Ley 13/2000, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2001

Rango Ley
Publicación 2000-12-29
Última actualización 2001-12-31
Estado Vigente
Departamento Jefatura del Estado
Fuente BOE
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artículos 88
Historial de reformas JSON API
Programa Capítulos I a VIII Capítulo IX Total
Jefatura del Estado 6.774,05 6.744,05
Actividad legislativa 137.415,73 137.415,73
Control externo del Sector Público 40.664,72 40.664,72
Control constitucional 13.501,41 13.501,41
Presidencia del Gobierno 23.761,28 23.761,28
Alto asesoramiento del Estado 8.350,55 8.350,55
Relac. Cortes Generales, Secretariado del Gobierno y apoyo a la Afta Dirección 70.227,44 70.227,44
Asesoramiento del Gobierno en materia social, económica y laboral 6.790,86 6.790,86
Dirección y Servicios Generales de la Administración General 22.455,13 6,01 22.461,14
Dirección y organización de la Administración pública 28.867,73 28.867,73
Formación del personal de la Administración General . 70.905,21 70.905,21
Apoyo a la gestión administrativa de la Jefatura del Estado 4.042,07 4.042,07
Administración periférica del Estado 210.262,87 210.262,87
Desarrollo de la organización territorial del Estado y sus sistemas de colaboración 3.756,55 3.756,55
Coordinación y relaciones financieras con los entes territoriales 3.860,09 3.860,09
Infraestructura para situaciones de crisis y comunicaciones especiales 4.071,45 4.071,45
Cobertura informativa 14.304,57 14.304,57
Publicidad de las normas legales 27.962,40 27.962,40
Asesoramiento y defensa de los intereses del Estado 19.380,63 19.380,63
Servicios de transportes de Ministerios 48.355,69 48.355,69
Publicaciones 911,03 911,03
Dirección y servicios generales de Asuntos Exteriores 49.136,01 49.136,01
Acción del Estado en el exterior 450.491,19 450.491,19
Acción diplomática ante la Unión Europea 15.825,64 15.825,64
Cooperación para el desarrollo 318.181,06 318.181,06
Cooperación, promoción y difusión cultural en el exterior 74.587,23 74.587,23
Gobierno del Poder Judicial 19.795,03 19.795,03
Dirección y Servicios Generales de Justicia 44.329,21 44.329,21
Selección y formación de Jueces 19.117,63 19.117,63
Documentación y publicaciones judiciales 7.061,11 7.061,11
Tribunales de Justicia y Ministerio Fiscal 927.247,22 927.247,22
Formación del personal de la Administración de Justicia 6.456,52 6.456,52
Registros vinculados con la fe pública 13.718,71 13.718,71
Protección de datos de carácter personal 3.877,36 3.877,36
Seguridad nuclear y protección radiológica 33.848,88 33.848,88
Administración y Servicios Generales de Defensa 1.244.551,93 1.244.551,93
Gastos operativos de las Fuerzas Armadas 1.526.543,72 1.526.543,72
Personal en reserva 635.625,68 635.625,68
Modernización de las Fuerzas Armadas 1.071.206,34 1.071.206,34
Apoyo logístico 1.129.538,67 13.223,85 1.142.762,52
Formación del personal de las Fuerzas Armadas 260.094,88 260.094,88
Dirección y Servicios Generales de Seguridad y Protección Civil 137.417,27 137.416,27
Formación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado 86.197,23 86.197,23
Seguridad ciudadana 2.845.992,45 72,12 2.846.064,57
Seguridad vial 524.097,62 524.097,62
Actuaciones policiales en materia de droga 40.599,99 40.599,99
Fuerzas y Cuerpos en reserva 517.490,02 517.490,02
Centros e instituciones penitenciarias 597.377,82 597.377,82
Trabajo, formación y asistencia a reclusos 39.412,26 39.412,26
Coordinación en materia de Extranjería e Inmigración 14.906,76 14.906,76
Protección Civil 17.330,74 17.330,74
Dirección y Servicios Generales de Seguridad Social y Protección Social 3.804.450,48 77.169,95 3.881.620,43
Inspección y control de Seguridad y Protección Social 92.612,61 92.612,61
Prestaciones a los desempleados 8.257.802,92 8.257.802,92
Prestación social sustitutoria de objetores de conciencia 21.142,85 21.142,85
Plan Nacional sobre Drogas 30.941,04 30.941,04
Acción en favor de los migrantes 64.229,19 64.229,19
Servicios sociales de la Seguridad Social a personas con discapacidad 245.196,33 245.196,33
Servicios sociales de la Seguridad Social a personas mayores 100.723,82 100.723,82
Otros servicios sociales de la Seguridad Social 339.270,14 150,27 339.420,41
Otros servicios sociales del Estado 216.363,28 216.363,28
Servicios sociales de la Seguridad Social gestionados por las Comunidades Autónomas 786.749,27 786.749,27
Gestión de los servicios sociales de la Seguridad Social 29.600,02 29.600,02
Atención a la infancia y a la familia 38.462,16 38.462,16
Pensiones de Clases Pasivas 5.473.128,28 5.473.128,28
Gestión de pensiones de Clases Pasivas 11.796,24 11.796,24
Prestaciones económicas del mutualismo administrativo 365.469,27 3,90 365.473,17
Pensiones contributivas de la Seguridad Social 53.168.736,54 53.168.736,54
Subsidios de incapacidad temporal y otras prestaciones económicas de la Seguridad Social 5.493.088,43 5.493.088,43
Gestión de las prestaciones económicas de la Seguridad Social 294.574,48 294.574,48
