arias Comandante de la Décima Tercera Brigada una vez penetré con el primer pelotón y se ocupó el primer piso de las instalaciones, él se hizo presente en este sector y permaneció con la dirección de toda la operación hasta su finalización recorriendo los diferentes pisos y efectuando las diferentes coordinaciones con los comandos superiores. Terminada la operación cuando a él se le informó los resultados, él bajó del cuarto piso y posteriormente ordenó trasladar a los cadáveres hacia el patio donde se encontraba la estatua de Márquez, para que el personal de Medicina Legal realizara las identificaciones y levantamiento de los cadáveres; en esta actividad aprecié nuevamente la entrada del señor Comandante de la Policía Bogotá, quien coordinaba directamente esta labor de identificación y de reconocimiento dactiloscópico . . . ». (Folio 17,Juzgado 30).
El Capitan Rafael Mejia Roa, Orgánico de la Escuela de Artilleria, expresó:
«. . . Eran ya aproximadamente las 14:30 horas cuando sucedieron estos hechos, donde logramos entrar al sector de los baños donde encontramos aproximadamente de diez a quince guerrilleros totalmente muertos, también se encontraban allí aproximadamente unos cinco civiles entre ellos unas dos mujeres y sus cuerpos estaban sin vida, acto seguido recibí la orden del Comandante de la Brigada de concentrar totalmente la Bateria, sacar todo el personal militar y de la Policía Nacional que allí se encontraba, proceder a recoger todos los muertos de los diferentes pisos, bajarlos al primer piso donde allí se encontraba la Policía Judicial realizando el procedimiento de rigor, siendo ya las 18:30 horas y ya prácticamente concluida la labor de la Policía Judicial, la Bateria abandonó el Palacio de Justicia y nos dirigimos a la Escuela de Artillería...». (Folio 99, Juzgado 6º de Instrucción Penal Militar).
El Mayor Fernando Millán Pérez, Orgánico del Batallón Guardia
Presidencial, declaró:
«... Esta operación de registro y ocupación continuó hasta aproximadamente las tres y media de la tarde cuando fueron reducidos los últimos integrantes de este grupo subversivo, los cuales se habían hecho fuertes a la entrada de los baños antes citados. Una vez concluida esta operación se procedió a retirar el personal y a concentrar los cadáveres en el patio interior del Palacio para la práctica de las diligencias legales . . . ». (Folio 69, Juzgado 6º).
El Sargento Segundo Luis José Mozo Moreno, declaró:
«... Preguntado. ¿Observó usted si al baño donde se encontraron los cadáveres subieron jueces a hacer los respectivos levantamientos Contestó: Sinceramente no ví a ninguno, yo duré todo allá porque mi grupo fue el que bajó los cadáveres, luego de ahí subieron arriba (sic) y bajaron los otros cadáveres, yo no fui; también bajaron a una señora de un ascensor que según dicen era la mamá de un soldado, llamado Monsalve, ella trabajaba ahí como ascensorista... Preguntado: ¿Quién dio la orden de que los cadáveres fueran bajados y en qué sitio fueron colocados Contesto: Mi Comandante el Capitán Mejía ...». (Folios 81-82, Juzgado 30).
El Teniente Jairo Enrique Vera Llanes, de la Escuela de Artillería, dijo :
«... No se, yo no me fijé, lógico que los cadáveres sí los bajaron al primer piso, pero no sé si los levantamientos los hicieron arriba o abajo...,>. (Folio 72, Juzgado 30).
El Soldado Carlos Arturo Monsalve Sánchez, de la Escuela de Artilleria, declaró:
«... A mi me mandaron sí, pero yo no recogí nada, porque yo quería era recorrer el edificio haber si encontraba a mi mamá, unos compañeros si ayudaron; los que recibían los cadáveres y los lavaban eran unos de blusa blanca que creo que eran de la DIJIN, los lavaban con agua con una manguera, lógico que les quitaban la ropa yo no supe si ya había hecho los levantamientos, yo vi que ahí estaban haciendo unas anotaciones, ahí hubo gente que quedó intacta, solo se les veían los tiros, a mi me dijo alguien "oiga venga ayude a bajar", también había gente de la Cruz Roja bajando restos quemados . . . » . (Folio 61, Juzgado 30).
