Historial de reformas

Resolución de 28 de julio de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se estructuran los Servicios de Aduanas e Impuestos Especiales, Dependientes de las Delegaciones Especiales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

12 versiones · 1998-07-30 — 2021-01-16 (derogada)
2021-01-16
Derogación
2021-01-15
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la
2015-11-27
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la
2013-09-11
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la
2012-12-29
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la
2012-11-30
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la
2012-08-03
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la
2009-11-23
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la
2007-12-26
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la
2005-12-31
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la
2005-08-06
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la

Cambios del 2005-08-06

@@ -232,6 +232,12 @@
4. Las Administraciones de Aduanas desarrollarán las competencias que les encomienda la normativa vigente, sobre la base de la distribución territorial que determina el anexo III de la presente Resolución, el cual contiene, además, los recintos habilitados a efectos del despacho aduanero. En el anexo IV se enumeran las Administraciones y los recintos cuya habilitación queda suprimida con la presente disposición. Las funciones desempeñadas por dichas Administraciones y recintos hasta la entrada en vigor de esta Resolución, se llevarán a cabo por las Dependencias y Administraciones que les corresponda según lo establecido en dicho anexo IV.
###### III.bis. Disposición adicional.
Los órganos con funciones de inspección de los tributos integrados en las Dependencias Regionales de Aduanas e Impuestos Especiales de las Delegaciones Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria tendrán competencia para la realización de actuaciones inspectoras y la correspondiente regularización de los incumplimientos detectados relativos a cualquiera de los hechos imponibles del Impuesto sobre el Valor Añadido que queden afectados por incumplimientos en los Impuestos Especiales o en los tributos que graven el comercio exterior.
> <small>Se añade por el apartado 2 de la Resolución de 28 de julio de 2005. [Ref. BOE-A-2005-13555](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2005-13555).</small>
IV. Disposiciones transitorias
###### Disposición transitoria primera.
2003-07-10
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la
1998-07-30
Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por
versión original Texto en esta fecha