Pensiones de guerra 633.148,22 633.148,22
Pensiones no contributivas y prestaciones asistenciales 1.787.920,08 1.787.920,08
Otras pensiones y prestaciones de Clases Pasivas 45.965,15 45.965,15
Administración de las relaciones laborales y condiciones de trabajo 52.416,03 52.416,03
Prestaciones de garantía salarial 950.742,07 950.742,07
Fomento y gestión del empleo 3.021.031,21 3.021.031,21
Desarrollo de la economía social y del Fondo Social Europeo 18.996,92 18.996,92
Promoción y servicios a la juventud 24.380,78 15,35 24.396,13
Promoción de la mujer 22.093,44 22.093,44
Formación profesional ocupacional 1.468.122,12 1.468.122,12
Escuelas Taller, Casas de Oficio y Talleres de Empleo 460.395,77 460.395,77
Dirección y Servicios Generales de Sanidad 184.207,82 184.207,82
Formación en salud pública y administración sanitaria 5.674,69 5.674,69
Asistencia hospitalaria en las Fuerzas Armadas 261.498,31 261.498,31
Atención primaria de salud. Insalud gestión directa 4.008.215,83 4.008.215,83
Atención especializada de salud. Insalud gestión directa 6.201.072,99 6.201.072,99
Medicina marítima 16.677,31 16.677,31
Asistencia sanitaria de la Seguridad Social gestionada por las Comunidades Autónomas 15.446.376,59 15.446.376,59
Asistencia sanitaria del mutualismo administrativo 1.456.580,61 1.456.580,61
Atención primaria de salud Mutuas Acc. Trabajo y EP e ISM 582.348,32 582.348,32
Atención especializ. de salud Mutuas Acc. Trabajo y EP e ISM 226.813,66 226.813,66
Planificación y cooperación sanitaria 5.286,22 5.286,22
Oferta y uso racional de medicamentos y productos sanitarios 18.599,26 18.599,26
Sanidad exterior y coordinación de la salud pública y del consumo . 23.956,76 23.956,76
Dirección y Servicios Generales de la Educación 75.489,36 75.489,36
Formación permanente del profesorado de Educación 5.931,61 5.931,61
Educación infantil y primaria 200.159,40 200.159,40
Educación secundaria, formación profesional y Escuelas Oficiales de Idiomas 134.039,65 134.039,65
Enseñanzas universitarias 104.620,22 104.620,22
Educación especial 8.660,61 8.660,61
Enseñanzas artísticas 2.932,19 2.932,19
Educación en el exterior 107.395,62 107.395,62
Educación compensatoria 5.777,52 5.777,52
Educación permanente y a distancia no universitaria 4.087,17 4.087,17
Enseñanzas especiales 207.539,74 207.539,74
Nuevas tecnologías aplicadas a la educación 7.112,37 7.112,37
Deporte en edad escolar y en la universidad 17.588,42 17.588,42
Becas y ayudas a estudiantes 633.642,37 633.642,37
Servicios complementarios de la enseñanza 12.049,60 12.049,60
Apoyo a otras actividades escolares 5.668,99 5.668,99
Promoción, administración y ayudas para rehabilitación y acceso a vivienda 614.635,50 7.335,24 621.990,74
Ordenación y fomento de la edificación 46.700,82 46.700,82
Infraestructura urbana de saneamiento y calidad del agua 322.423,19 322.423,19
Ordenación del consumo y fomento de la calidad 5.564,18 5.564,18
Protección de los derechos de los consumidores 6.218,07 6.218,07
Protección y mejora del medio ambiente 55.687,57 55.687,57
Dirección y Servicios Generales de Cultura 19.947,92 19.947,92
Archivos 42.468,11 42.468,11
Bibliotecas 60.182,24 60.182,24
Museos 151.631,20 151.631,20
Exposiciones 3.446,57 3.446,57
Promoción y cooperación cultural 80.670,87 80.670,87
Promoción del libro y publicaciones culturales 11.213,36 11.213,36
Música y danza 85.124,64 85.124,64
Teatro 28.732,37 28.732,37
Cinematografía 43.913,53 43.913,53
Fomento y apoyo de las actividades deportivas 113.763,32 113.763,32
Administración del Patrimonio Histórico-Nacional 93.324,73 84,14 93.408,87
Conservación y restauración de bienes culturales 41.894,84 41.894,84
Protección del Patrimonio Histórico 9.227,45 9.227,45
Elecciones y Partidos Políticos 74.082,79 74.082,79
Estudios y servicios de asistencia técnica en obras públicas y urbanismo 32.560,20 32.560,20
Dirección y Servicios Generales de Fomento 1.256.109,03 2.380,01 1.258.489,04
Planificación y ordenación territorial 286.171,45 286.171,45
Dirección y Servicios Generales de Medio Ambiente 66.267,32 66.267,32
Gestión e infraestructura de recursos hidráulicos 1.280.656,81 10.580,69 1.291.237,50
Infraestructura del transporte ferroviario 1.214.985,76 1.214.985,76
Subvenciones y apoyo al transporte terrestre 1.088.234,59 1.088.234,59
Ordenación e inspección del transporte terrestre 34.801,98 34.801,98
Creación de infraestructura de carreteras 1.991.354,27 1.991.354,27
Conservación y explotación de carreteras 622.263,05 622.263,05
Seguridad del tráfico marítimo y vigilancia costera 94.114,36 94.114,36
Actuación en la costa 163.340,91 163.340,91
Subvenciones y apoyo al transporte marítimo 30.200,86 30.200,86
Regulación y supervisión de la aviación civil 20.215,53 20.215,53
Subvenciones y apoyo al transporte aéreo 152.786,00 152.786,00
Ordenación y prom. de las telecomunicaciones y de la Soc. Información 79.582,36 79.582,36
Comunicaciones Postales y Telegráficas 145.532,68 145.532,68
Plan Nacional de Regadíos 239.378,79 239.378,79