El Coronel Felix Gallardo Angarita, Comandante del Cuerpo de
Bomberos de Bogotá, declaró:
«... Cuando el día 7 de noviembre se terminaron las operaciones me trasladé a la Alcaldía.. ., yo bajé de nuevo a la Secretaría de Gobierno, ahí me estuve un rato..., hablé con mis bomberos, habían varios, les pregunté cómo seguía la situación, me dijeron que únicamente estaban echando agua para lavar algunos cadáveres porque los jueces y los funcionarios de la Policia Judicial estaban en los levantamientos. Entré en el Palacio, observé en el patio central: soldados, policías, DAS, F-2, y los jueces, el espectáculo era demasiado macabro, causaba náuseas, cadáveres calcinados y un ambiente irrespirable. Me estuve unos minutos les dije a los bomberos que solamente debían actuar por órdenes de los jueces que ya estaban ahí, prestar la colaboración que ellos les pidieran y regresar a la Alcaldía y luego al Comando . . . El apoyo continuó a órdenes de los jueces. No recuerdo quiénes estaban allá pero ya era una labor secundaria que como dije fue más que todo de lavado de cadáveres y cada cual hizo lo suyo de acuerdo con el apoyo que le pidieron. Esa labor se cumplió en parte del 7 al 8 de noviembre, según los informes que reposan en autos...». (Folio 434, Juzgado 89).
Nos haríamos interminables si relacionáramos, uno a uno, los problemas que surgieron por la apresurada decisión de traslado de cadáveres, encomendada a personas de muy buena voluntad, pero sin experiencia ni conocimiento para tan delicada tarea. Ellas, por ejemplo, dejaron abandonadas en el baño y otros lugares prendas de vestir ensangrentadas y varios elementos que hubieran sido definitivos para la posterior identificación.
Los problemas surgidos con los cadáveres del cuarto piso fueron más complejos por el alto estado de calcinamiento que la mayoría de ellos presentaba y que al moverlos para su reconocimiento o simplemente palparlos, los hacia perder su forma o los dejaba incompletos. Las diligencias se hicieron por funcionarios autorizados, pero, insistimos, sin el concurso que se hubiera podido conseguir, del Instituto de Medicina Legal, y de otros profesionales altamente calificados, cuya cooperación habría sido realmente útil para la identificación y los resultados de la necropsia. De haberse programado en debida forma la acción conjunta de funcionarios de instrucción y de unidades de la Policía Judicial, de una parte, y de la otra, de los profesionales y expertos del citado Instituto de Medicina Legal, con la natural participación de familiares y allegados de las víctimas, habría sido posible obtener resultados más positivos para la investigación. Inclusive, con respecto a los cadáveres del cuarto piso, que conformaban una sola masa con los escombros del incendio, ha debido pensarse en la conveniencia de practicar los reconocimientos, levantamientos y las necropsias, o por lo menos iniciar esta última diligencia, en el mismo lugar de la tragedia, para continuarla en el Instituto de Medicina Legal, con el ordenado y cuidadoso traslado de los despojos.
Para que se tenga una idea de cuanto hemos dicho, presentamos,
también parcialmente, declaraciones de testigos.
El señor Armando Heliodoro Quijano Becerra, bombero de la Estación de Puente Aranda, declaró:
«Fuimos a colaborar con la identificación y levantamiento de cadáveres que se estaba efectuando dentro del Palacio. De la Central salimos aproximadamente a las nueva de la mañana, llegamos al Palacio a las nueve y 20 aproximadamente, e inmediatamente fuimos o nos pusimos a disposición de los jueces y médicos que estaban efectuando la labor del reconocimiento de cada uno de los cadáveres encontrados. Nuestra misión era específicamente ayudar a encontrar partes como prótesis, anillos, esferos, etc., que fueron o ayudaron a la posible identificación de cadáveres que estábamos efectuando el levantamiento. Posteriormente debíamos de meterlo en una bolsa plástica con todas las partes del cuerpo posibles encontradas y trasladarlo a la planta baja de la edificación. Estos cadáveres que ayude a trasladar se encontraban en el cuarto piso del Palacio. Nuestra labor terminó aproximadamente a la una de la tarde, hora en que se efectuó el relevo del personal y nosotros nos reunimos o devolvimos a la Estación Central. El medico legista, como habían varios, al cual nosotros no le prestábamos colaboración, ignoro los nombres de los médicos que efectuaron el levantamiento. Me parece que había un juez, pero no supe quién era. También se encontraban oficiales de la Policía. El médico era el que determinaba cuándo se podía mover y trasladar el cadáver. Los bajamos hacia la planta baja o primer piso, al patio. Aproximadamente logré bajar de quince a veinte cadáveres. El estado en que se encontraban los cadáveres era totalmente carbonizados, solamente se encontraba en la mayoría el tronco ya que las extremidades habían desaparecido por completo. También se les encontraba la cabeza... Mi labor era únicamente recoger los cadáveres que se me indicaban. El recorrido que efectué por el Palacio fue muy mínimo, es decir, solamente en el área donde encontré los cadáveres que mencioné, en el cuarto piso.. . Lo único que hice fue ir al cuarto piso para bajar un cadáver y volver al cuarto piso por otro. Muchas veces los bajaba en un platón y otras a brazo limpio, envueltos en la talega plástica... En el lugar donde se encontraban, muy cuidadosamente buscábamos las pertenencias, posibles pertenencias alrededor del cadáver, luego, si le quedaba ropa o pedazos de ella, buscábamos dentro de los bolsillos y posteriormente los envolvíamos en las talegas plásticas. Antes de mover el cadáver se describía el lugar donde se encontraba, se tomaba fotos del mismo y luego sí se procedía a lo anteriormente mencionado. Es decir, a echarlo en la talega plástica, previa la esculcada en los bolsillos para establecer las pertenencias. A los que se les podía hacer ello. . . ». (Folio 286,, Juzgado 89).
El señor Jorge Eduardo Vargas López, Teniente Tercero del Cuerpo de Bomberos, dijo:
« . . . Unicamente hice el recorrido de la entrada principal por la escalera hasta el último piso, que era el costado oriental donde se encontraban los cadáveres. En general la mayoría únicamente existían los troncos y otros ya muy poca parte les quedaba del cuerpo...Del tercero (piso) habían unos miembros del F-2 que levantaron unos tres o cuatro cadáveres entrando a mano izquierda en una oficina que quedaba contigua a la escalera. Uno de un señor estaba completo, no se supo quién era, no me acuerdo si tenía papeles, había un saco lejos pero el cadáver sólo tenía la camisa y el pantalón estaba quemado y tenía una fractura en la cabeza. . . Los otros del tercer piso quemados, pero el mismo sector donde fue encontrado este que estaba en camisa. Todos estaban en la misma oficina. Unicamente vi cadáveres en el cuarto y tercer piso...». (Folio 348, del mismo Juzgado).
Como se pudo apreciar en los testimonios anteriores, se trasladaron los cadáveres para el primer piso. Allí aparecieron incompletos o desintegrados. Es de suponer que esto no hubiera ocurrido de haberlos dejado en su sitio hasta la culminación de las correspondientes diligencias, pues no se ve claro, por ejemplo, que cerca del tronco no aparezca la cabeza de un mismo cadáver. Insistimos que, por lo menos, el desplazamiento de los despojos mortales del piso en donde naturalmente se encontraban al piso primero, dio lugar a las situaciones relacionadas.
Es de anotar que las pertenencias de cada una de las víctimas habrían aportado mayor fundamento de identificación si se dejan en el piso en donde estaban, al pie de los respectivos cadáveres, sin trasladarse al piso primero, corriendo los riesgos de equivocaciones, como las en que en realidad se incurrió y habría sido posible, finalmente, su relación o inventario.
Los despojos humanos, como era de esperarse, después de las primeras diligencias, se remitieron al Instituto de Medicina Legal, en donde se facilitó su reconocimiento a los familiares y allegados, para su identificación legal.