Protección y mejora del medio natural 226.916,55 226.916,55
Investigación científica 464.799,28 1,80 464.801,08
Astronomía y astrofísica 10.058,38 10.058,38
Investigación técnica 144.017,60 144.017,60
Investigación y estudios sociológicos y constitucionales 9.626,42 9.626,42
Investigación y estudios de las Fuerzas Armadas 319.732,87 319.732,87
Investigación y experimentación de obras públicas y de las comunicaciones 3.628,04 3.628,04
Investigación y desarrollo tecnológico 1.815.295,78 1.815.295,78
Investigación y evaluación educativa 4.300,37 4.300,37
Investigación sanitaria 114.872,62 114.872,62
Investigación y estudios estadísticos y económicos 5.162,97 5.162,97
Investigación y experimentación agraria 46.903,39 46.903,39
Investigación oceanográfica y pesquera 32.054,59 32.054,59
Investigación geológico-minera y medioambiental 23.313,59 23.313,59
Fomento y coordinación de la investigación científica y técnica 60.015,91 60.015,91
Investigación y desarrollo de la Soc. de la Información 412.913,96 412.913,96
Dirección y Ser. Grales. de Ciencia y Tecnología 54.889,20 54.889,20
Cartografía y geofísica 29.019,90 29.019,90
Meteorología 82.193,74 82.193,74
Elaboración y difusión estadística 213.418,23 213.418,23
Metrología 6.985,58 6.985,58
Dirección y Servicios Generales de Economía y Hacienda 161.250,24 161.250,24
Formación del personal de Economía y Hacienda 10.162,71 10.162,71
Previsión y política económica 5.291,44 5.291,44
Planificación, presupuestación y política fiscal 43.190,13 43.190,13
Control interno y Contabilidad Pública 71.747,07 71.747,07
Gestión de la deuda y de la Tesorería del Estado 314.123,96 314.123,96
Control de auditorías y planificación contable 3.628,76 3.628,76
Gestión del Patrimonio del Estado 565.714,10 565.714,10
Gestión de catastros inmobiliarios rústicos y urbanos 105.739,09 105.739,09
Gestión de loterías, apuestas y juegos de azar 146.832,18 146.832,18
Aplicación del sistema tributario estatal 700,915,15 700,915,15
Resolución de reclamaciones económico-administrativas 23.838,83 23.838,83
Defensa de la competencia 1.717,57 1.717,57
Regulación y vigilancia de la competencia en el mercado de tabacos 8.972,12 8.972,12
Dirección, control y gestión de seguros 418.655,50 418.655,50
Regulación de mercados financieros 7.502,70 7.502,70
Imprevistos y funciones no clasificadas 1.422.796,10 1.422.796,10
Dirección y Servicios Generales de Agricultura, Pesca y Alimentación 94.031,35 94.031,35
Competitividad y calidad de la producción agrícola 84.381,69 84.381,69
Competitividad y calidad de la producción ganadera 104.659,03 104.659,03
Regulación de los mercados agrarios 5.940.620,42 90.151,82 6.030.772,24
Comerc. y competit. de la indus. agroal. y calidad y seg. aliment 69.391,85 69.391,85
Desarrollo rural 735.940,95 735.940,95
Protección y conservación de recursos pesqueros 34.952,45 34.952,45
Mejora de estructuras y mercados pesqueros 204.245,19 204.245,19
Previsión de riesgos en las producciones agrarias y pesqueras 173.130,07 173.130,07
Regulación y protección de la propiedad industrial 54.139,27 54.139,27
Calidad y seguridad industrial 12.694,72 12.694,72
Competitividad de la empresa industrial 4.269,57 4.269,57
Reconversión y reindustrialización 310.725,76 310.725,76
Apoyo a la pequeña y mediana empresa 98.527,44 98.527,44
Incentivos regionales a la localización industrial 270.636,65 270.636,65
Normativa y desarrollo energético 26.008,04 26.008,04
Desarrollo alternativo de las comarcas mineras del carbón 303.511,11 303.511,11
Explotación minera 686.899,57 686.899,57
Coordinación y promoción del turismo 106.880,92 106.880,92
Dirección y Servicios Generales de Comercio y Turismo 6.577,58 6.577,58
Ordenación del comercio exterior 16.300,29 16.300,29
Promoción comercial e internacionalización de la empresa 840.877,14 840.877,14
Ordenación y modernización de las estructuras comerciales 13.448,84 13.448,84
Transferencias a Comunidades Autónomas por coste de servicios asumidos 14.129,94 14.129,94
Transferencias a Comunidades Autónomas por participación en los ingresos del Estado 20.201.824,84 20.201.824,84
Transferencias a Comunidades Autónomas por el Fondo de Compensación Interterritorial 880.867,39 880.867,39
Otras transferencias a Comunidades Autónomas 313.034,03 313.034,03
Transferencias a Corporaciones Locales por participación en los ingresos del Estado 9.334.048,09 9.334.048,09
Cooperación económica local del Estado 162.100,78 162.100,78
Otras aportaciones a Corporaciones Locales 117.770,27 117.770,27
Transferencias al Presupuesto General de las Comunidades Europeas 7.229.122,04 7.229.122,04
Cooperación al desarrollo en el marco de los Convenios de Lomé 135.227,72 135.227,72
Amortización y gastos financieros de la deuda pública en moneda nacional 15.263.279,46 19.950.486,55 35.213.766,01
Amortización y gastos financieros deuda pública en moneda extranjera 1.775.413,70 1.410.624,61 3.186.038,31
Total 215.219.523,99 21.562.306,31 236.781.830,30