El señor Juan Dario Velásquez Cruz, hijo del Magistrado doctor
Darío Velásquez Gaviria, fallecido, dio cuenta en su declaración, de la forma como fue identificado su padre, así:
«. . . Fuimos mi madre y yo. Realmente el cadáver que según nos decían en Medicina Legal era uno de los más completos, no presentaba cabeza, iba desde el cuello más o menos hasta la mitad de los muslos y creo que tenía un pedazo de brazo, le identificamos por la talla de los restos que era grande (debido a que él era más o menos alto y delgado y por ropas que habían quedado adheridas al cuerpo. En cuanto a objetos, solamente nos habían dicho que una plaquita de cobre o de metal, de unos cuatro centímetros por uno, que tenía grabado su nombre y que según los que hicieron el levantamiento había sido encontrada, si mal no estoy, debajo o al lado de los restos de él, pero hasta ese momento no la habíamos visto; posteriormente logramos saber que se trataba, no de un objeto que llevara consigo, sino que pertenecía a un portabolígrafo que estaba sobre su escritorio...".
(Folio 334, Juzgado 27).
Por lo visto se tropezó con dificultades graves por la indebida intervención de personas que, con imprudencia, destruyeron huellas o eliminaron pruebas, dejando sin posibilidad de esclarecimiento algunos aspectos trascendentales. Concretamente, nos referimos a la forma indiscriminada como se apilaron cadáveres y elementos materiales, cambiándolos de sitio y luego, con el pretexto de asear el edificio, se hicieron desaparecer o se extraviaron piezas que habrían sido de gran ayuda en la eliminación de muchos vacíos probatorios.
Cuando el Tribunal inició actividades (noviembre 18) ya se había consumado el atropello, sin que hubiera sido posible aplicar correctivos. El afán de limpiar los escombros hizo que, indiscriminadamente --se repite-- equipos numerosos de aseadores lanzaran a volquetas estacionadas dentro del edificio, toda clase de objetos, a extremo tal
que hasta huesos humanos fueron tirados a la basura. Los mismos autores del desaguisado lo informan en sus declaraciones rendidas en el expediente.
El propio Director del Instituto de Medicina Legal de Bogotá, doctor Egon Lichtemberger, hizo serias observaciones a la forma y procedimientos empleados por los encargados del manejo de los cadáveres, de sus vestidos y pertenencias. Relacionó, al efecto, algunas de las irregularidades cometidas que dificultaron, a la postre, la identificación de los cadáveres. En el testimonio, que transcribimos en sus partes esenciales, aparece el autorizado criterio del doctor Lichtemberger, así:
«...Al comienzo llegaron cadáveres intactos o sea no carbonizados y al segundo día, si mal no recuerdo, recibimos aproximadamente 65 cadáveres de personas en avanzado estado de carbonización. Hasta donde recuerdo, todos los cadáveres no incinerados presentaban lesiones por armas de fuego, por esquirlas o granadas. Los cadáveres carbonizados también presentaban evidencia de lesiones por arma de fuego, ya que en varios de ellos se localizaron mediante radiografías y necropsia, proyectiles de armas de fuego; la identificación de los cadáveres carbonizados presentaban muchas dificultades y se logró ya sea por pertenencia personales, por fragmentos de ropa, por el estudio odontológico, por antecedentes quirúrgicos que figuraban en historias clínicas o por relato de los familiares, antecedentes que se podían comprobar mediante la autopsia...
. . . Cadáveres relacionados con los hechos del Palacio comenzaron a llegar desde el mismo día de la toma, me refiero al caso de un transeúnte que fue muerto en la carrera octava y de algunos miembros de la policía que fallecieron también en el primer día. Los demás cadáveres llegaron los días siete y ocho y recuerdo que el último cadáver llegó el domingo 10 o lunes 11 de noviembre a las seis de la tarde, tratándose de un hombre calcinado que fue encontrado bajo un muro que se derrumbó, posiblemente por el incendio del edificio,después de este caso no llegaron más cadáveres procedentes del Palacio de Justicia, no le puedo dar el dato si ese cadáver pudo ser reconocido o no el dato debe estar en el Instituto... recuerdo que los últimos que llegaron fueron los carbonizados, cuyo numero era alrededor de 65, aproximadamente...