ANEXO II. Créditos ampliables

Se considerarán ampliables hasta una suma igual a las obligaciones que se reconozcan, previo el cumplimiento de las formalidades legalmente establecidas o de las que se establezcan, los créditos que, incluidos en el Presupuesto del Estado, en los de los Organismos autónomos y en los de los otros organismos públicos aprobados por esta Ley, se detallan a continuación:

Primero. Aplicables a todas las Secciones y programas.

Uno. Los destinados a satisfacer:

a)

Las cuotas de la Seguridad Social, de acuerdo con los preceptos en vigor, y la aportación del Estado al régimen de previsión social de los funcionarios públicos, civiles o militares, establecido por los Reales Decretos legislativos 1/2000, de 9 de junio, y 3 y 4/2000, de 23 de junio.

b)

Los créditos cuya cuantía se module por la recaudación obtenida en tasas o exacciones parafiscales que doten conceptos integrados en los respectivos presupuestos, así como los créditos cuya cuantía venga determinada en función de los recursos finalistas efectivamente obtenidos o que hayan de fijarse en función de los ingresos realizados.

c)

Los créditos destinados a satisfacer obligaciones derivadas de la Deuda Pública en sus distintas modalidades, emitida o contraída por el Estado y sus Organismos autónomos, tanto por intereses y amortizaciones de principal como por gastos derivados de las operaciones de emisión, conversión, canje o amortización de la misma.

d)

Los créditos de transferencias a favor del Estado que figuren en los presupuestos de gastos de los Organismos autónomos, hasta el importe de los remanentes que resulten como consecuencia de la gestión de los mismos.

Dos. Los créditos que sean necesarios en los programas de gasto de los organismos autónomos y de otros organismos públicos, para reflejar las repercusiones que en los mismos tengan las modificaciones de los créditos que figuran en el estado de transferencias entre subsectores de los Presupuestos Generales del Estado, una vez que se hayan hecho efectivas tales modificaciones.

Segundo. Aplicables a las Secciones y programas que se indican.

Uno. En la Sección 07, «Clases Pasivas»:

Los créditos relativos a atender obligaciones de pensiones e indemnizaciones.

Dos. En la Sección 12, «Ministerio de Asuntos Exteriores»:

El crédito 12, Transferencias entre subsectores, 03.415 «Para los fines sociales que se realicen en el campo de la cooperación internacional (artículo 2 del Real Decreto 825/1988, de 15 de julio)».

Tres. En la Sección 14, «Ministerio de Defensa»:

El crédito 14.211A.03.228 para gastos originados por participación de las FAS en operaciones de mantenimiento de la paz.

Cuatro. En la Sección 15, «Ministerio de Hacienda»:

El crédito 15.612F.04.631, destinado a cancelar deudas tributarias mediante entrega o adjudicación de bienes.

Cinco. En la Sección 16, «Ministerio del Interior»:

a)

El crédito 16.221A.01.487, destinado al pago de indemnizaciones en aplicación de los artículos 93 al 96 de la Ley de Medidas fiscales, administrativas y del orden social para 1997; daños a terceros, en relación con los artículos 139 a 144 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 52/1984, de 26 de diciembre, de Protección de medios de transporte que se hallen en territorio español realizando viajes de carácter internacional.

b)

Los créditos 16.223A.01.461, 16.223A.01.471, 16.223A.01.482, 16.223A.01.761 y 16.223A.01.782, destinados a la cobertura de necesidades de todo orden motivadas por siniestros, catástrofes u otras de reconocida urgencia.

c)

El crédito 16.463A.01.227.05, para gastos derivados de procesos electorales.

d)

El crédito 16.463A.01.485.02, para subvencionar los gastos electorales de los partidos políticos (Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General).

e)

El crédito 16.313G.06.227.11 Para actividades de prevención, investigación, persecución y represión de los delitos relacionados con el tráfico de drogas y demás fines a que se refiere el artículo 2 de la Ley 36/1995, de 11 de diciembre, que podrá ser ampliado hasta el límite de los ingresos aplicados al presupuesto del Estado.

Seis. En la Sección 18, «Ministerio de Educación y Cultura»:

El crédito 18.458D.13.621, en función, tanto de la recaudación que el Tesoro realice por la tasa por permiso de exportación de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español establecida en el artículo 30 de la Ley 16/1985, como de la diferencia entre la consignación inicial para inversiones producto del «1 por 100 cultural» (artículo 68, Ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español) y las retenciones de crédito no anuladas a que se refiere el apartado tres del artículo 20 de la Ley 33/1987, de Presupuestos Generales del Estado para 1988.

Siete. En la Sección 19, «Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales»:

El crédito 19.313L.04.484, destinado a la cobertura de los fines de interés social, regulados por el artículo 2 del Real Decreto 825/1988, de 15 de julio.

Ocho. En la Sección 21, «Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación»:

El crédito 21.719A.01.440 destinado a la cobertura de pérdidas del seguro agrario combinado correspondiente al Consorcio de Compensación de Seguros.

Nueve. En la Sección 24, «Ministerio de Economía»:

a)

El crédito 24.612D.04.351, destinado a la cobertura de riesgos en avales prestados por el Tesoro.

b)

El crédito 24.612D.04.357, gastos derivados de la acuñación del Euro.

c)

El crédito 24.612D.04.486, para el pago de las indemnizaciones a que se refiere la sentencia del Tribunal Supremo, de 26 de septiembre de 1997, a los afectados por el síndrome tóxico.

d)

El crédito 24.741A.101.751 «A Comunidades Autónomas para reactivación económica de las comarcas mineras del carbón», así como el crédito 24, Transferencias entre subsectores, 07.712 «Al Instituto para la Reestructuración de la Minería del Carbón y Desarrollo Alternativo de las Comarcas Mineras», en el importe necesario para proveer de financiación al citado organismo.

Diez. En la Sección 26, «Ministerio de Sanidad y Consumo»:

Los créditos 26, Transferencias entre Subsectores, 03.421 «Aportación del Estado a la Tesorería General de la Seguridad Social para financiar las operaciones corrientes del INSALUD» y 03.721 «Aportación del Estado a la Tesorería General de la Seguridad Social para financiar las operaciones de capital del INSALUD», en las cantidades necesarias para atender las liquidaciones presupuestarias de ejercicios anteriores.

Once. En la Sección 32, «Entes Territoriales»:

a)

Los créditos destinados a financiar a las Comunidades Autónomas por participación en los ingresos del Estado, hasta el importe que resulte de la liquidación definitiva de ejercicios anteriores, quedando exceptuados dichos créditos de las limitaciones previstas en el artículo 70.1 del Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General Presupuestaria, así como los que, en su caso, se habiliten en el programa 911A, «Transferencias a las Comunidades Autónomas por coste de servicios asumidos», por el importe de la valoración provisional o definitiva del coste efectivo de los servicios transferidos, cuando esta diferencia no aparezca dotada formando parte de los créditos del departamento u organismo del que las competencias procedan.

b)

El crédito 32.912A.23.468, en la medida que lo exija la liquidación definitiva de la participación de las Corporaciones locales en los ingresos del Estado correspondiente a ejercicios anteriores.

c)

Los créditos 460.02 y 460.04 del programa 912C, «Otras aportaciones a Corporaciones locales», por razón de otros derechos legalmente establecidos o que se establezcan a favor de las Corporaciones locales, habilitando, si fuera necesario, los conceptos correspondientes.

d)

El crédito 32.911D.02.453, «Coste provisional de la policía autonómica», incluso liquidaciones definitivas de ejercicios anteriores.

e)

El crédito 32.911D.01.450, para compensación financiera derivada del Impuesto Especial sobre las Labores del Tabaco, incluida la liquidación del ejercicio anterior.

f)

El crédito 32.911D.13.450, para compensaciones financieras derivadas de los Impuestos Especiales sobre Alcohol, Bebidas Derivadas, Productos Intermedios y Cerveza, incluso liquidaciones definitivas del ejercicio anterior.

g)

El crédito 32.911B.18.457, para la aplicación del «Fondo de Garantía», hasta el importe que resulte de las liquidaciones practicadas.

Doce. Los créditos de la Sección 34, «Relaciones Financieras con la Unión Europea», ampliables tanto en función de los compromisos que haya adquirido o que pueda adquirir el Estado Español con la Unión Europea o que se deriven de las disposiciones financieras de las mismas, como en función de la recaudación efectiva de las exacciones agrarias, derechos de aduanas por la parte sujeta al arancel exterior comunitario, y cotizaciones del azúcar e isoglucosa.