...Quisiera comentar que la labor de identificación de los cadáveres se vio dificultada porque hubo fallas en el levantamiento de los occisos en el Palacio de Justicia. Para citar ejemplos los muchos cadáveres no calcinados llegaron sin las ropas respectivas y en cuanto a los cadáveres carbonizados, algunos identificados como hombres resultaron ser de sexo femenino. Habían bolsas de plástico que contenían restos de dos o más cadáveres . . . ,>. (Folio 159, Juzgado Veintitrés).
Los conceptos del Director del Instituto de Medicina Legal aparecen corroborados en el experticio rendido por una comisión técnica, integrada por calificados funcionarios del mismo Instituto, al señor Juez Setenta y Siete de Instrucción Criminal Ambulante, el día 14 de mayo próximo pasado. Sobre el particular, expresaron:
« . . . Deseamos agregar que desde un principio las labores de investigación en este caso han sido bastante difíciles por cuanto los levantamientos de los cadáveres carecieron en este caso de todo criterio técnico y científico al mover los cuerpos del lugar exacto de los hechos, al retirar las prendas y no embalarlas adecuadamente, sino por el contrario fueron mezcladas y posteriormente enviadas en un camión aparte aquí a las instalaciones del Instituto, lo que hizo que fuera aún más difícil la labor de identificación de los cadáveres. Además durante los mencionados levantamientos se recogieron en bolsas plásticas, en forma indiscriminada, restos calcinados correspondientes a diferentes personas...». (Folio 019911).
Serias críticas se pueden formular igualmente al caótico manejo de los vestidos de las víctimas y de sus pertenencias, que con excesiva dificultad pudieron reconocer y reclamar los familiares. Algunas ropas ensangrentadas tuvieron que ser incineradas por el avanzado grado de descomposición y putrefacción que adquirieron, que hicieron imposible conservarlas por más tiempo en una dependencia judicial en donde se guardaban. Además su manejo se hizo difícil porque se confundieron las prendas de distintas personas. Retiradas de las victimas, al final de cuentas, ninguna utilidad prestaron para la investigación.
Las equivocaciones, como las comentadas, hicieron posible encontrar elementos de unas personas al lado de cadáveres de otras, dando lugar a graves errores en la identificación.
En lo relacionado con las armas, bombas, granadas y demás elementos explosivos, era procedente la incautación y traslado a las dependencias de la Décima Tercera Brigada. La única crítica que pueda hacerse por cuestiones enteramente afines a la investigación, guarda relación con la premura, que no prontitud, con que se procedió cuando ya estaba totalmente controlado y custodiado el Palacio de Justicia. Bloqueado como estaba el edificio por la fuerza militar, no había posibilidad alguna de pérdida de las armas y demás elementos, como no las puede haber en las dependencias militares donde se encuentran en la actualidad. Y, como es obvio, en un término prudencial de pocas horas, habría permitido realizar en debida forma las primeras actuaciónes de la investigación.
A este respecto, el Teniente Coronel Rafael Hernández López,
Comandante de la Escuela de Artillería, declaró:
«...Efectivamente, miembros de la Unidad que comando al término de la operación de rescate de secuestrados en el Palacio de Justicia, procedieron a efectuar registro del edificio, se recuperó gran cantidad de armas, municiones y explosivos de uso privativo de las Fuerzas Militares que se encontraban al lado o siendo empuñados por los despojos mortales de los subversivos.
Infortunadamente no es posible establecer qué arma portaba cada quién por cuanto al momento del registro y recuperación del material no se tuvo la precaución de clasificar el armamento con su portador en razón a la falta de documentos de identidad de los subversivos a quienes hubo la necesidad de levantar la necrodactilia por parte del F-2 para lograr establecer su identidad.
El material incautado fue dejado a disposición de la Decima Tercera Brigada.