Tercero. Todos los créditos de este presupuesto en función de los compromisos de financiación exclusiva o de cofinanciación que puedan contraerse con las Comunidades Europeas.

Cuarto. En el presupuesto de la Seguridad Social, los créditos que sean necesarios en los programas de gastos del INSALUD para reflejar las repercusiones que en los mismos tengan las modificaciones de los créditos, que figuran en el estado de transferencias entre subsectores de los Presupuestos Generales del Estado.

ANEXO III. Operaciones de crédito autorizadas a organismos públicos

Miles de pesetas Miles de euros
Ministerio de Economía
Instituto de Crédito Oficial 600.000.000 3.606.072,63
(Este límite no afectará a las operaciones de tesorería que se concierten y amorticen dentro del año, ni a la refinanciación de la deuda contraída a corto y largo plazo.)
Ministerio de Fomento
Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea 138.000.000 829.396,70
Puertos del Estado y Autoridades Portuarias 8.526.000 51.242,29
(Cifra de incremento neto de endeudamiento bancario a largo plazo.)
Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles 65.000.000 390.657,87
(Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo del endeudamiento a largo plazo, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2001, por lo que no afectará a las operaciones de tesorería que se concierten y amorticen en el año, ni se computará en el mismo la refinanciación de la deuda contraída a corto y largo plazo.)
Entidad Pública Empresarial Correos y Telégrafos 3.000.000 18.030,36
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) 15.000.000 90.151,81
Ministerio de Medio Ambiente
Confederación Hidrográfica del Norte de España 150.000 901,52
Ministerio de Hacienda
Ente público Radio Televisión Española 133.703.000 803.571,21
(Esta cifra se entenderá como incremento neto máximo de la posición deudora a corto y largo plazo, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2001.)

ANEXO IV. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para sostenimiento de centros concertados

Conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de esta Ley, los importes anuales y desglose de los módulos económicos por unidad escolar en los centros concertados de los distintos niveles y modalidades educativas quedan establecidos con efectos de 1 de enero, y hasta el 31 de diciembre de 2001, de la siguiente forma:

Pesetas Euros
Educación infantil y primaria:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 3.908.393 23.489,92
Gastos variables 531.964 3.197,17
Otros gastos (media) 797.020 4.790,19
Importe total anual 5.237.377 31.477,27
Educación especial* (niveles obligatorios y gratuitos):
I. Educación básica primaria:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 3.908.393 23.489,92
Gastos variables 531.964 3.917,17
Otros gastos (media) 850.157 5.109,55
Importe total anual 5.290.514 31.796,63
Personal complementario (logopedas, fisioterapeutas, ayudantes técnicos educativos, psicólogo-pedagogo y trabajador social), según deficiencias:
Psíquicos 2.832.380 17.022,95
Autistas o problemas graves de personalidad 2.297.497 13.808,24
Auditivos 2.635.420 15.839,19
Plurideficientes 3.270.930 19.658,69
II. Formación profesional: «Aprendizaje de Tarea»:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 7.816.785 46.979,82
Gastos variables 697.980 4.194,94
Otros gastos (media) 1.211.159 7.279,21
Importe total anual 9.725.924 58.453,98
Personal complementario (logopedas, fisioterapeutas, ayudantes técnicos educativos, psicólogo-pedagogo y trabajador social), según deficiencias:
Psíquicos 4.522.287 27.179,49
Autistas o problemas graves de personalidad 4.044.899 24.310,33
Auditivos 3.503.876 21.058,72
Plurideficientes 5.028.728 30.223,26
Ciclos formativos de grado medio (sin módulo económico definido) y programas de garantía social:
I. Ramas industriales y agrarias:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 1.135.461 6.824,26
Importe total anual 9.069.157 54.506,73
II. Ramas de servicios:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 993.143 5.968,91
Importe total anual 8.926.839 53.651,38
Ciclos formativos de grado medio (con módulo económico definido):
I. Gestión administrativa (1):
Primer curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 2.441.501 14.673,72
Importe total anual 10.375.197 62.356,19
Segundo curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 0 0,00
Gastos variables 0 0,00
Otros gastos (media) 324.093 1.947,84
Importe total trimestre septiembre a noviembre 324.093 1.947,84
Ciclos formativos de grado medio (2):
II. Comercio:
Primer curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 2.441.501 14.673,72
Importe total anual 10.375.197 63.356,19
Segundo curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 0 0,00
Gastos variables 0 0,00
Otros gastos (media) 324.093 1.947,84
Importe total trimestre septiembre a noviembre 324.093 1.947,84
Ciclos formativos de grado medio (3):
III. Carrocería: Primer curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 1.661.517 9.985,92
Importe total anual 9.595.213 57.668,39
Segundo curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 1.788.992 10.752,06
Importe total anual 9.722.688 58.434,53
Ciclos formativos de grado medio (4):
IV. Electromecánica de vehículos:
Primer curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 2.063.392 12.401,24
Importe total anual 9.997.088 60.083,71
Segundo curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 2.187.628 13.147,91
Importe total anual 10.121.324 60.830,38
Ciclos formativos de grado medio (5):
V. Equipos electrónicos de consumo:
Primer curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 2.368.039 14.232,20
Importe total anual 10.301.735 61.914,67
Segundo curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 2.492.275 14.978,87
Importe total anual 10.425.971 62.661,35
Ciclos formativos de grado medio (6):
VI. Equipos e instalaciones electrotécnicas:
Primer curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 2.050.427 12.323,31
Importe total anual 9.984.123 60.005,79
Segundo curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 2.177.905 13.089,47
Importe total anual 10.111.601 60.771,95
Ciclos formativos de grado medio (7):
VII. Fabricación a medida e instalación de carpintería y muebles:
Primer curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 1.661.517 9.985,92
Importe total anual 9.595.213 57.668,39
Segundo curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 1.788.992 10.752,06
Importe total anual 9.722.688 58.434,53
Ciclos formativos de grado medio (8):
VIII. Confección:
Primer curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 2.063.392 12.401,24
Importe total anual 9.997.088 60.083,71
Segundo curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 0 0,00
Gastos variables 0 0,00
Otros gastos (media) 324.093 1.947,84
Importe total trimestre septiembre a noviembre 324.093 1.947,84
Ciclos formativos de grado medio (9):
IX. Peluquería:
Primer curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 1.693.925 10.180,69
Importe total anual 9.627.621 57.863,17
Segundo curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 1.821.403 10.946,85
Importe total anual 9.755.099 58.629,33
Ciclos formativos de grado medio (10):
X. Cuidados Auxiliares de Enfermería:
Primer curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.989.848 42.009,83
Gastos variables 943.848 5.672,64
Otros gastos (media) 1.337.424 8.038,08
Importe total anual 9.271.120 55.720,55
Segundo curso del ciclo formativo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 0 0,00
Gastos variables 0 0,00
Otros gastos (media) 324.093 1.947,84
Importe total trimestre septiembre a noviembre 324.093 1.947,84
Formación profesional de segundo grado y ciclos formativos de grado superior:
I. Ramas administrativas y de delineación:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.452.166 38.778,30
Gastos variables 937.741 5.635,94
Otros gastos (media) 1.064.118 6.395,48
Importe total anual 8.454.025 50.809,71
II. Restantes ramas:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.452.166 38.778,30
Gastos variables 937.741 5.635,94
Otros gastos (media) 1.215.925 7.307,86
Importe total anual 8.605.832 51.722,09
Centros de enseñanzas de bachillerato establecidas en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación Genera del Sistema Educativo y Curso de Orientación Universitaria:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.609.106 39.721,53
Gastos variables 1.269.028 7.627,01
Otros gastos (media) 1.210.888 7.277,58
Importe total anual 9.089.022 54.626,12
Educación secundaria obligatoria:
Primer ciclo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 4.690.070 28.187,89
Gastos variables 625.814 3.761,22
Otros gastos (media) 1.036.127 6.227,25
Importe total anual 6.352.011 38.176,36
Segundo ciclo:
Salarios de personal docente, incluidas cargas sociales 6.241.934 37.514,78
Gastos variables 1.198.527 7.203,29
Otros gastos (media) 1.143.617 6.873,28
Importe total anual 8.584.078 51.591,35
  • Las Comunidades Autónomas en pleno ejercicio de competencias educativas podrán adecuar los módulos de personal complementario de educación especial a las exigencias derivadas de la normativa aplicable en cada una de ellas.

La cuantía del componente del módulo de «Otros gastos» para las unidades concertadas en las enseñanzas de educación infantil, primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional de segundo grado, ciclos formativos de grado medio y superior, curso de orientación universitaria, así como el bachillerato regulado por la LOGSE, será incrementada en 160.626 pesetas en los centros ubicados en Ceuta y Melilla, en razón del mayor coste originado por el plus de residencia del personal de administración y servicios.

Al personal docente de los centros concertados ubicados en Ceuta y Melilla se les abonará la cantidad correspondiente al plus de residencia establecida en el correspondiente convenio colectivo, si bien la Administración educativa no asumirá incrementos superiores al porcentaje de incremento global fijado en la presente Ley de Presupuestos Generales del Estado.

ANEXO V. Costes de personal de la universidad nacional de educación a distancia

Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de esta Ley, el coste de personal docente (funcionario y contratado) y del personal de administraciones y servicios (funcionario y laboral fijo) tiene el siguiente detalle, en miles de pesetas, sin incluir trienios, Seguridad Social, ni las partidas que en aplicación del Real Decreto 1558/1986, de 28 de febrero, y disposiciones que lo desarrollan venga a incorporar a su presupuesto la universidad procedente de las instituciones sanitarias correspondientes, para financiar las retribuciones de las plazas vinculadas:

Universidades Personal docente (funcionario y contratado) Personal docente (funcionario y contratado) Personal no docente (funcionario y laboral fijo) Personal no docente (funcionario y laboral fijo)
Universidades Miles de pesetas Miles de euros Miles de pesetas Miles de euros
UNED . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5.743.000 34.516,13 3.193.000 19.190,32

ANEXO VI. Remanentes de crédito incorporables en el ejercicio 2001

Podrán incorporarse a los créditos del ejercicio los remanentes que se recogen a continuación:

a)