Los materiales de guerra capturados corresponden en sus características de marca y modelo a los relacionados por el señor Juez, sin poder especificar su numeración en razón a que todo el armamento fue concentrado y dejado a disposición de la Brigada a medida que éste se recuperaba del interior del Palacio de Justicia...». (Folio 129, Juzgado 106 de I. P. M.).
Las faltas cometidas son indudablemente graves. Investigarlas no es de competencia del Tribunal porque rebasa el límite impuesto por las atribuciones que la ley le señalo expresamente. Sin embargo, al consignar su protesta por tales conductas, no puede menos de exigir a las autoridades competentes una rigurosa investigación disciplinaria o penal, según sea del caso, que ponga en claro la autoría de los desafueros y aplique las sanciones pertinentes.
LA INHUMACION EN FOSA COMUN.
Antes de la creación del Tribunal, se produjo un hecho que ha sido motivo de serias inquietudes para los investigadores y para los abogados que representan a las partes civiles dentro del proceso. Nos referimos a la inhumación, en fosa común, de un buen numero de cadáveres que se encontraban depositados en el anfiteatro del Instituto de Medicina Legal.
El Juez 78 de Instrucción Penal Militar, doctor Dario Morales Alvarez, mediante oficio 1342 del 9 de noviembre de 1985, dirigido al señor Receptor de Cadáveres del Instituto de Medicina Legal, de Bogotá, le impartió la siguiente orden:
«Sírvase, señor Receptor de cadáveres entregar al señor SS. Aarón Alarcón Sepúlveda, portador del presente y quien se identifica con la cédula de ciudadanía número 19069783, de Bogotá, los certificados de defunción que a continuación se relacionan:
3747, 3758, 3757, 3764, 3777, 3782, 3768, 3773, 3784, 3769, 3765, 3781 3771, 3779, 3772, 3831, 3839, 3827, 3843, 3823, 3835, 3800, 3845 3802 y 3799.
En igual forma ruego a usted hacerle entrega al mismo Suboficial de los cadáveres correspondientes para su inhumación» .
En cumplimiento de la orden, el Instituto de Medicina Legal hizo entrega de 23 de los 25 cadáveres, según la información de su Director, doctor Egon Lichtemberger, que en seguida se copia:
«Cadáveres de personas identificadas retiradas en noviembre 9 de 1985 a las 5 p.m., por orden del Juzgado 78 de Instrucción Penal Militar (Oficio No. 1324 JUPEM-78).
PROTOCOLO Nº NOMBRES Y APELLIDOS
3747 Edison Zapata Vásquez
3764 Ricardo Mora González
3765 Héctor Arturo Lozano R.
3768 William A. Almonacid R.
3769 Mario García Restrepo
3772 Jesús A. Roa Velasco
3781 Jesús A. Carvajal B.
3784 Angela M. Murillo S.
3757 Francisco Vargas Soto
Cadáveres de personas no identificadas (N. N.) entregados por la misma orden Judicial:
3843 N. N. Calcinado
8345 Calcinado
3758 N. N. Hombre
3777 N. N. Hombre
3782 N. N. Hombre
3771 N. N. Hombre
3779 N. N. Hombre
3831 Calcinado
3839 Calcinado
3827 Calcinado
3823 Calcinado
3835 Calcinado
3800 Calcinado
3802 N. N. Calcinados
3807 Restos humanos
CALCINADOS
3801 Calcinados
3897 N.N.
En el oficio número 1342 figuraban los numeros 3773 y 3799 que no fueron entregados por haber sido identificados previamente por familiares y entregados a los mismos, así:
3773 - Almarales Manga Andrés
3799 - Córdoba Avila Jaime Alberto
Total identificados: 9. Total no identificados: 17. Gran total: 26.(El calcinado subrayado está a mano. Folio 04242)».
El Juez 78 de Instrucción Penal Militar no dictó auto cabeza de proceso alguno. No tenía expediente relativo a las actuaciones preliminares de la investigación. Sin embargo, dicto la orden extra proceso. En el Oficio 025 de enero 7 de 1986, explica su conducta, así:
«1º El Oficio 1342 del 9 de noviembre de 1985 lo libré en mi condición de Juez 78 de Instrucción Penal Militar, en razón a que fui llamado a mi casa por el señor Brigadier General José Luis Vargas Villegas, para esa fecha Comandante y Juez de Primera Instancia del Departamento de Polícia Bogotá, con el fin de manifestarme que como se tenía serias informaciones que el M-19 pretendía tomarse ese día el Instituto de Medicina Legal con el propósito de sacarse los cadáveres de las personas muertas en el Palacio de Justicia, se hacia necesario retirar algunos de tales cadáveres para en forma inmediata proceder a inhumarlos en fosa común y evitar así un nuevo enfrentamiento con los subversivos.
- 2º Los cadáveres cuya entrega solicité a Medicina Legal, fueron inhumados en fosa común en el Cementerio del Sur, en las horas de la tarde de esa misma fecha, por parte de la policía.
- 3º Para hacer tal solicitud al Instituto de Medicina Legal me basé en los artículos 308 y 360 del Código de Justicia Penal Militar y, especialmente, por la situación de orden público imperante en ese momento" (Folio 310, Juzgado 23)
No parece acertada decisión de dar sepultura, en una fosa común, a un grupo de 25 cadáveres, 17 de los cuales aún no tenían identificación, interrumpiendo el proceso de reconocimiento que venía haciéndose por familiares y allegados, dejando el resto de cadáveres sin reclamar, en el Instituto de Medicina Legal. No convence la justificación que se dio, consistente en que la medida obedecia a razones de orden público, por los temores abrigados de que elementos del M-19 intentaban un nuevo ataque, esta vez a las dependencias de Medicina Legal, para apoderarse de sus compañeros caídos en la jornada bélica del 6 y 7 de noviembre. No lo era porque las fuerzas del ordén podían establecer la adecuada vigilancia, y, además, porque el estado en que se encontraban los cadáveres, la mayoría calcinados, no permitía a nadie, tampoco a los guerrilleros, hacer una identificación de la diligencia del levantamiento, con el distintivo de NN, por lo demás aparece caprichosa e inexplicable.
Ahora bien, no se descarta que una de las dificultades para esclarecer el problema de los llamados desaparecidos, tenga relación con haber dado sepultura en fosa común a este grupo de cadáveres. No es imposible pensar que algunos de ellos puedan corresponder a personas desaparecidas. Creemos que lo ideal habría sido agotar esfuerzos para lograr su identificación. La exhumación que se pretendió realizar en el Cementerio Distrital del Sur, precisamente, buscaba establecer si estaban o no, enterrados allí, algunas de las personas reclamadas por sus parientes, como desaparecidos.
Dos casos evidencian la ligereza con que se procedió al sepultar los cadáveres en fosa común y que ameritan la falta de seguridad de quienes seleccionaron ]os cadáveres que conformaron la lista, presentada al señor Juez 78 para que ordenara su sepultura en fosa común.
Veamos: El ciudadano René Francisco Acuña Jiménez, encontró la muerte el día 6 de noviembre de 1985, cuando inocentemente transitaba por la carrera 8º frente a la puerta del parqueadero del Palacio de Justicia, a consecuencia del cruce de disparos. El insuceso fue videofilmado y pasado por los noticieros de televisión. Televidentes, familiares y compañeros de trabajo lo reconocieron y, algunos de ellos, se dedicaron a localizar el cadáver en Medicina Legal. Su propia madre lo identificó. Otras personas hicieron lo mismo. Desafortunadamente desde la diligencia de su levantamiento, el cadáver apareció con otro nombre el de Ricardo Morta González, el cual jamás usó en vida. El nombre no corresponde a ningún guerrillero ni a persona en la cual tuvieran interés los miembros del M-19 para aventurarse a rescatar su cadáver. Sin embargo, encontrándose su madre, señora Ana Beatriz Jiménez de Sierra, gestionando la entrega de los despojos mortales de su hijo, se cumplió la orden de entregarlo, no a ella, sino directamente al Cementerio del Sur para enterrarlo en fosa común. No conmovieron a nadie las dolorosas súplicas de la madre, que así se vio privada de dar sepultura a su hijo.