Los procedentes del crédito extraordinario concedido por la Ley 28/1999 para el pago de indemnizaciones por el derrumbamiento de la presa de Tous, así como los que se produzcan en aplicación de lo dispuesto en el artículo 4.4 de la citada Ley.

b)

Los del crédito 16.06.313G.227.11, correspondiente al Fondo al que se refiere el artículo 2 y la disposición adicional primera de la Ley 36/1995, de 11 de diciembre.

c)

Los procedentes de los créditos dotados para dar cumplimiento a los Reales Decretos-leyes 4, 9, 11 y 20/1999 y 8/2000, promulgados para reparar los daños causados por diversas situaciones de emergencia.

d)

El del crédito 17.38.513D.752 para inversiones del artículo 12 de la Ley 19/1994, así como el que corresponda al superproyecto 96.17.38.9500 «Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias», siempre que sea inferior al que se produzca en el crédito 17.38.513D.60.

e)

El del crédito 17.38.513D.601 para inversiones que correspondan al proyecto 98.17.038.0600 «Convenio con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears», siempre que sea inferior al que se produzca en el crédito 17.38.513D.60.

f)

Los de los créditos 20.101.741A.741, 20.101.741A.751, 20.101.741A.761 y 20.101.741A.771, para reactivación económica de las comarcas mineras del carbón.

g)

El del crédito 23.06.514C.601 que corresponda a la anualidad establecida en el convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Canarias para actuaciones en infraestructura de costas, incluida en el superproyecto 99.23.06.9501, siempre que sea inferior al remanente que se produzca en el crédito 23.06.514C.60.

h)

El del crédito 23.05.441A.601 que corresponda a la anualidad establecida en el convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Canarias para actuaciones de infraestructuras hidráulicas y de calidad de las aguas, siempre que sea inferior al remanente que se produzca en el crédito 23.05.441A.60.

i)

El del crédito 23.05.512A.611 que corresponda a la anualidad establecida en el convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Canarias para actuaciones de infraestructuras hidráulicas y de calidad de las aguas, siempre que sea inferior al remanente que se produzca en el crédito 23.05.512A.61.

j)

Los de la Sección 32, procedentes de las transferencias realizadas como consecuencia de los Reales Decretos de traspasos de servicios.

k)

Los procedentes del Fondo de Compensación Interterritorial, en los términos establecidos en la Ley 29/1990, de 26 de diciembre.

l)

Los procedentes de créditos generados como consecuencia de ingresos procedentes de la Unión Europea.

ll) Los procedentes de créditos comprometidos por operaciones no financieras correspondientes a inversiones de modernización y sostenimiento de las Fuerzas Armadas.

m)

El del crédito 18.103.422A.750 para inversiones para dar cumplimiento al artículo 12 de la Ley 19/1994, REF de Canarias.

n)

El del crédito 18.103.422C.750 para inversiones para dar cumplimiento al artículo 12 de la Ley 19/1994, REF de Canarias.

ñ) Los del crédito originados por las retenciones a que se refiere el artículo 58 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, que se realicen en el último trimestre del ejercicio.

o)

Los procedentes de los créditos 18.103.422C.753, 18.103.422C.754 y 18.103.422C.755, para inversiones derivadas de los convenios para gastos de inversión en centros educativos no universitarios suscritos con las Comunidades Autónomas de Castilla y León, Extremadura y Castilla-La Mancha, respectivamente.

p)

Los procedentes de los créditos 20.04.723B.821.25 y 20.04.723B.831.25, para políticas de reindustrialización en el Campo de Gibraltar.

ANEXO VII. Grandes instalaciones científicas

Bases antárticas españolas Juan Carlos I y Gabriel de Castilla, situadas en las islas Livingston y Decepción, respectivamente, ambas del archipiélago de las Shetland del Sur.

Buque de investigación oceanográfica Hespérides.

Buque oceanográfico Cornide de Saavedra.

Centro astronómico de Yebes.

Dispositivo de fusión termonuclear TJ–II.

Instalación de alta seguridad biológica (CISA).

Instalaciones singulares de ingeniería civil en el CEDEX.

Minisatélites, INTA.

Planta de química fina de Cataluña.

Plataforma solar de Almería.

Centro de computación y comunicaciones de Cataluña, C4 (CESCA-CEPBA).

Red IRIS de servicios telemáticos avanzados a la comunidad científica española.

Laboratorio de resonancia magnética nuclear (RMN de 800 MHz) del parque científico de Barcelona.

Sala blanca del centro nacional de microelectrónica.

Instituto de radioastronomía milimétrica.

Centro astronómico de Calar Alto.

Observatorio del Teide.

Observatorio del Roque de los Muchachos.

Véase la disposición adicional 12.3 de la Ley 23/2001, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2001-24964., que incluye en este anexo La Central de Tecnología del Instituto de Sistemas Optoeléctricos de la Universidad Politécnica de Madrid, a los efectos indicados.

CUADRO-RESUMEN DE LOS GASTOS E INGRESOS

[Cuadros-resumen omitidos, consulte el Suplemento PDF de la disposición]

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