El otro caso, es el del señor Gustavo Ramírez Riveros, quien se encontraba en la oficina del doctor Ricardo Medina Moyano, haciendo una oferta comercial, como vendedor profesional que era, en momentos de iniciarse la toma violenta del Palacio. No logro salir. Su cuerpo en cenizas se encontró en el cuarto piso. Su identificación se hizo porque confundidos con sus restos apareció su llavero con llaves que coincidieron con las de su carro y su vivienda. No existió la menor duda sobre su permanencia en el edificio. En una de las llamadas telefónicas, el propio Magistrado, doctor Medina Moyano informó sobre el momento en que él era retirado de su despacho, por los guerrilleros. Sus padres reclamaron el cadáver para darle también cristiana sepultura. Para ello, lo habían identificado en una dependencia de Medicina Legal en donde se les prometió entregarlo después de determinados trámites. No ocurrió así. Tuvo preferencia la orden de ser llevado a una fosa al Cementerio del Sur. Fue incluido en la lista de los cadáveres que se entregaron, supuestamente como de guerrilleros.
Por otra parte, el cadáver del señor Jaime Alberto Cordoba Avila funcionario del Honorable Consejo de Estado, ya había sido entregado a sus familiares. Por esa razón no descansa en la fosa común.
Debe llamarse la atención al hecho de que el cadáver del llamado Comandante Andrés Almarales Manga, por mediación de la Procuraduría General de la Nación, ya había sido entregado a su señora esposa. Si este cadáver ya había sido entregado no se ve la razón que podrían tener los guerrilleros para no procurar reclamar los cuerpos sin vida de los otros compañeros, a través de sus propios familiares, en lugar de arriesgarse en otra operación muy difícil de coronar con éxito. Este argumento le resta credibilidad a los rumores de una toma violenta de las instalaciones de Medicina Legal por parte del M-19.
En el proceso no se ha hecho esfuerzo probatorio alguno para comprobar los fundamentos que tuvo el Comandante de la Policía Bogotá, General Vargas Villegas, para solicitar al Juez, telefónicamente, una orden de tal naturaleza.
Por último del cotejo de la lista de cadáveres que ordenó entregar el Juez 78 de Instrucción Penal Militar al Cementerio del Sur, con la relación de cadáveres, realmente entregado por el Instituto de Medicina Legal, resulta una diferencia de tres cadáveres calcinados, los números 3801, 3807 y 3897, también distinguidos con las letras NN sin explicación alguna.
No se procedió, de consiguiente, con miras a facilitar la investigación. La acción por el contrario resulta inútil y notoriamente injusta; no ha debido, pues, el Juez 78 de Instrucción Penal Militar dar la orden de enterrar los cadáveres, careciendo de facultad legal para hacerlo. Con tal proceder se desconoció el legítimo derecho que tienen los familiares de reclamar los cadáveres de sus deudos, trasladarlos al lugar que a bien tengan, y darles sepultura.
Ahora bien, debe tenerse en cuenta que se ha establecido el sistema de fosas comunes para dar sepultura a cadáveres sin duelo conocido o por graves motivos de orden sanitario, pues, el Estado no tiene la libre disposición de los cadáveres de las personas.
Como una medida de protección a la comunidad la autoridad sanitaria tiene atribuciones para ordenar la inhumación en determinadas circunstancias. A falta de un familiar cercano, un amigo, un ser querido que se encargue de las honras fúnebres, el Estado asume esta obligación por consideraciones humanitarias y de salud pública. La fosa común se abre en los cementerios autorizados oficialmente. Para su control, se debe llevar un registro y reunir la documentación de rigor. En casos muy excepcionales, por epidemias, grandes desastres, lejanía de las poblaciones, descomposición avanzada, acceso difícil o con riesgo para quienes hacen la operación de rescate, se declara camposanto o se hace la inhumación en sitios distintos a los cementerios.
El doctor Egon Lichtemberger, Director del Instituto de Medicina Legal, declaró:
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